Mercado de trabajo y pensiones en las fuentes tributarias

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1 El Ministerio de Economía y Hacienda, por medio de la Agencia Tributaria, ha dado a conocer la publicación denominada. Se trata de una explotación estadística que aborda la visión del mercado laboral desde una doble perspectiva: la de la entidad que emplea y retribuye, y la del retenido o perceptor de salarios, pensiones y prestaciones por desempleo. Con su análisis obtendremos una aproximación bastante fidedigna a los ingresos que perciben los aragoneses, tanto durante su vida activa, como en los periodos de desempleo, o cuando se convierten en pensionistas. No se trata sin embargo de una publicación nueva. Ya en el año 1992 y hasta 1996, con periodicidad anual, el Instituto de Estudios Fiscales dio a conocer Empleo, salarios y pensiones en las fuentes tributarias Las ediciones de los años 1997 y 1998 dejaron de producirse, volviendo a aparecer en 2004 a partir del año 1999, con las características que luego señalaremos. Antecedentes Esta estadística descansa en la relación de perceptores de rentas que presentan los empleadores y entidades pagadoras de pensiones o de prestaciones por desempleo mediante la Declaración Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Rendimientos del Trabajo, de determinadas actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta (Modelo 190). Este modelo de declaración es un modelo informativo sin trascendencia recaudatoria, tratándose además de una declaración que no posee, como ocurre con otras declaraciones tributarias, ningún supuesto de exención de la obligación de declarar. Así, todas las entidades que pagan salarios, pensiones o servicios profesionales están obligadas a presentar el modelo, con independencia de su personalidad, su actividad, la dimensión o el carácter público o privado de las mismas, por lo que la información es exhaustiva y muy detallada. En este sentido, se acompañan relaciones de perceptores o listados individualizados de cada perceptor, las retribuciones satisfechas y retenciones practicadas, permitiendo reconstruir con carácter general las poblaciones de asalariados, pensionistas y perceptores de prestaciones de desempleo que residen en el Territorio de Régimen Fiscal Común. En dichas relaciones de perceptores figuran todas las personas que reciben rentas sujetas al IRPF aunque se trate de retribuciones inferiores al mínimo legal de exención para la obligación de declarar en IRPF, retribuciones con tipo de retención nulo y rentas exentas. Se trata de la fuente fiscal más completa para analizar los rendimientos de las personas físicas; es además una fuente de información detallada, ya que todos los retenedores están obligados a presentar el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta, con sus datos identificativos así como los datos relativos a sus perceptores: datos de identificación, datos de las percepciones, tipo de percepción (salariales, pensiones, desempleo, rendimientos agrarios, rentas profesionales, rentas exentas de distinta naturaleza, etc.), así como las retenciones practicadas. 1

2 Utilidad de la estadística La importancia de esta estadística radica en la posibilidad de conocer la distribución demográfica y territorial de la renta del trabajo así como las características del mercado de trabajo en un sentido amplio al incluir tanto a los ocupados, como a los desocupados que perciben prestaciones por desempleo, no olvidando tampoco a los pensionistas o personas que han abandonado el mercado laboral por razón de la edad, y a otros que reciben pensiones de orfandad, viudedad, etc. En el análisis de la población ocupada se presentan resultados en el nivel de sector de actividad, lo que permite establecer un perfil de la economía que responda a las siguientes preguntas: qué sectores son los que emplean más número de trabajadores?, cuáles los que más pagan?, en qué sectores existe desigualdad en la distribución de la mano de obra por razón de sexo?, etc. y que permitirá en un futuro cercano, con la consiguiente actualización de los datos, realizar un seguimiento evolutivo de las variaciones en el mercado de trabajo, del crecimiento de la ocupación, de la variación en el importe medio de las retribuciones, de la sensibilidad ante los cambios de ciclo y del efecto anticipación del mercado laboral a los cambios en la coyuntura en algunos sectores de actividad. En resumen, se abren nuevas expectativas de estudio del mercado de trabajo, uniéndose al resto de las fuentes estadísticas que tienen como objeto de estudio este factor productivo. Desde la perspectiva de las personas que reciben percepciones se analiza la distribución territorial, la distribución por sexo, por tramos de edad y por tramos de retribución establecidos en proporción al salario o pensión mínima interprofesional de cada año. Al objeto de conocer la distribución personal y territorial de la renta parece obvio pensar que la fuente tributaria por excelencia sea el IRPF, sin embargo, posee dos importantes limitaciones que imposibilitan el estudio de la renta a estos niveles, y que son: 1. la unidad familiar fiscal no coincide con la persona, ni con la familia o el hogar. 2. no recoge información sobre los perceptores cuyas percepciones están por debajo del límite monetario de exención de la obligación de declarar de IRPF, límite que además se elevó considerablemente en la Reforma de Sin embargo, la Declaración Anual de Retenciones sobre las Rentas de Trabajo no posee estas limitaciones, al ser una fuente de información exhaustiva y relacionar las rentas clasificadas con el tipo de individuo que las percibe. Es por tanto la fuente tributaria idónea para el estudio de la distribución de las rentas de trabajo, posibilitando la realización de esta estadística. Objetivo La estadística constituye una investigación de carácter censal basada en las declaraciones anuales del Modelo 190, con la que se pretende ofrecer los datos necesarios y suficientes para el estudio de los asalariados, los desempleados y los pensionistas a través de tablas estadísticas en las que tanto los perceptores como las percepciones satisfechas se clasifican según diversos criterios: geográficos, de actividad y dimensión empresarial, sexo y edad del perceptor, etc... 2

3 Contenido Con respecto a las tablas estadísticas, se presentan datos de la población total según la naturaleza de sus retribuciones, desagregados en tres apartados diferentes, uno por cada tipo de retribución estudiada (empleo asalariado, pensionistas y desempleo), de los cuales se puede obtener información detallada por diferentes variables. En los Anexos, se incluye la Clasificación sectorial en términos de epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas así como el modelo 190 utilizado en la elaboración de la estadística. Ámbitos de referencia Ámbito poblacional Es una investigación censal cuyo marco poblacional esta constituido por todas las empresas y entidades que retribuyan en forma de salarios, pensiones y prestaciones por desempleo, y por la relación de percepciones y perceptores de ese tipo. Desde la perspectiva del retenedor se excluyen totalmente del ámbito de estudio los declarantes del modelo 190 que retribuyan y retengan exclusivamente otros tipos de rentas, léase rendimientos de actividades económicas (agrarias o profesionales), rentas exentas, premios, cesión de derechos de imagen, así como las rentas de consejeros y administradores. Desde la perspectiva del retenido además se excluyen las percepciones enumeradas en el apartado anterior relacionadas por los retenedores seleccionados y que tengan domicilio fiscal en los Territorios Forales, independientemente de que las correspondientes retenciones hayan sido pagadas a la Hacienda Estatal o a las Haciendas Forales. Las unidades informantes que están obligadas a la presentación del Modelo 190, son las siguientes: Las empresas o entidades que producen bienes y servicios destinados a la venta, cualquiera que sea su personalidad jurídica, actividad y dimensión. Se incluyen: Los empresarios, agricultores y profesionales personas físicas Las comunidades de bienes y sociedades civiles de personas que carecen de personalidad jurídica Las sociedades de todo tipo y las cooperativas Las agrupaciones temporales de empresas Las instituciones privadas sin fines de lucro o administraciones privadas que prestan servicios, no destinados a la venta, a grupos particulares de familias o de empresas. Las administraciones públicas estatales, autonómicas y locales. Las personas físicas, jurídicas y demás entidades no residentes en el territorio español que operen en él mediante establecimiento permanente. Las unidades informantes no comprenden a los hogares que pagan salarios a empleados del hogar. Ámbito geográfico 3

4 La existencia de regímenes fiscales independientes en las Diputaciones Forales de las provincias vascas y Navarra limita el ámbito geográfico de esta estadística al denominado Territorio de Régimen Fiscal Común que excluye, en principio, a los citados territorios forales. No obstante, las empresas o entidades que operen o mantengan establecimientos en ambos territorios están obligadas al ingreso de las retenciones y a la presentación de la correspondiente declaración anual en las Administraciones de Hacienda de uno y otro. Así, quedan incluidos en esta estadística, todos aquellos perceptores con domicilio fiscal en el Territorio de Régimen Fiscal Común que reciben percepciones de entidades o empresas con obligación de declarar en cualquiera de las Administraciones de Hacienda. El Instituto Aragonés de Estadística ha extraído los datos correspondientes a Aragón, Huesca, Teruel y Zaragoza. También se explotan los datos de los municipios de Aragón, excepto los datos protegidos por secreto estadístico que no se muestran. Ámbito temporal La presente explotación incluye el total de declaraciones del modelo 190 relativas a las rentas devengadas en el ejercicio del año de referencia de la estadística. Colectivos de estudio y variables objeto de explotación En este epígrafe se enumeran las variables que se presentan en las tablas estadísticas y se describen brevemente las principales características de cada una de ellas. La estadística está estructurada en tres apartados independientes, procedentes de la información obtenida de distintas claves retributivas de la declaración o de la entidad: Empleo (clave A), Desempleo (claves C y D) y Pensiones (clave B y subclaves 6 y 7 de la clave L). Además, en el caso de Empleo y Salarios, el estudio se ha realizado desde dos ópticas diferentes: la del perceptor y la de la empresa pagadora o retenedora. Hay que señalar que la información contenida en el modelo 190 comprenderá los datos de las rentas estudiadas, tanto las exentas como aquellas en las que la aplicación de las reglas establecidas al efecto en la normativa vigente hubieran determinado la aplicación de un porcentaje de retención o de ingreso a cuenta igual a cero. Una de las particularidades de esta estadística es el fenómeno de pluralidad. Así, en estos colectivos se dan situaciones en las que una persona puede obtener, a lo largo del año, percepciones salariales de dos o más empresas o entidades, y dos o más tipos de percepciones. Antes de definir las variables objeto de estudio, es necesario acotar conceptualmente cada uno de los apartados correspondientes, pasando posteriormente a definir las variables de explotación y clasificación usadas en la elaboración de esta estadística. Colectivos Los colectivos estudiados en esta estadística son: asalariados, desempleados y pensionistas. 4

5 Asalariados Es el colectivo formado por los perceptores cuyas percepciones están declaradas en la clave A (empleados por cuenta ajena en general), que incluye todas aquellas percepciones, dinerarias o en especie que hayan sido satisfechas por la persona o entidad declarante en concepto de rendimientos del trabajo. Este estudio se realiza desde dos perspectivas: la de la entidad pagadora o retenedor y la del empleado o perceptor. Desempleados Es el colectivo formado por los perceptores cuyas percepciones están declaradas en las claves C (Prestaciones o subsidios por desempleo) y D (Prestaciones de desempleo abonadas en la modalidad de pago único), es decir, incluye la totalidad de las percepciones correspondientes a las prestaciones o subsidios por desempleo, independientemente de cual sea su forma de pago. Pensionistas Incluye a las personas que han recibido a lo largo del año retribuciones declaradas en la clave B (Pensionistas y perceptores de haberes pasivos), es decir, las percepciones no exentas del IRPF correspondientes a las pensiones y haberes pasivos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas así como las clasificadas con las subclaves 6 y 7 de la clave L que son las prestaciones por incapacidad permanente o gran invalidez que estén exentas y las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente de clases pasivas. Dentro de la clave B se encuentran las pensiones de orfandad y viudedad. Definiciones Asalariados Se entiende por asalariados el colectivo formado por las personas cuyas percepciones están declaradas en la clave A (empleados por cuenta ajena en general). La referencia anual para la definición de la población asalariada y la existencia de situaciones de pluriempleo, de trabajo a tiempo parcial y de relaciones laborales de duración inferior al año posibilita que un asalariado obtenga, a lo largo del año, percepciones salariales de dos o más empresas o entidades. Salarios anuales totales, se definen como la suma de los salarios anuales recibidos por cada uno de los asalariados, o bien como la suma del total de salarios anuales pagados por las entidades. Se define el salario medio anual para cualquier subconjunto de asalariados formado mediante el cruce de las variables de clasificación como la suma de los salarios anuales dividida por el número de asalariados de dicho subconjunto. Desempleados 5

6 En este colectivo, sin embargo, no se produce el fenómeno de pluralidad, al ser únicas las prestaciones por desempleo y pagadas siempre por el mismo retenedor. Pensionistas También en los pensionistas se produce el fenómeno de pluralidad de percepciones, es decir, un pensionista puede percibir una o más pensiones de distintos tipos. Análogamente a como se establece con el salario, se define la pensión anual de un pensionista como la suma de todas las pensiones recibidas. De la misma forma, para cualquier subconjunto de pensionistas formado mediante el cruce de las variables de clasificación la pensión media anual se define como la suma de las pensiones anuales de dicho colectivo dividida por el número de pensionistas del subconjunto. Por su parte la pensión media interprofesional (PMI) corresponde a la pensión mínima de jubilación sin cónyuge a cargo, según los Reales Decretos sobre revalorización de pensiones en el Sistema de la Seguridad Social para cada ejercicio. Ámbito territorial Desde el punto de vista territorial, la información se puede desagregar atendiendo a los municipios, a la provincia y a la Comunidad Autónoma. Dependiendo de la óptica desde la que se estudien los tres diferentes colectivos, se distingue entre el domicilio fiscal del perceptor y del retenedor. Así, en el caso de desempleados y pensionistas el domicilio fiscal tomado como referencia siempre es el del perceptor, y sin embargo en el caso del colectivo de asalariados se usa tanto el domicilio fiscal del retenedor como el del perceptor dado que el estudio de este colectivo se presenta desde las dos ópticas: retenedor o empresa pagadora y perceptor o empleado. Sexo del perceptor La desagregación de los datos por sexo del perceptor se considera esencial para un completo análisis del mercado de trabajo y las pensiones, por ello, se han obtenido tablas desagregadas por sexo. Tramos de retribuciones anuales Los tramos de Retribuciones se han determinado como fracciones y múltiplos de las percepciones mínimas interprofesionales anuales, tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional Anual para el cálculo en los colectivos de Asalariados y Desempleados, y la Pensión Mínima Interprofesional Anual en el caso de los Pensionistas. 6

7 Edad En la siguiente tabla se presentan los tramos de edad en años usados en los diferentes colectivos. Colectivo Asalariados Pensionistas Tramos < >65 < >75 Nacionalidad En el ejercicio 2007, como novedad, se ha incorporado la clasificación por 'nacionalidad' en los colectivos de asalariados y desempleados, distinguiéndose entre los de nacionalidad española y extranjera. Tipo de entidades A partir de 2007 la clasificación por tipo de entidad se ha modificado estableciendo una clasificación más agregada y homogénea tanto para las Empresas como para las Instituciones sin fines de lucro (ISFL). Las empresas quedan clasificadas atendiendo a su forma personal de tributación diferenciando entre las Empresas societarias, que son las que tributan por el Impuesto sobre Sociedades y las Empresas personales que tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En cuanto a las ISFL, las modificaciones introducidas en el NIF según el RD 1065/2007, de 27 de julio de 2008 permiten clasificar las instituciones con mayor detalle y precisión. Sectores de actividad Cada una de las empresas pagadoras se clasifican en una de las categorías siguientes según la actividad sectorial a que se dedique, en términos de epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas. Energía y agua Industria Construcción y Servicios Inmobiliarios Comercio Transporte y Comunicaciones Hostelería y restauración Servicios a empresas Enseñanza y Sanidad Otros Sin clasificar 7

8 CLASIFICACIÓN SECTORIAL EN TÉRMINOS DE EPÍGRAFES DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EPÍGRAFES IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (1) SECTOR ACTIVIDADES TARIFAS INDUSTRIALES ACTIVIDADES TARIFAS PROFESIONALES Y ARTISTAS 01-Energía y Agua 1111 a a a a Industria 03-Construcci ón y servicios inmobiliarios a a a a a a a a a a a a a a a a a a a Comercio 1611 a a a Transporte y Comunicaciones a a Hosteler ía y Restauración 1671 a a Empresas financieras y aseguradoras a Servicios a las empresas 1841 a a a a a a a a Enseñanza y Sanidad 1931 a a a a Otros 1011 a a a a a a a a a a a a a a a a a 2889 (1) El primer dígito corresponde a la sección del IAE. Los tres últimos dígitos corresponden al código de grupo de las tarifas. 8

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