A.1-SOLICITUD DE APERTURA DE ENTIDAD ELABORADORA DE PRODUCTOS DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS.
|
|
- Claudia Macías Vargas
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA, Y ALIMENTACIÓN DIRECCION GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA SUBDIRECCION GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD CIRCULAR Nº 1/SA/PZ/2018 SOBRE LOS REQUISITOS DOCUMENTALES ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS PARA LAS SOLICITUDES DE REGISTRO, MODIFICACIONES Y RENOVACIONES DE ENTIDADES Y DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO, DE ENTIDADES Y DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, DE MATERIAL Y UTILLAJE ZOOSANITARIO. A- ENTIDADES ELABORADORAS/IMPORTADORAS DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS PARA LA HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS. Para poder comercializar un producto zoosanitario de Higiene, Cuidado y Manejo de los Animales y de Material y Utillaje Zoosanitario (según la definición que figura en el art. 2 del RD 488/2010, de 24 de abril, modificado por el RD 791/2015 de 4 de septiembre) en España es requisito previo e indispensable la inscripción de la entidad elaboradora o importadora del producto (entendiendo por entidad importadora la entidad que pone el producto en el mercado sin ser la fabricante) y la del propio producto en el Registro de Productos Zoosanitarios. Para ello las empresas deberán presentar la correspondiente declaración responsable conforme a RD 791/2015 de 4 de septiembre y estarán en posesión de la siguiente documentación que, a solicitud de la Dirección General de Sanidad de la Producción Primaria, podrán presentar en cualquiera de las direcciones que se citan más adelante. A.1-SOLICITUD DE APERTURA DE ENTIDAD ELABORADORA DE PRODUCTOS DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS. Cumplimentación de la declaración responsable, anexo I parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. copia compulsada de la escritura de constitución de la entidad. nombramiento, bajo poder notarial, del representante legal de la entidad, actualizado. Información referente a los permisos para ejercer la actividad (licencias, etc.). Planos de situación y de las instalaciones en el que figure cada una de las dependencias (edificaciones y distribución interior, almacenes ). Memoria de actividades. Tipo de productos que van a elaborar. Plano de situación de la entidad. Si la Dirección General lo considera necesario, podrá girar visita de inspección a la entidad solicitante para la comprobación de los requisitos técnicos. 1
2 A.2- SOLICITUD DE APERTURA DE ENTIDAD IMPORTADORA DE PRODUCTOS DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS.. Cumplimentación de la declaración responsable, anexo I parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. copia compulsada de la escritura de constitución de la entidad. nombramiento, bajo poder notarial, del representante legal de la entidad, actualizado. Información referente a los permisos para ejercer la actividad (licencias, etc.). Memoria de actividades. Tipo de productos que van a elaborar. Finalizados los trámitese extenderá el documento de inscripción, en el que figurará el número con el que queda inscrita la entidad en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado A.3- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE UNA ENTIDAD ELABORADORA / IMPORTADORA DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS DE LA HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS. Cuando una entidad titular, elaboradora o importadora cambie de personalidad jurídica, denominación, domicilio de las instalaciones de fabricación, almacenamiento o en general se modifique cualquier dato relativo a su identificación o naturaleza, deberá solicitarse procedimiento de modificación de la inscripción de la entidad mediante la cumplimentación del anexo I parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Si ésta supusiese un cambio significativo respecto a las condiciones bajo las que fue autorizado, se aportarían los requisitos que se especifican en el apartado A.1 en el caso de las entidades elaboradoras, o en el apartado A.2 en el caso de las entidades importadoras. Se podrá adjuntar la documentación acreditativa de la modificación. Se procederá únicamente al deber de comunicación, mediante escrito al Registro de Productos Zoosanitarios en los siguientes casos: Cambio de director técnico. Cambio de sede administrativa de la entidad. Cese de las actividades, adjuntando una relación de los productos zoosanitarios que tenga registrados. A.4-CAMBIO DE TITULAR DE ENTIDAD ELABORADORA/IMPORTADORA DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS DE LA HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJES ZOOSANITARIOS. Cumplimentación por el futuro titular el anexo I parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 2
3 Hacer constar documentalmente (escrituras, contrato, acuerdos comerciales, etc.) el cambio de titular a favor de la nueva entidad. Igualmente, deberán comunicar por escrito, los productos implicados en dicho cambio de titularidad. En el caso de cambio de titularidad a favor de Entidades Elaboradoras deberá aportar los requisitos que se especifican en el apartado A-1. En el caso de cambio de titularidad a favor de Entidades Importadoras deberá aportar los requisitos que se especifican en el apartado A-2. B- SOLICITUD DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTO DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES Ó, MATERIAL Y UTILLAJE ZOOSANITARIO: Para poder comercializar un producto zoosanitario de Higiene, Cuidado y Manejo de los Animales y de Material y Utillaje Zoosanitario en España, es requisito previo la inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios de la entidad elaboradora o importadora del mismo. Una vez inscrita la entidad, se podrán inscribir los productos. Para ello se presentará, la siguiente documentación en cualquiera de las direcciones que se citan más adelante. Cumplimentación de la declaración responsable, el anexo II parte B, del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. El texto correspondiente al etiquetado o material promocional de los productos, epígrafe nº 12 de dicho anexo, no contendrán menciones o distintivos que induzcan a error o confusión, atribuyan funciones que no posean, proporcionen expectativas de éxito asegurado, o aseguren que tras su uso indicado o prolongado no aparecerá ningún efecto nocivo. No se admitirán nombres del producto zoosanitario que induzca a error con respecto a su composición o naturaleza o transmita o sugiera connotaciones o propiedades que no se ajusten a las indicaciones de uso declaradas en el expediente. No se admitirán nombres del producto zoosanitario que tenga parecido fonético u ortográfico con otros productos registrados, o cuya denominación haya sido utilizada en un medicamento. Certificado del técnico responsable de la fabricación donde se exprese que se han realizado las pruebas y controles necesarios tanto de materias primas como del producto terminado, así como pruebas de estabilidad que aseguren la calidad final y seguridad del producto. Que todas las sustancias empleadas según las indicaciones de uso no entrañan ningún riesgo para la seguridad del animal. En el caso de productos importados, estos también requerirán de inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios para su comercialización en España, aportándose documento legal de su inscripción o comunicación en el país de origen, así como, permiso de apertura ó de autorización de fabricación de la entidad elaboradora del mismo. 3
4 Finalizados los trámites, se extenderá el documento de inscripción, en el que figurará el número con el que queda inscrito el producto en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado. B.1.- SOLICITUD DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTO DE HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO O DE MATERIAL DE UTILLAJE ZOOSANITARIO MARCA BLANCA DE OTRO PREVIAMENTE REGISTRADO: Cumplimentación de la declaración responsable, anexo II parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Se estará en posesión del escrito de cesión por parte de la entidad titular de la marca original, o bien, en caso de que sea el propio titular del producto original el que desea marca blanca de este, lo hará constar en el apartado nº 13 de dicho anexo. B.2.- MODIFICACIONES DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS: Para realizar modificaciones de formulado, presentaciones, denominación de producto, indicaciones de uso, texto de etiquetado etc., se presentará el anexo II parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Se hará constar en el apartado nº 13 de dicho anexo el tipo de modificación que se solicita y justificar las razones. Asimismo, se estará en posesión de la siguiente documentación: Certificado del técnico responsable de la fabricación donde se exprese que se han realizado las pruebas y controles necesarios tanto de materias primas como del producto terminado, así como pruebas de estabilidad que aseguren la calidad final y seguridad del producto. Que todas las sustancias empleadas según las indicaciones de uso no entrañan ningún riesgo para la seguridad del animal. B.3.- CAMBIO DE TITULARIDAD DE UN PRODUCTO PARA LA HIGIENE, CUIDADO Y MANEJO DE LOS ANIMALES, Ó DE MATERIAL Y UTILLAJE ZOOSANITARIO. Para solicitar un cambio de titularidad de un producto para la higiene, cuidado y manejo de los animales ó de material y utillaje zoosanitario, se presentará la declaración responsable, anexo II parte B del Real Decreto 791/2015 en todos sus epígrafes, sellado firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad ó hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Y se estará en posesión de la siguiente documentación: Documentación Justificativa (escrituras, contrato, acuerdos comerciales, etc.) del cambio de titular del producto a favor de la entidad como nuevo titular. El nuevo titular debe acreditar que la entidad está autorizada para este tipo de productos en el Registro de Productos Zoosanitarios ó en el caso de que sea entidad nueva, debe solicitar inscripción en dicho Registro como elaboradora o importadora y conforme a los tipos de productos a comercializar. 4
5 Estas inscripciones de entidades y sus productos para la Higiene, Cuidado y Manejo de los Animales y Material y Utillaje, y su correspondiente registro, salvo que por razones sanitarias, zootécnicas o tecnológicas se establezcan periodos más cortos o experimentales, tendrán un periodo de validez indefinido, Todos aquellos expedientes, correspondientes a cada uno de los procedimientos descritos que, tras su revisión, no se ajusten a los requisitos documentales, administrativos y técnicos establecidos, deberán ser subsanados según las indicaciones que se reciban de esta Unidad mediante oficio o correo electrónico. Para ello, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas., se deberá tener presente que, si en el plazo máximo de diez días hábiles no se ha presentado la documentación requerida para la subsanación, se iniciará el procedimiento de desistimiento y caducidad. Todos los procedimientos enumerados anteriormente, no generaran tasas por la prestación de servicios facultativos veterinarios, aunque si las generarán las certificaciones de libre venta o importación de productos zoosanitarios. La documentación se enviará (sin destinatario ó atención personal) conforme al art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a cualquiera de las siguientes direcciones: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD REGISTRO DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS REGISTRO GENERAL Paseo Infanta Isabel, Madrid - Telf Horario: lunes a viernes de 9,00 a 17,30 horas Horario de verano (desde el 16 de junio al 15 de septiembre) De lunes a viernes de 8,00 a 15,00 horas MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD REGISTRO DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS REGISTRO GENERAL Velázquez, planta baja Madrid - Telf extensión 6092 Horario: lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD REGISTRO DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS REGISTRO GENERAL Gran Vía de San Francisco, planta baja Madrid - Telf Horario: lunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas 5
6 REQUISITOS DOCUMENTALES ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS PARA LAS SOLICITUDES DE REGISTRO DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO Y DE ENTIDADES ELABORADORAS/ IMPORTADORAS DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO. Para poder comercializar un reactivo de diagnóstico (según la definición que figura en el art. 2 del RD 488/2010, de 24 de abril) en España es requisito previo E indispensable la autorización e inscripción de la entidad elaboradora o importadora del producto (entendiendo por entidad importadora la entidad que pone el producto en el mercado sin ser la fabricante) y la del propio producto en el Registro de Productos Zoosanitarios. Estas autorizaciones, y su correspondiente registro, salvo que por razones sanitarias, zootécnicas o tecnológicas se establezcan periodos más cortos o experimentales, tienen un periodo de validez de 5 años, tanto para la entidad como para el producto, al cabo de los cuales se procederá a su cancelación, salvo que, previamente, sea solicitada su renovación. Para ello presentará, como mínimo y por duplicado, la siguiente documentación en cualquiera de las direcciones de los registros generales anteriormente citadas. A- ENTIDADES Para poder comercializar un reactivo de diagnóstico en España es requisito previo e indispensable la inscripción de la entidad elaboradora o importadora del producto (entendiendo por entidad importadora la entidad que pone el producto en el mercado sin ser el fabricante). A.1.-SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDAD ELABORADORA DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO. Anexo I parte A del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes, sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Copia compulsada de la escritura de constitución de la entidad. Poder notarial del representante legal de la entidad actualizado. Información referente a los permisos para ejercer la actividad (licencias, IAE ). Planos de situación y de las instalaciones en el que figure cada una de las dependencias (edificaciones y distribución interior, almacenes ). Información referente a las empresas fabricantes de los productos a comercializar (si comercializasen productos de otras entidades) Memoria de actividades, donde figure la relación y/o tipo de productos que se van a elaborar. Relación de los productos que pretenda comercializar Si la Dirección General lo considera necesario, podrá girar visita de inspección a la entidad solicitante para la comprobación de los requisitos técnicos. A.2.-SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDAD IMPORTADORA DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO. 6
7 Anexo I parte A del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. Copia compulsada de la escritura de constitución de la entidad. Poder notarial del representante legal de la entidad actualizado. Información referente a los permisos para ejercer la actividad (licencias, IAE ). Información referente a las empresas fabricantes de los productos a comercializar. Plano de situación de la entidad y, en su caso, planos de almacenes y/o dependencias. Memoria de actividades. Relación de los productos que se pretende comercializar Si la Dirección General lo considera necesario, podrá girar visita de inspección a la entidad solicitante para la comprobación de los requisitos técnicos. documento de autorización e inscripción, en el que figurará el número con el que queda inscrita la entidad en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado. A.3.- SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDAD ELABORADORA / IMPORTADORA DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO. Anexo I parte A del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes, presentado antes de la finalización del plazo de validez de la autorización que se pretende renovar, sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma Escrito donde se detalle si ha habido algún tipo de variación menor respecto a las condiciones en que se autorizó, adjuntando, en su caso, la documentación pertinente donde se reflejen fehacientemente estas variaciones. Si las variaciones suponen un cambio significativo respecto a las condiciones bajo las que fue autorizado, se deberán aportar los requisitos que se especifican en el apartado A.1 en el caso de las entidades elaboradoras, o en el apartado A.2 en el caso de las entidades importadoras y solicitar la correspondiente modificación de la autorización. En el caso de que no haya habido variaciones, se presentará escrito, firmado por el representante legal o titular de la empresa, donde se haga constar claramente que no ha habido variación ninguna respecto a la autorización que se pretende renovar. Si la solicitud de renovación se presentase una vez expirado el plazo de autorización, se deberá presentar una nueva solicitud de autorización. documento de renovación de la autorización e inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado y cuya validez, salvo disposición en contrario, será de otros 5 años. A.4.-SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDAD IMPORTADORA DE REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO. 7
8 Anexo I parte A del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma Escrito donde se detalle el tipo de modificación que se solicita y las razones para tal solicitud, adjuntando, en su caso, la documentación pertinente donde se reflejen los cambios solicitados Cuando una entidad titular, elaboradora o importadora, de una autorización cambie de personalidad jurídica, denominación, domicilio de las instalaciones de fabricación o almacenamiento o, en general, se modifique cualquier dato significativo relativo a su identificación o naturaleza, deberá solicitarse procedimiento de modificación de la entidad.se adjuntará la documentación acreditativa de la modificación. Si ésta supusiese un cambio significativo respecto a las condiciones bajo las que fue autorizado, se aportarían los requisitos que se especifican en el apartado 1 en el caso de las entidades elaboradoras, o en el apartado 2 en el caso de las entidades importadoras. Se procederá únicamente al deber de comunicación, mediante escrito al Registro de Productos Zoosanitarios en los siguientes casos: Cambio director técnico. Cambio sede administrativa de la entidad. Cese de las actividades, adjuntando una relación de los productos zoosanitarios que tenga registrados. Las modificaciones de la autorización no afectan al número de inscripción, salvo disposición en contrario, ni al periodo de validez de la autorización original que se estableciese en su momento. documento de modificación de la autorización e inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado. B- REACTIVOS DE DIAGNÓSTICO B.1.-SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UN REACTIVO DE DIAGNÓSTICO: Para poder comercializar un reactivo de diagnóstico en España es requisito previo la autorización e inscripción del mismo en el Registro de Productos Zoosanitarios Anexo II. parte A. del Real Decreto 791/2015, debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 049 Declaración de Método Validado, fechada, sellada y firmada por el director técnico responsable de la fabricación, con los siguientes datos: 1. Objetivos de la validación 2. Diseño de la validación Resultados de los parámetros de validación (con intervalos de confianza). 8
9 Nº e identificación de las muestras utilizadas para la valoración de cada parámetro Metodología utilizada para el cálculo de resultados Correlación con otras técnicas, en su caso 3. Valoración final Originales de las etiquetas de los diversos formatos en los que se presente el producto, donde figure su nº de autorización como entidad elaboradora / importadora de reactivos de diagnóstico y donde exista un espacio reservado para que se vea claramente el nº de autorización que, en su momento, se le otorgue (xxxx-rd). Memoria técnica, con los siguientes datos: Principios de la técnica, y referencias, en su caso, a la normativa vigente y recomendaciones científico-técnicas de organismos con competencias en la materia. Bibliografía más relevante. Descripción detallada del reactivo y sus componentes. Bioseguridad: incompatibilidad, efectos secundarios e interacciones, en su caso Proceso de producción y sistema de loteado. Controles de calidad intermedios, en el proceso de producción, y final, del producto acabado Estudio de validación: sensibilidad y especificidad analítica y diagnóstica, repetibilidad y reproducibilidad, frente a patrones nacionales e internacionales de referencia; robustez; periodos de vida útil y de estabilidad real y forzada, interferencias y reacciones cruzadas observadas. Correlación con otras técnicas, cuando sea necesario Situación legal del país de origen, cuando proceda, junto con los textos informativos que acompañan el producto. Formas de presentación del producto: componentes, numero de determinaciones Proyectos de las etiquetas de los diversos formatos en los que se pretende presentar el producto Material de acondicionamiento y textos que se proponen para su comercialización en lengua oficial del Estado y en los que figurará como mínimo: o denominación comercial, o nombre y dirección del fabricante y del solicitante del registro, o nº de lote de fabricación, o fecha de caducidad, o instrucciones de uso e interpretación, o especie/s de destino y naturaleza de la muestra. Durante la tramitación del expediente, y una vez revisada la documentación pertinente, se requerirá mediante oficio o correo electrónico al interesado el envío de un determinado número de muestras del producto para su contrastación en el laboratorio correspondiente, en función de la enfermedad o parámetro que diagnostique y del periodo de caducidad propuesto. documento de autorización e inscripción, en el que figurará el número con el que queda inscrito el producto en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado, así como su etiqueta correspondiente debidamente sellada 9
10 B.2.-SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN EL REGISTRO DE UN REACTIVO DE DIAGNÓSTICO E INSCRIPCIÓN EN Anexo II. parte A. del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado por el futuro titular en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 049 Declaración de Método Validado, fechada, sellada y firmada por el director técnico responsable de la fabricación. Formas de presentación del producto: componentes, número de determinaciones. Originales de las etiquetas de los diversos formatos en los que se presente el producto. Escrito donde se detalle si ha habido algún tipo de variación menor respecto a las condiciones en que se autorizó, adjuntando, en su caso, la documentación pertinente donde se reflejen fehacientemente estas variaciones. Si las variaciones suponen un cambio significativo respecto a las condiciones bajo las que fue autorizado, se deberán aportar los requisitos que se especifican en el apartado 5 y solicitar la correspondiente modificación de la autorización. En el caso de que no haya habido variaciones, se presentará escrito, firmado por el representante legal o titular de la empresa, donde se haga constar claramente que no ha habido variación ninguna respecto a la autorización que se pretende renovar. Si la solicitud de renovación se presentase una vez expirado el plazo de autorización, se deberá presentar una nueva solicitud de autorización. Durante la tramitación del expediente, y una vez revisada la documentación pertinente, se requerirá, en su caso, mediante oficio o correo electrónico al interesado el envío de un determinado número de muestras del producto para su contrastación en el laboratorio correspondiente, en función de la enfermedad o parámetro que diagnostique y del periodo de caducidad propuesto. documento de renovación de la autorización e inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado y cuya validez, salvo disposición en contrario, será de otros 5 años. B.3.- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UN REACTIVO DE DIAGNÓSTICO: modificación de componentes, envase, denominación de producto, indicaciones de uso, texto de etiquetado etc. Anexo II. parte A. del Real Decreto 791/2015, debidamente cumplimentado por el futuro titular en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 049 Declaración de Método Validado, fechada, sellada y firmada por el director técnico responsable de la fabricación, si los cambios afectan a componentes o fases decisivas en el comportamiento del reactivo. Escrito donde se detalle el tipo de modificación que se solicita y las razones para tal solicitud, adjuntando, en su caso, los estudios de validación pertinentes o los textos o etiquetas donde se reflejen los cambios solicitados 10
11 Las modificaciones de la autorización no afectan al periodo de validez de la autorización original, salvo disposición en contrario, que se estableciese en su momento. Durante la tramitación del expediente, y una vez revisada la documentación pertinente, si las modificaciones afectasen de manera significativa a la funcionalidad del producto, se podrá requerir, mediante oficio o correo electrónico al interesado el envío de un determinado número de muestras del producto para su contrastación en el laboratorio correspondiente, en función de la enfermedad o parámetro que diagnostique y del periodo de caducidad propuesto. documento de modificación de la autorización e inscripción en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado. B.4.- SOLICITUD DE CAMBIO DE LA TITULARIDAD DE UN REACTIVO DE DIAGNÓSTICO Anexo II. parte A. del Real Decreto 791/2015 debidamente cumplimentado por el futuro titular en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 049 Constatación documental (escrituras, contrato, acuerdos comerciales, etc.) del cambio de titular del producto a favor de la entidad como nuevo titular. El nuevo titular debe acreditar que la entidad está autorizada para este tipo de productos en el Registro de Productos Zoosanitarios o en el caso de que sea entidad nueva, debe solicitar autorización o inscripción en dicho Registro. Adjuntar etiqueta del producto, conforme a los requisitos detallados en el apartado nº 3, en la que figuren las modificaciones realizadas referentes al nuevo titular. Los cambios de titularidad de la autorización no afectan al periodo de validez de la autorización original que se estableciese en su momento. documento de cambio de titularidad del producto, que será remitido al interesado. B.5.- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UN REACTIVO DE DIAGNÓSTICO MARCA BLANCA DE OTRO PREVIAMENTE REGISTRADO Anexo II. parte A. del Real Decreto 791/2015, debidamente cumplimentado en todos sus epígrafes sellado y firmado de forma legible por el representante legal o titular de la entidad o hará figurar su nombre y apellidos bajo la firma. 049 Escrito de cesión por parte de la entidad titular de la marca original, o bien, en el caso de que sea el propio titular del producto original el que desea comercializar una marca blanca de este, deberá hacerlo constar en el apartado nº 10 del Anexo I.A., indicando el número de registro del reactivo de diagnóstico de marca original previamente registrado. Declaración de Método Validado, fechada, sellada y firmada por el director técnico responsable de la fabricación con los siguientes datos: 1. Objetivos de la validación 2. Diseño de la validación 11
12 Resultados de los parámetros de validación (con intervalos de confianza). Nº e identificación de las muestras utilizadas para la valoración de cada parámetro Metodología utilizada para el cálculo de resultados Correlación con otras técnicas, en su caso 3. Valoración final Originales de las etiquetas de los diversos formatos en los que se presente el producto, que deberán ser idénticas en cuanto a contenido a la del reactivo de diagnóstico de marca original previamente registrado, variando únicamente el nombre, el número de registro y nuevo titular, si procede. Durante la tramitación del expediente, y una vez revisada la documentación pertinente, se requerirá mediante oficio o correo electrónico al interesado el envío de un determinado número de muestras del producto para su contrastación en el laboratorio correspondiente, en función de la enfermedad o parámetro que diagnostique y del periodo de caducidad propuesto. documento de autorización e inscripción, en el que figurará el número con el que queda inscrito el producto en el Registro de Productos Zoosanitarios, que será remitido al interesado, así como su etiqueta correspondiente debidamente sellada. 12
REQUISITOS DOCUMENTALES ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS PARA LAS SOLICITUDES DE REGISTRO, MODIFICACIONES Y RENOVACIONES DE ENTIDADES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE DIRECCION GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA SUBDIRECCION GENERAL DE SANIDAD E HIGIENE ANIMAL Y TRAZABILIDAD REQUISITOS DOCUMENTALES ADMINISTRATIVOS
Más detallesREGISTRO DE KITS DE DIAGNOSTICO CONTRASTACIÓN
REGISTRO DE KITS DE DIAGNOSTICO CONTRASTACIÓN LABORATORIO CENTRAL DE VETERINARIA Esmeralda del Sur Mora Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal RD 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan
Más detallesNota informativa. Sobre el procedimiento de certificación en las exportaciones de medicamentos de uso veterinario y zoosanitarios
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACUERDOS SANITARIOS Y CONTROL EN FRONTERA Nota informativa Sobre el
Más detalles- el artículo 4 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia.
Transmisiones de oficinas de farmacia La transmisión de las oficinas de farmacia de la Comunidad de Madrid está regulada en: - el artículo 4 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios
Más detallesCIRCULAR NÚMERO 4/2008. ORGANISMO: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
agencia española de medicamentos y productos sanitarios CIRCULAR NÚMERO 4/2008 ORGANISMO: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios CONTENIDO: Ordenación del procedimiento de revalidación
Más detallesRegistro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. 1. Inscripción
Más detallesGUÍA DE TRAMITACIÓN - SERVICIOS COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD DE UN SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL
GUÍA DE TRAMITACIÓN - SERVICIOS COMUNICACIÓN DE INICIO DE ACTIVIDAD DE UN SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL COMUNICACIÓN DE ACTUACIONES POSTERIORES AL INICIO DE ACTIVIDAD DE UN SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL La prestación
Más detallesAutorización de oficinas de farmacia
Autorización de oficinas de farmacia Documentación a presentar a) INSTALACIÓN DE NUEVA OFICINA: 1. Original o fotocopia compulsada de documento que justifique la disponibilidad jurídica del local propuesto:
Más detallesGUÍA DE TRAMITACIÓN - SERVICIOS
GUÍA DE TRAMITACIÓN - SERVICIOS COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD DE UN SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL. COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTUACIONES POSTERIORES AL INICIO DE ACTIVIDAD DE UN SERVICIO DE ACCIÓN
Más detallesINTRODUCCIÓN SOLICITUD
1. INTRODUCCIÓN Conforme la Ley Federal de Sanidad Animal y su Reglamento, instrumentos legales en los cuales se dispone que la Secretaría estará facultada para determinar, evaluar, dictaminar, registrar,
Más detallesINSTRUCIONES. Para cumplimentar el formulario F-DSA-CEAD-01
INSTRUCIONES Para cumplimentar el formulario F-DSA-CEAD-01 Solicitud de autorizaciones / renovación de actividad de centros y escuelas de Aviación Deportiva Esta guía es de aplicación a los centros y escuelas
Más detallesINSTRUCTIVO EXTERNO MODIFICACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN SANITARIA DE ALIMENTOS PROCESADOS. [Versión 2.0]
[Versión 2.0] Coordinación General Técnica de Certificaciones y Autorizaciones y Buenas Prácticas Sanitarias Dirección Técnica de Alimentos Procesados, Agua Procesada, Plaguicidas, Cosméticos, Productos
Más detallesQué requisitos debe cumplir una industria para iniciar la actividad e inscribirse en el Registro?
GUIA DEL RIAA REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS: Qué empresas deben registrarse? Todas las empresas que cuenten con establecimientos ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que realicen,
Más detallesNUEVAS TASAS DE LA AEMPS (vigentes desde el 26 de julio de 2013)
Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, por la Ley 10/2013, de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento (B.O.E.
Más detallesOrden Foral 573/2014, de 28 de octubre, por la que se regula el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Orden Foral 573/2014, de 28 de octubre, por la que se regula el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter
Más detalles4 ADMINISTRACIÓN DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA
212 Jueves, a 6 de noviembre de 2014 4 ADMINISTRACIÓN DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS ORDEN FORAL 573/2014, de 28 de octubre, por la
Más detallesOrden Foral 573/2014, de 28 de octubre, por la que se regula el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Orden Foral 573/2014, de 28 de octubre, por la que se regula el censo de representación legal de la Diputación Foral de Gipuzkoa. NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter
Más detallesINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación
Más detalles1.- INTRODUCCIÓN 2.- REFERENCIAS LEGISLATIVAS
1.- INTRODUCCIÓN El Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios (B.O.E. 6.11.2009), establece, en su artículo 9, la necesidad de licencia previa de las entidades
Más detallesNormas Jurídicas de Nicaragua. Materia: Salud Rango: Normas Técnicas
Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Salud Rango: Normas Técnicas - ANEXO DE LA RESOLUCIÓN No. 176-2006 (COMIECO XXXVIII) REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO: ALIMENTOS PROCESADOS. PROCEDIMIENTO PARA
Más detallesMODIFICACION REGISTRO SANITARIO MEDICAMENTO
MODIFICACION REGISTRO SANITARIO MEDICAMENTO MODIFICACIONES POSTERIORES AL REGISTRO SANITARIO Toda modificación en la información que se haga posterior al registro sanitario, deberá ajustarse a lo establecido
Más detallesSUBDIRECCIÓN DE REGISTRO SANITARIO GRUPO DE MEDICAMENTOS IN IMA
SUBDIRECCIÓN DE GRUPO DE MEDICAMENTOS IN IMA Bogotá, Junio 2008 DECRETO 677 DE 1995 ARTICULO 27 COMISION REVISORA De la evaluación farmacológica Comprende el procedimiento mediante el cual la autoridad
Más detallesA.C.P.S.I.E Nº REF. LGPSI Thoroughbred Stud-Book of Spain. C/ Domenico Scarlatti nº 1 Li. Teléfono.+(34) Fax..
A.C.P.S.I.E Nº REF. LGPSI 08 003 QUE ACTUACIONES PUEDO SOLICITAR DEL LIBRO GENEALOGICO El libro genealógico realiza, entre otras, las siguientes actuaciones. 1. Asignación de código de ganadero. 2. Actualización
Más detallesINSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL MODELO (*)
NOTA INFORMATIVA Protección de datos.- A los efectos previstos en el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (BOE del 14/12/1999), de protección de datos de carácter personal, se les
Más detallesRepetición de pruebas locales La perspectiva del regulador. Q.F.B. Iván Valentín Cruz Barrera Gerente de Fármacos y Medicamentos
Repetición de pruebas locales La perspectiva del regulador Q.F.B. Iván Valentín Cruz Barrera Gerente de Fármacos y Medicamentos Septiembre 2016 Introducción Para importar y comercializar medicamentos en
Más detallesInstructivo para realizar trámites de AUTORIZA- CIÓN DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN AVISO DE LLEGADA (Res. SENASA 594/2015) Horarios de Mesa de Entrada
Instructivo para realizar trámites de AUTORIZA- CIÓN DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN AVISO DE LLEGADA (Res. SENASA 594/2015) Horarios de Mesa de Entrada Para presentar AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN e IMPORTACIÓN
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LAS EXPORTACIONES DE MEDICAMENTOS EN CONCEPTO DE DONACIONES HUMANITARIAS
INSTRUCCIONES PARA LAS EXPORTACIONES DE MEDICAMENTOS EN CONCEPTO DE DONACIONES HUMANITARIAS Fecha de publicación: 27 de junio de 2013 El incremento de las exportaciones de medicamentos en concepto de donaciones
Más detallesInstructivo para realizar trámites de AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN AVISO DE LLEGADA (Res. SENASA 594/2015) Horarios de Mesa de Entrada
Instructivo para realizar trámites de AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN AVISO DE LLEGADA (Res. SENASA 594/2015) Horarios de Mesa de Entrada Para presentar AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN e IMPORTACIÓN
Más detalles1.- OBJETIVO 2.- FUNDAMENTO
agencia española de PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN Y USO DE IMMOBILON / REVIVON Y COORDINACIÓN DE ACTUACIONES ENTRE LA SUBDIRECCION GENERAL DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE MEDICAMENTOS Y LA SUBDIRECCION
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. Versión [2.0] P á g i n a 1 9
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS Versión [2.0] Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones Coordinación
Más detallesGUÍA PRÁCTICA DE ASOCIACIONES
GUÍA PRÁCTICA DE ASOCIACIONES REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES Y SERVICIO DE UTILIDAD PÚBLICA Subdirección General de Asociaciones, Archivos y Documentación Secretaría General Técnica SECRETARÍA GENERAL
Más detallesGUIA ACTIVIDADES QUE EJECUTA LA EMPRESA REGISTRANTE PARA LA MODIFICACIÓN DE REGISTRO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO EXCLUSIVAMENTE VETERINARIO
DE USO ECLUSIVAMENTE VETERINARIO 1. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 1.1. Definiciones Director/a Técnico/a: Químico farmacéutico, médico veterinario u otro profesional idóneo, el cual es responsable ante el
Más detallesDATOS A EFECTOS DE CARTAS / NOTIFICACIONES:
CONSEJERIA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN OFICINA DE CALIDAD ALIMENTARIA (ODECA) AGRICULTURA ECOLÓGICA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN REGISTRO DE: Comercializador Importador Nº de Registro entrada : DATOS
Más detalles1. Tipo de solicitud: Señalar con una cruz en la casilla de la izquierda, según la opción que corresponda.
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE ANEXO I DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN SECCIÓN PRIMERA DEL REGISTRO DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE ARAGÓN, Y DE ANEXO V DE REPRESENTACIÓN, DIRECTAMENTE
Más detallesDeberá aportar original o fotocopia compulsada de los siguientes documentos:
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN SOLICITUD O RENOVACIÓN DE LICENCIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS (NO PROPIETARIO DE PERRO) SOLICITANTE: Apellidos... Nombre...
Más detallesCONTROL SANITARIO EN EL COMERCIO EXTERIOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
CONTROL SANITARIO EN EL COMERCIO EXTERIOR DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Carmen Bueno Senante LEGISLACIÓN Ley 14/1986 General de Sanidad. Art. 38 que regula las actividades de sanidad exterior RD 1418/1986
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. (Versión 2.2) 0 P á g i n a
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS (Versión 2.2) Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones Coordinación
Más detallesINSTRUCTIVO EXTERNO MODIFICACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN SANITARIA.- ALIMENTOS PROCESADOS. (Versión 1.0)
INSTRUCTIVO EXTERNO MODIFICACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN SANITARIA.- (Versión 1.0) Coordinación General Técnica de Certificaciones Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. (Versión 2.1) P á g i n a 1 7
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS (Versión 2.1) Dirección Técnica de Registro Sanitario, Not ificación Sanit aria Obligatoria y Autorizaciones Coordinación
Más detallesMANUAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE ELABORACIONES ECOLÓGICAS POR CPAEN-NNPEK
MANUAL PARA LA CERTIFICACIÓN DE ELABORACIONES ECOLÓGICAS POR CPAEN-NNPEK El presente documento tiene como objeto informarle de los requisitos básicos y el proceso a seguir para obtener el certificado de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 20 LUNES 25 DE ENERO DE 2016 Pág. 27 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Sanidad 8 RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2016, de la Dirección General de Inspección y Ordenación,
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 28 de enero de 2005
Real Decreto 1785/2000, de 27 de octubre, sobre la circulación intracomunitaria de medicamentos de uso humano. Ministerio de Sanidad y Consumo «BOE» núm. 259, de 28 de octubre de 2000 Referencia: BOE-A-2000-19388
Más detalles1. NOMBRE CONCENTRACION 2. R.S.N 3. ORIGEN. 4. SUSTENTO DEL REGISTRO : Suplemento de Referencia C.L.C. OPINIÓN DEL CEMIS
MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS INSUMOS Y DROGAS DIRECCIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS SOLICITUD-DECLARACIÓN JURADA PARA LA INSCRIPCION Y REINSCRIPCION DEL REGISTRO SANITARIO DE
Más detalles4.1. INSCRIPCIÓN EL REGISTRO DE VITICULTORES 4.2 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE BODEGAS 5.1. MANTENIMIENTO EN EL REGISTRO DE VITICULTORES
Página 1 de 15 PROCEDIMIENTO 02 ÍNDICE 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. FINALIDAD 4. CONTROL Y CERTIFICACIÓN INICIAL. 4.1. INSCRIPCIÓN EL REGISTRO DE VITICULTORES 4.2 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE BODEGAS 5. MANTENIMIENTO
Más detallesREGISTRO DE CENTROS Y ENTIDADES
Nº procedimiento 010319 Consejería de Empleo y Economía Código SIACI SE86 REGISTRO DE CENTROS Y ENTIDADES 1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE CIF RAZÓN SOCIAL DOMICILIO POBLACIÓN PROVINCIA C.P. TELEFONO
Más detallesANEXO 3: GUÍA DE REQUISITOS
: GUÍA DE REQUISITOS Para la modificación de Registro Sanitario.- Alimentos procesados Versión [3.0] Diciembre, 2014 CONTENIDO 1. OBJETIVO... 2 2. PASOS A SEGUIR... 2 1 P á g i n a 1. OBJETIVO Informar
Más detallesAyuntamiento de Arroyomolinos CONCEJALÍA DE URBANISMO Licencias de Obras. COMUNICACIÓN PREVIA
1 OBRAS / ACTIVIDADES Y Fecha Ayuntamiento de Arroyomolinos CONCEJALÍA DE URBANISMO Licencias de Obras. COMUNICACIÓN PREVIA SOLICITANTE.... OBRAS........... EMPLAZAMIENTO......... 2 OBRAS / ACTIVIDADES
Más detallesREGISTRO DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE REGISTRO DE PRODUCTOS ZOOSANITARIOS SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN E INSCRIPCIÓN,
Más detallesCONTROL SANITARIO EN FRONTERA DE COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL Y BIOCIDAS
CONTROL SANITARIO EN FRONTERA DE COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE CUIDADO PERSONAL Y BIOCIDAS ANA DÍEZ NAVARRO SERVICIO DE INSPECCIÓN FARMACÉUTICA Y POLÍTICA SOCIAL DELEGACIÓN DEL C/ BERGARA 1208002 BARCELONA
Más detallesRECONOCIMIENTO MUTUO DE REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO
AMBITO DE APLICACIÓN ANEXO 2 DE LA RESOLUCIÓN No. 333-2013 (COMIECO-LXVI) RECONOCIMIENTO MUTUO DE REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS PARA USO HUMANO El Reconocimiento aplica a todo registro sanitario de
Más detallesREGULACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO ANIMAL
REGULACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CONSUMO ANIMAL FUNDAMENTO LEGAL Ley Federal de Sanidad Animal. Título sexto Reglamento de la LFSA. Artículos 149, 150, 151, 161, 162, 166 y 169. Normas Oficiales
Más detallesAutorización de almacén farmacéutico de distribución de medicamentos de uso humano
Autorización de almacén farmacéutico de distribución de medicamentos de uso humano Documentación a presentar Autorización inicial: 1. Copia del DNI/NIF del titular y del representante, en su caso. (Si
Más detallesProcedimiento para el Reconocimiento Sanitario e inscripción en el Censo de Servicios Biocidas Reconocidos de Andalucía (CSBRA)
Procedimiento para el Reconocimiento Sanitario e inscripción en el Censo de Servicios Biocidas Reconocidos de Andalucía (CSBRA) Instrucciones para cumplimentar la solicitud de reconocimiento sanitario
Más detallesGuía de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos de Uso Humano y Veterinario. Anexo 19: Muestras de referencia y muestras de retención
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN Y CONTROL DE MEDICAMENTOS Guía de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos de Uso Humano y Veterinario Anexo 19: Muestras de referencia y muestras de retención
Más detallesMODELO DE SOLICITUD (ANEXO I) NIF/NIE:... Nombre y Apellidos:... Teléfono Fijo:... Teléfono Móvil:... Correo Electrónico:... Fax:. Cargo:...
MODELO DE SOLICITUD (ANEXO I) 1.- Datos del representante o interesado: NIF/NIE:... Nombre y Apellidos:... Teléfono Fijo:... Teléfono Móvil:...... Correo Electrónico:... Fax:. Cargo:...... 2.- Datos del
Más detallesSOLICITUD DE LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
SOLICITUD DE LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS SOLICITANTE DNI APELLIDOS NOMBRE DOMICILIO Nº ESCALERA PISO-PUERTA MUNICIPIO CODIGO POSTAL PROVINCIA TELEFONO DATOS A EFECTOS DE
Más detallesREGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS VITAMÍNICOS. MODALIDAD A Registro Sanitario de medicamentos vitamínicos de fabricación de nacional.
04-008 REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS VITAMÍNICOS MODALIDAD A Registro Sanitario de medicamentos vitamínicos de fabricación de nacional. Requisitos y sus principales motivos de Prevención 1. Solicitud.
Más detallesSOLICITUD MODIFICACIÓN RENOVACIÓN
ANEXO I PCP Formulario de solicitud, modificación o renovación de una AUTORIZACIÓN GENÉRICA para el desarrollo de la actividad de transporte terrestre de contenedores en el Puerto de Valencia A. OBJETO
Más detallesREGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS RELACIONADOS CON EL MEDICAMENTO VETERINARIO EN LA REGION DE MURCIA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y MEDIO AMBIENTE REGIÓN DE MURCIA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO REGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS RELACIONADOS CON EL MEDICAMENTO VETERINARIO EN LA REGION DE MURCIA
Más detalles7ª. Avenida zona 13. Edificio VISAR. PBX extensión
Elaborado: Personal profesional del Programa Nacional de Sanidad Acuícola -PRONASA-. Revisado: Programa Nacional de Sanidad Acuícola PRONASA-. Aprobado: Dirección de Sanidad Animal. Fecha: 10/10/2016 Versión:
Más detalles1 DATOS DEL TITULAR IDE: IDT:
Región de Murcia Consejería de Sanidad Dirección General de Salud Pública y Adicciones Servicio de Seguridad Alimentaria y Zoonosis Nº Procedimiento: 710 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ART.69 LEY 39/2015
Más detalles(Aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de )
Normativa de Homologación de títulos extranjeros de Educación Superior a Títulos Oficiales de Máster y de Doctor por la Universidad de La Rioja (al amparo del R.D. 285/2004 de 20 de febrero, modificado
Más detallesManual para la presentación de alegaciones y entrega de documentación tras la Propuesta Provisional de Resolución
Consejería de Agricultura, Pesca y Manual para la presentación de alegaciones y entrega de documentación tras la Propuesta Provisional de Resolución Medida 121.2 Modernización de explotaciones agrarias
Más detallesSUBPROCESO DE COSMÉTICOS Y PRODUCTOS HIGIÉNICOS
Página 1 de 5 OBJETIVO: Orientar al usuario externo en lo referente a los documentos que se deben adjuntar para Información de Cambios en la Notificación Sanitaria Obligatoria para productos de higiene
Más detallesPor todo ello y en uso de las facultades que tengo conferidas. DISPONGO: Artículo 1. Creación.
ORDEN DE 13 DE ENERO DE 1997, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LA QUE SE CREA Y REGULA EL REGISTRO DE ENVASADORES Y EMBOTELLADORES DE VINOS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y EL REGISTRO DE PRODUCTOS
Más detallesSOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA MEJORA DE CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS
Nº Procedimiento 030126 Consejería de Código SIACI SJ4C Nº EXPEDIENTE: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA MEJORA DE CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTONOMOS DATOS DE LA PERSONA
Más detalles3 DISPOSICIONES GENERALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA
212 Jueves, a 6 de noviembre de 2014 3 DISPOSICIONES GENERALES DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN FORAL Y FUNCIÓN PÚBLICA Orden Foral de 4
Más detallesEXPORTACIÓN A BRASIL
EXPORTACIÓN A BRASIL INFORMACIÓN ESPECÍFICA PROCEDIMIENTO AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PARA LA EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO La información recogida en esta
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
ORDENANZA REGULADORA DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CENTROS VETERINARIOS Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La ley andaluza 11/2003, de 24 de
Más detallesFecha de solicitud: Durante todo el año, con una antelación mínima de TREINTA días al previsto para la celebración de la actividad o evento.
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DE USO PÚBLICO Y DE TITULARIDAD MUNICIPAL, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON O SIN ÁNIMO DE LUCRO, VINCULADAS O RELACIONADAS CON
Más detallesNORMATIVA PARA EL REGISTRO DE PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA EN EL ECUADOR. Ing. Pablo Escobar B.
NORMATIVA PARA EL REGISTRO DE PLAGUICIDAS DE USO AGRÍCOLA EN EL ECUADOR Ing. Pablo Escobar B. NORMATIVA SUPRANACIONAL NORMATIVA VIGENTE NORMATIVA NACIONAL 1. Decisión 436 y sus Modificatorias (Norma Andina
Más detalles1. NOMBRE CONCENTRACION 2. R.S.N 3. ORIGEN. Artículo Nº DOMICILIO LEGAL AV./Calle/Jr. 11. Nº 12. R.U.C. N
MINISTERIO DE SALUD SOLICITUD-DECLARACIÓN JURADA PARA EL REGISTRO SANITARIO DE OTROS PRODUCTOS FARMACEUTICOS DISTINTOS A MEDICAMENTOS CERTIFICADO DE LIBRE COMERCIALIZACION CERTIFICADO DE CONSUMO DIRECCIÓN
Más detallesANEXO I PCP. Domicilio a efecto de notificaciones (indicar sólo en caso de ser distinto al anterior): Telf., Fax,
ANEXO I PCP Formulario de solicitud, modificación o renovación de una AUTORIZACIÓN GENÉRICA para el desarrollo de la actividad de transporte terrestre de contenedores en el Puerto de Valencia A. OBJETO
Más detallesREGISTRO Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO VETERINARIO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Nº2 FARMA/MP2
Página 1 de 7 REGISTRO Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO VETERINARIO MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Nº2 DIVISION PROTECCION PECUARIA SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO -CHILE Página 2 de 7 INDICE I. INTRODUCCIÓN
Más detallesINSTRUCCIONES. PRIMERA.- Modelo de documento de ingreso.
INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y POLÍTICA FINANCIERA, DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2003, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN E INGRESO DE LAS FIANZAS DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
Más detallesDocumentación a presentar (los documentos requeridos podrán ser copias):
Inscripción en los Registros especiales de empresas de actividades industriales reguladas (Documento de Calificación Empresarial o Certificado de Registro de Empresa) Documentación a presentar (los documentos
Más detallesGUIA ACTIVIDADES QUE EJECUTA EL SOLICITANTE PARA LA RENOVACIÓN DE REGISTRO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE USO EXCLUSIVAMENTE VETERINARIO
1. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 1.1. Definiciones Director/a Técnico/a: Químico farmacéutico, médico veterinario u otro profesional idóneo, el cual es responsable ante el Servicio Agrícola y Ganadero de
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO/RENOVACIÓN DE IMPORTADORES, COMERCIALIZADORES, PRODUCTORES O FABRICANTES DE FERTILIZANTES, ENMIENDAS DE SUELO Y AFINES.
PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO/RENOVACIÓN DE IMPORTADORES, COMERCIALIZADORES, PRODUCTORES O FABRICANTES DE FERTILIZANTES, ENMIENDAS DE SUELO Y AFINES. 1.- DEL REGISTRO COMO IMPORTADOR Y/O COMERCIALIZADOR
Más detallesHOJA INFORMATIVA Nº 63
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN SUBDIRECCIÓN GRAL. DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 63 MODIFICACIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULO Y GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR 1 Procedimiento para la homologación de títulos
Más detallesREGLAMENTO DEL REGISTRO DE UNIONES DE HECHO BOC 22/05/2012. Capítulo I
Del Registro de Uniones de Hecho Art. 1. Objeto Capítulo I El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas de organización y funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho, previsto en la
Más detallesGUÍA DE ACCESO A LA MARCA ALIMENTOS DE VALLADOLID
GUÍA DE ACCESO A LA MARCA ALIMENTOS DE VALLADOLID 1. Qué es la Marca Alimentos de Valladolid? 2. Qué ventajas supone la adhesión a la Marca? 3. Quiénes pueden solicitar la Marca Alimentos de Valladolid?
Más detallesMOTIVOS PARA LA VERIFICACION
3/junio/20105 VERIFICACIÓN Constatación ocular, revisión documental y comprobación mediante muestreo y análisis de laboratorio oficial aprobado o autorizado. (Art. 4 LFSA) Para vigilar el cumplimiento
Más detallesSOLICITUD DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN U OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES
SOLICITUD DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN U OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES TIPO DE DERECHO Acceso Rectificación Cancelación Oposición 1. DATOS DEL SOLICITANTE O DE SU REPRESENTANTE Nombre del Titular
Más detallesCOMERCIALIZACIÓN DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE O DE PRODUCTOS QUE LOS CONTENGAN
COMERCIALIZACIÓN DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE O DE PRODUCTOS QUE LOS CONTENGAN SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN Nº DE EXPEDIENTE REGISTRO PRESENTACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN REGISTRO ENTRADA EN EL ORGANO/ORGANISMO
Más detallesREAL DECRETO 2208/1994, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS MEDICAMENTOS HOMEOPATICOS DE USO HUMANO DE FABRICACION INDUSTRIAL
REAL DECRETO 2208/1994, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS MEDICAMENTOS HOMEOPATICOS DE USO HUMANO DE FABRICACION INDUSTRIAL (BOE núm. 284, de 28 noviembre [RCL 1994, 3288]) Editorial Aranzadi
Más detallesAGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA
CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. INSTRUCCIONES... 3 2.1 CONSIDERACIONES GENERALES... 3 2.2 REQUISITOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE OBTENCIÓN DEL CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN SANITARIA
Más detallesSOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL
Centro Cultural C/ Presbítero Emilio García, s/n 30800 Lorca (Murcia) transportes@lorca.es SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE REGULAR DE USO ESPECIAL TIPO DE SOLICITUD Primera autorización Renovación
Más detallesBOCM. C) Otras Disposiciones I. COMUNIDAD DE MADRID BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Consejería de Educación e Investigación
Pág. 167 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación e Investigación 19 RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2018, de la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, por la que se dictan
Más detallesINSTRUCCIONES Para el llenado de las solicitudes de Certificado de Obtentor
Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías Calle de la Prosa 104 San Borja Teléfono: 224-7800 anexos 3805-3806-3801-3811 Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30 INSTRUCCIONES Para el llenado
Más detallesRequisitos Características Motivos de Prevención Para todos los casos
Requisitos Características Motivos de Prevención Para todos los casos 1. Formato de Solicitudes. 2. Comprobante de pago de derechos. 3. Número o copia simple del Registro Presentar el formato de solicitudes
Más detalles