SISTEMA DE GESTIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL
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- Aurora Villalobos Olivares
- hace 7 años
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1 LIBRO BLANCO ENTREGA RECEPCIÓN 2015 SISTEMA DE GESTIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
2 I. Presentación. La Secretaría de Administración y Finanzas es la encargada de preparar y ejecutar programas de capacitación y adiestramiento para el personal del H. Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, motivo por el que durante la presente administración pública municipal se inició la implementación del SISTEMA DE GESTIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO MUNICIPAL. a) Nombre del Programa: Sistema de Gestión de Licencias de Funcionamiento Municipal. b) Período de vigencia: La vigencia del programa es del mes de marzo 2015 al mes de septiembre de c) Cobertura: Todo interesado en gestionar algún tema con la Licencia de Funcionamiento de un negocio ubicado en el Municipio de Acapulco de Juárez. Los servidores públicos de la Subsecretaría de Hacienda y, en especial, de la Dirección de Ingresos que laboran en el H. Ayuntamiento de Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero. d) Dependencias y Unidades administrativas participantes: Tabla 1. Dependencias participantes. Dependencia Secretaría de Administración y Finanzas. Subsecretaría de Hacienda. Dirección de Ingresos. Dirección de Sistemas y Comunicaciones. Titular C.P. Manuel Guillermo Romero Pineda. C.P. Marco Antonio Vargas Herrera. C.P. Alejandro Torreblanca. Lic. Constantito Flores López. Página 2
3 II. Fundamento Legal. El origen de los Libros Blancos surge de la Entrega-Recepción de la Administración Pública Federal del sexenio de y de A partir del año 2000 se integró un Libro Blanco, teniendo como resultado una acción de gobierno con la documentación más relevante generada por un programa, proyecto de inversión o acción, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. Con fecha 10 de octubre de 2005, la Secretaría de la Función Pública Federal expidió los Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de cuentas de la Administración Pública Federal , teniendo como resultado la documentación relevante generada en el periodo, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. El 11 de diciembre de 2008 la Secretaría de la Función Pública, expide en el Diario Oficial de la Federación el Decreto Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción , con el propósito de contribuir a la consolidación de la gobernabilidad democrática a través de la aplicación estricta de la Ley y de la plena vigencia de los principios de rendición de cuentas, integridad y transparencia, con la finalidad de contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública. Con fecha 10 de octubre de 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, con la finalidad de dejar constancia de acciones y resultados obtenidos de programas, proyectos o asuntos relevantes y trascendentes de la administración pública. Página 3
4 Si bien, las disposiciones legales de carácter estatal y municipal no tienen previstas específicamente la obligación del Municipio de entregar los Libros Blancos relativos a la gestión municipal, es factible tomar como fundamento legal los siguientes preceptos legales contenidos en la Ley Número 876 de Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero y en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, que sustentan la recopilación y sistematización de la información sobre las acciones de gobierno que han sido centrales y que caracterizan de manera peculiar a la presente administración pública municipal. LEY NÚMERO 876 DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL ESTADO. ARTÍCULO 8.- La entrega-recepción que establece esta Ley, se realizará mediante el acto administrativo que se asienta en el acta correspondiente, a la que se acompañará la información y la documentación relativa a los asuntos, programas, obras, obligaciones y recursos asignados, en base a las disposiciones normativas complementarias y formatos que emita la Contraloría o el Órgano Interno de Control ARTÍCULO 12.- Cuando la entrega-recepción se realice por el cambio de administración, la información que se incluya en el acta deberá comprender, al menos, el marco jurídico de actuación de la unidad administrativa, la estructura de organización, la situación de los programas o acciones a su cargo, los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el cumplimiento de sus funciones, un informe de la situación que guarden los asuntos relevantes en proceso de atención o resolución, así como un resumen o informe ejecutivo de los principales resultados obtenidos durante el período que concluye. LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE GUERRERO. ARTÍCULO 39.- El Ayuntamiento saliente hará entrega en la segunda quincena de septiembre de los informes e inventarios sobre el patrimonio mobiliario e inmobiliario, los recursos humanos y financieros, los archivos e informes sobre el avance de los programas de gobierno pendientes o de carácter permanente, asegurando la disponibilidad de recursos para el pago de aguinaldo proporcional, prima vacacional y demás prestaciones de los trabajadores de la administración municipal. Página 4
5 ARTÍCULO 42.- El Ayuntamiento en funciones preparará los siguientes expedientes: IV. Relación de asuntos pendientes de resolver, así como los documentos vinculados a los mismos; XVI. Las demás que sean necesarias para mantener la continuidad en la administración municipal y en la atención a la ciudadanía, así como para evitar daños al patrimonio municipal. En caso de que los servidores públicos municipales omitan la información establecida en este artículo o no la entreguen al Comité de entrega-recepción en al (sic) acto final de entrega-recepción, conforme lo establece la presente Ley, les serán aplicables las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero. Página 5
6 III. Objetivo. III.I. Objetivo General. Ofrecer un servicio profesional a los contribuyentes y al personal del Ayuntamiento, que le provea de beneficios tangibles e intangibles al momento de cubrir sus impuestos: Facilitar el pago de impuestos III.II. Objetivo Específico. Actualizar el sistema de recaudación de la Dirección de Ingresos. Gestionar de mejor forma la administración de las licencias de funcionamiento. Aumentar la recuperación y cobranza de las licencias de funcionamiento por temas de inspecciones. Generar reportes y estadísticas nuevas, más fidedignas en la gestión de padrones de licencias. Usar vía web el sistema para el equipo autorizado de la Dirección de Ingresos. Facilitar la expedición de licencias al contribuyente reduciendo tiempos. Aportar a la modernización del Ayuntamiento, actualizando los sistemas actuales de trabajo. Página 6
7 IV. Antecedentes. Acorde al organigrama, la Subsecretaría de Hacienda quien depende de la Secretaría de Administración y Finanzas- es la responsable de la recaudación en el Ayuntamiento de Acapulco, y tiene bajo su responsabilidad las Direcciones: Dirección de Ingresos. Dirección de Catastro e Impuesto Predial. Dirección de ZOFEMAT. Dirección de Fiscalización. La Dirección de Ingresos, cuenta con un software que les ayuda a su gestión; no obstante, el software tiene más de 10 años de incorporación, no han tenido actualización alguna, y gestionan una parte de la operación sin comunicación entre las áreas. En los últimos meses, se han desarrollado proyectos para actualizar o incluir nuevos sistemas para aumentar la recaudación. El área de interés en este momento es Licencias de Funcionamiento, quien es la responsable de revisar documentación y expedir las licencias de funcionamiento, una vez concluidas las etapas previas que cada Dependencia. La empresa Estrategias Computacionales S.A. de C.V. (ESCOM) está haciendo parte de la modernización de la Secretaría de Administración y Finanzas, ya que sus sistemas se pueden interrelacionar entre sí, y con ello proveer una mejor comunicación entre las áreas, únicamente de lo que requieren. Entre estos desarrollos se encuentra el SISTEMA DE GESTIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, el cual tendrá comunicación en la entrega con el área de Cajas de Cobro y la Dirección de Fiscalización (Procedimiento Administrativo de Ejecución). Este sistema no tan solo gestionará las actividades de las licencias de Página 7
8 funcionamiento, también le proveerá de los expedientes a la Dirección de Fiscalización, que requieran iniciar su procedimiento administrativo de ejecución. Adicionalmente, como indicadores de avance y flujo para conocer en qué etapa se encuentra (estatus) y poder tomar decisiones. Bajo la planeación de implementación, el orden de los nuevos sistemas (software) es el siguiente, por lo que se espera que para finales del mes de agosto quede implementado en el área el Sistema de Gestión de Licencias de Funcionamiento : Sistema de Gestión de ZOFEMAT Sistema Caja Única de Cobro Armonización de Cuentas Contables Sistema de Gestión Licencias de Funcionamiento Sistema de Gestión PAE Ilustración 1. Cronograma de proyectos. En una etapa futura se prevé, y sería idóneo, que se desarrollaran sistemas en las áreas que requieren dar autorizaciones y/o revisiones previas a la expedición de la licencia de funcionamiento, así como un portal para el inicio de trámite vía web para el interesado. Página 8
9 V. Marco normativo aplicable. A continuación se enlistan aquellos artículos y sus fuentes, que crean el marco normativo que aplicaron al presente proyecto realizado. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso: V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. Página 9
10 CONSTITUCIÓN POLÍTICA GUERRERO. DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE Articulo 91.- De conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución Federal, el Estado adopta como base de su división territorial y de su organización política y administrativa al Municipio Libre. Artículo 92- El Municipio tiene personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la Ley. La Ley de Ingresos es el soporte principal para la recaudación de las contribuciones, el impuesto predial, impuestos por refrendo de licencias de funcionamiento y derechos de ZOFEMAT; en la que resaltamos el siguiente artículo: LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ DEL ESTADO DE GUERRERO, PARA EL EJERCICIO FISCAL Artículo 9º. La recaudación de todos los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos se hará sin excepción alguna; a través de las oficinas receptoras de la Secretaría de Administración y Finanzas, de Instituciones del Sistema Financiero Mexicano, de los mecanismos electrónicos autorizados por Organismos Públicos y/o establecimientos comerciales con los que el Honorable Ayuntamiento celebre convenios. Misma que se concentrará a la Caja General de la propia Secretaría. LEY DE HACIENDA MUNICIPAL NÚMERO 677. ARTICULO 62-E.- El Ayuntamiento, independientemente de lo establecido en las secciones anteriores, percibirá ingresos por el cobro de los siguientes derechos: I. II XIII. Por la expedición inicial o refrendo de licencias, permisos y autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales, cuyos giros sean la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan su expendio; Página 10
11 REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO. Artículo 25.- La Secretaría de Administración y Finanzas fungirá como recaudadora del Ayuntamiento y será la encargada de prestar el apoyo administrativo que requieran las Dependencias municipales; y entre las nuevas atribuciones son las de proponer y controlar las políticas en materia de informática, que deban seguirse para el diseño, desarrollo e implementación de sistemas de cómputo y de comunicación interna. Al frente de la Secretaría estará un Secretario de Despacho, Página 11
12 VI. Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo. Dentro del Plan Municipal de Desarrollo se plantea que la Secretaría de Administración y Finanzas requiere mejorar y eficiente los ingresos/recaudación de impuestos (Página 22 del Plan de Desarrollo Municipal ). EJE 1. GOBIERNO CON DEMOCRACIA Y SEGURIDAD CIUDADANA. o 3ra Estrategia de la Secretaría de Administración y Finanzas, se indicaron las siguientes Líneas de acción: 3.4 Actualizar los sistemas de comunicación interno y externa del municipio. 3.9 Programa de recaudación fiscal. Modernizar la administración de los sistemas de cobro. Aquí se muestra imagen extracto del Plan Municipal de Desarrollo : Ilustración 2. Imagen extracto del Plan Municipal de Desarrollo Página 12
13 VII. Acciones realizadas. Bajo la planeación de implementación, el orden de los nuevos sistemas (software) es el siguiente, por lo que se espera que para finales del mes de agosto quede implementado en la Dirección de Ingresos una mejora sustancial del Sistema de Gestión de Licencias Municipales : Sistema de Gestión de ZOFEMAT Sistema Caja Única de Cobro Armonización de Cuentas Contables Sistema de Gestión Licencias de Funcionamiento Sistema de Gestión PAE Ilustración 3. Cronograma de proyectos. En una etapa futura se prevé, y sería idóneo, que se desarrollaran sistemas en las áreas que requieren dar autorizaciones y/o revisiones previas a la expedición de la licencia de funcionamiento; así como un portal para el inicio de trámite vía web para el interesado. Por lo anterior, es que la siguiente sección se encuentra limitada y no contiene las acciones esperadas. Es un proyecto que está pendiente de implementación porque para la fecha de entrega del presente Libro Blanco, a finales del mes de julio 2015, este proyecto se encuentra en proceso. En el mes de septiembre se estará actualizando la presente sección con un adendum. Es importante resaltar que en el contrato, adjuntado en la sección de Documentación de Soporte se encuentra el contrato firmado y dentro de éste la descripción de los alcances y desarrollo del software. Página 13
14 VIII. Logros y resultados. Recordemos que el Programa que contiene el presente Libro Blanco se encuentra en proceso de implementación, como parte del Programa de Modernización de la Secretaría de Administración y Finanzas, por lo tanto, esta sección no puede integrarse por completo en este momento, sin embargo, la empresa ESCOM está obligada, en términos del contrato suscrito para tales efectos, a dejar operando al término de la presente administración pública municipal, lo siguientes Módulos Básicos del Sistema de Gestión de Licencias de Funcionamiento: Gestión de usuarios Gestión de cajas. Gestión de licencias. Gestión tributaria y de servicios. Estadísticas y reportes. Gestión de configuración. Tecnológico. Trabajo colaborativo. De procesos. Reportes e inteligencia del negocio. Página 14
15 IX. Informe final del servidor público responsable. La Secretaría de Administración y Finanzas está comprometida con los valores del Ayuntamiento, así como también con la política de calidad que nos guía a brindar servicios más eficientes y oportunos. En dicho sentido, el desarrollo e implementación de softwares que ayuden a aumentar la productividad, confiabilidad de registros, y seguimiento puntual de la labor del día con día, son aspectos cruciales para proveer un entorno de transparencia, responsabilidad y compromiso en las finanzas sanas para el contribuyente. Si bien el presente proyecto se encuentra en proceso de implementación para el momento de entrega del presente Libro Blanco, está previsto que a finales del mes de septiembre estará terminado; motivamos y exaltamos la necesidad de que este desarrollo puede ampliar su horizonte de trabajo, mediante el establecimiento de todos los procesos del área que ofrezca el conocimiento de cómo trabaja. Ello podrá traer, en consecuencia, el posible desarrollo de nuevos desarrollos tecnológicos. La visión de tener un sistema como el Sistema de Administración Tributaria (SAT), Estado de México y Nuevo León es posible alcanzarlo si bien se dirigen los esfuerzos; y la implementación de proyectos innovadores son lo que proveen los saltos significativos de mejora. Página 15
16 X. Soporte documental. Página 16
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