CODIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA S.H.C.P.

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1 CODIGO DE CONDUCTA PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA S.H.C.P. TEXTO OBTENIDO POR LA PAGINA DE INTERNET: 2 DE MAYO DEL Introducción. Este Código es un instrumento para reforzar el compromiso de los servidores públicos de dirigir la dependencia con honestidad, estableciendo aquellas reglas que, por convicción, deben ser observadas y respetadas en el desempeño de las funciones que nos han sido encomendadas. Se fundamenta en los artículos 108 al 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como al OFICIO-Circular por el que se da a conocer el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal y contempla los principios éticos contenidos en el Código de Ética para Gobernar, expedido por la Presidencia de la República. Este Código es una herramienta más que los servidores públicos de esta Secretaría utilizaremos para el cumplimiento de las funciones establecidas en el Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Este ordenamiento se aplicará a todos los servidores públicos de la SHCP. Para los efectos de este Código, se entenderá por Secretaría la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y por servidores públicos, todos los servidores públicos de la Secretaría. Principios de Conducta I. Conocimiento y Aplicación de la Normativa. Todos los servidores públicos de la Secretaría tenemos la obligación de realizar las tareas que nos han sido encomendadas con apego a las disposiciones legales aplicables, siendo nuestra obligación respetar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes, los reglamentos y la normativa aplicable. Conocer y aplicar la Constitución, las leyes y las disposiciones con las cuales desempeñamos nuestro cargo, puesto o comisión, y

2 Desempeñar nuestro cargo, puesto o comisión con estricto apego a la Constitución, las leyes y a la normativa aplicable, promoviendo que los servidores públicos a nuestro cargo se sujeten a lo establecido por las mismas. II. Uso de Recursos Públicos. Los servidores públicos seremos responsables de administrar de manera transparente y eficiente los recursos públicos; así como de conservar y mantener en buen estado los bienes que nos han sido asignados con motivo de nuestro encargo, los cuales deberán ser utilizados exclusivamente para cumplir con las actividades propias de la función pública y para el logro de las atribuciones de esta Secretaría. Asimismo, los servidores públicos deberemos contabilizar cabalmente los recursos administrados y evitar hacer uso de ellos para fines personales o en beneficio de terceros. Utilizar con moderación y responsabilidad los recursos materiales que nos hayan sido asignados para el cumplimiento de nuestras funciones; Administrar los recursos que nos sean asignados, cumpliendo con la normativa aplicable; Asignar en forma transparente e imparcial los recursos materiales, financieros y humanos de la Secretaría; Procurar el ahorro y racionalidad de los recursos materiales y financieros, en la medida de lo posible, sin afectar la eficacia y calidad de las funciones que desempeñamos; Evitar el uso indebido de los recursos materiales que nos sean asignados propiciando su deterioro o pérdida, salvo que se trate del deterioro normal que tengan los mismos por el transcurso del tiempo, y Evitar el uso de recursos financieros, materiales y humanos para fines personales o que beneficien a terceros, como son de manera enunciativa pero no limitativa, los amigos, partidos políticos y parientes, que no estén relacionados con las funciones de la Secretaría. III. Relaciones con la Ciudadanía. Los servidores públicos tenemos la obligación de ofrecer a toda persona un trato respetuoso, imparcial y equitativo, debiendo, en caso de resultar procedente, dar seguimiento, atención y respuesta oportuna a las peticiones de la ciudadanía. Brindar cuando nos sea solicitado, y de acuerdo a las funciones de las diversas áreas de la Secretaría, la orientación e información necesaria a los ciudadanos que acudan a la Secretaría a presentar una petición, promoción, queja o denuncia de conformidad con las disposiciones aplicables;

3 Procurar dar seguimiento, atención y respuesta oportuna e imparcial a todas las actuaciones de los particulares, de acuerdo a sus funciones; Proteger el secreto fiscal de los contribuyentes; Tratar por igual a las personas, sin discriminación alguna en el otorgamiento de un servicio o una prestación a la que tengan derecho por razón de su edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, apariencia física, discapacidad o estado de salud; Evitar participar en situaciones que pudieran representar un conflicto de interés; Abstenernos de entorpecer o retardar la correcta atención de las promociones, denuncias o quejas de los particulares; Evitar hacer un uso inadecuado o divulgar la información no autorizada de los contribuyentes y de cualquier persona, y Abstenernos de solicitar o recibir, ya sea para nosotros o para un tercero, dinero o cualquier otra dádiva con el fin de hacer o dejar de hacer algo relacionado con nuestras funciones. IV. Relaciones entre Funcionarios. Los servidores públicos deberemos dirigirnos y convivir con los demás servidores públicos conforme a un trato basado en el respeto mutuo, la equidad y la cortesía, procurando el trabajo en equipo y teniendo presente las atribuciones y responsabilidades de la posición para la que fuimos contratados. No discriminar a persona alguna en el otorgamiento de una prestación a la que tenga derecho, o restringir sus derechos laborales por razón de su edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, carácter físico, discapacidad o estado de salud; Reconocer el trabajo, desarrollo, creatividad, esfuerzo y méritos de los demás servidores públicos; Considerar las funciones de los subalternos para asignarles las responsabilidades y funciones que resulten adecuadas a sus capacidades; Trabajar en equipo cuando así sea solicitado, compartiendo la información y habilidades que posee cada servidor público; Abstenernos de participar con otros servidores públicos en la realización de conductas contrarias a la ley; impedir la ejecución de los actos que tengamos encomendados o

4 incumplir nuestras obligaciones, con el fin de impedir o suspender las actividades de la Secretaría; Evitar incurrir en hechos que sean o que puedan interpretarse de acoso o solicitud de favores sexuales a otros servidores públicos, y Abstenernos de presentar denuncias injustificadas o infundadas de otros servidores públicos. V. Manejo Responsable de Información. Los servidores públicos deberemos ofrecer a la sociedad los mecanismos adecuados para el acceso libre y transparente a la información de la Secretaría, cumpliendo con las disposiciones aplicables para tal efecto, siempre que dicha información no se encuentre reservada, entre otras, por razones legales, de seguridad nacional, o de privacidad de las personas. Evitar el uso indebido, sustraer, destruir, ocultar o inutilizar la documentación e información que tengamos bajo nuestra responsabilidad para beneficio personal o de terceros; Abstenernos de dar recomendaciones a terceros basados en información confidencial o privilegiada, en beneficio de éstos o de nosotros mismos; Resguardar de manera segura y confiable, la información bajo nuestra responsabilidad, debiendo archivar la misma, ya sea físicamente, o bien, cuando así sea posible, electrónicamente, y Procurar llevar un inventario de la información y documentos que las personas competentes nos soliciten clasificar como confidenciales o de uso restringido. VI. Uso de Autoridad y Cargo Público. Los servidores públicos tenemos el compromiso de hacer ejercer nuestro cargo o autoridad de manera responsable, y sólo para las funciones y actividades que nos hayan sido encomendadas, respetando los límites establecidos en la ley. Abstenernos de hacer uso de la autoridad o cargo para obtener un privilegio o beneficio para nosotros o para un tercero; Evitar influir en las decisiones de otros servidores públicos para obtener un beneficio personal o de un tercero; Promover en los subalternos y compañeros el cumplimiento de las atribuciones de la Secretaría;

5 Cuidar la buena imagen del sector público y evitar poner en riesgo el prestigio de las instituciones de gobierno; Ofrecer a los servidores públicos de otras dependencias y entidades del gobierno federal y de los gobiernos locales, el apoyo, la atención, la información, la colaboración y el servicio que requieran, con amabilidad y generosidad sujetándonos en nuestra actuación a las disposiciones aplicables; Considerar el impacto integral de las decisiones de la Secretaría, las que se deberán tomar apegadas a las disposiciones legales, y Respetar las formas y conductas autorizadas para las relaciones institucionales con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. VII. Mejora Continua e Innovación. Los servidores públicos deberemos buscar el permanente desarrollo y actualización de nuestras capacidades y habilidades, de tal forma que podamos ejercer nuestras funciones de manera eficiente. Aprovechar las actividades, organizadas por la Secretaría, ya sean académicas, profesionales y de formación personal, siempre que estén relacionadas con nuestras funciones; Impulsar la organización de reuniones y cursos de actualización; Dar periódicamente información a los subalternos sobre áreas de oportunidad de mejora; Seguir las órdenes del superior, y escuchar las opiniones de los homólogos y subalternos respetuosamente; Opinar y sugerir sobre los sistemas y modos de operación actuales a fin de promover su modificación o actualización con el fin de mejorar el desempeño de las funciones de la Secretaría, y Establecer objetivos, cuantificables y alcanzables, así como esforzarnos por cumplirlos a cabalidad. VIII. Ambiente de Trabajo. Los servidores públicos seremos responsables de mantener un ambiente de trabajo en condiciones higiénicas y seguras. Procurar mantener nuestra área de trabajo limpia y ordenada;

6 Respetar el espacio de trabajo y bienes asignados de los demás servidores públicos, así como sus pertenencias personales; Cuidar y hacer uso adecuado de las instalaciones públicas; Respetar las disposiciones de uso y seguridad en las instalaciones, tanto en las oficinas, como, en su caso, estacionamiento, baños, elevadores, pasillo, escaleras y comedores institucionales; Sujetarnos a las disposiciones legales y administrativas respecto a las áreas destinadas a fumar; Abstenernos de consumir sustancias tóxicas, psicotrópicas, enervantes o bebidas alcohólicas dentro del área de trabajo o asistir al trabajo bajo la influencia de las mismas, y Cuidar nuestra presentación y aseo personal. IX. Denuncia de Actos Irregulares. Los servidores públicos tenemos la responsabilidad de denunciar ante el superior o la autoridad competente, las conductas ilícitas o contrarias a lo establecido por este Código.

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