FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO

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1 PROSPECTO DE INVERSIÓN CARTERA COLECTIVA ABIERTA CON PACTO DE PERMANENCIA FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO ADMINISTRADO POR: CORREVAL S.A. - SOCIEDAD COMISIONISTA DE BOLSA NIT DOMICILIO PRINCIPAL: Bogotá DIRECCIÓN: Calle 34 No Piso 1. Página 1

2 Tabla de Contenido 1. ASPECTOS GENERALES DENOMINACIÓN Y NATURALEZA DE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO SOCIEDAD ADMINISTRADORA SEDE 1.4. DURACIÓN DE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO CARÁCTER DE LAS OBLIGACIONES REVISOR FISCAL POLÍTICA DE INVERSIÓN OBJETIVO DE INVERSIÓN ACTIVOS ACEPTABLES PARA INVERTIR Y POLITICAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL PORTAFOLIO DIVERSIFICACION DE ACTIVOS LIMITES MAXIMOS Y MINIMOS DEL PORTAFOLIO. 2.3 PERFIL DE RIESGO PERFIL DE RIESGO DEL INVERSIONISTA DEL PORTAFOLIO VINCULACION A FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO 3.1. PLAZO MINIMO DE PERMANENCIA PARA FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO 3.2. PENALIDADES REMUNERACIÓN Y GASTOS REMUNERACIÓN DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA GASTOS A CARGO DE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO Y PRELACION DE PAGO DE LOS MISMOS INFORMACIÓN INFORMACION A DISPOSICIÓN DE LOS INVERSIONISTAS PUBLICACIONES RELACIÓN CON OTRAS ENTIDADES MATRICES O SUBORDINADAS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA ESTADOS FINANCIEROS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA CONSTANCIAS... 9 Página 2

3 1. ASPECTOS GENERALES I. PROSPECTO DE INVERSIÓN 1.1. DENOMINACIÓN Y NATURALEZA DE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIAIRIO La cartera colectiva de que trata este Reglamento se denominará cartera colectiva abierta, compuesta por títulos con clausula de permanencia, de riesgo agresivo, FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO SOCIEDAD ADMINISTRADORA La Sociedad Administradora CORREVAL S.A. Comisionista de Bolsa es responsable por las decisiones de inversión en relación con los Activos Admisibles en el COMPARTIMENTO FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO conforme a lo establecido en la ADENDA No. 3 del Reglamento SEDE 1.3. SEDE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C., en las oficinas de Correval S.A. ubicadas en la calle 34 No piso 1, pero podrá recibir y entregar recursos en cualquier ciudad del país en donde Correval S.A. tenga sucursales, así como en las oficinas de los establecimientos de crédito con los cuales tenga suscrito contrato de uso de red de conformidad con el artículo 116 de la ley 510 de 1999 que modifica el Artículo 93 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás disposiciones pertinentes. Las entidades con las cuales Correval S.A. tiene suscrito contratos vigentes de uso de red de oficinas se podrán consultar en las oficinas de Correval S.A. o a través de la página de Internet Sin perjuicio de que se puedan recibir y entregar recursos en establecimientos de crédito con quienes se tenga convenio para ello, la responsabilidad derivada en este Reglamento es exclusiva de Correval S.A DURACIÓN DE FONVAL GLOBAL INMOBILIARIO De conformidad con la Cláusula 1.4 del Reglamento, el Compartimento tendrá la misma fecha de vencimiento de FONVAL GLOBAL 1.5. CARÁCTER DE LAS OBLIGACIONES Las obligaciones de la Sociedad Administradora relacionadas con la gestión del portafolio son de medio y no de resultado. Los aportes entregados por los inversionistas a FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIAIRO no son depósitos, ni generan para la Sociedad Administradora las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFÍN, ni por ninguno otro de dicha naturaleza. La inversión en FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO está sujeta a los riesgos de inversión derivados de la evolución de los títulos que componen el portafolio de la cartera colectiva. Página 3

4 1.6. REVISOR FISCAL El revisor fiscal de Correval S.A. ejercerá las funciones propias de su cargo respecto de FONVAL GLOBAL. Los reportes o informes relativos a la cartera colectiva se deberán presentar de forma independiente a los referidos a la Sociedad Administradora. La revisoría fiscal está conformada por todo el equipo técnico y humano elegido por la Sociedad Administradora para tal fin. Dicha revisoría debe ser dirigida por un revisor fiscal, que podrá ser una persona natural o jurídica, de conformidad con las disposiciones especiales sobre el particular. Los inversionistas podrán obtener la información de contacto del revisor fiscal a través del prospecto de inversión o de la ficha técnica de la cartera colectiva. El prospecto será entregado a los inversionistas en el momento de la vinculación, y, al igual que la ficha técnica, estará disponible para consulta en la página de Internet Parágrafo. La existencia de la revisoría fiscal no impide que la cartera colectiva contrate un auditor externo, con cargo a sus recursos, según las reglas que se establezcan en el presente Reglamento en cuanto hace a sus funciones y designación. 2. POLÍTICA DE INVERSIÓN 2.1. OBJETIVO DE INVERSIÓN. El objetivo del COMPARTIMENTO FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO es el crecimiento del capital en forma dinámica mediante la inversión en activos que se consideran una alternativa de inversión a la del mercado tradicional de bonos y acciones representado en el mercado de capitales por los fondos de finca raíz principalmente a través de esquemas de inversión colectiva, como los fondos de inversión, incluidos los ETFs (Exchange Traded Funds), que replican el comportamiento y las variaciones de precio de los activos en mención. Las inversiones se realizaran por no más de los montos aportados por inversionistas y no está permitido realizar operaciones especulativas. Aunque las inversiones del fondo están mayoritariamente denominadas en dólares, el riesgo cambiario peso/dólar será mitigado con coberturas. En los momentos que el comité de inversiones de Correval S.A. considere que las condiciones del mercado cambiario son favorables, la cartera podrá estar expuesta al riesgo cambiario hasta 50% del valor de los activos ACTIVOS ACEPTABLES PARA INVERTIR Y POLITICAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL PORTAFOLIO Los activos en los que deben invertirse los aportes recibidos en el COMPARTIMENTO son: a. Participaciones en esquemas de inversión colectiva representativos o que pretendan replicar índices del mercado INMOBILIARIO b. Participaciones en esquemas de inversión colectiva representativos o que pretendan replicar índices accionarios. Página 4

5 c. Acciones, certificados de depósitos negociables representativos de dichas acciones (ADRs y GDRs), acciones provenientes de procesos de privatización o con ocasión de la capitalización de entidades donde el Estado tenga participación. d. Participaciones en esquemas de inversión colectiva, fondos de cobertura o hedge funds, incluidos los Exchange Traded Funds (ETF). e. Títulos, valores o participaciones emitidos, avalados, aceptados, garantizados u originados por emisores nacionales inscritos en el RNVE. f. Títulos de deuda emitidos, avalados o garantizados por gobiernos extranjeros o bancos centrales extranjeros. g. Títulos de deuda cuyo emisor, avalista, garante, aceptante u originador de una titularización sean bancos del exterior, comerciales o de inversión, por entidades del exterior diferentes a bancos y por organismos multilaterales de crédito. h. Derivados Financieros y Productos Estructurados, los cuales están definidos en el Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Específicamente, y según sea definido de manera particular en la política de inversión de los compartimentos de la cartera a los cuales sea aplicable, podrán adquirirse derivados financieros y productos estructurados, estandarizados o no estandarizados, con el lleno de los requisitos del mencionado capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Las operaciones de cobertura no podrán superar el monto necesario para cubrir el cien por ciento (100%) de la posición descubierta del portafolio DIVERSIFICACIÓN DE ACTIVOS Los límites establecidos en la siguiente tabla se medirán con respecto al valor de mercado de los activos y aplican exclusivamente para el Compartimento. Los límites mínimos y máximos como porcentaje de los activos, son los expresados a continuación: Literal Mínimo Máximo a. 40% Hasta 100% b. 0% Hasta 30% Activos susceptibles de inversión (disposición 1.4.) c. 0% Hasta 30% d., e. y f. 0% Hasta 30% g. Hasta 10% Página 5

6 Disposición 1.6. Inversiones de liquidez del Compartimento Podrán realizarse inversiones con carácter temporal, cuyo principal objetivo será la administración de la liquidez del compartimento, que deberán ser realizadas en las siguientes clases de Valores y derechos: a. Valores de contenido crediticio denominados en pesos colombianos o en otras unidades atadas a dicha moneda, como la UVR, inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, que cuenten con una calificación mínima a largo plazo de A y a corto plazo de DP2, emitida por una Sociedad Calificadora de Valores autorizada por la Superintendencia Financiera. Operaciones de liquidez con los instrumentos descritos anteriormente. En todo caso, el vencimiento de los valores o de las operaciones de liquidez, contado a partir de la adquisición, deberá ser inferior a un año. b. Cuentas bancarias o depósitos en Pesos o en Dólares constituidas en entidades financieras, nacionales o del exterior, calificadas mínimo con grado de inversión. FONVAL GLOBAL INMOBILIARIO podrá mantener hasta el 40% del valor de sus activos en depósitos en cuentas bancarias corrientes o de ahorro de entidades financieras de Colombia o del Exterior. También podrá realizar operaciones de contracción ante el Banco de la República de acuerdo con las políticas de tasas y montos establecidas por esta entidad. En todos los casos, la Sociedad Administradora deberá cumplir con las disposiciones aplicables a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia según la naturaleza, clase o tipo de operación LIMITES MAXIMOS Y MINIMOS Disposición 1.1 Monto Mínimo del Compartimento El Monto Mínimo para que el Compartimento opere será igual a Cien (120) salarios mínimos mensuales legales vigentes. La Sociedad Administradora contará con un plazo de seis (6) meses calendario, contado a partir de la fecha de remisión de la información del Compartimento a la Superintendencia Financiera para reunir el monto mínimo para operar. Disposición 1.2 Monto Máximo del Compartimento El Monto Máximo del Compartimento y hasta por el cual se recibirán Aportes será de Quinientos Mil Millones de Pesos ($ ), calculados al momento del desembolso efectivo de los Aportes. Una vez se complete el Monto Máximo del Compartimento no podrán recibirse ni aceptarse nuevos Aportes para este Compartimento. Página 6

7 2.3 PERFIL DE RIESGO POLITICAS DE RIESGO DEL INVERSIONITA Está dirigido a inversionistas con un perfil de riesgo AGRESIVO que busquen el crecimiento de capital mediante la inversión mayoritaria en el mercado INMOBILIARIO global con cobertura del riesgo cambiario peso/dólar. El inversionista debe ser consciente que al invertir en FONVAL GLOBAL INMOBILIARIO se está asumiendo un riesgo de mercado alto ya que los activos contenidos en el Compartimento pueden presentar alta variabilidad. Dentro de un portafolio de inversión, FONVAL GLOBAL INMOBILIARIO es un componente muy importante por la baja correlación que se presenta entre el mercado de inversiones alternativo contenido en FONVAL GLOBAL INMOBILIARIO y el mercado de inversiones no alternativo (bonos y acciones), por lo que es un componente que agrega diversificación. 3. VINCULACION A FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO 3.1. PLAZO MINIMO PARA FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO. El plazo de permanencia para este Compartimento es de tres meses PENALIDADES La redención anticipada o parcial de los derechos generará a cargo del cliente y a favor de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO una penalización de acuerdo a la siguiente escala: Días calendario transcurridos desde la fecha de apertura ó desde cada vencimiento trimestral subsiguiente a dicha fecha Porcentaje sobre el valor del retiro 1-30 días 0.4% días 0.2% días 0.1% 1) Se propone a la Junta Directiva la aprobación del Adenda No. 13 Compartimento FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO al reglamento de la Cartera Colectiva Abierta por Compartimentos con Pacto de Permanencia FONVAL GLOBAL. Las modificaciones incluidas en el reglamento fueron preparadas por el área de Fondos y cuenta con la revisión y concepto favorable de la dirección jurídica de Correval, y reza como sigue a continuación: 4. REMUNERACION Y GASTOS 4.1. REMUNERACIÓN DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA La Sociedad Administradora percibirá como remuneración una Comisión de Administración equivalente al dos por ciento (2.0%) nominal anual, la cual se liquidará y causará diariamente pero se cancelará mes vencido a la Sociedad Administradora desde el primer día hábil del mes siguiente. Página 7

8 4.2 GASTOS A CARGO DE FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO Y PRELACION DE PAGO DE LOS MISMOS Estarán a cargo de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO los siguientes gastos en el siguiente orden de importancia y prelación: a. El costo del contrato de depósito y custodia de los valores que componen el portafolio de la cartera colectiva. b. La remuneración de la Sociedad Administradora. c. Los honorarios y gastos en que haya de incurrirse para la defensa de los intereses de la cartera colectiva, cuando las circunstancias así lo exijan. d. El valor de los seguros y amparos de los activos de la cartera colectiva, distintos de la cobertura a que se refiere la cláusula 1.7 del presente Reglamento. e. Los gastos bancarios que se originen en el depósito de los recursos de la cartera colectiva. f. Los gastos en que incurra para la citación y celebración de las asambleas de los inversionistas. g. Los impuestos y contribuciones de los activos de la cartera colectiva, los títulos o valores o los ingresos de la cartera colectiva. h. Los honorarios y gastos causados por la revisoría fiscal de la cartera colectiva. i. Los intereses y demás rendimientos financieros que deban cancelarse por razón de operaciones de reporto o repo, simultáneas y transferencias temporales de valores y para el cubrimiento de los costos de operaciones de crédito que se encuentren autorizadas. j. Cuando sea el caso, los honorarios y gastos causados por la auditoria externa de la cartera colectiva, los cuales tendrán que ser divulgados entre los inversionistas y el público en general. Parágrafo Primero: Cualquier expensa no prevista como gasto a cargo de estará por cuenta de la Sociedad Administradora. Parágrafo Segundo. En caso de que un gasto sea compartido entre varios compartimentos, se deberá prorratear y distribuir proporcionalmente de acuerdo al valor de cada compartimento que comparta dicho gasto. Disposición 3.3. Plazo de Permanencia del Compartimento El plazo de permanencia para este Compartimento es de noventa (90) días. 5. INFORMACIÓN 5.1 INFORMACION A DISPOSICIÓN DE LOS INVERSIONISTAS De manera ordinaria, la Sociedad Administradora tendrá a disposición de los inversionistas la siguiente información: EXTRACTO DE CUENTA La Sociedad Administradora de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO deberá entregar a los inversionistas un extracto de acuerdo a lo establecido en la Circular Externa 054 de 2007, por lo menos trimestralmente el cual deberá reflejar los aportes o inversiones y/o retiros realizados en la cartera colectiva, durante el período correspondiente, expresados en pesos y en unidades; así como lo siguiente: Página 8

9 a) Identificación del inversionista b) Saldos inicial y final del período revelado. c) El valor y la fecha de recepción de las inversiones iniciales o adicionales. d) Los rendimientos abonados durante el período. e) La rentabilidad neta de la cartera colectiva. f) Remuneración de conformidad con lo definido en el presente reglamento. Los extractos deben remitirse por correo físico a la dirección de correspondencia que el inversionista haya indicado expresamente INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS La Sociedad Administradora entregará a los inversionistas el informe de rendición de cuentas de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO mediante el cual se dará una explicación detallada y pormenorizada acerca del desempeño de la cartera colectiva de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 de la circular externa 054 de 2007 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Parágrafo. El informe de rendición de cuentas deberá hacerse cada seis (6) meses, con cortes a 30 de junio y 31 de diciembre. La realización del informe deberá efectuarse en un plazo máximo de quince (15) días comunes contados desde la fecha del respectivo corte FICHA TÉCNICA Correval S.A. implementará la ficha técnica de conformidad con la circular externa 007 de 2005 de la Superintendencia Financiera de Colombia. La ficha técnica es un documento informativo estandarizado para las carteras colectivas que contendrá la información básica de cada una de ellas. La ficha técnica deberá actualizarse y publicarse mensualmente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al último día calendario del mes. La fecha de corte de la información será el último día calendario del mes anterior. La publicación se hará en la página de Internet de la sociedad administradora ( como también se mantendrá a disposición de los inversionistas, a través de documentos impresos que se encontrarán en cada una de las oficinas donde haya agencias o sucursales autorizadas, así como en las oficinas de los establecimientos de crédito con los cuales tenga suscrito contrato de uso de red PUBLICACIONES La Sociedad Administradora efectuará la publicación de la información que deba revelar a los inversionistas de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO en la página de Internet de la Sociedad Administradora Correval S.A. ( en las oficinas de Correval S.A. y en las oficinas de los establecimientos de crédito con los cuales Correval S.A. tenga suscrito contrato de uso de red, en las dependencias de la Superintendencia Financiera de Colombia y cuando sea necesario a través de publicación en el diario La República RELACIÓN CON OTRAS ENTIDADES MATRICES O SUBORDINADAS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA CORREVAL S.A., a la fecha de aprobación del presente prospecto no tiene una relación de subordinación o matriz con ninguna entidad con las cuales pudiera tener inversiones en el Página 9

10 portafolio de inversiones de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO En caso de que ello se presentase en algún momento, Correval informará a la Superintendencia Financiera de Colombia del hecho y efectuará los ajustes pertinentes en los reglamentos como en los prospectos de inversión de las carteras colectivas que se estén administrando ESTADOS FINANCIEROS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA A través de página los suscriptores de FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO y el público en general podrán acceder a los estados financieros actualizados de la Sociedad Administradora. 6. CONSTANCIA La Sociedad Administradora deja expresa constancia de los siguientes hechos: 1. Que el compartimento FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA CON PACTO DE PERMANENCIA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL, de que trata el presente Reglamento, se constituyó de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2555 de Que CORREVAL S.A. cumplió con el deber de remitir copia del Reglamento y de la información de que trata el parágrafo primero del artículo del Decreto de a la Superintendencia Financiera de Colombia. 3. Que la Junta Directiva de CORREVAL S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa previo cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Compartimento acordó adicionar, con efectos de reforma, la ADENDA No. 14 al Reglamento de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA CON PACTO DE PERMANENCIA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL. 4. Que la Junta Directiva de CORREVAL S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa resolvió en sesión no presencial, crear el compartimento FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO dentro de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL, regulado por el Reglamento del mismo, cuyas características y reglas particulares se expresan más adelante. 5. Que la creación del nuevo compartimento FONVAL GLOBAL FONDOS INMOBILIARIO en el Reglamento de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL consta en una adenda, denominada ADENDA No. 14 del Reglamento, la cual tiene por objeto regular, en lo pertinente, las características, reglas y demás condiciones aplicables a dicho Compartimento. Página 10

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