REGLAMENTO SERVICIO SOCIAL
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- Emilia Farías Marín
- hace 10 años
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1 REGLAMENTO SERVICIO SOCIAL 1
2 INDICE Introducción TITULO PRIMERO : MARCO JURIDICO CAPITULO I. Fundamentos legales del servicio social... 4 I.I Artículo de la constitución política de los estados unidos mexicanos... 4 Disposiciones Generales CAPITULO I. Coordinación general de servicio social... Error! Marcador no definido. I.I Qué es el servicio social?... 6 I.II Misión... 6 I.III Objetivos generales... 6 I.IV Objetivos específicos... 6 I.V Beneficios del programa del Servicio Social.. 6 CAPITULO II. Competencia de la coordinación de servicio social... 7 Disposiciones generales para alumnos de la universidad anáhuac puebla... 7 TITULO SEGUNDO: DISPOSICIONES PARA TENER DERECHO A INSCRIBIRSE A SERVICIO SOCIAL CAPITULO I. Requisitos de incripción... 8 CAPITULO II. Periodo de entrevistas con las instituciones autorizadas... 8 I.I Feria Interactiva de Servicio Social... 8 CAPITULO III. Prestación de servicio social... 9 I.I Presentación de documentos... 9 CAPITULO IV. Requisitos para concluir el servicio social
3 I.I Entrega de constancias... Error! Marcador no definido. TITULO TERCERO: CANCELACIÓN Y SANCIONES PORINCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO SOCIAL CAPITULO I. Cancelación del servicio social CAPITULO II. Servicio social para trabajadores al servicio del estado CAPITULO III. Sanciones por incumplimiento del servicio social. 11 TITULO CUARTO: INSTITUCIONES RECEPTORAS CAPITULO I. Instituciones receptoras de servicio social CAPITULO II. Requisitos para insituciones receptoras CAPITULO III. Obligaciónes de la institución receptora I.I Autorización de plazas
4 INTRODUCCIÓN El programa de Servicio Social se presenta como respuesta a la necesidad de creación y promoción de programas sociales en los que los alumnos desarrollen un liderazgo comprometido y proyecten sus capacidades humanas y profesionales. El presente Reglamento contiene los objetivos, la misión, las acciones a seguir y los beneficios de la prestación del Servicio Social y que se aplica para todos los alumnos de la Universidad Anáhuac Puebla. TITULO PRIMERO: MARCO JURIDICO CAPITULO I. FUNDAMENTOS LEGALES DEL SERVICIO SOCIAL a) Los artículos 3, 5 y 123, fracciones XXIX y XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. b) La Ley Reglamentaria del Artículo 5 Constitucional (aa. 52, 53 y ss.) c) La Ley de Educación. d) La Ley de Profesiones. e) El presente Reglamento de Servicio Social de la Universidad Anáhuac. ARTÍCULO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Conforme al Capítulo VIII de la Ley Reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo al ejercicio de las profesiones del Distrito Federal, los pasantes y/o estudiantes deberán prestar un Servicio Social en un tiempo no menor a seis meses ni mayor a dos años y será requisito previo para otorgar el Título Profesional, no computándose en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave el estudiante permanezca fuera del lugar en el que debe prestar el Servicio Social. Podemos concluir que se entienden por Servicio Social aquellas actividades de carácter temporal y obligatorio que realizan los estudiantes y pasantes de las carreras profesionales y técnicas, tendientes a la aplicación de los conocimientos y habilidades adquiridos en beneficio de la sociedad y del Estado. Y que redundan en el ejercicio de la práctica profesional extendiendo los beneficios de la ciencia, la técnica y la cultura a la Sociedad, formando en el prestador de Servicio Social una conciencia de solidaridad con la comunidad a la que pertenece, siendo así complemento de su formación profesional. El número de horas requerido estará determinado por las características específicas del programa al que se encuentre inscrito el estudiante. En ningún caso podrá ser menor a 480 4
5 horas. (Fuente: Ley Reglamentaria del Artículo 5 constitucional, México, Editorial PAC, 1996). De acuerdo al artículo 55 de la Ley de Profesiones: Los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten Servicio Social durante un tiempo no menor a seis meses, ni mayor a dos años. (Fuente, Ley de Profesiones, México, Editorial PAC, 1996). El Servicio Social es un deber como se indica en el Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y únicamente podrá realizase en las instituciones incorporadas al catálogo Institucional de Servicio Social registradas en la Universidad- El artículo 91 de la Ley de Profesiones es reglamentario del Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Éste dice a la letra: Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal, no estarán obligados a prestar ningún Servicio Social distinto al desempeño de sus funciones. El que prestan voluntariamente dará lugar a que se haga la anotación respectiva en su hoja de servicios. DISPOSISIONES GENERALES Art. 1 En conformidad con el Reglamento para Alumnos de Licenciatura de la Universidad Anáhuac (RALUA 2010) y tomando en consideración las disposiciones en esta materia emanadas de la Secretaría de Desarrollo Social el 1 de diciembre de 2000; se establece el siguiente reglamento para el cumplimiento del requisito curricular del servicio social. Art. 2 Las disposiciones generales de este reglamento son aplicables a todos los alumnos y egresados de programas de estudio de licenciatura de la Universidad Anáhuac Puebla. Art. 3 El Servicio Social únicamente podrá realizarse en las instituciones o dependencias incorporadas al catálogo de la Universidad Anáhuac Puebla y que tengan como fines los que determina este reglamento. Art. 4 Los alumnos tienen derecho a promover la inscripción de instituciones para su incorporación al Catálogo de Instituciones Receptoras (CIR) a través de Convenios de Colaboración en los términos que indique la Coordinación de Servicio Social a reserva de que esta cumpla los requisitos y sea autorizada. Art. 5 El Servicio Social deberá estar orientado hacia el trabajo comunitario. 5
6 CAPITULO II. DE LA COORDINACION GENERAL DE SERVICIO SOCIAL QUÉ ES EL SERVICIO SOCIAL? Es la actividad obligatoria que promueve el Estado, cuyo fin consiste en fomentar el Servicio Social, el desarrollo y la organización de la comunidad, así como mejorar directa o indirectamente el bienestar individual y colectivo a través de la prestación de servicios fundados en el principio de solidaridad social, vinculando a los universitarios con la problemática socioeconómica de nuestra nación. MISIÓN Participar en la formación y desarrollo de personas íntegras sustentada en valores humanos y morales, generando una genuina conciencia social, mostrando la necesidad de promover el auténtico desarrollo del ser humano y el servicio al prójimo a través de su liderazgo canalizado en acciones sociales concretas, cuantificables e institucionales que eleven el nivel de vida de la sociedad. OBJETIVOS GENERALES Coordinar un adecuado funcionamiento y comunicación entre los prestadores de Servicio Social, las instancias receptoras (instituciones privadas, dependencias gubernamentales y comunidad universitaria) y la Secretaría de Desarrollo Social. Favorecer la formación de los prestadores de Servicio Social ubicándolos dentro de la problemática social y sus alternativas de solución, así como fomentar la excelencia humana y profesional en cada una de las actividades que se lleven a cabo. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Promover la participación activa de los universitarios al aplicar sus conocimientos profesionales en beneficio de la sociedad. Coordinar el proceso administrativo y gubernamental del Servicio Social. Asesorar a la comunidad universitaria antes, durante y después del proceso señalado. Evaluar y mejorar los procedimientos que rijan las actividades de los prestadores de Servicio Social. Promover el cumplimiento satisfactorio del Servicio Social con un estricto apego a las disposiciones legales e institucionales. BENEFICIOS DEL PROGRAMA DE SERVICIO SOCIAL Elevar la calidad humana y profesional de los prestadores de Servicio Social mediante la concienciación de la realidad social. Brindar un espacio en el que los prestadores de Servicio Social pongan en práctica sus conocimientos profesionales. 6
7 Realizar el procedimiento administrativo y gubernamental del Servicio Social. Garantizar el cumplimiento del Servicio Social mediante un estricto seguimiento. CAPITULO III. COMPETENCIA DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIO SOCIAL Es competencia exclusiva de la Coordinación de Servicio Social: La determinación de la fecha de inicio y término del periodo de prestación de Servicio Social. La evaluación y autorización de programas propuestos por las instituciones receptoras candidatas al Servicio Social. Determinar el número de plazas aceptadas por carrera para cada proyecto de acuerdo con los criterios establecidos. Las resoluciones de los casos que sean presentados para su determinación. La amonestación y/o cancelación de los Servicios Sociales irregulares. La evaluación, cancelación y/o amonestación de todos los programas que integran el programa multidisciplinario en caso de que incurran en alguna falta grave. DISPOSICIONES GENERALES PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD ANÁHUAC PUEBLA Las disposiciones de este Reglamento son aplicables a todos los alumnos y egresados de la Universidad Anáhuac Puebla. El Servicio Social es un deber constitucional y es indispensable para la obtención del Título Profesional. Una vez que el alumno se inscriba en un Programa de Servicio Social, se compromete a llevarlo a cabo en su totalidad: Los cambios de programa serán sólo por causa de fuerza mayor del alumno de la institución receptora y se podrán hacer sólo con la autorización de la Coordinación de Servicio Social. A los alumnos que presenten una razón justificada para no terminar su Servicio Social en las fechas estipuladas se les concederá una prórroga para concluirlo en los términos que indique la Coordinación General de Servicio Social. 7
8 TITULO SEGUNDO: DISPOSICIONES PARA TENER DERECHO A INSCRIBIRSE EN SERVICIO SOCIAL CAPITULO I. REQUISITOS DE INCRIPCIÓN Para tener derecho a inscribirse en Servicio Social el alumno deberá cumplir con los siguientes requisitos: Estar inscrito en la Universidad Anáhuac durante ese semestre. Contar con un mínimo de 70% de créditos académicos acumulados. Asistir a la plática de inducción que se lleva a cabo dentro de la Feria Interactiva de Servicio Social: es un requisito obligatorio para iniciar el proceso de Servicio Social, ya que en ella los alumnos obtienen toda la información necesaria para cumplir satisfactoriamente la prestación de su Servicio Social. Los documentos necesarios para iniciar el servicio social son: 1. Comprobante de pago del registro de servicio social, mismo que debe realizarse en la Caja de la Universidad o en el SIU. 2. Carta de aceptación por parte de la institución receptora. CAPITULO II. PERIODO DE ENTREVISTAS CON LAS INSTITUCIONES AUTORIZADAS El alumno deberá consultar el catálogo de instituciones inscritas y autorizadas, ya sea en la Coordinación de Servicio Social o vía Internet en la página oficial de la Universidad, para escoger los posibles lugares donde puede realizar su Servicio Social. Posteriormente, podrá entrevistarse con los responsables del programa, ya sea en las instituciones, o bien el día de la Feria Interactiva de Servicio Social, con el fin de obtener información objetiva y precisa sobre las actividades a realizar en dicha institución. FERIA INTERACTIVA DE SERVICIO SOCIAL Es el punto de encuentro entre las instituciones receptoras y los alumnos. Durante ésta, los candidatos al servicio social se pueden inscribir en el programa o proyecto de su preferencia. El registro de asistencia para alumnos con el 70% de avance de su carrera es indispensable y ya que en base al registro se enviaran los formatos correspondientes para dar inicio y seguimiento a la prestación del servicio, de lo contrario deberá acercarse a la Coordinación de Servicio Social de manera justificada a su inasistencia. Objetivo: Incrementar la participación de los estudiantes. Dando un sentido más dinámico e interactivo a la prestación del Servicio Social de acuerdo a sus expectativas e intereses en la participación de las actividades de impacto social. 8
9 CAPITULO III. PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL La prestación de Servicio Social empieza en la fecha de aceptación del alumno, no obstante a un periodo máximo de 15 días después de la Feria Interactiva de Servicio Social y debe terminarse en un periodo no menor a seis meses ni mayor a dos años, cubriendo un total de 480 horas. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS El prestador de Servicio Social tiene la obligación de entregar los siguientes documentos, bajo los formatos para ello establecidos, en las fechas estipuladas por la Coordinación de Servicio Social: a) Carta de inicio. b) Carta avance (240 hrs concluidas). c) Reporte de participación actividad ASUA (dentro del periodo de Servicio Social). d) Carta de término. Se dará de alta solo a los alumnos que entreguen a tiempo su carta de inicio del Servicio Social y ficha de pago, teniendo 15 días después de la Feria como margen para entregarla. La entrega oportuna de estos documentos es requisito para la liberación del Servicio Social. CAPITULO V. REQUISITOS PARA CONCLUIR EL SERVICIO SOCIAL Los requisitos que debe cumplir el alumno para concluir el Servicio Social son los siguientes: a) Acreditar las 480 horas de prestación del servicio social en la institución receptora. c) Cumplir con las actividades establecidas durante el periodo de prestación del Servicio Social y sus debidos reportes, así como la actividad de acción social (ASUA). d) Cumplir con todos los requisitos aplicables en el presente reglamento. ENTREGA DE CONSTANCIAS Para hacer entrega de la constancia de término de Servicio Social que expide la Universidad Anáhuac, el prestador tendrá que acudir personalmente a la oficina de la Coordinación de Servicio Social para recogerla, siempre y cuando haya cumplido con el total de horas requeridas oficialmente en la institución receptora y en la Universidad Anáhuac y haya entregado la papelería necesaria. 9
10 TITULO TERCERO: CANCELACIÓN Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO SOCIAL CAPITULO I. CANCELACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL El Servicio Social de cualquier prestador podrá ser cancelado por la Coordinación de Servicio Social por las siguientes causas: a) Incurrir en alguna falta prevista en las normas de la institución receptora. b) Incurrir en alguna falta al Reglamento de Servicio Social para alumnos de nivel Licenciatura de la Universidad Anáhuac Puebla. c) Presentar algún documento alterado y/o falsificado. g) Incurrir en alguna falta al Reglamento para alumnos de licenciatura de la Universidad Anáhuac (RALUA 2010). SERVICIO SOCIAL PARA TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO El Artículo 91 de la Ley de Profesiones es reglamentario del Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este dice a la letra que: Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal, no estarán obligados a prestar ningún Servicio Social distinto al desempeño de sus funciones. El que prestan voluntariamente dará lugar a que se haga la anotación respectiva en su hoja de servicios. Los alumnos que pertenezcan al programa del artículo 91 de la Ley de Profesiones, estarán obligados a acatar las disposiciones que determinen las autoridades competentes de la Universidad Anáhuac. Éstas serán dadas a conocer en su momento a través de la Coordinación de Servicio Social. Los trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal deben cumplir con las disposiciones señaladas en el presente reglamento, como son de manera enunciativa más no limitativa: los requisitos de inscripción, asistencia a las reuniones mensuales de Servicio Social y la visita de acción social. Los alumnos que sean trabajadores al servicio del Estado podrán ejercer este derecho siempre y cuando: a) Estén registrados como prestadores de Servicio Social ante la Coordinación de Servicio Social, comprueben una antigüedad laboral mínima de un año a partir de que posean el 70% de los créditos académicos y presenten el primer y último recibo de nómina expedidos por la dependencia gubernamental en la que presten sus servicios. b) Presenten un oficio que los acredite como trabajadores al servicio del Estado, con base en el formato que les sea otorgado por la Coordinación de Servicio Social. 10
11 CAPITULO II. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO SOCIAL Una vez que el alumno se inscriba en un Programa de Servicio Social, se compromete a llevarlo a cabo en su totalidad, esto es: a) No podrá darse de baja durante el curso del mismo, si así fuera, deberá cubrir 100 horas más de penalización. b) Los cambios de programa serán sólo por causas de fuerza mayor del alumno o de la institución Receptora y se podrán hacer en un periodo no mayor a 2 semanas después de la fecha de registro del alumno. Al alumno que por alguna razón abandone o no concluya, dentro del período establecido, con la prestación de su Servicio Social y/o se le sancione con la cancelación del mismo, no se le reconocerá el número de horas que haya acreditado en la Institución Receptora para el siguiente período de Servicio Social. El alumno deberá inscribirse en UNA SOLA INSTITUCIÓN. Aquel alumno que se inscriba en más de una será dado de baja de la segunda institución y se le penalizará con 100 horas más de Servicio Social. Aquel alumno que se inscriba para realizar el servicio social y no se presente en la institución una vez aceptada su incorporación, tendrá que cubrir 100 horas más de Servicio Social. Si el alumno decide dejar el Servicio Social tendrá que ponerse en contacto con la Institución e informará las razones por las cuales no puede continuar, teniendo en cuenta que se le penalizará con 100 horas más, y deberá cerciorarse de que la Institución avise por escrito a la Coordinación de Servicio Social que está de acuerdo y enterada. 11
12 TITULO CUARTO: INSTITUCIONES RECEPTORAS CAPITULO I. INSTITUCIONES RECEPTORAS DE SERVICIO SOCIAL Se considera institución receptora, a toda aquella institución, área o departamento que se beneficie de la labor de los prestadores de Servicio Social de la Universidad Anáhuac. LAS INSTITUCIONES RECEPTORAS PUEDEN SER: a) Dependencias gubernamentales. b) Instituciones de asistencia pública o privada. c) Direcciones, coordinaciones y áreas administrativas de la Universidad Anáhuac. CAPITULO II. REQUISITOS PARA INSITUCIONES RECEPTORAS Para que las instituciones solicitantes puedan ser consideradas como instituciones receptoras, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Asistir a la plática y reunión anual de inducción correspondiente. b) Proponer un programa de Servicio Social con fines sociales comprobables y objetivos medibles. c) Llenar correcta y totalmente el formato de registro de Servicio Social como Institución autorizada. d) Recibir por escrito la notificación de aceptación por parte de la Coordinación de Servicio Social. CAPITULO III. OBLIGACIÓNES DE LA INSTITUCIÓN RECEPTORA Es obligación de la institución receptora: a) Brindar información clara, precisa y objetiva a los prestadores de Servicio Social. b) Brindar apoyo, capacitación y respeto constante durante el desempeño de sus actividades a los prestadores de Servicio Social. c) Ubicar al prestador de Servicio Social en actividades acordes a su perfil profesional y características físicas. d) Otorgar la documentación requerida de manera puntual a los prestadores de Servicio Social: carta de aceptación, carta de avance y carta de término. e) Asistir y participar en la Feria Interactiva de Servicio Social semestral, así como a cada actividad que se le requiera por parte de la Coordinación de Servicio Social de la Universidad Anáhuac. f) Otorgar facilidades de horario a los prestadores de Servicio Social y participen a las actividades de acción social, actividades que exige la Coordinación de Servicio Social 12
13 y que tienen carácter de obligatorias. g) Notificar a la Coordinación de Servicio Social de la Anáhuac el cambio de responsable, de domicilio y número telefónico en caso de que ocurra. h) Renovar su programa de Servicio Social anualmente de acuerdo a los lineamientos que presenta la Coordinación de Servicio Social. SE PROHÍBEN DE MANERA TERMINANTE, LOS PROGRAMAS DE SERVICIO SOCIAL QUE CONDICIONEN AL ALUMNO A LA RECAUDARIÓN DE FONDOS. AUTORIZACIÓN DE PLAZAS La autorización de plazas solicitadas dependerá: A. Del número de alumnos existentes en cada Escuela que cumplan con los requisitos estipulados. B. De la antigüedad de la institución receptora. C. De la decisión emitida por la Coordinación de Servicio Social. PERDERÁ DERECHO A RENOVAR SU PROGRAMA DE SERVICIO SOCIAL AQUELLA INSTITUCIÓN QUE SE CONTRAPONGA CONTRA LA MISIÓN DE LA UNIVERSIDAD Y NO CUMPLA CON LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES COMO INSTITUCIÓN RECEPTORA. 13
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