DIRECTIVA N ME/DREA/UGEL-S/AGP-D
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- María Carmen García Segura
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1 Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional DIRECTIVA N ME/DREA/UGEL-S/AGP-D ORIENTACIONES PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2018 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE EBR, EBE, EBA Y ETP DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SANTA. I. FINALIDAD Establecer las disposiciones pedagógicas y administrativas para la finalización del año escolar 2018 en las instituciones educativas Públicas y Privadas de la Educación Básica Regular, Educación Básica Especial y Educación Básica Alternativa, del ámbito de la UGEL Santa. II. OBJETIVOS 2.1. Establecer las orientaciones y procedimientos pedagógicos y administrativos que garanticen una adecuada presentación de los documentos oficiales de finalización del año escolar Garantizar en los directores, subdirectores y docentes de la EBR, EBE Y EBA, ETP el cumplimiento de los compromisos de Gestión Escolar y dispositivos normativos del Ministerio de Educación Orientar a los directores, sub directores y docentes de EBR, EBE Y EBA concerniente a las acciones Técnico Pedagógicas, Administrativas y documentos de gestión para un buen inicio del año escolar III. ALCANCES 3.1. Dirección de la UGEL- Santa Direcciones de las Áreas UGEL-Santa Dirección de Instituciones Educativas Públicas (incluidas las JEC) y Privadas Docentes de Instituciones Educativas Públicas y Privadas. IV. BASE LEGAL 4.1. Constitución Política del Perú Ley N 28044, Ley General de Educación Ley N 26549, Ley de los Centros Educativos Privados Ley N 28628, Regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial Ley N 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 29733, Ley de Protección de Datos Personales D.S.N ED, Norma que determina las horas efectivas D.S.N ED, Reglamento de Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva D.S. N ED, que aprueba Reglamento de Infracciones y Sanciones para II.EE.Particulares R.M.N ED, Aprueban Directiva sobre Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes en la EBR, Directiva N 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes.
2 4.13. R.M.N ED, Modificación de la Directiva N 004-VMGP-2005-Evaluación de los Aprendizajes R.M.N ED, determinación de los cinco alumnos que han obtenido los más altos promedios generales al concluir la Educación Secundaria R.M.N ED, Aprueba el Diseño Curricular Nacional de EBR R.M.N MINEDU, aprueba modificar parcialmente el Diseño Curricular Nacional de la educación Básica Regular R.M. N MINEDU, aprueba Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica R.M N MINEDU, aprueba Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica RM. N MINEDU, aprueba Norma que regula el Registro de la trayectoria educativa del estudiante de Educación Básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE) R.V.M. N O ED, aprueba Cuadro de equivalencias de la Educación Básica Alternativa con la Educación Básica Regular y la Educación de Adultos R.V.M. N MINEDU, aprueba Normas para la planificación, creación, implementación, funcionamiento, evaluación, renovación y cierre de Programas No Escolarizados de Educación Inicial-PRONOEI R. S.G. N MINEDU, aprueba Lineamientos que regulan las formas de atención diversificada en el nivel de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular en el ámbito rural V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El año escolar 2018 concluye en cada institución educativa pública el 21 de diciembre, según la calendarización aprobada con R.D. y haber cumplido con las horas lectivas mínimas establecidas en cada nivel y modalidad educativo Las II.EE. Privadas concluyen su año escolar según su programación aprobada con R.D. asegurando el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas en cada nivel y modalidad educativo. (sustentarán con copia de haber remitido a la UGEL -Santa) 5.3. Los directores(as) y profesoras coordinadoras de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de EBR, EBE Y EBA, son responsables de la planificación del año escolar Los directores(as) de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, con la participación responsable de los docentes, generan y aprueban las actas de evaluación final en el SIAGIE, hasta el 31 de enero El incumplimiento es responsabilidad administrativa y funcional del Director(a) Los estudiantes deben figurar en las actas oficiales de evaluación con su número de DNI validado, en caso de estudiantes de otros países (extranjeros) que no cuenten con DNI. El código se genera con (14) dígitos adjuntando la evidencia Toda vez que en la sede UGEL Santa, aún no está digitalizado las actas de evaluación en Secretaria General-actas y certificados, siendo necesario para los casos de visaciones, la presencia de actas en físico y originales firmadas, para viaje nacional y/o extranjero, PNP, traslados, extravío de documentos en II.EE, postulaciones a Universidades, programas que requieren visaciones, constancia de firma en actas (de II.EE. Privadas para concursos), etc. se debe presentar las actas de evaluación en físico a esta sede Las actas finales en su periodificación, considerarán fecha de inicio: 12/03/2018 fecha de culminación 21/12/2018, solamente al cerrar las actas (reverso) colocarán la fecha de culminación Los instrumentos de Gestión para el año lectivo 2019 deben ser elaborados de manera participativa, mantenerse actualizados y aprobados con R.D en el mes de diciembre (en
3 coherencia a las orientaciones de la R.M. N MINEDU), como son el PEI, PAT, PCI y R.I Los directores de II.EE públicas y privadas de Educación Básica Regular deben presentar por mesa de partes de la UGEL Santa, la documentación excepcionalmente (priorizando los certificados de estudios para visaciones y actas oficiales) requerida de finalización del año escolar hasta el 31 de enero del La clausura del año escolar 2018 en las IIEE y Programas Educativos se realizará una vez culminado las clases y contar con toda la documentación para presentar al órgano intermedio siendo responsabilidad del Director(a) de la IE Los directores(as) encargados, docentes contratados, encargados de la dirección de I.E del nivel inicial y primario deberán portar al término del año escolar, una constancia otorgada por el CONEI APAFA, sobre la entrega de: inventario, nóminas de matrícula, actas de evaluación, registros, etc Los certificados de estudios son de expedición gratuita para los estudiantes que concluyen Inicial de 5 años, 6 de primaria y 5 de educación secundaria de menores en Instituciones Educativas Públicas En el acto de clausura, los directivos y docentes de las instituciones Educativas y Programas Educativos Públicos de la Educación Básica Regular, teniendo como referencia las actas oficiales, entregarán a los padres de familia, tutores legales y/o apoderados la BOLETA DE INFORMACIÓN generada por el Sistema de Información de Apoyo de la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE). Con relación a los Centros de Educación Básica Especial (CEBE) y el Programa de Intervención Temprana (PRITE), debe entregarse a los padres de familia, tutores legales y/o apoderados el Plan de Orientación Individual (POI). En los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) se entregan a los estudiantes la Libreta de información de conformidad al plan de estudios Concluidas las clases en las instituciones educativas, se deberá priorizar el ingreso de las actas consolidadas de evaluación del nivel secundaria. Esto permitirá que las instituciones educativas atiendan preferentemente la emisión de los certificados de estudio a favor de este grupo poblacional, extendiéndoles dicho documento para su oportuna presentación a los Institutos y Universidades, en caso de solicitarlo para su postulación Las Instituciones Educativas de la EBR/ modalidad/forma y Programas Educativos deberán presentar a la Unidad de Gestión Educativa Local- Santa el informe por niveles educativos (por separado), y modalidad el balance del cumplimiento de los compromisos de Gestión Escolar (05) Anual Este informe tendrá una extensión máxima de 5 páginas. Se debe presentar en físico y en digital (CD) La Evaluación de Ubicación (primaria) es un proceso que se utiliza para determinar el grado de estudio en que debe matricularse el estudiante que no se incorporó oportunamente al sistema escolarizado, siempre que tenga siete o más años de edad. También se aplica para quienes interrumpieron sus estudios por más de un año lectivo y desean reiniciar sus estudios, dicho proceso se realizará antes del inicio del año escolar y deben de presentar los siguientes documentos: Solicitud dirigida al Director(a) de la I.E, adjuntando Partida de Nacimiento, DNI y/o certificado de estudios. R.D. de autorización y conformación de la comisión de evaluación. Informe detallado de la comisión de evaluación. (fecha, áreas, competencias, capacidades evaluadas, desempeños y resultados). R.D. de aprobación de los resultados de evaluación. Acta de evaluación final - SIAGIE Durante la matrícula, en la I E o Programa, está PROHIBIDA cualquier práctica discriminatoria. La matrícula no está condicionada a examen de ingreso, admisión u otro tipo de evaluación directa al niño(a), joven o adulto, siendo responsable el Director(a).
4 5.18. Los estudiantes que por razones de viaje u otros motivos, no pueden rendir la evaluación de recuperación en su I.E. de origen, lo rinden en otra I.E. siempre y cuando tengan obligatoriamente la autorización expedida por la Dirección de la I.E. de origen e informe oportunamente de los resultados; caso contrario es nula toda evaluación. El acta de evaluación de recuperación debe registrarse en el SIAGIE En las Instituciones Educativas Públicas y Privadas, los responsables de firmar las actas oficiales de evaluación, son los docentes que estuvieron a cargo el año escolar 2018, no se visará si las actas están firmadas solo por el Director(a) Es de responsabilidad de la comisión de revisión de notas en las actas (educación secundaria), verificar si las áreas de subsanación (años anteriores) aparecen en el acta final, precisamente y debido a algunos errores en las que el sistema no los arroja y/o se ha consolidado en su oportunidad. Bajo responsabilidad del director de la I.E La dirección de la I.E. está facultada para programar, organizar y ejecutar el Programa de Recuperación Pedagógica en el período vacacional. Los estudiantes de las II.EE. públicas y privadas pueden participar en el Programa que tendrá una duración de (6) semanas efectivas, para su autorización, el director de la I.E. debe alcanzar a la UGEL el Plan detallado: Monto de cuotas, reglamento interno, reglamento de supervisión, hasta el 28 de diciembre de El coordinador del PRP es un docente que no cumple funciones administrativas designadas por la dirección, este asume el debido proceso de la ejecución de mencionada actividad. Los costos del PRP deben ser el equivalente a 0.05 % de la UIT. El monto recaudado en el PRP., se distribuye de la siguiente manera: 15 % para el director y coordinador(a); 65 % para el docente; 10 % para el personal administrativo y de apoyo; 5% para los materiales de impresión, útiles de escritorio a emplearse en el proceso; 5% para la implementación de talleres y/o laboratorios. (R.M. N ED, D.S.N ED y R.M N ED) Sobre el adelanto y postergación de evaluación, el director de la I.E tiene la +facultad autorizar estas evaluaciones, previa solicitud del padre de familia o apoderado con documentos probatorios, en los casos que el estudiante acredite: Enfermedad prolongada, accidente, cambio de residencia al extranjero o viaje en delegación oficial. Los resultados de estas evaluaciones se incluyen en el acta consolido de evaluación del estudiante a fin de año y se certifican normalmente En Educación Primaria en cuanto al área de INGLES no se llena los calificativos tanto para las instituciones educativas Públicas como Privadas, solo llenan calificativos como Taller quienes tengan autorización de la UGEL Santa Instituciones Educativas Públicas y Privadas están prohibidas de elaborar, reimprimir, distribuir y comercializar documentos oficiales de evaluación. (del SIAGIE son las oficiales; en ningún caso las electrónicas) El comité de recepción y entrega de textos escolares, en coordinación con los docentes y padres de familia de la Institución Educativa, velarán por la devolución de los textos escolares entregados a los estudiantes en el presente año, teniendo en cuenta las normas establecidas, a fin de asegurar el cuidado, conservación de los módulos de bibliotecas y de los materiales bibliográficos, audiovisuales, informáticos disponibles que contribuyen al logro de los aprendizajes (Los directores de las II.EE deben haber garantizado la conformación de los Comités de Distribución de Materiales y Recursos educativos) En todas las II.EE. Públicas, para la atención en el 1 y 2 grados de Educación Primaria, serán designados los docentes que presenten los mejores desempeños para esos grados y/o cuenten con mayor experiencia (capacitación) en el ciclo, siendo responsabilidad el Director(a) sobre la rotación del personal docente en su institución educativa.
5 VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS: 6.1 PROGRAMAS NO ESCOLARIZADOS (se detalla en su directiva específica) 6.2 EDUCACIÓN INICIAL: Los directores(as) de Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Inicial, tendrán en cuenta la Resolución Ministerial N ED y la Directiva N 004-VMGP-2005 en la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en Educación Inicial, como a continuación se indica: La escala de calificación del nivel de Educación Inicial de la EBR es literal y descriptiva, de acuerdo con la siguiente tabla: A B C Logro previsto Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado. En proceso Cuando el estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo. En inicio Cuando el estudiante está empezando a desarrollar los aprendizajes previstos o evidencia dificultades para el desarrollo de éstos, necesitando mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente de acuerdo a su ritmo y estilo de aprendizaje La matrícula y los traslados se efectúan de conformidad con la norma técnica denominada Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica Aprobado por la R.M N MINEDU Los documentos que presentarán los docentes de aula al director (a) del nivel son: Registro de evaluación y asistencia en el SIAGIE y en físico. Ficha única de Matrícula Actualizada en el SIAGIE. Informe de Gestión Pedagógica. (logros, dificultades y sugerencias) Inventario Actualizado. Informe del Plan Anual de Aula. Informe de incorporación de estrategias diferenciadas de estudiantes inclusivos. Informe del trabajo con padres de familia. Informe del plan lector Los directores pueden solicitar otros documentos que estimen necesarios Directores presentarán a la UGEL santa: 01 acta de evaluación integral por sección, generadas por el SIAGIE. Calendarización del año escolar 2019, adjuntando con R.D y acta de reunión de docentes. Informe de plan lector
6 6.3 EDUCACIÓN PRIMARIA Los directores(as) de las II.EE. Públicas y Privadas de Educación Primaria, tendrán en cuenta la R.M. N ED, la Directiva N 004-VMGP-2005, en la evaluación de los aprendizajes; promoción, recuperación y repitencia de los estudiantes de Educación Primaria de Menores La matrícula escolar y los traslados se efectúan de conformidad con la norma técnica denominada Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica Aprobado por la R.M. N MINEDU Los documentos que presentarán los docentes de aula al Sub Director del nivel para ser sistematizados por él y entregados oportunamente al Director de la Institución Educativa, dichos documentos son: Registro de evaluación y asistencia del SIAGIE y en físico. Ficha única de Matricula Actualizada del SIAGIE. Informe de Gestión Pedagógica (logros, dificultades y sugerencias) Inventario Actualizado. Informe del Plan Anual de Aula. Informe del uso y aplicación de los recursos del aula de innovación y centro de recursos tecnológicos (Laptop XO, Kit de robótica, rutas del aprendizaje). Informe de incorporación de estrategias diferenciadas de estudiantes inclusivos. Los Directores pueden solicitar otros documentos que estimen necesarios Los directores de las Instituciones Educativas Públicas y privadas remitirán a la UGEL- Santa, : 01 Actas de Evaluación Original por cada sección, generados por el SIAGIE. Cuadro de rotación del personal docente Calendarización del año escolar 2019, adjuntando la R.D. y Acta de reunión de docentes. Informe de Gestión Anual en físico y virtual(cd). Informe anual consolidado de horas de uso del AIP/CRT de los docentes de aula. 6.4 EDUCACIÓN SECUNDARIA Los directores de las Instituciones Educativas presentarán a la UGEL, lo siguiente: La Institución educativa debe remitir acta por grado y secciones en original impresas y generadas en formato SIAGIE, vía mesa de partes. Las II.EE. Privadas lo harán adjuntando un cuadro de registros de firmas de los docentes y copia R.D. del director actual y metas de atención. Además, deben anexar el itinerario formativo de las especialidades por ciclos (educación para el trabajo) Primeros puestos: El director(a) de la I.E entregará con los documentos que acreditan los diez primeros puestos en orden de mérito obtenido y los certificados promocionales, dentro de los diez primeros días después de la clausura. (RM N ED) La matrícula y los traslados se efectúan de conformidad con la norma técnica denominada Norma que regula la matrícula escolar y traslado en las instituciones educativas y programas de Educación Básica Aprobado por la R.M. N MINEDU.
7 6.4.4 Promoción y Repitencia: Los estudiantes repiten el grado cuando al término del año escolar 2018 desaprueban en cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación Los estudiantes repiten de grado si al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la evaluación de recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares El estudiante que tiene hasta tres áreas curriculares desaprobadas (incluida el área a cargo) a diciembre de 2018, puede seguir el Programa de Recuperación Pedagógica o pasar directamente a la evaluación de recuperación en el mes de enero o febrero de En el Área de Educación para el Trabajo; las Instituciones Educativas Públicas y Privadas deben consignar en acta consolidada de evaluación de Educación Secundaria de Menores, según las indicaciones siguientes: A. INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE DESARROLLAN MÓDULOS OCUPACIONALES: I. Para el VI CICLO ( 1 Y 2 ): - HORAS DE TECNOLOGÍA BASE - HORAS DE INICIACIÓN LABORAL TOTAL, DE HORAS: Además colocarán el proyecto desarrollado en el recuadro de acta ( Cód.) II. Para el VII CICLO ( 3, 4 Y 5 ): - HORAS DE TECNOLOGÍA BASE - HORAS DE FORMACIÓN OCUPACIONAL ESPECÍFICA MODULAR TOTAL, DE HORAS: En Acta donde figura el rubro (recuadro) Código y Especialidad Ocupacional-módulo, colocarán la especialidad seguida del módulo desarrollado. B. INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE DESARROLLAN PROYECTOS: Las II.EE. que desarrollan Proyectos (horas mínimas de Educación para el Trabajo), tendrán presente en su consolidado: EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO: TOTAL, DE HORAS: En la parte donde figura el rubro (recuadro) código y especialidad, escribir el nombre del proyecto y/o especialidad desarrollada (con lapicero a tinta liquida) De conformidad con la R.M. N MINEDU, las II.EE., deberán informar su itinerario formativo, que garantice el número de horas necesarias de los Módulos Educativos, que desarrollaron y desarrollarán el 3, 4 y 5 de Educación Secundaria, información requerida por área de educación para el trabajo, con ello se registrará y continuará asesorando a las Instituciones sobre la oferta formativa y el desarrollo ocupacional modular y facilitará a los estudiantes al egresar al 5 de Educación Secundaria, su expedición del diploma, con mención de la Especialidad y de los Módulos Ocupacionales que han sido aprobados al finalizar el nivel. Para las II.EE. que desarrollan los módulos ocupacionales, en la fila de Especialidad Ocupacional, se debe escribir el nombre del módulo seguido de la especialidad Ocupacional, que llevarán los estudiantes en 3, 4 y 5, según corresponda. Las II.EE. públicas y privadas que no desarrollen los Módulos Ocupacionales (llevan solo proyectos) solo colocarán la opción ocupacional desarrollada.
8 VII. En las filas referidas a talleres, se escribirán los calificativos correspondientes a aquellos talleres o áreas que implemente la institución educativa como parte de las horas de libre disponibilidad (estas son autorizadas con R.D. y estando en su PCIE). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: 7.1. La matrícula se realizará teniendo en cuenta la edad cronológica del niño, niña, joven o adulto, al treinta y uno (31) de marzo del año 2019, con la presencia del padre, madre, tutor, curador o apoderado o su representante acreditado, para el caso de menores de edad o del mismo interesado si es mayor de edad, bajo ningún concepto el Director(a) puede autorizar el ingreso a niños o niñas que no tengan la edad requerida al 31 de marzo del 2019, bajo responsabilidad funcional y administrativa La matrícula se inicia en un plazo no menor de treinta (30) días calendario anteriores al inicio del período lectivo y finaliza según lo regulado para cada nivel de la EBR Las IIEE en las que se presta el servicio de alimentación escolar, se debe conformar el CAE para el periodo 2019, para ello presentarán una copia del acta de conformación e instalación del mismo En caso de pérdida o sustracción de las computadoras portátiles XO, los Directores deberán informar a la UGEL-Santa, adjuntando el informe del Docente responsable, la denuncia policial correspondiente en un plazo no mayor de 07 días calendarios, de lo contrario se los considerará responsable de dicha pérdida o sustracción Las Instituciones Educativas Privadas, en concordancia con la ley de Instituciones Educativas Privadas, están facultadas para incorporar sus procedimientos y métodos de Evaluación de acuerdo a la Directiva N 004-VMGP-2005, aprobado por la R.M. N ED Evaluación de los Aprendizajes en la Educación Básica Regular, son aplicables en lo siguiente: a. Certificado Oficial de Estudios. b. Actas de Evaluación. c. La Promoción y repitencia de grado Los docentes para hacer uso de sus vacaciones, deberán presentar a la Dirección de la I.E. los Documentos pedagógicos: Programación anual, unidades de aprendizaje/proyectos para el año Los directores de las Instituciones Educativas Privadas, presentarán su documentación respetando plazos establecidos de acuerdo a las normas: Ley 26549, DS N ED. El cumplimento de la norma es de responsabilidad administrativa de la IEP Los casos de regularización de escolaridad en secundaria de menores, como caso excepcional, deben ser canalizados en la sede de la UGEL Santa para la autorización y regularización en la I.E. correspondiente Los directores de IIEE públicas deben garantizar la conformación y reconocimiento de Comisión de Gestión de Recursos y Espacios Educativos y Mantenimiento de Infraestructura, además del CONEI Los directores de IIEE Publicas-Privadas de la educación básica son los únicos responsables de la aprobación de las actas de evaluación final Los casos no previstos en la presente Directiva ameritan la orientación complementaria y correspondiente del Área de Gestión Pedagógica. Nuevo Chimbote, 10 de diciembre de DUGELS/RAIH JAGP/RVRA DPSI/JGV EE-EBR EE-EBE-EBA F-ETP Nvo Ch. 2018/12/10 MG. ROBERT ALBERTO ITURRIA HUAMÁN DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL- SANTA
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