INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

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1 INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN PLANTEL SANTO TOMAS SEMINARIO: EL CREDITO COMERCIAL Y SU IMPORTANCIA EN LOS NEGOCIOS INTERNACIONALES EL CRÉDITO COMO INSUMO PARA LA EMPRESA PRODUCTOS TIERRA BLANCA, S.P.R. DE R.L. TRABAJO FINAL PARA OBTENER EL TITULO DE LICENCIADO EN COMERCIO INTERNACIONAL PRESENTAN: CONSUELO MORALES ROBLES IVETTE DEL ROCIO PÉREZ NIEVES GABRIELA REYES RENDON CONDUCTOR: LIC. ANTONIO LEMUS PALACIOS Aguascalientes, Ags. junio del 2004

2 I PARTE 1. INTRODUCCION 2. MARCO TEORICO 2.1 CREDITO CONCEPTOS GENERALES DE LOS TITULOS DE CREDITO PRESTAMO APERTURA DE CREDITO BANCARIO 2.2 OTRAS FORMAS DE CREDITO CON INTERVENCIÓN DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA 2.3 CREDITO DOCUMENTARIO 2.4 POLÍTICAS DE CRÉDITO EN LA EMPRESA 3. FINANCIAMIENTO. 3.1 MERCADO DE DINERO ESTRUCTURAS DEL MERCADO DE DINERO 3.2 FUENTES DE FINANCIAMIENTO 3.3 SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 3.4 BANCO DE INFORMACIÓN ECONOMICA 4. APALANCAMIENTO 4.1 CRITERIOS DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS 5. ANÁLISIS DE RIESGO 6. ANALISIS DE LA BALANZA DE PAGOS 7. ANÁLISIS DE MÉXICO COMO PAIS 8. CONCLUSIONES MARCO TEORICO

3 1. INTRODUCCIÓN Si se observan las actuales condiciones del país en lo concerniente a la economía y la competitividad empresarial, se podrá apreciar que éstas exigen a los futuros profesionales de las ciencias económicas, investigación sobre las técnicas actuales de gestión que han sido desarrolladas por empresarios y académicos en el ámbito internacional, buscando incorporarlas al medio corporativo del país con el objetivo de incrementar su competitividad en el mundo globalizado de hoy. El principal objetivo de la mayoría de empresas es ganar dinero en el presente y a través del tiempo. Si una compañía no es capaz de generar suficiente utilidad económica, su sobrevivencia es cuestionable. De otra parte, las organizaciones que tienen bajos o nulos beneficios no son atractivas para inversores potenciales en busca de rendimientos altos. Los administradores interesados en la satisfacción de los inversionistas tienen que buscar alternativas para retribuir a quienes han confiado en ellos y en las firmas que dirigen. Teniendo en cuenta estas premisas, se observa la necesidad de generar una nueva filosofía corporativa, encaminada a satisfacer a quienes aportan su capital para que las empresas puedan producir, pero al mismo tiempo que se logra esto, se debe alcanzar un buen nivel competitivo que permita a las empresas desenvolverse con solvencia en un mundo que tiene cada vez menos restricciones a los movimientos de capital. Este trabajo quiere suministrar a la comunidad empresarial, una aproximación a los conceptos del Valor Económico Agregado, el valor de Mercado Añadido y la Gerencia Basada en valor, como herramientas administrativas que permitan mejorar el desempeño corporativo y la toma de decisiones gerenciales, aspectos fundamentales para mantener y mejorar el nivel competitivo de las empresas nacionales. El estudio se trata de un trabajo de campo en el cual se prueban los conceptos para ser ejecutados; es, además, una investigación esencialmente bibliográfica, ya que su implementación y puesta en marcha requiere varios años. Además, las empresas del país son muy celosas de la información que poseen, lo cual puede significar una limitante al momento de intentar hacer una aproximación práctica. Afortunadamente nuestro equipo contó siempre con todo el apoyo e información de la empresa PRODUCTOS TIERRA BLANCA, S. P. R. DE R. L, por lo cual le expresamos nuestro agradecimiento. El objetivo de este Seminario de Titulación es tratar en forma amplia el tema de la importancia del crédito en el comercio internacional, para conocer y entender la forma más eficiente de manejarlo y aplicarlo. Una herramienta indispensable en las transacciones internacionales, son las Cartas de Crédito y de Cobro Documentario para lograr una operación satisfactoria entre las partes que en ella intervienen.

4 Las cartas de crédito comerciales facilitan el pago de mercancías enviadas por un vendedor en el comercio nacional e internacional. El banco utiliza la solvencia de crédito para respaldar al cliente, que es el comprador, con lo cual garantiza el pago a los exportadores, siempre y cuando sus documentos cumplan con los términos establecidos en la Carta de Crédito; a su vez, los compradores pueden hacer uso de cartas de crédito para Importación como medio para comprar a proveedores nuevos y más competitivos y como ayuda para negociar mejores precios. Con este documento se garantiza al beneficiario (vendedor/exportador) que el banco le efectuará el pago si éste: - Le envía las mercancías especificadas al cliente (comprador/importador) - Presenta los documentos especificados en conformidad con los términos de la Carta de Crédito Para mayor comprensión del tema, se comentará qué es el crédito, según la ley y la doctrina jurídica; cuántas clases de crédito existen y cómo es cada una de ellas; con qué documentos se puede garantizar un crédito y qué son estos documentos; más en materia, se verá lo que es el financiamiento y para entender éste, se trabajará sobre lo que es y cómo se estructura el mercado de dinero; se tratará sobre el análisis de riesgo de los países a efecto de invertir y hacer negocios con ellos y muy específicamente sobre el análisis de riesgo de México como país. Con todo lo anterior concluiremos el marco teórico y pasaremos a la aplicación práctica, que es el desarrollo del proyecto y análisis de crédito para la empresa Productos Tierra Blanca, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada. 2. MARCO TEORICO El intercambio de bienes y servicios a nivel internacional representa uno de los aspectos esenciales de las economías contemporáneas, pues a través de él se conforman relaciones que definen el lugar geopolítico de las naciones dentro de la comunidad internacional.

5 La balanza comercial de cualquier país es el principal indicador de su grado y nivel de desarrollo, pues en ella se registra el volumen de exportaciones e importaciones, esto es, lo que se vende y lo que se compra. Para todo país que desee contar con una estabilidad económica sostenida, la que a su vez generará estabilidad política y social, es importante mantener una balanza comercial equilibrada, con más exportaciones que importaciones, y evitar el déficit interno mediante una correcta planeación del gasto público. México es parte importante en la globalización económica, por lo que debe cimentar su desarrollo en una mayor participación en el comercio internacional. Por tanto, todos los que intervenimos en dicha actividad, debemos tener conocimiento exacto de lo que son las operaciones de CREDITO y su manejo, en sus diversas formas, que éste es un factor preponderante para que se dé el intercambio comercial, sea nacional o internacional. El uso de créditos en todas su modalidades tiende a incrementarse, por lo que es necesario conocer lo que es, cómo se instrumenta, qué ventajas aporta al comprador y al vendedor, cuáles son las obligaciones y responsabilidades de las partes que intervienen, cuál es su ámbito de aplicación, su terminología, su tecnología, etc., a fin de atender con profesionalismo los nuevos retos que en comercio exterior enfrenta el país. Es evidente e indiscutible la importancia del crédito y la banca en la economía de nuestro tiempo; por tanto, veamos qué es el 2.1 CREDITO. La palabra crédito, derivada del latín credere, en forma etimológica y en el lenguaje común significa confianza. Por eso, para expresar que una persona nos merece confianza, decimos que es digna de todo crédito. Pero cuando hablamos de crédito en sentido jurídico, o, más precisamente, de operación de crédito, empleamos el vocablo en su definición técnica: Es un negocio jurídico por virtud del cual el acreedor, o acreditante, transmite un valor económico al deudor, o acreditado, y éste se obliga a reintegrarlo en el término estipulado. A la prestación presente del acreditante, debe corresponder la contrapartida, que es la prestación futura del acreditado.

6 El desarrollo de la vida económica contemporánea tiene como fundamento el crédito que puede explicarse también como el conjunto de operaciones que suministran riqueza presente a cambio de un reembolso futuro. Las llamadas operaciones de crédito bancarias o contratos bancarios, no presentan caracteres especiales que las distingan de otros negocios jurídicos; son operaciones consistentes en un negocio jurídico de tipo general, que se clasifica de bancario sólo por ser realizadas exclusivamente por un tipo especial de empresas, que reciben el nombre de bancos o instituciones de crédito. Las empresas bancarias se encuentran en una doble corriente de capitales: los que afluyen hacia el banco, de gente que no los necesita, y los que efluyen del banco para ir a manos de aquellos que requieren de ese capital. Ambas operaciones son también de crédito. El otorgamiento de crédito siempre es garantizado mediante documentos que la ley define, considera y regula como títulos de crédito, y éstos, a su vez, son ampliamente usados en cualquier transacción comercial que no se paga de contado. Veamos qué dice la ley acerca de ellos CONCEPTOS GENERALES DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. Ahora bien, documento es todo escrito con el cual se prueba, muestra, acredita o se hace constar un derecho, una cosa o un hecho. Hay determinados documentos a los que se les reserva una función más importante, que es la de encerrar en sí mismos no sólo un valor probatorio, sino constitutivo. Los documentos que tienen esa virtud son precisamente los Títulos de Crédito. Para que en los títulos de crédito exista la relación jurídica, es necesario que se exprese en el propio documento la voluntad mediante la forma escrita. Conforme a lo dispuesto por la ley, son títulos de crédito:

7 El cheque La letra de cambio El pagaré Las obligaciones Los certificados de participación El certificado de depósito El bono de prenda Las personas que pueden suscribir títulos de crédito o ser beneficiarias de ellos, se clasifican en: - Personas físicas: Se refiere a un ser humano, hombre o mujer, con capacidad legal, sin distinción de sexo, mayor de 18 años que puede suscribir títulos de crédito; - Personas morales: Se refiere a una sociedad mercantil o empresa que tiene un nombre que se conoce como razón social. Estas personas determinarán, a través de su organismo supremo, que es el consejo de administración, a las personas físicas que podrán suscribir títulos de crédito en su representación. Es conveniente aclarar que suscribir significa estampar la firma al pie de un documento y la firma es el nombre o rúbrica que una persona asienta en un documento de su puño y letra, donde manifiesta sus características personales y garantiza la autenticidad de su contenido. Los títulos de crédito son documentos destinados a la circulación; es decir, pasar de un patrimonio a otro, libre de obstáculos, dilaciones y trabas que tienen otro tipo de documentos. Por lo tanto, los títulos de crédito pueden ser: a) Nominativos: Son los expedidos a favor de una persona, sea física o moral, y cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento (artículo 23 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). b) Al portador:

8 Los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula al portador (Art. 69 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Los títulos de crédito que siempre deben ser nominativos son: a) Letra de cambio, y b) Pagaré. El Cheque puede ser nominativo o expedido al portador. Es nominativo en sus modalidades de cheque de caja, giro bancario, cheque certificado y cheque de viajero, así como el expedido por cantidades superiores a $25,000 (Veinticinco Mil Pesos, 00/100). Los títulos de crédito se dividen en: Negociables: Son aquellos cuyo derecho puede ser transmitido a otra persona por medio del endoso y entrega del mismo título, sin perjuicio de que puedan transmitirse por cualquier otro medio legal (artículo 26 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). No negociables: Son aquellos que en su texto o en el endoso llevan inserta la cláusula no a la orden o no negociable, por lo que sólo puede ser ejercitado el derecho por el beneficiario y no puede transmitirse a una persona física por medio del endoso. Estas cláusulas podrán ser inscritas en el documento por cualquier tenedor y surtirán sus efectos desde la fecha de la inserción (artículo 25 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Qué es el endoso. El endoso es el acto formal y escrito por medio del cual un título de crédito nominativo y negociable puede ser cedido de una persona a otra, y deberá hacerse constar al reverso del documento. Las clases de endoso son: a) En propiedad: Transfiere la propiedad del título y todos los derechos a él inherentes;

9 b) En procuración: No transfiere la propiedad, pero da facultad al endosatario para presentar el documento a la aceptación, para cobrarlo judicial o extrajudicialmente, para endosarlo en procuración y para protestarlo, en su caso. El endosatario tendrá todos los derechos y obligaciones de un mandatario; y c) En garantía: Atribuye al endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario (artículos 33, 34 y 36 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito) PRESTAMO Quienes son sujetos de un préstamo y formas de obtenerlo. Ahora bien, tanto las personas físicas como las personas morales pueden ser sujetas de crédito y para que lo obtengan existen diversas formas, teniendo cada cual una denominación distinta; a saber: a) Mediante un PRÉSTAMO. Bajo la denominación genérica de préstamos, se comprenden: El Mutuo Los interesados en esta modalidad, son las personas físicas o morales que se dedican al comercio, en cuanto a que es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una SUMA DE DINERO... al mutuario quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad (artículo 2384 del Código Civil). El mutuo también recibe el nombre de préstamo de consumo y puede ser gratuito u oneroso (con interés). Ejemplo:

10 Una persona entrega a otra cien pesos para que disponga de ellos y le devuelva igual cantidad de dinero dentro de cierto tiempo, más un interés consistente en determinada cantidad de dinero. Préstamo mercantil El artículo 358 del Código de comercio establece que se reputa mercantil el préstamo cuando se contrae en el concepto y con expresión de que las cosas prestadas se destinen a actos de comercio y no a necesidades ajenas de éste. Se presume mercantil el préstamo que se contrae entre comerciantes. En esta modalidad el deudor debe devolver lo prestado en el plazo convenido. Si en el contrato no se fijó plazo, el deudor no está obligado a pagar sino después de los treinta días siguientes a la interpelación que le haga el acreedor. La interpelación o requerimiento debe hacerse judicialmente o extrajudicial ante notario o dos testigos. Si el deudor demora el pago, debe cubrir intereses moratorios desde el día siguiente al del vencimiento. A falta de pacto expreso, los intereses moratorios se causan a razón del seis por ciento anual (artículo 362 del Código de Comercio). El préstamo mercantil pude ser gratuito u oneroso. Cuando es oneroso, la retribución que el deudor paga al acreedor por la disposición de la cosa prestada recibe el nombre de interés. Está permitido estipular interés por el préstamo, ya consista en dinero, ya en géneros (artículo 2393 del Código Civil). Toda prestación pactada a favor del acreedor, que conste precisamente por escrito, se considera interés. El interés puede ser: * Legal, que es el que marca la ley como el nueve por ciento anual, o En el préstamo mercantil el interés legal para el caso de mora es el seis por ciento anual. * Convencional, que es el que fijen los contratantes (artículos 2394 y 2395 del Código Civil).

11 En Derecho Mercantil está permitido el anatocismo ; es decir, que los intereses se capitalicen y que a su vez produzcan intereses. Comúnmente se llama interés compuesto. La regla es que los intereses vencidos y no pagados no devenguen intereses, pero los contratantes pueden capitalizarlos en virtud de pacto expreso (artículo 363 del Código de Comercio). Préstamo quirografario. Este se otorga con base en la solvencia económica y moral del solicitante. Puede disponerse del crédito en forma revolvente, pero debe liquidarse a su vencimiento. Son créditos a corto plazo, generalmente a 90 días, pero pueden extenderse hasta un año. Puede requerir de un aval. Los intereses se cobran por anticipado y pueden fijarse con base en el Costo Porcentual Promedio (CPP) o una tasa líder en el mercado, más una sobretasa fijada por el banco APERTURA DE CREDITO BANCARIO. Esta es otra forma de obtener un préstamo bajo la denominación de Apertura de Crédito Bancario, en razón de que se hace a una institución de crédito de esta naturaleza. Todas las operaciones bancarias activas tienen la nota común de consistir en concesiones de crédito hechas por el banco. Se trata de que éste proporciona dinero a cambio de promesas de restitución; no son operaciones bancarias típicas, pero sí vinculadas inexorablemente a las operaciones pasivas del banco. Entre las operaciones activas de crédito que enumera la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, se encuentra la apertura de crédito, cuyo concepto, según el artículo 291 de la Ley General de títulos y Operaciones de Crédito, es el de: Un contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, o a contraer una obligación por cuenta de éste, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la

12 obligación que contrajo, y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen. De la anterior definición se desprende que el contrato de apertura de crédito puede tener dos variedades: a) El acreditante se obliga a poner a disposición del acreditado una suma de dinero para que éste disponga de ella en la forma, términos y condiciones convenidos, y el acreditado se obliga a restituir las sumas de que disponga y a pagar los intereses y demás prestaciones que se estipulen. El acreditado puede disponer a la vista de la suma objeto del contrato, salvo pacto en contrario. En consecuencia, si el acreditante es una institución de crédito, puede estipularse que el acreditado haga uso del crédito mediante cheques que expida a cargo de aquélla. b) El acreditante se obliga a contraer una obligación por cuenta del acreditado en la forma, términos y condiciones convenidos, y el acreditado, a cubrir al acreditante oportunamente por el importe de la obligación que contrajo y pagarle las prestaciones estipuladas. Así, por ejemplo, el acreditante puede obligarse a aceptar u otorgar letras de cambio, a suscribir pagarés, a prestar su aval y, en general, a aparecer como endosante o signatario de un título de crédito por cuenta del acreditado. En tal caso, y salvo convenio en contrario, el acreditado queda obligado a constituir en poder del acreditante la provisión de fondos suficientes a más tardar el día hábil anterior a la fecha en que el documento aceptado, otorgado o suscrito deba hacerse efectivo (artículo 297 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Se trata de un contrato consensual, bilateral, oneroso y principal. En la apertura de crédito debe distinguirse el momento de su perfección jurídica del de ejecución. La perfección del contrato se realiza por el intercambio de consentimiento sobre la cantidad, interés y demás cláusulas propias del mismo. El contrato se ejecuta cuando el acreditante cumple la obligación de hacer, que consiste en poner a disposición del acreditado la cantidad prometida o asumir por él una obligación, lo que también equivale a lo mismo, y cuando el acreditado dispone del

13 crédito y después mediante la serie de actos de pago que realiza. Estas operaciones no son autónomas, sino momentos de ejecución del contrato de crédito. La apertura de crédito en que el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, es de uso frecuente en aquellos casos en los cuales un comerciante o un industrial necesita dinero para hacer frente a las necesidades de su empresa, pero no conoce exactamente el monto de las cantidades que necesitará, ni la fecha precisa en que tendrá que efectuar ciertos pagos o en los que, conociendo exactamente el monto y la fecha de las obligaciones a su cargo, desea tener la seguridad de que en su oportunidad contará con los fondos necesarios para hacer el pago. El comerciante o industrial podrían solicitar un préstamo mercantil, pero eso los obligaría a pagar interés desde el día en que recibieran la cantidad prestada, aunque esa cantidad estuviera inmovilizada en sus cajas durante todo el tiempo que transcurriera hasta la fecha en que tuvieran que disponer de las cantidades recibidas. En la apertura de crédito los intereses sólo se causan sobre las cantidades que el acreditado vaya retirando y a partir de la fecha de la disposición. Si el acreditado no se ve en el caso de tener que hacer uso del crédito, no pagará un solo centavo como interés, siendo a su cargo solamente la cantidad que exija el acreditante como comisión por el servicio que se prestó al acreditado al tener a su disposición una suma de dinero de la que, en último extremo, no llegó a hacerse uso, pero que el acreditado pudo haber retirado de haberle sido necesaria. En el contrato de apertura de crédito no es requisito que se estipule el destino del crédito. La apertura de crédito en que el acreditante se obliga a contraer una obligación por cuenta del acreditado está indicada en los casos en que trata de asegurarse el cumplimiento de una obligación. Ejemplo: El comerciante A compra mercancías al industrial B y éste le concede un plazo de tres meses para pagar el precio; pero resulta que B es la primera vez que en entra en relación de negocios con A y no tiene referencias de él, entonces le exige, para conceder el plazo para el pago, que una institución de crédito suscriba un pagaré a tres meses por el importe de la

14 mercancía. Entonces A celebraría un contrato de apertura de crédito con un banco, en el cual éste se obligaría a suscribir el pagaré por cuenta de A y a la orden de B ; A quedaría obligado a entregar al Banco el importe del pagaré el día anterior a su vencimiento. La apertura de crédito puede ser: a) Simple: El acreditado no puede hacer remesas en abono de su cuenta antes del vencimiento del plazo fijado para la devolución de las sumas de que dispuso, y en caso de que lo haga, no puede retirarlas nuevamente. b) En cuenta corriente: El acreditado tiene derecho para hacer remesas antes de la fecha fijada para la liquidación, en reembolso total o parcial de las disposiciones que previamente haya hecho, quedando facultado, mientras el contrato no concluya, para disponer, en la forma pactada, del saldo que resulte a su favor (artículo 296 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Es importante no confundir el contrato de apertura de crédito con la cuenta corriente y el depósito bancario de dinero en cuenta corriente. El acreditado tiene derecho a hacer uso del crédito en el plazo estipulado en el contrato, pudiendo éste reducirse a voluntad de cualquiera de las partes, si así se convino, o por denuncia, figura jurídica que en seguida se explicará. El contrato de apertura de crédito puede extinguirse por: a) Haber dispuesto el acreditado de la totalidad del importe del crédito; b) Por la expiración del término convenido, o por la notificación de haberse dado por concluido el contrato cuando no se hubiere fijado plazo; c) Por denuncia. Esta consiste en que una de las partes dé por terminado el contrato, por su sola voluntad, aun cuando la otra parte

15 esté cumpliendo las obligaciones a su cargo, siendo esto posible por tratarse de un contrato bilateral. El acreditante y el acreditado pueden convenir en que cualquiera, o uno solo de ellos, estará facultado para denunciar el contrato a partir de una fecha determinada o en cualquier tiempo, mediante aviso dado a la otra parte en la forma prevista en el contrato, o a falta de ésta, por ante notario o corredor, y en su defecto, por conducto de la primera autoridad política del lugar de su residencia. Denunciado el contrato, se extingue el crédito en la parte de que no haya hecho uso el acreditado hasta ese momento, pero no queda liberado de pagar los premios, comisiones y gastos correspondientes a las sumas de que no dispuso, sino cuando la denuncia proceda del acreditante. d) Por la falta o disminución de las garantías pactadas a cargo del acreditado, ocurridas con posterioridad al contrato, a menos que el acreditado suplemente o substituya las garantías en el término que se convenga; e) Por hallarse cualquiera de las partes en estado de suspensión de pagos, de liquidación judicial o de quiebra; f) Por la muerte, interdicción, inhabilitación o ausencia del acreditado, o por la disolución de la sociedad a cuyo favor se hubiere concedido el crédito (artículo 301 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Obligaciones del acreditado: 1) Devolver las sumas de que dispuso o reintegrar las cantidades que el acreditante pagó por cuenta del mismo acreditado; y 2) Pagar al acreditante los intereses, prestaciones, gastos y comisiones estipulados. Tanto el contrato de apertura de crédito simple como el de apertura de crédito en cuenta corriente pueden pactarse con garantía personal o con garantía real para asegurar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del acreditado. La garantía personal es la fianza, en virtud de la cual una persona se obliga a pagar en caso de que el acreditado

16 no lo haga. La garantía real puede consistir en prenda o hipoteca. La garantía se entiende extendida, salvo pacto en contrario, a las cantidades de que el acreditado haga uso dentro de los límites del crédito (artículo 298 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito). Es de tomarse en cuenta que a medida que el acreditado va haciendo uso del crédito concedido, el acreditante se va convirtiendo en su acreedor por las sumas que le entrega o por las cantidades que por él suple. El acreditante, a su vez, puede necesitar fondos antes de la fecha en que el acreditado deberá hacer la restitución y, en tal caso, puede negociar ese crédito a cargo del acreditado mediante una cesión onerosa. Para facilitar al acreditante la negociación del crédito a su favor originado en las disposiciones del acreditado, puede estipularse en el contrato de apertura de crédito que el acreditado otorgue al acreditante un título de crédito o cualquier otro documento como reconocimiento del adeudo que resulte a cargo de dicho acreditado por las disposiciones que haga del crédito. Con la autorización expresa del acreditado, el acreditante puede descontar o ceder el crédito así documentado, antes de su vencimiento. Si el acreditante negocia o cede el crédito, debe abonar al acreditado, desde la fecha en que lo haga, los intereses correspondiente al importe de la disposición de que procede dicho crédito, conforme al tipo estipulado en la apertura del crédito. No obstante, el crédito concedido no se entiende renovado por esa cantidad, sino cuando las partes así lo convengan. 2.2 OTRAS FORMAS DE CREDITO CON INTERVENCIÓN DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA. DE HABILITACIÓN Ó AVÍO Esta forma de obtener un crédito bancario la regula la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en su artículo 321.

17 La ley lo define como un convenio por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado y éste, a su vez, queda obligado a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de las materias primas y materiales, y en el pago de los jornales, salarios y gastos directos de explotación indispensables para los fines de su empresa, así como a restituir al acreditante las sumas de que dicho acreditado dispuso y a pagarle los intereses, gastos y comisiones estipulados. Es un crédito a corto plazo, siendo el plazo máximo a cinco años, y se garantiza con los bienes adquiridos o sus frutos. Características: - Se utiliza para financiar la producción de la actividad industrial, agrícola y ganadera. - En la industria se destina para adquirir materias primas, materiales, mano de obra y los costos relacionados con la producción en proceso. - En la agricultura se destina en la compra de semillas, fertilizantes, insecticidas y costos en general para la preparación de la tierra. - En la ganadería se utiliza en la compra y engorda de ganado que requiera un tiempo reducido para su venta. - El máximo de crédito a otorgar será el 75% de los insumos adquiridos o costos realizados. - Los intereses se calculan con base en el CPP (Costo Porcentual Promedio), más una sobretasa fijada por el banco y son cobrados sobre saldos insolutos vencidos. CRÉDITOS REFACCIONARIOS. También el artículo 321 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito regula esta forma de crédito. Lo define como un convenio por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado y éste, a su vez, queda obligado a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de aperos, instrumentos, útiles de labranza, abonos, ganado o animales de cría; en la realización de plantaciones o cultivos cíclicos o permanentes; en la apertura de tierras para el cultivo, en la compra o instalación de maquinaria y en la construcción o realización

18 de obras materiales necesarias para el fomento de su empresa, así como a restituir al acreditante las sumas de que dicho acreditado dispuso y a pagarle los intereses, gastos y comisiones estipulados. Es un crédito a largo plazo: 15 años para la industria y 5 años para la ganadería y agricultura. Características: - En la industria se utiliza para la adquisición de activos fijos para liquidar adeudos fiscales o pasivos relacionados con la operación. - En la agricultura se otorga con el fin de financiar la compra de activos fijos, apertura de tierras de labranza, para liquidar adeudos fiscales o pasivos relacionados con la operación. - En la ganadería se utiliza con el fin de financiar la compra de activos fijos, compra de ganado para la reproducción, para liquidar adeudos fiscales o pasivos relacionados con la operación. - El monto máximo del préstamo es del 75% de los bienes adquiridos. - Se garantiza con los activos fijos adquiridos que serán en prenda hipotecaria. En este contrato también puede pactarse que parte del importe del crédito se destine a cubrir las responsabilidades fiscales que pesen sobre la empresa del acreditado o sobre los bienes que éste use con motivo de la misma, al tiempo de celebrarse el contrato, y que parte de ese importe se aplique a pagar las deudas del acreditado por gastos de explotación o por la compra de bienes muebles o inmuebles, siempre que los actos u operaciones de que procedan tales adeudos se hayan realizado dentro del año anterior a la fecha del contrato (artículo 323 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Los créditos de habilitación o avío y los créditos refaccionarios tienen un elemento esencial común: el importe del crédito debe invertirse necesariamente en los objetos determinados en el contrato. Ahora bien, la diferencia entre el contrato de habilitación o avío y el de crédito refaccionario es la distinta inversión que puede darse al importe del crédito en uno y en otro, pues mientras en el primero el crédito debe invertirse en capital circulante, o sea, en bienes que se agotan en un solo acto productivo, en el segundo debe hacerse en capital fijo, es decir, en bienes que intervienen en varios actos productivos

19 desgastándose parcialmente, o cuando el importe del crédito se aplica a amortizar adeudos del acreditado. Estas dos clases de contratos deben consignarse en escrito privado, en tres ejemplares que firman el acreditante y el acreditado ante dos testigos y se ratifican las firmas ante el encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, y en el que se haga constar: el objeto de la operación, la duración y la forma en que el acreditado podrá disponer del crédito materia del contrato; los bienes que se afecten en garantía y los demás términos y condiciones del contrato. Deben inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y surten efectos contra tercero a partir de la fecha y hora de su inscripción. Obligaciones del acreditante: - Entregar al acreditado las sumas convenidas en los términos señalados en el contrato; y - Vigilar la inversión. Para cumplir esta obligación, el acreditante tiene derecho a designar un interventor que cuide del exacto cumplimiento de las obligaciones del acreditado. (artículo 327 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). Obligaciones del acreditado: - Invertir los fondos en los objetos determinados en el contrato; - Atender su negociación con la diligencia debida; - No traspasar la propiedad o negociación para cuyo fomento se haya otorgado el crédito, sin consentimiento previo del acreditante; - Dar al interventor las facilidades necesarias para que cumpla su función; y - Devolver al acreditante las sumas que proporcionó y pagarle los intereses, gastos y comisiones convenidos. Los créditos de habilitación o avío están garantizados con las materias primas y materiales adquiridos y con los frutos, productos o artefactos que se obtengan con el crédito, aunque éstos sean futuros o pendientes.

20 Los créditos refaccionarios quedan garantizados, simultánea o separadamente, con las fincas, terrenos, construcciones, edificios, maquinarias, aperos, instrumentos, muebles y útiles, y con los frutos o productos futuros, pendientes o ya obtenidos, de la empresa a cuyo fomento haya sido destinado el crédito. Si la garantía de estos créditos recae sobre bienes muebles, tiene el carácter de prenda, pudiendo quedar en poder del acreditado, constituyéndose éste en depositario judicial con la responsabilidad civil y penal correspondiente. La ley establece dos clases de privilegios a favor de quienes otorguen créditos de habilitación o avío y refaccionarios: a) Preferencia. Los créditos de habilitación o avío, debidamente registrados, se pagan con preferencia a los refaccionarios y ambos con preferencia a los hipotecarios inscritos con posterioridad, con excepción de los acreedores de dominio ; por tanto, si en poder del acreditado existen bienes en depósito, es claro que éstos no pueden tomarse en ningún caso para pagar al acreditante; y b) Reivindicación. El acreditante puede reivindicar los frutos o productos dados en prenda de un crédito de habilitación o refaccionario, contra quienes los hayan adquirido directamente del acreditado o contra los adquirentes posteriores que hayan conocido o debido conocer la prenda constituida sobre ellos. El acreditado puede otorgar a la orden del acreditante pagarés que representan las disposiciones que haga del crédito concedido, siempre que los vencimientos de esos pagarés no sean posteriores al del crédito, que se haga constar en ellos su procedencia de una manera tal que queden suficientemente identificados, y que revelen las anotaciones de registro del crédito original. El acreditante que transmita los pagarés suscritos por el acreditado se obliga solidariamente como endosante, sin que pueda librarse de esa responsabilidad, y la transmisión de esos títulos implica el traspaso de la parte correspondiente del principal del crédito representada por el pagaré, con las garantías y demás derechos accesorios, en la proporción que corresponda. Aun cuando el acreditante endose los pagarés que representan las disposiciones del acreditado, continúa obligado a vigilar la inversión de los fondos, así como a cuidar y conservar las garantías del crédito.

21 2.3 CREDITO DOCUMENTARIO. Una forma más de obtener un crédito bancario la regula la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en su artículo 317. En el artículo anterior la ley establece el Crédito Confirmado y a éste, indebidamente, creemos, se le denomina crédito documentario, crédito comercial documentario, carta de crédito, crédito irrevocable y crédito comercial. La Ley de Títulos y Operaciones de Crédito hace una diferencia clara entre carta de crédito y crédito confirmado, pues en el artículo 311 dispone que las cartas de crédito deberán expedirse a favor de persona determinada y no serán negociables; expresarán una cantidad fija o varias cantidades indeterminadas, pero comprendidas en un máximo cuyo límite se señalará precisamente. En la figura jurídica de Carta de Crédito intervienen tres partes: a) El dador, que es la persona que emite o suscribe la carta b) El destinatario, que es a quien va dirigida la carta y debe entregar su importe, en la forma pactada, al beneficiario; y c) El tomador o beneficiario, que es la persona designada en la carta para recibir su importe. Ahora veamos cómo define la misma ley al crédito confirmado, en su artículo 317: El crédito confirmado se otorga como obligación directa del acreditante hacia un tercero; debe constar por escrito y no podrá ser revocado por el que pidió el crédito. Entonces, nuestra opinión es que no deben confundirse las figuras jurídicas porque en este caso, la ley sí distingue. Además, también el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito denomina a este instrumento de pago como carta de crédito, y solamente autoriza a las instituciones de crédito a asumir obligaciones por cuenta de terceros a través del otorgamiento de aceptaciones, endoso o aval de títulos de crédito, así como de la expedición de cartas de crédito, y en su artículo 71 lo nombra Crédito Comercial Documentario y reconoce la aplicación de las reglas y usos internacionales vigentes para las operaciones de compra venta internacional, que son las Prácticas y Usos Uniformes para Créditos Documentarios, Publicación 500, de la Cámara de Comercio Internacional.

22 Entonces, dado que las reglas de la Cámara de Comercio Internacional a esta operación de crédito le dan el nombre de Crédito Documentario, para efectos de este trabajo se le mencionará así: CREDITO DOCUMENTARIO El crédito documentario es una forma de apertura de crédito y representa la forma habitual para atender los pagos del comercio exterior, y aun del interior entre comarcas lejanas. Es un contrato de compraventa contra documentos que ha alcanzado un desenvolvimiento extraordinario por su práctica constante y por ser un medio casi imprescindible en las transacciones comerciales internacionales. En este tipo de negociaciones el vendedor cumple su obligación de entrega enviando al comprador los títulos representativos de las mercancías y los otros documentos estipulados (cotización, pedido, factura, certificado de origen, conocimiento de embarque, etc.) Se caracterizan estas ventas por el hecho de que las mercancías que constituyen su objeto están representadas por los títulos de crédito mencionados. Dada la naturaleza de esos títulos, la transferencia de los mismos supone la de la mercancía que representan. Esto es, la entrega de cosa vendida queda sustituida por la entrega de los títulos de crédito que la representan. La venta de mercancías en la que se estipula que el pago de precio habrá de hacerse mediante apertura de crédito documentado, constituye una venta contra documentos o venta documentada, la cual puede revestir dos formas: 1) Pago contra documentos, y 2) Aceptación contra documentos. El artículo 89 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito establece que la inserción de las cláusulas documentos contra aceptación o documentos contra pago, o de sus abreviaturas D/a o D/p, en el texto de una letra de cambio con las que se acompañen documentos representativos de mercancías, obliga al tenedor de la letra a no entregar los documentos sino mediante la aceptación o el pago de la misma. El crédito documentario responde, pues, a la necesidad de que el comprador o importador disponga de dinero para pagar las mercancías

23 antes de su recepción y de que el vendedor o exportador cobre las mismas al entregarlas, sin tener que esperar el momento de su recepción material por su contraparte. El contrato se celebra entre el acreditante, que generalmente es una institución de crédito, y el solicitante que es la persona que pide el crédito; pero en vez de que el acreditante se obligue a entregar fondos al solicitante, acepta obligarse directamente hacia una tercera persona. Vamos a suponer que un comerciante mexicano desea adquirir mercancía de un industrial extranjero y que, puestos en comunicación, llegan a convenir en la clase de mercancías y en el precio, accediendo el industrial a conceder al comerciante un plazo de seis meses, a partir de la recepción de la mercancía, para el pago del precio. Lo más probable es que el industrial extranjero no conozca al comerciante mexicano y que ignore cuál sea el grado de solvencia de éste y seguramente que ese industrial no enviará la mercancía fundado sólo en la buena fe de un desconocido. Por otra parte, si el comerciante tiene interés en adquirir la mercancía podría anticipar el precio, pero esto le haría perder el beneficio del plazo que ya había conseguido y, por otra parte, él a su vez puede no tener datos de la seriedad y solvencia de un extranjero a quien tampoco conoce. Esta situación que a primera vista parece insoluble, viene a resolverse si en vez de la responsabilidad personal del comerciante mexicano, se ofrece al industrial extranjero el compromiso de una persona de amplio prestigio y reconocida solvencia, ya sea un comerciante, un industrial, una empresa, y especialmente, una institución de crédito mexicana. Es claro que si una persona solvente se obliga por el comprador, el vendedor no tendrá inconveniente en remitir la mercancía y conceder un plazo para el pago. Esta es la función que desempeña el crédito confirmado que, como vemos, tiene su aplicación más frecuente en las operaciones de comercio internacional. La ley exige que este contrato conste por escrito. En la práctica esta operación se documenta con la solicitud de crédito confirmado que el solicitante dirige al acreditante y con el escrito de confirmación que el acreditante envía al tercero beneficiario. En la solicitud debe precisarse el importe del crédito, el plazo en que puede hacerse uso de él, la forma como será utilizado por el tercero beneficiario, los intereses que el solicitante pagará por las cantidades que pague el acreditante, la comisión que se cubrirá a éste por el manejo del crédito, la forma como el solicitante reembolsará al acreditante las cantidades que éste pague y las garantías que se convengan para asegurar el pago.

24 El acreditante queda obligado frente al tercero en los términos del escrito de confirmación, y es responsable hacia el que pidió el crédito, de acuerdo con las reglas del mandato. La misma responsabilidad tiene, salvo pacto en contrario, por los actos de la persona que designe para que lo substituya en la ejecución de la operación. El acreditante sólo puede oponer al tercero beneficiario las excepciones que nazcan del escrito de confirmación y las derivadas de las relaciones entre dicho tercero y el que pidió el crédito; pero en ningún caso puede oponerle las excepciones que resulten de las relaciones entre el que pidió el crédito y el propio acreditante (artículos 319 y 320 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). La persona que pidió el crédito está obligada a cubrir al acreditante las cantidades que éste haya pagado por su cuenta, o a hacerle provisión de fondos con la anticipación convenida para el pago de los títulos de crédito suscritos por el acreditante, y a pagarle los intereses, comisiones y gastos que se estipulen. El crédito no puede ser revocado por el solicitante. Para que el beneficiario pueda utilizar el crédito que el acreditante le abrió por cuenta del solicitante, debe cumplir con las obligaciones que se estipulen a su cargo en el escrito de confirmación del crédito. El tercero puede transferir el crédito abierto en su favor, pero queda sujeto a dichas obligaciones. De lo anterior se desprende que los créditos documentarios desempeñan un papel importante en el comercio internacional, ya que mediante este instrumento los bancos facilitan la realización de pagos en las transacciones comerciales de toda índole, pues aportan un elemento de confianza entre comprador y vendedor, ya que es común que éstos entren en contacto sólo a través de folletos de comercio exterior, ferias o exposiciones internacionales, o revistas especializadas. Por el dinamismo del comercio internacional se crea una nueva forma de vender, en la que la oportunidad, el tiempo y la forma de hacer negocios se vuelven muy importantes, ya que las modas, los gustos o las preferencias pueden pasar y ser desplazadas rápidamente, razón por la cual la negociación debe hacerse sin dilaciones, pero esto no elimina la desconfianza natural entre oferentes y demandantes, pues en el comprador siempre existirá el deseo de recibir y revisar la mercancía antes de pagar y el vendedor considerará conveniente recibir primero el pago de lo que vende para no correr el riesgo de que le paguen tarde o que no le paguen. Para dar mayor grado de confianza tanto al vendedor como al comprador, y cuando en las transacciones no se aplican los pagos anticipados ni la

25 entrega de mercancía a crédito, es que se sugiere el uso de un crédito documentario, ya que su instrumentación a través de los bancos de primer nivel y su regulación y reglamentación internacional por parte de la Cámara de Comercio Internacional, hacen posible eliminar esa desconfianza racional y natural para que la compraventa sea un éxito. Generalmente quien solicita el pago contra documentos es el vendedor, ya sea por exigencia o política de su empresa, o por tener que acatar una disposición gubernamental, sobre todo en aquellos países donde se han implementado políticas de control de cambios, siendo esta la forma en que los bancos centrales controlan en un alto porcentaje la entrada y salida de divisas. Siempre que en el contrato de compraventa u otro documento se prevea un pago contra documentos, significa que el comprador solicitará a su banco la APERTURA DE UN CREDITO DOCUMENTARIO a favor del vendedor y así éste recibirá su pago del banco que le notificó el crédito, olvidándose de si el comprador tiene solvencia económica y honorabilidad, ya que en el Crédito Documentario lo bancos sustituyen al comprador ante el vendedor y sólo negocian contra los documentos requeridos, sin poner en duda la autenticidad, legalidad o validez de tales documentos; no verifican la calidad, cantidad, peso, forma, color o textura de la mercancía, ni realizan inspecciones físicas para comprobar si el embarque se realizó de acuerdo con lo que indican los documentos. De esta manera, se puede definir al crédito documentario como: una orden condicionada de pago que recibe un banco emisor, la cual consiste en pagar a un beneficiario, en forma directa o a través de un banco corresponsal, por cuenta e instrucciones de un ordenante contra la presentación de ciertos documentos que certifiquen la venta, embarque, calidad, cantidad, y demás condiciones de la mercancía o servicio realizado. Se considera que un crédito documentario es una orden condicionada porque el pago al beneficiario se condiciona a que presente determinados documentos, los cuales deben cumplir estricta y literalmente todas las condiciones estipulados en el crédito, pues si éstos no se cumplen no se efectuará el pago, a menos que el ordenante acepte expresamente los documentos como fueron presentados. Las ventajas que ofrece este instrumento de pago son, por una parte, la seguridad que tiene el vendedor de que una vez reunidos los documentos requeridos por el crédito y presentados al banco notificador, éste efectuará el pago de manera independiente al comprador y, por otra parte, el comprador tiene la seguridad de que sólo se dispondrá del importe del

26 crédito si los términos y condiciones que se estipularon en el crédito documentario se cumplen cabalmente. Además, desde 1933 la Cámara de Comercio Internacional ha reglamentado los créditos documentarios por medio de publicaciones denominadas Prácticas y Usos Uniformes para Créditos documentarios, siendo la más reciente la Publicación 500, revisada en 1993, y que entró en vigor el primero de enero de 1994, adaptándose a las nuevas condiciones del comercio internacional, así como a los avances en los transportes y en la nueva tecnología electrónica. Así, el documento que contiene el crédito es elaborado de acuerdo a estas reglas y prácticas aceptadas en forma unánime por bancos de más de ciento sesenta países y que, en la mayoría de los casos, son reconocidas por la legislación de cada uno de ellos, con lo que se salvan los impedimentos de espacio, tiempo e idioma. La Publicación 500 se compone de 49 artículos, los cuales establecen los derechos y obligaciones de cada una de las partes que intervienen en un crédito documentario. A nivel Internacional, los bancos únicamente aceptan notificar y confirmar cartas de crédito de aquellos bancos que gocen de reconocido prestigio internacional y de solidez financiera. Todo banco que requiera emitir un crédito documentario deberá contar con personal especializado en el manejo de este instrumento, con una infraestructura tecnológica adecuada para recibir y enviar mensajes cifrados y con una red de bancos corresponsales en todo el mundo, con líneas de crédito para créditos documentarios. Es conveniente hacer notar que los créditos documentarios son operaciones distintas e independientes de los contratos de compraventa, facturas, pedido u orden de compra, o de los de cualquier otra índole en que puedan estar basadas las negociaciones, aun cuando en el texto del contrato de crédito documentario se haga referencia a ellos. Es necesario considerar que para los bancos sólo son válidas las condiciones asentadas en el contrato de crédito documentario y no las estipuladas en cualesquiera otro documento firmado entre el ordenante y el beneficiario (artículo 3 de la Publicación 500). Por tanto si el comprador y el vendedor deciden modificar su contrato, deberán dar instrucciones a los bancos para que modifiquen en el mismo sentido los términos y condiciones del crédito documentario, ya que éstos no están obligados a vigilar el cumplimiento de tales contratos o acuerdos, si no única y exclusivamente a verificar que los documentos requeridos en

27 el crédito documentario cumplan estricta y literalmente, tanto en su forma como en sus textos, todos los términos y condiciones del crédito. Asimismo, los bancos tampoco asumen ninguna responsabilidad respecto de mercancías, servicios u otro tipo de prestaciones que hayan dado lugar al crédito documentario. Los bancos tampoco asumen responsabilidad por la actividad de terceros (transportadoras, aseguradoras, consolidadoras, etc.) que participen en la operación de compra venta por retrasos o pérdida de cualquier mensaje, carta o cualquier documento; por la traducción o interpretación de términos técnicos, por lo que los bancos se reservan el derecho de hacer traducciones; por causas de fuerza mayor, como guerras, disturbios civiles e insurrecciones, o por actos de la naturaleza; lo cual obliga al cierre de sus oficinas por lo que procede en este caso que el ordenante dé instrucciones al banco emisor en las cuales autoriza una extensión al vencimiento del crédito; por actos del o de los corresponsales; o por terceros que no hayan cumplido las instrucciones dadas por ellos para el desarrollo del crédito (artículos 4, 15, 16, 17, 18, 20 y 21 de la Publicación 500). De lo anterior se desprende que un crédito documentario no suprime el fraude y tampoco puede considerarse como sinónimo de honradez, pues no existe en el comercio internacional, ni nacional, ningún instrumento de pago que elimine la posibilidad de alguna actitud dolosa, de mala fe o fraudulenta por parte del comprador, vendedor o de alguna de las terceras partes. Para el caso de fraude en un crédito documentario, el ordenante puede optar por demandar al beneficiario directamente en su país o en el del vendedor o solicitar los servicios de asesoría o de arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. Partes que intervienen en un crédito documentario: Ordenante (que es el comprador o importador) Beneficiario (que es el vendedor o exportador) Banco emisor (del crédito documentario) Banco corresponsal (del banco emisor) Procedimiento para la emisión de un crédito documentario: a) El comprador, antes de dar instrucciones a un banco para la apertura de un crédito documentario, deberá abrir o tener una línea de crédito para créditos documentarios o aportar garantías colaterales (hipotecarías o fiadores) que respalde la emisión del crédito, en razón

28 de que dicha transacción implica un compromiso de pago y un riesgo que el banco emisor está asumiendo. b) Si no se cumpliera con los requisitos anteriores, el importador puede solicitar la apertura de crédito garantizándolo con un depósito de dinero por el total del valor del crédito. En nuestro país el depósito en garantía tiene dos inconvenientes: primero, que se presupone que el ordenante cuenta con tales recursos y que virtualmente está dispuesto a prepagar el crédito documentario y, segundo, que el depósito no genera intereses, ya que el banco emisor está obligado a reportarlo al Banco de México por ser un depósito de caja. c) Una vez resuelta la cuestión crediticia entre ordenante y banco emisor y para que éste tenga posibilidad de realizar la emisión del crédito documentario a favor de un beneficiario en el extranjero, el banco emisor deberá recurrir a un banco corresponsal en el cual deberá disponer de una línea de crédito para créditos documentarios. La función básica del banco corresponsal es notificar y transmitir la comunicación del emisor al beneficiario. Datos que se requieren en la solicitud de un banco para emitir un crédito documentario: 1. Nombre y dirección del ordenante, importador o comprador. 2. Nombre y dirección del beneficiario, exportador o vendedor. 3. Importe del crédito documentario. 4. Vigencia del crédito documentario. Se recomienda evitar demandar que se le pague al beneficiario hasta que el comprador reciba y revise la mercancía, puesto esto transforma al crédito documentario en una orden de pago, porque ya no dependerá de los bancos la realización del pago, no obstante de que los documentos sean presentados en orden por el beneficiario y de que el crédito sea confirmado, sino de la autorización u orden de pagar de parte del comprador. 5. Disponibilidad o forma de pago (a la vista o a plazo). Es improcedente informar la emisión de un crédito documentario que entrará en vigor en fecha futura. Para esto existe el preaviso, previsto en el artículo 11, inciso c, de la Publicación 500. Tampoco es procedente la apertura de un crédito que, además de entrar en vigor en fecha futura,

29 indique que sustituirá a otro que vence precisamente en esa fecha, de acuerdo con lo previsto por el artículo 5, inciso a, sub-inciso II, de la Publicación Si el crédito será notificado con o sin confirmación del banco corresponsal. 7. Documentos contra los que será negociable el crédito (factura, documentos de embarque, certificados de calidad, de origen, de peso, etc., y en cuántos originales y copias deberán presentarse). Se recomienda evitar que se exijan documentos firmados por el ordenante o por su agente aduanal, pues el retraso que implica la ida y vuelta de los mismos, puede dar lugar a que se venza el crédito o a que el documento de embarque rebase los 21 días de vigencia (Art. 43 de la Publicación 500 y además, el banco corresponsal no cuenta con tales firmas para verificar que las estampadas en los documentos efectivamente pertenecen a tales personas. 8. Forma de cotización (EXW, FAS, FOB, FCA, CFR, CIF, CPT, CIP, DES, DEQ, DDU, DAF, DDP) 9. Descripción de mercancía. (Se recomienda evitar que se describa minuciosamente la mercancía, pues el detalle excesivo incrementa la posibilidad de discrepancias con la enviada). 10. Definición de los puntos de embarque y destino. 11. Embarques parciales permitidos o no permitidos. 12. Transbordos permitidos o no permitidos. 13. A cargo de quién estará el seguro de las mercancías (comprador o vendedor). 14. Instrucciones especiales respecto a alguna(s) fecha(s) límite de embarque. 15. Instrucciones especiales respecto a la cantidad de mercancía por embarcar en cada lote (si es que se permiten los embarques parciales). 16. Instrucciones especiales respecto a alguna fecha límite para que el beneficiario presente los documentos por negociar ante el banco corresponsal. 17. Instrucciones especiales respecto a la forma y condición en que deberán emitirse los documentos requeridos.

30 18. Si el crédito será negociable únicamente contra copias de los documentos requeridos y los originales los enviará directamente el vendedor al comprador por algún servicio especial de mensajería. 19. Definir si el crédito documentario tendrá el carácter de transferible. Proceso de emisión y pago de un crédito documentario: a) El comprador solicita al banco emisor el establecimiento del crédito documentario a favor del beneficiario, estipulando todos los términos y condiciones que deberán ser cumplidas por el beneficio para cobrar el crédito. b) El banco emisor, una vez que analiza la solicitud de apertura y verifica que todos los términos y condiciones están correctos, conforme a los usos bancarias y a las reglas de la Cámara de Comercio Internacional (Publicación 500 para Créditos Documentarios y Publicación 460 para Incoterms), emite el crédito documentario por cuenta y orden del comprador a favor del beneficiario a través de un banco corresponsal. c) El banco corresponsal recibe el mensaje de emisión por swift o telex y, al igual que el banco emisor, procede a revisar que todos los términos y condiciones sean lógicos y coherentes, que estén de acuerdo con las reglas y usos uniformes internacionales. Posteriormente, notifica o avisa el crédito documentario al beneficiario. d) El beneficiario recibe la notificación y debe, inmediatamente, abocarse a examinar si las condiciones mencionadas en el crédito pueden ser cumplidas por él y, sobre todo, si corresponden con lo previamente acordado con el comprador. Caso contrario, deberá comunicarse con el comprador para que éste dé instrucciones al banco emisor a fin de que el crédito documentario sea modificado, según lo convenido. Una vez que el ordenante instruye a su banco a modificar el crédito, éste envía un mensaje al banco corresponsal, quien procederá a notificar las modificaciones respectivas al beneficiario. Si a juicio del beneficiario todos los términos y condiciones del crédito están correctos, y si determina que podrá cumplirlos, deberá proceder a preparar el embarque, así como los documentos con las características que estipula el crédito. Mecánica operativa del proceso de pago de un crédito documentario:

31 1. Si las instrucciones estipuladas en el crédito documentario corresponden a lo convenido y si las condiciones exigidas pueden ser cumplidas, el beneficiario procede a embarcar las mercancías. 2. Después del embarque de las mercancías, el beneficiario reúne los documentos requeridos en el crédito y los presenta al banco corresponsal para su pago. 3. El banco corresponsal revisa los documentos y una vez que determina que cumplen plenamente con las condiciones del crédito, efectúa el pago al beneficiario, si el crédito es disponible a la vista, o se compromete, mediante la aceptación de una letra de cambio, a pagar en el plazo que indique el crédito documentario. 4. Si el crédito se pagó a la vista, el banco corresponsal procede a cobrarle al banco emisor el valor de sus documentos, más sus comisiones y, al mismo tiempo, le envía los documentos. 5. El banco emisor recibe y revisa los documentos y si están en orden, los entrega al comprador contra el pago respectivo. 6. El comprador recibe los documentos y paga al banco emisor o acepta pagarlos a plazo, de acuerdo con las instrucciones originales del crédito. Si el banco corresponsal detecta discrepancias en los documentos cuando el beneficiario los presenta a negociar, procede: 1. Una vez que el beneficiario presenta los documentos requeridos al banco corresponsal, éste tiene siete días hábiles bancarios para determinar si tales documentos aparentemente cumplen con los requisitos del crédito y, por tanto, si paga, en caso de que la disponibilidad sea a la vista, o si acepta pagar a plazo, si el crédito es contra aceptación, o a una fecha determinada, si es mediante un pago diferido; de conformidad con el artículo 13, inciso b, de la Publicación 500 (regla de los siete días) 2. El banco corresponsal deberá dar a conocer al beneficiario todas la discrepancias y poner los documentos a su disposición; de conformidad con el artículo 14, inciso d, de la Publicación Si el beneficiario lo autoriza, el banco corresponsal procede a enviarle un mensaje al banco emisor para informarle todas las discrepancias, el cual, a su vez, contactará al comprador para recabar su aceptación o rechazo. 4. El banco emisor tiene siete días hábiles bancarios, a partir de la fecha de recepción del mensaje, para contestar al banco corresponsal acerca

32 de la aceptación o rechazo de las discrepancias por parte del ordenante; de conformidad con el artículo 14, inciso c, de la Publicación Las discrepancias y, por tanto, los documentos se considerarán aceptados, si en el plazo de siete días hábiles bancarios el banco emisor no contesta al banco corresponsal; entonces, aquél procederá a pagar al beneficiario y a cargar la cuenta del banco emisor, si el crédito es a la vista, o a reembolsarse al término del plazo convenido, si la disponibilidad es a plazo. 6. Si las discrepancias son expresamente aceptadas por el ordenante, el banco corresponsal paga al beneficiario, o acepta pagar a plazo, y envía los documentos al banco emisor. 7. El banco emisor recibe los documentos, y en virtud de que ya fueron aceptados por el ordenante, se los entrega contra el pago respectivo (incluyendo todos los gastos y comisiones, según lo estipulen las condiciones del crédito) o contra la promesa de pago a plazo a través de la firma de un título de crédito que normalmente es una letra de cambio. 8. Si las discrepancias definitivamente no fueron aceptadas por el ordenante antes de que venza el plazo de los siente días hábiles bancarios, contados a partir de la fecha de recepción del mensaje de discrepancias, el banco emisor procederá a enviar un mensaje de respuesta al banco corresponsal para que éste, a su vez, informe del rechazo al beneficiario. 9. El rechazo de las discrepancias por parte del ordenante deberá fundarse y basarse única y exclusivamente en los documentos. El rechazo de las discrepancias no procederá si se funda y basa en el incumplimiento de las características o condiciones de las mercancías, o de alguna de las cláusulas o condiciones del contrato que fue celebrado entre comprador y vendedor, al margen del crédito. Ya anteriormente se dijo que no es responsabilidad bancaria la condición o estado de las mercancías, ni el incumplimiento de terceros. Por tanto, si como resultado de este desacuerdo fuere necesario dirimir diferencias entre comprador y vendedor por la vía legal, los bancos quedarán al margen de tal acción. Si en caso de discrepancias el banco corresponsal enviara los documentos al banco emisor con carácter de al cobro, la operación se transforma en una cobranza y la Publicación 500 dejaría de tener aplicación y procedería en su lugar la Publicación 522.

33 Procedimiento cuando el banco corresponsal paga al beneficiario, sin notar que los documentos contenían discrepancias: 1. Si el banco emisor después de que recibe y revisa los documentos enviados por el banco corresponsal determina que no cumplen con los términos y condiciones exigidas en el crédito documentario, debe informarlo a éste en un plazo no mayor a siete días hábiles bancarios, contados a partir de la fecha de recepción de los documentos. 2. El banco emisor debe dar a conocer al banco corresponsal todas las discrepancias que no tomó en cuenta, indicándole, además, que los documentos quedan a su disposición, lo cual significa que cede la responsabilidad de tales documentos al banco corresponsal (artículo 14, inciso d, de la Publicación 500). 3. El banco emisor se reserva el derecho de ponerse en contacto con el comprador para obtener su conformidad acerca de las discrepancias de los documentos. Si decide contactar al ordenante y si éste acepta las discrepancias y autoriza el pago al beneficiario, el banco emisor debe notificar dicha acción al banco corresponsal para que se efectúe el pago en la forma que indique el crédito, esto es, a la vista o a plazo (artículo l4, inciso c, de la Publicación 500). El artículo 14, inciso c, de la Publicación 500, faculta al banco emisor a no autorizar las discrepancias sin ponerse en contacto con el ordenando, en cuyo caso deberá notificar su rechazo al banco corresponsal, también en un plazo no mayor a los siete días hábiles bancarios contados a partir de la fecha en que recibió el aviso de discrepancias o los documentos. El ordenando no podrá objetar esta decisión del banco emisor. 4. Si el banco emisor en su mensaje de rechazo le notificó al banco corresponsal que sí se pondría en contacto con el ordenante para obtener su aceptación, dispondrá de un término de hasta siete días hábiles bancarios, contados desde la recepción de los documentos por parte del banco emisor, para informar al banco corresponsal la decisión final del ordenante. 5. Si el banco corresponsal, no obstante haber recibido el mensaje de rechazo, no es informado por el banco emisor en el término a que se refiere el punto anterior, acerca de la aceptación o rechazo definitivo de los documentos, éstos serán considerados como aceptados. 6. Si el ordenante no acepta los documentos, el banco emisor procederá a regresarlos al banco corresponsal y a reclamar la devolución del monto cargado a su cuenta, más los intereses que le correspondan (artículo 14, inciso d, sub-inciso III, de la Publicación 500).

34 7. Por la situación expuesta en el punto anterior, el beneficiario no está obligado ante el banco corresponsal a devolver el monto pagado o a aceptar que se revoque la aceptación de pago a plazo, a la que se hubiera comprometido el corresponsal. El banco corresponsal será el responsable del pago efectuado o de la promesa de pagar a plazo, por no haber hecho una revisión correcta de los documentos, pues la obligación primordial de los bancos en un crédito documentario es, precisamente, la de revisar el estricto cumplimiento de los términos y condiciones de los documentos requeridos (artículos 13 y 14 de la Publicación 500). 8. En cuanto a la situación de la mercancía, los bancos no asumen ninguna responsabilidad en caso de robo total, parcial o adjudicación fiscal, dado que al haber rechazado los documentos es de suponerse que el ordenante, en estricto sentido, no podrá retirar la mercancía de la aduana, a menos de que al margen de la carta de crédito hubiera recibido un juego de documentos directamente del beneficiario. La naturaleza de los créditos documentarios los hace susceptibles de modificarse o cancelarse. Por esta razón, se clasifican en: a) Revocables: Son aquellos que prácticamente en cualquier momento pueden ser modificados o cancelados por el banco emisor; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, inciso a, de la Publicación 500. El derecho de modificar o cancelar un crédito documentario es exclusivo del banco emisor, en razón de que al emitirlo asume, primero que nadie, el compromiso de pagar al beneficiario. Si el banco emisor se percatara de que la situación financiera del ordenante del crédito se llegara a deteriorar después de la emisión del crédito y que ya no estará en posibilidad de cumplir con el pago del crédito, podrá revocar éste para que el beneficiario negocie el crédito. Un crédito documentario ya no podrá ser revocado cuando el beneficiario embarca la mercancía antes de recibir el aviso de cancelación o modificación, siempre y cuando éste pueda comprobar fehacientemente su actuación (enumeración 8, inciso b, sub-incisos I y II). b) Irrevocables:

35 Son aquellos que no podrán emitirse, enmendarse o cancelarse sin el consentimiento del banco emisor, del banco corresponsal y del beneficiario (artículo 9, inciso d, sub-inciso I, de la Publicación 500). Por esta razón se dice que un crédito documentario irrevocable es sinónimo de seguridad y confianza, ya que una vez emitido no podrá ser modificado, ni cancelado de manera unilateral, solamente con la anuencia de las partes interesadas. Sin embargo, si las instrucciones de modificación o cancelación provinieren del beneficiario, el banco emisor deberá proteger los intereses del ordenante no aceptando la propuesta de modificación o cancelación, a menos que el ordenante esté de acuerdo (artículo 9, inciso d, sub-inciso I, de la Publicación 500). Ahora bien, si todo crédito irrevocable representa un compromiso que asume el banco emisor para efectuar el pago al beneficiario del crédito, cuando este banco no confirma el crédito al banco corresponsal, éste se convierte sólo en un banco notificador cuyo encargo es notificar del crédito al beneficiario, y el pago se efectuará hasta que el banco emisor le envíe los recursos, ya que éste no paga con su dinero, aún cuando sí está obligado a revisar los documentos que le presenten y a certificar si cumplen con todos los términos y condiciones del crédito. En cambio, un crédito documentario irrevocable y confirmado al banco corresponsal, que se convierte en confirmador, sí representa para éste en unión con el banco emisor, un compromiso firme de pagar con sus recursos al beneficiario, una vez que ha verificado que se cumplieron todos los términos y condiciones del crédito. Así, ya confirmado el crédito, el banco confirmador deberá hacer el pago al beneficiario sin esperar a que el banco emisor le envíe tales fondos. No obstante todo lo anterior, si el banco notificador no está dispuesto a agregar su confirmación, deberá informarlo así al banco emisor en un plazo no mayor a 72 horas, a partir de la recepción del mensaje del emisor, pues caso contrario, se considerará que el banco confirmador ha aceptado agregar su confirmación, así como todos los demás términos y condiciones del crédito. Si un banco notificador se negara a confirmar un crédito, el banco emisor deberá proceder a cancelarlo y a emitirlo sobre otro corresponsal que esté dispuesto a agregar su confirmación. Razones por las que un banco corresponsal puede negarse a confirmar un crédito documentario:

36 1. Por riesgos políticos, económicos o sociales, declarados o latentes, en el país donde se encuentra el banco emisor, ya que el banco confirmador podría no recuperar el pago que realice al beneficiario del crédito. 2. Por malas experiencias de corresponsalía con el banco emisor, debidas al incumplimiento o pago tardío de alguna operación anterior o por la falta de reciprocidad en situaciones análogas. 3. Por situación financiera inestable del banco emisor, a juicio del banco confirmador. 4. Porque no exista relación de corresponsalía con el banco emisor ni intercambio de claves y contraseñas para la autentificación de mensajes. Cuando un comprador y un vendedor, sobre todo éste, se deciden por hacer su negociación mediante un crédito documentario sin confirmar, en razón de que existen buenas relaciones comerciales y amplia confianza entre ellos, estamos ante la figura de un CREDITO LIBREMENTE NEGOCIABLE, toda vez que para el banco que lo está notificando no constituye un compromiso de pago, aceptación o negociación, sino que sólo actúa como notificador del beneficiario. En consecuencia, un crédito sin confirmar puede ser negociado libremente por el vendedor-beneficiario con el banco que, a su juicio, más le convenga. Esto permite a los involucrados el ahorro de la comisión de confirmación que cobra el banco confirmador, que el beneficiario negocie el crédito con el banco que le pague la más alta cotización de su divisa y, por último, que el beneficiario obtenga financiamiento cuando lo desee, porque está vendiendo a plazo y necesita negociar el crédito en su banco, mismo que seguramente le ofrecerá una mejor tasa de financiamiento que el banco notificador. Qué se entiende por disponibilidad o formas de pago de un crédito documentario. Disponibilidad es la forma en que el beneficiario va a recibir su pago por parte del banco notificador y/o confirmador. De conformidad con el artículo 10 de la Publicación 500, todo crédito deberá indicar claramente si será disponible para: - Pago a la vista. Esto significa que el beneficiario recibe el pago después de que presente la documentación solicitada en el plazo máximo de presentación o

37 vencimiento del crédito y en el momento en que el banco notificador y/o confirmador certifica, dentro de los siete días hábiles bancarios, a partir de la fecha en que el banco confirmador recibió los documentos por parte del beneficiario, que todos los términos y condiciones del crédito han sido cumplidas. Por práctica bancaria y para darle mayor fuerza legal a la operación de crédito, se requiere la presentación de una letra de cambio a la vista, que en el caso de un crédito confirmado debe estar girada a cargo del banco confirmador y en el caso de un crédito sin confirmar, a cargo del banco emisor. - Pago a plazo contra aceptación. Esta disponibilidad se deriva de una venta a plazo o crédito que otorga el vendedor al comprador. Se recomienda que el plazo no se menor a 30 ni mayor a 180 días, pues una menor a treinta no resulta benéfica para el comprador porque ese plazo lo absorberían los bancos en recepción, revisión y envío de documentos, y mayor a 180, salvo excepciones, no son aceptados por los bancos en México ni en el extranjero debido, en gran parte, a la actual inestabilidad económica y política de muchos países, en especial de las naciones en desarrollo. Este plazo se formaliza mediante la aceptación de una letra de cambio. Si el crédito es confirmado, el título de crédito deberá estar a cargo del banco confirmador, y si es sin confirmar, a cargo del banco emisor, en cuyo caso el banco corresponsal sólo revisa y certifica que los documentos presentados por el beneficiario están en orden; al vencimiento, el banco notificador pagará al beneficiario sólo si recibe los recursos del banco emisor. - Pago a plazo mediante pago diferido. También implica otorgamiento de crédito del vendedor al comprador, con la diferencia de que no existe título de crédito para formalizar el pago en una fecha convenida. El banco notificador y/o confirmador se compromete a pagar a través de una carta compromiso, la cual no puede descontarse por no ser un título de crédito. La carta compromiso la emite el banco confirmador; en ella se compromete a pagar con sus propios recursos al beneficiario el valor de los documentos presentados al amparo del crédito documentario si la carta es confirmada, o a pagar con recursos del banco emisor, si la carta es sin confirmar. Deberá emitirse en papel membretado del banco corresponsal y contener dos firmas autorizadas del banco emisor.

38 Modalidades de pago a plazo: 1. Días vista Aquí el plazo de pago se determina a partir de la fecha en que el banco notificador y/o confirmador certifica que los documentos presentados por el beneficiario están en orden. Ejemplo: La disponibilidad es a 180 días vista; si los documentos son presentados el 23 de septiembre al banco notificador y/o confirmador, a más tardar siete días hábiles bancarios después, el 1 de octubre, el banco notificador y/o confirmador deberá certificar al beneficiario que sus documentos fueron encontrados en orden; entonces, a partir de esta fecha iniciará el plazo de los 180 días, lo cual significa que el beneficiario recibirá su pago el 31 de marzo. Ahora bien, si se detectan discrepancias en los documentos, el plazo de pago al beneficiario iniciará a partir de la fecha en que las discrepancias sean aceptadas por el ordenante (artículo 14, inciso c, de la Publicación 500). - Días fecha factura. Bajo esta forma de pago, la fecha de emisión de la factura es la que se utiliza para determinar la fecha de vencimiento del título de crédito y, por consiguiente la fecha de pago al beneficiario. - Días fecha de embarque. Aquí el vencimiento del título se definirá con base en la fecha de a bordo, de emisión, de toma a cargo, de recepción, de envío o de despacho que muestre el documento de embarque. Para esto, se recomienda consultar los artículos 23 al 30 de la Publicación 500, donde, dependiendo del documento de embarque, se define cuál de las seis fechas que se mencionaron deberá considerarse. (El procedimiento es igual en los dos casos anteriores, sólo que en estos se toma en cuenta la fecha de emisión de la factura o la fecha de embarque, y no hasta que el ordenante autorice las discrepancias).

39 Qué es y para qué sirve el vencimiento en un crédito documentario y qué relación tiene con la disponibilidad. En principio, la vigencia y la disponibilidad están relacionadas antes de la negociación del crédito documentario, pero no así después que el beneficiario presenta sus documentos al banco notificador y/o confirmador para negociar el crédito. Así, tenemos lo siguiente: 1. El vencimiento o vigencia de un crédito documentario tiene la función de definir el plazo máximo con que cuenta el beneficiario para presentar sus documentos por negociar ante el banco notificador y/o confirmador. 2. Para que la aplicación de la disponibilidad pueda llevarse a cabo, el beneficiario debe presentarse a negociar, a más tardar, el día del vencimiento del crédito. 3. Por lo anterior, no es necesario que la vigencia del crédito abarque hasta el vencimiento del plazo de pago otorgado por el beneficiario al ordenante. Ejemplo: a) El crédito es disponible a 180 días fecha de embarque. b) El crédito se emite el 2 de abril, con vencimiento al 21 de septiembre. c) El beneficiario embarca el 15 de septiembre la totalidad de la mercancía. d) El beneficiario se presenta a negociar el crédito el 23 de septiembre (estará en lo correcto a pesar de que se presentó dos días después del vencimiento en razón de que el 21 es sábado y, por tanto, para el banco día inhábil, y de acuerdo con el artículo 44, inciso a, de la Publicación 500, tiene permitido presentarse al día hábil inmediato siguiente). e) A más tardar siete días hábiles bancarios después, el banco notificador y/o confirmador deberá certificar que los documentos están en orden y proceder a formalizar el pago a plazo (180 días fecha de embarque). f) En consecuencia, el beneficiario recibirá su pago el 14 de marzo, sin importar que el crédito haya vencido el 21 de septiembre.

40 g) Como podemos darnos cuenta, de acuerdo con el ejemplo que se cita, el beneficiario recibirá su pago a pesar de que el crédito esté vencido al momento del pago. Nunca debe perder de vista el beneficiario que deberá presentarse a negociar a más tardar el día último del vencimiento del crédito. Considerando la recomendación anterior, el ordenante del crédito puede ahorrarse un periodo de comisión de apertura, ya que, por lo general, los bancos cobran dicha comisión en periodos de 90 días (en este caso sólo pagaría un periodo en lugar de dos). Si la mercancía va a ser embarcada en varios lotes y en diferentes fechas, entonces será necesario que el vencimiento del crédito abarque hasta casi 15 días después del último embarque para contar así con tiempo suficiente para reunir los documentos requeridos y luego negociarlos. De tal suerte que aun en este caso es necesario que la vigencia del crédito considere también el plazo de crédito otorgado al comprador. En conclusión, podemos afirmar que el vencimiento del crédito se determina con base en el tiempo que le tomará al vendedor producir y embarcar la mercancía, el cual nada tiene que ver con el plazo o crédito que le esté otorgando el beneficiario al comprador. También es posible y correcto que un porcentaje del crédito documentario se maneje disponible a la vista y otro disponible a plazo, sólo es necesario que el ordenante, en sus instrucciones de emisión, defina claramente el porcentaje que corresponderá a cada disponibilidad. Ejemplo: a) Si el crédito tiene un valor de 100, dólares, se puede instruir que 50% sea disponible a la vista y el restantes a 180 días fecha de embarque; en ambos casos, contra la presentación de los documentos respectivos (factura, documento de embarque, etc.). b) También pueden darse combinaciones para pagar una parte a días fecha de embarque, otra a días vista y otra a días fecha factura. c) Asimismo, en un mismo crédito documentario puede determinarse que un porcentaje del valor sea disponible mediante cláusula roja o mediante cláusula verde y el resto a la vista o a plazo contra la presentación de los documentos comerciales; esto es, contra la factura, el documento de embarque, la lista de empaque y los certificados. Sólo es necesario definir el porcentaje del valor del crédito que le corresponderá a cada tipo de disponibilidad.

41 Relación que guarda el vencimiento de un crédito documentario con la regla de los 21 días. El artículo 43, inciso a, de la Publicación 500, dispone que por regla internacional, todo documento de transporte que sea exigido en un crédito documentario tiene una vigencia de 21 días, a partir de la fecha en que fue emitido. Por tanto, un documento de transporte que sea presentado al banco notificador y/o confirmador, posteriormente a esa fecha, se considerará como vencido, lo que, en consecuencia, será tomado como una discrepancia. Tenemos entonces que el vendedor o beneficiario del crédito documentario, además de negociar el crédito en su vigencia, deberá tener presente que el documento de embarque no deberá ser posterior a los 21 días después de haber embarcado o de haber sido emitido. Ejemplo: Si el crédito vence el 21 de septiembre y el beneficiario embarcara el 20 de agosto, a más tardar deberá presentarse a negociar el 20 de septiembre ante el banco notificador y/o confirmador. Si se presentara a negociar el 11 de septiembre, no recibirá su pago en virtud de que para esa fecha el documento de transporte tendrá 22 días de haber sido emitido, considerándose, por tanto, documento vencido. Lo anterior se aplica aun cuando el crédito documentario aún esté vigente. Es igualmente importante considerar que no se aplicará la regla de los 21 días cuando ésta exceda la fecha de vencimiento del crédito. Ejemplo: Si el crédito vence el 22 de diciembre y el beneficiario embarca el 20 de diciembre, a más tardar deberá presentarse a negociar el 22 de diciembre ante el banco notificador y/o confirmador. En ningún caso la regla de los 21 días podrá superar o pasar por encima del vencimiento del crédito. Si se presentara a negociar el 23 de diciembre, no recibirá su pago en razón de que el crédito ya estará vencido. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Publicación 500, la vigencia del crédito sirve para determinar la fecha máxima o límite para que el beneficiario presente sus documentos ante el banco notificador y/o confirmador.

42 Por otra parte, se recomienda al beneficiario del crédito no aceptar que la disponibilidad de un crédito documentario se defina con base en la fecha de arribo o llegada de la mercancía al lugar de destino (por ejemplo, 180 días a partir de la fecha de llegada de la mercancía al puerto de destino), ya que tal fecha no la indican los documentos de embarque y, en consecuencia, tanto el beneficiario como los bancos quedan a expensas de que el comprador proporcione esa fecha al banco emisor, sin ninguna garantía de que ésta sea real. CLÁUSULA ROJA. Esta cláusula en su origen se usaba para indicar pagos por anticipado, al margen del crédito documentario o de cualquier otro instrumento de pago, y debe su nombre a la costumbre que se tenía, en transacciones con comerciantes de la República Popular de China, de subrayar esta condición con una tinta roja en el contrato de compraventa que celebraban comprador y vendedor. Por esto, se habla de cláusula roja cuando el vendedor recibe del comprador un anticipo o adelanto para iniciar la producción de la mercancía, antes de la apertura del crédito documentario, y conviene en recibir el resto por medio del crédito que se emitirá a su favor. Cuando se otorga un pago por anticipado, se recomienda que en el renglón de instrucciones adicionales del mensaje de emisión del crédito documentario, se incluya la leyenda siguiente: La diferencia entre el valor de la factura y el valor del crédito se debe a un anticipo efectuado directamente por el comprador al vendedor, al margen del crédito documentario. Independientemente de su origen, hoy se considera también la condición de cláusula roja cuando en el crédito documentario el ordenante, inmediato a que le sea notificado el crédito, autoriza al banco emisor a pagar al beneficiario un anticipo contra la presentación de un simple recibo emitido por el beneficiario. El porcentaje del anticipo lo definen ordenante y beneficiario; normalmente es de 5 a 25% del valor total del crédito documentario. El saldo se paga al beneficiario contra la presentación de los documentos comerciales estipulados en el crédito documentario; esto es, contra la factura comercial, el documento de embarque, etc.

43 CLÁUSULA VERDE. La cláusula verde en un crédito documentario significa pagar al beneficiario contra la presentación de certificados de depósito de mercancías, emitidos por un almacén fiscal de depósito de mercancías. Mediante esta cláusula se establece el pago al beneficiario en varias parcialidades y cada pago se hará únicamente contra la presentación de los certificados de depósito que amparen cada uno de los lotes de mercancías almacenados, y es hasta la última parcialidad o negociación cuando el vendedor debe presentar las facturas comerciales y los documentos de embarque requeridos en el crédito. Es necesario que en la emisión se defina claramente si los certificados de depósito de la mercancía deberá conservarlos el banco notificador y/o confirmador, o si tan pronto los reciba y pague al beneficiario, deberá enviarlos al banco emisor. Cabe hacer mención que normalmente los originales son retenidos por el banco notificador y/o confirmador y que las copias se envíen al banco emisor, el cual, a su vez, las entregará al ordenante contra el pago respectivo. La cláusula verde se presenta, sobre todo, en los casos siguientes: - En exportaciones de café en grano (aunque es posible que se aplique en cualquier otro tipo de mercancía). - Cuando es necesario ir almacenando mercancía para despacharla a su destino en un solo embarque, a fin de pagar un solo flete. Mecánica operativa en una cláusula verde: 1. Antes de la emisión del crédito documentario, ordenante y beneficiario acuerdan tanto el número de pagos que se efectuarán mediante la cláusula verde, como el pago final que deberá realizarse contra la presentación de factura, documento de embarque, certificado de origen, de peso, de calidad, etc. 2. El comprador solicita a su banco que emita el crédito documentario con tales características. 3. El beneficiario recibe la notificación del crédito documentario y procede a reunir la mercancía y a depositarla en un almacén de depósito. 4. En contraparte, después de que recibe los certificados de depósito del almacén, los presenta al banco notificador y/o confirmador para recibir el pago correspondiente.

44 Este procedimiento se repetirá de acuerdo con el número de parcialidades autorizadas en el crédito documentario. Los certificados los mantendrá el banco notificador y/o confirmador, o lo enviará al banco emisor, de acuerdo con las instrucciones del crédito. 5. El último pago al beneficiario se efectuará contra la presentación de los documentos comerciales requeridos en el crédito, como factura, documento de embarque, certificados de origen, de peso, de calidad, etc. Tanto la cláusula roja como la cláusula verde son prácticas bancarias y no se encuentran tipificadas en las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, Publicación 500, ni en la Ley de Instituciones de Crédito y Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Documentos requeridos en un crédito documentario. a) Del beneficiario, para que pueda disponer del crédito: - Giro o letra de cambio - Factura comercial - Documento de transporte o conocimiento de embarque - Póliza de seguro (si se pacta término de venta CIF o CIP) - Documentos adicionales (certificados, listas, etc.). Elementos de los documentos anteriores: - Giro o letra de cambio. Salvo estipulación contraria en el crédito, este documento debe contener los siguientes requisitos: ~ Se emite a favor del beneficiario/vendedor y a cargo del banco que tiene el compromiso de pago (banco emisor, banco confirmante/ designado) ~ Se expide en la moneda del crédito ~ Su valor deberá coincidir con el valor de la factura, salvo que exista un anticipo ~ Su importe deberá coincidir en los números y en las letras ~ Deberá emitirse al plazo estipulado en los términos del crédito (a la vista, a x días vista, a x días fecha conocimiento de embarque o fecha factura)

45 ~ Deberá mostrar las cláusulas y/o leyendas requeridas en el crédito. - Factura comercial. Este documento se considera el título de propiedad de la mercancía y deberá emitirse en los términos siguientes: ~ Por el beneficiario/exportador, a nombre del ordenante/importador, citando el domicilio completo de ambos. ~ La descripción de la mercancía deberá ser literal a la descripción citada en el crédito. ~ En la moneda y por el valor acordados. ~ Indicar el término de venta citado en el crédito ~ Si el crédito indica precio unitario, éste deberá citarse y el cálculo del mismo deberá coincidir con el valor total de la factura. ~ No facturar gastos no autorizados. ~ No incluir mercancía no especificada en el crédito. ~ Los pesos, marcas y números deberán coincidir con los escritos en el documentos de transporte y demás que los incluyan. ~ Cualquier información adicional que se cite en la factura deberá coincidir con la mencionada en los demás documentos requeridos. - Documento de transporte o conocimiento de embarque: De acuerdo con las condiciones del crédito, el documento de transporte deberá contener: ~ Nombre de a quien debe aparecer la consignación. ~ La parte a notificar al arribo de la mercancía. ~ Indicar si el flete es pagado o por cobrar, considerando el término de venta.

46 ~ Indicar el lugar de embarque o toma a cargo y el lugar de destino o puerto de descarga. ~ Si el crédito requirió una forma específica de embarque, este deberá indicarse, así como el número de bultos, peso bruto y descripción genérica de la mercancía. ~ Anotaciones que hagan constar el estado defectuoso de la mercancía y/o embalaje. (Art. 32 de la Publicación 500: un documento de transporte limpio es un documento que no contiene cláusulas o anotaciones que hagan constar el estado defectuoso de la mercancía y/o embalaje). ~ Los demás requisitos, que deberán corresponder a lo solicitado en el crédito, así como también a lo ordenado en los artículos procedentes de las Reglas Internacionales, de acuerdo con el tipo de transporte utilizado. El documento de transporte deberá corresponder a lo requerido en el crédito. Este documento se considera un contrato entre el embarcador y el transportista; constituye un recibo de mercancía y cubre su traslado desde el punto de embarque o toma a cargo convenido, hasta el punto de destino o desembarco pactados. Estos datos deberán coincidir con los requeridos en el crédito de que se trata. Todos los documentos de embarque se expiden en un original, salvo el conocimiento de embarque marítimo y el multimodal, que generalmente se expiden en juegos de dos o tres originales. Salvo estipulación en contrario, en el crédito deberá presentarse el original en que fue expedido, debidamente firmado. TIPOS DE EMBARQUE Y DOCUMENTOS DE TRANSPORTE MEDIO DE TRANSPORTE: REQUERIMIENTO DE CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: Marítima (barco) Juego completo de Conocimiento de Embarque Limpio a bordo

47 Aéreo (avión) Guía aérea Terrestre: a) Camión b) Ferrocarril a) Talón de camión o carta de porte b) Talón de ferrocarril Multimodal: (ampara dos o más medios de transporte) Juego completo de conocimiento de embarque multimodal (o combinado) limpio a bordo - Póliza de seguro. Salvo estipulación contraria en el crédito, el documento de seguro deberá cumplir con lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 36 de las Reglas Internacionales, como sigue: ~ Presentarse en los originales en que fue expedido. ~ En la misma moneda del crédito. ~ El importe mínimo de cobertura deberá ser, al menos, por el 110% del valor CIF o CIP (punto de destino convenido); en caso de que este valor no pueda ser determinado, por el 110% por el que se exija el pago o la aceptación, o el 110% del valor bruto de la factura; en todos los casos el que sea mayor. ~ Indicar los datos relativos al embarque, medio de transporte y mercancía. ~ Indicar los riesgos específicos a cubrir. ~ Ser expedida y/o ser efectiva, al menos, desde la fecha de emisión del conocimiento de embarque correspondiente. En todos los casos es conveniente que la mercancía esté asegurada, ya que el seguro es una garantía tanto para el comprador (ordenante) como para el banco emisor del crédito, puesto que su transporte trae consigo la posibilidad de pérdida o daño. Es responsabilidad del comprador

48 asegurar la mercancía, salvo que se haya pactado término de venta CIF o CIP, pues en estos casos el vendedor o beneficiario del crédito es el obligado a presentar la póliza de seguro, junto con la documentación requerida en el crédito. - Documentos adicionales: ~ Certificado de origen ~ Certificado de calidad ~ Certificado de peso ~ Certificado de análisis ~ Certificado de sanidad ~ Certificado de inspección ~ Certificado de fumigación ~ Certificado de cuarentena ~ Certificado fitosanitario ~ Lista de empaque ~ Lista de peso, etc. Al requerir este tipo de documentos es conveniente especificar quién los debe de expedir y la información que deben contener (artículo 21 de la Publicación 500). 2.4 POLÍTICAS DE CRÉDITO EN LAS EMPRESAS. Las empresas están consideradas en la ley como grupos de actividad social de carácter económico. De ordinario, se entiende por comerciante al mercader, es decir, al que está en el mercado, y éste supone operaciones de compraventa. Para alcanzar una mejor operación y un desarrollo estable y sostenido, las empresas requieren de apoyos económicos que pueden ser proporcionados por instituciones creadas por el gobierno, por instituciones bancarias o por los particulares. Para esto, los cuerpos máximos de decisión de las empresas necesitan establecer y uniformar políticas, normas y criterios que comprendan: a) Orientación sobre estímulos fiscales, apoyos financieros y técnicos, y sobre tramitación y gestión de los mismos. b) Identificación de los problemas para definir las acciones que se aplicarán para optimizar su funcionamiento y resultados.

49 c) Información y consultoría que permita mejorar la producción, el mejor uso del equipo y de los recursos humanos y el potencial tecnológico de la empresa. d) Capacitación para identificar y manejar las oportunidades que brindan las tecnologías actuales. e) Obtención de créditos a la producción, para la compra de materias primas, pago de salarios, adquisición de maquinaria, construcción de naves industriales, pagos a proveedores, etc. f) Obtención de créditos para realizar estudios y proyectos. g) Adhesión a centros de adquisición de materias primas, de comercialización, de distribución, de programas de mantenimiento de mejoras a la producción-eficiencia o de diseño de productos, de sistemas administrativos y de información, etc. Reglas para tener una estructura sana en una empresa: * El capital de trabajo inicial de la empresa deber ser aportado por los propietarios. * Al ocurrir una expansión o desarrollo de la empresa, el capital de trabajo adicional con carácter de permanente o regular, también debe ser aportado por los propietarios o bien, ser financiado por medio de préstamos a largo plazo. * El capital de trabajo temporal puede financiarse a través de préstamos a corto plazo, y es aquel que la mayoría de las empresas requiere para cubrir sus necesidades de trabajo y de fechas de pago. * Las inversiones permanentes iniciales de la empresa (terrenos, edificios, maquinaria y equipo) deben ser aportados por los propietarios. * Las inversiones permanentes adicionales requeridas para la expansión o desarrollo de la empresa deberán ser aportados por los propietarios, generalmente mediante la reinversión de utilidades o bien pueden financiarse por medio de préstamos a largo plazo. Todo lo anterior nos lleva a comentar y analizar un tema tan importante como es el financiamiento para las empresas a través de instituciones gubernamentales y privadas, y que en seguida trataremos.

50 3. FINANCIAMIENTO. Para hablar sobre financiamiento, es necesario referirnos antes al 3.1 MERCADO DE DINERO Como definición de este Mercado, tenemos que es aquél en el cual las empresas y entidades gubernamentales pueden satisfacer sus necesidades de liquidez a corto plazo, mediante la emisión masiva de instrumentos de financiamiento para ser colocados entre el público inversionista, constituido éste por personas físicas y personas morales, quienes, a su vez, buscan colocar sus excedentes de efectivo a las mejores tasas de rendimiento y a muy corto plazo. No obstante su nombre, en un sentido estricto no existe en el Mercado de Dinero la compraventa de dinero como tal, sino la renta de su uso durante un tiempo limitado. Los documentos que se refieren a su uso se podrán comprar o vender, pero el dinero en sí mismo no. El precio del dinero es cotizado en términos de interés o descuento, que se determinan en base a la cualidad del emisor (sus garantías y líneas de crédito que lo respaldan), el plazo y la habilidad de negociar por parte de los participantes. La función principal del Mercado de Dinero es proporcionar a las unidades económicas las facilidades necesarias para ajustar sus posiciones de liquidez, ya sea mediante la colocación temporal de sus fondos excedentes o bien, a través de la captación de recursos a corto plazo para cubrir sus faltantes de efectivo. El Mercado de Dinero es un mercado de mayoreo de valores, con las características de: a) Bajo riesgo. La mayor parte de los fondos que circulan en el Mercado de Dinero corresponden a tesorerías de las empresas; por tanto, las operaciones requieren la máxima seguridad posible. De esta manera, este tipo de operaciones pertenecen al sector conocido como Renta Fija, que, como su nombre lo indica, implica percibir un monto de intereses previamente conocido y establecido en un plazo fijo. b) Alta liquidez. Es la característica más importante del Mercado de Dinero, ya que de la posibilidad que tengan los inversionistas de liquidar sus posiciones

51 de valores en el corto plazo, dependerá que mantengan un menor o mayor volumen de recursos ociosos o de que éstos sean invertidos, permitiendo a quienes los requieran disponer de ellos. c) Instrumentos de deuda. Los instrumentos objeto de negociación deben ser de naturaleza tal, que los inversionistas se constituyan en acreedores de las empresas que los emiten y no en socios de las mismas, como sucede con la inversión accionaria, la cual implica conceptos de riesgo y permanencia. Los requisitos para la inversión financiera y, por tanto, para el funcionamiento del Mercado de Dinero, son: ^ Existencia de excedentes financieros invertibles; ^ Valores líquidos en que invertir; y ^ Un mercado de valores debidamente estructurado ESTRUCTURA DEL MERCADO DE DINERO. a) Oferentestes. Son los inversionistas (ahorradores) que colocan sus excedentes de recursos; están constituidos por: Personas físicas. Empresas privadas y paraestatales. Fondos de ahorro. Fondos de pensión. Compañías aseguradoras; y Compañías afianzadoras. c) Demandantes. Son las entidades que requieren recursos para financiar sus actividades; están constituidos por: Gobierno Federal, y Empresas. d) Intermediarios. Representan el enlace entre el demandante de recursos o emisor de títulos-valor y los oferentes de dinero o demandantes de papel. Los intermediarios proporcionan la infraestructura

52 necesaria para garantizar una operación eficiente y la adecuada realización de las transacciones; están constituidos por: Casas de bolsa, y Agentes de valores. En atención a los momentos de negociación y a los factores de influencia de un instrumento del Mercado de Dinero, éste puede ser clasificado como: a) Mercado Primario. Se forma con el primer contacto entre oferentes de papel e intermediarios (emisor y casa de bolsa); es decir, el emisor, apoyándose en un intermediario, ofrece sus valores al público inversionista, recibiendo a cambio los recursos resultantes de esta colocación, la cual puede hacerse en oferta privada o pública, siendo esta última la forma más común, a través del procedimiento de subasta. La subasta es un método por el cual la tasa primaria, que es aquella que pagará el emisor, se fija de acuerdo a las fuerzas de la oferta y la demanda. En las subastas de títulos participan como postores las casas de bolsa por cuenta propia y por cuenta de terceros, los bancos y las compañías de seguros. Toda la mecánica de las subastas se determina y se da a conocer previamente a los postores en las bases que se reparten en el domicilio donde se efectuará el remate. Así, por ejemplo, en las subastas de los CETES (Certificados de la Tesorería de la Federación), el monto demandando por cada postor de manera individual, no deberá rebasar el 40% de la emisión y sus posturas sólo podrán importar hasta doscientas veces su capital. Las posturas que intervienen en una subasta pueden ser: - Competitivas. Son aquellas en las cuales el postor fija el monto que desea adquirir, condicionando la adquisición a una tasa exigida de rendimiento anualizado. - No competitivas.

53 Se solicita el monto que se desea adquirir sin precisar la tasa, que será igual al promedio ponderado resultante de la subasta. La designación de títulos se hace bajo el siguiente criterio, hasta cubrir los montos solicitados o agotar el monto de la emisión subastada. + Primer lugar, posturas no competitivas. + Segundo lugar, posturas competitivas de menor tasa exigida, y + Tercer lugar, posturas competitivas de mayor tasa exigida. Una vez emitidos los títulos, éstos se desligan de sus características primarias, subsistiendo únicamente el plazo de su vigencia y, frecuentemente, su valor nominal. El Mercado Primario constituye el eje del funcionamiento del Mercado de Dinero, ya que provee a los intermediarios de instrumentos para satisfacer los requerimientos de los demandantes. b) Mercado Secundario. La variedad de necesidades y requerimientos de los oferentes de dinero, propician la creación y fortalecimiento del mercado secundario que es, precisamente, el que da liquidez a los instrumentos. Las operaciones del mercado secundario son conocidas también como fondeo, ya que la mayor parte de los demandantes son empresas y bancos que requieren fondos para cubrir sus necesidades de flujo de efectivo y tesorería. Este tipo de operaciones se llevan a cabo en lo que se conoce como Mesa de dinero. El Mercado Secundario se ha desarrollado dentro y fuera del ámbito bursátil. El mercado secundario bursátil es aquel que se realiza a través de la Bolsa Mexicana de Valores, quedando sujeto a las reglas de dicha Institución, así como a la estrecha vigilancia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, El Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. c) Mercado extrabursátil.

54 Se desarrolla principalmente por medio de la comunicación telefónica, lo cual le permite una gran agilidad de operación, a la vez que se evitan así los gastos que implica realizar las operaciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores. Este mercado también está sujeto a la vigilancia de las autoridades. 3.2 FUENTES DE FINANCIAMIENTO. Definición: Es la forma de como una entidad puede allegarse de fondos o recursos financieros para llevar a cabo sus metas de crecimiento y progreso. Clasificación de las fuentes de financiamiento. a) Fuentes internas En éstas sobresale el capital social que está constituido con las aportaciones de los socios. Se divide en dos grupos: 1) Capital social común. Es aquel aportado por los accionistas fundadores y por los que pueden intervenir en el manejo de la compañía. Participan y tienen la prerrogativa de intervenir en la administración de la empresa, ya sea en forma directa o bien, por medio de voz y voto en las asambleas generales de accionistas, por sí mismos o por medio de representantes individuales o colectivos. 2) Capital social preferente. Es aportado por aquellos accionistas que no se desea que participen en la administración y decisiones de la empresa, pero sí se les invita para que proporcionen recursos a largo plazo, que no impacten el flujo de efectivo en el corto plazo. Dada su permanencia a largo plazo y su falta de participación en la empresa, el capital preferente es asimilable a un pasivo a largo plazo, pero guardando ciertas diferencias entre ellos. Principales similitudes entre pasivo a largo plazo y capital preferente:

55 Se aplican en el financiamiento de proyectos de inversión productivos básicamente. No participan en las pérdidas de la empresa. En caso de terminación de operaciones, se liquidan antes que el capital común. Participan en la empresa a largo plazo. Diferencias entre pasivo a largo plazo y capital preferente: Por el pasivo se hacen pagos periódicos de capital e intereses, por el capital preferente, sólo el pago de dividendos anuales (pago garantizado). El costo de financiamiento en el pasivo se le llama interés deducible, el cual es deducible de impuestos, en el caso del capital preferente, se llama dividendos y no es deducible de impuestos. El pasivo es otorgado por instituciones de crédito, el capital preferente es aportado generalmente por personas físicas u otras personas. El pasivo aumenta la palanca financiera de la empresa, en tanto que el capital preferente mejora su estructura financiera. En resumen, el capital preferente puede asimilarse a que es un pasivo a largo plazo encubierto con el nombre de capital que ayuda a la empresa a lograr sus metas sin intervenir en su administración y mejorando la estructura financiera de la misma. 3) Utilidades retenidas. Es la fuente interna de recursos más importante con que cuenta una compañía. Las empresas que presentan salud financiera o una gran estructura de capital sano o sólida, son aquellas que generan montos importantes de utilidades con relación a su nivel de ventas y conforme a sus aportaciones de capital. Las utilidades generadas por la administración le da a la organización una gran estabilidad financiera garantizando su larga permanencia en el medio en que se desenvuelve. En este rubro de utilidades sobresalen dos grandes tipos:

56 i) Utilidades de operación. Son las que genera la compañía como resultado de su operación normal, éstas son la fuente de recursos más importante con la que cuenta una empresa, pues su nivel de generación tiene relación directa con la eficiencia de operación y calidad de su administración, así como el reflejo de la salud financiera presente y futura de la organización. Por utilidades de operación se debe entender la diferencia existente entre el valor de venta realmente obtenido de los bienes o servicios ofrecidos, menos los costos y gastos efectivamente pagados adicionalmente por el importe de las depreciaciones y amortizaciones cargadas a resultados durante el ejercicio. ii) Reserva de capital. En cuanto a la reserva de capital, son separaciones contables de las utilidades de operación que garantizan toda la estadía de las mismas dentro del caudal de la empresa. En su origen, las utilidades de operación y reservas de capital son las mismas, con la diferencia que las primeras pueden ser susceptibles de retiro por parte de los accionistas por la vía de pago de dividendos, y las segundas permanecerán con carácter de permanentes dentro del capital contable de la empresa, en tanto no se decreten reducciones del capital social por medio de una asamblea general extraordinaria de accionistas. b) Fuentes externas. 1) Proveedores. Esta fuente de financiamiento es la más común y la que más frecuentemente se utiliza. Se genera mediante la adquisición o compra de bienes o servicios que la empresa utiliza en su operación a corto plazo. La magnitud de este financiamiento crece o disminuye la oferta, debido a excesos de mercado competitivos y de producción. En épocas de inflación alta, una de las medidas más efectiva para neutralizar el efecto de la inflación en la empresa, es incrementar el financiamiento de los proveedores.

57 Esta operación puede tener tres alternativas que modifican favorablemente la posición monetaria: Compra de mayores inventarios, activos no monetarios (bienes y servicios), lo que incrementa los pasivos monetarios (cuentas por pagar a proveedores). Negociación de la ampliación de los términos de pago a proveedores obteniendo de esta manera un financiamiento monetario de un activo no monetario. Una combinación de ambos. Características: No tienen un costo explícito. Su obtención es relativamente fácil, y se otorga fundamentalmente con base en la confianza y previo a un trámite de crédito simple y sencillo, ante el proveedor de los bienes y servicios. Es un crédito que no se formaliza por medio de un contrato, ni origina comisiones por apertura o por algún otro concepto. Es un crédito revolvente que se actualiza. Crece según las necesidades de consumo del cliente. 3.3 SISTEMA FINANCIERO MEXICANO. Es otra de las fuentes de financiamiento externo de la que hacen uso las empresas para proveerse del recurso monetario, tan necesario para su desarrollo. Esta formado por: 1) Banco de México (Banxico)

58 2) Instituciones de crédito de: a) Banca múltiple, y b) banca de desarrollo. 3) Patronato del Ahorro Nacional, y 4) Organizaciones auxiliares de crédito, 5) Instituciones de seguros y fianzas, y 6) Bolsa Mexicana de Valores (BMV). El sistema financiero está coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Banco de México y de tres comisiones, que controlan y regulan las actividades de las instituciones. Las comisiones son: COMISIÓN NACIONAL BANCARIA. Es la encargada de coordinar y regular la operación de las instituciones de crédito, de banca comercial o múltiple y las organizaciones auxiliares de crédito, y a su vez, a la banca de desarrollo. Tiene a su cargo la vigilancia y auditoría de las operaciones bancarias, y esta autorizada para sancionar en el caso de que alguna institución viole la Ley Federal de Títulos y Operaciones de Crédito o a la Ley General de Sociedades Mercantiles. COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS. Es la encargada de coordinar y regular las operaciones de instituciones de seguros y las instituciones de fianzas. COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Tiene a su cargo principalmente regular y vigilar el Mercado de Valores, las operaciones bursátiles y actividades de los agentes de bolsa, así como el estudio de las empresas que quieren participar en la Bolsa, a través de la BMV, las casas de bolsa, sociedades de inversión y las sociedades operadoras de sociedades de inversión. 1) Banco de México. Tiene como actividad principal la regulación y el control de la política cambiaria monetaria y crediticia del país. Asimismo es el representante del país en las negociaciones de la deuda externa y frente al Fondo Monetario Internacional. 2) Instituciones de crédito.

59 a) Banca comercial o múltiple. Está integrada por todas las instituciones encargadas de realizar la intermediación financiera con fines de rentabilidad; esto último constituye el centro de la actividad financiera, pues capta los recursos del público sobre los que constituye su capacidad de financiamiento, haciendo uso de ésta principalmente en operaciones activas. Las operaciones que puede efectuar son las siguientes: Recibir depósitos bancarios de dinero. Emitir bonos bancarios. Efectuar descuentos y otorgar préstamos ó créditos. Constituir depósitos en instituciones de crédito y entidades financieras del exterior. Expedir tarjetas de crédito con base en contratos de apertura de crédito en cuenta corriente. La banca comercial o múltiple ofrece los siguientes financiamientos: Crédito simple Este crédito se documenta con pagarés que tienen un plazo de pago no mayor a 180 días y se amortiza a liquidarlos en uno o varios pagos. Préstamos de habilitación o avío. Préstamo quirografario. Préstamos refaccionarios. (Estos préstamos ya fueron comentados con anterioridad; por lo tanto, en este espacio ya no serán tratados) Préstamo hipotecario. Es financiamiento a largo plazo, de gran flexibilidad, para la adquisición, construcción o mejoras de inmuebles destinados al objeto social de la empresa; también puede aplicarse al pago o consolidación de pasivos originados en la operación normal, excluyendo pasivos por financiamiento otorgado por otra institución bancaria.

60 La garantía está constituida por activos fijos tangibles; en algunos casos se requieren garantías adicionales y la demostración de que el acreditado tenga la capacidad de pago. Características: El valor del crédito no podrá exceder del 50% del valor de las garantías otorgadas comprobado mediante avalúo. El plazo máximo para un crédito hipotecario destinado a la agricultura y ganadería es de 15 años, teniendo por lo regular un año de periodo de gracia. En los créditos hipotecarios para la industria el plazo es de 10 años, pudiendo tener 2 años de periodo de gracia. La tasa de interés esta basada en el CPP, el cual es variable, más una sobretasa fijada por el banco acreditante, que además cobra como apertura de crédito un porcentaje sobre el importe total de financiamiento a la firma del contrato. Los intereses se cobran sobre saldos insolutos vencidos, en forma mensual, cuando se trata de empresas iniciales y de servicios, y semestralmente en empresas agrícolas y ganaderas. Crédito hipotecario industrial. Su destino debe ser diferente al utilizado en los préstamos de habilitación o avío, refaccionario e hipotecario. Generalmente se utiliza en la consolidación de pasivos y cuando no exista un crédito específico al cual acudir. Características: Se otorga con garantía hipotecaria de la unidad industrial, que incluye todos los activos de la misma. Puede existir un periodo de gracia con pagos de intereses, difiriéndose en el capital. Se requiere autorización previa del Banco de México, y ratificación ante notario público.

61 Descuento de documentos. Representa la transmisión de títulos de crédito en los que la institución bancaria liquida anticipadamente el importe de dichos títulos descontando los intereses y una comisión por el descuento. Su propósito principal es darle a la empresa una recuperación inmediata de los documentos por cobrar a sus clientes, es un crédito revolvente. Es un crédito a corto plazo (90 días) pudiendo ser hasta de 180 días; los intereses se cobran anticipadamente. El interés es el Costo Porcentual Promedio o tasa líder más una sobretasa fijada por el banco; su característica principal es que proporciona liquidez inmediata a la empresa. Crédito comercial. Requiere de un contrato para que los bancos corresponsales paguen a un beneficiario por cuenta del acreditado contra documentación, el importe de los bienes específicos que se hayan señalado en el contrato; puede ser revocable cuando la cancelación se haga por alguna de las partes, y puede ser irrevocable cuando para cancelarse se requiera de la autorización de todos los contratantes. Capital e intereses se amortizan generalmente de manera mensual, y se requiere que el contrato este inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Requisitos para la solicitud de un crédito: - Información Financiera. - Garantías. - Información Legal. - Estados Financieros. - Estados Pro forma. - Flujo de Efectivo. - Estudio de Mercado. - Información Legal. - Acta constitutiva. - Aumentos o disminuciones de capital. - Aviso de Inscripción en el RFC. - Representante legal. - Documentos que amparen los activos. - Aval.

62 - Avalúos. - Pólizas de seguro. b) Banca de desarrollo. El Gobierno Federal ha creado fondos, convenios, programas para apoyo y desarrollo de ciertas actividades que por el tamaño de la empresa o por el riesgo que conlleva a la propia actividad, no han sido atendidas por la banca comercial en el financiamiento de actividades prioritarias. Los fondos son administrados principalmente por el Banco de México, Nacional Financiera, S.C.N., Banco Mexicano de Comercio Exterior, S.C.N., Banco Nacional de Servicios Públicos, Banco Nacional de Crédito Rural, Banco Nacional de Comercio Interior. Las tasas de interés que aplican estas instituciones son preferenciales; además, no se pagan comisiones por apertura de crédito, ni se requieren porcentajes de reciprocidad, obteniéndose asistencia técnica y asesoría administrativa en forma adicional. Por lo que se refiere a los plazos para el pago del crédito, se determinan atendiéndose a las características de cada proyecto y a la capacidad de pago de los acreditados, incluyendo periodos de gracia si lo requiere las necesidades específicas de cada operación en particular. 3) Patronato del Ahorro Nacional. 4) Organizaciones auxiliares de crédito. La Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito señala como éstas a las siguientes: Almacenes generales de depósito. Empresas de factoraje. Arrendadoras financieras. Uniones de crédito. Casas de cambio Las tres primeras tienen la característica de poder pertenecer a una agrupación financiera.

63 Las casas de cambio pertenecen a esta clase de organizaciones, por su actividad habitual y profesional de compraventa de divisas. Cualquier organización o actividad auxiliar de crédito requiere autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y ser sociedad anónima. Breve descripción de cada uno de estos organismos. Almacenes Generales de Depósito Tienen como finalidad el almacenamiento, guarda o conservación de bienes o mercancías y la expedición de certificados de depósito y bonos de prenda. También podrán realizar la transformación de mercancías depositadas con el fin de aumentar el valor de éstas, sin variar esencialmente su naturaleza. Sólo los Almacenes Generales de Depósito estarán facultados para expedir certificados de depósito y bonos de prenda. Empresas de factoraje Son aquellas que mediante contratos convienen con sus clientes en adquirir, por un precio determinado en moneda nacional o extranjera, derechos de crédito que tengan éstos a su favor. La administración y cobranza de los derechos de crédito objeto de los contratos de factoraje, debe ser realizada por la propia empresa de factoraje financiero. Es importante mencionar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante reglas de carácter general, determina los requisitos, condiciones y límites que las empresas de factoraje deben cumplir para que la citada administración se realice por terceros. El factoraje es un servicio orientado a satisfacer las necesidades de liquidez inmediata o de capital de trabajo de las empresas. Dicho en términos simples: es una operación de financiamiento en la que a través de un contrato, la empresa de factoraje financiero adquiere de sus clientes que realicen actividades empresariales, derechos de crédito relacionados con la proveeduría de bienes, de servicios o de ambos.

64 Tipos de factoraje básicos: - Con recurso: En este caso el cliente o cedente se obliga solidariamente con el comprador-deudor a responder por el pago puntual y oportuno de los derechos de crédito trasmitidos al pacto. En esta modalidad el pacto tiene dos posibilidades de cobro, ya que los documentos que no le sean pagados por el obligado tienen la posibilidad de recurrir al cliente o cedente para su cobro. Así, la empresa de factoraje compra de las empresas comerciales o industriales las cuentas por cobrar como consecuencia de su actividad comercial, y no asume el riesgo de insolvencia de las mismas. - Sin recurso: El cliente o cedente no queda obligado a responder por el pago de los derechos trasmitidos a la empresa de factoraje. En este caso se trata de una venta real y efectiva de documentos al cobro sobre los cuales el facto absorbe el riesgo total de la operación y exclusivamente puede recurrir al cobro con los obligados de los documentos. Bajo esta modalidad la empresa de factoraje asume el riesgo de las cuentas por cobrar adquiridas; es decir, el cliente se libera de toda responsabilidad en el incumplimiento de pago. Arrendadoras Financieras. Son las que mediante un contrato de arrendamiento se obligan a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, obligándose ésta a realizar pagos parciales por una cantidad que cubra el costo de adquisición de los bienes, los gastos financieros y otros gastos conexos, para adoptar al vencimiento del contrato cualquiera de las tres opciones siguientes: 1) Comprar el bien a un precio inferior a su valor de adquisición fijado en el contrato, o inferior al valor de mercado.

65 2) Prorrogar el plazo del uso o goce del bien pagado a una renta menor. 3) Participar junto con la arrendadora de los beneficios que deje la venta del bien, de acuerdo con las proporciones y términos establecidos en el contrato. Tipos de arrendamiento: - Arrendamiento Financiero Las condiciones de esta operación se estipulan por las partes en un contrato en el que se pacta el uso o goce temporal de un bien, con la opción para el arrendatario de comprar el bien arrendado al término de la vigencia del contrato. Ventajas Financieras: Financiamiento de la totalidad del costo del equipo, incluyendo otro tipo de costos colaterales, tales como: instalación, impuestos y derechos de importación, servicios aduanales, fletes, etc. no existiendo desembolsos considerables para el arrendatario al inicio del contrato. El equipo o bien arrendado es financiado a plazos que se ajustan a las necesidades del arrendatario y a la naturaleza del bien, considerando su vida útil, permitiendo a la empresa aplicar sus recursos en áreas estratégicas y obteniendo un menor aprovechamiento de planes y metas a corto y a mediano plazo. Constituye una fuente de financiamiento que el arrendador pueda manejar a largo plazo para renovar y modernizar sus activos. El bien dado en arrendamiento sirve como garantía ante el arrendador, sin que el arrendatario tenga que distraer otros bienes para garantizar el crédito. El pago de las rentas puede hacerse de acuerdo a como convengan la arrendadora y el arrendatario (mensual, trimestral semestral etc.). - Arrendamiento puro

66 Las operaciones de arrendamiento puro se establecen mediante un contrato en el que se pacta el uso o goce temporal de un bien, pero con la diferencia que no existe opción para el arrendatario de comprar al término de la vigencia del contrato el bien arrendado. La arrendadora no contrae la obligación de enajenar el bien ni de hacerle partícipe al arrendatario del importe de la venta que se haga de un bien a un tercero. En el caso de que al término del contrato exista contrato de compraventa del bien entre el arrendador y arrendatario, éste tendrá que ser enajenado al valor comercial del mercado. Uniones de crédito Son organismos constituidos como sociedades anónimas de capital variable, con concesión de la Comisión Nacional Bancaria, formadas por un número de socios no menor a veinte, siendo éstos personas físicas o morales. Tienen la característica fundamental de tener personalidad jurídica. Las uniones de crédito pueden operar en el ramo agropecuario cuando sus socios se dedican a actividades agrícolas o ganaderas; en el ramo industrial cuando se dedican a actividades industriales; en el ramo comercial cuando sus socios se dedican a actividades mercantiles, o pueden ser mixtas cuando se dedican a dos o más actividades de los ramos señalados y éstas guardan relación directa entre sí. Casas de cambio. La Ley General de Organizaciones de Actividades Auxiliares del Crédito considera como actividad auxiliar la que realizan las casas de cambio y la señala de la siguiente forma: Que su objeto social sea exclusivamente la realización de compraventa, cambio de divisas, billetes y piezas metálicas nacionales o extranjeras, que tengan curso legal en el país de emisión, piezas de plata conocidas como onzas troy y piezas metálicas conmemorativas acuñadas en forma de moneda. Otra función muy importante que tienen las casas de cambio en el mercado financiero, es la de operar coberturas cambiarias (futuros), algo similar a los futuros que permite a las empresas cubrirse de cualquier devaluación.

67 La cobertura cambiaria consiste en pagar en la fecha de contratación a un intermediario autorizado un precio de cobertura en pesos, adquiriendo el derecho a recibir de éste si el peso se deprecia una cantidad en moneda nacional equivalente a la depreciación en dólares controlados, o la obligación de pagar al intermediario el equivalente a una depreciación del peso, si fuera el caso. 3.4 BANCO DE INFORMACIÓN ECONOMICA. La información económica es una herramienta muy necesaria para todas las partes involucradas en actividades financieras. Dentro de esta información tienen preponderancia los indicadores financieros, ya que son la base para calcular las tasas de intereses para rendimientos y pagos, sean éstos normales o moratorios, así como sus actualizaciones y recargos. Principales tasas de referencia: Costo de Captación a Plazo de Pasivos en Moneda Nacional (CCP). Para reflejar la existencia de nuevos instrumentos en el mercado financiero mexicano, en febrero de 1996 el Banco de México inició el cáculo y publicación del costo de captación a plazo de pasivos en moneda nacional. Hasta el 31 de diciembre del 2005, el Banco de México hará la estimación mensual del costo de captación a plazo por concepto de tasa de interés de los pasivos a plazo en moneda nacional a cargo de las instituciones de banca múltiple, excepto de aquéllos que se deriven de obligaciones subordinadas susceptibles de convertirse en títulos representativos del capital social de instituciones de crédito, del otorgamiento de avales y de la celebración de operaciones entre instituciones de crédito. Dicha estimación del costo de captación a plazo de pasivos denominados en moneda nacional (CCP), podrá ser utilizada como referencia para determinar la tasa de interés de créditos denominados en pesos. Se publica en el Diario Oficial de la Federación, en algún día de los comprendidos del 21 al 25 de cada mes. En caso de ser inhábil este último, la publicación podrá realizarse el día hábil inmediato siguiente. Costo Porcentual Promedio de Captación (CPP). Tasa de referencia que el Banco de México ha venido estimando desde Hasta agosto de 1977, se reporta el costo promedio de captación de sociedades financieras. A partir de noviembre de 1988, el CCP se refiere al costo porcentual promedio de captación por concepto de tasa

68 y, en su caso, sobretasa de los pasivos en moneda nacional a cargo de la banca múltiple mediante depósitos bancarios a plazo, pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento y depósitos en cuenta corriente, aceptaciones bancarias y papel comercial con aval bancario. Su publicación continuará hasta diciembre del Tasa de Interés Intercambiaria de Equilibrio (TIIE). Es una tasa de interés a distintos plazos calculada por el Banco de México con base en cotizaciones presentadas por instituciones de banca múltiple, mediante un mecanismo diseñado para reflejar las condiciones del mercado de dinero en moneda nacional. Costo de capital Es la tasa de rendimiento que una empresa debe obtener sobre sus inversiones para que su valor de mercado permanezca inalterado. Los proyectos de inversión con una tasa de rendimiento inferior al costo de capital, reducirán el valor de la empresa, los rendimientos con una tasa de rendimiento superior al costo de capital incrementarán su valor. Si la tasa interna de rendimiento del proyecto de inversión es mayor que el costo de capital de la empresa o igual a éste, el proyecto se considera aceptable. Tipos básicos de capital: o Capital de Adeudo. Cualquier tipo de fondos a corto o largo plazo obtenidos por la empresa (ejemplo, proveedores, crédito simple, etc.) o Capital de Aportación. Consiste en los fondos a largo plazo proporcionados por los propietarios de la empresa (en efectivo, en especie, reinversión de utilidades). Diferencia de claves entre el capital de adeudo y el de aportación: Característica: Capital: Adeudo Aportación Intervención en la administración: No Si

69 Derechos s/ ingresos y/o activos: Según antigüedad Según aportación Vencimiento Sí Ninguno Fuentes básicas del capital de aportación: a) Acciones preferentes: Son aquellas que representan una parte del capital social de una compañía, pero que a diferencia de las acciones comunes tienen su rendimiento o dividendo garantizado y a cambio de este privilegio tienen sus limitaciones en la participación de la administración. Costo de las acciones preferentes. Las acciones preferentes representan un tipo especial de interés sobre la propiedad de la empresa. Los tenedores de acciones preferentes deben recibir sus dividendos establecidos antes de distribuir cualquiera de las utilidades generadas a los tenedores de acciones comunes. Cálculo del costo de las acciones preferentes. El costo de las acciones preferentes (Kp) se calcula dividiendo los dividendos anuales de este tipo de acciones (dp) entre las unidades netas procedentes de sus ventas (np). Las utilidades netas representan la cantidad de dinero que se recibe por concepto de los costos de flotación requeridos para emitir y vender las acciones. b) Acciones comunes: Están formadas por las aportaciones de capital en dinero y en especie de los accionistas, y son generalmente motivados por cualquiera de las siguientes razones: - Obtención de dividendos. - Especulación. - Obtención de fuentes de trabajo. Tipos de dividendos: En términos monetarios.

70 La mayoría de los dividendos de acciones preferentes son establecidos como X unidad esporánea, se espera que una acción preferente de cuatro dólares reditúe dividendos de cuatro dólares a los tenedores de estas acciones cada año sobre cada acción que posean. En términos porcentuales. Algunas veces los dividendos de acciones preferentes se establecen como una tasa porcentual anual, ésta tasa representa el porcentaje del valor nominal de la acción que es igual al dividendo anual. Costo de las acciones comunes. El costo de las acciones comunes no es tan fácil de calcular como el costo de pasivos o el costo de las acciones preferentes. La dificultad surge por la definición del costo de la acción común, que se basa en la premisa de que el valor de una acción en una empresa esta determinado por el valor presente de todos los dividendos futuros que se supone deben pagarse sobre la acción. La tasa a la cual se descuentan estos dividendos previstos para determinar su valor presente representa el COSTO DE LA ACCION COMUN. Costo de nuevas emisiones de acciones comunes. Dado que la finalidad para concentrar el costo de capital total en la empresa, consiste en determinar el costo de nuevos fondos requeridos para iniciar proyectos, se debe poner atención al costo de nuevas emisiones comunes, suponiendo que sean obtenidos nuevos fondos en las mismas proporciones que la estructura actual de capital los únicos datos requeridos para encontrar al costo de nueva emisión de acciones comunes es los costos de garantía y venta implícitos o implicados, es muy probable que para vender una nueva emisión de precio de venta deberá estar por debajo del precio actual de mercado, reduciendo así las utilidades la acción deberá depreciarse de modo que de lugar a un precio justo debido a la distribución de la capacidad que ocurrirá, otro factor que puede reducir estas utilidades es una cuota de garantía pagada por comercializar la nueva emisión.

71 Costo de las utilidades retenidas El costo de estas se relaciona estrechamente con el costo de las acciones, si no se retuvieron las utilidades serian pagadas a los tenedores de dichas acciones como dividendos. Las utilidades retenidas suelen considerares como una emisión totalmente suscrita de acciones comunes adicionales puesto que estas aumentan la participación de los accionistas al igual que una nueva emisión de acciones comunes. El costo de las utilidades retenidas es el costo de oportunidad de los dividendos prescindidos por los actuales tenedoras de acciones comunes. Si las empresas no pueden ganar tanto sobre sus utilidades retenidas como otras empresas con nivel comparable de riesgo, los tenedores de acciones preferirán recibir estas utilidades en forma de dividendos para ello toman la decisión en qué invertirlos. Costo de capital promedio ponderado. Se determina ponderando el costo de cada tipo específico de capital por su proporción en la estructura de capital de la empresa. ESTRUCTURA PROPORCION COSTO PASIVO 40 40% 10% 4% ACC PREF 30 30% 13% 3.9 ACC COM 30 30% 7% % CCPP Modos de ponderación. Las ponderaciones pueden determinarse como: 1. Ponderaciones de valor contable: Se basa en el uso de valores contables a fin de determinar la proporción de cada tipo de capital en la estructura financiera de la organización ( Valores en libros)

72 2. Ponderaciones a valor de mercado: Mide la proporción de cada tipo de financiamiento de acuerdo con su valor de mercado estas resultan mas atractivas ya que los valores comerciales de las obligaciones se aproximan a las unidades monetarias que han de recibirse por su venta, por lo demás en virtud de que los costos de los diversos tipos de capital se calculan en base a los precios de mercado prevalecientes, se diría que lo mas conveniente es emplear las ponderaciones de valor de mercado. 3. Ponderaciones cronológicas: Pueden ser de valor contable o de mercado con base en información real; por ejemplo, las proporciones contables tanto actuales como pasadas constituirán una forma de ponderación cronológica, tal modo de ponderación se basaría en proporciones reales mas que optimas o deseadas. 4. Ponderaciones prospectivas: Pueden basarse asimismo en valores, contables o de mercado, reflejan las proporciones deseadas o optimas de la estructura de capital, tal estructura de capital óptima se basa en las proporciones que la empresa desea alcanzar. Costo marginal promedio ponderado: Kq = W1Ki + WpKp + Ws Kr Ki = Pasivos Kr = Costo de acciones preferentes Kp= Costo de acciones comunes Kr = Costo de utilidades retenidas Kn = Costo de nuevas acciones comunes. En donde: Kq = Costo de capital promedio ponderado W1 = Proporción de pasivo a largo plazo en estructura de capital. Wp = Proporción de las acciones preferentes con la estructura de capital.

73 Ws = Proporciones de las acciones comunes en la estructura de capital. W1 + Wp + Ws = 1 Ks = Kr Costo de capital marginal promedio ponderado. El costo de capital promedio ponderado puede variar en cualquier momento dependiendo del volumen de financiamiento que la empresa planea obtener. El volumen de financiamiento aumenta en proporción directa con los costos de los diversos tipos de financiamiento, elevando así el costo de capital promedio ponderado. Un diagrama o gráfica que relaciona el CCPP de la empresa con el nivel del nuevo financiamiento recibe el nombre de costo de capital marginal promedio ponderado CCMPP Determinación del CCMPP. Con la finalidad de calcular su costo de captación marginal promedio ponderado, la empresa debe determinar primero el costo de cada fuente de financiamiento a varios niveles de financiamiento total. Los niveles a los que aumentan los costos de los componentes se denominan puntos de ruptura y su fórmula es: PR = Tf1 / PrP1 En donde: PR = A punto de ruptura para la fuente de financiamiento Tf1 = A nuevo financiamiento total a partir de la fuente, en el punto de ruptura y Prd1=A la proporción de la estructura de capital (cronológicas o prospectivas) para una fuente de financiamiento uno.

74 4. APALANCAMIENTO Es la capacidad que tiene una empresa de emplear activos o fondos de costo fijo, con el objetivo de utilizar los de los accionistas con el fin de maximizarlos. Tipos de apalancamiento: 1) Apalancamiento operativo. Capacidad de emplear los costos de operación fijos, para aumentar al máximo los efectos de los cambios en las ventas sobre las utilidades antes de intereses e impuestos. Este apalancamiento mide la utilidad antes de intereses e impuestos y puede definirse como el cambio porcentual en las utilidades generadas en la operación excluyendo los costos de financiamiento e impuestos. 2) Apalancamiento financiero. Capacidad de una empresa para emplear los cargos financieros fijos con el fin de aumentar al máximo los efectos de los cambios en las utilidades antes de intereses e impuestos sobre los rendimientos por acción. Este mide el efecto de la relación entre el porcentaje de crecimiento de la utilidad antes de intereses e impuestos y el porcentaje de crecimiento de la deuda. 3) Apalancamiento total. Capacidad de que los costos fijos, tanto operacionales como financieros, amplifiquen los efectos de cambios en el ingreso por ventas de una empresa sobre las utilidades por acción. Cuanto mayores sean los costos fijos de la empresa, tanto mayor será el apalancamiento total, lo cual reflejará que el efecto es combinado. 4.1 CRITERIOS DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS. Independientemente de los criterios particulares que manejan cada una de las instituciones, las generalidades las norman básicamente.

75 Normas generales para el otorgamiento del crédito. Las empresas son entidades productivas con características particulares que hacen que ninguna sea igual a otra, aunque operen en el mismo giro, motivo por el cual los criterios que deben emplearse para analizarlas con el fin de otorgar el crédito, deben atender también las características específicas de cada una de ellas y al entorno en que operan y, por consiguiente, conviene destacar aquellos factores que les permitirá cumplir con sus obligaciones. Como consecuencia de lo anterior, es necesario hacer un estudio cualitativo de las empresas, además del análisis frío de los aspectos numéricos o cuantitativos que verificarán que la apreciaciones de cualidad tienen un impacto en el buen desempeño de la empresa y que son representativos de la capacidad empresarial de sus administradores, en el entendido de que se tendrá que profundizar, más o menos, en cada uno de los elementos que integran esta investigación, dependiendo de la eficacia o deficiencia que se aprecie en cada uno de ellos, así como del monto y tipo de financiamiento solicitado. Análisis cualitativo. El estudio de las cualidades de las empresas o personas tiene un peso fundamental en las decisiones de crédito, por lo que es necesario analizarlas eliminando aspectos subjetivos que pudieran inducir a errores de apreciación en cuanto a la calidad de su administración interna, o de los bienes y servicios que distribuyen o producen, y de su capacidad y moralidad en los negocios. El estudio del análisis cualitativo se desarrollará sobre el conocimiento interno de la empresa, de los bienes o servicios que produce o comercializa, del entorno en que se desenvuelve y de la reputación moral y capacidad del ente acreedor. Este análisis deberá realizarse mediante el estudio de lo siguiente: a) Estructura organizacional Es el estudio de la organización de cada una de las áreas que integran una empresa, sea ésta comercial o de servicios, así como de las descripción de sus funciones y responsabilidades. b) Imagen empresarial La apreciación que se tiene de las empresas desde el punto de vista externo denota el éxito o dificultades con que operan éstas.

76 c) Evaluación de sistemas de planeación Dentro del estudio deberán de ponderarse sus perspectivas de crecimiento y metas a futuro, a través de conocer sus programas de expansión y consolidación. d) Situación financiera La estructura financiera del solicitante y los flujos resultantes de su actividad, indican las características de calidad con que se maneja la empresa en este importante aspecto, y está íntimamente ligado con la solicitud de crédito, pues en la medida en que ésta sea apropiada, se estará comprobando un adecuado manejo financiero, por lo que además de antecedente, en todo momento deberá tenerse en cuenta la solicitud de financiamiento específico que describió el cliente para que durante el estudio se vaya verificando si la petición corresponde a las necesidades reales del negocio, en cuanto a tipo, plazo e importes solicitados, para que en el caso de existir diferencias de criterio, al ir avanzando en el análisis se hagan las aclaraciones necesarias y, en su caso, los cambios requeridos en forma oportuna. Análisis cuantitativo. Una vez que se cuenta con el adecuado conocimiento del solicitante, que se desprende del análisis cualitativo, se requiere efectuar la evaluación financiera que ratificará o modificará las apreciaciones recibidas. Las decisiones de crédito no pueden basarse solamente en los aspectos cualitativos de las empresas, ni tampoco exclusivamente en el análisis cuantitativo de los estados financieros, sino que debemos buscar interrelación y congruencia en ambos factores. El análisis financiero no proporciona una respuesta categórica a todas las preguntas que pudieran surgir para la autorización de un crédito, pero sí pueden señalar el camino que debe seguirse para ampliar las investigaciones y llegar a una decisión. El conocimiento de los negocios que se pretendan financiar, es fundamental para que se puedan comprender las cifras que se expresan en los estados financieros, el cual se puede obtener al aclarar las diversas partidas que los integran y al realizar comparaciones de varios periodos para apreciar su comportamiento, pero lo básico estará en el análisis cualitativo de sus mercados y de sus procesos productivos, administrativos y financieros, para conciliar, como mencionamos al principio, varios criterios que permitirán tomar mejores decisiones.

77 5. ANÁLISIS DE RIESGO El riesgo en los negocios, o la contingencia futura de ganar o perder, es una variable inherente a toda decisión empresarial. Sin duda es una de las principales consideraciones que debe afrontar el empresario al evaluar su proyecto de inversión. La posibilidad de que se presenten situaciones adversas que puedan afectar la viabilidad y la rentabilidad del negocio, las cuales son imposibles de identificar en el momento de emprender nuevas actividades, es un factor que todo inversionista debe tener en cuenta al hacer un estudio objetivo de factibilidad de la empresa que se propone. Lo anterior es especialmente cierto en los proyectos de los negocios internacionales, ya que el inversionista no siempre está familiarizado con los aspectos domésticos ni con todos los componentes del clima de negocios de otro país, y, por lo tanto, debe realizar un estudio mucho más complejo y extenso del que requeriría la inversión en su país de origen. La idiosincrasia de un país, sus problemas económicos, su sistema monetario, régimen tributario y cambiario, actitud y tratamiento hacia los inversionistas extranjeros, sistema jurídico, régimen y estabilidad políticos, son solo algunos de los factores que el empresario debe tener en cuenta para tomar una decisión acertada a la hora de invertir. La situación económica mundial, y principalmente la de los países de la región, han volcado al lenguaje cotidiano, términos que hasta hace poco, estaban reservados casi exclusivamente para los especialistas. Presentamos algunos de esos conceptos. Tipos de riesgo: Riesgo-País: En los últimos meses hemos contemplado la popularización del llamado Riesgo País por su difusión entre las masas por la disponibilidad casi instantánea de esta información, gracias a cadenas noticiosas. Pero la mayor parte de la población no sabe exactamente de qué se trata el tema en cuestión, la única noción que se tiene es que los altos niveles de riesgo país son negativos para el bienestar general de la nación. Por todo esto la intención es realizar una aproximación al tema partiendo de conceptos mas sencillos y llegando finalmente a los más complejos. Revela para un momento determinado el nivel de riesgo de inversión existente en un país emergente que pueda verse impedido de responder a sus compromisos de pago de deuda externa, en capital e intereses, al menos en los términos acordados.

78 La realidad económica y la teoría financiera, enseñan que cuanto mayor es el riesgo de incobrabilidad de un crédito, mayor es la tasa de interés que se pretende cobrar, siendo ésta no sólo la retribución por el uso del capital ajeno, sino que también incorpora una prima de riesgo que sobreremunera al acreedor para que conceda préstamos. De forma análoga, una vez emitido el instrumento de deuda, cuanta mayor incertidumbre exista respecto del cumplimiento, menor valor actual representarán dichos cobros futuros, ya que la tasa interna de retorno (T.I.R.), como vimos, será mayor. La T.I.R., por sí sola, no significa mucho, por lo que se recurre a la comparación con otros valores. Así, si la T.I.R. de una determinada inversión es mayor que la de dicha inversión si se realizara en otra opción, es porque la primera ofrece mayor riesgo de incumplimiento. De igual forma, si un instrumento a lo largo del tiempo ve incrementada su T.I.R., es porque resulta cada vez más riesgoso. El inversor tendrá que comparar la T.I.R. de cada inversión en cada país, para conocer cuál es el que le ofrece el menor riesgo-país, Por ejemplo, para determinar el riesgo-país de los 189 estados miembros de las Naciones Unidas, tendríamos que realizar comparaciones. Esto sería un cálculo prácticamente imposible de realizar, por lo que se adopta una convención mundialmente aceptada: la de comparar la T.I.R. con un instrumento internacionalmente considerado como el ejemplo máximo de la ausencia de riesgo: el bono a un plazo de 30 años, emitido por el gobierno de los Estados Unidos. El riesgo-país se mide en "puntos básicos" o "basic points", siendo 100 puntos básicos equivalentes a 1% de rentabilidad. Por ejemplo, que el riesgo-país de México se ubique en 712 puntos básicos, significa que en promedio el rendimiento para el inversor que adquiere hoy títulos mexicanos, debe ser 7,12 puntos porcentuales más alto que el rendimiento de los títulos de Estados Unidos. Si un portafolio de títulos estadounidenses tiene un rendimiento de 4 % anual, un portafolio similar de títulos mexicanos debería rendir 11,4 %, por lo que el valor que pagará por los mismos será menor. Como mutua correlatividad, está el Indice Riesgo-Soberano, definido como la capacidad y predisposición que tiene un país, en cada momento, para pagar las obligaciones monetarias contraídas con sus acreedores. El Benchmark o Indice de Clasificación, que elaboran calificadoras de riesgo como Standard & Poor's o Moody's Investors Service, establecen las siguientes categorías: AAA - Máxima capacidad de pago

79 AA - Alta capacidad de pago A - Buena capacidad de pago BBB - Media capacidad de pago (s/monto de inversión) BB - Nivel de inversión con carácter especulativo y bajo riesgo B - Nivel de inversión con carácter especulativo y alto riesgo CCC - Alto riesgo de no pago pero con buen potencial de recuperación C - Alto riesgo de no pago y bajo potencial de recuperación D - No existe posibilidad de pago ni potencial de recuperación E - No están clasificados por falta de información ni tienen garantías suficientes. Si se añade (+) a la clasificación, se estima que existe un menor riesgo, y se añade un (-), se estima que tiene una mayor riesgo de incumplimiento. Otro término de uso frecuente es spread: diferencia entre la tasa para un instrumento financiero considerado libre de riesgo y un bono de una entidad o país específico. Es usualmente atribuido al premio por riesgo de "default" o incumplimiento de las condiciones de la deuda. El "spread" de los bonos soberanos, es una variable fundamental en los países emergentes e indica el mayor costo de financiamiento que deben pagar por endeudarse con relación al costo que pagan los países desarrollados. Uno de los índices de riesgo-país más conocidos es el "Embip" (Emergency Otro de los efectos colaterales del aumento del Riesgo País parece ser la baja de la recaudación impositiva, ya que al subir la tasa de interés del sistema financiero las empresas prefieren no pagar impuestos que devengan una tasa del 3 % mensual y financiarse contra el fisco utilizando en su actividad operativa los fondos que destinaban al mismo. Un claro ejemplo de lo antedicho es que en el mes de Noviembre de la tasa de prestamos a grandes empresas por partede las entidades financieras se situaba en torno al 49% anual. Riesgo político:

80 Entre los riesgos más comúnmente considerados y evaluados se encuentran los de tipo financiero y los comerciales y de mercado por ser de aquellos que los hombres de negocios están normalmente preparados para afrontar. Sin embargo, existe un tipo particular de riesgo que día a día cobra mayor importancia y cuya incidencia en los negocios internacionales es cada vez más frecuente: el riesgo político. En este trabajo pretendemos presentar el riesgo político como una de las variables que debe considerar seriamente toda empresa que planee realizar negocios en el ámbito internacional. Para el desarrollo del tema, partiremos de la definición de riesgo político analizando las diferentes situaciones a las que puede llevar, y estudiaremos algunos casos ilustrativos de situaciones en las cuales la ocurrencia del riesgo político ha generado dificultades a los inversionistas extranjeros. Presentaremos algunos problemas que supone la labor de predicción y evaluación de los riesgos políticos en un país. Finalmente, estudiaremos diferentes mecanismos de protección contra los efectos adversos de la ocurrencia de dichos riesgos. "El riesgo político puede definirse como la probabilidad de que un evento político dado resulte en pérdidas para una firma determinada. Existen muchas clases de riesgo político, las cuales pueden dividirse en general en riesgos extralegales y riesgos legales-gubernamentales. El riesgo político extralegal incluye cualquier evento que emane desde afuera de la autoridad preexistente o de la estructura de legitimidad del Estado, tales como terrorismo, sabotaje, revoluciones o golpes militares. Por el contrario, el riesgo legal-gubernamental es un producto directo del proceso político en marcha e incluye eventos tales como elecciones democráticas que conducen a un nuevo gobierno o cambios referentes al comercio, a las inversiones extranjeras, al régimen laboral, subsidios, tecnología, y a políticas monetarias y de desarrollo. El riesgo político en los negocios internacionales existe: a) Cuando ocurre una discontinuidad en el ambiente, b) cuando esta es difícil de anticipar, y b) Cuando resulta de algún cambio político. Para construir un riesgo estos cambios en el ambiente deben tener potencial para afectar significativamente la rentabilidad u otras metas de una empresa determinada. Por consiguiente, en la definición son esenciales los conceptos de discontinuidad y de efectos directos sobre la firma".

81 Teniendo en cuenta las anteriores definiciones, se puede afirmar que el riesgo político es la posibilidad de que eventos futuros e inciertos, originados en la situación política o la adopción de ciertas políticas por parte del Estado receptor de la inversión, modifiquen las condiciones en que un negocio ha sido establecido, y por consiguiente cambien sus perspectivas sobre ganancias y actividades futuras. Las nuevas condiciones pueden ser producto de inestabilidad del gobierno o del régimen político, causada por problemas socioeconómicos (pobreza, desempleo y conflictos laborales, bajo nivel de ingreso per cápita, rescesión industrial o económica, altos niveles de inflación, etc.); políticos (lucha entre facciones o partidos políticos, subversión armada, violencia o guerras civiles, intentos de golpe de estado, etc.). En el ámbito de los negocios internacionales, como factor indispensable de planeación estratégica, es crucial que las empresas puedan conocer, evaluar y de alguna manera prever los riesgos políticos a que se pueden ver enfrentadas en el desarrollo de sus actividades en otros países. Pero, cómo pude esto lograrse? Para algunos analistas esta labor es especialmente difícil, por tratarse justamente de situaciones futuras, generalmente impredecibles, que no pueden identificarse exactamente al planear una inversión. Adicionalmente, dada la amplia variedad de países y áreas de negocios, no es muy probable que los analistas de riesgo puedan elaborar un modelo general para llenar las necesidades específicas de todas las firmas, que se dedican a actividades diversas en países diferentes. A pesar de estas dificultades, los expertos han diseñado diferentes índices de riesgo que cubren muchos países, los cuales son útiles en los procesos Evaluación del riesgo político Alto riesgo Riesgo medio alto Riesgo medio bajo Bajo riesgo El nivel de riesgo de cada país da una idea del grado de incertidumbre en el extranjero. De acuerdo con este análisis, los países desarrollados tienden a considerarse en las categorías de bajo riesgo y de riesgo medio bajo, dada la estabilidad de los gobiernos y porque los cambios en las políticas se adoptan después de debates públicos y a través de procesos conocidos.

82 Sin embargo, tal como lo han destacado algunos estudios, los riesgos políticos también pueden ocurrir en países desarrollados, ya que los cambios en determinadas regulaciones no se dan exclusivamente en los países en desarrollo. Algunas directrices generales para evaluar el riesgo político: o El análisis de riesgo político debe hacerse para industrias específicas, e inclusive para proyectos específicos. Las compañías manufactureras que producen para el mercado local, generando trabajo para nacionales, no afrontan las mismas sensibilidades políticas que una compañía minera, que puede ser culpada de extraer la riqueza de una nación y venderla en el extranjero. o El sistema debe ser dinámico y no estático. o El sistema debe ser capaz de comparación entre países, teniendo en cuenta que las empresas multinacionales pueden tener negocios en diferentes estados. o El sistema debería centrar su análisis en el resultado de las políticas. La incertidumbre en el proceso de adopción de políticas, es el factor que puede tener el mayor impacto en la rentabilidad de una firma. Como conclusión, el propósito y la importancia de una evaluación adecuada del riesgo político es disminuir el nivel de incertidumbre en las decisiones de negocios. Este análisis debería realizarse de acuerdo con las características particulares de cada negocio y consultando las condiciones específicas de los países receptores. Riesgo económico: Factores controlables por el país: * La política económica. * Política monetaria. * Presupuestos (impuestos). * Política cambiaria. * Uso de los recursos naturales. * Política comercial (aranceles y barreras comerciales). Factores no controlables por el país: * La balanza de pagos. * Medidas que tomen los socios comerciales.

83 * Alta dependencia de recursos naturales (petróleo). * La tasa de interés internacional. Riesgo soberano: Algunas calificadoras miden el riesgo de la deuda, nacional o extranjera, de distintos países del planeta. Ya no se habla del Mercado de Bonos y Títulos Públicos, sino que se intenta calificar el Stock de Deuda que un país posee y su capacidad de honrar los compromisos financieros. Standard & Poor s es una consultora norteamericana que se encarga de medir y calificar la situación de los países con relación a su stock de deuda, contraída por los Gobiernos Nacionales. Lo que se evalúa es la capacidad y voluntad de los gobiernos para amortizar su deuda de acuerdo con los términos de ésta. El sistema de calificación que se utiliza está basado en letras y no existe, como en el caso del EMBI+, un país tomado de referencia. Según Fitch, una de las más importantes calificadoras de riesgo a nivel mundial, las categorías utilizadas para medir el riesgo soberano de la deuda de largo plazo de los distintos países son las siguientes: AAA Obligaciones que cuentan con la máxima calificación asignada según la escala de calificaciones nacionales del país. Esta calificación es automáticamente asignada a toda obligación emitida o garantizada por el estado nacional. La capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es la más sólida respecto de otros emisores dentro del país. AA Obligaciones que corresponden a emisores del país cuya capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es muy sólida. El riesgo asociado a estas obligaciones difiere levemente de la deuda mejor calificada dentro del país. A Obligaciones que corresponden a emisores del país cuya capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es sólida. Sin embargo, cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras tienen una mayor probabilidad de afectar esta capacidad de pago que en las obligaciones calificadas con categorías superiores. BBB Obligaciones que corresponden a emisores del país cuya capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es adecuada. Sin embargo, cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras tienen una mayor probabilidad de afectar esta capacidad de pago que en las obligaciones calificadas con categorías superiores.

84 BB Obligaciones que corresponden a emisores del país cuya capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es incierta. Dentro de este contexto, estas obligaciones pueden ser consideradas en cierto grado especulativas, y esta capacidad de pago es susceptible a cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras. B Obligaciones que corresponden a emisores del país cuya capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses, es incierta. Esta capacidad de pago no se encuentra adecuadamente protegida contra cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras y se considera que estas obligaciones implican un grado mayor de especulación que las categorías superiores. CCC Obligaciones que corresponden a emisores del país en las que actualmente se percibe la posibilidad de incumplimiento. La capacidad de pago en tiempo, del capital e intereses depende de condiciones comerciales, económicas o financieras favorables, y se considera que estas obligaciones son especulativas en un grado mayor que las categorías superiores. CC Obligaciones que corresponden a emisores del país que son altamente especulativas o que tienen un alto riesgo de incumplimiento. D Obligaciones que actualmente hayan incurrido en incumplimiento. E Obligaciones que, ante reiterados pedidos de la calificadora, no presenten información adecuada1 [1]. Las categorías utilizadas por Fitch para medir el riesgo soberano de la deuda de corto plazo son las siguientes: Las calificaciones de Corto Plazo tienen un horizonte temporal de menos de 12 meses, por lo que el énfasis se aplica sobre la liquidez necesaria para cumplir con los compromisos financieros en tiempo y forma. A1 Obligaciones que cuentan con la más alta capacidad de pago en tiempo respecto a otros emisores en la escala de calificaciones nacionales del país. Esta calificación es automáticamente asignada a toda obligación emitida o garantizada por el estado nacional. Cuando una emisión posee una característica crediticia especialmente fuerte, se asigna una calificación de A ] También se suelen añadir los signos "+" o "-" a una calificación para darle una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría. Estos signos sólo podrán ser añadidos a aquellas calificaciones que se encuentren debajo de la Categoría AAA. Los signos "+" o "-" no alteran fundamentalmente la definición de la Categoría a la cual se los añade.

85 A2 Obligaciones que corresponden a emisores del país que se encuentran respaldadas por una buena capacidad de pago en tiempo. Sin embargo el grado de riesgo respecto a las emisiones calificadas como A1 es mayor y la capacidad de pago en tiempo podría verse afectada por cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras. A3 Obligaciones que corresponden a emisores del país que se encuentran respaldadas por una adecuada capacidad de pago en tiempo. Esta capacidad tiene más posibilidades de verse afectada ante cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras que obligaciones de mayor categoría. B Obligaciones que corresponden a emisores del país que se encuentran cuya capacidad de pago en tiempo es incierta. Esta capacidad puede verse afectada por cambios adversos en las condiciones comerciales, económicas o financieras. C Obligaciones que corresponden a emisores del país para las que existe un alto riesgo de incumplimiento. D Obligaciones que actualmente hayan incurrido en incumplimiento. E Obligaciones para las cuales no se dispone de información adecuada. Se observa que la más alta calificación riesgo 0- es AAA, la más baja posible es D. Encontramos entre las peores calificaciones algunos rangos para tener en cuenta, CCC significa vulnerable a un incumplimiento de pago, y SD es default selectivo, es decir la consultora considera que el gobierno ha incurrido en hechos que significan incumplimiento parcial de sus compromisos. Al momento de colocar una nota o una calificación se toman en cuenta diversos factores económicos, políticos y sociales que son ponderados de acuerdo a la importancia que tienen con relación a la capacidad de pago de un país. Los factores que se tienen en cuenta son inflación, PBI, déficit fiscal, población, cumplimiento en los pagos, nivel de exportaciones, índices de endeudamiento, sistema democrático, etc. Incluyendo la forma de gobierno, el grado de participación popular, los riesgos de seguridad interno y externo y el grado de consenso en los objetivos de política económica de un país, Standard & Poor s evalúa ocho áreas para determinar el perfil de riesgo soberano de un país, que se resumen de la siguiente manera:

86 Estructura de los ingresos y estructura económica: Toma en cuenta el sistema de economía de mercado que tiene el país, el estándar de vida, ingresos y distribución de la riqueza y los recursos del mismo, entre los ítems más importantes. Perpectivas de crecimiento económico: Volumen del ahorro y la inversión, tasa y parámetro de crecimiento económico. Flexibilidad fiscal: Abarca conceptos como la estructura impositiva, la competitividad impositiva, presiones sobre gastos del sector público y la capacidad operativa del sector gubernamental en general, y el total de equilibrios fiscales del mismo. También se toma en cuenta la política fiscal, el objetivo del endeudamiento del sector público y sus implicancias inflacionarias. Es relevante que los Gobiernos tengan un moderado Gasto Público, que eviten excesivas presiones impositivas al resto de los agentes económicos, pues de allí se desprende el concepto de competitividad impositiva, ya que las inversiones eligen destinos sin gran presión tributaria. Se puede apreciar que la flexibilidad fiscal que evalúan las calificadoras está en línea con los argumentos neoclásicos que pregonan los organismos internacionales de crédito. No se observa en la calificación de Standard & Poor s un análisis cualitativo de las erogaciones gubernamentales ni una evaluación de las situaciones fiscales primarias sin intereses de deuda- de los países, lo cual denota que se busca calificar el potencial de recursos para afrontar el pago de obligaciones. Deuda pública: Estudia los activos financieros gubernamentales, el stock de deuda pública y los intereses de la misma, composición de la deuda y su estructura, y los pasivos gubernamentales por pensiones, bancarios y otros contingentes. Estabilidad de precios: Tendencias de la inflación, política de tipo de cambio, grado de autonomía del banco central. El concepto de autonomía del Banco

87 Central es fundamental en el análisis de las calificadoras internacionales. Se considera que el Banco Central, como máxima autoridad monetaria, debe tener absoluta libertad en la toma de decisiones que le competen. Sin embargo, se debe establecer que dicha autonomía tiene que estar regulada o enmarcada dentro de ciertos controles para que pueda compatibilizar con la política económica de un gobierno. Flexibilidad de la Balanza de pagos: Se tiene en cuenta el impacto de la política fiscal y monetaria en el sector externo, estructura de la cuenta corriente y composición de los flujos de capital. No es tan importante el saldo de la balanza de cuenta corriente sino su relación con el repago de la deuda, es decir se toma en cuenta si puede generar divisas. Deuda externa y liquidez: Evalúa el volumen y composición de la misma, el historial del servicio de deuda, la estructura de vencimientos que debe afrontar y tipo de acreedor del gobierno soberano. Las reservas de divisas del banco central son tenidas en cuenta. Como se puede observar, los parámetros de evaluación son de diversa índole y muchos de ellos pueden ser considerados subjetivos o a lo sumo de difícil medición. La realidad financiera muestra que la calificación de Riesgo Soberano incide fuertemente en el Riesgo País. En la práctica tanto los operadores como los inversores y tenedores de bonos, tienen como referencia la calificación de deuda soberana antes de desprenderse o adquirir activos emergentes. Es decir, las consultoras que miden la calidad de la deuda son grandes formadoras de Mercado, ya que inciden con su evaluación en las posiciones tomadoras o vendedoras. Riesgo de deuda privada: Las consultoras internacionales califican no sólo la deuda de los Gobiernos, sino que elaboran análisis y evaluaciones acerca de la deuda de las empresas privadas de un país. Lo que se evalúa es la operación específica que se ha realizado, es decir que una empresa puede tener tantas calificaciones como préstamos con el exterior tenga en su pasivo.

88 Muchas veces esta calificación de deuda privada incide en la economía real debido a que encarece la tasa de interés de los préstamos u otros instrumentos financieros que son utilizados por las empresas como son fideicomisos, warrants, obligaciones negociables, entre otros. ANÁLISIS DE LA BALANZA DE PAGOS. La balanza de pagos de un país comprende todas las operaciones de comercio exterior que realiza durante un determinado periodo. En su calidad de registro contable del valor monetario de esas operaciones, realizadas en un periodo pasado o proyectadas para uno futuro, la balanza de pagos considera el intercambio de mercaderías y servicios y los movimientos de capitales de cualquier naturaleza. En cuanto registro contable, la suma de créditos es siempre igual a la de los débitos. Sin embargo, esa identidad contable no refleja necesariamente un equilibrio económico o posición deseada a corto o a largo plazo. Así, por ejemplo, un volumen creciente de importaciones puede haberse cubierto con un nivel de endeudamiento insostenible por un periodo prolongado o con una pérdida de reservas del Banco Central o con término del intercambio muy favorable transitoriamente; todas estas situaciones requieren ajuste de algunas de las variables que intervienen sobre la balanza de pagos. Por consiguiente, el objetivo de la política económica debe ser procurar la obtención de ese equilibrio en las relaciones económicas con el exterior. El objetivo consiste no sólo en la consecución de un equilibrio en el nivel global del intercambio externo sino también en su composición; esto es, en las diversas partidas que comprende el intercambio de bienes, servicios y capitales con el exterior. Para que ese equilibrio sea eficiente, es necesario también que guarde armonía con otros objetivos de la política económica, tales como un nivel elevado de empleo y la estabilidad del sistema y del nivel de precios. La balanza de pagos es afectada por el diseño de las políticas de sustitución de importaciones, de promoción de exportaciones y de movimientos internaciones de capitales, y por diversas políticas económicas internas, que inciden sobre el mercado cambiario. En consecuencia, ellas deben ser coordinadas con la política de balanza de pagos que la autoridad económica lleva a cabo.

89 Podemos definirla como un documento contable que registra sistemáticamente el conjunto de transacciones económicas de un país con el resto del mundo durante un período determinado de tiempo, generalmente un año. La balanza de pagos suministra información detallada acerca de las transacciones económicas con el exterior, ya sean transacciones de bienes y servicios o transacciones financieras. Sus principales componentes son: 1. La cuenta corriente. Las transacciones por cuenta corriente son las compras y ventas de bienes y servicios, así como las transferencias unilaterales corrientes. En la balanza por cuenta corriente aparecen recogidas todas aquellas transacciones que dan lugar a una generación de renta en nuestro país (las exportaciones) o en el exterior (las importaciones y aquellas transacciones que sin generar rentas dan lugar a una mayor o menor disponibilidad de renta para el gasto, esto es, las transferencias corrientes. La balanza por cuenta corriente está integrada por: La balanza comercial o de mercancías: Recoge los ingresos y pagos generados por los movimientos de mercancías. Son ingresos las exportaciones de bienes intermedios y finales, mientras que son pagos las importaciones de dichos bienes. La balanza de servicios: Registra los flujos monetarios debidos a servicios realizados por el país al resto del mundo o del resto del mundo al país considerado. Está muy ligada a la evolución del turismo, a las necesidades de importación, a las posibilidades de exportación de tecnología y a los rendimientos de las inversiones en el exterior o del resto del mundo en el país. El importe consignado en el débito de estos rubros significa entrada de mercancías (importaciones) y entrada (o compra) de servicios a no residentes. El crédito significa salida de mercancías (exportaciones) y salida (o venta) de servicios a los no residentes. La balanza de transferencias:

90 Recoge los ingresos y pagos que se realizan sin contrapartidas. En ellas, tienen lugar entregas a título gratuito o sin contrapartida, y exigen una contabilización especial. Las remesas remitidas por los ciudadanos de un país que trabajan en otros países y las donaciones gubernamentales son las partidas más representativas. El débito significa salida de transferencias y el crédito su entrada. La cuenta corriente mide el valor de los ingresos netos de un país derivados de las transacciones internacionales de bienes y servicios, con y sin contrapartida. Su saldo refleja los desequilibrios existentes entre el valor de los bienes y servicios adquiridos del resto del mundo (importaciones) y los vendidos al exterior (exportaciones), más (o menos) las transferencias netas. El saldo de la balanza por cuenta corriente debe ser igual, pero de signo contrario, al saldo de la balanza por cuenta de capital. Un déficit por cuenta corriente se financia vendiendo activos a extranjeros, endeudándose, o perdiendo reservas de divisas. Para eliminar un déficit por cuenta corriente, un país debe reducir su gasto en el extranjero o aumentar los ingresos procedentes de la venta de bienes y servicios en el extranjero. 2. La cuenta de capital. Recoge todos los movimientos de capital públicos o privados reflejados en la balanza de pagos, ya sean movimientos a largo plazo, a corto plazo, o variaciones de reservas de divisas. Incluye las subbalanzas siguientes: Capital privado a largo plazo. Transacciones financieras del gobierno. Capital a corto plazo, público y privado. Variaciones de las reservas de oro y divisas. Las reservas son posesiones que tiene un país de divisas y otros activos que pueden utilizarse para satisfacer las demandas de divisas, y que sitúan al país como acreedor frente al exterior, ya que éstas representan activos frente al resto del mundo. La balanza de capital a largo plazo recoge las inversiones, créditos y préstamos, tanto públicos como privados, realizados por los extranjeros en el país (ingresos) o por los nacionales en el exterior (pagos) con plazo superior a un año.

91 La suma de las balanzas de cuenta corriente, de capital a largo plazo y las transacciones financieras del gobierno integran la balanza básica. El saldo de la balanza básica frecuentemente se utiliza como representativo de la balanza de pagos. De las partidas que integran la balanza de capital, cabe diferenciar las inversiones productivas y las inversiones especulativas. Las inversiones productivas se incluyen en la balanza de capital a largo plazo, ya que implican compras de empresas, de acciones, etc. Los movimientos especulativos de capital tienen por objeto aprovechar situaciones transitorias de los mercados financieros, y tienen una gran volatilidad. Por ello, estas inversiones se recogen en la balanza de capital a corto plazo. Los rendimientos de ambos tipos de inversiones se incluyen en la balanza de servicios. La cuenta de capital de un país registra un superávit cuando éste obtiene más ingresos por la venta de activos al resto del mundo de los que se gasta comprando activos en el exterior. En este caso, hay una entrada neta de capital. La cuenta capital representa la variación en los activos y pasivos externos que se produjo durante el período considerado, como consecuencia de las transacciones en mercancías y servicios y las transferencias unilaterales. Por esta razón, el saldo de este rubro es igual a la suma algebraica de los rubros anteriores. El débito de la cuenta representa la entrada de divisas, o bien una baja del endeudamiento con los no residentes. El crédito, la salida de divisas, o bien el aumento del endeudamiento con los no residentes. 3. Cuenta de liquidaciones oficiales. Mide el cambio en los pasivos líquidos y no líquidos de un país, frente a las entidades oficiales extranjeras, así como el cambio de un país durante el período que se considera el balance. Las reservas internacionales oficiales de un país están constituidas por su oro, divisas convertibles, derechos especiales de giro (DEG) y la posición neta del país en el FMI. El pasivo en aumento de un país frente a las entidades oficiales extranjeras y una disminución de las reservas internacionales, son créditos (+), mientras que la situación inversa, constituye débitos (-). La contabilidad de partida doble.

92 Cada transacción económica internacional se incorpora como débito o crédito a la balanza de pagos del país, pero cada vez que una transacción (débito o crédito) es incorporada, también genera una contrapartida en alguna de las cuentas analizadas, por la misma cantidad. A este movimiento se lo denomina técnicamente contabilidad de partida doble del balance de pagos. Balanza comercial. Es el conjunto de transacciones comerciales realizadas por un país con otro u otros del exterior, en un período determinado. Tales transacciones están referidas a la compra y venta de mercaderías, es decir a las importaciones y exportaciones realizadas por el país. Su saldo será equilibrado o nivelado, cuando M = X. Cuando sucede lo contrario, tendremos superávit o déficit. Ubicación del sector externo. La migración internacional de los factores de la producción, el volumen y composición del comercio exterior de los distintos países, las relaciones reales de intercambio y el sistema de pagos internacionales, desempeñan roles vitales en el desarrollo intensivo y extensivo de las naciones. El sector de exportación puede considerarse como un sector clave del desarrollo; esto se fundamenta en que: Amplía el mercado de bienes. 1. Promueve el crecimiento de las industrias de exportación, evitándose la inversión de capital propio para obras de infraestructura, gastos de servicios y otros, necesarios en la comercialización interna de los productos. 2. Las exportaciones generan demanda efectiva externa, que se traduce en un incremento de la demanda interior de un país. La magnitud de la influencia del sector externo varía conforme a los países, originando en muchos casos que sus industrias adquieran relevancia a la luz de los mercados exteriores. A menos que no se incremente el gasto público, el nivel de consumo, o la inversión interna, una reducción de las exportaciones provocará un retardo en el ritmo de desarrollo intensivo de la economía de un país. Esto debe ser evitado mediante la implementación de políticas adecuadas, que permitan

93 la expansión del sector y el mantenimiento de una posición competitiva en los mercados internacionales. Balanza de capitales Hay que ver la evolución de la balanza de capitales a corto y a largo plazo. Los movimientos de capital tienen lugar porque no existe el clima político adecuado para la acumulación de capital en un país determinado. Variación de reservas Va a ser un indicador muy importante a la hora de hacer previsiones sobre la capacidad del país para cumplir con el pago de sus deudas. Mercado mundial de sus principales productos La oscilación de los precios de sus principales exportaciones es fundamental a la hora de hacer previsiones, tanto de importaciones como de exportaciones. BALANZA DE PAGOS: Conceptos Ingresos netos Egresos netos Saldo Cuenta corriente Mercancías - Exportaciones - Importaciones Servicios - Exportaciones de servicios reales - Importaciones de servicios reales Renta de la inversión - Intereses ganados - Intereses pagados - Utilidades y dividendos Transferencias corrientes Cuenta capital y financiera I. Sector bancario - BCRA - Otras entidades financieras II. Sector público no financiero

94 - Gobierno nacional - Gobiernos locales - Empresas y otros III. Sector privado no financiero IV. Otros movimientos de capital Variaciones de reservas internacionales ESQUEMA DE LA BALANZA DE PAGOS: I - Balanza comercial Exportaciones de mercancías Importaciones de mercancías II - Balanza de servicios Transporte y seguros Turismo y viajes Rendimiento de inversiones públicas y privadas Asistencia técnica, patentes y royalties Otros servicios privados y públicos III - Balanza de transferencias Privadas Públicas IV - Balanza por cuenta corriente (I + II + III) V - Capital privado a largo plazo

95 Inversiones públicas Créditos y préstamos públicos VI - Transacciones financieras del gobierno Inversiones públicas Créditos y préstamos públicos VII - Balanza básica (IV + V + VI) VIII - Capital privado a corto plazo Público Privado IX - Variación de las reservas de oro y divisas Análisis de la deuda. Nivel de la deuda Habrá que conocer cuál es la cuantía de la deuda respecto a la posibilidad de pagarla que tiene el país. Normalmente esta capacidad viene dada en función de su PNB, su balanza de pagos y de las reservas que tenga el país. Nivel de reservas. Las reservas dan una indicación de la liquidez de un país para hacer frente a su deuda. Las reservas pueden estar en divisas o en oro. También existe la posibilidad de hacer disposiciones del FMI. Estructura de la deuda. Es decir, aparte de su cantidad y su vencimiento, en qué divisas y a qué tipos. Probabilidad de devaluación o depreciación de la divisa. La devaluación de la moneda es importante porque necesitará exportar más productos para la adquisición de divisas con el objeto de hacer frente a la deuda.

96 La posibilidad de una devaluación viene en función de la inflación, de su balanza de pagos, política económica del gobierno y de la no fortaleza del gobierno ante presiones para devaluarla. Comportamiento de las exportaciones: Crecimiento Distribución Comportamiento de las importaciones: Crecimiento Distribución Valoración del riesgo-país: En el análisis de riesgo de procederá a obtener un Índice Global de Riesgo a partir de otros subíndices, teniendo en cuenta el siguiente peso específico que, por supuesto, puede ser discutible: Índice político: 40% Índice económico: 25% Índice de solvencia: 20% Índice de liquidez: 15% La ponderación anterior se dará en función de la fórmula siguiente: El Índice de Riesgo Político (IP) y el Índice de Riesgo Económico (IE) aplicados en la fórmula, son coinversiones mediante una regla de tres desde la escala en que originalmente se estiman a una escala de 0 (peor) a 100 (mejor), con el objeto de ser comparables con los otros índice estimados originalmente en una misma escala. Valoración del riesgo político. Dentro de la valoración del riego político se consideran factores como el sistema político, alternativas al régimen político, el contexto regional del país y algunos otros. (Análisis Riesgo-País: México) La evaluación de estos factores tiende a valorar el control gubernamental, factores potenciales de desorden internos y la influencia exterior sobre la estabilidad política del régimen. Para estimar el indicador político se habrá de evaluar cada uno de los factores que aparecen en el Análisis Riesgo-País: México, mediante un

97 baremo al que se asocian unos valores numéricos, con objeto de hacerlos cuantificables: (MB) Muy bajo 10 (B) Bajo 8 (M) Mediano 5 (A) Alto 2 (MA) Muy alto 0 Ejemplo de ponderación a utilizar: Factores Ponderación Valoración Multiplicación De riesgo político mucho peso (3) (M) 5 15 De riesgo político mediano peso (2) (MB) De riego político poco peso (1) (MA) 0 0 Sumas: 6 45 Con objeto de estimar el indicador de Riesgo Político, se sumarían las multiplicaciones de las ponderaciones por las valoraciones de cada riesgo político, y el resultado se dividiría entre la suma de las ponderaciones de todos los riesgos políticos. En el ejemplo: 45/6 = 7.5 El Indicador de Riesgo Político estará entre 10 (mejor) y 0 (peor) y que se trasladarán a letras con objeto de diferenciarlo de posteriores índices. Así pues, la escala iría de A (mejor) a E (peor), correspondiendo a los valores siguientes: A: entre 10 y 8 B: entre 8 y 6 C: entre 6 y 4 D: entre 4 y 2 E: entre 2 y 0 Valoración del riesgo económico.

98 Dentro del riesgo económico se consideran factores como los recursos, PNB, dirección económica, políticas económicas seguidas, balanza de pagos y algunas otras que se pueden encontrar en el Análisis Riesgo País: México. La evaluación de estos factores tiene a valorar la habilidad en la dirección económica y la capacidad del gobierno para realizar cambios estructurales. El procedimiento a utilizar para llegar a la estimación de este índice, es exactamente igual al aplicado en la estimación del indicador político, cambiando, evidentemente, la composición de factores a valorar. Valoración de la solvencia y la liquidez. Se establecerán dos tipos de índices: Índice de solvencia, e Índice de liquidez. El procedimiento a utilizar para el cálculo de ambos índices será exactamente el mismo, valorando diferentes factores, según se esté estimando un índice u otro. El índice estaría comprendido entre 100 (mejor) y 0 (peor), ponderándose cada factor de acuerdo con la escala siguiente: Mucha influencia 3 Mediana influencia 2 Poca influencia 1 Un índice cercano a 100 nos indicaría que se está ante un país muy solvente o muy líquido. Los factores a valorar se pueden encontrar en el Análisis Riesgo-País: México. Cuantificación del riesgo-país. Establecer una cantidad máxima que estaría dispuesta a invertir una institución determinada en un país extranjero, es el último propósito del Análisis Riesgo-País. Sin embargo. Sin embargo, no existe un acuerdo sobre las reglas a seguir para determinar esta cantidad máxima.

99 En lo que sí se está de acuerdo es en que se trata de una decisión cuya responsabilidad ha de recaer en la dirección de las diferentes instituciones, a consecuencia de las variables políticas que intervienen en la decisión. Así, por ejemplo, un banco puede estar dispuesto a prestar dinero a un determinado país. Esto puede ser una política para incrementar los márgenes que puede conseguir en el mercado nacional o, simplemente, tratarse de una política de acompañamiento de sus clientes nacionales en los mercados internacionales. Cualesquiera que sean los motivos de la institución para invertir en el extranjero, ésta debería fijarse unos límites para dichas inversiones, que pueden ser, por ejemplo, medidos en función de un balance total o de sus recursos propios, de tal forma que un fallo en esa inversión no dejara a la institución en una situación comprometida. Otro punto a tener en cuenta para la cuantificación del riesgo-país es, desde luego, el Índice de Riego Global, que se deduce de la valoración del Riesgo-País. También se tendría que tener en cuenta el mercado potencial en el que la institución va a competir, y si éste le presenta mejores oportunidades que el mercado nacional. Así pues, los criterios para el establecimiento de un límite para un determinado país, bien pudieran ser los siguientes: 1. Riesgo (Índice de Riesgo Global) 2. Oportunidades reflejadas por el tamaño del mercado (PIB) 3. Oportunidades reflejadas por el volumen de importaciones 4. Política de la institución México y las calificaciones de Riesgo-País. Los días 7 y 13 de marzo de este año (2004), las firmas calificadoras de riesgo crediticio Moody s Investors Service y Standard and Poor s, respectivamente, elevaron el grado de calificación de la deuda de México. Moody s elevó la calificación de la deuda a largo plazo en moneda extranjera de Ba1 (grado especulativo) a Baa3 (grado de inversión, mientras que la Standard and Poor s la mejoró al pasar de BB a BB+, manteniéndola dentro del grado especulativo, pero con perspectiva positiva. En el caso de la deuda a largo plazo en moneda local, Moody s subió la calificación a Baa1 y la Standard and Poor s a BBB+.

100 Las empresas calificadoras y la escala de calificación Las agencias calificadoras son empresas privadas dedicadas a la evaluación de un país desde el punto de vista político, económico y social. Cada una da una calificación que sirve de instrumento para las decisiones de inversión y permite mitigar el riesgo que supone invertir en activos financieros de diversos prestatarios, ya sean éstos países, entidades estatales, estados, provincias, ciudades o empresas. En otras palabras, lo que califican las agencias es la capacidad y el deseo de un emisor soberanos para devolver la deuda emitida de manera periódica, tanto el principal como los intereses, lo cual sirve de guía a los inversionistas u hombres de negocios, para la adecuada toma de decisiones en materia de inversión. A nivel internacional existen diversas agencias calificadoras; sin embargo, tres son las más prestigiadas. A saber: Moody s. Fue fundada en 1911 por Jhon Moody, en Estados Unidos y desde su inicio se dedicó a clasificar los bonos de deuda de acuerdo al riesgo de incumplimiento de las obligaciones de la compañía emisora. Con la diversificación de instrumentos de inversión y la globalización de los mercados financieros, las calificaciones de Moody s se han extendido hasta abarcar compañías industriales, instituciones financieras y gobiernos nacionales y estatales, en aproximadamente 90 países. En sus calificaciones Moody s considera que las evaluaciones no se deben basar sólo en un análisis de indicadores, tanto políticos como económicos. Esta calificación no se refiere exclusivamente a la calidad de crédito de un gobierno, sino que va referida a la totalidad del país, incluyendo deudores del sector público y privado. Los criterios de clasificación que utiliza se basan en dos aspectos fundamentales. En primer lugar, un país puede incumplir sus obligaciones por una deficiencia crónica de generación de divisas, que suele estar producida por razones de índole política y económica. En segundo lugar, un país puede no cumplir sus obligaciones de deuda internacionales por un problema de liquidez a corto plazo. En el caso específico de Moody s, la escala y el significado que utiliza para clasificar los riesgos, es la siguiente: Escala Significado

101 Aaa Aa A Baa3 Ba1 B Caa Ca C Deuda a largo plazo con la mayor calidad crediticia. El pago de intereses y del principal es completamente seguro. Deuda con alta calidad crediticia en todos los estándares. No proporciona tanta seguridad como la Aaa. Poseen atributos favorables para la inversión y son considerados como de grado medio. También es deuda de grado medio. Aseguran pago de capital e intereses para el presente, pero en un periodo de tiempo presentan características de desconfianza. Estos bonos tienen todavía algunos elementos especulativos. La deuda es especulativo a y en un futuro no será segura. La emisión sólo asegura el pago de intereses y principal en un periodo muy corto. Posibilidad de pérdida del principal e intereses. Deuda especulativa en alto grado; son emisiones frecuentemente deficientes en su colocación. Tienen el menor grado de seguridad. Fuente: tomado del periódico Reforma del 08/03/2000 Standard and Poor s (S&P): es la agencia calificadora de riesgo más conocida en el mundo financiero. En los criterios de calificación de S&P revisan las variables económicas estancadas habituales, pero también consideran variables tales como: la situación política, las características culturales y demográficas, y las relaciones internacionales. Enfatiza la probable postura de las políticas fiscales y monetarias y los niveles y tendencias resultantes de los balances financieros generales del gobierno, el volumen de la deuda del sector público y la inflación. Estos indicadores fiscales y monetarios se evalúan en el contexto de la estabilidad del proceso político y la estructura de la economía y del ingreso. A esto se añade un análisis de los factores financieros externos que pueden limitar el acceso del gobierno a las divisas extranjeras, necesarias para asegurar el servicio oportuno de sus obligaciones en moneda extranjera. Como resultado, las calificaciones soberanas en moneda extranjera también evalúan la flexibilidad de la balanza de pagos del país y su posición de deuda externa y liquidez.

102 Duff and Phelps (D&P): es la tercera agencia calificadora más importante, pero dada la similitud de criterios con Standard and Poor s, generalmente el desempate se salda a favor de la calificación otorgada por esta última agencia. Los criterios de calificación se basan en la revisión de las variables macroeconómicas habituales, haciendo hincapié en el estudio de situación política y social, y en todos aquellos factores que pueden contribuir a desestabilizar el sistema político, como terrorismo y corrupción administrativa. Es decir, su análisis lo realiza tomando en cuenta factores cualitativos y cuantitativos, que se entremezclan y son difíciles de ponderar en forma aislada. Grado de inversión y grado especulativo En las clasificaciones de riesgo de la deuda soberana, las agencias calificadoras utilizan letras que, a su vez, se agrupan en dos grandes bloques denominados, respectivamente, grado de inversión y grado especulativo. Cuando una deuda soberana recibe el grado de inversión, significa que la empresa calificadora no tiene absolutamente ninguna deuda de que el país en cuestión cumplirá al pie de la letra con sus compromisos de deuda. Con grado especulativo significa que existe algún grado de riesgo para el inversionista en la adquisición de títulos de deuda. En otros términos, el propósito de estos tipos de calificaciones es dar una señal a los inversionistas sobre la seguridad de pago de los documentos de deuda que adquieran de cierto país. Esto general una demanda de títulos de los países calificados. Como se señaló anteriormente, las agencias otorgan calificaciones tanto a los gobiernos soberanos como a las compañías industriales o a las instituciones financieras. Una regla de criterio que utilizan es que ningún emisor corporativo podrá tener una calificación mayor que la de su país de origen. Es decir, existe una calificación techo a la que las compañías pueden aspirar, siendo ésta la calificación soberana. Este criterio se basa en el hecho de que cualquier compañía constituida bajo las leyes de un país determinado, siempre estará sujeta a las leyes y disposiciones del gobierno soberano de dicho país. Esto tiene como resultado que el emisor es dependiente de las regulaciones del gobierno de su país para la obtención de la moneda extranjera que requiera para cumplir con sus obligaciones.

103 7. ANALISIS DE MÉXICO COMO PAÍS POLITICO. Profunda crisis en los partidos políticos y, como consecuencia, la desconfianza que la mayoría de los mexicanos tienen en estas instituciones; la descomposición de varios años en el sistema político mexicano ha ocasionado el crecimiento del abstencionismo en los procesos electorales y la apatía ciudadana en la participación y solución de los problemas colectivos. La negligencia en la vida de los partidos políticos no parece tener salida, pues sus escándalos no han sido resueltos por sus dirigencias, no van a la raíz del problema, sino que buscan las lagunas de la ley y la descalificación del enemigo para dar una respuesta falsa a una cuestión estructural y han optado por cerrar los ojos ante la manifestación de rechazo de la ciudadanía que ya no los reconoce como sus representantes, pero ésta también se encuentra entrampada en una falta de voluntad participativa que únicamente abona un terreno muy fértil para la llegada del autoritarismo, y este es el peligro real. TRANSFERENCIA. La transferencia de fondos de residentes en el exterior, constituye una fuente importante de ingresos para el país; por tanto, este servicio está debidamente regulado por el Banco de México mediante la obligación que tienen las instituciones de crédito y las empresas que profesional y habitualmente lo prestan, a dar información de sus actividades sobre remesas familiares y comisiones, para integrar la balanza de pagos. Además, las instituciones de crédito y las empresas prestadoras del servicio están sujetas a reglas que tienen por objeto estandarizar la forma y términos en que debe presentarse la información con el propósito de administrarla de forma eficiente, para efecto de la elaboración de estadística y análisis del flujo de tales recursos financieros. COMERCIAL. En 1986, México se enfrenta a una competencia de productos extranjeros en su propio mercado al negociar su entrada al GATT, hoy OMC, que trajo consigo una reducción acelerada de aranceles. En el ámbito regional, México ha negociado en el TLCAN y en la APEC. Multilateralmente, es parte de la ALADI, de la OMC y de la OCDE. México es el único país latinoamericano que tiene acuerdos comerciales con Estados Unidos, y Canadá (TLCAN); Europa (TLCUE); e Israel; además de tener una importante presencia en América Latina a través de acuerdos bilaterales y de participar activamente en las negociaciones del Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA) que se

104 prevé concluya en el Actualmente, se trabaja en acuerdos con Brasil, Japón, Singapur y otros países de Asia. México ocupa el duodécimo lugar entre los países exportadores en el mundo y esta participación exportadora tan activa ha sido palanca de desarrollo, llegando en 1999 a tener un aumento en el PIB del 3.7%, comparado con el crecimiento registrado por la economía mundial del 2.5%. Este auge exportador, se explica en gran medida por la integración de exportaciones mexicanas de manufacturas al ciclo de crecimiento de Estados Unidos; aunque se ha visto contrarrestado con el aumento de importaciones de insumos, bienes de consumo y capital. Aun y cuando con esta política comercial el país ha incrementado la competitividad de los productos nacionales, avanzado en la estabilización económica y financiera y mejorando su calificación entre inversionistas internacionales, no ha sido capaz de abatir problemas sociales, ni de mejorar el bienestar de los mexicano POLÍTICAS: Económicas La política económica es una rama dirigida hacia el acondicionamiento de la actividad económica para evitar que ocurran fluctuaciones en los niveles del empleo y de los precios, así como para condiciones necesarias para el desarrollo. Para lograrlo, la política económica recurre a las ideas elaboradas en el campo de la teoría económica ya que a través de los principios, de las teorías, de las leyes y de los modelos ofrecidos por esta última, los resultados de las acciones prácticas desarrolladas adquieren mayor confiabilidad, seguridad y certeza. México se mantiene como el lugar más seguro de América Latina para captar inversión extranjera, a pesar de la falta de reformas estructurales. La estabilidad macroeconómica experimentada por el país en los últimos 24 meses en material de control de la inflación y por las bajas tasas de interés, ha sido clave para crear un clima propicio para las inversiones. El director de importante grupo de inversión y financiero destaca que los inversionistas extranjeros buscan, de un país, tres cosas: seguridad jurídica, economía estable y competitividad. Frente a otras naciones, México ofrece todavía muy buenas posibilidades, con un mercado de cien millones de habitantes, lo cual resulta muy interesante para que las empresas extranjeras vengan al país. Fiscal

105 La política fiscal, comprende la función impositiva y reguladora del Estado en las economías modernas. Es parte de la política económica de una nación. La política fiscal es el conjunto de medidas e instrumentos que toma el estado para recaudar los ingresos necesarios para la realización de la función del sector publico. Se produce un cambio en la política fiscal, cuando el Estado cambia sus programas de gasto o cuando altera sus tipos impositivos. El propósito de la política fiscal es darle mayor estabilidad al sistema económico, al mismo tiempo que se trata de conseguir el objetivo de ocupación plena. Entonces, la Política Fiscal tiene 2 componentes, el gasto publico y los ingresos públicos. La política fiscal aplicada en México ha sido mal manejada a través de los años, como consecuencia hoy en día el país presenta una de las crisis fiscales más altas. En nuestro país, el gasto público en ocasiones supera a los ingresos públicos y es la causa de que luego las autoridades se las ingenian para imponernos gravámenes sin ningún sentido social, que luego se quedan para siempre. Ejemplo: la tenencia de vehículos. Monetaria El Banco de México endurece su política monetaria mediante la restricción de liquidez en el mercado de dinero ante la posibilidad de que se vean afectadas las expectativas inflacionarias. El Banco de México señaló que es posible que los incrementos salariales ya estén comenzando a reflejar el deterioro de las expectativas de inflación, lo cual sería muy indeseable. Sin embargo, el Banco de México reitera su compromiso de conducir sus acciones de política monetaria a fin de que la inflación converja hacia la meta de 3%, señaló la institución. Rentas El progreso estable requiere avance conjunto de los sectores primario (materias primas, alimenticias, energéticas, minerales) y secundario (industrias de transformación), con un terciario eficaz al prestar servicios. Cualquier desfase entre estos sectores genera inflación, por lo que una de las misiones del Estado es garantizar el crecimiento armonioso. Los sectores primarios y secundarios son abastecedores y clientes mutuos, por lo que misión del Estado es conseguir que se interrelacionen mediante intercambios justos, pues tanto la caída de precios primarios, como la subida de precios industriales, disminuye la compra de bienes manufacturados, y el ascenso de precios supone siempre inflación.

106 Es indispensable conceder a todas las personas el derecho ciudadano a una renta básica. En la actualidad tenemos altas tasas de desempleo, amenaza contra las pensiones, eliminación de subsidios, elitismo en la educación, con tendencia al empobrecimiento de los sectores más débiles de las poblaciones. Exterior La política exterior constituye un mecanismo fundamental que determina el logro de los propósitos de una nación. En la actualidad, las características principales de la política exterior de México, son: 1) La supremacía del poder ejecutivo en el proceso de toma de decisiones. En el proceso de toma de decisiones de política exterior, el presidente mexicano ocupa un lugar preponderante frente a los otros actores gubernamentales en razón de que éste tiene una visión más amplia de lo que puede ser el interés nacional, mientras que los representantes del pueblo por lo regular se centran en los intereses locales; el Ejecutivo obtiene mayor información de cada tema gracias a su aparato burocrático y, por último, cuenta con un servicio profesional de carrera que se encarga de los asuntos internacionales, mientras que los congresistas, por durar sólo tres años en el puesto y no existir la reelección, no tienen la profesionalización necesaria. 2) La existencia de una política dual. En los temas más importantes de la agenda política exterior de México, se asume una posición al interior y otra distinta al exterior. Esto haría pensar que existe una contradicción entre política interna y política externa, sin embargo, esto existe sólo en el plano superficial. En el fondo, ambas políticas buscan un fin común: mantener y consolidar el poder del grupo dominante. 3) El pragmatismo de la política exterior. Mucho se ha afirmado que la política exterior de México, está siempre basada en principios tradicionales que guían su conducta. El pragmatismo no es del todo negativo para nuestro prestigio internacional, pues toda la política exterior tiene como fin inmediato la respuesta a los más altos intereses de la nación. México puede aumentar su capacidad de negociación al aludir a sus principios tradicionales de política exterior cuando más le convenga, pero lo que sí resulta indispensable es un manejo inteligente y coherente de los instrumentos de la diplomacia para alcanzar con mayor facilidad los objetivos allende las fronteras.

107 4) Una política exterior economicista. En los últimos años la política exterior de México ha tenido un marcado sesgo hacia los asuntos económicos: El Tratado de Libre Comercio con América del Norte, la firma de otros acuerdos comerciales, el ingreso a diferentes organizaciones internacionales, la deuda externa, las inversiones extranjeras, las privatizaciones, etc. Al interior, la política económica se basa en la corriente neoliberal. Entonces, se puede considerar que las políticas económicas interior y exterior, han sido congruentes. 5) El peso de Estados Unidos. Sin duda alguna, Estados Unidos ocupa un lugar primordial en el proceso de toma de decisiones de la política Exterior de México. Muchas veces hasta se confunde la política exterior de México con su relación bilateral con Estados Unidos. Pero esto es así: el gobierno mexicano siempre asumirá una posición diferente ante Estados Unidos comparada con la que asume ante otros miembros de la comunidad internacional. 6) La supremacía del contexto externo. Actualmente, muchas de las decisiones más importantes han estado basadas y justificadas por el nuevo ambiente internacional. El principal argumento ha sido que México tiene que insertarse en la dinámica internacional y no puede quedarse rezagada ante las nuevas transformaciones económicas y tecnológicas. 7) Débil capacidad de negociación internacional. No se ha sabido utilizar la debilidad del país para incrementar su capacidad de negociación internacional. Por ejemplo, si se argumenta que graves problemas económicos de México pueden afectar a Estados Unidos y a otras naciones, el temor de este país a una ola de migrantes mexicanos, a una reducción del poder de compra de los mexicanos que pueden adquirir sus satisfactores básicos y a la pérdida económica de los empresarios estadounidenses que han invertido en México, lo obligaría a aceptar muchos de los términos que los empresarios mexicanos podrían imponer en negociaciones entre éstos. 8) La pérdida del proyecto nacional. Ante un mundo cada vez más globalizado e independiente, Los principios revolucionarios parecen no tener congruencia ni vigencia. Esto hace suponer que México está abandonando definitivamente su proyecto de nación que emanó de la constitución de 1917 y lo cambió por un proyecto basado en una ideología neoliberal que fue impuesta sin el consentimiento de los mexicanos y que ha respondido más a las preocupaciones y a los

108 intereses de quienes detentan el poder económico y a las presiones de los agentes externos. Por ello, México debe reorientar su proyecto de política exterior para así responder más a las demandas internas. 8. CONCLUSIONES DEL MARCO TEORICO. Se hizo un estudio de lo que es el crédito, en su más amplia acepción en lo general, y en lo particular se analizó cada una de sus formas. Ha sido un trabajo que hemos realizado con entusiasmo por tres motivos principales: porque que es un tema controvertido en el que podíamos aprender de otras experiencias; porque nos parece de la mayor trascendencia, particularmente afectando a las pequeñas y medianas empresas; y porque despierta un gran interés entre los empresarios, lo que se traduce en una demanda de ayuda y en búsqueda de apoyo técnico y financiero de personas capacitadas e instituciones. Se otorga una gran importancia al papel de las micros, pequeñas y medianas empresas en el desarrollo de las economías del país. Por eso este esfuerzo se enmarca en la voluntad de profundizar en los instrumentos y mecanismos de apoyo a estos empresarios, entre los que el acceso al crédito es uno de los principales. El método de trabajo que utilizamos fue bastante efectivo. Contamos con la colaboración de todos los participantes en este seminario a través de los temas que se expusieron y los documentos que presentaron, contribuyendo con sus aportaciones al enriquecimiento del tema sobre el crédito, su aplicación y forma de garantizarlo. Las intervenciones fueron igualmente clarificadoras, incluido el encuentro de posiciones y puntos de vista diferentes, aun refiriéndose a una misma realidad empresarial. Asimismo, se realizó investigación documental en libros especializados, leyes y doctrina, y medios electrónicos. Ahora contamos con muchos más elementos de juicio para dar el manejo adecuado al problema de las empresas para acceder al crédito. Sabemos qué es lo que tenemos que hacer y estamos en condiciones de saber mejor por qué pueden hacerse unas cosas y no pueden hacerse otras. Los resultados que obtuvimos, creemos, cubrieron los objetivos propuestos porque nos permitió intercambiar experiencias prácticas y puntos de vista diferentes, así como encontrar los puntos comunes de todos ellos. Todo esto con el propósito de proporcionar al empresario una asesoría profesional sobre el cuál, cómo y dónde gestionar y tramitar el préstamo que requiere su empresa para allegarse los fondos económicos que necesita para el logro de su objetivo, que es trabajar al ciento por ciento de su capacidad física instalada y con ello, tener un crecimiento y desarrollo que lo lleve a mejorar su posición dentro de su ámbito de acción.

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