Plan Local de Quemas. Plan Local Quemas del término municipal de Oropesa del Mar. (provincia de Castellón). TÉCNICOS REDACTORES.
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- Fernando Quintana Alcaraz
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1 PROMOTOR Ayuntamiento de Oropesa del Mar Plan Local de Quemas Plan Local Quemas del término municipal de Oropesa del Mar TÉCNICOS REDACTORES (provincia de Castellón). Pilar Mocé Aguelo Ingeniero de Montes José Luís Montero García Ingeniero de Montes Septiembre de 2014
2 . Índice de Contenidos del Plan Local de Prevención de Incendios 1. INTRODUCCIÓN NORMATIVA APLICABLE APROBACIÓN DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS VIGENCIA DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS SITUACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO MEDIO FÍSICO Relieve y Topografía Hidrografía Climatología Vegetación... 8 Vegetación potencial... 8 Vegetación natural existente según el Inventario Forestal Nacional Combustibilidad. Modelos de Combustible Montes de Titularidad o Gestión Pública MEDIO SOCIOECONÓMICO Población Evolución histórica Núcleos de población, urbanizaciones y zonas habitadas Actividades económicas y tradicionales INVENTARIO DE ACTIVIDADES QUE REQUIEREN EL USO DEL FUEGO REGULACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN EL TIEMPO Y EN EL ESPACIO NORMAS DE APLICACIÓN PARA TODAS LAS QUEMAS Y MEDIDAS EXTRAORDINARIAS MEDIOS QUE LA ENTIDAD LOCAL DISPONE PARA APOYAR EL PLAN LOCAL DE QUEMAS DISPOSICIONES ADICIONALES...22 Anejo I. Zonificación a efectos del. Zonas de riesgo. Anejo II. Cuadro-Resumen del. Anejo III. Autorización para la realización de Quemas. - i -
3 . Índice de Tablas: Tabla 1. Modelos de Combustible...12 Tabla 2. Superficie y porcentaje de los Modelos de Combustible. Fuente: elaboración propia Tabla 3. Cultivos y superficies en el término municipal de Oropesa del Mar. Fuente: Mapa de Cultivos y Aprovechamientos de España ii -
4 . Índice de Figuras: Figura 1. Proceso aprobación plan local de quemas. Fuente: GVA, Conselleria de Gobernación Figura 2. Croquis de localización general de la comarca y municipio de Oropesa del Mar. Fuente: elaboración propia Figura 3. Croquis de las vías de comunicación existentes en Oropesa del Mar. Fuente: elaboración propia Figura 4. Croquis de la distribución de usos del suelo en el municipio de Oropesa. Fuente: IFN Figura 5. Modelos de combustible en el término municipal de Oropesa del Mar...13 Figura 6. Evolución de la población de Oropesa del Mar entre 2002 y Fuente: IVE iii -
5 1. INTRODUCCIÓN Ante el problema y la gravedad que presentan los incendios, fundamentalmente, sobre la superficie que según el PATFOR y de acuerdo al Decreto 58/2.013 de 3 de mayo de 2.013, por el que se aprueba el citado Plan figuran como terreno forestal y, también, sobre aquellas otras zonas que presenten circunstancias que las hagan especialmente sensibles a la problemática de los incendios forestales, ya sea por sus propias características o por su colindancia con aquellas existen en el TT.MM. de Oropesa del Mar, se redacta el presente Plan Local de Quemas (en adelante PLQ) como documento vinculado al Plan de Local de Prevención de Incendios Forestales, actualmente en fase de redacción. De acuerdo con lo establecido en la Orden de 30 de Marzo de de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente, por la que señalan las medidas generales para prevención de incendios forestales (D.0.G.V. nº , del 14/04/94), que en su capítulo III dicta las normas para que las entidades locales puedan elaborar, con la participación de los Consejos Locales Agrarios, planes locales de quemas. Dichos Planes deben de recoger las peculiaridades de la zona en cuanto a tipos de cultivo, geografía local, meteorología, y otras especiales del término municipal. El presente PLQ recoge las necesidades de los productores de restos agrícolas que habitan en este término municipal Sólo quedan autorizadas las quemas en las zonas indicadas para su realización en el calendario de actuaciones, según el PLQ, respetándose éste en su totalidad. Todo lo que incumpla este Plan será sancionado de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal de la Comunidad Valenciana y supletoriamente, en la Ley de Incendios Forestales NORMATIVA APLICABLE Estatal: - Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Autonómica: - Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, forestal de la Comunidad Valenciana: Página 4
6 - Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 3/ Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se regulan medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales durante el periodo de Semana Santa y Pascua. - Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, sobre reducción de los horarios aptos para la realización de quemas APROBACIÓN DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS Proceso para la aprobación del del Término Municipal de Oropesa: Figura 1. Proceso aprobación plan local de quemas. Fuente: GVA, Conselleria de Gobernación. Página 5
7 1.3. VIGENCIA DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS Los Planes Locales de Quemas se encuentran incluidos en los Planes Locales de Prevención de Incendios, éstos últimos tienen un vigencia de 15 años con revisiones periódicas cada 5 años. Será obligatorio que el PLQ se modifique, revise o se redacte de nuevo en la primera revisión del Plan Local de Prevención de Incendios. En el caso de que no se disponga de Plan Local de Prevención, el periodo de vigencia del PLQ será también de 5 años. En ambos casos el PLQ modificado se aprobará en Pleno por el Ayuntamiento y se remitirá al órgano competente. El municipio de Oropesa del Mar entrega conjuntamente el Plan Local de Prevención de Incendios, por ello las revisiones del PLQ se revisará en 5 años desde su aprobación SITUACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL El municipio de Oropesa del Mar está situado en la provincia de Castellón, en la comarca de La Plana Alta, en el litoral costero, a 28 kilómetros de la ciudad de Castellón. En la siguiente figura podemos ver la ubicación de la comarca en la provincia de Castellón, y la del municipio de Oropesa del Mar en dicha comarca. Su superficie es de 2640 hectáreas. Figura 2. Croquis de localización general de la comarca y municipio de Oropesa del Mar. Fuente: elaboración propia. Página 6
8 Tal y como puede verse en la figura, Oropesa del Mar limita al norte y noreste con Cabanes, al sur y sureste con Benicásim y al oeste con el mar mediterráneo. La red de comunicaciones de Oropesa del Mar consta de varios ejes de vital importancia, destacando la Autopista AP-7 y la Nacional N-340 y la línea férrea Valencia- Barcelona. Figura 3. Croquis de las vías de comunicación existentes en Oropesa del Mar. Fuente: elaboración propia. Página 7
9 2. DESCRIPCIÓN DEL MUNICIPIO 2.1. MEDIO FÍSICO Relieve y Topografía En el municipio de Oropesa del Mar coexisten diversas formas de relieve y topografía, siendo posible encontrar desde zonas completamente llanas, con buena calidad edáfica y que albergan una tupida cubierta de vegetación hasta zonas abruptas y escarpadas con pendientes que quedan por encima del 35 %. Esta situación genera un paisaje diverso y heterogéneo permite la existencia de ecosistemas muy variados en una reducida superficie. Las mayores pendientes y zonas más abruptas se localizan en la parte occidental del municipio (interior), mientras que en la zona costera predominan las pendientes suaves y los relieves llanos o escasamente ondulados Hidrografía Los cauces existentes dentro del término municipal de Oropesa son de carácter temporal, estos cauces son El Riu de Xinxilla (al norte del término municipal) y los barrancos del Diable (en el sector centro-oeste), de Rampuda (en centro y sur del término) y de Bellver (al sur del término municipal) Climatología El municipio de Oropesa del Mar presenta un clima mediterráneo típico, con inviernos no muy fríos debido a que el Mar Mediterráneo suaviza la temperatura; los veranos son largos, bastante secos y calurosos, con máximas entorno a los 30ºC; las precipitaciones se concentran en primavera y otoño, presentando una marcada sequía estival Vegetación Vegetación potencial El estudio de la vegetación potencial define ámbitos ecológicos homogéneos sobre los cuales se desarrollan unos tipos de vegetación determinada (series), representadas en el momento actual por un estadio de la sucesión. Según la cartografía digitalizada del Mapa de Página 8
10 Series de Vegetación de España 1: de Rivas Martínez, en el municipio de Oropesa del Mar existe un predominio absoluto de la siguiente serie de vegetación: Serie 27b: serie termomediterranea betico-algarviense seco-subhumedo-humeda basofila de Quercus rotundifolia o encina (Smilaci mauritanicae-querceto rotundifoliae sigmetum). VP, encinares. El carrascal o encinar representa la etapa madura de la serie. Dicha formación lleva un cierto número de arbustos esclerófilos en el sotobosque (Quercus coccifera, Rhamnus alaternus var. parvifolia, Rhamnus lycioides subsp. lycioides, etc.) que tras la total o parcial destrucción de la encina aumentan su biomasa. Las últimas etapas de degradación corresponden a los retamares (Genista scorpius), aromáticas (Lavandula latifolia, Teucrium capitatum, Helianthemun rubellum) pastizales vivaces (Brachypodium ramosum, Brachypodium distachyon) y espartales (Stipa tenacissima). Vegetación natural existente según el Inventario Forestal Nacional. El Paisaje actual del monte lo configuran las comunidades secundarias o transitorias, subsiguientes a la alteración de los bosques potenciales y primitivos. Corresponden a etapas sucesionales de regresión donde el estrato arbóreo de encinar ha desaparecido o no se ha alcanzado como consecuencia de la acción antrópica o las perturbaciones naturales. Según la cartografía asociada al Tercer Inventario Forestal Nacional (IFN3) ( ): Mapa Forestal de España (MFE) a escala 1:50.000, las teselas o formaciones vegetales presentes dentro del ámbito de estudio serían las siguientes, acompañadas de su correspondiente definición: 1. Bosque: Agrupación de árboles, en espesura con una fracción de cabida cubierta superior al 5% y uso netamente forestal. El origen del mismo es natural o de repoblación netamente integrada (421 hectáreas). a. Masas puras de Pinus halepensis en estado de fustal. (275 hectáreas). b. Masas puras de Pinus halepensis en estado de latizal. (81 hectáreas). c. Masas mixtas de Pinus halepensis con Pinus pinaster en estado de latizal (24 hectáreas). d. Enebrales acompañados de Pinus halepensis (34 hectáreas) e. Vegetación arbórea de frutales de secano de Ceratonia siliqua y Olea europea en condición de terreno forestal (7 hectáreas). Página 9
11 2. Matorral: Agrupación vegetal definida por su estructura o por su aspecto, conferidos por el hecho de que su estrato superior o el más alto con espesura están caracterizados por el predominio de matas (especies leñosas relativamente bajas y ramificadas desde su base). (852 hectáreas). 3. Monte sin Vegetación Superior: Teselas que por circunstancias de composición edáfica, de pendiente, o cualquiera otra, presentan la mayor parte de su superficie desnuda de vegetación incluso herbácea. Serán los desiertos y semidesiertos de los diversos tipos. (20 hectáreas). 4. Agrícola y Prados Artificiales: Se incluirán aquí las teselas de uso agrícola. En este sentido, se incluyen prados artificiales de especies anuales que tienen un tratamiento más cercano al agrícola tradicional que al de los montes. (841 hectáreas). 5. Pastizal - Matorral: Superficie poblada con matorral bajo (tomillos o similares) en mezcla con herbáceas y aprovechamiento extensivo de ganado. Las zonas de erial quedarán aquí asignadas. (12 hectáreas). 6. Artificial: Contendrá las teselas en las que la influencia antrópica ha determinado que su uso no sea ya más ni agrícola ni forestal. (406 hectáreas). 7. Minería, escombreras y vertederos: (57 hectáreas). En la siguiente ilustración se muestra un croquis de la distribución de estos usos en el territorio: Página 10
12 Figura 4. Croquis de la distribución de usos del suelo en el municipio de Oropesa. Fuente: IFN3 Combustibilidad. Modelos de Combustible. La combustibilidad de un material vegetal puede definirse como la capacidad del sistema forestal en el que se integra para arder y desprender la energía suficiente para provocar la inflamación de la vegetación adyacente, extendiendo el fuego. A cada tipo de vegetación le corresponde una inflamabilidad y combustibilidad determinadas, que varían en función del tipo y cantidad de biomasa y su distribución espacial. Los modelos de combustible son una simplificaron que pretenden estimar el comportamiento más probable del fuego en un lugar, en función de la vegetación que conducirá el incendio. El antiguo ICONA realizó la adaptación de los trece modelos de Rothermel a las características del medio forestal español. Página 11
13 Estos modelos se agrupan en cuatro grandes grupos, diferenciados por el tipo de vegetación que conduce el fuego. Grupo Pastos Matorral Hojarasca bajo arbolado Tabla 1. Modelos de Combustible Modelos de Combustible Restos de corta y operaciones selvícolas Número de Modelo En el municipio de Oropesa del Mar están representados los modelos número 2 (pastos), y los, 5, 6 y 7 (matorral) y 8 (hojarasca bajo arbolado). Página 12
14 Figura 5. Modelos de combustible en el término municipal de Oropesa del Mar. Fuente: elaboración propia Dentro de los modelos de combustible presentes, vemos que es el modelo 5 es el que ocupa mayor superficie; este se caracteriza por un matorral denso y verde, de menos de 1 m de altura. Propagación del fuego por la hojarasca y el pasto. 5-8 t/ha. Tabla 2. Superficie y porcentaje de los Modelos de Combustible. Fuente: elaboración propia. Modelos de Combustible Modelo Superficie (ha) Porcentaje ,13 50, ,18 0, ,93 35, ,12 8, ,41 4,14 8 6,10 0,23 Página 13
15 Montes de Titularidad o Gestión Pública. No hay en el municipio ningún monte incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública ni de gestión pública, siendo además todo el terreno forestal del municipio de gestión y propiedad privada MEDIO SOCIOECONÓMICO Población. Evolución histórica. Según el Censo de Población del Instituto Nacional de Estadística, la población del municipio de Oropesa del Mar ha pasado de habitantes en 2002, a en 2012, alcanzando la cifra de en el año Esto supone que el municipio de Oropesa del Mar ha experimentado un aumento de la población sostenido a lo largo del tiempo. Figura 6. Evolución de la población de Oropesa del Mar entre 2002 y Fuente: IVE Núcleos de población, urbanizaciones y zonas habitadas El municipio cuenta con 6 núcleos de población principales: la ciudad de Oropesa del mar, La Urbanización La Renegà, Urbanización Las Playetas, Urbanización Torre Bellver, Urbanización Rodecho y Urbanización El Balcó Actividades económicas y tradicionales. Al igual que ocurre en la Comunitat Valenciana, Oropesa del Mar es un municipio claramente terciarizado. Este sector, tradicionalmente conocidos como sector servicios, está formado por actividades tales como el comercio, los transportes, la banca, etc. y en Oropesa Página 14
16 agrupa a más del 65,5 % de las empresas. El sector secundario agrupa a un 24,5 % de las empresas, quedando el sector primario casi sin representación en el municipio. Si comparamos estos datos con los de la Comunitat Valenciana, vemos que el sector terciario supone cerca del 77 %, el secundario un 22,8 %, y el primario tan sólo un 0,2 %. Página 15
17 3. INVENTARIO DE ACTIVIDADES QUE REQUIEREN EL USO DEL FUEGO El uso principal del fuego como herramienta cultural es necesario para la eliminación de restos producidos en cultivos agrícolas de cítricos principalmente. A continuación se muestra en la siguiente tabla las superficies de cada cultivo que puede ser susceptible de realizar quemas, bien por restos de quemas o por márgenes: Tabla 3. Cultivos y superficies en el término municipal de Oropesa del Mar. Fuente: Mapa de Cultivos y Aprovechamientos de España. Tipo de cultivo Cultivos Superficie Huerta 11,23 Cítricos en regadío 470,46 Frutales en regadío 14,29 Labor en secano 22,38 Frutales en secano 113,27 Olivar en secano 2,27 Página 16
18 4. REGULACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN EL TIEMPO Y EN EL ESPACIO. Las quemas se realizarán según la siguiente división del término municipal en zonas (ver Anejo nº1): Zona Máximo Riesgo: Sector comprendido al oeste de la carretera Nacional 340 y sector comprendido al este del ferrocarril. Superficie: 484,34 hectáreas Las quemas en esta zona se podrán realizar del 1 de Octubre al 30 de Junio todos los días de la semana desde la salida del sol hasta las 11:00 horas. Zona General: Franja situada entre la Nacional 340 y la línea de ferrocarril. Superficie: 210,68 hectáreas. Las quemas podrán realizarse del 1 de Octubre al 30 de Junio todos los días de la semana desde la salida del sol hasta las 13:00 horas. En el Anejo Nº 2 se recoge una tabla-resumen de la zonificación y las fechas. Página 17
19 5. NORMAS DE APLICACIÓN PARA TODAS LAS QUEMAS Y MEDIDAS EXTRAORDINARIAS CONDICIONES METEOROLÓGICAS. Condiciones de obligado cumplimiento: NO estar en nivel de Preemergencia 3. Los días de Preemergencia 3 no se autorizará ningún tipo de fuego y perderán la validez los permisos expedidos para esos días. Solo se podrán ejecutar las quemas en niveles de Preemergencia 1 y 2. En caso de que el comportamiento del fuego pueda ser peligroso por cambios en la situación climática, como aparición de vientos de poniente, vientos locales con rachas fuertes o de dirección variable, los trabajos de quema deben suspenderse inmediatamente. Recomendaciones: Es preferible la realización de las quemas en condiciones de estabilidad atmosférica. Lo idóneo es su ejecución tras lluvias que dejen al menos 5 mm de precipitaciones. El nivel de alerta así como su previsión para el día siguiente puede consultarse en: Mediante redes sociales En la página web: Llamando al 012. En el Ayuntamiento En caso de implementarse nuevos métodos de comunicación se incorporarán a este listado. ÉPOCA Y MOMENTO. Criterios obligatorios: 1. Según el Reglamento de la Ley Forestal aprobado por Decreto 98/1995, de 16 de mayo de forma general quedan prohibidas todas las quemas durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre. 2. Según Orden de 2 de marzo de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda queda prohibida la ejecución de todas las quemas en el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente después del Lunes de Pascua conocido como Lunes de San Vicente. Página 18
20 3. Aun estando dentro del periodo establecido para usar el fuego, se suspenderán los permisos y autorizaciones de quema en los días y zonas en los que el nivel de Preemergencia sea Las quemas se realizarán dentro del periodo establecido y en las zonas que se determinen en el Plan de Prevención de Incendios de la Demarcación correspondiente. 5. Las quemas se iniciarán a partir de las 7 horas y deberán estar apagadas antes de las horas. CONDICIONES DE LA QUEMA Según el tipo de quema se tomarán las medidas de precaución adecuadas. El interesado está obligado a permanecer vigilando la quema hasta que esta quede totalmente extinguida (el conjunto de los restos debe de estar aproximadamente a temperatura ambiente), apagando las brasas y rescoldos con agua o tierra para evitar el vuelo de pavesas. Preferentemente se deben quemar restos verdes. Se observará la dirección del viento para minimizar la pérdida de visibilidad en las vías de comunicación cercanas. SEGURIDAD EN EL LUGAR DE TRABAJO. Criterios obligatorios: En el lugar de realización de la quema debe haber un teléfono móvil operativo u otro medio de comunicación que permita dar un aviso de alarma rápidamente. En caso de no haber cobertura de telefonía móvil en el lugar de trabajo, habrá que tener localizado el lugar más cercano desde el que se puede hacer una comunicación efectiva antes de iniciar los trabajos con fuego. Cada trabajador tendrá a mano herramientas de sofocación de fuego, como pueden ser mochilas extintoras, cubos de agua o herramientas de cavado y lanzado de tierra (azadas, palas, ramas ), para ser usadas en caso de necesidad. ESCAPE DE FUEGO. Criterios obligatorios: - Se debe avisar inmediatamente al 112 en caso de ocurrir un escape de fuego. - En caso de escape todos los trabajadores han de tratar de atajar el conato trabajando de forma coordinada y diligente, hasta la llegada de los primeros medios de extinción. Página 19
21 Así mismo, también se debe esperar la llegada de los agentes medioambientales o de las Fuerzas de Seguridad del Estado para que puedan dar traslado de lo acontecido y no alterar en la medida de lo posible el punto de inicio del fuego. NORMAS ESPCÍFICAS DE APLICACIÓN PARA REALIZAR QUEMAS AGRÍCOLAS EN PILAS U HOGUERAS Criterios obligatorios: o Las hogueras se situaran en el interior de la parcela agrícola. o Se ubicarán en el lugar de la parcela más alejado de la vegetación forestal. o En caso de que la parcela se encuentre rodeada de vegetación forestal se quemará en el centro de la parcela: o Las hogueras se harán con una banda perimetral limpia de vegetación hasta suelo mineral de 2 m de anchura (suelo cavado o rastrillado) o dentro de terreno labrado con el mismo perímetro de seguridad como mínimo. La carga de las hogueras será moderada y adecuada a las condiciones ambientales del momento y del combustible que se esté eliminando (verde o seco), para evitar el escape de pavesas y la soflamación de la vegetación circundante. Siempre ha de haber personal presente si hay fuego vivo o ascuas. Las hogueras deben de quedar totalmente extinguidas realizando el siguiente proceso: o Con las cenizas recogidas en el centro de la hoguera, mojar los restos con agua, remover las brasas, volver a tirar agua y remover. o No abandonar la hoguera hasta que los restos se encuentren aproximadamente a temperatura ambiente. Si no tiene agua suficiente para realizar el proceso anterior: 1. Mezcle y revuelva tierra o arena con las brasas para apagarlo todo. 2. Examine bien todos los residuos de la fogata y asegúrese que no quede nada ardiendo, puede tirar agua. 3. No entierre las brasas, pues pueden continuar ardiendo, sin llamas y producir una carbonera. o No abandonar la hoguera hasta que el conjunto de restos se encuentren aproximadamente a temperatura ambiente. Cada trabajador tendrá a mano herramientas de sofocación de fuego, como pueden ser mochilas extintoras, cubos de agua o herramientas de cavado y lanzado de tierra (azadas, palas, ramas ), para ser usadas en caso de necesidad. Página 20
22 6. MEDIOS QUE LA ENTIDAD LOCAL DISPONE PARA APOYAR EL PLAN LOCAL DE QUEMAS Para regular todas las medidas que se han expuesto con anterioridad, el Ayuntamiento debe comprometerse a realizar una campaña de difusión de su contenido, de forma que pueda llegar al máximo número de usuarios de fuego. A su vez el Ayuntamiento, debe poner a disponibilidad de las oficinas de Secretaría para que en ella se controlen las autorizaciones de quemas, informando a los usuarios de las precauciones que deben tener en cuenta. Asimismo deberá facilitar el cuadro resumen del Plan que se encuentra en el anejo a los ciudadanos que lo soliciten. Respecto a la vigilancia, para intentar que se cumplan las condiciones que se incorporan en este documento, el Ayuntamiento dará a conocer cuáles son las sanciones que pudieran surgir por parte de la Policía Local, Guardia Civil, Agentes Medioambientales a los usuarios que no tengan en cuenta el Plan del municipio. Página 21
23 7. DISPOSICIONES ADICIONALES Las autorizaciones para las quemas deben ir selladas por el ayuntamiento. Esta autorización se encuentra en el Anejo nº 3. El presente plan entrará en vigor cuando se apruebe en pleno y la Conselleria de Gobernación proceda a su aprobación definitiva posterior Firman el presente documento en Valencia, a septiembre de 2014: LOS AUTORES DEL PLAN Fdo. Pilar Mocé Aguelo Ingeniero de Montes Fdo. José Luís Montero García Ingeniero de Montes Página 22
24 Anejo I Zonificación Página 23
25 O FERROCARRIL N LEYENDA: PERÍMETRO MUNICIPIO Extensión: 2.670,39 ha ZONA MÁXIMO RIESGO Extensión: 484,34 ha ZONA GENERAL Extensión: 210,68 ha AYUNTAMIENTO DE OROPESA DEL MAR ESCALA 1: Metros Elipsoide Internacional. Proyección UTM HUSO 30 ETRS89 Las coordenadas corresponden a la cuadrícula UTM Cartografía Base Servicio WMS IGN (Cartografía Raster ) ZONIFICACIÓN ESTABLECIDA EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS FORMATO A4 (210 x 297 mm) ESCALA 1: SEPTIEMBRE DE 2014
26 Anejo II Cuadro resumen del Página 24
27 RESUMEN DEL PLAN LOCAL DE QUEMAS DE OROPESA DEL MAR TIPO DE QUEMA ZONA PERÍODO DÍAS HORARIO CONDICIONES PROCEDIMIENTO QUEMA DE PODAS, RESTOS AGRÍCOLAS Y MÁRGENES ZONA MÁXIMO RIESGO ZONA GENERAL 1 de Octubre a 30 de Junio 1 de Octubre a 30 de Junio Lunes a Domingo Lunes a Domingo Desde la salida del sol hasta las 11:00 h. Desde la salida del sol hasta las 13:00 Se solicita permiso al Ayuntamiento según modelo aprobado y cuya validez de la autorización no será superior a 6 días. PIROTECNIA Fiestas patronales Aviso parques de bomberos. Medios de control en la zona de caída de los cohetes NORMAS A SEGUIR Todas las quemas y autorizaciones quedarán prohibidas y anuladas cuando sople el viento fuerte o de poniente, o los días declarados de peligro máximo por la Conselleria (Nivel 3 de preemergencia). Queda prohibido realizar quemas en el período de Semana Santa, siendo éste de Jueves Santo a Martes de Pascua y de Sábado a Lunes de San Vicente, según marque el calendario cada año. Previamente a la quema se deberá haber limpiado de matorral y maleza una franja de anchura suficiente y no inferior a dos metros alrededor de donde se quiere realizar la quema. No se permitirá la quema en caminos y desagües de dominio público, además no podrá realizarse acumulación de residuos en ellos ni en una franja de 10 metros de ancho a cada lado de los mismos. Las quemas sólo podrán realizarse en el horario contemplado en el de Oropesa del Mar. Se tendrá a mano herramientas de sofocación de fuego, como pueden ser mochilas extintoras, cubos de agua o herramientas de cavado y lanzado de tierra (azadas, palas, ramas ) para ser usadas en caso de necesidad. No se abandonará la vigilancia de la zona de quema hasta que el fuego esté totalmente apagado y transcurran dos horas sin observarse brasas. La persona autorizada tomará todas las medidas que considere oportunas, y en su caso las indicadas por el Agente Medioambiental u otros Agentes de la Autoridad, y en todo momento será el responsable de cuantos daños pueda causar.
28 Anejo III Autorización para la realización de quemas Página 25
29 A Y U N T A M I E N T O DE ORPESA / OROPESA DEL MAR (Castelló / Castellón) AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON FUEGO, REGULADAS SEGÚN EL PLAN DE QUEMAS NOMBRE Y APELLIDOS: DNI:, TELÉFONO: DIRECCIÓN: LUGAR DE LAS QUEMAS PARAJE POLÍGONO PARCELA FECHA DE REALIZACIÓN DE LA QUEMA (NO MÁS DE 6 DÍAS CONSECUTIVOS): SECTOR AL QUE PERTENECEN LAS PARCELAS*: ZONA DE MÁXIMO RIESGO ZONA GENERAL Firma del solicitante: a, de de 20 *INDICAR A QUÉ ZONA PERTENECE PARA CONSULTAR LAS CONDICIONES EN EL PLAN LOCAL DE QUEMAS C/ Doña Laura de Cervellón, 5 A Teléfonos Fax C.I.F.: P G
30 A Y U N T A M I E N T O DE ORPESA / OROPESA DEL MAR (Castelló / Castellón) AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON FUEGO, REGULADAS SEGÚN EL PLAN DE QUEMAS NORMAS A SEGUIR -Todas las quemas y autorizaciones quedarán prohibidas y anuladas cuando sople el viento fuerte o de poniente, o los días declarados de peligro máximo por la Conselleria (Nivel 3 de preemergencia). -Queda prohibido realizar quemas en el período de Semana Santa, siendo éste de Jueves Santo a Martes de Pascua y de Sábado a Lunes de San Vicente, según marque el calendario cada año. -Previamente a la quema se deberá haber limpiado de matorral y maleza una franja de anchura suficiente y no inferior a dos metros alrededor de donde se quiere realizar la quema. -No se permitirá la quema en caminos y desagües de dominio público, además no podrá realizarse acumulación de residuos en ellos ni en una franja de 10 metros de ancho a cada lado de los mismos. -Las quemas sólo podrán realizarse en el horario contemplado en el Plan Local de Quemas de Oropesa del Mar. -Se tendrá a mano herramientas de sofocación de fuego, como pueden ser mochilas extintoras, cubos de agua o herramientas de cavado y lanzado de tierra (azadas, palas, ramas ) para ser usadas en caso de necesidad. -No se abandonará la vigilancia de la zona de quema hasta que el fuego esté totalmente apagado y transcurran dos horas sin observarse brasas. -La persona autorizada tomará todas las medidas que considere oportunas, y en su caso las indicadas por el Agente Medioambiental u otros Agentes de la Autoridad, y en todo momento será el responsable de cuantos daños pueda causar. C/ Doña Laura de Cervellón, 5 A Teléfonos Fax C.I.F.: P G
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