PROGRAMA DE APLICACIONES TECNOLÓGICAS EN LA ACTIVIDAD TURÍSTICA SECRETARÍA DE TURISMO

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1 LIBRO BLANCO ENTREGA RECEPCIÓN 2015 PROGRAMA DE APLICACIONES TECNOLÓGICAS EN LA ACTIVIDAD TURÍSTICA SECRETARÍA DE TURISMO

2 I. Presentación. La Secretaría de Turismo es la encargada de proporcionar los servicios de información, orientación, conducción y facilitación turística, de acuerdo a los requerimientos de los flujos turísticos, sean éstos nacionales o extranjeros; además de mantener relaciones de intercambio educativo, cultural, comercial, turístico, deportivo y tecnológico; y, presentar una imagen turística que estimule las corrientes de visitantes nacionales y extranjeras; motivo por el cual, durante la presente administración pública municipal se implementó el Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística". a) Nombre del Programa: Programa de aplicaciones tecnológicas en la actividad turística. b) Período de vigencia: La vigencia del programa es del mes de octubre de 2012 al mes de septiembre de c) Cobertura: Todos las personas que tengan acceso a internet y a un teléfono con aplicación y/o IPhone, IPad, IPad Touch y Android. d) Dependencias y Unidades administrativas participantes: Secretaría de Turismo Municipal, Titular: Lic. Netzah R. Peralta Radilla. Subsecretaría de Fomento Turístico, Titular: Lic. María Covadonga Gómez Huerta. Dirección de Promoción y Difusión, Titular: Lic. Ricardo Salinas Méndez. Página 2

3 El origen de los recursos del Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística, fueron estatales y corresponden al Fondo de Aportaciones Estatales para la Infraestructura Social Municipal (FAEISM). Página 3

4 II. Fundamento Legal. El origen de los Libros Blancos surge de la Entrega-Recepción de la Administración Pública Federal del sexenio de y de A partir del año 2000 se integró un Libro Blanco, teniendo como resultado una acción de gobierno con la documentación más relevante generada por un programa, proyecto de inversión o acción, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. Con fecha 10 de octubre de 2005, la Secretaría de la Función Pública Federal expidió los Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de cuentas de la Administración Pública Federal , teniendo como resultado la documentación relevante generada en el periodo, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. El 11 de diciembre de 2008 la Secretaría de la Función Pública, expide en el Diario Oficial de la Federación el Decreto Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción , con el propósito de contribuir a la consolidación de la gobernabilidad democrática a través de la aplicación estricta de la Ley y de la plena vigencia de los principios de rendición de cuentas, integridad y transparencia, con la finalidad de contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública. Con fecha 10 de octubre de 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, con la finalidad de dejar constancia de acciones y resultados obtenidos de programas, Página 4

5 proyectos o asuntos relevantes y trascendentes de la administración pública. Si bien, las disposiciones legales de carácter estatal y municipal no tienen previstas específicamente la obligación del Municipio de entregar los Libros Blancos relativos a la gestión municipal, es factible tomar como fundamento legal los siguientes preceptos legales contenidos en la Ley Número 876 de Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero y en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, que sustentan la recopilación y sistematización de la información sobre las acciones de gobierno que han sido centrales y que caracterizan de manera peculiar a la presente administración pública municipal. LEY NÚMERO 876 DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL ESTADO. ARTÍCULO 8.- La entrega-recepción que establece esta Ley, se realizará mediante el acto administrativo que se asienta en el acta correspondiente, a la que se acompañará la información y la documentación relativa a los asuntos, programas, obras, obligaciones y recursos asignados, en base a las disposiciones normativas complementarias y formatos que emita la Contraloría o el Órgano Interno de Control ARTÍCULO 12.- Cuando la entrega-recepción se realice por el cambio de administración, la información que se incluya en el acta deberá comprender, al menos, el marco jurídico de actuación de la unidad administrativa, la estructura de organización, la situación de los programas o acciones a su cargo, los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el cumplimiento de sus funciones, un informe de la situación que guarden los asuntos relevantes en proceso de atención o resolución, así como un resumen o informe ejecutivo de los principales resultados obtenidos durante el período que concluye. LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE GUERRERO. ARTÍCULO 39.- El Ayuntamiento saliente hará entregaen la segunda quincena de septiembre de los informes e inventarios sobre el patrimonio mobiliario e inmobiliario, los recursoshumanos y financieros, los archivos e informes sobre el avance de los Página 5

6 programas de gobiernopendientes o de carácter permanente, asegurando la disponibilidad de recursos para el pago deaguinaldo proporcional, prima vacacional y demás prestaciones de los trabajadores de laadministración municipal. ARTÍCULO 42.- El Ayuntamiento en funciones preparará los siguientes expedientes: IV. Relación de asuntos pendientes de resolver, así como los documentos vinculados a los mismos; XVI. Las demás que sean necesarias para mantener la continuidad en la administración municipal y en la atención a la ciudadanía, así como para evitar daños al patrimonio municipal. En caso de que los servidores públicos municipales omitan la información establecida en este artículo o no la entreguen al Comité de entrega-recepción en al (sic) acto final de entrega-recepción, conforme lo establece la presente Ley, les serán aplicables las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero. Página 6

7 III. Objetivo. El objetivo del Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística" es poner de manera inmediata, en manos de las personas, una herramienta tecnológica de avanzada donde se pueda descargar y al que puede acceder directamente desde su teléfono o desde algún otro aparato móvil, información de Acapulco, con la que puede, además, en primer momento, realizar un viaje virtual por Acapulco. Acapulco Puede es la App turística oficial del Puerto de Acapulco. Una aplicación móvil, app, es una aplicación informática diseñada para ser ejecutada en teléfonos inteligentes y otros dispositivos móviles. Con la App se podrá encontrar información turística, direcciones, teléfonos, fotos y más contenido de atracciones, hoteles, restaurantes, vida nocturna, clubes de golf, clubes de playa y clubes náuticos. También podrán ver paisajes en vivo de Acapulco, a través de las 4 webcams del Puerto. Página 7

8 IV. Antecedentes. La presente administración pública municipal consideró que la Secretaría de Turismo, por conducto de la Dirección de Promoción y Difusión, jugara un papel preponderante en la comercialización del producto turístico Acapulco, con la finalidad de penetrar al mercado mundial a partir de la incorporación de las TIC S (Tecnologías de la Información y Comunicación) turísticas. La industria del turismo depende de la información por ciertas características del producto turístico: la intangibilidad y la incertidumbre. El intercambio de información es muy importante en todos los niveles del ciclo del producto turístico, así como en todos los eslabones de la cadena de valor. En el Turismo Mundial, los negocios han evolucionado conforme a las exigencias del mercado globalizado y al desarrollo tecnológico. Los viajeros, cada vez más, hacen uso de las TIC para la elección de sus destinos, por lo que los negocios electrónicos han aumentado su participación en las ventas de productos y servicios turísticos. México no escapa a las actuales tendencias del comercio electrónico. La brecha digital y la cultura de la población explican el lento avance del comercio electrónico en México, asociado a la demanda. En el turismo mexicano el uso de TIC es muy limitado. La brecha digital y la cultura también se reflejan claramente en las empresas. Aún y cuando se considera a las TIC S muy importantes para la competitividad de las empresas y del sector turístico, su utilización aún es muy baja. Es necesario reforzar la cultura en el uso de información y sus tecnologías a lo largo de la cadena de valor del negocio turístico, para la toma de decisiones estratégicas y para desarrollar el turismo. Página 8

9 V. Marco normativo aplicable. El Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística, encuentra su sustento en varios instrumentos legales y normativos: Ley General de Turismo. Artículo 10. Corresponde a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones: X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta; Ley Número 494 de Fomento y Desarrollo Turístico para el Estado y los Municipios de Guerrero. Artículo 16. Corresponden a los Ayuntamientos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, las siguientes atribuciones: IX. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia turística; X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta el municipio; Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez, Guerrero. Artículo 35.- La Secretaría de Turismo se encargará de la promoción, conservación, mejoramiento, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos del Página 9

10 Municipio así como la regularización, fomento y desarrollo del turismo. Al frente de la Secretaría estará un Secretario de Despacho, correspondiéndole además la atención de los siguientes asuntos: III. Llevar a cabo la promoción y difusión del destino de playa y la actividad turística del Municipio, así como prestar servicios de información, ayuda, vigilancia y protección al turismo; IV. Elaborar, mantener actualizado y difundir el inventario turístico municipal; XXV. Proporcionará los servicios de información, orientación, conducción y facilitación turística, de acuerdo a los requerimientos de los flujos turísticos, sean estos nacionales o extranjeros. Reglamento de Turismo del Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero. Artículo 2.- El presente reglamento tiene por objeto: VII. Fomentar y difundir los atractivos turísticos del municipio, eventos y servicios turísticos; IX. Impulsar mecanismos para elevar la competitividad de los servicios turísticos municipales; XIII. En suma, impulsar la modernización del sector turístico del municipio, así como instrumentar acciones tendientes a enriquecer, fortalecer y transformar el modelo turístico actual del destino. Artículo 9.- El Poder Ejecutivo Municipal ejercerá en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción territorial todas sus atribuciones en materia de turismo, a través de la Secretaría de Turismo Municipal, encuadradas en un marco de coordinación y de concurrencia con las autoridades Federales, Estatales y Municipales para; Página 10

11 X. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia turística. Artículo 34.- La Secretaria en el ejercicio de sus atribuciones y con el dictamen de la Comisión de Turismo Municipal podrá en todo momento, diseñar y realizar sus programas y las estrategias de promoción turística a nivel nacional e internacional, en coordinación con la Secretaría de Fomento Turístico y el Fideicomiso de Promoción Turística de Acapulco, a efecto de conjuntar esfuerzos en beneficio del municipio. Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo Municipal. ARTÍCULO 7º. El Subsecretario de Fomento Turístico tendrá las siguientes facultades específicas: IX. Diseñar e instrumentar el programa de publicidad, promoción y fomento a la inversión privada. ARTÍCULO 29º. El Director de Promoción y Difusión tendrá las siguientes facultades específicas: II. Diseñar las estrategias promocionales para los mercados nacionales e internacionales. IV. Proporcionar la información, asesoría y cooperación técnica en materia de promoción a los organismos gubernamentales y prestadores de servicios turísticos que así lo requieran. VII. Diseñar y coordinar la instrumentación de las campañas de publicidad en beneficio de Acapulco. XI. Llevar a cabo la promoción y difusión de los atractivos y servicios turísticos de Acapulco en nuestros mercados nacionales y extranjeros. Página 11

12 VI. Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo. El Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística, encuentra su sustento en el Eje 2 del Plan Municipal de Desarrollo denominado Desarrollo Económico Sustentable", con la finalidad de generar una economía socialmente responsable, impulsando las capacidades del capital humano, la vocación de cada comunidad y fortaleciendo la turística, e impulsando la inversión privada, pública y social; que comprende la Estrategia 5 correspondiente a Turismo, cuyo objetivo es promover el incremento de la actividad turística, coordinando acciones con los gobiernos federal y estatal, los prestadores de servicios turísticos y la sociedad civil. El Programa de Aplicaciones Tecnológicas en la Actividad Turística, corresponde a la Línea de Acción 5.4 Programa de Equipamiento Turístico, en el Proyecto 80, donde el proyecto es la adquisición, mantenimiento y equipamiento tecnológico de módulos de información turística. Página 12

13 VII. Acciones realizadas. En la última década se han desperdiciado las herramientas de las redes sociales para hacer publicidad a la Ciudad y Puerto de Acapulco a nivel mundial, lo que redundaría en una mayor afluencia turística a nuestro destino de playa. Esta estrategia de publicidad consiste en configurar y publicar un aplicativo móvil, conocido también como App, el cual permitirá tanto a turistas como público en general, acceder a contenidos e información turística y de comunicación social de la presente administración municipal, antes y durante su estancia en la Ciudad y Puerto de Acapulco. El aplicativo es capaz de funcionar en las dos plataformas móviles principales: ios y Android, y puede ser descargado de forma gratuita por turistas y público en general. Es importante emplear la tecnología que utilizan las redes sociales para publicitar los atractivos y los servicios turísticos que ofrece Acapulco, y de esta manera poder penetrar a los amplios mercados del turismo mundial, con lo cual se pueden difundir las guías de los diferentes servicios y sitios de interés como: hoteles, restaurantes de comida nacional e internacional, discotecas, bares, centros comerciales, terminales de autobuses, centros recreativos de diversión y mercados de artesanías, entre otros; así como los diferentes tipos de atractivos turísticos como La Quebrada, las playas, la Isla de La Roqueta, las lagunas, museos y la zona arqueológica de Palma Sola, entre otros atractivos. Con lo anterior se ha captado, sin duda alguna una mayor afluencia de turismo nacional e internacional que generará una mayor derrama económica. Página 13

14 VIII. Logros y resultados. Acapulco Puede es la App oficial del bello Puerto de Acapulco. En esta App se podrá encontrar los mejores hoteles, restaurantes, atracciones y entretenimientos de Acapulco. La App cuenta con una sección de eventos próximos, noticias de interés, además de una sección con números de asistencia turística. La App se usa en más de 40 países, aunque la gran mayoría está en México y Estados Unidos (94% entre estos dos países). Página 14

15 Esta imagen a continuación, nos muestra la vista de La Quebrada, con cámara ubicada en el Hotel El Mirador, promovida por la Secretaria de Turismo Municipal. Página 15

16 IX. Informe final del servidor público responsable. Es importante señalar que la publicidad de Acapulco desde hace varias décadas ha estado a cargo del Fideicomiso de Promoción Turística de Acapulco (FIDETUR) y su antecesora, la Oficina de Convenciones y Visitantes de Acapulco (OCVA), en donde participaban las dependencias u organismos del sector turismo como la Secretaría de Fomento Turístico, la entonces Dirección General de Turismo Municipal, actualmente convertida en Secretaría de Turismo Municipal, la Asociación de Hoteles y Empresas Turísticas de Acapulco (AHETA), así como otros organismos del sector privado, cuyos representantes decidían los mercados nacionales e internacionales que se tenían que promocionar y publicitar. De alguna u otra forma, se había desperdiciado la gran herramienta de la tecnología basada en las redes sociales para hacer publicidad a la Ciudad y Puerto de Acapulco a nivel mundial, lo que redundaría en una mayor afluencia turística a nuestro destino de playa. Con la App Acapulco, se entra a la promoción cibernética, la cual puede ser visualizada en otra parte del mundo y manejada con pocos recursos económicos y humanos. Existen una gran variedad de aplicaciones móviles para facilitar la vida en casi todos los sectores de la economía; con esto queremos decir que la App de Acapulco está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, lo que equivale a un gran ahorro en promoción nacional e internacional, ya que reduce los costos, aumenta la eficiencia en el gasto destinado a promoción y/o hace crecer el número de visitantes y provoca que Acapulco vuelva a tener notoriedad turística en el ámbito internacional. Página 16

17 Con esta aplicación se pueden abarcar diferentes segmentos de mercado, debido a las aplicaciones adaptadas que se le pudieran agregar. Para el manejo de la App Acapulco, no se requieren grandes cantidades de operarios, una sola persona puede manejar todos los aspectos de la aplicación. Solamente cuando la aplicación requiera que se le agreguen más funciones, se tiene que contratar a un especialista para que realice la actualización. Después, podrá ser una sola persona que maneje todos los aspectos relacionados con la gestión y el seguimiento de la aplicación. La tendencia mundial es la utilización de las apps como herramienta de marketing. En cualquier lugar y en cualquier momento del tiempo, las personas que deseen viajar pueden acceder a toda la información de Acapulco con tan solo disponer de un dispositivo móvil; ahora la promoción que era de boca en boca, pasara a ser de imagen a imagen, a través de la recomendación que se haga de la aplicación a sus compañeros o amigos, por lo que podrás captar a nuevos posibles turistas de la forma más fácil. Página 17

18 X. Soporte documental. Página 18

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