REGLAMENTOS DE BENQUERENCIA FARM CLUB
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- Aarón Sergio Agüero Godoy
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1 REGLAMENTOS DE BENQUERENCIA FARM CLUB (Texto Ordenado Abril 2010) INDICE Capítulo Reglamento Pág. I. Reglamento para el Funcionamiento del Consejo de Administración y Comisiones II. Reglamento de Donaciones 7 III. Reglamento de Convivencia 9 IV. Reglamento para Reservas y Uso de la Casa Principal, Matera y Piletas de Natación V. Reglamento para el Alquiler del Club House y Eventos 16 VI. Reglamento de Golf, Polo y Tenis Golf 19 Polo 19 Tenis 22 VII. Reglamento de Caballos 24 VIII. Reglamento Edificación, Forestación y Normas de Procedimiento I) Normas de Procedimientos 31 II) Normas Generales para Comienzo de los Trabajos 33 III) Reglamento Urbanístico de Edificación 35 IV) Reglamento de Forestación, Lagunas y Fuegos 40 IX. Reglamento de Seguridad, Emergencias y Siniestros 46 X. Reglamento para el Funcionamiento del Tribunal de Disciplina, Sanciones y Normas de Aplicación
2 CAPÍTULO I: REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE ADMNISTRACIÓN Y COMISIONES Estas normas para el consejo de administración de Estancia Benquerencia Farm Club ( Benquerencia o el Club ) es un compendio de formas y normas que, al ser observadas por los miembros de Consejo de Administración (CA) y Comisiones (Cs), asegurarán una continuidad en la manera de conducir Benquerencia. En él se expresan conceptos básicos y prácticos que conducen a lograr los objetivos del Reglamento de Copropiedad. Por ello los sucesivos Consejos de Administración deberán arbitrar los medios necesarios para lograr que estas Normas sean conocidas por todos los miembros de CA y Cs, así como por los candidatos a formar parte de las mismas. También se deberá buscar la manera de difundirlo entre los copropietarios para que todos conozcamos estos principios y actuemos conforme a ellos. El conocimiento de estas Normas por parte de todos los copropietarios de Benquerencia debería reducir sustancialmente la cantidad de problemas que se presentan al CA y Cs y al Gerente Operativo. Capítulo I REFLEXIONES A continuación hacemos algunas reflexiones que deberían ayudar a los actuales y futuros directivos de Benquerencia en su labor de conducción del Club. Benquerencia es un consorcio de copropietarios que está dirigida por un Consejo de Administración (CA). De él dependen un Gerente Operativo (GO), el Administrador (servicio externo) y las Comisiones (Cs). Del GO depende el resto del personal en relación de dependencia que trabaja en Benquerencia, organizado como se muestra en el Anexo A (Organigrama). En el Anexo B figura la descripción de las principales funciones indicadas en el organigrama. Las Comisiones son esenciales para la labor efectiva del CA, tanto como apoyo al CA por otros copropietarios como para la continuidad, consenso y participación de los copropietarios que no pertenecen al CA y que en el futuro puedan integrarlo. Es importante alentar a los copropietarios a formar parte de las comisiones. También puede ser el ámbito de preparación más elaborada de propuestas y alternativas para proponer al CA. Es conveniente que el número de comisiones no sea elevado, por la cantidad de copropietarios que concurren frecuentemente a Benquerencia, pero más importante aún, porque si su cantidad es exagerada dificultará mucho la función del CA y aumentará notablemente los esfuerzos necesarios de coordinación. La cantidad máxima debería ser de ocho comisiones. Las Cs se vinculan con el CA a través del integrante que, a su vez, es miembro del CA. Este deberá mantener informados a los integrantes de su comisión sobre lo tratado en el CA que esté relacionado con el ámbito de esa C. Las Cs no pueden dar órdenes ni al personal de Benquerencia ni a subcontratistas o concesionarios. El CA define las políticas de Benquerencia, programa las actividades y obras a corto y largo plazo, mantiene y mejora Benquerencia y sus equipos e inmuebles, etc., en línea con lo que se decida en las asambleas de copropietarios y de acuerdo con lo establecido en los reglamentos de copropiedad y de construcción, controlando el manejo de los bienes y gastos del consorcio, resolviendo en los conflictos de interés entre los propietarios, Benquerencia S.A. y el interés del Consorcio. Es importante que quienes integren el CA y las Cs tengan el conocimiento suficiente que de Benquerencia se logra concurriendo a ella frecuentemente. No necesitarán tener un perfil profesional especial pero es conveniente que en particular en el CA haya personas con perfiles profesionales y experiencias diferentes para complementarse. Cargos, actitudes, trabajo en equipo, etc. Los miembros del CA y de las Cs deberán tener presente que, como integrantes de ellos, en muchas ocasiones se verán enfrentados a situaciones comprometidas, en las cuales los deberes se contraponen a los afectos o los intereses particulares. Si nos manejáramos según nuestros afectos o por nuestros intereses personales, o hiciéramos excepciones en casos particulares, estaríamos faltando a nuestro deber y a nuestro mandato. Obviamente, no debemos hacer favores especiales a amigos, a parientes o a nosotros mismos. Además, si se hace una excepción, en el futuro otros 1
3 copropietarios o personas podrán sentirse con derecho a gozar de la misma excepción. Por lo tanto, las excepciones deberían ser no sólo excepcionales sino también tener una justificación tal que todo copropietario o persona que en el futuro esté en similar situación debería gozar de la misma excepción. Las decisiones deben tener como objetivo el bien común de la comunidad que formamos en Benquerencia por encima de los objetivos personales. Esto es muy importante, porque los intereses particulares suelen producir fricciones entre copropietarios, lo que tarde o temprano afecta el clima de unión y amistad que deseamos en Benquerencia. Trabajo en equipo El trabajo en equipo es fundamental para una buena gestión. Sería demasiado extenso tratar en forma completa qué es lo importante de un buen trabajo en equipo, pero por lo menos es conveniente reflexionar sobre las motivaciones que pueden tener los copropietarios para trabajar para Benquerencia, sin ninguna remuneración económica. Estas motivaciones pueden ser: 1. Trabajar para la que consideramos nuestra comunidad o un lugar en el cual nos sentimos a gusto o para lo que queremos que sea una buena inversión económica, colaborando para que sea lo mejor posible. 2. Ocupar nuestro tiempo libre en algo que nos gusta. 3. Satisfacer nuestro ego, sintiéndonos señalados como autoridades de Benquerencia, dar órdenes y sentir cierta forma de poder. Normalmente se responde a estas tres motivaciones simultáneamente en distintas proporciones según las personas. No nos debe avergonzar ninguna de ellas. No obstante, es muy importante ser conscientes de cuál es la proporción en que cada una de ellas participa en nuestro caso y controlar conscientemente estas proporciones. Debemos controlar la motivación 1, Trabajar para comunidad o inversión, porque Benquerencia no es cien por ciento nuestra, también es de todos los demás copropietarios, que pueden no estar de acuerdo con nuestras ideas y a quienes debemos respetar. Debemos controlar la motivación 2, Ocupar nuestro tiempo libre, porque debemos tener presente que ocupamos los cargos por un tiempo limitado y luego es positivo que otros nos reemplacen. Si queremos que las cosas se hagan bien, ordenadamente y que tengan continuidad en el tiempo, y considerando la rotación de copropietarios que es lógico que se produzca en el CA y en las Cs, no debemos realizar ninguna tarea operativa. Éstas son privativas del personal rentado que trabaja en Benquerencia o de concesionarios o subcontratistas. Tampoco ninguno de nosotros debe dar órdenes al personal rentado que trabaja en Benquerencia o a concesionarios o subcontratistas. Las órdenes las debe dar el CA como grupo al GO y éste a quien corresponda. De lo contrario tarde o temprano habría órdenes diferentes sobre el mismo asunto, se desmotivaría al personal y se originarían conflictos entre copropietarios. Solamente en caso de emergencia y en ausencia de la persona que trabaje en Benquerencia que sea responsable del tema, lo resolverá el GO consultando al presidente o vicepresidente del CA, o en caso de no localizar a ninguno de ellos a cualquier miembro del CA. Finalmente, debemos controlar la motivación 3, Satisfacer nuestro ego. Esta tercera motivación, propia del ser humano es la más peligrosa y egoísta. No satisface a Benquerencia sino a nosotros mismos. Debemos tenerla presente, controlarla y ayudar a otros a controlarla. Ésta es la que produce los conflictos en los clubes y en toda sociedad. El trabajo en equipo se deteriora generalmente por causa de un crecimiento de las necesidades del ego de uno o más miembros del grupo. Para satisfacerlo, el individuo abarca cada vez más áreas, comienza a intervenir en más cosas y comienza a tomar decisiones por sí mismo, interfiriendo con la estructura rentada, generando conflictos y problemas, que en el caso de Benquerencia sería no sólo con quienes trabajan en ella sino también entre los copropietarios. En caso de que surja algún líder, éste debe ser consciente de que su liderazgo deber ser más que nada organizativo del grupo, que sus opiniones no deben imponerse ni en el trabajo ni en las decisiones del mismo, y que no debe sustituir con sus acciones parte del trabajo de la estructura rentada. Debemos ser conscientes de esta última motivación, reconocerla sin vergüenza y controlarla. Tener, de esta manera, controladas estas tres motivaciones nos permitirá realizar un trabajo grupal donde las individualidades puedan y deban perder relevancia. 2
4 Nuestra satisfacción o recompensa No es deseable buscar satisfacción por nuestro trabajo en forma directa. Nuestra satisfacción debe llegar en forma indirecta, no por sentirnos personalmente dueños de Benquerencia y sentirnos reverenciados, sino que deberá llegar como consecuencia de una buena administración, con el reconocimiento de los copropietarios, el que compartiremos con nuestros compañeros de equipo. Un grupo que trabaja en equipo lo hace con mucha fuerza y con mucho placer, porque al no haber nadie que responda a su interés propio, todos responden al mismo interés, que es el de Benquerencia. Se puede decir que es mucho más placentero disfrutar de un triunfo compartido con nuestro equipo que mi triunfo individual, porque habrá alegría y fiesta. Mi triunfo individual será muy satisfactorio pero nos llevará a dormir temprano y solos. Observación Debemos señalar un hecho que se presenta frecuentemente a los miembros de los órganos como el CA y las Cs y que puede producir confusión y reclamos. Debido a la necesidad de distribuir el trabajo y no correr todos detrás de la pelota, los integrantes del CA y de las Cs, no necesariamente deberán conocer o recibir información sobre TODAS las decisiones que se toman en Benquerencia. Muchas veces nos dirán: Cómo, vos no lo sabés, que estás en el CA? No saber algo no significa que no sepamos nada, significa que ése no es nuestro tema o que hay otra persona que se está ocupando de él., Hay muchos temas cuyas decisiones se toman a nivel de la estructura rentada y no tienen por qué llegar al CA ni a las demás Cs. Capítulo II NORMAS PARA LA DIRECCION DE BENQUERENCIA Cada copropietario, en el momento de comenzar a participar del CA o de una Cs, deberá recibir una copia de estas Normas. OBJETIVOS DE ESTAS NORMAS El objetivo es lograr el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles a través de una clara organización y definición de responsabilidades y lograr continuidad en la forma de conducir Benquerencia para hacerla mejor con un menor costo. Para ello se fijan las siguientes normas de procedimiento. NORMAS Las normas de procedimiento adoptadas se fundamentan en los siguientes conceptos o ideas: 1. El CA fija políticas y objetivos, decide y controla su cumplimiento, ya sea en forma directa o con el asesoramiento o propuestas de las Comisiones. Los miembros del CA y de las Cs no ejecutan las acciones para lograr esos objetivos. Sus tareas consisten en asistir a las reuniones donde se elaboran las pautas o se toman las decisiones a ser ejecutadas por la estructura rentada, y se controlan los gastos conforme al presupuesto aprobado. También, mientas disfrutan de Benquerencia, son los observadores y controladores del cumplimiento de las órdenes o directivas que fueron dadas a la Estructura Rentada. Los resultados de estos controles deber ser llevados por ellos a la siguiente reunión del CA (o de la C sin son miembros de una C y no del CA) para permitir tomar, si es necesario, las acciones correctivas. No deben dar órdenes directamente al personal al realizar esos controles. Si esto no fuera así, cualquier sábado o domingo, un empleado podría recibir tantas órdenes distintas como miembros tenga cada Comisión o el CA. 2. La ejecución de las políticas y objetivos, y la instrumentación de las decisiones del CA es privativa de la Estructura Rentada de Benquerencia. Los miembros del CA o de las Cs no deben gerenciar; ésa es tarea del gerente rentado. No deben dar órdenes a los empleados (empleados, capataces, etc.), subcontratistas (seguridad, etc.) o concesionarios (restaurante y habitaciones). El qué hacer se origina en la reunión del CA y la orden pasa a través de la GO a quien tiene la responsabilidad de ejecutarla. También puede originarse en una C y entonces pasa previamente al CA. 3
5 El cómo hacer es responsabilidad de la Estructura Rentada, salvo que el CA le dé instrucciones específicas al respecto. 3. Deben respetarse las funciones de los miembros del CA, de las Cs y de los integrantes de la Estructura Rentada. Todo miembro del CA y de las Cs debe conocer claramente sus funciones y los límites de sus funciones (lo que puede y lo que no puede hacer). Debe tener presente en todo momento que no puede interferir en las órdenes dadas a los empleados o terceros por el GO o por el capataz. Eso quitaría a los mismos la responsabilidad de la realización de la tarea. Si esto sucediera, desaparecerían los responsables, se desjerarquizaría al GO, Intendente o Capataz, se confundiría a los empleados de Benquerencia o de los terceros subcontratados o concesionarios, que no sabrían a quién obedecer, etc. Desde el punto de vista de la Estructura Rentada se produciría confusión. Debemos dar libertad al personal rentado para que usen su iniciativa y responsabilidad. 4. Los miembros del CA tienen contacto con la Estructura Rentada o los terceros que prestan servicios sólo a través del GO o quien el CA disponga. Esto quiere decir que ningún miembro del CA puede dar órdenes directas a ningún integrante de la Estructura Rentada de Benquerencia o de los terceros que prestan servicios para Benquerencia, salvo lo establecido para los casos en los que el GO o quien lo suplante considere que son de emergencia. En este caso, el GO o quien lo suplante deberán contactar al presidente, al vicepresidente o en su defecto a cualquier integrante del CA. 5. Los miembros de las Comisiones no deben dar órdenes directas a la Estructura Rentada o a los terceros que prestan servicios para Benquerencia. Tampoco pueden instrumentar decisiones propias directamente ni gastar con recursos del consorcio. No deben responder directamente a los copropietarios sobre los problemas que éstos les planteen (es función de la estructura operativa de Benquerencia). Deben canalizar sus sugerencias al CA para su aprobación y ejecución. Los miembros de Cs propondrán sus ideas en las reuniones de su Comisión. Allí se debatirá y si su propuesta es aceptada se elevará al CA. 6. Relaciones entre el CA y las Comisiones. Las Comisiones se relacionan con el CA a través de uno de sus miembros que también sea miembro del CA. El CA debe dar respuesta oportuna a los temas aportados por las comisiones y mantenerlas informadas de los temas de su incumbencia (preferentemente por escrito para reducir el ruido en la comunicación). 7. Normas operativas de las comisiones a) Cada C podrá establecer su propio reglamento si lo considera conveniente, en cuyo caso deberá respetar estas normas. b) Podrá dividirse en subcomisiones, previa aprobación del CA. Es importante que haya la menor cantidad de subcomisiones totales, porque si la suma de las comisiones y subcomisiones fuera exagerada dificultará mucho la función del CA y aumentará notablemente los esfuerzos necesarios de coordinación. Es por eso que debería limitarse la creación de subcomisiones a muy pocos casos y en la medida en que sea indispensable. c) Podrá preparar un plan de trabajo anual con su correspondiente estimación de costos, para proponer al CA. d) Cada C deberá informar al CA las novedades de su incumbencia y la información de interés para los copropietarios por lo menos bimestralmente. e) Cada C se reunirá con la frecuencia que considere conveniente según los temas que haya. f) Las Cs estarán abiertas a la participación de todo copropietario que lo desee pero no deberían estar integradas por una cantidad demasiado grande de copropietarios (máximo cinco copropietarios) para que puedan funcionar adecuadamente, salvo que se subdividan en subcomisiones. g) Las C darán apoyo al CA en los aspectos que éste les solicite, relacionados con su área temática. La descripción de las áreas temáticas que figuran en el anexo no implica que obligatoriamente los temas que allí se indican deban ser tratados primero por la comisión antes de ser tratados por el CA. 4
6 h) Las C resolverán por mayoría de votos presentes. 8. Comisiones Las comisiones serán las que figuran en el Anexo y tendrán el ámbito temático que allí se indica. Con el tiempo se podrá revisar la conveniencia de reducir o aumentar el número de comisiones. 9. Normas operativas para el CA a) Se indicará en orden del día el tiempo asignado para cada tema y si no se resuelve en la reunión en ese tiempo, se lo pasará a determinado/s miembro/s del CA para que lo analice/n y realice/n propuestas al CA en el periodo de un mes o en el que el CA establezca en cada caso, para que pueda resolverse en pocos minutos en otra reunión. b) El temario de las reuniones será enviado a los integrantes del CA y al Gerente por el Administrador el jueves anterior al martes de la reunión o con una anticipación equivalente en caso de que la reunión sea en otro día. c) Los temas incluidos en el temario deberían se preparados previamente por quienes los propongan o por alguno de los miembros del CA, por el Gerente o el Administrador. d) El Gerente presentará su informe con las novedades una vez por mes. e) El Administrador llevará el control actualizado de los temas resueltos por el CA que aún están pendientes de instrumentar por el CA, el Gerente o el Administrador. Los informará periódicamente al CA. f) Los temas ya resueltos por el CA no volverán a tratarse salvo que la mayoría esté de acuerdo en hacerlo. g) El gerente o el administrador, según corresponda, decidan temas menores de sus respectivas competencias que no justifique que sean tratados en el CA (por ejemplo, si no afectan el presupuesto). ANEXO Ámbito temático de las Comisiones 1. Comisión de Golf Comprende los aspectos deportivos en todo lo atinente al funcionamiento interno y a la relación con la AAG. Asesora y propone al CA sobre aspectos de mantenimiento de la cancha de golf, Asesora y propone al CA sobre la designación del o los profesores para el dictado de clases, La forma de relación con los mismos y el control del funcionamiento de clases y otros deberes asumidos. Lleva registro de la actividad para proponer normas cuando el volumen de usuarios lo justifique. Asesora y propone al CA sobre los candidatos a membresías de no propietarios y la información relevante sobre la actividad que requiera el Consejo para la tomas de decisiones sobre la Actividad. Colabora en la organización y fiscalización de las actividades deportivas, la programación de torneos y competencias, propone la designación de representantes de Benquerencia en la actividad ante las organizaciones y/o asociaciones y/o federaciones relacionadas con el deporte; propone y hacer cumplir los reglamentos del juego y las normas disciplinarias que deberán observar los jugadores. Elabora las propuestas de reglamentación que se estime pertinente a los fines de obtener el mejor ordenamiento de la actividad deportiva. 2. Comisión de Equitación y Polo Se puede organizar en las subcomisiones de Polo y de equitación. Asesora y propone al CA sobre los responsables técnicos, sobre el mantenimiento, uso y otros temas vinculados con las canchas y lugares de práctica. Asesora y propone al CA sobre la designación de los profesores para el dictado de clases, y la forma de relación con los mismos. 5
7 Realiza el control del funcionamiento de clases y otros deberes asumidos por los profesores. Lleva registro de la actividad para hacer propuestas cuando el volumen de usuarios los justifique. Asesora y propone al CA sobre los candidatos a membresías (si el CA decidiera otorgarlas) de no propietarios y la información relevante sobre la actividad que requiera el consejo para la toma de decisiones. Asesora y propone al CA sobre el cuidado de los caballos, en lo que es responsabilidad del consorcio y sobre la actividad de los petiseros. Colabora en la organización y fiscalización de las actividades deportivas, la programación de torneos y competencias, propone la designación de representantes de Benquerencia en la actividad ante las organizaciones y/o asociaciones y/o federaciones relacionadas con el deporte; propone y hacer cumplir los reglamentos del juego y las normas disciplinarias que deberán observar los jugadores. Elabora las propuestas de reglamentación que se estime pertinente a los fines de obtener el mejor ordenamiento de la actividad deportiva. 3. Comisión de Servicios Asesora y propone al CA sobre los servicios de hotelería, catering y bar, y su funcionamiento, así como lo vinculado con el régimen de reservas. 4. Comisión de Caminos Asesora y propone al CA sobe el mantenimiento preventivo y las obras relacionadas con los caminos. 5. Comisión de Paisajismo y Ecología Asesora y propone al CA sobre lo relacionado con los parques y jardines del consorcio, así como todo lo relacionado con la preservación de la ecología (fauna y flora). 7. Comisión de Esparcimiento, Culto y Acción Social Asesora y propone al CA sobre: Actividades recreativas y temas de seguridad de los niños accesos no permitidos, etc., así como de eventos con los niños. - Aspectos relacionados con el tenis, uso de piletas y otros deportes no comprendidos en el ámbito de otras comisiones. - Organización y fiscalización de las actividades deportivas, la programación de torneos y competencias, propone la designación de representantes de Benquerencia en la actividad ante las organizaciones y/o asociaciones y/o federaciones relacionadas con el deporte; propone y hacer cumplir los reglamentos del juego y las normas disciplinarias que deberán observar los jugadores. - Propuestas de reglamentación que se estime pertinente a los fines de obtener el mejor ordenamiento de la actividad deportiva. - Eventos. - Aspectos relacionados con el culto religioso. - Aspectos relacionados con la acción solidaria con la comunidad de San Miguel del Monte. 8. Comisión de Seguimiento Presupuestario Su objetivo es el seguimiento de las erogaciones mensuales en comparación con el presupuesto con un enfoque proactivo para sugerir alternativas al CA que le ayuden a tomar decisiones correctivas a tiempo. 6
8 CAPÍTULO II: REGLAMENTO DE DONACIONES Normativa General Como criterio general, las donaciones que realice Estancia Benquerencia Farm Club ("Benquerencia") perseguirán el objetivo de colaborar y ayudar a los sectores más débiles y necesitados de la comunidad de San Miguel del Monte y con ello promover hacia una mayor integración de nuestro Club hacia dicha comunidad. Las contribuciones que se realicen en este sentido deberán apuntar a cubrir necesidades o carencias específicas. Para eliminar o reducir el riesgo de que las donaciones no alcancen los destinos preestablecidos, las mismas deberán ser en especie y entregadas al beneficiario final, sin intermediarios. El Consejo de Administración privilegiará, en el proceso de aprobación de las propuestas de donaciones que se presenten a su consideración, aquellas donaciones en las que participen propietarios de Benquerencia ya sea en su gestión, organización o ejecución. Política de Donaciones - El Consejo de Administración ( CA ) tendrá la facultad de aprobar propuestas de donaciones en las cuales sean destinatarios o beneficiarios de las mismas el Hospital Videla Dorna, Caritas, comedores, escuelas, dispensarios, orfanatos, geriátricos o entidades similares, todos dentro del municipio de San Miguel del Monte. - También podrán aprobarse donaciones a otros destinos, siempre dentro del partido de San Miguel del Monte, en la medida que el CA considere que las mismas persiguen los mismos objetivos de aquellas señaladas en la Normativa General. - Benquerencia no realizará donaciones a partidos políticos, ni tampoco a la Intendencia o Consejo Deliberante de Monte. - Los aportes deberán ser realizados como norma general en especie. Como excepción se admitirá una donación en efectivo para cuya aprobación se requerirá la aprobación de como mínimo 2/3 de los miembros totales del CA. - Las donaciones deberán estar acompañadas por aportes de capital o de trabajo de otros miembros de la comunidad de Monte. - Los proyectos de donaciones deberán ser presentados a la Comisión de Esparcimiento, Culto y Acción Social o directamente a la Subcomisión de Acción Social, quien será la encargada de verificar, en los plazos que fije el CA, el cumplimiento de las políticas contenidas en el presente reglamento y de formular la correspondiente recomendación al CA para su tratamiento y aprobación. - El CA tendrá la facultad de aprobar donaciones sólo hasta el monto de los fondos que estén disponibles para este fin. El Administrador informará al CA, en ocasión del tratamiento de cada propuesta de donación, acerca de la disponibilidad presente y futura de estos fondos. - El CA deberá privilegiar entre las propuestas de donación que se presenten para su aprobación aquellas en los que ya sea en su gestión, planeamiento, organización y/o ejecución participen propietarios de Benquerencia. Fondos para Donaciones Las donaciones que sean aprobadas por el CA serán realizadas con partidas provenientes de las siguientes fuentes de fondos: - Cobro mensual de multas por exceso de velocidad, neta del importe abonado a la empresa proveedora del servicio del control de velocidad vehicular; - Contribuciones voluntarias por expensas realizadas por los propietarios; y - En los términos del artículo vigésimo quinto del Reglamento de Copropiedad, el CA podrá destinar hasta el 3% de la recaudación por expensas para obras filantrópicas en instituciones de Monte, dando prioridad a escuelas e instituciones de ayuda a la minoridad. En el caso de donaciones que se realicen con estos fondos, las mismas deberán ser exclusivamente en especie. - Otros fondos que el CA disponga afectar en el futuro para la realización de donaciones y que no provengan de la recaudación de expensas. 7
9 Responsabilidades del Administrador - El Administrador informará al CA, en ocasión del tratamiento de cada propuesta de donación, del estado de la cuenta Donaciones, con indicación de los ingresos y egresos realizados en el período y de su saldo final. Este reporte se anexará a la documentación de la propuesta de donación. - El Administrador deberá llevar un archivo individualizado de la documentación respaldatoria de cada donación que apruebe el CA, el que incluirá la documentación inicial e informe de recomendación de la donación, la constancia de disponibilidad de fondos de la cuenta Donaciones y, una vez ejecutada la donación, la documentación respaldatoria correspondiente. 8
10 CAPÍTULO III: REGLAMENTO DE CONVIVENCIA CONSIDERANDO QUE: El consorcio de propietarios Benquerencia Farm Club, - en adelante denominado indistintamente Benquerencia, el Consorcio, el Club, el Farm Club y dado que son varias las familias que viven o alquilan en el Club, resulta necesario dictar un Reglamento de Convivencia, a fin de regular y unificar criterios y patrones de convivencia constituyendo de esta manera una normativa que asegure el respeto mutuo y una buena relación entre los vecinos. Existen regulaciones dictadas en distintas oportunidades lo que hace necesario agrupar las mismas en un único cuerpo a fin de facilitar su difusión y conocimiento entre los copropietarios y/o inquilinos. Es necesario prever la aplicación de sanciones para quienes no respeten las elementales normas de convivencia incluidas dentro del presente reglamento, el reglamento de copropiedad y demás reglamentos aprobados por el Consejo de Administración. SE RESUELVE: Aprobar el siguiente Reglamento de Convivencia, que se regirá por las siguientes normas: Art. 1: Vehículos: A fin de evitar el deterioro de los caminos internos del Consorcio está prohibido, salvo expresa autorización fundada de la Administración, el ingreso de camiones semirremolques, equipos con acoplados cuya carga por eje supere las 5 ton. o camiones moto-hormigoneros con más de 4 m3 de carga. En ningún caso podrán ingresar camiones los días de lluvia y los días subsiguientes si los caminos permanecen mojados, a cuyo fin el interesado podrá solicitar a la guardia le informe telefónicamente el estado de los caminos. Tampoco se permite el ingreso de camiones de ningún tipo al Club los fines de semana o días feriados. Se exceptúa de esta restricción a aquellos vehículos que transporten muebles y utensilios en oportunidad que los propietarios / usuarios hagan mudanzas, etc. (excepto los días de lluvia y las 48 hs. posteriores). Para el caso de incumplimiento se aplicará una multa de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Sanciones. El propietario de cada Unidad Funcional será responsable por sí y también por los daños ocasionados a los vecinos o al inmueble común por la acción o negligencia de sus parientes, familiares o usuarios u ocupantes, por cualquier título, de su Unidad tal como lo establece el Capítulo X del Reglamento de Copropiedad. Art. 2: Circulación: Se establece como velocidad máxima de circulación en Benquerencia 40 km/h para automóviles y 30 km/h para todo tipo de camiones. A fin de hacer respetar dicha velocidad sin perjudicar el mantenimiento de los caminos podrán colocarse vallas móviles indicativas o reductores de velocidad. Asimismo, el Consejo de Administración podrá establecer mecanismos de control que verifiquen la efectiva velocidad de circulación de los vehículos y las eventuales infracciones que se produzcan. El personal de seguridad y de ambulancias será eximido de la restricción de velocidad máxima solamente en caso de urgencia. No se podrá conducir en Benquerencia en infracción a las pautas que establece el Reglamento de Copropiedad del Consorcio. Esta restricción es extensiva para todo tipo de vehículo motorizado tal como motos, bicicletas a motor, cuatriciclos, etc. Sólo se podrá circular por los caminos y senderos habilitados a tal fin y con los vehículos que en cada caso se indiquen. Se deja expresa constancia que en todos los caminos ecuestres sólo se permite la tracción a sangre El Consejo de Administración podrá restringir o limitar con carácter temporario, permanente y/o general la circulación por determinados caminos o de vehículos de características determinadas, respetando en todo caso el libre acceso a las unidades y a las áreas comunes. Está prohibido estacionar en las calles y frente al monturero. Art. 3: Animales: Está expresamente prohibido criar cerdos, abejas o cualquier otra especie que altere la tranquilidad, produzca olores desagradables o que implique directa o indirectamente un riesgo para la salud, seguridad o bienestar de los copropietarios. Está prohibido el ingreso y/o tenencia de animales feroces y/o peligrosos. Los animales domésticos deberán permanecer durante todo el tiempo dentro de la propiedad de su dueño o en los lugares especialmente habilitados a tal fin. En el caso de circular por los caminos o 9
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