METODOLOGÍA DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS METODOLOGÍA OPERACIONAL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS LEY

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1 METODOLOGÍA OPERACIONAL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS LEY

2 Indice I. OBJETIVO... 4 II. ALCANCE... 4 III. MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS (MP) Diagrama del Modelo de Prevención Estructura funcional Directorio Comité de Ética Encargado de Prevención... 9 IV. MANUAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS Actividades de Prevención Difusión y Entrenamiento Identificación y análisis de riesgos Ejecución de controles de prevención Actividades de Detección Auditorías de cumplimiento de los controles del Modelo de Prevención Revisión de litigios Revisión de denuncias Coordinar investigaciones Actividades de Respuesta Denuncias a la justicia (Opcional) Sanciones disciplinarias Registro y seguimiento de denuncias y sanciones Comunicación de sanciones y mejora de actividades de control del MP que presenten debilidades V. SUPERVISIÓN MONITOREO DEL MODELO DE PREVENCIÓN Monitoreo del MP

3 5.2 Actualización del MP VI. ANEXO Anexo N 1: Tabla de Severidad y Probabilidad

4 I. OBJETIVO En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, ABASTIBLE ha establecido una Metodología del Modelo de Prevención de Delitos, con el objetivo de servir como instructivo y guía para la implementación, operación y monitoreo de dicho Modelo, en relación a las actividades que intervienen en el Modelo y a las funciones, facultades y responsabilidades del Encargado de Prevención de Delitos en el cumplimiento del Modelo, así como también para la prevención de otro tipo de conductas impropias tipificadas en leyes, normas y reglamentos de organismos fiscalizadores, en el Código de Ética y normas establecidas por la Empresa. II. ALCANCE Este documento aplicará en su totalidad al Encargado de Prevención de Delitos y, en los casos en que se mencione, también aplicará al Comité de Ética y al Directorio de ABASTIBLE S.A. 4

5 III. MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS (MP) El MP de ABASTIBLE consiste en un proceso de monitoreo, a través de diversas actividades de control, sobre los procesos o procedimientos que se encuentran expuestos al riesgo de cometer los delitos señalados en la Ley N (lavado de activos, financiamiento al terrorismo y cohecho a funcionario público nacional o extranjero), así como también de otro tipo de conductas impropias. La responsabilidad del Modelo de Prevención recae en los Directores y Alta Administración, en conjunto con el Encargado de Prevención de Delitos de la Empresa. El MP, según lo establecido en el Artículo 4º de la Ley N , considera al menos los siguientes elementos: - Designación de un Encargado de Prevención de Delitos. - Definición de medios y facultades del Encargado de Prevención. - Establecimiento de un Sistema de Prevención. - Supervisión y certificación del Sistema de Prevención. El MP de ABASTIBLE contiene los elementos que le permiten cumplir con su deber de supervisión y dirección, de acuerdo a lo señalado en la Ley N

6 Output Reportes (Directorio de informativos a otras áreas de la organización) Denuncias (Justicia, Ministerio Público o Policía) METODOLOGÍA DEL MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS 3.1 Diagrama del Modelo de Prevención Modelo de Prevención Ley N Directorio Encargado de Prevención Gerencia General Política de Prevención Procedimiento de Prevención de Delitos Actividades de Prevención. Actividades de Detección. Actividades de Respuesta. Supervisión y monitoreo del MPD. Roles de Apoyo Asesoría Legal Ambiente de Control Elementos de Apoyo al MPD Instrumentos Legales y Laborales Gerencia de Administración y Finanzas Y Abastecimiento Código de Ética Procedimiento de Denuncia Anexo Contrato de Trabajo Anexo Contrato de Prestación de Servicios Comité de Ética Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Capítulo Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad Certificación del MPD 3 Modelo de Prevención de Delitos Ley N

7 3.2 Estructura funcional Abastible cuenta con una estructura organizacional para administrar el Modelo de Prevención de Delitos, la cual incluye a la máxima autoridad administrativa de la Empresa, es decir, su Directorio, un Comité de Ética y el Encargado de Prevención de Delitos. 7

8 3.2.1 Directorio El Directorio tiene las siguientes funciones en relación a la prevención de delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Promover y difundir valores éticos dentro de la Empresa. Nombrar al Encargado de Prevención de Delitos y definir sus medios y facultades. Aprobar la Política de Prevención de Delitos Comité de Ética El Comité de Ética designado, está compuesto por representantes del Directorio, el Gerente General, y por el Contralor (Encargado de Prevención de Delitos). Tiene las siguientes funciones en relación a la prevención de delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo: Conocer y analizar los casos investigados y reportados por el Encargado de Prevención de Delitos. En los casos que el análisis corresponda a un proveedor, prestador de servicios o cliente no regulado, actual o potencial, el Comité de Ética determinará si se puede operar con éste o si se debe terminar (o no iniciar) la relación comercial. En caso de que el Comité de Ética determine que no se puede operar con algún cliente o proveedor, el Comité deberá informar, a través del Encargado de Prevención, a las áreas correspondientes y se procederá a bloquearlos en los sistemas. Adicionalmente, se reportará a la autoridad competente mediante el Encargado de Prevención, previa consulta con los asesores legales de la Empresa. Junto a la Gerencia de Personas, definir y aplicar la sanción administrativa al trabajador de cualquier nivel jerárquico que, de acuerdo al mérito de los antecedentes analizados, haya transgredido o incumplido lo estipulado en la presente política, sin perjuicio de lo que pueda establecer una eventual investigación judicial sobre el mismo caso. No obstante lo indicado en el punto anterior, la sanción será aplicada al trabajador por parte de su jefatura directa o por parte de la Gerencia de Personas. 8

9 3.2.3 Encargado de Prevención El Encargado de Prevención, quien es designado por el Directorio de ABASTIBLE S.A., es la persona que administrará el Sistema de Prevención de Delitos. Durará en su cargo por un período de hasta tres años, plazo que podrá prorrogarse por periodos de igual duración, previo acuerdo del Directorio. El Encargado de Prevención podrá ejercer labores de Contraloría o Auditoría Interna, siempre que dichas labores no se contrapongan con lo indicado en el párrafo anterior. Facultades Para velar por el cumplimiento del Sistema de Prevención de Delitos, el Encargado de Prevención deberá disponer de los siguientes medios y facultades: Acceso directo a la Administración de la Persona Jurídica (Directorio de ABASTIBLE) para informarle del cumplimiento de sus labores. Mantener autonomía respecto de las demás Gerencias. Contar con un presupuesto para iniciativas de prevención de delitos (canal de denuncia, difusión del modelo y del canal de denuncia, capacitaciones respectivas, etc.) y para efectuar revisiones de cumplimiento del Sistema de Prevención de delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Contar con las herramientas básicas para el buen funcionamiento de su labor, como oficina, sala de reuniones, computador, entre otros. Responsabilidades El Encargado de Prevención será responsable de: Coordinar que las distintas áreas de ABASTIBLE cumplan con las leyes y normas de prevención de los delitos mencionados. Reportar su gestión a lo menos semestralmente a la Administración de la Persona Jurídica (Directorio de ABASTIBLE). Promover el diseño de procedimientos adecuados para la prevención y control de los delitos estipulados en la Ley Verificar el cumplimiento de la Política de Prevención de Delitos y del Código de Ética, para prevenir conductas indebidas en el actuar diario de los funcionarios. Esto se podrá realizar a través de la entrega acreditada del Código de Ética, verificando que se estén desarrollando capacitaciones sobre estas materias al personal y que existan reportes de las denuncias de faltas al Código de Ética, entre otros. Iniciar una investigación interna cuando exista una denuncia o una situación sospechosa que lo amerite y emitir un informe al respecto. Reunir los medios de prueba necesarios, incluyendo computadores o medios de registros para efectuar la investigación. 9

10 Solicitar al Gerente General la suspensión de funciones a las personas bajo investigación. Conocer y mantener comunicación con las autoridades competentes en relación a las materias contempladas en la Ley , reportando los casos que lo ameriten. Mantener actualizada la Política de Prevención de Delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asimismo, verificar que se mantiene actualizado el Código de Ética y las normativas o procedimientos internos, de acuerdo con los cambios legislativos relevantes del país. Determinar auditorías para la verificación del cumplimiento del Sistema de Prevención. Requerir auditorías específicas en relación a situaciones detectadas como resultado de casos investigados. Verificar el diseño y ejecución de un programa de capacitación para el cumplimiento del Sistema de Prevención, dirigido a los trabajadores de ABASTIBLE S.A 10

11 IV. MANUAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS El Manual de Prevención de ABASTIBLE incluye una serie de actividades de distinta naturaleza: - de Prevención - de Detección - de Respuesta - de Supervisión y monitoreo del MP Estas actividades están orientadas a apoyar el funcionamiento y ejecución del MP, siendo de responsabilidad del Encargado de Prevención. A continuación, se presenta una vista gráfica de las actividades del Modelo de Prevención: 11

12 4.1 Actividades de Prevención La prevención eficaz ayuda a evitar conductas u omisiones impropias desde su origen o inicio. El objetivo de las actividades de prevención es evitar incumplimientos o violaciones al MP y prevenir la comisión de los delitos señalados en la Ley N Las actividades de prevención del MP de ABASTIBLE son las siguientes: Difusión y entrenamiento Identificación y análisis de riesgos de delito Ejecución de controles de prevención El contenido y elementos de cada actividad de prevención, se describen a continuación: Difusión y Entrenamiento ABASTIBLE debe realizar capacitaciones respecto de su MP. El Encargado de Prevención, en conjunto con las áreas de Administración, Finanzas y Abastecimiento deben velar por: 1- Una comunicación efectiva de las políticas y procedimientos del modelo. Dicha comunicación debe involucrar todos los niveles de la organización, incluyendo al Directorio y la alta administración. Se debe mantener un registro de los asistentes a las capacitaciones, siendo ésta, parte de la información a ser reportada. 2- La incorporación de materias del modelo y sus delitos asociados en los programas de inducción de la Empresa. 3- La ejecución de capacitaciones periódicas, al menos anualmente, respecto a: El Modelo de Prevención y todos sus componentes La Ley N sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas Las capacitaciones a desarrollar en cada una de las áreas, debe considerar y diferenciarse respecto de su contenido, profundidad y periodicidad, de acuerdo al nivel de exposición al riesgo de comisión de los delitos especificados en la Ley N La difusión de información actualizada del Modelo de Prevención, se debe efectuar por diversos canales como ser: a) Intranet Corporativa b) Correos masivos c) Reuniones Informativas d) Otras 12

13 4.1.2 Identificación y análisis de riesgos El Encargado de Prevención es responsable del proceso de identificación y análisis de riesgos relativos al Modelo de Prevención para ABASTIBLE. Este proceso debe ser realizado cuando sucedan cambios relevantes en las condiciones de la Empresa. Para desarrollar esta actividad se debe efectuar lo siguiente: 1. Identificación de Riesgos 2. Identificación de Controles 3. Evaluación de Riesgos 4. Evaluación de Controles El proceso de identificación y análisis de riesgos debe ser documentado en la Matriz de Riesgos de ABASTIBLE 1. Identificación de Riesgos La identificación de riesgos se realiza por medio de entrevistas al personal clave de ABASTIBLE, es decir, con la participación de las funciones y cargos de liderazgo de la organización. Ello propiciará la identificación de los principales escenarios de riesgos de cometer los delitos en el alcance de la ley Nº que fueren realizados en interés o provecho directo e inmediato de la Empresa y que sean efectuados por los dueños, Directores, responsables, principales ejecutivos o quienes realicen actividades de administración y supervisión, así como por las personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los sujetos anteriormente mencionados. 2. Identificación de controles Para los riesgos detectados, se deben identificar las actividades de control existentes en la organización, para su mitigación. La identificación de controles se efectuará en reuniones de trabajo con la participación de representantes de todas las áreas y funciones de la organización, obteniendo como resultado la descripción de cada uno de los controles identificados y la evidencia de su existencia. Para cada control se debe identificar: Descripción de la actividad de control. Frecuencia. Identificación del responsable de la ejecución. Evidencia que sustente cada control. Tipo de control (manual o automático). 13

14 3. Evaluación de riesgos Los riesgos identificados deben ser evaluados para su priorización, con el objetivo de determinar las áreas o procesos de mayor exposición, lo que permitirá enfocar los recursos y esfuerzos del Encargado de Prevención. Para evaluar los riesgos se utilizarán los parámetros de severidad y probabilidad (Ver Anexo N 1) En la evaluación de los riesgos identificados, deben participar representantes de todas las áreas y funciones de ABASTIBLE, siendo personas que tengan conocimiento de los procesos y de los riesgos a ser discutidos, y gocen de la autoridad para tomar decisiones relacionadas a las estrategias de control y otras formas de administración de los riesgos. 4. Evaluación de controles Para los controles identificados en el punto 2, se evaluará su diseño en relación a la mitigación del riesgo de delito al que aplica. Dicha evaluación debe ser efectuada por el Encargado de Prevención en conjunto con las áreas de apoyo al MP, de acuerdo a la evaluación de riesgos resultante en ABASTIBLE, descrita en el punto 3. Para evaluar el diseño de cada control se debe considerar si la conjugación de los siguientes elementos mitiga razonablemente la materialización del riesgo asociado. Los elementos a considerar son: Característica Tipo de Control Categoría Evidencia Segregación de funciones Frecuencia Preventivo / Detectivo Manual / Automático Atributo a evaluar Documentado / No Documentado Responsable de ejecución del control distinto de quién revisa Recurrente, Diario, Semanal, Mensual, Trimestral o Anual En base a la evaluación efectuada, se podrá estimar si el control: a. Mitiga razonablemente el riesgo b. No mitiga razonablemente el riesgo 14

15 Para todos los controles evaluados como No mitiga razonablemente el riesgo, se debe implementar un control mitigante que sea efectivo. El diseño de la nueva actividad de control será efectuado por el área responsable de mitigar el riesgo asociado al control deficiente, la cual será responsable de su implementación y ejecución. La Matriz de Riesgo de ABASTIBLE es una herramienta práctica que permite relacionar los riesgos que posee la organización y las actividades de control que los mitigan. La confección y actualización de la Matriz de Riesgos, es responsabilidad del Encargado de Prevención. Dicha Matriz deberá ser actualizada cuando sucedan cambios significativos en las condiciones del negocio. La estructura de la matriz de riesgos es la siguiente: Empresa: Describe la Persona Jurídica a la cual se le asistirá en la identificación de riesgos. Proceso: Indica el proceso de riesgo que considera la Persona Jurídica, el cual se encuentra asociado a un escenario de infracción o delito. Proceso/Actividad: Describe la actividad del proceso de riesgo que considera la Persona Jurídica el cual se encuentra asociado a un escenario de delito. Tipo de Delito: Indica el delito especificado en la Ley N Ellos son: Cohecho a funcionario público nacional o extranjero, lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Actividad o proceso de la entidad, sean habituales o esporádicos, en cuyo contexto se genere o incremente el riesgo de comisión de los delitos en el alcance de la ley Nº : Describe el escenario de delito al cual está expuesta la Empresa (riesgo). Código del Control: Codificación de la actividad de control que considera la Empresa actualmente Título del Control: Este punto detalla el título de la actividad de control que posee la Empresa. Detalle de la Actividad de control o acción mitigante: Descripción de la actividad de control referente al escenario de delito que considera la Empresa. Responsable de actividad o control mitigante: Este punto nombra a la persona responsable de ejecutar la actividad de control, referente al escenario de delito que considera la Empresa. Evaluación del control de mitigación: Evaluación de la efectividad de la actividad de control actual que posee la Empresa para mitigar adecuadamente el escenario de delito identificado. Controles Recomendados: Descripción de las actividades de control sugeridas a la Empresa para mitigar el escenario de delito identificado. 15

16 4.1.3 Ejecución de controles de prevención Los controles de prevención son todos aquellos asociados a las áreas, procesos o actividades con exposición a cometer los delitos documentados en la Matriz de Riesgos. En esta Matriz se detallan las actividades de control que cada área debe ejecutar en función de los riesgos identificados, además de las actividades de control efectuadas por el Encargado de Prevención asociadas a cada riesgo. 4.2 Actividades de Detección El objetivo de estas actividades es efectuar acciones que detecten incumplimientos al Modelo de Prevención o posibles escenarios de comisión de los delitos señalados en la Ley N Las actividades de detección del MP de ABASTIBLE son las siguientes: Auditorías de cumplimiento de los controles del MP Revisión de litigios Revisión de denuncias Coordinación de investigaciones Auditorías de cumplimiento de los controles del Modelo de Prevención Respecto de la actividad de detección, a través de auditorías de cumplimiento, el Encargado de Prevención deberá verificar periódicamente que los controles del modelo están operando y son efectivos Revisión de litigios Al menos trimestralmente, los Asesores Legales o el área respectiva de ABASTIBLE, deben entregar al Encargado de Prevención, un informe que detalle: Actividades derivadas de fiscalizaciones realizadas por entidades regulatorias asociadas a escenarios de delito de la Ley N Demandas, juicios o cualquier acción legal que involucre a la Empresa en algún escenario de delito relacionado a la Ley N Multas y/o infracciones cursadas o en proceso de revisión, por parte de entes reguladores asociadas a escenarios de delito de la Ley N

17 4.2.3 Revisión de denuncias El Encargado de Prevención, en conjunto con el Comité de Ética, debe realizar un análisis de las denuncias recibidas, a través de los canales dispuestos por ABASTIBLE para identificar aquellas que estén bajo el alcance del Modelo de Prevención o se encuentren asociadas a escenarios de delito de la Ley N El tratamiento de las denuncias se realizará según lo dispuesto en el Procedimiento de Denuncias Coordinar investigaciones El Encargado de Prevención apoyado en el Comité de Ética, debe coordinar las investigaciones derivadas de las denuncias que tienen implicancia en el Modelo de Prevención o se encuentren asociadas a escenarios de los delitos considerados en la Ley N La coordinación de la investigación de las denuncias se realizará según lo dispuesto en el Procedimiento de Denuncias 4.3 Actividades de Respuesta El objetivo de las actividades de respuesta es establecer resoluciones, medidas disciplinarias y/o sanciones a quienes incumplan el Modelo de Prevención o ante la detección de indicadores de delitos de la Ley N Como parte de las actividades de respuesta, se debe contemplar la revisión de las actividades de control vulneradas, a fin de fortalecerlas o reemplazarlas por nuevas actividades de control. Las actividades de respuesta del MP de ABASTIBLE son las siguientes: Denuncias a la justicia (Opcional) Sanciones disciplinarias Registro y seguimiento de denuncias y sanciones Comunicación de sanciones y mejora de actividades de control del MP que presenten debilidades Denuncias a la justicia (Opcional) Ante la detección de un hecho que pueda tipificarse como delito, el Encargado de Prevención deberá evaluar, en conjunto con los asesores legales y el Comité de Ética, la posibilidad de efectuar acciones de denuncia ante los Tribunales de Justicia, Ministerio Público o Policía. 17

18 Si bien ABASTIBLE no se encuentra obligada por ley a denunciar, esta acción se encuentra especificada como una circunstancia atenuante de la Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica en el Artículo 6 de la Ley N , donde se detalla: Se entenderá especialmente que la persona jurídica colabora sustancialmente cuando, en cualquier estado de la investigación o del procedimiento judicial, sus representantes legales hayan puesto, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra ella, el hecho punible en conocimiento de las autoridades o aportado antecedentes para establecer los hechos investigados Sanciones disciplinarias ABASTIBLE podrá aplicar medidas disciplinarias, ante el incumplimiento de las políticas y manual de prevención de delitos o ante la detección de indicadores de potenciales riesgos, tomando en consideración lo siguiente, respecto de las medidas disciplinarias: Las sanciones deben ser proporcionales a la falta cometida. Consistentes con criterios que al efecto se vayan generando. Aplicables a todas las personas o áreas involucradas Registro y seguimiento de denuncias y sanciones El Encargado de Prevención debe mantener un registro actualizado de denuncias, investigaciones (en curso y cerradas) y medidas disciplinarias aplicadas en relación al incumplimiento del Modelo de Prevención o la detección de delitos (Ley N ), de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento de Denuncias. Además, al menos trimestralmente, el Encargado de Prevención debe efectuar un seguimiento a las denuncias. Las actividades anteriormente descritas deben ser ejecutadas de acuerdo a lo definido en el Procedimiento de Denuncias Comunicación de sanciones y mejora de actividades de control del MP que presenten debilidades Como resultado de la investigación y resolución de los incumplimientos detectados del Modelo de Prevención, se debe realizar lo siguiente: El Encargado de Prevención, en conjunto con el Comité de Ética y las Áreas de Apoyo, debe resolver la conveniencia de comunicar las medidas disciplinarias a todos quienes integran la Empresa, con el fin de difundir a los trabajadores y terceros involucrados, su firme compromiso de resguardar los principios y valores éticos declarados. 18

19 Revisar las actividades de control vulneradas, a fin de aplicar mejoras en su diseño o diseñar nuevas actividades de control. El Encargado de Prevención, debe evaluar los riesgos y actividades de control vulnerados en cada uno de los casos resueltos, para determinar la necesidad de establecer: a. Nuevas actividades de control o, b. Mejoras en las actividades de control, que no operan efectivamente o cuyo diseño no es el adecuado. El Encargado de Prevención es responsable de asesorar a las áreas involucradas en la definición e implementación de las medidas correctivas adoptadas. V. Supervisión Monitoreo del Modelo de Prevención El objetivo de la supervisión y monitoreo, es verificar el adecuado funcionamiento de las actividades de control definidas y evaluar la necesidad de efectuar mejoras en el modelo. El Encargado de Prevención, dentro de sus funciones de monitoreo y evaluación del MP, realizará las siguientes actividades: Monitoreo Actualización 5.1 Monitoreo del MP Para efectuar las actividades de monitoreo el Encargado de Prevención, puede solicitar apoyo a otras áreas de la organización, siempre que dichas áreas no estén involucradas en la actividad a ser revisada. El Encargado de Prevención, puede efectuar las siguientes actividades de monitoreo: Revisión de la documentación que respalda las pruebas efectuadas por las áreas de apoyo. Reproceso de actividades de control (mediante muestreo). Análisis de razonabilidad de las transacciones. Verificación del cumplimiento de las restricciones establecidas en los procedimientos. Otros. En aquellas actividades de monitoreo donde se requiera determinar una muestra, el Encargado de Prevención debe establecer y documentar el criterio a utilizar. 19

20 5.2 Actualización del MP El Encargado de Prevención, debe efectuar la actualización del modelo mediante la realización del proceso de evaluación anual del diseño y efectividad operativa del mismo. Para ello debe: Conocer nuevas normativas aplicables. Tener en consideración los cambios relevantes en la organización y/o industria en la que se encuentra inserta. Hacer seguimiento de las mejoras implementadas a las actividades de control. En base a la información obtenida, el Encargado de Prevención debe actualizar la matriz de riesgos y controles existentes de la organización, así como también, las políticas y procedimientos correspondientes. El modelo debe además ser evaluado en forma independiente, es decir, a través de la revisión por parte de Contraloría o una Empresa externa, quienes deberán analizar y evaluar cada uno de los elementos del modelo y sus componentes. 20

21 VI. ANEXO Anexo N 1: Tabla de Severidad y Probabilidad Para evaluar los riesgos, se utilizarán los parámetros de severidad y probabilidad. Se entiende por Severidad el efecto o el daño sobre la organización en caso de materializarse un riesgo y por Probabilidad, el nivel de certeza con que se puede materializar el riesgo. Tabla 1 Severidad Nivel de Severidad Catastrófico Mayor Moderado Menor Insignificante Descripción de la Consecuencia El valor de lo perdido o dañado es muy importante, influye directamente en el valor del área, inhibiría el proceso o dejaría de funcionar totalmente o por un período razonable de tiempo. El valor de lo perdido o dañado es de conocida importancia y se dañaría seriamente el área o el logro de sus objetivos se dañarían significativamente El valor de lo perdido o dañado es medianamente significativo o causaría una perturbación en el área. Además, se requeriría una cantidad importante de tiempo de la alta dirección en investigar y corregir los daños. El valor de lo perdido o dañado es pequeño o mínimo, se puede corregir en el corto tiempo y no afecta el cumplimiento de los objetivos. El valor de lo perdido o dañado no significa nada, sin importancia y tiene nulo efecto en el proceso Escala de Evaluación Tabla 2 Probabilidad 21

22 Nivel de Probabilidad Casi cierta Probable Moderado Improbable Raro Descripción de la Probabilidad de Ocurrencia Riesgo cuya probabilidad de ocurrencia es muy alta, es decir, un alto grado de seguridad que éste se presente (90% a 100%). Riesgo cuya probabilidad de ocurrencia es alta, es decir, entre 66% y 89% de seguridad que éste se presente. Riesgo cuya probabilidad de ocurrencia es media, es decir, entre 31% a 65% de seguridad que éste se presente. Riesgo cuya probabilidad de ocurrencia es baja, es decir, entre 11% a 30% de seguridad que éste se presente. Riesgo cuya probabilidad de ocurrencia es muy baja, es decir, entre 1% a 10% de seguridad que éste se presente. Escala de Evaluación

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