Manual de Instrucciones para el llenado de formularios de Vigilancia (Documento Borrador) Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (VIGEPES)

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1 1 GENERALIDADES Están sujetos al cumplimiento de estos lineamientos, el personal técnico y administrativo de los establecimientos que conforman el Sistema Nacional de Salud, incluyendo al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), hospitales privados en donde se brindan atención médica, así como personal médico en el ejercicio privado de su profesión. Corresponde al Ministerio de Salud, en adelante MINSAL, a través de la Dirección General de Hospitales, Dirección del Primer Nivel de Atención, Director de la Región de Salud, Director de Hospital y Director de la Unidad Comunitaria de Salud Familiar, en adelante UCSF, a las direcciones de las dependencias que conforman el Sistema Nacional de Salud y hospitales privados, aplicar y dar cumplimiento de estos lineamientos. Todas los establecimientos de salud de las instituciones públicas, privadas u ONG que brinden atención médica y que detecten un caso o evento sujeto a vigilancia sanitaria deberá reportarlo al Ministerio de Salud o su dependencia más cercana que será el Sistema Básico de Salud (SIBASI) para lo cual deberá utilizar los formularios de vigilancia establecidos por el Ministerio de Salud. Para el registro de la vigilancia epidemiológica se han elaborado formularios específicos conocido como VIGEPES para lo cual el director de cada establecimiento de salud debe garantizar la disponibilidad del mismo y garantizar el apoyo para que el referente de vigilancia o epidemiólogo socialice dichos formularios a todo el personal de su establecimiento. Es responsabilidad del director del establecimiento de salud garantizar la notificación y digitación de todos los formularios al Sistema Nacional de Vigilancia conocido como VIGEPES Incluyendo en periodos de vacaciones, fiestas patronales, fines de semana, en situación de emergencias y desastres respetando las fechas establecidas para la notificación y digitación. La jefatura de enfermería debe solicitar a la jefatura de estadística y documentos médicos o a quien designe el director, según corresponda, la cantidad de formularios a utilizar y garantizar la existencia en el servicio y consultorios. El referente de vigilancia o epidemiólogo de cada establecimiento de salud debe hacer un control de calidad de las enfermedades u eventos objeto de Vigilancia que ha sido reportada por el médico que notifica el caso antes de ser incorporado en el VIGEPES y completar el formulario de investigación y cierre de cada caso. El personal de estadística y documentos médicos o a quien designe el director, serán responsables de la recepción, revisión, tabulación y control de calidad de los todos los formularios de vigilancia y digitación de los mismo en el VIGEPES. La notificación de las enfermedades u objetos de vigilancia es de dos formas: a) La notificación inmediata que se reportan en las primeras 24 horas de haberse detectado para lo cual se deberá llenar el formulario individual respectivo y b) la notificación semanal que es la consolidación de todas enfermedades o eventos reportados por semana epidemiológica en cada establecimiento de salud para lo cual se deberá llenar el formulario respectivo (VIGEPES-04) y deberá ser reportado todos los martes antes del mediodía.

2 2 Para ciertos eventos o enfermedades objetos de Vigilancia se deberá completar la investigación y realizar el cierre de caso antes de los 30 días después de haberse notificado esta actividad deberá ser realizada por el referente de vigilancia o epidemiólogo designado por el director de cada establecimiento de salud. Se deberá respetar los canales de comunicación del nivel local al nivel departamental (SIBASI); el SIBASI con el nivel regional y este último con el nivel central específicamente con la Dirección de Vigilancia Sanitaria (DVS). Los hospitales deberán coordinarse con los SIBASI y regiones de salud para dar seguimiento a casos objetos de vigilancia. Es responsabilidad del personal de estadística o documentos médicos ubicados en los centros de acopio de información, en las redes, cabeza de red y/o SIBASI de llevar una bitácora de la recepción, control de calidad y digitación de todos los formularios generados por las unidades notificadores de su área de responsabilidad. Las fuente básica de datos para la detección de enfermedades o eventos objeto de vigilancia son: a) El Registro Diario de Consulta por morbilidad y atenciones preventivas; b) El formulario de Ingreso y Egresos Hospitalarios para los diagnósticos por sospecha clínica o que se confirman a través de atención hospitalaria y c) El Registro de Defunciones. Se considerará únicamente para la notificación individual de casos y la elaboración del Reporte Epidemiológico los diagnósticos que hayan sido catalogados en el Registro Diario de Consulta Ambulatoria como consulta de primera vez así como en los Registro de Ingreso y Egresos Hospitalarios los casos sospechosos o confirmados en la hospitalización de primera vez. Como dentro de las enfermedades o eventos objetos de vigilancia se han incluido la muerte infantil y abortos ocurrida a nivel institucional así como las muertes maternas registradas no solo a nivel institucional sino también las comunitarias. En el caso de las muertes maternas se deberán considerar otras fuentes de información las reportadas en los registros de mortalidad de las alcaldías, rumores, registradas a través de medios escritos, radiales, televisivos entre otros. Para la elaboración del Reporte Epidemiológico Semanal y la notificación individual de caso que son recolectados a través del Registro Diario de Consulta Ambulatorio y Atenciones Preventivas se debe tomar en cuenta lo reportado por el personal médico en Tipo de consulta la cual puede ser de Primera Vez o Subsecuente. De primer Vez NO se refiere a la primera visita al establecimiento de salud en el año. La consulta de Primeva Vez es la fuente para la notificación de eventos objetos de vigilancia y la elaboración del Reporte Epidemiológico Semanal. Consulta de Primera Vez (1): Entendiéndose con consulta de primera vez por morbilidad aquella que se otorga a un paciente cada vez que asista por un nuevo episodio de una enfermedad aguda independientemente del año calendario.

3 3 Ejemplo: un paciente que consultó por primera vez en un establecimiento de salud debido a un cuadro de gastroenteritis aguda, es tratado y manejado ambulatoriamente, sin embargo, luego consulta nuevamente a otro establecimiento, un hospital, por el mismo episodio de gastroenteritis aguda, esta última consulta corresponderá a una consulta de segunda vez o subsecuente (aunque sea la primera vez que visite este último establecimiento). Las enfermedades crónico-degenerativas, será de primera vez en la vida del paciente que se establece el diagnóstico esto aplica para hipertensión Arterial, Diabetes entre otras. Consulta Subsecuente (2): Es aquella que se otorga a un paciente para control o seguimiento de un mismo episodio por una enfermedad diagnosticada en una consulta de primera vez. Ejemplo: Paciente atendido de primera vez por Dermatitis Seborreica infantil el 23 de diciembre, regresa el 24 de enero del siguiente año para control por la Dermatitis, será consulta subsecuente (2). En el caso de los pacientes que ya han sido catalogados como Hipertensos, Diabéticos independientemente del año del diagnóstico, serán catalogados como subsecuentes (2). Para el caso de Enfermedades No Transmisibles Crónico Degenerativas como Hipertensión Arterial y Diabetes Mellitus sucede únicamente una vez en la vida, puesto que esa condición prevalecerá hasta que el paciente fallece, por lo que todas las consultas brindadas independientes del establecimiento de salud deberán ser tipificadas como Subsecuente y estas no se registrara en el Reporte Epidemiológico Semanal. Sospecha: Aplica solamente para las consultas de primera vez para enfermedades o eventos sujetos de vigilancia epidemiológica según normativa vigente. Cada vez que se tenga la sospecha diagnóstica de cualquiera de los eventos antes mencionados, deberá complementarse la el Formulario para Notificación Individual de enfermedad objeto de vigilancia sanitaria (VIGEPES-01), así mismo el Formulario Solicitud de Examen por enfermedad objeto de vigilancia sanitaria (VIGEPES-02). Para el registro de Enfermedades Objeta de Vigilancia Sanitaria se han diseñado los siguientes formularios VIGEPES-01- Formulario para Notificación Individual de Enfermedades objeto de Vigilancia Sanitaria. VIGEPES-02. Formulario para solicitud de examen por enfermedad objeto de vigilancia Sanitaria. VIGEPES-03. Formulario para Investigación y cierre de enfermedades objeto de vigilancia Sanitaria. VIGEPES-04. Formulario para el Reporte epidemiológico consolidado de casos individuales y agrupados. VIGEPES-05. Formulario para el Reporte de Brotes de Interés Epidemiológico. VIGEPES-06. Formulario para completar Intoxicación por Plaguicidas. VIGEPES-07. Formulario para notificación individual de Infecciones en la Atención Sanitaria.

4 4 ENFERMEDADES SEGÚN TIPO DE VIGILANCIA De las 93 enfermedades o eventos a notificar en el reporte epidemiológico 47 (50.5%) son de notificación individual para lo cual se deberá llenar el VIGEPES-01 y 46 se detallan de forma consolidada agrupadas por grupo de edad y sexo. LAS ENFERMEDADES DE NOTIFICACIÓN INDIVIDUAL SON: 1. Difteria. 2. Parálisis Flácida Aguda (todas las edades). 3. Enfermedad Febril Eruptiva. 4. Rubéola. 5. Rubéola Congénita. 6. Sarampión. 7. Tétanos. 8. Tétanos Neonatal. 9. Tosferina. 10. Meningitis por Haemophilus Influenzae. 11. Meningitis Meningococica. 12. Meningitis Neumocócica. 13. Meningitis Tuberculosa. 14. Dengue. 15. Dengue Grave. 16. Fiebre Amarilla. 17. Fiebre Equina Venezolana. 18. Leptospirosis. 19. Paludismo (todas las formas). 20. Cólera. 21. Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SARS). 22. Conjuntivitis Hemorrágica. 23. Rabia Humana. 24. Enfermedad por Hantavirus. 25. Hepatitis Aguda tipo B. 26. Chagas Agudo. 27. Chagas Crónico. 28. Leishmaniasis Cutánea y Mucocutanea. 29. Leishmaniasis Visceral. 30. Lepra (Todas las formas). 31. Toxoplasmosis. 32. Tuberculosis Extra pulmonar. 33. Tuberculosis Pulmonar. 34. Carbunco (Ántrax). 35. Brucelosis. 36. Histoplasmosis. 37. Sífilis Adquirida. 38. Sífilis Congénita. 39. Cáncer Cervicouterino. 40. Cáncer Mamario. 41. Insuficiencia Renal Crónica.

5 5 42. Mordedura por Serpiente Venenosa. 43. Intoxicación Paralizante o Neurotóxica por Mariscos. 44. Intoxicación por Plaguicidas. 45. Intoxicación por Metales. 46. Eventos Supuestamente Atribuibles a Vacunas (ESAVI) Graves. 47. Muerte Materna. ENFERMEDADES O EVENTOS DE NOTIFICACIÓN CONSOLIDADA 1) Varicela. 2) Parotiditis Infecciosa. 3) Hepatitis Aguda Tipo A. 4) Diarreas y Gastroenteritis. 5) Fiebre Tifoidea Confirmada. 6) Parasitismo Intestinal. 7) Conjuntivitis Bacteriana Aguda. 8) Infección Respiratoria Aguda (IRA). 9) Influenza (por clínica). 10) Neumonías (todas las formas). 11) Sintomático Respiratorio (detectados por el medico). 12) Hepatitis Aguda Tipo C (Caso confirmado). 13) Chancroide. 14) Granuloma Inguinal. 15) Infecciones Ano Genitales por Herpes Virus. 16) Infección por Clamidia Tracomatis. 17) Infección Gonocócica. 18) Linfogranuloma Venéreo. 19) Tricomoniasis. 20) Mordedura por Animal Trasmisor de Rabia. 21) Picadura por Abeja Africanizada. 22) Intoxicación Alimentaria Aguda. 23) Infarto Agudo de Miocardio. 24) Hipertensión Arterial. 25) Cáncer Gástrico. 26) Cáncer de Próstata. 27) Cáncer de Pulmón. 28) Diabetes Mellitus. 29) Pie Diabético. 30) Bocio Endémico. 31) Desnutrición Proteica Calórica Severa. 32) Obesidad 33) Ansiedad. 34) Depresión. 35) Intento Suicidio (Conducta Suicida). 36) Alcoholismo. 37) Drogodependencia. 38) Tabaquismo. 39) Accidente de Trabajo.

6 6 40) Herida por Arma Blanca. 41) Herida por Arma de Fuego. 42) Lesiones por Vehículo Automotor. 43) Maltrato Físico. 44) Violación Sexual 45) Muertes Infantiles 46) Abortos OBJETIVO: Unificar los criterios para que el registro de las enfermedades o eventos de declaración obligatoria, con el propósito de notificar oportunamente y elaborar un reporte epidemiológico con datos representativos, confiables y comparables, logrando así un instrumento útil que permita caracterizar la tendencia de la enfermedades o eventos que afecta a la población y poder orientar las políticas de salud. Están obligados a notificar las enfermedades o eventos objetos de vigilancia: a) El médico que asista al paciente; b) El profesional responsable de los establecimientos de salud públicos o privados, autónomos o semiautónomos, en donde se presente o asista un caso; c) El profesional responsable de laboratorio que confirme el diagnóstico de la enfermedad; d) Los médicos veterinarios en casos de zoonosis transmisibles al hombre; FUNCIONES POR NIVEL a) Nivel Local (Incluye primer nivel de atención y hospitales) 1) Corresponde a los Directores de los establecimientos de salud dar cumplimiento de estos lineamientos así como el personal técnico y administrativo de que trabaja en él ya sea este público o privado en donde se brindan atención médica, así como personal médico en el ejercicio privado de su profesión. 2) El medico director del establecimiento de Salud Público o Privado es responsable de proporcionar todo el apoyo necesario para el adecuado funcionamiento de la Vigilancia Epidemiológica en su establecimiento de salud. 3) El Director de Cada Establecimiento de salud deberá designar un referente o equipo según la complejidad del establecimiento como responsable de la Vigilancia al cual le dará todo su apoyo para una adecuada ejecución de dicha función. 4) Es responsabilidad del médico director del establecimiento de salud garantizar que todo el personal que brindan atención curativa y/o preventiva utilice este registro y notifique los eventos objetos de vigilancia. 5) El médico director o referente de vigilancia del establecimiento de salud público o privado debe garantizar la disponibilidad de los formularios y registros necesarios para la notificación de enfermedades o eventos de declaración obligatoria.

7 7 6) El médico director o referente de vigilancia del establecimiento de Salud Publico o Privado serán responsables de dar a conocer los nuevos formularios para la vigilancia epidemiológica conocidos como VIGEPES. 7) La jefatura de enfermería debe solicitar a la jefatura de estadística y documentos médicos o a quien designe el director, según corresponda, la cantidad de formularios a utilizar y garantizar la existencia en el servicio y consultorios. 8) El personal de estadística y documentos médicos o a quien designe el director, serán responsables de la recepción, revisión, tabulación y control de calidad de los todos los formularios de vigilancia y digitación de los mismo en el VIGEPES. 9) El medico director o referente de Vigilancia del establecimiento de Salud Público o Privado serán responsables de la notificación oportuna de las enfermedades o eventos objeto de vigilancia así como de brotes que se registren en su establecimiento o comunidad respetando los tiempos y canales de comunicación ya establecidos. 10) El director del establecimiento de salud es responsable de garantizar el envío oportuno de la(s) muestra(s) de las enfermedades o eventos objetos de vigilancia que requieran confirmación al Laboratorio Nacional de Referencia antes del quinto día de haber detectado y notificado el caso. 11) El medico director o referente de Vigilancia del establecimiento de Salud Público o Privado serán responsables de realizar la investigación, control de foco y cierre del caso objeto de vigilancia epidemiológica de forma oportuno. Este debe tener el Visto bueno del SIBASI respectivo. 12) Será el médico director y (la) Jefe(a) de Estadística o la Secretaria (según el tipo de establecimiento), su más cercano colaborador; ambos garantizarán la confiabilidad y oportunidad de los datos notificados en cada uno de los formularios del VIGEPES. 13) El director del establecimiento de salud es responsable de que servicios como teléfono, fax, computadora e internet estén siempre disponibles para la notificación de la vigilancia epidemiológica así como para la digitación en el sistema. Este equipo debe estar al alcance del personal que realiza vigilancia epidemiológica en horario diurno, ampliado, fines de semana, periodos de vacaciones, días festivos entre otros. 14) El referente de Vigilancia epidemiológica o epidemiólogo es el responsable del análisis del reporte epidemiológico, realizar boletines informativos y difundir la información entre el personal de salud. 15) El referente de Vigilancia epidemiológica o epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos son los responsables de la calidad de la información, capacitación, generación de reportes epidemiológicos y sistematización del mismo en el VIGEPES. 16) El referente de Vigilancia epidemiológica o epidemiólogo es responsable de realizar control de calidad de información, barridos administrativos de ciertos eventos, emisión de alertas, coordinación de investigaciones y otras que tengan que ver con la vigilancia epidemiológica. 17) El referente de Vigilancia epidemiológica o epidemiólogo en coordinación con el personal de estadística y documentos médicos son responsables de apoyar para la generación de indicadores de la RIISS, Sala Situacional entre otros que permitan definir como esta la morbilidad y mortalidad en su área. 18) El director del establecimiento de salud debe garantizar que todo el personal técnico de su establecimiento utilice la información contenida en el VIGEPES para sus análisis,

8 8 monitoreo de tendencias, cumplimiento de indicadores así como para orientar las intervenciones, los planes operativos entre otros. 19) El director del establecimiento de salud debe dejar personal de turno para la digitación de la información los fines de semana y días festivos en dichos turnos puede participar todo personal del establecimiento previamente capacitado por el personal de estadística y documentos médicos o reforzar con personal para estos periodos. 20) Se debe disponer de un plan de capacitación continua sobre el llenado adecuado de formularios de vigilancia al personal médico de nuevo ingreso. 21) Los Hospitales Escuela o formadores de especialistas deben garantizar que se incluya en la formación de dichos profesionales el uso de los formularios de vigilancia epidemiológica. 22) El Director del Hospital debe garantizar que las diferentes jefaturas de División, Departamento, Unidad, Servicio y área notifiquen enfermedades o eventos objetos de vigilancia y llenen adecuadamente los formularios y registros de información así como que coordinen con el epidemiólogo y equipo designado para la vigilancia hospitalaria. b) Nivel Sistema Básico de Salud Integral (SIBASI) El SIBASI es responsables de velar por la salud de su departamento en tal sentido deben garantizar que todos los establecimientos públicos, privados, ONG formen parte de la red de vigilancia unidades notificadoras, que le permitan evaluar la situación epidemiológica de su departamento, estratificar el daño y orientar las intervenciones para evitar la propagación de la enfermedad, disminuir la morbilidad y mortalidad a través de una detección temprana y con medidas de control efectivas. 1) El Coordinar de cada SIBASI debe garantizar que todos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud (SNS), ONG y Clínicas privadas formen parte de las Unidades Notificadoras de su Área de responsabilidad. 2) El SIBASI, desarrollara la vigilancia epidemiológica con la participación de los diferentes actores sociales y establecimientos públicos y privados del área de su responsabilidad. 3) El Coordinador del SIBASI es responsable de proporcionar todo el apoyo necesario para el adecuado funcionamiento de la Vigilancia Epidemiológica en sus establecimientos de salud y coordinar con las otras instituciones del SNS e instituciones privadas para tal fin. 4) El Coordinador del SIBASI es responsable de verificar que tanto en la red de establecimientos de su área como en la unidad de Vigilancia Sanitaria de su SIBASI estén disponibles los servicios de teléfono, fax, computadora e internet para la vigilancia epidemiológica así como para la digitación, monitoreo, control de calidad en el sistema. Este equipo debe estar al alcance del personal que realiza vigilancia epidemiológica en horario diurno, ampliado, fines de semana, periodos de vacaciones, días festivos entre otros. 5) El Coordinador del SIBASI debe garantizar el adecuado funcionamiento de los centros de acopio para la recepción de información, control de calidad, digitación al VIGEPES en los tiempos establecidos.

9 9 6) El Coordinador del SIBASI deberá designar un equipo como responsable de la Vigilancia al cual le dará todo su apoyo para una adecuada ejecución de dicha función. 7) El epidemiólogo y personal de estadística son los responsables de dar a conocer los formularios de Vigilancia epidemiológica y su correspondiente instructivo a los establecimientos de salud públicos, privados y ONG de su área de responsabilidad, quienes a su vez deberán reproducirlo al personal involucrado bajo su cargo. 8) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadística y documentos médicos son responsables de apoyar para la generación de indicadores de la RIISS, Sala Situacional entre otros que permitan definir como esta la morbilidad y mortalidad en su departamento. 9) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos son los responsables de la calidad de la información, validación de la misma, consolidación, capacitación, generación de reportes epidemiológicos y sistematización de la misma en el VIGEPES. 10) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos son los responsables de supervisar la red de establecimientos, auditar, realizar barridos administrativos, verificar la realización del control de foco, sistematización de la información, emisión de alertas epidemiológicas y cierre de casos notificados entre otros. 11) El epidemiólogo en coordinación con el personal técnico de su SIBASI son los responsables del análisis de la información, la generación de boletines informativos y difundir la información entre el personal de salud. 12) Todo el personal técnico del SIBASI es responsable de monitorear y supervisar el uso de oficial de los registros de información, vigilancia epidemiológica y Sistemas de Información así como hacer control de calidad de los mismos. 13) El Coordinador del SIBASI debe garantizar que todo el personal técnico de su SIBASI utilice la información contenida en el VIGEPES para sus análisis, monitoreo de tendencias, cumplimiento de indicadores así como para orientar las intervenciones, los planes operativos entre otros. 14) El Coordinador de SIBASI debe dejar personal de turno para la digitación de la información los fines de semana y días festivos; en dichos turnos puede participar todo personal del establecimiento previamente capacitado por el personal de estadística o reforzar con personal para estos periodos. 15) El Coordinador del SIBASI debe disponer de un plan para garantizar la sistematización de la información de vigilancia epidemiológica en los tiempos establecidos, detallando los el funcionamiento de las redes, los centros de acopio y la capacidad instaladas de cada uno de ellos, debe garantizar la disponibilidad de recurso para lo cual debe tomar el volumen de registros generados y el tiempo estimado para el procesamiento de la información. 16) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos deben realizar reuniones técnicas administrativas con todas sus unidades notificadoras para realizar control de calidad de los datos, cierres de caso, evaluación de la vigilancia epidemiológica en su departamento, cumplimiento de indicadores de vigilancia, capacitación de nuevos lineamientos. Estas reuniones deben ser mensuales las cuales deben realizarse el último viernes de cada mes. 17) El coordinador del SIBASI debe garantizar que el epidemiólogo no realice otras funciones diferentes a las de Vigilancia Epidemiológica.

10 10 c) A nivel de Direcciones Regionales 1) El o La Directora Regional es responsable de garantizar el cumplimiento de los lineamientos de Vigilancia en toda la red de establecimientos de salud, SIBASI y en su región. 2) El o La Directora Regional es responsable de proporcionar todo el apoyo necesario para el adecuado funcionamiento de la Vigilancia Epidemiológica en sus SIBASI y establecimientos de salud de su región. 3) Los Técnicos de la Dirección Regional son responsables de realizar monitoreo y supervisión de los establecimientos del primer y segundo nivel de atención de su AGI en la ejecución del proceso de vigilancia sanitaria y epidemiológica; así como evaluar los resultados e impacto producido por las acciones realizadas, mediante el análisis de la información epidemiológica y estadísticas que se produzcan. 4) El o La directora (a) Regional es responsable de verificar que tanto en las Unidades de Vigilancia Sanitaria de sus SIBASI y Región estén disponibles los servicios de teléfono, fax, computadora e internet para la vigilancia epidemiológica así como para la digitación, monitoreo, control de calidad en el sistema. Este equipo debe estar al alcance del personal que realiza vigilancia epidemiológica en horario diurno, ampliado, fines de semana, periodos de vacaciones, días festivos entre otros. 5) Las Direcciones Regionales de Salud monitorean el cumplimiento por parte de los SIBASI de todas las funciones que son responsable para una adecuada vigilancia epidemiológica. 6) Las Direcciones Regionales de Salud a través de los epidemiólogos y jefaturas de estadística son responsables de capacitar sobre el llenado adecuado de los formularios de vigilancia, el uso de los sistemas de vigilancia, la construcción de indicadores y todo lo relacionado con la vigilancia epidemiológica. 7) Los epidemiólogos y jefaturas de estadísticas de las regiones y hospitales tendrán una coordinación técnica directa con la Dirección de Vigilancia Sanitaria para la notificación inmediata de eventos o brotes que se estén registrando en sus áreas así como de emitir informes sobre las medidas que se estén realizando para el control de dicho evento. 8) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos son los responsables de supervisar la red de establecimientos, auditar, realizar barridos administrativos, verificar la realización del control de foco, sistematización de la información, emisión de alertas epidemiológicas y cierre de casos notificados entre otros. 9) El epidemiólogo en coordinación con el personal técnico de la región son responsables del análisis de la información, la generación de boletines informativos y difundir la información entre el personal de salud. 10) El epidemiólogo en coordinación con el personal de estadísticas y documentos médicos deben realizar reuniones técnicas administrativas con sus homólogos de los SIBASI y hospitales para realizar control de calidad de los datos, cierres de caso, evaluación de la vigilancia epidemiológica en región, cumplimiento de indicadores de vigilancia, capacitación de nuevos lineamientos. Estas reuniones deben ser mensuales las cuales deben realizarse el segundo martes de cada mes.

11 11 FORMULARIO PARA NOTIFICACIÓN INDIVIDUAL DE ENFERMEDADES OBJETO DE VIGILANCIA SANITARIA (VIGEPES-01).

12 12 FORMULARIO PARA NOTIFICACIÓN INDIVIDUAL DE ENFERMEDADES OBJETO DE VIGILANCIA SANITARIA (VIGEPES-01). Todo caso que se notifique inmediatamente por enfermedad objeto de vigilancia implica que el nivel local debe iniciar las acciones de control en el lugar de residencia del paciente en estudio y en los posibles lugares que él o ella visito durante el periodo de incubación de la enfermedad, esto con el fin de realizar un cerco epidemiológico y evitar que más personas adquieran la enfermedad mediante la aplicación de medidas de control y prevención en forma oportuna y efectivas. La mayor detección de casos debe realizarse en el primer nivel de atención y de las morbilidades de alta complejidad en el segundo o tercer nivel de atención, esto permite evaluar el grado de efectividad en la vigilancia que está aplicando la red de servicios de salud para la detección temprana de casos. Un caso detectado por el primer nivel de atención debe ser notificado inmediatamente por cualquier vía al Centro de Acopio para ser digitado en el VIGEPES con el objeto de registrarse oportunamente e iniciar acciones de control. Los establecimientos del primer nivel que refieran a otro establecimiento un caso por una enfermedad objeto de vigilancia deber detallar en la referencia que el caso ya fue notificado y si ya se le tomo la muestra para confirmación diagnóstica, esto con el fin de que el establecimiento que recibe el paciente solo complemente el manejo del paciente y no dupliquemos la notificación del caso. Los hospitales deben verificar si el caso ya ha sido digitado en caso no aparecer deberá llenar el formulario VIGEPES-01 y digitarlo en el VIGEPES plasmando en dicho formulario que se realizó la consulta en el sistema y no aparecía dicho caso. En el caso de pacientes referidos por una sospecha clínica de una enfermedad o evento objeto de vigilancia que al ser evaluado por hospital se descarta dicho diagnóstico, el primer nivel deberá completar estudio y realizar las acciones de control. O si el hospital cataloga otro diagnostico objeto de vigilancia deberá llenar el formulario y notificarlo para que el primer nivel realice las acciones de control por este nuevo diagnóstico. Para todas las enfermedades de notificación inmediata se deberá tomar la muestra para su análisis respectivo a excepción de un caso de dengue que tiene que cumplir los días requeridos para la colección de la misma. GENERALIDADES Deberá llenarse al 100% de pacientes que se detecten durante la consulta médica o ingreso hospitalario o que fallece con cuadro clínico compatible con una de las enfermedades objeto de vigilancia sanitaria. El Médico que detecta el caso el cual notifica a través del VIGEPES-01, el cual debe ser llenado en doble boleta una para expediente y otra para el área de estadística y

13 13 documentos médicos, así mismo deberá llenar el formulario del VIGEPES-02 para solicitud de muestra. El VIGEPES-01 deberá ser digitado en Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (VIGEPES) en las primeras 24 horas de haber sido detectado el caso en módulo de notificación individual. Si en un paciente se detectan dos enfermedades y/o eventos objeto de vigilancia y notificación obligatoria deberá llenar un formulario por cada enfermedad o evento a reportar por ejemplo una intoxicación por plaguicidas en una mujer que estaba embarazada y falleció por intoxicación con plaguicidas deberá llenarse uno para reportar la muerte materna y el otro la intoxicación. Eventos como: Enfermedad Febril Eruptiva, Dengue Grave que son notificadas como un evento individual, por parte de Laboratorio Nacional de Referencia se le realizan otros tipos de exámenes por lo que no es necesario elaborar un formulario por cada tipo de enfermedad que laboratorio central investigara en la muestra de este tipo de pacientes. A los Febriles Eruptivos les investiga: Sarampión, Rubeola y Dengue (siempre que se tenga los días de fiebre para poder procesar la muestra) y a los casos de Dengue Grave les investiga Leptospirosis. Con el fin de generar reportes estandarizados el formulario tiene la mayoría de variables de tipo cerrado, colocándose antes de las opciones de respuesta un recuadro que marcara con una X según corresponda. Por cada variable solo se admite una marca con la X. Corresponde al personal de estadística y epidemiólogo de SIBASI y Región realizar semanalmente el control de calidad de la información así como la corrección de la misma de manera oportuna. En quienes y en que momento se deberá llenar el VIGEPES-01 a) En eventos que por sospecha clínica deben ser notificados inmediatamente (primeras 24 horas) como: Sospecha de Difteria, Parálisis Flácida Aguda (PFA), Enfermedad Febril Eruptiva (EFE), Rubéola, Rubéola Congénita, Sarampión, Tétanos, Tétanos Neonatal, Tos ferina. Meningitis por Haemophilus Influenzae, Meningitis Meningococica, Meningitis Neumocócica. Meningitis Tuberculosa. Dengue, Dengue Grave, Fiebre Amarilla, Fiebre Equina Venezolana, Leptospirosis, Paludismo. Cólera Síndrome de Distrés Agudo Severo (SARS), Conjuntivitis Hemorrágica, Rabia Humana y Hanta virus. b) En eventos Especiales como: Mordedura por Serpiente Venenosa Intoxicación Paralizante o Neurotóxica por Mariscos Intoxicación por Plaguicidas Eventos Supuestamente Atribuible a Vacuna Grave (ESAVI) Muerte Materna

14 14 c) Únicamente se llenará el VIGEPES-01 cuando se haya confirmado los siguientes casos: Hepatitis Aguda tipo B, Chagas Agudo y Crónico, Leishmaniasis todas las formas, Lepra todas las formas, Toxoplasmosis, Tuberculosis Extra pulmonar o Pulmonar, Carbunco (Ántrax), Brucelosis, Histoplasmosis, Sífilis Adquirida, Sífilis Congénita. Cáncer Cervico Uterino, Cáncer de Mama e Insuficiencia Renal Crónica. Intoxicación por Metales (Ej. Plomo) CONTENIDO DE FORMULARIO PARA NOTIFICACION INDIVIDUAL 1) Nombre del establecimiento. Anotar el nombre del establecimiento de salud que atiende al caso que está notificando. Deberá identificar el tipo de establecimiento a que pertenece, ejemplo: Hospital, Centro de Atención de Emergencia, Unidad Comunitaria de Salud Familiar, Clínica Comunal, empresariales, Unidad Médica así como la institución a la que pertenece. 2) Fecha de consulta: Anotar el día en el cual se brinda la consulta a paciente por la enfermedad objeto de vigilancia sanitaria, detallando día/mes/año. 3) Número de expediente/no. de Afiliación: anotar el número del expediente clínico del paciente atendido. Se refiere al número del expediente asignado en el establecimiento de atención. Esto aplica para la modalidad de correlativo anual o familiar individual. En el caso de los ECOSF deberá registrarse el número del expediente clínico individual. Se debe garantizar que se escriba correctamente los OCHO campos del expediente separado por guiones y escribir en letra mayúscula área y zona como ejemplo U-001-A En el caso de los expedientes correlativos anuales deben registrase el número de expediente separado por guion el año de emisión del expediente como ejemplo ; En el caso de ser un paciente asegurado o beneficiario deberá registrar el número completo de afiliación asignado por la institución. 4) Categoría de Afiliación: Marcar con una X si es cotizante, beneficiario, pensionado o hijo de un cotizante. El caso de afiliación aplica para las instituciones del ISSS, Sanidad Militar, Bienestar Magisterial. 5) No. de DUI o Pasaporte: Anotar en toda persona mayor de edad el documento único de identidad, esta información es fundamental documentarla, en el caso del menor de edad deberá registrarse carnet de minoridad y en niños este espacio lo dejara vacío. Debe escribir el número como aparece registrado en el DUI el cual va separado por un guion. En el caso de una atención a persona extranjera deberá registrarse el número de pasaporte.

15 15 6) Fecha de nacimiento: Anotar la fecha en el cual nació el paciente detallando día/mes/año. En el caso de no disponer de dicha información deberá detallar la edad del paciente dejando este espacio en blanco. 7) Edad: Anotar Años a partir de un año de edad anotar solamente los años cumplidos; Meses: Anotar meses cumplidos a partir de 1 mes hasta 11 meses; Días: Anotar días de edad para niños(as) menores de un mes. Las edades antes mencionadas no deben registrarse simultáneamente. 8) Apellidos /nombres: Anotar los dos apellidos y nombres del paciente que está notificando el cual debe ser escrito en letra de molde y con letra legible. No utilizar abreviaturas, no se admiten borrones ni tachones en este campo. 9) Si es menor de edad, nombre completo de la persona responsable: anotar el nombre de la madre o la persona que lo tiene bajo su responsabilidad (abuelos, tíos, hermanos, etc.). 10) Sexo: Marcar con una X el sexo correspondiente del paciente: masculino o femenino. 11) Dirección completa: Anotar la dirección completa del domicilio de residencia del paciente. Departamento: Anotar el nombre del departamento donde reside el paciente, en el caso de ser residente en otro país anotar el nombre de dicho país como por ejemplo: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y otro país. Municipio: Anotar el nombre del municipio de residencia del paciente. No se registrará en este campo el nombre de colonias, cantones o barrios. Para los extranjeros se colocara el nombre del municipio de residencia del paciente se debe tener especial atención a personas procedentes de zonas fronterizo con el país. Localidad: Anotar el nombre especifico de la colonia, barrio, caserío o cantón donde reside el paciente, no se debe incluir número de vivienda. 12) Área: Marcar con una X según lugar de residencia del paciente ya se a nivel urbano o rural. 13) Nacionalidad: Anotar la nacionalidad del paciente ya sea residente o no en el país. 14) País de Residencia: Anotar el nombre del país del domicilio de procedencia del paciente. 15) Teléfono: Anotar el número telefónico del paciente ya sea un teléfono fijo o móvil que permitirá dar seguimiento a paciente en caso sea necesario. 16) Estudiante: Marcar con una X si es o no estudiante, en el caso de marcar si deberá anotar el nombre del centro educativo donde estudia. Nombre del Centro Educativo: Anotar el nombre completo del centro educativo donde estudia el caso, dato que es fundamental para realizar acciones de control de foco en caso ser necesario.

16 16 17) Antecedentes Obstétricos: Este campo solo aplica para mujeres en edad reproductiva de 10 a 54 años de edad, Marcar con una X si aborto, está embarazada, caso detectado durante el parto o si el incidente se registra después del parto (puerperio), en caso de cumplir con ninguno de estos criterios marcar No Aplica. 18) Semanas de Amenorrea: En el caso de estar embarazada anotar las semanas de amenorrea que tiene la paciente al momento de ser clasificada como caso objeto de Vigilancia Sanitaria. Aplica para mujeres que según antecedente obstétrico estén embarazadas o hayan abortados al momento de reportarlo como Muerte Materna, Toxoplasmosis, Histoplasmosis, Sífilis entre otras. 19) Manejo: Marcar con una X la forma en que ha sido tratado el paciente: ambulatorio, hospitalario o referido, si registra referido deberá anotar el nombre del establecimiento hacia donde se refiere el paciente. El Primer nivel no puede marcar manejo hospitalario. 20) Diagnóstico clínico o Sospecha diagnostica: Anotar la enfermedad o evento objeto de vigilancia sanitaria a reportar ya sea por la sospecha, la certeza clínica o confirmación de la enfermedad que es objeto de notificación. 21) Fecha de inicio de síntomas. Anotar el día en el cual el paciente o persona responsable del menor de edad refiere haber iniciado los primero síntomas de la enfermedad objeto de vigilancia sanitaria, detallando día/mes/año. 22) Fecha que notificación: Anotar la fecha en la que el médico que hizo el diagnóstico lo notifico al director o referente de vigilancia del nivel local para que se inicie la investigación y control de foco del caso en estudio, detallando día/mes/año. Esta fecha no se refiere al día en que lo digito en el sistema esta se genera automáticamente en el mismo. Cuando se hayan notificado un mismo paciente por varios establecimientos de salud que lo atendieron se dejara únicamente como establecimiento que lo notifico el que primero lo digito el sistema, debiendo los otros establecimientos catalogar dicho caso como subsecuente y hacer las correcciones respectivas en los registros de información. 23) Condición: Marcar con una X la condición en que es dado de egreso del establecimiento, las cuales pueden ser vivo o muerto. En el caso que paciente amerite hospitalización o sea referido a otro establecimiento de salud para tratamiento y falleciere deberá actualizarse dicha condición si en un inicio se marco como vivo. Si la condición de egreso fue vivo deberá saltar a la pregunta de 26. Nombre del médico que notifica 24) Fecha de defunción: Anotar el día en el cual se da por fallecido el paciente. Detallando día/mes/año. 25) Causa de defunción: Registrar la enfermedad o lesión diagnosticada al final del proceso de la atención médica y que establece como la causa básica que ocasiono la muerte del paciente.

17 17 Ejemplo: paciente que se notificó en el diagnóstico clínico como muerte materna y haya fallecido por un embarazo ectópico, se deberá registrar en la causa de defunción: Embarazo ectópico roto. 26) Nombre del médico que notifica: Anotar nombres y apellidos completos del médico tratante, no se deben registrar Dr. Martínez, Medico en Servicio Social, Residente 1, sino el nombre completo del médico Dr. Juan Antonio Martínez Buscapirina. Firma y sello: Deberá firmar y sellar con Número de vigilancia del responsable, ya que este formulario es un documento legal.

18 18 FORMULARIO PARA SOLICITUD DE EXAMEN POR ENFERMEDAD OBJETO DE VIGILANCIA SANITARIA (VIGEPES-02).

19 19 FORMULARIO PARA SOLICITUD DE EXAMEN POR ENFERMEDAD OBJETO DE VIGILANCIA SANITARIA (VIGEPES-02). Cuando un establecimiento de salud envía muestra para análisis al Laboratorio Nacional de Referencia deberá llenar siempre el formulario VIGEPES-02, esto aplica no solo para enfermedades objeto de vigilancia, sino también para la vigilancia centinela integral, estudio de brote, muertes asociadas a eventos ciertas patologías, seguimiento de casos entre otros. Todas las muestras objeto de vigilancia deberán ser enviadas en los primeros cinco días de haberse detectado el caso en estudio, este es un indicador que será evaluado. En eventos que con la sospecha clínica debe tomarse la muestra al ser notificado como: Sospecha de Difteria, Parálisis Flácida Aguda (PFA en < 15años), Enfermedad Febril Eruptiva (EFE), Rubéola, Rubéola Congénita, Sarampión, Tos ferina. Meningitis por Haemophilus Influenzae, Meningitis Meningococica, Meningitis Neumocócica. Meningitis Tuberculosa. Dengue Grave, Fiebre Amarilla, Fiebre Equina Venezolana, Leptospirosis, Paludismo. Cólera Síndrome de Distrés Agudo Severo (SARS), Rabia Humana y Hanta virus. Dengue, siempre que tenga 6 días de proceso febril, caso contrario se toma hasta que cumpla este requisito. Así mismo se deberá tomar segunda muestra a todo paciente que fue diagnosticado con sospecha de Dengue Grave y Leptospirosis. GENERALIDADES El médico que notifico el caso deberá llenar el VIGEPES-02 para completar el estudio del paciente y lo deberá hacer en forma simultanea cuando llenada el formulario VIGEPES-01. El profesional que toma la muestra para ser enviada a laboratorio deberá llenar la información contenida en VIGEPES-02 antes de ser trasladada dicha muestra al laboratorio Nacional de Referencia. La parte posterior del formulario VIGEPES-02 deberá ser llenado por profesional de Laboratorio Nacional de Referencia que proceso muestra enviadas para eventos objetos de vigilancia sanitaria. Solo se llenara un formulario para la solicitud de examen no es necesario dejar copia en expediente porque esto está registrado en el plan de manejo del paciente descrito en el expediente clínico. Algunos eventos en los cuales NO se llenara al principio el formulario de VIGEPES-01 pero si VIGEPES-02 para solicitar el análisis de dichas muestra al Laboratorio Nacional de Referencia son: En enfermedades que necesitan confirmación previa como: Hepatitis Aguda tipo B, Chagas Agudo y Crónico, Leishmaniasis todas las formas, Lepra todas las formas, Toxoplasmosis, Carbunco (Ántrax), Brucelosis, Histoplasmosis, Sífilis Adquirida, Sífilis Congénita, Intoxicación por Metales Pesados (Ejemplo Plomo)

20 20 Establecimientos que realizan Vigilancia Centinela para ETI, IRAG, IRAGI, Rotavirus, Meningitis y Neumonías Bacterianas. Cuando se solicite exámenes para investigación de brotes por ETI, Rotavirus o casos individuales de IRAG inusual, defunciones en menores de cinco años por diarrea para estudio de rotavirus. Identificación de Vibrio Cholerae a través del cumplimiento de la normativa de hisopados rectales a mayores de cinco años por diarrea (uno por cada 10 casos de diarrea). Eventos en los cuales a pesar de haber sido notificados a través de formulario VIGEPES-01 No se llenara formulario VIGEPES-02: Mordedura por Serpiente Venenosa, Intoxicación Paralizante o Neurotóxica por Mariscos, Intoxicación por Plaguicidas; Eventos Supuestamente Atribuibles a Vacunas de tipo Grave (ESAVI); En Muertes Maternas, Tétano, Tétano Neonatal, Conjuntivitis Hemorrágica. El medico director o referente de vigilancia del establecimiento de salud deberá garantizar la toma de muestras y el envío de la misma al Laboratorio Nacional de Referencia en un plazo 5 días. Con el VIGEPES-02 se envía la muestra al laboratorio Nacional de Referencia para confirmación, el profesional de laboratorio que procesa las muestras deberá registrar los resultados de las muestras analizadas y enviada al centro de acopio del laboratorio para ser digitado en el VIGEPES en el módulo de Laboratorio. Esta muestra deberá ser procesada y digitada en un periodo no mayor de 5 días, en el caso de cultivos el tiempo para emitir reportes es mayor al periodo antes señalado. Cuando se dejen muestras de seguimiento para establecer diagnostico solo se llenara el VIGEPES-02 y se deberá especificar que es de seguimiento, segunda o tercer muestra según corresponda. Los resultados de laboratorio serán digitados en el VIGEPES, pero en el caso de enfermedades que necesitan muestras pareadas se reportaran pendiente hasta no completar el estudio. Una vez finalizado el estudio (incluyendo resultados de laboratorio), se deberá clasificar el caso digitando el diagnostico final por parte del epidemiólogo hospitalario o del SIBASI. Si en un plazo no mayor de 30 días después de haber sido notificado el caso y no se ha recibido la muestra en Laboratorio Nacional de Referencia, el caso se tipificara como inadecuadamente investigado. CONTENIDO DE FORMULARIO PARA SOLICITUD DE EXAMEN 1) Nombre del establecimiento. Anotar el nombre del establecimiento de salud que atiende al caso que está notificando. Deberá identificar el tipo de establecimiento a que pertenece, ejemplo: Hospital, Centro de Atención de Emergencia, Unidad Comunitaria de Salud Familiar, Clínica Comunal, empresariales, Unidad Médica así como la institución a la que pertenece. 2) Fecha de consulta: Anotar el día en el cual se brinda la consulta o se detecta el caso objeto de vigilancia sanitaria, detallando día/mes/año. 3) Número de expediente o Afiliación: anotar el número del expediente clínico del paciente atendido. Se refiere al número del expediente asignado en el establecimiento de atención.

21 21 Esto aplica para la modalidad de correlativo anual o familiar individual. En el caso de los ECOSF deberá registrarse el número del expediente clínico individual. Se debe garantizar que se escriba correctamente los OCHO campos del expediente separado por guiones y escribir en letra mayúscula área y zona como ejemplo U-001-A En el caso de los expedientes correlativos anuales deben registrase el número de expediente separado por guion el año de emisión del expediente como ejemplo ; En el caso de ser un paciente asegurado o beneficiario deberá registrar el número completo de afiliación asignado por la institución. 4) No. de DUI o Pasaporte: Anotar en toda persona mayor de edad el documento único de identidad, esta información es fundamental documentarla, en el caso del menor de edad deberá registrarse carnet de minoridad y en niños este espacio lo dejara vacío. Debe escribir el número como aparece registrado en el DUI el cual va separado por un guion. En el caso de una atención a persona extranjera deberá registrarse el número de pasaporte. 5) Edad: Anotar Años a partir de un año de edad anotar solamente los años cumplidos; Meses: Anotar meses cumplidos a partir de 1 mes hasta 11 meses; Días: Anotar días de edad para niños(as) menores de un mes. Las edades antes mencionadas no deben registrarse simultáneamente. 6) Sexo: Marcar con una X el sexo correspondiente del paciente: masculino o femenino. 7) Apellidos /nombres: Anotar los dos apellidos y nombres del paciente que está notificando el cual debe ser escrito en letra de molde y con letra legible. No utilizar abreviaturas, no se admiten borrones ni tachones en este campo. 8) Si es menor de edad, nombre completo de la persona responsable: anotar el nombre de la madre o la persona que lo tiene bajo su responsabilidad (abuelos, tíos, hermanos, etc.) 9) Dirección completa: Anotar la dirección completa del domicilio de residencia del paciente. Departamento: Anotar el nombre del departamento donde reside el paciente, en el caso de ser residente en otro país anotar el nombre de dicho país como por ejemplo: Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y otro país. Municipio: Anotar el nombre del municipio de residencia del paciente. No se registrará en este campo el nombre de colonias, cantones o barrios. Para los extranjeros se colocara el nombre del municipio de residencia del paciente se debe tener especial atención a personas procedentes de zonas fronterizo con el país.

22 22 10) Embarazo: Este campo solo aplica para mujeres en edad reproductiva de 10 a 54 años de edad, Marcar con una (x) si o no embarazada. 11) Semanas de Amenorrea: En el caso de estar embarazada anotar las semanas de amenorrea que tiene la paciente al momento de ser clasificada como caso objeto de Vigilancia Sanitaria. Aplica para mujeres que según antecedente obstétrico estén embarazadas o hayan abortados al momento de reportarlo como Muerte Materna, Toxoplasmosis, Histoplasmosis, Sífilis entre otras. 12) Diagnóstico clínico o Sospecha diagnostica: Anotar la enfermedad o evento objeto de vigilancia sanitaria a reportar ya sea por la sospecha, la certeza clínica o confirmación de la enfermedad que es objeto de notificación. 13) Fecha de inicio de síntomas. Anotar el día en el cual el paciente o persona responsable del menor de edad refiere haber iniciado los primero síntomas de la enfermedad objeto de vigilancia sanitaria, detallando día/mes/año. 14) Condición: Marcar con una X la condición en que es dado de egreso del establecimiento, las cuales pueden ser vivo o muerto. En el caso que paciente amerite hospitalización o sea referido a otro establecimiento de salud para tratamiento y falleciere deberá actualizarse dicha condición si en un inicio se marcó como vivo. 15) Fecha de defunción: Anotar el día en el cual se da por fallecido el paciente. Detallando día/mes/año. 16) Nombre del médico que notifica: Anotar nombres y apellidos completos del medico tratante, no se deben registrar Dr. Martínez, Médico en Servicio Social, Residente 1, sino el nombre completo del médico. Firma y sello: Deberá firmar y sellar con Número de vigilancia del responsable, ya que este formulario es un documento legal. USO EXCLUSIVO DEL NIVEL LOCAL QUE COLECTA MUESTRA No. ID VIGEPES: Anotar el número de identificación proporcionado por el VIGEPES al paciente cuando fue digitado en el sistema como caso sospechoso, como parte de la vigilancia centinela integral o como estudio de brote, este dato facilitara el seguimiento en Laboratorio Nacional de Referencia. Nombre del Establecimiento: Anotar el nombre del establecimiento de salud que atiende al caso que está notificando. Deberá identificar el tipo de establecimiento a que pertenece, ejemplo: Hospital, Centro de Atención de Emergencia, Unidad Comunitaria de Salud Familiar, Clínica Comunal, empresariales, Unidad Médica así como la institución a la que pertenece. Fecha: Anotar el día en el cual se brinda la consulta o se detecta el caso objeto de vigilancia sanitaria, detallando día/mes/año.

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