Sesión Informativa: Actualización Fiscal 2014
|
|
- María Ángeles Segura Márquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Sesión Informativa: Actualización Fiscal 2014 Primera Parte Impuestos 20 de febrero de 2014
2 Agenda Actualización Tributaria 2014 Temas Expositores Bienvenida Introducción Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento. Luis Laguerre Edilberto Cepeda Salario mínimo, seguridad social y experiencias recientes en auditorías. Vielka Villaverde Opiniones recientes de la ANIP y su efecto en la determinación de ingresos gravables y gastos deducibles. Jony Afú Administración de riesgo en caso de inspecciones y litigios tributarios: experiencias recientes. Zita Segismond 2
3 Agenda Actualización Tributaria 2014 Temas Jurisprudencia tributaria y su aplicación práctica. Expositores Jaime Carrizo Aplicación de tratados para evitar la doble tributación. Importancia del concepto de Establecimiento Permanente. Jair Montufar Reporte BEPS de la OCDE, su efecto en el presente y futuro de las reglas de precios de transferencia. Maria Claudia Pimentel Evolución del concepto de la territorialidad en la legislación fiscal panameña luego de 20 años del decreto ejecutivo 170 de Rafael Rivera Regímenes fiscales: situación actual y su expiración conforme a compromisos internacionales Andrés Kosmas 3
4 Preguntas Para consulta durante las conferencias:
5 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento Edilberto Cepeda Gerente Senior
6 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (1) Ley 63 (GO B) modifica en septiembre de 2013 el artículo 5 de la Ley 3 de 1985: Se establece que el tramo preferencial para préstamos hipotecarios de entre B/. 40,000 y B/.80,000 será de 4% y para los préstamos hipotecarios de B/. 80,000 a B/. 120,000 de 2%. Ley 23 (GO B) modifica en abril de 2013 el artículo 5 de la Ley 3 de 1985: Se indicaba que el tramo preferencial para préstamos hipotecarios entre B/. 40,000 y B/.65,000 será de 4% y de 2% para préstamos hipotecarios mayores a B/.65,000 hasta B/. 120,000. Datos: Los Bancos registran en base al sistema acumulado y reportan su ingreso por este crédito en el momento de que se causa y pagan su impuesto sobre la renta. El proceso para la entrega de la resolución por parte de la ANIP al Banco para poder usarlo para pagar sus impuestos es posterior. 6
7 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (2) Ley 37 (GO 27308): Relacionada al establecimiento del régimen de incentivos para el fomento de la construcción, operación y mantenimiento de centrales y/o instalaciones solares en el territorio de la República de Panamá. Las licencias serán otorgadas por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos y corresponderá a la Empresa de Transmisión Eléctrica autorizar la conexión del sistema central solar. Beneficios fiscales por estar inscritos: Exoneración de impuesto de importación, de aranceles, tasa, contribuciones y gravámenes, así como el ITBMS causados por la importación. Crédito fiscal aplicable al impuesto sobre la renta por un máximo del 5% del total de la inversión directa, el cual no podrá ser objeto de compensación, cesión o transferencia. Utilización del método de depreciación acelerada para que no sea afectada tanto, en la utilidad neta de la persona natural o jurídica. 7
8 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (3) Ley 114 (GO 27431) modifica el parágrafo 2 del artículo 706 del Código Fiscal: Relacionada al régimen de incentivo fiscal para sociedades de inversión inmobiliaria quienes no estarán sujetas al impuesto sobre la renta de personas jurídicas, si cumplen con lo siguiente: Datos: Estén registradas ante la Superintendencia del Mercado de Valores de la República de Panamá. Coticen y listen sus cuotas de participación en bolsa de valores o mercados organizados registrados ante la Superintendencia del Mercado de Valores. Inviertan en el desarrollo y administración inmobiliaria a través de subsidiarias. Distribuyan a los tenedores de sus cuotas de participación el 90% o más de su utilidad neta. Si la sociedad cumple con los requisitos, se obliga a retener el 5% del monto distribuido al tenedor de la cuota de participación y el tenedor puede optar por considerarlo como el impuesto sobre la renta definitivo a pagar. Antes la cuota de participación o acción distribuida estaba a una tarifa de 20%. Si la sociedad no distribuye el 90% quedará sujeta al pago del impuesto sobre la renta del 25% según el artículo 699 del Código fiscal. 8
9 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (4) Resolución (GO A): Relacionada a la presentación de la solicitud de no aplicación del cair en la cual deja sin efecto la Resolución de 2007 en la cual concedía 5 días hábiles contados a partir de la presentación de la declaración de rentas para su entrega formal ante la ANIP. Datos: Deben tener toda la información lista para su presentación al momento de enviar la declaración de rentas, para entregarla el mismo día la solicitud de no aplicación del cair. Tienen que conseguir el mismo día las firmas para la declaración de rentas del representante legal y del CPA. Si el día que se va enviar la declaración de rentas el sistema no la acepta y es el último día, de no pasar, pierden la oportunidad de que le acepten la solicitud de no aplicación del cair. Si el día de que vayan a presentar la solicitud de no aplicación del cair no se lo acepten por faltar algún documento, no podrán presentarlo al día siguiente por haber presentado la declaración de rentas un día antes. 9
10 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (5) Decreto de Gabinete 9 (GO 27263) modifica la Ley 54 de 1998: Relacionada a la estabilidad jurídica a las inversiones, en la cual se adiciona la actividad que realizan las Sedes de Empresas Multimodal (SEM) reguladas por la Ley 41 de 2007, para que puedan obtener el registro de estabilidad jurídica, que comenzará a regir a partir de su promulgación y las que se inscribieron como SEM antes de este Decreto cuentan con un termino de hasta 6 meses para poder acogerse, vencidos en octubre de Podrán acogerse a este Decreto siempre y cuando las inversiones identificadas reúnan algunos de los siguientes requisitos: Incorporen progreso técnico que permita mejorar la competitividad y faciliten la innovación tecnológica. Faciliten el aumento y la diversificación de las exportaciones, así como la integración productiva, incorporando valor agregado en los distintos eslabones de la cadena productiva. Generen empleo productivo directo o indirectamente. Contribuyan a la descentralización geográfica de las actividades y agentes económicos y una utilización de mano de obra local. 10
11 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (6) Ley 15 (GO B) modifica Ley 45 de 1995 adicionando el artículo 7-A: Relacionada al Impuesto Selectivo al Consumo de bebidas alcohólicas para que sean gravadas en base a una tabla mediante el precio de venta y contenido de alcohol (licor, cerveza y vino). Resolución (GO 27302): Relacionada a la habilitación del formulario No.400 v4, identificado como Declaración Liquidación del Impuesto Selectivo al Consumo de Ciertos Bienes y servicios. Datos: En dicho formulario se habilita el pago de la nueva tarifa de la Ley 15 de marzo de 2013 para las bebidas de contenido alcohólico. Dicho formulario se encuentra accesible vía web, a través de la página de internet identificada ; con su respectivo instructivo. 11
12 Principales cambios en la legislación fiscal y en las obligaciones de cumplimiento (7) Resolución (GO 27432) modifica la Resolución de 2008: Relacionada al informe de pagos a terceros el cual se elimina la obligación de presentarlo por persona jurídica Off Shore y se elimina la presentación del informe de No Declarantes. Resolución (GO A): Relacionada a la extensión del período para el reconocimiento del crédito fiscal por la adquisición de los equipos fiscales nuevos del 1 de septiembre de 2013 al 31 de marzo de Datos: Todas las Leyes, Decretos y resoluciones mencionadas están identificadas con su respectivo número de Gaceta Oficial, por lo cual para su beneficio pueden acceder directamente vía internet a la página web ; en la cual pueden consultarlas para su mayor conocimiento. 12
13 Contactos Edilberto Cepeda Gerente Senior
14 Salario mínimo, seguridad social y experiencias recientes en auditorías Vielka Villaverde Gerente Senior
15 Elementos para determinar el Salario Mínimo Decreto Ejecutivo 182 de diciembre de 2013, se fijan las nuevas tasa de Salario Mínimo en la República de Panamá, elementos que se evalúan para establecer el Salario mínimo que regirá en todo el territorio nacional: Actividad (Según Aviso de Operación). Clasificación (Grande o Pequeña empresa). Región (1 y 2). Jornadas de trabajo. 15
16 Elementos para determinar el Salario Mínimo Las nuevas tasas de salario mínimo que se establecen en el Decreto Ejecutivo 182 de diciembre de 2013, se fijan de acuerdo a las actividades económica, ubicación y tamaño de las empresas establecidas en el territorio nacional, basando estas clasificaciones en la Clasificación Industrial Nacional Uniforme de todas las Actividades Económicas, emitido por la Contraloría General de la Republica en el año Para efectos de la norma se considera pequeña empresa aquella que mantienen las siguientes cantidades de trabajadores: Diez (10) o menos trabajadores de planta, para empresas de agrícola pecuarias o de servicios de ventas al por menor. Quince (15) o menos trabajadores para empresas manufactureras Veinte (20) o menos trabajadores para empresas agroindustriales. 16
17 Elementos para determinar el Salario Mínimo Región Región 1: Panamá, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraijan, Capira Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba y Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, San Félix, Barú, Boquerón, Portobelo, Donoso, Santa Isabel, Parita, Pesé, Atalaya, Changuinola y Chiriquí Grande. Región 2: Restos de los distritos del país. 17
18 Elementos para determinar el Salario Mínimo Región Trabajador Domestico Región 1: Panamá, San Miguelito, David, Santiago, Chitré, Aguadulce, Penonomé, Bocas del Toro, La Chorrera, Arraijan, Capira Chame, Antón, Natá, Las Tablas, Bugaba y Boquete, Taboga, San Carlos, Chepo, Guararé, Los Santos, Pedasí, Dolega, San Félix, Barú, Boquerón, Portobelo, Donoso, Santa Isabel, Parita, Pesé, Atalaya, Changuinola y Chiriqui Grande. Salario B/ Región 2: Restos de los distritos del país. Salario B/
19 Elementos para determinar el Salario Mínimo Actividad (1) Se unifica el salario mínimo a nivel nacional en las siguientes actividades: Agricultura, Ganadería, caza, silvicultura, acuicultura y pesca, Explotación de Canteras, Areneras, Minas, Procesamiento de la Caña de Azúcar, Actividades de saneamiento, Suministro de Agua; Suministro de Electricidad, Gas, Alcantarillado, Gestión de Desechos, Vapor, Aire Acondicionado, Aeropuertos Internacionales, Actividades Financieras y de Seguros, Telecomunicaciones, Difusión de Radio y Televisión, Actividades de Alquiler y Arrendamientos; Actividades Administrativas y Servicios de Apoyo; Centros Comerciales con más de 50 locales, Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas; Actividades de Seguridad e Investigación, Agencias de Seguridad y Vigilancias; Artes, Entretenimiento y Creatividad, Discotecas, Propiedades Horizontales Residenciales (edificios con más de (10) plantas y Asociaciones de Inquilinos de Viviendas Individuales. A nivel nacional quedarán las siguientes ocupaciones: Trabajadores portuarios, conductores de buses, Tripulantes de Cabina de vuelos Internacionales, Camarógrafos, Abogados, Periodistas de Radio y Televisión, Mecánico de Transporte Aéreo, Terrestre y Marítimo, Técnicos de la Salud. (Art. 8 del Decreto Ejecutivo 182) 19
20 Elementos para determinar el Salario Mínimo Actividad (2) Se unifica el salario mínimo a nivel nacional en las siguientes ocupaciones: Camarógrafos. Conductores de Buses Colegiales. Mina. Periodistas de Radio, Periódicos y Televisión. Mecánico de Transporte Aéreo. Mecánico de Transporte Terrestre. Mecánico de Transporte Marítimo. 20
21 Elementos para determinar el Salario Mínimo Actividad (4) 21
22 Tasa por hora de Salario Mínimo por Actividad y Región
23 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (1) 23
24 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (2) 24
25 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (3) 25
26 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (4) 26
27 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (5) 27
28 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (6) 28
29 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (7) 29
30 Tasa de Salario Mínimo por Actividad y Región (8) 30
31 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región
32 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 32
33 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 33
34 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 34
35 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 35
36 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 36
37 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 37
38 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 38
39 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 39
40 Comparativo de Salario Mínimo por Actividad y Región 40
41 Jornadas Laborables
42 Jornadas Laborables 42
43 Costo del Salario Porción del costo del salario atribuible al empleador 43
44 Ejemplos Prácticos A, B, C
45 Ejemplo Práctico (1) Ejemplo práctico A: Incremento de 0.36 Actividad de la construcción Actividad de Fabricación Cemento y/o Concreto Una Constructora que mantiene 120 trabajadores con jornadas máximas de 48 horas a la semana, pagará un incremento de salario mínimo de B/.0.36, (salario mínimo anterior era de B/.2.36 y el actual será de B/.2.72) y que a su vez se dedica a la fabricación de Concreto y en esta actividad mantiene 60 trabajadores. Cómo se afectan los costos de planilla? 45
46 Ejemplo Práctico (1) Determinación de los costos por el empleador 46
47 Ejemplo Práctico (2) Ejemplo práctico B: Incrementos de 0.33 y 0.36 para empresas que desarrollen las siguientes actividades: Hoteles y Resort con Franquicias Hoteles con más de 200 habitaciones Hoteles de ocasión, moteles, pensiones y residenciales Un hotel con ubicación en un distrito registrado en la Región No 1, mantiene 75 trabajadores (60 en el área del hotel y 15 en el área de la discoteca), todos con jornadas máximas de 48 horas a la semana, pagará un incremento de salario mínimo de B/.0.33, (salario mínimo anterior era de B/.2.14 y el actual será de B/.2.47) a los del área del hotel y un incremento de 0.36 (salario mínimo anterior era de B/.2.36 y el actual será de B/.2.72) En cuánto se incrementará el costo de la planilla? 47
48 Ejemplo Práctico (2) 48
49 Ejemplo Práctico (3) Ejemplo práctico C: Incremento de 1.49 para actividades de transporte aéreo en la que se requieran Tripulante de Cabina Internacional Tripulantes de Cabina Internacional Una empresa que realiza actividades de vuelos internacionales, mantiene 20 operadores de cabina en jornadas de 40 horas a la semana, pagará un incremento de salario mínimo de B/.1.49, (salario mínimo anterior era de B/.2.36 y el actual será de B/.3.85). En cuánto se incrementará el costo de la planilla? 49
50 Ejemplo Práctico (3) 50
51 Situaciones prácticas observadas en las auditorias de la CSS
52 Situaciones (1) Pagos de comisiones declarados como prima de producción: Situación observadas en la auditoria: Cálculo sobre la base de ventas, clientes atendidos, reservas efectuadas. Monto de prima declarado de forma incorrecta. Ausencia de documentación soporte. Definiciones: Comisión: Reconocimiento que recibe el empleado como porcentaje o suma establecida del precio de venta de bienes o servicios, transacción comercial ó cualquier parámetro establecido por las partes. Prima de Producción: retribución adicional por su labor física ó intelectual a manera de estimulo o recompensa, en virtud del establecimiento de planes, objetivos para el incremento de la producción o del rendimiento del trabajador. 52
53 Situaciones (2) Decimo Tercer mes sobre el Gasto de Representación: Situaciones observadas en la auditoría: Calculo del XIII mes sobre los pagos del Gasto de Representación, monto que se declara como gasto de representación. Calculo del XIII mes sobre los pagos de Gastos de Representación, montos que son declarado en la columna de XIII mes del salario 53
54 Situaciones (3) Servicios Profesionales u Honorarios Profesionales Situaciones observadas en la auditoría: Personal con funciones administrativas. Pagos recurrentes, con pagos de beneficios. Pago de vacaciones del trabajador a nombre de un tercero, bajo el concepto de Honorarios Profesionales. Ausencia de documentación que sustente la prestación de servicios (facturas, informes etc.). Personal expatriado asignado a Panamá, con funciones administrativas. 54
55 Situaciones (4) Salarios en especie Situaciones observadas en la auditoría: Pago de la vivienda del trabajador. Pago de la colegiatura de los hijos del trabajador. Pago de servicios básicos de la vivienda del trabajador. Uso de vehículo. Pago de boletos de avión del trabajador y su familia en tiempo de vacaciones. 55
56 Sanción Se sancionará con multa de mil balboas (B/.1,000.00) hasta veinticinco mil balboas (B/.25,000.00) de conformidad con l gravedad y efectos económicos de la falta, la simulación de actos jurídicos que tengan el objeto de evadir el cumplimiento de las obligaciones para con la CSS. En estos casos se atenderá a la realidad de la relación y no a la formalidad del acto. Igual sanción se aplicará a quien mediante el pago de viático, prima de producción, dietas u otro ardid, incluyendo la sub-declaración, oculte, disimule o encubra el pago de salario u honorario con el objeto de evadir el cumplimiento de las obligaciones para con la Caja de Seguro Social. Art.128 de la Ley 51 56
57 Sanción Criterios para la imposición de sanciones: Los efectos económicos de la falta. El monto de las sumas evadidas o dejadas de pagar. El número de empleados efectuados, en proporción al número total de trabajadores al servicio del empleador. La gravedad de la falta. La reincidencia. 57
58 Contacto Vielka Villaverde Gerente Senior
59 Opiniones recientes de la ANIP Jony Afú Director
60 Contenido Proyectos de construcción Retención a un no residente en caso de servicios prestados a una entidad del estado no obligada a declarar impuesto sobre la renta Obligaciones vigentes en materia de Precios de Transferencias Empresas con Licencia SEM y sus obligaciones de cumplir con los Precios de Transferencias Impuesto de Ganancia de Capital Reconocimiento de ingresos según las NIIF ITBMS Comisión de Casa de Valores 60
61 Proyectos de Construcción
62 Proyectos de construcción Una empresa de construcción realiza un proyecto y opta por el método de obra terminada establecido en el numeral 3 del artículo 123, puede para un nuevo proyecto optar por alguno de los otros métodos establecidos en los numerales 1 y 2 del referido artículo? Nuestro criterio: En nuestra opinión, una empresa puede determinar su renta gravable aplicando métodos distintos en proyectos distintos, dado el hecho que todos los proyectos o trabajos sobre inmuebles son únicos y tienen características propias distintas a los demás, consideramos que la norma no hace referencia a obras (en plural) que realice el contribuyente, sino a la renta gravable de una obra generadora de renta que afecte a más de un año fiscal. Respuesta de la ANIP: Una vez el contribuyente elija uno de los tres métodos y cumpliendo los requisitos legales, deberá aplicarlo con todos los proyectos que se encuentra desarrollando para determinar su renta gravable, esto debido a que, el sistema contable utilizado para las declaraciones de renta debe ser homogéneo y no pueden llevarse el registro con métodos distintos. Se agrega que si el contribuyente desea cambiar el método deberá comunicarlo a la ANIP y aplicarlo en todos sus proyectos. Concluye que si un proyecto opta por el método de obra terminada, no puede aplicar otro método distinto para otro proyecto por la uniformidad que debe existir. 62
63 Retención de un ISR a un no residente
64 Retención de ISR a un no residente Estarían sujetos a retención del impuesto sobre la renta los pagos remitidos por una entidad del estado no sujeta al pago de ISR a una sociedad ubicada fuera del territorio fiscal panameño? Nuestro criterio: En nuestra opinión, somos del criterio de en el caso de los pagos remitidos por la entidad del estado a una sociedad ubicada fuera del territorio fiscal panameño que le presta servicios a la institución, no se cumple uno de los presupuestos fundamentales que establece el literal (e) del parágrafo 1 del artículo 694 del Código Fiscal, porque ese gasto nunca se considera como un gasto deducible por la Caja de Ahorros. Es decir, no se cumple con la condición de que el pago haya sido tomado como deducible por la persona que los recibió. Respuesta de la ANIP: Si bien es cierto la entidad del estado está exenta del pago del todo tributo de carácter nacional, la norma no la exime de su responsabilidad de actuar como agente de retención o percepción del ISR; por lo que, deberán aplicar la retención del impuesto de acuerdo, a las tarifas generales establecidas en los artículos 699 y 700 del código fiscal, sobre el 50% de lo remesado. 64
65 Obligaciones en materia de Precios de Transferencias
66 Obligaciones en materia de Precios de Transferencias Podría confirmar que las personas jurídicas que operan bajo el régimen especial de Zonas Libres previsto en los artículos 701, literal (d) y 733, literal (b) del Código Fiscal, sólo estarán obligados a cumplir con las obligaciones de presentar el estudio de PT y a presentar el informe de PT cuando realicen operaciones interiores, exteriores y de fuente extranjera, pero no estarán obligados a cumplir con dichas obligaciones cuando se dediquen exclusivamente a realizar operaciones exteriores y de fuente extranjera desde dichas zonas libres? Respuesta de la ANIP: El artículo 762-D del Código Fiscal establece expresamente el ámbito de aplicación del régimen de PT, el cual se limita a cualquier operación que un contribuyente realice con partes relacionadas Es decir, las disposiciones concernientes al régimen de PT únicamente aplicarán a aquellas personas que se consideren contribuyentes según el artículo 694 del Código Fiscal., En virtud de lo anterior podemos concluir que aquellas empresas que operan bajo el régimen especial de zonas libres que se dediquen exclusivamente a realizar operaciones exteriores, al no producir renta gravable objeto del impuesto sobre la renta, no encajan dentro de la definición de contribuyentes establecida en el artículo 694 y, por lo tanto quedan fuera del ámbito de aplicación del régimen de PT establecido en el artículo 762-D del Código Fiscal. 66
67 Empresas con Licencia SEM y sus obligaciones de cumplir con los Precios de Transferencias
68 Empresas con Licencia SEM y sus obligaciones de cumplir con los Precios de Transferencias Deseamos saber si las empresas que posean una licencia SEM estarán obligadas a preparar la documentación de las operaciones con sus partes relacionadas, presentar la declaración informativa y considerar el ajuste sobre precios de transferencia en su declaración de renta? Respuesta de la ANIP: en virtud con lo establecido en los artículos 694 y 695 del Código Fiscal, podemos concluir que las empresas con licencia SEM no serán consideradas contribuyentes del fisco de la República de Panamá Por su parte, el artículo 762-D del Código Fiscal, establece expresamente el ámbito de aplicación del régimen de PT, el cual se limita a cualquier operación que un contribuyente realice con partes relacionadas. En conclusión las empresas con licencia SEM no generan renta gravable en Panamá, al no ser consideradas como contribuyentes están fuera del ámbito de aplicación establecido en el artículo 762-D del Código Fiscal. En consecuencia, estas empresas no están obligadas a contar con el estudio de precios de transferencia ni presentar el informe correspondiente. 68
69 Impuesto de Ganancia de Capital
70 Impuesto de Ganancia de Capital (1) Una empresa constituida fuera de la República de Panamá (de ahora en adelante la Compañía A) mantiene un activo en Panamá, no se encuentra registrada en Panamá, no tiene oficinas, empleados, agentes ni ningún tipo de presencia dentro de la República de Panamá. La Compañía A mantiene un activo que ha sido arrendado a una sociedad panameña ubicada en la Cuidad del Saber: Estaría sujeta al impuesto de ganancia de capital la venta de acciones de Compañía A, en el supuesto de que el activo que mantenga la Compañía A en Panamá, no genere renta gravable por ser arrendado a una sociedad panameña en la Ciudad del Saber? Nuestro criterio: De acuerdo a la Ley No. 6 de 1998 las empresas establecidas en la Ciudad del Saber gozan de exoneración de cualquier impuesto, tasa, derecho o gravamen que grave el envío de dinero al extranjero cuando tal envío o transferencia de fondos se lleve a cabo para los fines del proyecto. De acuerdo a lo anterior, los pagos efectuados en concepto de arrendamiento no estarán sujetos a la retención del ISR. Como consecuencia de lo anterior, la venta de acciones de la Compañía A no estaría sujeta a la tributación en Panamá al no cumplir con la definición de un activo invertido económicamente en el territorio nacional contenida en el Artículo 117 del Decreto Ejecutivo No. 170 de
71 Impuesto de Ganancia de Capital (2) Respuesta de la ANIP: El hecho que el activo que mantiene la Compañía A, se encuentre arrendado a una sociedad panameña en la Cuidad del Saber, no significa que la venta de las acciones no genere el pago del impuesto sobre la ganancia de capital. Considera esta administración que la venta de acciones de la Compañía A, estaría sujeta a tributación porque los beneficios fiscales establecidos en la Ley No. 6 de 1998, para estas empresas ubicadas en la Ciudad del Saber, no les son aplicables a la Compañía A, por lo que se mantiene el criterio que procedería la obligación por parte del comprador de retener el 5% del valor total de la enajenación. 71
72 Reconocimiento de ingresos según las NIIF
73 Reconocimiento de ingresos según las NIIF Confirmar que para efectos de la declaración de renta los ingresos diferidos producto de un contrato por derecho de uso no reembolsable pueden realizarse durante la vigencia del contrato y no llevarlos al ingreso en el año del pago total del mismo? Respuesta de la ANIP: Según lo establecido en el artículo 699 del Código Fiscal solo se aceptaran declaraciones de renta preparadas con base en registro de contabilidad que utilicen el sistema de devengado sobre la base de las NIIF. En casos excepcionales, se podrá utilizar el sistema de caja previa autorización de la ANIP. Siendo así, tenemos que el sistema de devengado implica que todos los ingresos deben ser registrados en el mismo instante en que surge el derecho de percepción del pago, y no en el momento en que dichos ingresos o egresos se hacen efectivos. En conclusión, consideramos que no deben diferir en sus declaraciones de renta, el reconocimiento de los ingresos correspondientes a los derechos de uso durante el plazo del alquiler. 73
74 ITBM Comisión de Casa de Valores
75 ITBMS Comisión de Casa de Valores Estarían gravadas con ITBMS las operaciones de una Casa de Valores establecida en Panamá cuyos servicios surten efectos fuera del territorio panameño en el caso de clientes residentes en el extranjero? Respuesta de la ANIP: Nuestra conclusión, las comisiones cobradas en virtud de transacciones en valores que se llevan a cabo desde la República de Panamá, entre propietarios efectivos no domiciliados en la República de Panamá, aún cuando se perfeccionan, consuman o surtan sus efectos en el exterior, están gravadas con el impuesto de ITBMS, por haber sido prestado el servicio desde el territorio nacional. 75
76 Contactos Jony Afu Director
77 Administración de riesgo en caso de inspecciones y litigios tributarios: experiencias recientes Zita Segismond Directora
78 Administración de riesgo Auditorías Fiscales Municipales Seguridad Social Aduana 78
79 Auditorías fiscales Rectificativas Solicitud de Devoluciones Anulación de estimadas Programación por tipo de industrias o negocio Denuncias Otros 79
80 Inspecciones fiscales Carta de presentación Impuestos a verificar Períodos a verificar Identificación de los auditores Acta de Proceso Solicitud de documentación a revisar Detalle de cuentas y registros contables Contratos Facturas Declaraciones presentadas (Renta, ITBMS, Timbres, Ganancia de Capital, remesas) Acta de Cierre de la auditoría Solicitud de relación detallada de las diferencias encontradas 80
81 Revisión fiscal interna Registros contables actualizados Por medios electrónicos autorizado por un CPA. Manuales. Verificar que esté al día en todos los tributos Solicitar en la página de la ANIP su estado de cuenta corriente a través de su NIT a. Aviso de Operación k. Planilla de Retención (Remesa) b. Impuesto sobre la Renta (Jurado) l. Impuesto sobre la Renta (Estimado-AMIR) c. Dividendos m. Complementario d. Licores n. ITBMS e. Tasa Única ñ. Timbres (Contratos, cheques, pagaré) f. Inmuebles o. Formulario 03 (Anual) g. Seguros - Licencia Bancaria p. Licencia Financiera h. Impuestos Municipales q. Licencia de Arrendador Financiero i. Licencia Fiduciaria r. Impuesto Selectivo al Consumo j. Impuesto ASEP (Generadoras) Mantener un detalle de las utilidades acumuladas por fuente (Gravable, exenta, exterior, no gravable) e incluir el impuesto complementario causado no aplicado. 81
82 Revisión fiscal y documentación Documentación de ingresos, costos y gastos: Equipos fiscales o facturación autorizada por la ANIP. Contratos. Planillas de las remuneraciones internas y presentadas a la Caja de Seguro Social, planilla 03, planilla ocasional, pagos realizados al Tesoro Nacional sobre retenciones a colaboradores y profesionales (que aplique). Inventarios. Los balances con las referencias de las cuentas y las líneas de la declaración de renta, junto con la aplicación del MCGD y gastos asignados directamente a cada fuente de ingresos. Detalle de los tres últimos años del gasto de provisión y/o cuentas malas, saldo de la reserva y saldos de las cuentas por cobrar, deducibles y no deducibles. Detalle de los aportes al fondo de cesantía, detalle de los pagos extraordinarios y pasivo laboral. Detalle del gasto de la depreciación (aumento, disminuciones) Avalúos, vida útil, método. 82
GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO
GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS
Más detallesPara operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:
Pasos para abrir una empresa en Panamá Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización
Más detallesTRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015
TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015 Cuáles son todos los efectos tributarios que conlleva el cambio de tasa a la distribución de los dividendos para el 2015? a) Naturaleza
Más detallesRepública Dominicana DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC: 4-01-50625-4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA
República Dominicana DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC: 4-01-50625-4 AÑO DEL LIBRO Y LA LECTURA Norma General que sustituye la Norma General No. 04-2007 Norma General No. 07-2007 CONSIDERANDO:
Más detallesMercado de Capitales, Inversiones y Finanzas www.mcifperu.com
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS ITF 1. Están gravados los saldos de remuneraciones abonadas, por ejemplo en marzo, y que se utilicen en abril? No. Es importante saber que el saldo no utilizado
Más detallesAspectos Legales para hacer negocios en Panamá. Marleni Paolo ITAS Law International Trade Advisory Services
Aspectos Legales para hacer negocios en Panamá Marleni Paolo ITAS Law International Trade Advisory Services Organización Corporativa Sociedad anónima (S.A. - Ley 32 de 1927) Sociedades de Responsabilidad
Más detalles1. ASPECTOS GENERALES
Depreciación y Amortización Fiscal sobre la Base de la Ley 822 Ley de Concertación Tributaria y su Reglamento 1. ASPECTOS GENERALES Base Legal: Ley 822 Ley de Concertación Tributaria Art. 45 Sistemas de
Más detallesCONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Fecha: Hora : Fondos S.A.
No. FOLIO CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Contrato de aporte para: FONDO MUTUO BCI DE PERSONAS Fecha Hora Razón Social Administradora R.U.T : 96.530.900-4
Más detallesLa multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas
La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas El concepto de precios de transferencia surgió en Panamá con la firma de los Convenios de Doble Tributación
Más detallesNORMA GENERAL NO. 03 06
SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS Santo Domingo, D. N. AÑO DE LA GENERACIÓN DE EMPLEOS NORMA GENERAL NO. 03 06 CONSIDERANDO: Que el artículo 19 de la Ley 557 05 de
Más detallesAGN República Dominicana Tax News Ley 139-1111 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos en educación.
AGN República Dominicana Tax News Ley 139-1111 para aumentar los ingresos tributarios y destinar mayores recursos en educación. MONTERO DE LOS SANTOS & ASOCIADOS AGN REPÚBLICA DOMINICANA TAX NEWS LEY 139-1111
Más detallesIDENTIFICACIÓN, REGISTROS Y REFERENCIAS LEGALES LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LA LRTI
FORMULARIO 104A INSTRUCTIVO DECLARACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS QUE NO ACTÚAN EN CALIDAD DE AGENTES DE RETENCIÓN Y QUE NO REALIZAN ACTIVIDADES DE COMERCIO
Más detallesESTABLECE REGIMEN SIMPLIFICADO PARA LA DETERMINACION DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : LEY-20170 Fecha de Publicación : 21.02.2007 Fecha de Promulgación
Más detallesAdministradora de Inversión Colseguros S.A. - En Liquidación
ESTADOS DE LIQUIDACION Administradora de Inversión Colseguros S.A. - En Liquidación Al 31 de diciembre de 2010 con cifras comparativas al 31 de diciembre de 2009 con el Informe del Revisor Fiscal Estados
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE MASTER Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO
Más detallesImpuesto a la Renta. Módulo III Deducciones generales / Gasto financiero
Impuesto a la Renta Módulo III Deducciones generales / Gasto financiero Base imponible del impuesto a la renta La base imponible del impuesto a la renta está constituida por la totalidad de los ingresos,
Más detallesMinisterio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( )
República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Régimen General de Inversiones de Capital del Exterior en Colombia y de Capital Colombiano en el Exterior
Más detallesCONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.
No. FOLIO CONTRATO SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BCI ASSET MANAGEMENT ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Contrato de aporte para: FONDO MUTUO BCI GESTIÓN GLOBAL DINÁMICA 20 Fecha Hora Razón Social Administradora
Más detallesNORMA GENERAL NÚM. 05-2013
REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 4-01-50625-4 Año del Bicentenario del Natalicio de Juan Pablo Duarte NORMA GENERAL NÚM. 05-2013 CONSIDERANDO:
Más detallesFORMULARIO 103 INSTRUCTIVO DECLARACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA
FORMULARIO 103 INSTRUCTIVO DECLARACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA IMPORTANTE: Recuerde que posicionando el cursor sobre el casillero de la declaración usted obtiene el detalle
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 850-1 del Estatuto Tributario EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En
Más detallesTEMAS SELECCIONADOS. 1. Obligaciones fiscales de las empresas
Ir anuestro sitio Web > http://elasesor-honduras.org TEMAS SELECCIONADOS 1. Obligaciones fiscales de las empresas Nota: Click sobre las áreas resaltadas en amarillo para ir a los documentos correspondientes.
Más detallesEJEMPLO DE LA DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA DE INSTITUCIONES DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO
EJEMPLO DE LA DECLARACIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA DE INSTITUCIONES DE CARÁCTER PRIVADO SIN FINES DE LUCRO A efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del Reglamento para la Aplicación de la Ley de
Más detallesArtículo 1. El numeral 1 del artículo 1 de Ley 4 de 1994 queda así:
No 27766-B Gaceta Oficial Digital, jueves 23 de abril de 2015 1 Artículo 1. El numeral 1 del artículo 1 de Ley 4 de 1994 queda así: Artículo 1. Para tener derecho a tales descuentos, dichos préstamos se
Más detallesBOLSA MEXICANA DE VALORES, S.A.B. DE C.V.
CAPITAL MEXICO, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL DE SOFOM AL 31 DE MARZO DE 2012 Y 2011 CUENTA SUB-CUENTA SUB-SUBCUENTA CUENTA / SUBCUENTA ACTUAL ANTERIOR 10000000 A C T I V O 1,501,127,708 0 10010000 DISPONIBILIDADES
Más detallesNIC 11 - CONTRATOS DE CONSTRUCCION
NIC 11 - CONTRATOS DE CONSTRUCCION I. GENERALIDADES En la actualidad nuestro país se encuentra en el Boom de la Construcción situación que pone en alerta a los usuarios de información financiera de una
Más detallesResolución S.B.S. Nº 1021-98. El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO:
Lima, 01 de octubre de 1998 Resolución S.B.S. Nº 1021-98 El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
Más detallesORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO
ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO 1 CONTENIDO Reformas a la normativa tributaria. Exoneración tributaria. Deberes formales. Declaración de Impuesto a la Renta. Tarifa de IVA. Comprobantes de venta. Impuesto
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE BENEFICIO Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del
Más detallesREFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones a los ingresos no constitutivos de renta. JUAN GUILLERMO RUIZ 22 de enero de 2013
REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones a los ingresos no constitutivos de renta JUAN GUILLERMO RUIZ 22 de enero de 2013 CONTENIDO DE LA EXPOSICIÓN Prima en colocación de acciones. Utilidad en la enajenación
Más detallesINSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION
INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en
Más detallesI.T.B.M.S. Retenciones
I.T.B.M.S. Retenciones Ampliación de los mecanismos de retención Artículo 19 Decreto Ejecutivo N 84 de agosto 2005 Agente de retención ITBMS Estado Quienes paguen o acrediten a no domiciliados que presten
Más detallesEl pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados
10 El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados El pago del Impuesto sobre la Renta de los asalariados Índice I. II. III. IV. V. Introducción Quiénes son considerados asalariados para efectos
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: Año: 114 2013 Referencia: Fecha(dd-mm-aaaa): 10-12-2013 Titulo: QUE MODIFICA DISPOSICIONES
Más detallesRÉGIMEN TRIBUTARIO PANAMEÑO. Preparado por BDO TAX 14 de Marzo de 2011
RÉGIMEN TRIBUTARIO PANAMEÑO Preparado por BDO TAX 14 de Marzo de 2011 SISTEMA TRIBUTARIO PANAMEÑO Introducción La información que se presenta a continuación es un resumen del Régimen Tributario General
Más detalleshttp://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006
http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria
Más detallesMANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA- DFV- 99
Destinatario: ASUNTO: MANUAL DE FIDUCIARIA Y VALORES p r Hoja 2-00 t ~.' ' Establecimientos Bancarios, Corporaciones Financieras, Compañías de Financiamiento Comercial, Entidades Cooperativas de carácter
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX. Fecha Hora. Código Agente N Confirmatorio
CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS FONDO MUTUO BICE INDEX Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Por este acto el Partícipe hace entrega de la suma de para ser invertida en cuotas del FONDO
Más detallesGUIA GENERAL PARA PROVEEDORES DE BIENES Y CONTRATISTAS DE LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA
GUIA GENERAL PARA PROVEEDORES DE BIENES Y CONTRATISTAS DE LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA 1. INTRODUCCION La Corporación de Ferias y Exposiciones S.A. Usuario
Más detallesDeben cotizar respecto al 40% de su renta imponible anual, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario
En atención a la información solicitada, en relación a los cambios que se introducen en la Ley 20.255 (Reforma Previsional) del año 2008, donde se estableció que los trabajadores independientes que emiten
Más detallesQUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
QUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES Nº SOCIOS Mínimo 3. La mayoría tiene que ser sociotrabajador RESPONSABILIDAD Limitada PERSONALIDAD Jurídica CAPITAL Mínimo 3006. Como
Más detallesNuevas Reglas para la Contabilidad Electrónica 2015
Nuevas Reglas para la Contabilidad Electrónica 2015 El 4 de diciembre del presente la SHCP dio a conocer en el portal web www.sat.gob.mx la Modificación a la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución
Más detallesLa sustancia prevalece sobre la forma en la atribución de ingresos a EP
La sustancia prevalece sobre la forma en la atribución de ingresos a EP Presentación al Comité de Legislación y Tributación de AMCHAM Panamá, 12 de Marzo de 2014 Sustancia prevalece sobre forma en atribución
Más detallesFORMULARIO 101 - INSTRUCTIVO DECLARACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACION DE BALANCES FORMULARIO UNICO SOCIEDADES
FORMULARIO 101 - INSTRUCTIVO DECLARACION DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACION DE BALANCES FORMULARIO UNICO SOCIEDADES NOTAS IMPORTANTES: Los formularios podrán ser llenados a máquina (de escribir o impresora),
Más detallesLIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN CAPITULO VII.- CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIONES DE LAS CORPORACIONES DE DESARROLLO
Más detallesC.F.& CO. ABOGADOS Documento Informativo Jun-2013
Todo lo que necesita saber de Panamá y sus sociedades anónimas (Incluye Información laboral-migratoria- Fiscal y Descripción de Requisitos Legales para operar) Las corporaciones panameñas se encuentran
Más detallesTITULO I GENERALIDADES
El Superintendente de Pensiones, en el ejercicio de las facultades legales contempladas en el artículo 13, literal b) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, EMITE, el siguiente Instructivo:
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 000111
RESOLUCIÓN NÚMERO 000111 (31 DE OCT. 2012) Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2(sic) del Estatuto
Más detallesSecretaría de Estado de Finanzas República Dominicana Santo Domingo, D.N NUMERO 1520-04
Secretaría de Estado de Finanzas República Dominicana Santo Domingo, D.N NUMERO 1520-04 CONSIDERANDO: Que el numeral 3, del literal a) del Artículo 327, de la Ley No. 11-92, que instituye el Código Tributario,
Más detallesTipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta
Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN MARZO 2013 2.8.2.1 Retenciones al salario Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta Salarios y
Más detallesSu dirección registrada es Calle Centenario 156, La Molina, Lima, Perú.
SOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA S.A. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Al 30 de setiembre de 2014 1 Actividad económica Solución Financiera de Crédito del Perú S.A. (en adelante Solución ) fue
Más detallesDE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECRETO NÚMERO 27-92
DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECRETO NÚMERO 27-92 ARTICULO 16. *Procedencia del crédito fiscal. Procede el derecho al crédito fiscal por la importación o adquisición de bienes y la utilización
Más detallesAsociada. 1.- Requisitos que deben cumplir cuando opten por ingresar al régimen simplificado:
Artículo 14 ter Documentación Asociada Artículo 14 ter.- Los contribuyentes obligados a declarar renta efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 de esta ley, podrán acogerse al régimen
Más detallesContribuyentes. Entre los Códigos de actividad que definen a este tipo de contribuyente están:
ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS RESOLUCIÓN No. 201-1182 de dieciocho (18) de abril de 2008
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS RESOLUCIÓN No. 201-1182 de dieciocho (18) de abril de 2008 No 26044 Gaceta Oficial Digital, miércoles 21 de mayo de 2008 "Por la cual se
Más detallesLíneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales.
Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales. Monto: hasta $ 100.000.- Tasa Nominal Anual (TNA) Fija = 30,00%. Plazo máximo: hasta 24 cuotas mensuales. Seguro de vida: 0,15% mensual
Más detallesCalendario Fiscal. www.bakertillypanama.com
Calendario Fiscal 2014 www.bakertillypanama.com Enero 2014 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 1 Año Nuevo 2-8 Presentación de Planilla de Seguro Social
Más detallesPROBLEMÁTICA TRIBUTARIA DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN EN VALORES
PROBLEMÁTICA TRIBUTARIA DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN EN VALORES Francisco Botto Denegri SUMARIO I. Introducción. II. Régimen tributario aplicable a los fondos de Inversión en valores. I. INTRODUCCIÓN. Los
Más detallesLey N 20.780 REFORMA TRIBUTARIA APLICABLE A LAS PYMES
Ley N 20.780 REFORMA TRIBUTARIA APLICABLE A LAS PYMES 12 de Julio de 2015 Soledad Recabarren G. medianas empresas Art.14 ter En el nuevo artículo 14 ter se establecen beneficios para las PYMES, los cuales
Más detallesREPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 401-50625-4 Año de la Superación del Analfabetismo
REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS RNC No. 401-50625-4 Año de la Superación del Analfabetismo NORMA GENERAL NÚM. 02-2014 CONSIDERANDO: Que en virtud del
Más detallesNORMA DE CONTABILIDAD N 11 INFORMACION ESENCIAL REQUERIDA PARA UNA ADECUADA EXPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
INTRODUCCION NORMA DE CONTABILIDAD N 11 INFORMACION ESENCIAL REQUERIDA PARA UNA ADECUADA EXPOSICION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS La presente Norma de Contabilidad se refiere a la información mínima necesaria
Más detallesSus datos personales serán utilizados conforme proceda en cada uno de los casos de acuerdo a las siguientes clasificaciones:
ARGUBA, S.A de C.V., y/o ARGUBA TRANSPORTACIONES, S.A. DE C.V., con domicilio en Av. Coyoacán # 47 Col. Del Valle, Del. Benito Juárez C. P. 03100 México, Distrito Federal, es responsable del tratamiento
Más detallesThe U.S. Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA ) and Other Matters. Presentado por: Mark A. Chaves, CPA
The U.S. Foreign Account Tax Compliance Act ( FATCA ) and Other Matters Presentado por: Mark A. Chaves, CPA Ganancias de Capital vs Ordinarias Inversionistas extranjeros adquiriendo Bienes Raíces en los
Más detallesDECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo
2014 DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo El 31 de marzo acaba el plazo para
Más detalles2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650
Diplomado Práctico en NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Tema 24: Estados financieros separados NIC 27 Estados financieros consolidados NIIF 10 Estados financieros separados y consolidados
Más detalles3. En el caso de préstamos en efectivo, cuándo se considera que se ha acreditado el ingreso de la moneda extranjera al país?
INFORME N. 129-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Consultas sobre la declaración jurada de la entidad bancaria o financiera que ha participado en una operación de crédito externo, por la cual certifique que no
Más detallesINSTRUCTIVO PARA CONTRATACIÓN DE PROVEEDORES
INSTRUCTIVO PARA CONTRATACIÓN DE PROVEEDORES TABLA DE CONTENIDO 1. QUIENES SOMOS 2. PROCESOS DE CONTRATACIÓN INTERNOS 3. NORMAS GENERALES DE CONTRATACIÓN 4. REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR DE LA CRCC 5.
Más detallesDefinir los lineamientos para el adecuado registro de las operaciones contables de la Fundación FES.
Página: 1 de 6 1. OBJETIVO Definir los lineamientos para el adecuado registro de las operaciones contables de la Fundación FES. 2. ALCANCE Incluye desde la creación del centro de costo y tercero hasta
Más detallesMANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS DIVIDENDOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS TIPO DE PERSONA O CONTRIBUYENTE TIPO DE EMPRESA
DIVIDENDOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS 2 Personas naturales con domicilio o residencia en Chile, que no declaren sus rentas en la Primera Categoría mediante contabilidad. Sociedades anónimas o en comandita
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. übertad yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO 2318. 22 el 201)3
REPÚBLICA DE COLOMBIA - übertad yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO 2318 22 el 201)3 Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 700 de 1997 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO PENTA MONEY MARKET PESOS
REGLAMENTO INTERNO DE FONDO MUTUO PENTA MONEY MARKET PESOS A. CARACTERÍSTICAS DEL FONDO 1. Características generales Sociedad Administradora : PENTA ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Tipo de fondo
Más detallesI. ANTECEDENTES. CONSTITUCIÓN Y OBJETO SOCIAL.
Inversión Extranjera en el Negocio del Crédito en México: Reformas que permiten la creación de la Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM) Eduardo Ancira Lartigue y Debra F. Guajardo I. ANTECEDENTES.
Más detallesBalance General (Notas 1 y 2) ACTIVO CORRIENTE
Balance General (Notas 1 y 2) ACTIVO CORRIENTE La Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo ALIDE (en adelante la Asociación), es el organismo internacional representativo
Más detallesALMEIDA GUZMÁN & ASOCIADOS ESTUDIO JURÍDICO BOLETÍN INFORMATIVO
ALMEIDA GUZMÁN & ASOCIADOS ESTUDIO JURÍDICO BOLETÍN INFORMATIVO El Registro Oficial No. 336 del 14 de mayo de 2008 publica el Decreto No. 1058 contentivo del Reglamento para la Aplicación del Impuesto
Más detallesCONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.
CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctora PATRICIA GONZÁLEZ VASCO Subdirectora de Gestión de Recursos Financieros DIAN Carrera 7 No. 6 C -
Más detallesNorma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10) Hechos posteriores a la fecha del balance
Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10) Hechos posteriores a la fecha del balance Esta Norma revisada sustituye a la NIC 10 (revisada en 1999) Hechos posteriores a la fecha del balance, y se
Más detallesCONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA RURAL DE JAÉN Y EL COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE JAEN
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA RURAL DE JAÉN Y EL COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE JAEN 1. INTRODUCCIÓN Se ha firmado un convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Odontólogos
Más detallesCIRCULAR No. 1. Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros)
MPV 066-011 CIRCULAR No. 1 Cambios introducidos por la ley 1430 de 2010 (Reforma tributaria) respecto del GMF (Gravamen a los movimientos financieros) La ley 1430 de 2010 establece cambios importantes
Más detallesCostos del Impuesto al Valor Agregado para la Pyme industrial de la Región del Maule Estudio Económico de Asicent
Costos del Impuesto al Valor Agregado para la Pyme industrial de la Región del Maule Estudio Económico de Asicent Diciembre de 2008 Asociación de Industriales del Centro Comité de Estudios Económicos 1
Más detallesPROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACION
PROCEDIMIENTO DE CONTABILIZACION REGISTRO DE CAMBIOS FECHA DE VIGENCIA/ VERSIÓN No. NUMERAL DESCRIPCION U ORIGEN DEL CAMBIO Página 1 de 9 1. OBJETIVO Establecer sistemática y ordenadamente el proceso de
Más detallesCómo se hace para? Deben efectuar este trámite los sujetos o responsables del pago de los impuestos contemplados en la Ley.
EFECTUAR DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS (Formulario N 24) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes.
Más detallesSERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO
SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N 1804. Movimientos de partidas financieras del activo y el pasivo del fondo de inversión.
Declaración Jurada Anual sobre información de los Fondos de Inversión Privado DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE INFORMACIÓN DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN PRIVADO FOLIO F1804 AÑO TRIBUTARIO 20 Sección A: IDENTIFICACIÓN
Más detallesContribuyentes. 1.- A qué se refiere el beneficio de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta
INCENTIVOS AL AHORRO (ART. 57 BIS, LETRA A, LEY DE LA RENTA) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo
Más detallesRÉGIMEN FISCAL DE LAS AGRUPACIONES DE INTERÉS ECONÓMICO Y UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS.
RÉGIMEN FISCAL DE LAS AGRUPACIONES DE INTERÉS ECONÓMICO Y UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS. P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO COLECCIÓN JURÍDICO-TRIBUTARIO DOCUMENTOS. Documento 2/2003 (15 de enero
Más detallesRESOLUCION 10-02 SOBRE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP).
RESOLUCION 10-02 SOBRE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP). CONSIDERANDO: Que el Artículo 92 de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en
Más detallesTratamiento de los gastos laborales y stock options. 23.6.2011 Ramón Gálvez Márquez Socio
Tratamiento de los gastos laborales y stock options 23.6.2011 Ramón Gálvez Márquez Socio Asunción de gastos a favor del trabajador Asunción de gastos del trabajador Algunos ejemplos de gastos del trabajador
Más detallesRENTAS DE CAPITAL. NUEVA LEY DEL I.S.R. LIBRO I, DECRETO 10-2012. Expositor: CPA Oscar Chile Monroy
RENTAS DE CAPITAL. NUEVA LEY DEL I.S.R. LIBRO I, DECRETO 10-2012 Expositor: CPA Oscar Chile Monroy RENTAS DE CAPITAL, GANANCIAS Y PÉRDIDAS DE CAPITAL ARTICULO 83. HECHO GENERADOR. LA OBTENCIÓN DE RENTAS
Más detallesMinisterio de Economía y Finanzas. Dirección General de Ingresos. RESOLUCIÓN No. 201-261 LA DIRECTORA GENERAL DE INGRESOS
1 Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas,
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1
Más detallesMinisterio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos
Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Ingresos Panamá, 22 de enero de 2007 RESOLUCIÓN No. 201-261 Por la cual se autoriza la inclusión y adopción del Reporte de Donaciones Recibidas, dentro
Más detallesREGULACIONES CAMBIARIAS Y MERCADO INMOBILIARIO
REGULACIONES CAMBIARIAS Y MERCADO INMOBILIARIO Divisas de Libre Disponibilidad Índice Introducción Ingreso de Divisas Compra de U$S Billetes Repatriaciones Conclusión Introducción Cuenta Corriente del
Más detallesVISTA: La constitución de la República en su Artículo 55, Numeral 2.
Número: 758-08 Considerando: Que el Gobierno Central ha asumido el compromiso de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los pequeños contribuyentes sin contabilidad organizada. Considerando:
Más detallesRENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.)
CAPÍTULO IV RENTAS DEL ART. 42 Nº 1. LÍNEA 9 RENTAS DEL ART. 42 Nº 1 (SUELDOS, PENSIONES, ETC.) 9 (A) Contribuyentes que deben utilizar esta línea (1) Esta línea debe ser utilizada por los trabajadores
Más detallesDECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE)
CIRCULAR 1/14 Enero 2014 La Circular 4/2012 del Banco de España (BOE del 4 de mayo del 2012), cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 1 de enero de 2013, ha introducido modificaciones muy significativas
Más detallesCONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS
CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS N Fecha Hora Código Agente N Confirmatorio Nombre Agente Contrato de aporte para fondo mutuo: FONDO MUTUO ITAU LATAM PACIFIC Señor Gerente General Presente Por este acto
Más detallesENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS. Resolución Nº: JD-973 Panamá 24 de Agosto de 1998.
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Resolución Nº: JD-973 Panamá 24 de Agosto de 1998. POR LA CUAL SE ESTABLECE EL PRECEDIMIENTO QUE HAN DE SEGUIR LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EN
Más detallesRégimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas
Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen
Más detallesNorma General No.01-07
República Dominicana Dirección General de Impuestos Internos "Año Nacional del Libro y la Lectura" Norma General No.01-07 CONSIDERANDO: Que el Código Tributario, en el literal f) de su Articulo 50 sobre
Más detalles