motivos para la Huelga General
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- Roberto García Fernández
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1 motivos para la Huelga General La reforma laboral. Una agresión a las empleadas y empleados públicos de la Administración General del Estado Empresas de trabajo temporal y amortización de puestos de trabajo: el desmantelamiento de los servicios públicos La reforma del mercado de trabajo supone la mayor agresión a los derechos de las trabajadoras y los trabajadores habida en todo el periodo democrático. Una agresión que afecta sobremanera y de forma muy específica a las empleadas y empleados públicos. Entre estas medidas es preciso destacar la eliminación de los obstáculos para que las empresas de trabajo temporal (ETT s) puedan prestar servicios en las Administraciones Públicas (AAPP). Con la reforma laboral, a partir de 2012, las AAPP podrán hacer uso de la contratación con ETT s y, por tanto, ser una vía de sustitución de la contratación directa de personal. También a partir de su aplicación las ETT s podrán sustituir las bolsas de empleo de las AAPP y podrán convertirse en la forma habitual de contratación de personal temporal. Pero la verdadera dimensión de esta medida ha de contemplarse en un escenario en que la misma es un elemento más en la línea de una desmantelación del sector público, su adelgazamiento, la mercantilización de servicios hasta ahora efectuados por empleados públicos y, en definitiva, una merma del Estado de Bienestar. La contratación de determinados servicios públicos, hasta ahora prestados por empleados públicos, a través de las ETT s se suma a los procesos de amortización de puestos de trabajo en la Administración General del Estado que se están llevando año tras año y al recorte drástico de las ofertas de empleo público. Con la reforma laboral y las medidas tomadas por el Gobierno, es nuestro puesto de trabajo el que peligra Todas estas medidas suponen el cuestionamiento del empleo público y, con ello, el modelo de servicios y Administración Pública. La única respuesta que nos queda a las empleadas y empleados públicos es la huelga general del 29 de septiembre.
2 motivos para la Huelga General La reforma laboral. Una agresión a las empleadas y empleados públicos de la Administración General del Estado Mayor flexibilidad para el despido y más barato: también en las Administraciones Públicas La reforma del mercado de trabajo permite el despido de trabajadores, con una indemnización muy inferior -20 días por año, frente a los 45 días establecidos con carácter generalargumentando simplemente que esta actuación supone una mejora para la empresa. También es posible este despido más barato alegando posibles problemas económicos, organizativos o productivos futuros. Es decir, un despido de carácter preventivo basado en causas que pueden producirse o no. Antes de la reforma para que se autorizasen este tipo de despidos colectivos por razones técnicas, organizativas o productivas, era necesario demostrar que con ello se contribuía a la viabilidad de la empresa. Esto significaba un freno para su aplicación en una Administración Pública que, en cualquier caso, tiene garantizada la continuidad en su funcionamiento. La desaparición de este requisito: contribuir a la viabilidad de la empresa, abre la posibilidad en las Administraciones Públicas de realizar despidos por estas causas y la Administración del Estado podrá prescindir de su personal laboral, por ejemplo, para reducir el gasto público o sustituir el empleo propio por empleo externo (ETT S, contratas, etc.). La AGE también podrá despedir a su personal de forma más fácil y barata Aunque esta normativa es de aplicación únicamente al personal laboral, no debemos olvidar que, para el personal funcionario, la Administración ya cuenta con instrumentos de flexibilidad para conseguir los mismos efectos como la reasignación de efectivos o la supresión de puestos de trabajo que, en el escenario actual de permanente reducción y amortización de vacantes, pueden convertirse en la práctica en fórmulas de despido.
3 La reforma laboral. Una agresión a los trabajadores y trabajadoras de la Administración General del Estado La Administración aplica la reforma laboral y se descuelga de los acuerdos de las mesas de negociación La reforma laboral supone el recorte de los derechos de los trabajadores mediante numerosas modificaciones a leyes, como el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Empleo, etc., que regulan los más elementales derechos constitucionales. Entre la pérdida de derechos, la reforma laboral legitima el descuelgue de los pactos, es decir, convierte en legal el hecho de que los empleadores incumplan los acuerdos de negociación colectiva, por causas económicas, organizativas, etc. La Administración, como cualquier otra patronal o empleador, aprovecha los beneficios que le concede la reforma laboral para recortar derechos a los trabajadores y trabajadoras. En este sentido, la Administración entiende el recorte presupuestario como la causa económica que recoge la reforma laboral y que les permite incumplir acuerdos de las mesas de negociación. La Administración General del Estado aplica la reforma laboral a su personal argumentando causas económicas Un ejemplo claro, es la decisión de la Administración argumentando causa económica, respecto de incumplir un Acuerdo de la Mesa General de la AGE por el que se eleva el nivel del 15 al 17 para aquellos funcionarios y funcionarias que lleven dos años en determinados puestos. Otros ejemplos de esta iniciativa de la Administración, es el hecho de que se ha recortado el sueldo de los empleados públicos sin respetar los acuerdos ya firmados sobre incremento salarial o la congelación decretada para 2011 sin derecho a negociar en las mesas, como indica el Estatuto Básico del Empleado Público. Finalmente, recordar que numerosos ayuntamientos pretenden aprobar expedientes de regulación de empleo (ERES) con el objetivo de despedir personal fijo, argumentando idéntica causa económica. Y varios de ellos, arguyendo la misma causa, no está pagando los sueldos de las empleadas y empleados públicos.
4 La reforma laboral una agresión a los trabajadores y trabajadoras de la Administración General del Estado La reforma laboral facilita a la Administración la movilidad geográfica forzosa y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo La reciente reforma del mercado de trabajo supone un mayor poder para los empresarios a la hora de modificar las condiciones de trabajo o imponer traslados forzosos a sus trabajadores. Las empresas, argumentando simplemente una mejora para la empresa o alegando problemas económicos, organizativos o productivos futuros, podrán trasladar a los trabajadores de manera forzosa y cambiar sus condiciones de jornada, horario, turnos La Administración General del Estado lo tiene más fácil para imponer a sus trabajadoras y trabajadores traslados forzosos, cambios horarios y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo Ya no será necesario justificar que estas actuaciones son imprescindibles para que la empresa pueda continuar funcionando y, además, en estos casos se limitan las posibilidades de intervención de la representación sindical al reducir el período de consultas en el que los representantes de los trabajadores pueden plantear alternativas y propuestas. A partir de ahora la Administración también podrá aplicar este recorte de los derechos de los trabajadores. La reducción del déficit público, la privatización o externalización de determinados trabajos se convierten en justificación suficiente para que la Administración pueda imponer la movilidad geográfica forzosa, cambiar la jornada, los turnos o modificar otras condiciones sustanciales de trabajo.
5 Las empleadas y empleados públicos, el colectivo más perjudicado por las medidas del Gobierno Funcionarios y laborales tenemos que decir Basta ya a las continuas agresiones de la Administración La única respuesta es la huelga del 29-S 1º Por la reducción del salario. 2º Por la amortización de miles de vacantes y sus consecuencias negativas en la promoción, concursos de traslados y volumen de trabajo. 3º Por la práctica desaparición de la Oferta de Empleo Público. 4º Por dar a la Administración armas contra los trabajadores y trabajadoras como facilitar el despido, los traslados forzosos y la modificación de las condiciones de trabajo. 5º Por eliminar la negociación colectiva como sistema de acuerdo entre los empleados públicos y trabajadores y trabajadoras.
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