Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2014

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2014"

Transcripción

1 Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2014 Voces: Compensación por tiempo de servicios Depósito de la compensación por tiempo de servicios Depósito de la CTS Remuneración básica Remuneración variable Régimen de construcción civil Régimen de las micro y pequeñas empresas. I. RÉGIMEN GENERAL 1. Trabajadores remunerados mensualmente a. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente a.1. Trabajador que ha laborado durante todo el período Fecha de ingreso : Tiempo : 6 meses Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación julio 2014 : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 141,75 Remuneración básica : S/ ,00 Asignación familiar : 75,00 1/6 gratificación julio 2014 (2) : 262,50 Total S/ ,50 (2) El artículo 18º del TUO de la Ley de CTS dispone que las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en dicho supuesto a las gratificaciones de fiestas patrias y de navidad. En razón a ello, para el cálculo de la CTS, deberá promediarse la gratificación correspondiente al semestre entre seis. Computable S/ ,50 12 x 6 = S/. 918,75 Total : S/. 918,75 a.2. Trabajador que no ha laborado todo el período Fecha de ingreso : Tiempo : 4 meses (Del al ) y 19 días Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación de julio 2014 : S/ ,88 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 152,90 se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. (2) Conforme al artículo 18º del TUO de la Ley de CTS, las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en este concepto las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. En razón a ello, para el cálculo de la CTS, deberá promediarse la gratificación correspondiente al semestre entre seis. Remuneración básica : S/ ,00 1/6 gratificación julio 2014 : 283,15 Total S/ ,15 En función a los meses laborados: 4 Computable por meses S/ ,14 12 x 4 = S/. 827,72 En función a los días laborados: 19 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días Total Computable en el mes por días S/ , x 19 = S/. 131,05 Total : S/. 958,77 (S/. 827,72 + S/. 131,05)

2 TIPO DE TRABAJADOR Y ACCESO A LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS PERSONAL CONDICIÓN CATEGORÍA JORNADA DURACIÓN DEL CONTRATO REMUNERACIÓN NEGOCIACIÓN COLECTIVA REGÍMENES ESPECIALES ANTIGÜEDAD SITUACIÓN DEL TRABAJADOR Empleados Obreros Trabajador extranjero BENEFICIO Beneficiarios de modalidades formativas Compensación por tiempo de servicios Personal no sujeto a fiscalización inmediata Socios trabajadores de cooperativas De dirección De confianza Menos de 4 horas 4 o más horas A plazo fijo A plazo indeterminado En moneda nacional En moneda extranjera Remuneración integral anual (generalmente incluida en la remuneración integral) Perciben 30% o más del importe de las tarifas que paga el público Con negociación colectiva Sin negociación colectiva Trabajadores del hogar (15 jornales) Trabajador de microempresa Trabajador de pequeña empresa (15 remuneraciones diarias) En período de prueba Superado el período de prueba Menos de 1 mes de labor En descanso vacacional De licencia con goce de remuneraciones Percibiendo subsidios por: Enfermedad Accidente (primeros 60 días) Maternidad De licencia sin goce de haber (el período de licencia no es ) b. Trabajadores con remuneración variable e imprecisa b.1. Trabajador que ha laborado todo el período con remuneración principal Fecha de ingreso : Tiempo : 6 meses Remuneración básica octubre 2014 : S/. 400,00 Gratificación de julio 2014 : S/. 666,66 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 60,00 Comisiones percibidas en el último semestre (2) Mayo 2014 : S/. 600,00 Junio 2014 : 550,00 Julio 2014 : 710,00 Agosto 2014 : 390,00 Setiembre 2014 : 450,00 Octubre 2014 : 820,00 Total S/ ,00 Promedio de comisiones: S/. 586,67 (S/ ,00 6) (2) De acuerdo con el artículo 17º del TUO de la Ley de CTS, las comisiones son consideradas remuneración principal, por lo que la remuneración se obtiene promediando las comisiones percibidas por el trabajador en el semestre respectivo. Básico : S/. 400,00 Asignación familiar : 75,00 1/6 de la gratificación : 111,11 Promedio de comisiones : 586,67 Total S/ ,78 S/ ,78 12 x 6 = S/. 586,39 Total : S/ b.2. Trabajador que no laboró todo el período que cuenta con remuneración complementaria Fecha de ingreso : Tiempo : 2 meses y (Del al ) 11 días Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación de julio 2014 : S/. (Ley Nº 29351) (1) : S/.

3 Asignación por educación (2) : S/. 180,00 Comisiones percibidas en el último semestre (3) Setiembre 2014 : S/. 320,15 Octubre 2014 : 450,35 Total S/. 770,50 Promedio de comisiones: S/. 321,04 (S/. 770,50 72 (*) x 30) Horas extras laboradas durante el último semestre (4) Setiembre 2014 : 44,70 Octubre 2014 : 35,76 Total S/. 80,46 (*) Promedio de días laborados en el período. (2) De conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 19º del TUO de la Ley de CTS, se considerará como concepto no para el cálculo de la CTS la asignación o bonificación por educación. (3) De acuerdo con el artículo 17º del TUO de la Ley de CTS, las comisiones son consideradas remuneración principal, por lo que la remuneración se obtiene promediando las comisiones percibidas por el trabajador en el semestre respectivo. Asimismo, la norma dispone que en caso el periodo sea menor a un semestre, este concepto se calculará en base al promedio diario de lo percibido durante dicho periodo. (4) El artículo 16º del TUO de la Ley de CTS establece que las horas extras son remuneraciones complementarias de naturaleza variable o imprecisa, las cuales serán s para determinar la CTS, siempre que hayan sido percibidas cuando menos durante tres meses en el semestre respectivo. Básico : S/ ,00 Promedio de comisiones : 321,04 Total : S/ ,04 Cálculo de monto En función a los meses laborados: 2 Computable S/ ,04 12 x 2 = S/. 770,17 En función a los días laborados: 11 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días Total a Computable en el mes S/ , x 11 = S/. 141,20 Total : S/. 911,37 (S/. 770,17 + S/. 141,20) c. Trabajador destajero Fecha de ingreso : Período : 6 meses Remuneración mensual a destajo en los últimos 6 meses Mayo 2014 : S/ ,00 Junio 2014 : 3 380,00 Julio 2014 : 2 250,00 Agosto 2014 : 2 725,00 Setiembre 2014 : 1 350,00 Octubre 2014 : 2 630,00 Total S/ ,00 Promedio de remuneraciones: S/ ,17 (S/ ,00 6) Gratificación de Navidad : S/ ,66 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 161,70 Cálculo de la remuneración Promedio de remuneración a destajo : S/ ,17 1/6 de la gratificación : 299,44 Total S/ ,61 S/ ,61 12 x 6 = S/ ,80 Total : S/ ,80 d. Trabajador que percibe diversas bonificaciones Fecha de ingreso : Período : 06 meses Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación julio de 2014 : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 148,50 Bonificación anual por productividad, mayo 2014 (2) : S/ ,00 Proporción de bonificación por productividad (S/ ,00 12) : S/. 158,33 Bonificación por cumplimiento de metas por semestre mayo-octubre 2014 (3) : S/. 740,00

4 Proporción de bonificación por cumplimiento de metas (S/. 740,00 6) : S/. 123,33 Bonificación por puntualidad (4) Mayo 2014 : S/. 90,00 Junio 2014 : 85,00 Julio 2014 : 93,00 Agosto 2014 : 81,00 Setiembre 2014 : 79,00 Octubre 2014 : 88,00 Total S/. 516,00 Promedio de bonificación por puntualidad: S/. 86,00 (S/. 516,00 6) (2) La bonificación por productividad es un concepto que se otorga como contraprestación a la labor realizada por el trabajador, pudiendo pagarse de acuerdo al lineamiento establecido por el empleador. De esta forma, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 9º del TUO de la Ley de CTS, según el cual será remuneración para el cálculo de la CTS todas aquellas sumas que perciba el trabajador, en dinero o en especie, como contraprestación por su labor, esta bonificación será considerada como concepto para el cálculo de la CTS. En el presente caso, la bonificación por productividad se otorga una vez al año; en razón a ello, en aplicación del artículo 18º del TUO de la Ley de CTS, ésta se considerará como una remuneración periódica, debiendo computarse para el cálculo de la CTS a razón de un dozavo de lo percibido en el semestre respectivo. (3) La bonificación por cumplimiento de metas por semestre, en el presente caso, se otorga dos veces al año en julio y diciembre, entendiéndose que dicho monto es contraprestativo a la labor del trabajador. En vista de ello, en aplicación del artículo 18º del TUO de la Ley de CTS, ésta se considerará como una remuneración periódica semestral, debiendo computarse para el cálculo de la CTS a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo. (4) El artículo 16º del TUO de la Ley de CTS establece que la bonificación por puntualidad es una remuneración complementaria de naturaleza variable o imprecisa, la cuales serán para determinar la CTS, siempre que haya sido percibida cuando menos durante tres meses en el semestre respectivo. Básico : S/ ,00 1/6 de la gratificación : 275,00 Bonificación anual por productividad : 158,33 Bonificación por cumplimiento de metas por semestre - diciembre : 123,33 Bonificación por puntualidad : 86,00 Total S/ ,66 Computable S/ ,66 12 x 6 = S/ ,33 Total : S/ ,33 2. Trabajadores remunerados semanalmente a. Trabajador que percibe remuneración semanal calculado por un semestre completo Fecha de ingreso : Tiempo : 6 meses Jornal diario octubre 2014 : S/. 56,50 Remuneración básica mensual octubre 2014 (S/. 56,50 x 30) : S/ ,00 Gratificación julio 2014 : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 152,55 Básico : S/ ,00 1/6 de la gratificación : 282,50 Total S/ ,50 S/ ,50 12 x 6 = S/. 988,75 Total : S/ b. Trabajador que percibe comisiones Fecha de ingreso : Tiempo de servicios : 6 meses Remuneración diaria octubre 2014 : S/. 94,00 Remuneración básica mensual : S/ ,00 (S/. 94,00 x 30) Gratificación julio 2014 : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 260,55 se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable.

5 Descanso vacacional TIEMPO DE SERVICIOS COMPUTABLE PARA LA CTS Descanso semanal obligatorio Descanso en día feriado Licencia con goce de remuneraciones Licencia sin goce de remuneraciones Licencia sindical Descanso pre y post natal Licencia por incapacidad para el trabajo (enfermedad o accidente) Inasistencia por cierre de local por infracción tributaria Días no laborados por despido después declarado nulo Días no laborados por suspensión por caso fortuito o fuerza mayor, que luego hayan sido observados por la Autoridad de Trabajo Días posteriores al pre aviso de despido en los que el empleador dispone no se labore, pero se percibe remuneración En la renuncia, los días de anticipación que son laborados por el trabajador En la renuncia, los días de anticipación que no son laborados por el trabajador Inasistencias injustificadas Al inicio de la relación de trabajo, los días dedicados a la capacitación del personal En los casos de jornadas atípicas, los días en que la jornada es menor Los sábados en que se labora medio día La suspensión del trabajador por medida disciplinaria Los días de huelga Los días de huelga declarada ilegal o improcedente El trabajo prestado en el extranjero, siempre que el trabajador haya sido contratado en el Perú Período de prueba (primeros 60 días) Comisiones percibidas en el último semestre Mayo 2014 : S/. 230,00 Junio 2014 : 410,00 Julio 2014 : 296,00 Setiembre 2014 : 183,00 Total S/ ,00 Promedio de comisiones: S/. 186,50 (S/ ,00 6) Cálculo de la remuneración Remuneración básica mensual : S/ ,00 Asignación familiar : 75,00 Promedio de comisiones : 186,50 1/6 de la gratificación : 482,50 Total S/ ,00 Computable S/ ,00 12 x 6 = S/ ,00 Total : S/ ,00 3. Trabajadores con contratos sujetos a modalidad a. Trabajador con contrato de trabajo superior a seis meses Fecha de ingreso : Duración de contrato : 2 años Período : 6 meses Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación julio 2014 : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 159,03 se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. Gratificación extraordinaria (2) : S/. 640,00 Horas extras laboradas durante el último semestre Julio 2014 : S/. 45,20 Agosto 2014 : 39,40 Setiembre 2014 : 52,84 Octubre 2014 : 36,27 Total S/. 173,71 Promedio de horas extras: S/. 28,95 (S/. 173,71 6) (2) De conformidad con el inciso g) del artículo 19º del TUO de la Ley de CTS, la gratificación extraordinaria no es un concepto para el cálculo de la CTS. Básico : S/ ,00 Promedio de horas extras : 28,95 1/6 de la gratificación : 294,50 Total S/ ,45 Computable S/ ,45 12 x 6 = S/. 1029,23 Total : S/ ,23

6 b. Trabajador con contrato sujeto a modalidad inferior a seis meses Fecha de ingreso : Duración de contrato : 2 meses y 13 días Periodo : 2 meses (Del al ) y 13 días Remuneración básica : S/ ,00 Gratificación julio 2014 : (Ley Nº 29351) (1) : Movilidad supeditada a la asistencia (1) : S/. 320,00 (1) Según el inciso e) del artículo 19º del TUO de la Ley de CTS, todos aquellos montos que se otorgan al trabajador por concepto de transporte o movilidad supeditada a la asistencia no será para el cálculo de CTS. Remuneración básica : S/ ,00 Asignación familiar : 75,00 Total S/ ,00 Cálculo de la CTS a liquidar En función a los meses laborados: 2 S/ ,00 12 x 2 = S/ ,50 En función a los días laborados: 13 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días Total a en el mes S/ , x 13 = S/. 217,21 Total : S/ ,71 (S/.1 002,50 + S/. 217,21) Nota: La CTS de S/ ,71 no se deposita porque el contrato tiene una duración inferior a 6 meses, el cual no se renovará, pagándose dicho monto directamente dentro de las 48 horas luego del cese del trabajador. 4. Trabajadores a los que no se les deposita en noviembre de 2014 a. Trabajador que ingresó a laborar en el mes de octubre de 2014 Fecha de ingreso : Remuneración en octubre 2014 : S/ ,00 Período a liquidar : 29 días (Del al ) Para tener derecho a la CTS, de acuerdo con el artículo 2 del TUO de la Ley de CTS, el trabajador tiene que tener como mínimo un mes de servicio. En este caso, el trabajador no cumple con este requisito, por lo que no se realizará el depósito en noviembre de Sin embargo, esos 29 días no se pierden, ya que se incorporarán en el cálculo de la CTS del semestre siguiente, es decir el correspondiente a mayo Trabajadores cesados Fecha de ingreso : Fecha de cese : Período a liquidar : 5 meses (Del al ) y 15 días Remuneración básica setiembre 2014 : S/. 910,00 Gratificación julio 2014 : S/. 910,00 (Ley Nº 29351) (1) : S/. 81,90 se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. Horas extras percibidas en el tiempo Junio 2014 : S/. 19,17 Julio 2014 : 21,12 Agosto 2014 : 18,03 Total S/. 58,32 Promedio de horas extras: (S/. 58, (*) x 30) = 10,41 (*) Promedio de días laborados en el periodo Remuneración básica : S/. 910,00 1/6 de la gratificación : 151,67 Promedio de horas extras : 10,41 Total S/ ,08 Cálculo de la CTS a liquidar En función a los meses laborados: 5 S/ ,08 12 x 5 = S/. 446,70 En función a los días laborados: 15 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días Total a en el mes S/. 1072, x 15 = S/. 44,70 Total : S/. 491,40 (S/. 446,70 + S/. 44,70)

7 CONCEPTOS COMPUTABLES PARA EL CÁLCULO DE CTS INGRESOS Y REMUNERACIONES BENEFICIOS REMUNERACIONES Sueldos y salarios básicos Comisiones o destajo Horas extras Compensación por trabajo en días de descanso y en feriados (si es regular) Remuneración vacacional Remuneración por vacaciones trabajadas Récord trunco vacacional Premios por ventas Alimentación en dinero Prestaciones alimentarias: suministro directo Prestaciones alimentarias: suministro indirecto Incremento 10.23% AFP Incremento 3.00% AFP Remuneración en especie Incremento 3.3% SNP Remuneración por la hora de permiso por lactancia Remuneración por licencia por paternidad ASIGNACIONES Asignación familiar Asignación o bonificación por educación Asignación por fallecimiento de familiares Asignación por nacimiento de hijos Asignación por matrimonio Asignación por cumpleaños Otras asignaciones otorgadas por única vez con motivo de ciertas contingencias Otras asignaciones que se abonen por convenio colectivo en determinadas festividades Otras asignaciones otorgadas regularmente BONIFICACIONES Bonificaciones por tiempo de servicios Bonificación por riesgo de caja Bonificación por producción, altura, turno, etc. Bonificación por cierre de pliego Bonificación 9% Ley Nº Otras bonificaciones regulares GRATIFICACIONES Gratificaciones de julio y diciembre Gratificación trunca Otras gratificaciones ordinarias Gratificaciones extraordinarias INDEMNIZACIONES Indemnización por vacaciones no gozadas Indemnización por retención indebida de CTS Indemnización por despido arbitrario u hostilidad Indemnización por no reincorporar a un trabajador cesado en un procedimiento de cese colectivo Indemnización por horas extras impuestas por el empleador OTROS Pensiones de jubilación o cesantía, montepío e invalidez CTS BENEFICIOS INGRESOS Y REMUNERACIONES CTS Gastos de representación Refrigerio que no es alimentación principal Sumas o bienes que no son de libre disposición Participación en las utilidades Recargo al consumo Licencia con goce de haber Condiciones de trabajo Canasta de navidad o similares Movilidad supeditada a asistencia y que cubre sólo el traslado Bienes y servicios de la propia empresa otorgados para el consumo del trabajador Incentivo por cese del trabajador Tributos a cargo del trabajador asumidos por el empleador Subsidios Subvención económica Movilidad de libre disponibilidad II. REGÍMENES ESPECIALES 1. Régimen laboral de la pequeña empresa El régimen laboral especial para la pequeña empresa, se encuentra regulado, al igual que el régimen de la microempresa, por los D.S. Nº TR y D.S. Nº TR. No obstante, este régimen otorga a sus trabajadores mayores beneficios laborales, dentro de los cuales se encuentra la CTS. Dicha normativa dispone que la CTS será equivalente a 15 remuneraciones diarias por año de servicios, hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones diarias, siendo de aplicación supletoria el TUO de la Ley de CTS, en todo lo que sea compatible. a. Trabajador que ha laborado todo el período CTS Fecha de ingreso : Tiempo : 6 meses Remuneración básica octubre 2014 : S/ ,00 Gratificación julio 2014 (1) : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (2) : S/. 98,10 (1) El artículo 18º del TUO de la Ley de CTS dispone que las remuneraciones de periodicidad semestral se incorporan a la remuneración a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo, incluyéndose en dicho supuesto a las gratificaciones de fiestas patrias y de navidad. En razón a ello, para el cálculo de la CTS deberá promediarse la gratificación correspondiente al semestre entre seis. (2) Conforme el artículo 3 de la Ley N 29351, cuya vigencia

8 Remuneración básica : S/ ,00 1/6 gratificación julio 2014 : 181,66 Total (Base de cálculo para determinar los 15 jornales) : S/ ,66 Cálculo de la CTS Remuneración Promedio de Nº de jornales Valor de días del mes diarios 15 jornales S/ ,66 30 x 15 = S/ , 83 Importe S/ , x 6 = S/. 590,42 Total : S/. 590,42 b. Trabajador que no ha laborado todo el período Fecha de ingreso : Tiempo : 1 mes (Del al ) y 7 días Remuneración básica mensual octubre 2014 : S/. 860,00 Gratificación julio 2014 : Bonificación extraordinaria del 9% (Ley Nº 29351) : Alimentación principal en dinero : S/. 95,00 Remuneración básica : S/. 860,00 Alimentación principal en dinero : 95,00 Total (Base de cálculo para determinar los 15 jornales) : S/. 955,00 Cálculo de la CTS Remuneración Promedio de Nº de jornales días del mes diarios - Total S/. 955,00 30 x 15 = S/. 477,50 Importe En función a los meses laborados: 1 Remuneración Nº de meses Nº de meses Total S/. 477,50 12 x 1 = S/. 39,79 En función a los días laborados: 7 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº de días en el mes Total S/. 447, x 7 = S/. 8,70 Total : S/. 48,49 (S/. 39,79 + S/. 8,70) 2. Régimen laboral de construcción civil La CTS de los trabajadores sujetos al régimen de construcción civil será equivalente al 15% de jornales básicos percibidos durante la prestación de servicios, correspondientes a los días efectivamente laborados. Resulta necesario mencionar que el 15% indicado se subdividirá en 12% por concepto de CTS y 3% en sustitución de la participación en las utilidades de la empresa. Cabe precisar que, para el cálculo de la CTS, la remuneración que sirve como base de cálculo excluirá los salarios dominicales y las sobretasas por horas extras laboradas, en tanto sólo se considerará el monto que corresponde al valor simple de la hora extra. Asimismo, no serán s para el cálculo de la CTS aquellos beneficios que se otorguen a los trabajadores, propios del régimen de construcción civil, tales como la bonificación unificada de construcción (BUC), movilidad, por altura, etc. Fecha de ingreso : Fecha de cese : Tiempo : 65 días (Del al ) Jornal diario : S/. 55,60 Categoría : Operario Jornada de trabajo : 6 días a la semana BUC : S/. 17,79 Bonificación por movilidad : S/. 7,20 Jornal diario : S/. 55,60 Cálculo de la CTS Remuneración Nº de días efectiva- 12% del mente laborados Total total S/. 55,60 x 65 = S/ ,00 S/. 433,68 Total : S/. 433,68 3. Régimen de trabajadores del hogar Con relación al régimen de trabajadores del hogar, regulado por la Ley de los Trabajadores del Hogar, Ley Nº ( ), y su Reglamento, D.S. Nº TR ( ), la CTS será equivalente a 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio.

9 La oportunidad de pago del beneficio será al finalizar el año o al cese del trabajador con la liquidación de beneficios sociales. En el supuesto que el beneficio sea pagado anualmente, éste será calculado sobre la base de un año calendario, vale decir, por el periodo enero diciembre, tomándose como remuneración la percibida en el mes de diciembre correspondiente; en el supuesto de término de la relación laboral, la CTS será entregada dentro de las 48 horas de producido el cese, tomándose como remuneración la remuneración mensual percibida en el mes calendario anterior al del cese. 1. Trabajador que ha laborado todo el período a. Datos Fecha de ingreso : Tiempo : 1 año (Del al ) Remuneración básica diciembre 2014 : S/. 675,00 b. Remuneración Remuneración Promedio de Nº de jornales días del mes diarios - Total S/. 675,00 30 x 15 = S/. 337,50 c. Cálculo de CTS Remuneración Nº de meses Nº de meses Computable en el año laborados Total S/. 337,50 12 x 12 = S/. 337,50 Total : S/. 337,50 2. Trabajador que no ha laborado todo el período a. Datos Fecha de ingreso : Fecha de cese : Tiempo : 4 meses y 12 días (Del al ) Remuneración básica setiembre 2014 : S/. 915,00 b. Remuneración Remuneración Promedio de Nº de jornales días del mes diarios Total - S/. 915,00 30 x 15 = S/. 457,50 c. Cálculo de CTS En función a los meses laborados: 4 Remuneración Nº de meses Nº de meses en el año laborados Total S/. 457,50 12 x 4 = S/. 152,50 En función a los días laborados: 12 Remuneración Nº de meses Nº de días Nº días en el año en el mes laborados Total S/. 457, x 12 = S/. 15,25 Total : S/. 167,75 (S/. 152,50 + S/. 15,25) Cálculo del incremento temporal de la disponibilidad de la CTS (Julio diciembre 2014) Voces: Compensación por tiempo de servicios Monto intangible de la compensación por tiempo de servicios Remuneración. I. RÉGIMEN GENERAL 1. Trabajadores remunerados mensualmente a. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente Fecha de ingreso : Solicitud del trabajador (1) : Monto depositado en cta. CTS : S/ ,00 Remuneración básica junio 2014 : S/ ,00 Gratificación julio 2014 (2) : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (3) : S/. 114,75 Asignación por cumpleaños (4) : S/. 43,15

10 (5) Remuneración básica : S/ ,00 Total S/ ,00 Cálculo del monto disponible Remuneración Factor Monto multiplicador intangible 1 275,00 x 4 = 5 100,00 Monto depositado Monto Monto disponible en cta. Cts. intangible para retiro 6 945, ,00 = 1 845,00 (1) De conformidad con el artículo 14 del Decreto Supremo N TR, el trabajador comunica por escrito al empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. (2) Los beneficios sociales legales no forman parte de la remuneración para el cálculo del monto de intangibilidad. (3) De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 29351, cuya vigencia se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. (4) Por lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N TR, la asignación por cumpleaños no se considera remuneración para ningún efecto legal. (5) En aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo N TR, la determinación del monto intangible de la CTS, se efectúa considerando la última remuneración mensual a que tuvo derecho el trabajador antes de la fecha en la que haya comunicado a su empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. Entiéndase que se hace referencia a la última remuneración bruta, como aquella percibida antes de descuentos por pensiones, renta, préstamos o por inasistencias o tardanzas. b. Trabajadores con remuneración variable e imprecisa Fecha de ingreso : Solicitud del trabajador (1) : Monto depositado en cta. CTS : S/ ,00 Remuneración básica agosto 2014 (2) : S/ ,00 Gratificación julio 2014 (3) : S/ ,00 (Ley Nº 29351) (4) : S/. 150,75 Comisiones percibidas en el último semestre Marzo : S/. 264,00 Abril : S/. 196,00 Junio : S/. 172,00 Agosto : S/. 150,00 Horas extras percibidas en el último semestre Marzo : S/. 146,00 Mayo : S/. 123,00 Agosto : S/. 205,00 (5) Remuneración básica : S/ ,00 Comisiones percibidas (mes de agosto) (6) : S/. 150,00 Horas extras percibidas (mes de agosto) (7) : S/. 205,00 Total : S/ ,00 Cálculo del monto disponible Remuneración Factor Monto multiplicador intangible 1 630,00 x 4 = 6 520,00 Monto depositado Monto Monto disponible en cta. Cts. intangible para retiro 9 310, ,00 = 2 790,00 (1) De conformidad con el artículo 14 del Decreto Supremo N TR, el trabajador comunica por escrito al empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. (2) Los beneficios sociales legales no forman parte de la remuneración para el cálculo del monto de intangibilidad. (3) Los beneficios sociales legales no forman parte de la remuneración para el cálculo del monto de intangibilidad. (4) De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 29351, cuya vigencia se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. (5) En aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo N TR, la determinación del monto intangible de la CTS, se efectúa considerando la última remuneración mensual a que tuvo derecho el trabajador antes de la fecha en la que haya comunicado a su empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. Entiéndase que se hace referencia a la última remuneración bruta, como aquella percibida antes de descuentos por pensiones, renta, préstamos o por inasistencias o tardanzas. (6) Las comisiones son consideradas remuneración principal imprecisa según lo previsto en el artículo 18 del Decreto Supremo N TR. En el presente caso, solo será las comisiones percibidas en el mes anterior a la solicitud del trabajador, toda vez que la fórmula para hallar el monto de intangibilidad solo hace referencia a la última remuneración bruta percibida. (7) Las horas extras son consideradas remuneración complementaria imprecisa según lo previsto en el artículo 16 del Decreto Supremo N TR. En el presente caso, solo será las comisiones percibidas en el mes anterior a la solicitud del trabajador, toda vez que la fórmula para hallar el monto de intangibilidad solo hace referencia a la última remuneración bruta percibida. b. Trabajadores con remuneración a destajo Fecha de ingreso : Solicitud del trabajador (1) :

11 Monto depositado en cta. CTS : S/ ,00 Remuneración básica octubre 2014 : S/. 955,00 Gratificación julio 2014 (2) : S/ ,65 (Ley Nº 29351) (3) : S/. 165,02 Movilidad (supeditada a la asistencia al centro de trabajo) (4) : S/. 53,50 Remuneración mensual a destajo Mayo : S/. 841,57 Junio : S/. 756,23 Julio : S/. 914,19 Agosto : S/. 772,41 Setiembre : S/. 805,00 Octubre : S/. 955,00 (5) Remuneración mensual a destajo (mes de octubre) : S/. 955,00 Total : S/. 955,00 (1) De conformidad con el artículo 14 del Decreto Supremo N TR, el trabajador comunica por escrito al empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. (2) Los beneficios sociales legales no forman parte de la remuneración para el cálculo del monto de intangibilidad. (3) De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 29351, cuya vigencia se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. (4) Por lo dispuesto en artículo 7 del Decreto Supremo N TR, el valor del transporte supeditado a la asistencia al centro de trabajo no se considera remuneración para ningún efecto legal. (5) En aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo N TR, la determinación del monto intangible de la CTS, se efectúa considerando la última remuneración mensual a que tuvo derecho el trabajador antes de la fecha en la que haya comunicado a su empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. Entiéndase que se hace referencia a la última remuneración bruta, como aquella percibida antes de descuentos por pensiones, renta, préstamos o por inasistencias o tardanzas. II. REGÍMENES ESPECIALES 1. Trabajadores bajo el régimen laboral de la pequeña empresa Fecha de ingreso : Solicitud del trabajador (1) : Monto depositado en cta. CTS : S/ ,00 Remuneración básica noviembre 2014 : S/. 845,00 Gratificación julio 2014 (2) : S/. 422,50 (Ley Nº 29351) (3) : S/. 38,02 Bonificación por educación (4) : S/. 65,30 Comisiones percibidas en el último semestre: Junio : S/. 85,20 Agosto : S/. 75,40 Noviembre : S/. 91,30 (5) Remuneración básica : S/. 845,00 Comisiones percibidas (mes de noviembre) (6) : S/. 91,30 Total S/. 936,30 Cálculo del monto disponible Remuneración Factor Monto multiplicador intangible 936,30 x 4 = 3 745,20 Monto depositado Monto Monto disponible en cta. Cts. intangible para retiro 3 984, ,20 = 238,80 (1) De conformidad con el artículo 14 del Decreto Supremo N TR, el trabajador comunica por escrito al empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. (2) Los beneficios sociales legales no forman parte de la remuneración para el cálculo del monto de intangibilidad. (3) De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 29351, cuya vigencia se amplió por medio de la Ley N 29714, esta bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo ni pensionable. (4) Por lo dispuesto en artículo 7 del Decreto Supremo N TR, el valor del transporte supeditado a la asistencia al centro de trabajo no se considera remuneración para ningún efecto legal. (5) En aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo N TR, la determinación del monto intangible de la CTS, se efectúa considerando la última remuneración mensual a que tuvo derecho el trabajador antes de la fecha en la que haya comunicado a su empleador la decisión de disponer de sus depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios. Entiéndase que se hace referencia a la última remuneración bruta, como aquella percibida antes de descuentos por pensiones, renta, préstamos o por inasistencias o tardanzas. (6) Las comisiones son consideradas remuneración principal imprecisa según lo previsto en el artículo 18 del Decreto Supremo N TR. En el presente caso, solo será las comisiones percibidas en el mes anterior a la solicitud del trabajador, toda vez que la fórmula para hallar el monto de intangibilidad solo hace referencia a la última remuneración bruta percibida.

Depósitos de CTS del semestre noviembre 2012 - abril 2013

Depósitos de CTS del semestre noviembre 2012 - abril 2013 Depósitos de CTS del semestre noviembre 2012 - abril 2013 El TUO de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, D.S. Nº 001-97-TR (01.03.97), y su Reglamento, D.S. Nº 004-97-TR (15.04.97), disponen

Más detalles

Pago de gratificación por Navidad: régimen general

Pago de gratificación por Navidad: régimen general Pago de gratificación por Navidad: régimen general Voces: Remuneración Remuneración computable Gratificación legal Gratificación proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente

Más detalles

CASOS PRÁCTICOS. Gratificación por Fiestas patrias Régimen general

CASOS PRÁCTICOS. Gratificación por Fiestas patrias Régimen general CASOS PRÁCTICOS Gratificación por Fiestas patrias Régimen general voces: computable Gratificación legal Gratificación proporcional. En este informe especial desarrollamos casos prácticos de la gratificación

Más detalles

NOVEDADES WEB. Pago de gratificación por Navidad: I. Gratificación Ordinaria. f. Total a pagar S/.3684,20

NOVEDADES WEB. Pago de gratificación por Navidad: I. Gratificación Ordinaria. f. Total a pagar S/.3684,20 NOVEDADES WEB Pago de por Navidad: RÉGIMEN GENERAL Voces: Gratificación Proporcional Aguinaldo Gratificaciones. I. Gratificación Ordinaria 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que

Más detalles

Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2012

Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2012 ECB LABORAL Cálculo de la CTS, semestre mayo - octubre 2012 Régimen general 1. Trabajadores remunerados mensualmente a. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente a.1. Trabajador que ha laborado

Más detalles

Pago de gratificación por Navidad

Pago de gratificación por Navidad ECB LABORAL Pago de gratificación por Navidad I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. TRABAJADOR DE REMUNERA- CIÓN MENSUAL En el presente caso un trabajador con carga familiar cuenta con más de 6 meses de servicios

Más detalles

artículo DE LA SEMANA

artículo DE LA SEMANA artículo DE LA SEMANA Gratificación por Fiestas Patrias Régimen general (*) Voces: Gratificación legal Gratificación proporcional Régimen de las micro y pequeñas empresas Trabajador de construccioón civil

Más detalles

Pago de gratificación por navidad: Régimen general

Pago de gratificación por navidad: Régimen general ECB LABORAL Pago de gratificación por navidad: Régimen general En vista a que nos encontramos cercanos a la fecha de pago de la gratificación por Navidad, a continuación desarrollaremos los siguientes

Más detalles

I. PAGO DE GRATIFICACIÓN DE NAVIDAD. En este caso consideramos a un trabajador que cuenta con más de 6 meses de

I. PAGO DE GRATIFICACIÓN DE NAVIDAD. En este caso consideramos a un trabajador que cuenta con más de 6 meses de CASOS PRÁCTICOS PAGO DE GRATIFICACIONES Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, tienen derecho a percibir dos gratificaciones en el año, una por Fiestas Patrias y otra por

Más detalles

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Clotilde Atahuaman Sumarán

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Clotilde Atahuaman Sumarán COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS CASO Nº 1 Juan tiene una jornada de 3 horas y media diaria, de lunes a viernes. Nos consulta si tiene derecho a la CTS. La empresa Multirex S.A.A. tiene trabajadores

Más detalles

CÁLCULO DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES. Personal. Condición. Jornada. Duración del contrato.

CÁLCULO DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES. Personal. Condición. Jornada. Duración del contrato. VEDADES WEB CÁLCULO DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES Voces: Régimen laboral privado Beneficios sociales - en las utilidades - computable - Tiempo computable - Jornada de trabajo.

Más detalles

CERTIFICACIÓN PARA CAJEROS

CERTIFICACIÓN PARA CAJEROS CERTIFICACIÓN PARA CAJEROS TÉCNICAS DE VENTA Tema: COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS Docente: ROGER TAHUA Alumnos: JORGE, CANALES OCSA KHIMBERLY, DIAZ MOLINA ALEJANDRA, DIAZ MOLINA AREQUIPA-PERÚ COMPENSACIÓN

Más detalles

Clotilde Atahuaman Sumarán

Clotilde Atahuaman Sumarán Cumplan cuando menos, en promedio, una jornada mínima diaria de 4 horas ó 24 horas a la semana. Se considera cumplido el requisito de 4 horas diarias, en los casos en que la jornada semanal del trabajador

Más detalles

GRATIFICACIONES. Ley Nº y Decreto Supremo Nº TR Ley Nº y Ley Nº 29714

GRATIFICACIONES. Ley Nº y Decreto Supremo Nº TR Ley Nº y Ley Nº 29714 GRATIFICACIONES Ley Nº 27735 y Decreto Supremo Nº 005-2002-TR Ley Nº 29351 y Ley Nº 29714 las gratificaciones son aquellas sumas de dinero que el empleador otorga al trabajador en forma adicional a la

Más detalles

8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD

8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD 8. GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD - Ley Nº 27735 (El Peruano: 28.05.02) - D.S. Nº 005-2002-TR (El Peruano: 04.07.02) 8.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 8.1.1 TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN

Más detalles

CASO 1. TRABAJADORES CON

CASO 1. TRABAJADORES CON CASOS PRÁCTICOS Distribución de la participación en las utilidades CASO 1. TRABAJADORES CON JORNADA COMÚN En el presente caso práctico se utilizará como ejemplo la empresa "Tio Bigote S.A.", con domicilio

Más detalles

2. Tiempo efectivamente trabajado. Para efectos del pago de las gratificaciones, se considera como tiempo efectivo de trabajo, los siguientes:

2. Tiempo efectivamente trabajado. Para efectos del pago de las gratificaciones, se considera como tiempo efectivo de trabajo, los siguientes: 3.5.- BENEFICIOS REMUNERATIVOS I. LAS GRATIFICACIONES El termino gratificación, de acuerdo a la real academia de la lengua, significa recompensar pecuniariamente por un servicio eventual. Hasta antes de

Más detalles

CASOS PRÁCTICOS DEPÓSITOS DE CTS DEL SEMESTRE NOVIEMBRE 2014 - ABRIL 2015. I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente

CASOS PRÁCTICOS DEPÓSITOS DE CTS DEL SEMESTRE NOVIEMBRE 2014 - ABRIL 2015. I. Trabajadores que perciben remuneración fija y permanente CASOS PRÁCTICOS DEPÓSITOS DE CTS DEL SEMESTRE VIEMBRE 2014 - ABRIL 2015 Voces: Compensación por tiempo de servicios Concepto remunerativo Depósito de la compensación por tiempo de servicios Depositario

Más detalles

APUNTES SOBRE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Dirección de Capacitación y Difusión Laboral Octubre 2018

APUNTES SOBRE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS. Dirección de Capacitación y Difusión Laboral Octubre 2018 APUNTES SOBRE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS Dirección de Capacitación y Difusión Laboral Octubre 2018 Marco Normativo Principal Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios,

Más detalles

RENTA DE QUINTA CATEGORÍA PARA LOS TRABAJADORES EN CONSTRUCCIÓN CIVIL

RENTA DE QUINTA CATEGORÍA PARA LOS TRABAJADORES EN CONSTRUCCIÓN CIVIL Documento de Orientación N 1 / 2016 RENTA DE QUINTA CATEGORÍA PARA LOS TRABAJADORES EN CONSTRUCCIÓN CIVIL Prolongación Cangallo N 670, La Victoria, Lima - Perú www.ftccp.com email: escuelaftccp@gmail.com

Más detalles

s Explicación legal s Casos Prácticos s Dinámica contable

s Explicación legal s Casos Prácticos s Dinámica contable Sumario GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS s Explicación legal s Casos Prácticos s Dinámica contable CÁLCULO DE LA GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS Gratificación por Fiestas Patrias s EPLICACIÓN LEGAL

Más detalles

LAS GRATIFICACIONES DE NAVIDAD. Dr. Raul Eduardo Mucha García

LAS GRATIFICACIONES DE NAVIDAD. Dr. Raul Eduardo Mucha García LAS GRATIFICACIONES DE NAVIDAD Dr. Raul Eduardo Mucha García NORMAS LEGALES Ley de Gratificaciones Ley Nº 27735 (28.05.2002) Reglamento de la Ley de Gratificaciones D.S. N 005-2002-TR (04.07.2002) TRABAJADORES

Más detalles

Cómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? ( al ) c. Información adicional (1) e. Importe a depositar

Cómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? ( al ) c. Información adicional (1) e. Importe a depositar Práctica Laboral Cómo calcular el depósito de CTS del primer período anual 2015? (01.11.2014 al 0.04.2015) CASO N 1 DEPÓSITO POR SEMESTRE COMPLETO -TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN FIJA- Procederemos a realizar

Más detalles

Derecho laboral. Contenido Informe especial. I. Determinación y pago de las gratificaciones

Derecho laboral. Contenido Informe especial. I. Determinación y pago de las gratificaciones Derecho laboral G Contenido Informe especial G1 Las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad Comentario G7 Feriados de los meses de diciembre 2015 y enero 2016 INFORME ESPECIAL Las gratificaciones

Más detalles

Especial Gratificaciones. Casos Prácticos

Especial Gratificaciones. Casos Prácticos Especial Gratificaciones Casos Prácticos Régimen general Voces: legal proporcional. I. GRATIFICACIÓN ORDINARIA 1. Trabajadores remunerados mensualmente 1.1. Trabajadores que perciben remuneración fija

Más detalles

ECB Laboral. Gratificaciones por Navidad I. CASOS PRÁCTICOS

ECB Laboral. Gratificaciones por Navidad I. CASOS PRÁCTICOS ECB Laboral Gratificaciones por Navidad I. CASOS PRÁCTICOS PAGO DE GRATIFICACIONES Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, tienen derecho a percibir dos gratificaciones en

Más detalles

DESCANSOS REMUNERADOS

DESCANSOS REMUNERADOS DESCANSOS REMUNERADOS Base Legal: Decreto Legislativo N 713 de 7.11.1991 Decreto Supremo N 012-92 92-TR de 2.12.1992 Ley N 26331 de 17.07.1994 Derechos que comprende: Descanso Semanal Obligatorio Descanso

Más detalles

Informe Especial Depósito de CTS del semestre mayo - octubre 2008 I. Casos Prácticos G1 II. Tratamiento Contable

Informe Especial Depósito de CTS del semestre mayo - octubre 2008 I. Casos Prácticos G1 II. Tratamiento Contable CONTENIDO Depósito de CTS del semestre mayo - octubre 2008 I. Casos Prácticos G1 II. Tratamiento Contable G4 III. Registro y declaración en la planilla electrónica G5 IV. Modelos y formatos referidos al

Más detalles

Casos Prácticos. Depósitos de CTS del semestre noviembre 2013 - abril 2014. CASOS PRÁCTICOS Depósitos de CTS del semestre noviembre 2013 - abril 2014

Casos Prácticos. Depósitos de CTS del semestre noviembre 2013 - abril 2014. CASOS PRÁCTICOS Depósitos de CTS del semestre noviembre 2013 - abril 2014 Casos Prácticos Depósitos de CTS del semestre noviembre 2013 - abril 2014 El TUO de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, D.S. Nº 001-97-TR (01.03.97), y su Reglamento, D.S. Nº 004-97-TR (15.04.97),

Más detalles

Catalogo Manuales laborales Digitales 2016 Parte 2

Catalogo Manuales laborales Digitales 2016 Parte 2 Catalogo Manuales laborales Digitales 2016 Parte 2 Estos ejemplares son digitales. Se remiten al cliente a través de su correo personal en formato PDF una vez realizado el procedimiento de pago Indice1

Más detalles

2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)?

2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)? INFORME N. 080-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas con relación a la diferencia entre la prestación económica de ESSALUD y la remuneración mensual del trabajador contratado

Más detalles

ANTECEDENTES VACACIÓNES

ANTECEDENTES VACACIÓNES VACACIÓNES ANTECEDENTES Ley Nº 7505. 15 días de vacaciones. 1932 Ley Nº 8563. 30 días de vacaciones Empleados. 1937 Ley Nº 13693. 30 días de vacaciones Obreros. 1961 VACACIÓNES Decreto Legislativo N 713

Más detalles

ENTREGA DE LA LIQUIDACIÓN Y CONSTANCIA DE DEPOSITO DE LA CTS. 1. Qué es la Compensación por tiempo de servicios (CTS)?

ENTREGA DE LA LIQUIDACIÓN Y CONSTANCIA DE DEPOSITO DE LA CTS. 1. Qué es la Compensación por tiempo de servicios (CTS)? ENTREGA DE LA LIQUIDACIÓN Y CONSTANCIA DE DEPOSITO DE LA CTS I.- PAGO DE LA CTS 1. Qué es la Compensación por tiempo de servicios (CTS)? La CTS tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina

Más detalles

DICTAN NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 650 - LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

DICTAN NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 650 - LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS DICTAN NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 650 - LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS DECRETO SUPREMO Nº 034-91-TR (06/11/91) EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS 1. Qué es la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)? Es un beneficio social de previsión de las posibles contingencias que origine el cese en el trabajo y de promoción

Más detalles

Instituto de Educación Superior Tecnológico Público: Villa María

Instituto de Educación Superior Tecnológico Público: Villa María 4ta. Clase I. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO 1.1 Concepto La Compensación por Tiempo de Servicios, viene a ser considerada como el seguro de desempleo de los trabajadores que cesan en una empresa

Más detalles

Valores vigentes para el 2013

Valores vigentes para el 2013 Valores vigentes para el 2013 Salario Mínimo $589.500 Auxilio de transporte $70.500 Salario mínimo integral $7.663.500 ($5.895.000 salario y $1.768.500 factor prestacional) Aportes parafiscales: Sena 2%

Más detalles

LICENCIAS MÉDICAS Parte 2

LICENCIAS MÉDICAS Parte 2 LICENCIAS MÉDICAS Parte 2 Cálculo y Pago De Subsidios de Incapacidad Laboral Empresas Definiciones y Tipos de Licencias Requisitos y Cálculo Ejemplos de Cálculos Convenio de Pagos SIL WEB Empleadores Licencias

Más detalles

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS)

COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS) BASE LEGAL Texto Único Ordenado del D. Leg. N 650 Reglamento de la Ley de Compensación n por Tiempo de Servicios. D.S. N 004-97 97-TR Ley N 28051, Ley de Prestaciones

Más detalles

Cómo calcular la Compensación por Tiempo de Servicios del Período 01/05/2015 al 31/10/2015? b. Promedio mensual de remuneraciones

Cómo calcular la Compensación por Tiempo de Servicios del Período 01/05/2015 al 31/10/2015? b. Promedio mensual de remuneraciones Práctica Laboral Cómo calcular la Compensación por Tiempo de Servicios del Período 01/05/2015 al 31/10/2015? CASO Nº 1 CÁLCULO DE CTS DE TRABA- JADOR CON REMUNERACIÓN PRINCIPAL Y REMUNERACIÓN COMPLEMENTARIA

Más detalles

En los contratos a término fijo inferiores a un año, el período de prueba no puede superar la quinta parte de la duración del contrato.

En los contratos a término fijo inferiores a un año, el período de prueba no puede superar la quinta parte de la duración del contrato. A continuación detallamos el periodo de prueba, la jornada de trabajo, el salario, las prestaciones sociales, la seguridad social, los riesgos laborales PERÍODO DE PRUEBA: Es la etapa inicial del contrato,

Más detalles

BENEFICIOS DE FORMALIZAR UNA MYPE. Nora Zegarra Huamán

BENEFICIOS DE FORMALIZAR UNA MYPE. Nora Zegarra Huamán BENEFICIOS DE FORMALIZAR UNA MYPE Nora Zegarra Huamán "No es posible que algunos empresarios se sientan tan cómodos para quedarse en ese estado y no avanzar" NORMAS LEGALES DECRETO LEGISLATIVO Nº 1086.

Más detalles

CASOS PRÁCTICOS. Trabajadores con jornada común. 30 Febrero 2016 Nº 74

CASOS PRÁCTICOS. Trabajadores con jornada común. 30 Febrero 2016 Nº 74 CáLCulo de la PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES Voces: Régimen laboral privado Beneficios sociales - en las utilidades - computable - Tiempo computable - Jornada de trabajo. es con jornada

Más detalles

Liquidación de Sueldos y Jornales

Liquidación de Sueldos y Jornales Liquidación de Sueldos y Jornales Horas Extras: Concepto: Son aquellas que el trabajador dedica al servicio del empleador máximo previsto para la jornada. La ley vigente es la 15.996 de 1988, ordena pagar

Más detalles

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO Nº 012-92-TR (Publicado: 03.12.1992) EL

Más detalles

LA NOMINA Y EL CONTRATO DE TRABAJO

LA NOMINA Y EL CONTRATO DE TRABAJO LA NOMINA Y EL CONTRATO DE TRABAJO Valores vigentes para el 2013 Salario mínimo $589.500 Auxilio de transporte $70.500 Salario mínimo integral $7.663.500 ($5.895.000 salario y $1.768.500 factor prestacional)

Más detalles

Cómo efectuar el cálculo del depósito de la CTS? Período Mayo - Octubre 2012

Cómo efectuar el cálculo del depósito de la CTS? Período Mayo - Octubre 2012 Cómo efectuar el cálculo del depósito de la CTS? Período Mayo - Octubre 2012 I. RÉGIMEN GENERAL CASO Nº 1: TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN FIJA MENSUAL QUE LABORÓ TODO EL PERÍODO COMPUTABLE Fecha de ingreso

Más detalles

Cálculo de liquidación e indemnización por despido en México.

Cálculo de liquidación e indemnización por despido en México. Cálculo de liquidación e indemnización por despido en México. CUÁNTO ME TOCA POR DESPIDO O POR LIQUIDACIÓN? RESUELVE TODAS TUS DUDAS. LIQUIDACIÓN COMPRENDE LOS CONCEPTOS QUE A CONTINUACIÓN SE MENCIONAN:

Más detalles

GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS

GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS 1 GUIA OPERACIONAL CUMPLIMIENTO DE METAS DEL CONVENIO DE DESEMPEÑO Y REMUNERACIONES DE LOS ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS INTRODUCCION Los altos directivos públicos deben suscribir un Convenio de Desempeño

Más detalles

DERECHOS LABORALES DE LOS INMIGRANTES EXTRANJEROS EN COLOMBIA

DERECHOS LABORALES DE LOS INMIGRANTES EXTRANJEROS EN COLOMBIA DERECHOS LABORALES DE LOS INMIGRANTES EXTRANJEROS EN COLOMBIA Todo ciudadano nacional o extranjero que establezca una relación laboral en Colombia, se le aplican las disposiciones del Código Sustantivo

Más detalles

DECRETO SUPREMO N TR

DECRETO SUPREMO N TR Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada DECRETO SUPREMO N 012-92-TR CONCORDANCIA: R.

Más detalles

EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS

EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS 2 BIENESTAR DE PERSONAL 3 INSCRIPCIONES EN ESSALUD HIJOS MENOR. 18 HIJOS MAY. 18 DISCAPACITADOS ESPOSO(A) CONCUBINA(O) MADRE GESTANTE 4 PRESTACIONES ECONÓMICAS SUBSIDIO POR INCAPACIDAD

Más detalles

3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN

3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN 3.4.- DESCANSOS REMUNERADOS I. INTRODUCCIÓN Los descansos remunerados son los periodos de tiempo en el cual existe una suspensión imperfecta de labores, esto es que el trabajador no presta el servicio

Más detalles

A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO

A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION Y EL TRABAJO REAL DECRETO-LEY 5/213 DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO. A. COMPATIBILIDAD ENTRE LA PENSION DE JUBILACION

Más detalles

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28320 SOBRE LA INCORPORACIÓN A ESSALUD DE LOS AFILIADOS DE LA CAJA DE BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DEL PESCADOR

APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28320 SOBRE LA INCORPORACIÓN A ESSALUD DE LOS AFILIADOS DE LA CAJA DE BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DEL PESCADOR APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28320 SOBRE LA INCORPORACIÓN A ESSALUD DE LOS AFILIADOS DE LA CAJA DE BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DEL PESCADOR DECRETO SUPREMO Nº 005-2005-TR (11/08/05) CONCORDANCIA:

Más detalles

COSTOS DE LA MANO DE OBRA EN COLOMBIA

COSTOS DE LA MANO DE OBRA EN COLOMBIA INTRODUCCION Costos de la Mano de Obra en Colombia Página 1 de 8 COSTOS DE LA MANO DE OBRA EN COLOMBIA La mano de obra en Colombia conforma uno de los rubros más importantes a tener en cuenta dentro de

Más detalles

Sistema Especial para Empleados de Hogar Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Sistema Especial para Empleados de Hogar Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios Régimen Especial de Trabajadores del Mar Seguridad Social MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Estás en: Inicio» Trabajadores» Cotización / Recaudación de Trabajadores» y tipos de cotización 2016 y tipos de cotización 2016 Régimen General

Más detalles

Informe Especial. Pago de subsidios del ESSALUD (Segunda Parte) I. Registro y declaración de subsidios en la planilla electrónica

Informe Especial. Pago de subsidios del ESSALUD (Segunda Parte) I. Registro y declaración de subsidios en la planilla electrónica CONTENIDO Pago de subsidios del ESSALUD (Segunda Parte) I. Registro y declaración de subsidios en la planilla electrónica G1 II. Tutorial del PDT 601 sobre registro y declaración G3 III. Aplicación práctica

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. Capítulo 1

ÍNDICE GENERAL. Capítulo 1 ÍNDICE GENERAL Presentación... 5 Capítulo 1 CONCEPTOS PRELIMINARES: EL PERSONAL Y SU CONTRATACIÓN I. El trabajador y el vínculo laboral... 9 1. Vínculo laboral... 9 1.1. Acreditación del vínculo laboral

Más detalles

Aspectos a considerar sobre la Compensación por Tiempo de Servicios - CTS

Aspectos a considerar sobre la Compensación por Tiempo de Servicios - CTS 4 SECCIÓN LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL INFORME Aspectos a considerar sobre la Compensación por Tiempo de Servicios ( CTS )... 41 OPERATIVIDAD LABORAL Qué derechos tiene la trabajadora gestante?... 45 PRÁCTICA

Más detalles

PLANILLA DE TRABAJADORES CONSTRUCCION CIVIL Y OTROS REGIMENES LABORALES

PLANILLA DE TRABAJADORES CONSTRUCCION CIVIL Y OTROS REGIMENES LABORALES PLANILLA DE TRABAJADORES CONSTRUCCION CIVIL Y OTROS REGIMENES LABORALES Para la Industria de la Construcción Civil o Negociación Colectiva en Construcción Civil 2012-2013 entre representantes de la Cámara

Más detalles

IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES IGUALDAD EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES MATERNIDAD/PATERNIDAD Suspensión del contrato de trabajo Art. 45.1 ET El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas: d) Maternidad, paternidad,

Más detalles

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 ASUNTO:PERSONAL /RETRIBUCIONES Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 MF ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Mediante

Más detalles

ANEXO 1 INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA

ANEXO 1 INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA ANEXO 1 INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA I. DEL T-REGISTRO (Registro de Información Laboral) 1. Datos del Empleador 1.1. Número de Registro Único de Contribuyentes (RUC). 1.2. Nombre, denominación

Más detalles

ECB LABORAL. Gratificación Fiestas Patrias 2012

ECB LABORAL. Gratificación Fiestas Patrias 2012 ECB LABORAL Gratificación por Fiestas Patrias REGÍMENES ESPECIALES I. Régimen laboral de la microempresa El régimen laboral especial para la microempresa, regulado por el TUO de la Ley de Promoción de

Más detalles

EPS TACNA SA

EPS TACNA SA ' :. RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL IM 2013-300-EPS TACNA SA Tacna, 9 MAR 2013 VISTOS Y CONSIDERANDO: El Informe N 151-2013-540-EPS Tacna SA, de la División de Recursos Humanos, referido a la distribución

Más detalles

LEGISLACIÓN LABORAL Y CONTRATACIÓN

LEGISLACIÓN LABORAL Y CONTRATACIÓN LEGISLACIÓN LABORAL Y CONTRATACIÓN CONTRATO LABORAL APRENDIZ PRESTACIÓN DE SERVICIOS PASANTE RELACIÓN LABORAL EST CTA CONTRATISTA PRINCIPIO DE CONTRATO REALIDAD ARTICULO 14. CARÁCTER DE ORDEN PÚBLICO.

Más detalles

Gratificación de Fiestas Navideñas

Gratificación de Fiestas Navideñas V Informe Laboral Gratificación de Fiestas Navideñas Ficha Técnica Autor : Dra. Gisela Margot Infantes Cárdenas Título : Gratificación de Fiestas Navideñas Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 171 - Segunda

Más detalles

Clotilde Atahuaman Sumarán

Clotilde Atahuaman Sumarán ESSALUD ASEGURADOS REGULARES ACREDITACIÓN CONYUGE ALTA BAJA ACREDITACIÓN CONCUBINA ESCRITURA PÚBLICA DE UNIÓN DE HECHO RESOLUCIÓN JUDICIAL RECONOCIMIENTODE UNIÓN DE HECHO ACREDITACIÓN HIJO MENOR DE EDAD

Más detalles

El Impuesto a la Renta de los Trabajadores

El Impuesto a la Renta de los Trabajadores 27 El Impuesto a la Renta de los Trabajadores 1. Introducción ingresos obtenidos por la prestación de servicios considerados dentro de la cuarta categoría El impuesto a la renta grava la obtención de efectuados

Más detalles

AREA LABORAL 2. JORNADA DE TRABAJO. 1. INTRODUCCIÓN. jornada máxima

AREA LABORAL 2. JORNADA DE TRABAJO.  1. INTRODUCCIÓN. jornada máxima LA JORNADA DE TRABAJO 1. INTRODUCCIÓN En la legislación peruana, la jornada, horario de trabajo y trabajo en sobretiempo están normadas por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N 854, aprobado

Más detalles

El Descanso Vacacional

El Descanso Vacacional VI Área Laboral VI Contenido El Descanso Vacacional VI - 1 INFORMES LABORALES Comentarios a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre VI - 4 el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios

Más detalles

ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1 ACTUALIZACIÓN ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL I.- Jubilación Ordinaria: - Edad de Jubilación: Antes del 01/01/2013 Las

Más detalles

6. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS - CTS

6. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS - CTS 6. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS - CTS - TUO del D. Leg. Nº 650 - D.S. Nº 001-97-TR (El Peruano: 01.03.97) - D.S. Nº 004-97-TR (El Peruano: 15.04.97) 6.1 ALCANCES BÁSICOS DE LA LEY 6.1.1 QUÉ ES

Más detalles

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.

INSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general. INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, RELATIVA AL RÉGIMEN DE LICENCIAS, PERMISOS Y VACACIONES APLICABLE AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y

Más detalles

CONVENIO INFORMA Nº 9/2011

CONVENIO INFORMA Nº 9/2011 Ref.: INASISTENCIAS, PERMISOS, REPOSOS Y SUPLENCIAS Caracas, 11 de Julio de 2011. CONVENIO INFORMA Nº 9/2011 La presente tiene como finalidad girar instrucciones con respecto a las políticas a aplicar

Más detalles

LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS EN EL PERÚ

LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS EN EL PERÚ Boletín Informativo Laboral, N 82, octubre 2018. LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS EN EL PERÚ Lesly Marina Montoya Obregón * Resumen ejecutivo La compensación por tiempo de servicios (CTS) es un

Más detalles

Apunte Tributario. Determinación de Retenciones sobre Rentas de Quinta Categoría Aplicación Práctica Integral (Primera Parte)

Apunte Tributario. Determinación de Retenciones sobre Rentas de Quinta Categoría Aplicación Práctica Integral (Primera Parte) Determinación de Retenciones sobre Rentas de Quinta Categoría Aplicación Práctica Integral (Primera Parte) I. Introducción De conformidad con el inciso a) del artículo 71º de la Ley del Renta, se ha otorgado

Más detalles

Retenciones de Quinta Categoría Incluyendo las Gratificaciones de Fiestas Patrias y la Bonificación Extraordinaria Ley Nº 29351

Retenciones de Quinta Categoría Incluyendo las Gratificaciones de Fiestas Patrias y la Bonificación Extraordinaria Ley Nº 29351 Retenciones de Quinta Categoría ncluyendo las Gratificaciones de Fiestas Patrias y la Bonificación Extraordinaria Ley Nº 29351 Ficha Técnica Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Retenciones

Más detalles

SE DESARROLLAN LAS NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA 2016

SE DESARROLLAN LAS NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA 2016 SE DESARROLLAN LAS NORMAS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL PARA 2016 En el BOE del 30 de enero se ha publicado la Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo,

Más detalles

Artículo 2. Modificación de los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo Artículo 3. Definción del Contrato Administrativo de Servicios

Artículo 2. Modificación de los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo Artículo 3. Definción del Contrato Administrativo de Servicios Ley 29849 Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (Publicado el viernes 06 de abril del 2012) Publicado : 06/04/2012

Más detalles

Revista de Asesoría Especializada

Revista de Asesoría Especializada Co n c e p to s Remunerativos y No Remunerativos Asesor Empresarial Revista de Asesoría Especializada DERECHOS RESERVADOS CONFORME A LEY ENTRELÍNEAS S.R.L. Av. Petit Thouars Nº 1400 - Santa Beatriz 265-6895

Más detalles

GRATIFICACIONES. Clotilde Atahuaman Sumarán

GRATIFICACIONES. Clotilde Atahuaman Sumarán GRATIFICACIONES BASE LEGAL Ley Nº 27735(28.05.2002) Decreto Supremo Nº 005-2002-TR(04.07.2002) Reglamento Ley Nº 27735 Ley N 29351(01.05.2009) Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones

Más detalles

PLANILLA ELECTRÓNICA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME) JULIO 2011

PLANILLA ELECTRÓNICA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME) JULIO 2011 PLANILLA ELECTRÓNICA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME) JULIO 2011 1. PLANILLA MENSUAL DE PAGOS PLAME D.S. N. 018-2007-TR, N. 015-2010-TR, N. 008-2011-TR y R.S.N 183-2011/SUNAT Planilla Mensual de Pagos

Más detalles

BENEFICIOS CONVENCIONALES VIGENTES EN BANCOLOMBIA A NOVIEMBRE 2010.

BENEFICIOS CONVENCIONALES VIGENTES EN BANCOLOMBIA A NOVIEMBRE 2010. BENEFICIOS CONVENCIONALES VIGENTES EN BANCOLOMBIA A NOVIEMBRE 2010. Aumento salarial 3.33% Aumento por 20 años de servicio: Aumento por Ascenso: Incentivo de Caja: Auxilio de Alimentación: Auxilio de Anteojos:

Más detalles

RUBRO NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR

RUBRO NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR CODIGO IGP-PG.09 FECHA DE VIGENCIA VERSIÓN 1 PAGINAS 1/12 RUBRO NOMBRE FIRMA FECHA ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR Página 37 de 48 PROCESO DE I. OBJETIVO: Determinar la secuencia de las operaciones

Más detalles

Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales

Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales LEY Nº 29849 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso

Más detalles

ASPECTOS BASICOS A TENER EN CUENTA EN LA CONTRATACION LABORAL

ASPECTOS BASICOS A TENER EN CUENTA EN LA CONTRATACION LABORAL ASPECTOS BASICOS A TENER EN CUENTA EN LA CONTRATACION LABORAL Cómo seleccionar al personal adecuado?? Formas más comunes de Procesos de selección de personal Contratación a través contratación de intermediarios

Más detalles

DECRETO SUPREMO. Que, por Decreto Supremo N 010-85-CCFA del 24 de Julio de 1985, se actualizo el dispositivo de creación;

DECRETO SUPREMO. Que, por Decreto Supremo N 010-85-CCFA del 24 de Julio de 1985, se actualizo el dispositivo de creación; Nro. 041 DE/CCFFAA DECRETO SUPREMO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N 001-77-CCFA del 10 de Enero de 1977 se creo el Fondo de Seguro de Cesación, para los Empleados

Más detalles

Análisis sobre Legislación Laboral. Los Trabajadores en Construcción Civil Y Régimen Común

Análisis sobre Legislación Laboral. Los Trabajadores en Construcción Civil Y Régimen Común Análisis sobre Legislación Laboral Los Trabajadores en Construcción Civil Y Régimen Común 1. Casos prácticos 2. Consultas frecuentes 3. Solución problemas 4. Sustento legal Comparto gratuitamente algunas

Más detalles

INSTRUCTIVO VINCULACIÓN LABORAL DE MADRES COMUNITARIAS

INSTRUCTIVO VINCULACIÓN LABORAL DE MADRES COMUNITARIAS INSTRUCTIVO VINCULACIÓN LABORAL DE MADRES COMUNITARIAS El artículo 36 de la Ley 1602 de 2012 establece que a partir del 2014, todas las madres comunitarias deberán estar contratadas laboralmente por las

Más detalles

Depósito de la CTS Mayo 2013: Qué señala la norma laboral al respecto?

Depósito de la CTS Mayo 2013: Qué señala la norma laboral al respecto? Depósito de la CTS Mayo 2013: Qué señala la norma laboral al respecto? 1. Introducción La compensación por tiempo de servicios es una institución jurídica que tiene una naturaleza original en las legislaciones

Más detalles

Sede Electrónica de la Seguridad Social. Una vez obtenga el Informe de Vida Laboral vuelva a esta página y lea la siguiente información:

Sede Electrónica de la Seguridad Social. Una vez obtenga el Informe de Vida Laboral vuelva a esta página y lea la siguiente información: Page 1 of 6 S e g u r i d a d S o c i a l Buscar Introduzca texto sede Electrónica Inicio Ciudadanos Empresas y Profesionales Administraciones y Mutuas Tablón de Edictos y Anuncios Mi sede electrónica

Más detalles

Horari de tutoria, lloc, telèfon i adreça de Miércoles 16,30 h. Lugar: Sala de profesores del Seminario. Teléfono: 971 713405

Horari de tutoria, lloc, telèfon i adreça de  Miércoles 16,30 h. Lugar: Sala de profesores del Seminario. Teléfono: 971 713405 Curs Acadèmic 2009-10 Codi i nom de l assignatura 5021 PRACTICAS INTEGRADAS II Professorat que imparteix l assignatura MARCOS SABATER RIERA. Horari de tutoria, lloc, telèfon i adreça de e-mail Miércoles

Más detalles

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS -CTS

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS -CTS COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS -CTS BASE LEGAL Decreto Supremo Nº 001-97-TR TUOdelaCTS Decreto Supremo Nº 004-97-TR ReglamentodeTUOdelaCTS Ley Nº 29352 (01.05.09) Decreto Supremo Nº 016-2010-TR (25.12.10)

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992, D E C R E T A:

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la ley 4a. de 1992, D E C R E T A: REPUBLlCA DE COLOMBIA ( Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Auditoria General de la República y se dictan otras disposiciones.

Más detalles

Asignaciones Familiares

Asignaciones Familiares Asignaciones Familiares Mayo 2016 Presentado en Universidad Nacional de Córdoba Asignaciones Familiares - Antecedentes Esparta -siglo III A.C.: Adulterio Hijos (consideración) Exención Europa - siglo XIX:

Más detalles

Entrada en vigencia de la ley. P rev i s i o n a l ) q u e i n t ro d u c e modificaciones al DL Nº 3.500 de 1980 (Que crea el sistema de

Entrada en vigencia de la ley. P rev i s i o n a l ) q u e i n t ro d u c e modificaciones al DL Nº 3.500 de 1980 (Que crea el sistema de Entrada en vigencia de la ley Nº20.255 de 2008 (Reforma P rev i s i o n a l ) q u e i n t ro d u c e modificaciones al DL Nº 3.500 de 1980 (Que crea el sistema de pensiones de capitalización individual,

Más detalles

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE INDEMNIZACIONES PARA TRABAJADORES SUJETOS A CONTRATO POR OBRA, FAENA O SERVICIO

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE INDEMNIZACIONES PARA TRABAJADORES SUJETOS A CONTRATO POR OBRA, FAENA O SERVICIO PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO EN MATERIA DE INDEMNIZACIONES PARA TRABAJADORES SUJETOS A CONTRATO POR OBRA, FAENA O SERVICIO Septiembre de 2015 INTRODUCCIÓN Proyecto de ley que pretende

Más detalles

GRATIFICACIÓN LEGAL DE FIESTAS PATRIAS 2012

GRATIFICACIÓN LEGAL DE FIESTAS PATRIAS 2012 GRATIFICACIÓN LEGAL DE FIESTAS PATRIAS 2012 De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27735 y su Reglamento, el D.S. Nº 005-2002-TR, las empresas deben cumplir con abonar a sus trabajadores, dentro de los

Más detalles