C A RTILLA DE BENEFICIOS. Nuestro compromiso, tu bienestar

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1 201 8 C A RTILLA DE BENEFICIOS Nuestro compromiso, tu bienestar

2 Nuestro compromiso, tu bienestar En ampar trabajamos día a día para poder ofrecerte una amplia variedad de beneficios para que tengas una vida plena y saludable.

3 REINTEGROS ESTETICA La cirugía plástica estética procura la corrección armónica de ciertas partes del organismo que, por otro lado, son normales, pero presentan alguna alteración fuera de los estándares de belleza vigentes en una cultura determinada. En cirugía estética la finalidad es mejorar la imagen corporal y la percepción personal del aspecto físico. Será únicamente para cirugías plásticas del tipo estético, quedando a cargo del prepago contratado la cobertura de las cirugías plásticas del tipo reparadoras. Se encuentran cubiertos únicamente cirugías quedando excluidos los tratamientos o prácticas del tipo estético como botox, implante capilar, etc. Se reconocerá una cirugía plástica estética cada 3 (tres) años (año aniversario). AMPAR reconocerá un tope máximo de $ (pesos ocho mil) en las siguientes prácticas: Mastoplastía (cirugía plástica de mama). Mastopexía (corrección de la prótesis mamaria). Dermolipetomía abdominal. A su vez reconocerá un tope máximo de $ (pesos seis mil) en las siguientes prácticas: Rinoplastía (cirugía plástica de nariz). Otoplastía (cirugía estética del pabellón auricular). Blefaroplastía (cirugía estética de párpados). Quedan excluidas de la cobertura de AMPAR las siguientes prácticas: Lipoaspiración. Rellenos faciales. Botox. Lifting. Láser. Dermopigmentación. Dermoabrasión. Peeling. Luz pulsada. Mesoterapia. Otros procedimientos quirúrgicos no especificados. Otros tratamientos estéticos no especificados. 3

4 Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección de profesional médico cirujano e institución médica. Presentar orden médica. Presupuesto del médico cirujano en donde conste la siguiente información: 1. Nombre y apellido del asociado. 2. Diagnóstico. 3. Procedimiento quirúrgico a realizar. 4. Honorarios del cirujano y equipo interviniente. 5. Costo insumos y materiales. 6. Institución en donde se llevará a cabo la cirugía. 7. Firma y sello médico cirujano responsable interviniente. Factura original del médico cirujano con datos del asociado, procedimiento realizado, fecha de la cirugía, firma y sello del profesional. Presentar protocolo quirúrgico y/o documentación requerida por AMPAR según el tipo de cirugía. Firmar formulario de exoneración. ASISTENCIA AL VIAJERO Servicio proporcionado por Universal Assistance para todos los asociados de AMPAR. Se deberá solicitar la activación del servicio en AMPAR. Hasta los 70 años. El servicio le cubrirá cualquier evento médico que pueda surgir en el viaje que no tenga que ver con una enfermeda crónica, ni pre-existente por los topes y montos que figuran en las condiciones generales del servicio. Ante cualquier emergencia y/o urgencia (inconveniente médico, pérdda total del equipaje durante el transporte internacional en avión de línea regular, necesidad de asistencia legal por responsabilidad en accidentes, etc), deberá comunicarse siempre a los teléfonos que se le indicará en los voucher otorgados luego de tramitar el beneficio, los cuales funcionan por cobro revertido. Es importante recordar que no se podrán cubrir gastos por asistencia si no se ha realizado el correspondiente llamado, de esta manera la empresa de asistencia al viajero coordinara el servicio. Para la activación del beneficio, deberá completar el formulario de Servicio de Asistencia al Viajero que podrá descargar de la sección Gestión de Trámites de nuestra web. Una vez que haya completado el formulario deberá enviarlo a info@ampar.org y en un plazo no mayor a 72hs. estará recibiendo el voucher correspondiente. 4

5 VACUNACION ANTIGRIPAL Beneficio brindado a través de convenio con vacunatorios (informados al momento de lanzamiento de la campaña). Para gozar de la cobertura al 100% deberá presentar su credencial de OSDE y mencionar su condición de asociado a AMPAR. En otros vacunatorios de OSDE, la cobertura es del 40%. En el interior del país, el beneficio se realizará vía reintegro. Consultar en AMPAR por topes de reintegros. La población considerada de riesgo tendrá cobertura al 100% en todos los vacunatorios contratados por OSDE y en hospitales oúblicos nacionales/provinciales/municipales. ORTODONCIA La ortodoncia es una especialidad de la odontología que se encarga de la corrección de los dientes y huesos posicionados incorrectamente. Se reconocerá un reintegro de hasta $ (pesos tres mil) por única vez y por todo concepto relacionado y/o derivado de un tratamiento de ortodoncia para los mayores de 18 años que tengan una antigüedad mínima de 6 meses como asociados de AMPAR. Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. Será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección del profesional. Presentar presupuesto del odontólogo indicando: Datos del paciente. Tipo de tratamiento. Tiempo estimado de duración. Costo y modalidad de pago. Factura original del profesional interviniente con detalle del procedimiento realizado, datos del asociado. Firma y sello del profesional. 5

6 IMPLANTES ODONTOLOGICOS Son pequeños dispositivos dentales que se insertan en los maxilares superior e inferior para ayudar a reconstruir una cavidad bucal que tiene pocos o ningún diente que sea pueda restaurar. Se reconocerá un reintegro de hasta $2.500 (pesos dos mil quinientos) por año aniversario y asociado. Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes de distracto laboral ni afiliados de planes básicos. EL beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección del profesional tratante. Para la tramitación del reintegro deberá presentar: Presentar factura original con: 1. Datos del paciente. 2. Tipo de tratamiento realizado y finalizado. 3. Nro. de pieza dentada. 4. Costo. Radiografía pre y post tratamiento panorámica. Odontograma. Orden del profesional tratante con la indicación de la práctica. Firma y sello del profesional. PROTESIS ODONTOLOGICAS Son pequeños dispositivos (fijos o móviles) que se utilizan para reemplazar o proteger piezas dentarias. Se reconoce un reintegro de hasta $1.200 (pesos mil doscientos) por año aniversario y por asociado. Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de emisión de la factura. 6

7 El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección del profesional tratante. Presentar factura original con: Datos del paciente. Tipo de tratamiento realizado y finalizado. Nro. de pieza tratada. Costo. Firma y sello del profesional. BLANQUEAMIENTO DENTAL El blanqueamiento dental es un tratamiento dental estético que logra reducir varios tonos el color original de las piezas dentales, dejando los dientes más blancos y brillantes. Se reconoce un reintegro de hasta $600 (pesos siescientos) por año aniversario y por asociado. Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de emisión de la factura. El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección del profesional tratante. Presentar factura original con: Datos del paciente. Tipo de tratamiento realizado. Costo. Firma y sello del profesional. 7

8 LECHE MATERNIZADA Es un tipo de leche modificada para la alimentación de los lactantes y niños. La misma tiene agregados de azúcares y además está enriquecida con vitaminas y minerales. Si bien no contienen el valor inmunológico que posee la leche materna, existen situaciones en las que es necesario recurrir a este tipo de leches como sustituto o como complemento de la misma. Se reconocerá un reintegro de hasta $980. de leche en polvo por mes y hasta el 6to. (sexto) mes de vida inclusive. Todos los afiliados por Empresa de la Obra Social AMPAR cuyas edades se encuentren comprendidas entre los 0 (cero) y los 6 (seis) meses de vida inclusive. El beneficio no contempla a aquellos afiliados por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección de la Farmacia. El reintegro será para el consumo mensual no pudiendo reclamarse valores de reintegro de meses anteriores en los que no se realizara el consumo ni acumulación de leches de un mismo mes. Presentación orden del médico tratante con la indicación de la Leche Materniza. Firma y sello del profesional. Factura / Ticket original de la Farmacia elegida para la compra que deberá contener los datos del asociado. OPTICA Se consideran como parte del beneficio los anteojos o los lentes de contacto recetados. Se reconocerá un reintegro de hasta $2.000 (pesos dos mil) por año aniversario y por asociado mayor de 15 años, por todo concepto relacionado y/o derivado de una orden médica para la adquisición de anteojos o lentes de contacto. Los menores de 15 años tienen cobertura al 100% por sistema cerrado a través del prestador médico contratado. Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de compra. 8

9 El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección de la óptica y del profesional tratante. Presentación orden del médico oftalmológico con la prescripción de los anteojos o lentes de contacto. Firma y sello del profesional. Factura / Ticket original de la óptica elegida para la compra. ACOMPAÑANTE EN MATERNIDAD La cobertura es para un acompañante en la internación por maternidad (parto o cesárea). Se reconocerá un reintegro de hasta $500 (pesos quinientos) en concepto de acompañante en internación. Queda excluido cualquier otro concepto facturado que no sea por acompañante (comidas, estacionamiento, teléfono, televisión por cable, etc.). Todos los afiliados obligatorios de AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. Será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Presentar factura del Sanatorio o Centro de internación indicando: Datos del paciente. Cantidad de días de internación. Costo por día de acompañante. OPTICA KID S Se consideran como parte del beneficio los cristales y armazon. Se reconocerá un reintegro de hasta $500 (pesos quinientos) por año aniversario y por asociado hasta los 15 años inclusive, por todo concepto relacionado y/o derivado de una orden médica para la adquisición de los cristales y armazon. Los menores hasta 15 años inclusive tienen cobertura al 100% por sistema cerrado a través del prestador médico contratado. 9

10 Todos los afiliados por Empresa a la Obra Social AMPAR. El beneficio no contempla a aquellos afiliados de planes por distracto laboral ni a afiliados de planes básicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de emisión de la factura. El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Libre elección de la óptica y del profesional tratante. TRAMITACIÓN Presentación orden del médico oftalmólogo con la prescripción de los anteojos o lentes de contacto, Firma y sello del profesional Factura/Ticket original de la óptica elegida para la compra que incluya nombre del asociado. OPTICA BATTILANA (habilitada para cobertura al 100% en capital y GBA) Av. Pueyrredón Barrio Norte. Tel./Fax : Av. Santa Fe Palermo. Tel./Fax : Av. Cabildo Belgrano. Tel./Fax : Av. Montes de Oca 882. Barracas. Tel./Fax : Av. Caseros Parque Patricios. Tel./Fax : Av. Córdoba Centro. Tel./Fax : Av. Maipú Olivos. Tel./Fax : EXTRAS EN PSICOPATOLOGIA Las prestaciones de psicopatologías tienen como eje la superación de puntos que dificultan o imposibilitan el desarrollo personal. Se reconoce un valor de reintegro de hasta $75 (pesos setenta y cinco) por sesión de psicología o psicoterapia, con un tope de 10 sesiones por año (año aniversario) por asociado. En caso de Terapias Relacionales (terapia vincular, familiar y orientación a padres) descontarán del tope de las 10 sesiones. Todos los asociados pertenecientes a planes OSDE cuyas cuotas se encuentren al día (tanto los aportes y obligaciones de ley como el pago complementario, en caso de corresponder). El beneficio no contempla a aquellos afiliados en relación de dependencia en período de distracto laboral ni a afiliados a otros prestadores médicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de emisión de la factura. El beneficio será otorgado bajo la modalidad de reintegro y se aplicará a los honorarios abonados a profesionales fuera de cartilla, o profesionales que estuvieran incluidos en la cartilla y con los cuales sea haya agotado el tope de sesiones autorizadas por el prestador para cada plan. El reintegro no podrá aplicarse al copago que se abona a los profesionales de cartilla. 10

11 Presentar factura MENSUAL en ORIGINAL con los siguientes datos: Datos del paciente. Fechas de cada consulta. Honorarios profesionales. Firma y sello del profesional. Este beneficio es complementario a la cobertura ofrecida por nuestro prestador. Por tal motivo, en caso de iniciar la gestión del reintegro en un Centro de Atención Personalizada de OSDE, deberá solicitar el sello de copia fiel del original sobre la copia del documento para gestionar el reintegro complementario en AMPAR. EXTRAS EN INTERNACION La cobertura es para el paciente o su acompañante durante el período de internación en sanatorios de cartilla. Se reconocerá un reintegro de hasta $500 (pesos quinientos) en concepyo de gastos extra en internación, tales como pensión sanatorial, comidas, teléfono, televisión y otros gastos del paciente y/o acompañante dentro de la institución sanatorial, y durante el período de internación. Todos los asociados pertenecientes a planes OSDE cuyas cuotas se encuentren al día (tanto los aportes y obligaciones de ley como el pago complementario, en caso de corresponder). El beneficio no contempla a aquellos afiliados en relación de dependencia en período de distracto laboral ni a afiliados a otros prestadores médicos. La solicitud de reintegro no podrá exceder los 60 días de la fecha de emisión de la factura. Será otorgado bajo la modalidad de reintegro. Presentar factura ORIGINAL del Sanatorio indicando: Datos del paciente. Días de internación. Concepto del/los gasto/s por los cuales gestiona el reintegro. Para algunos planes este beneficio es complementario a la cobertura ofrecida por nuestro prestador: Por tal motivo, en caso de iniciar la gestión del reintegro en un Centro de Atención Personalizada de OSDE, deberá solicitar el sello de copia fiel del original sobre la copia del documento para gestionar el reintegro complementario en AMPAR. IMPORTANTE: SE RECUERDA QUE EL PLAZO MAXIMO PARA PRESENTAR UN REINTEGRO EN AMPAR ES DE 60 DIAS DESDE LA FECAH DE COMPRA/EMISION DE LA FACTURA. 11

12 SUBSIDIOS MATRIMONIO El beneficio se compone del valor del subsidio + la Noche de Bodas en un hotel de primer nivel. El monto del subsidio asciende a $1.000 (pesos mil) y para acceder al misma deberá cumplir con la totalidad de los siguientes requisitos: Tener una antigüedad mínima de 12 meses como asociado titular. Estar el día con las cuotas sociales. Completar el formulario de solicitud de beneficio. Entregar en tiempo y forma fotocopia del Certificado/Acta de Matrimonio (dentro de los 90 días corridos de realizado el casamiento). Este subsidio se otorgará únicamente al beneficiario titular y no a los miembros del grupo familiar. NACIMIENTO O ADOPCION En caso de nacimiento o adopción de hijos del beneficiario titular, la obra social otorgará un subsidio de $1.500 (pesos mil quinientos). El beneficio se compone del valor del subsidio + obsequio para el bebé y para acceder al mismo deberá cumplir con la totalidad de los siguientes requisitos: Tener una antigüedad mínima de 12 meses como afiliado titular a la fecha en que se produce el nacimiento/adopción. Estar al día con las cuotas sociales. Afiliar al hijo a la obra social como integrante del grupo familiar. Completar el formulario de solicitud de beneficio. Entregar en tiempo y forma fotocopia de la Partida de Nacimiento/Adopción (30 días corridos de producido el nacimiento o efectivizada la adopción). Este beneficio se otorgará únicamente al beneficiario titular y no a los miembros de su grupo familiar. 12

13 FALLECIMIENTO DE UN INTEGRANTE DEL GRUPO FAMILIAR Se le abonará al beneficiario titular la suma estipulada en concepto de subsidio de $600 (pesos seiscientos). Para acceder al beneficio se deberá: Tener una antigüedad mínima de 12 meses como asociado. Estar al día con las cuotas sociales al momento de producirse el hecho. El titular deberá completar el formulario de solicitud de beneficio. El titular deberá entregar fotocopia del Certificado de Defunción dentro de los 90 días corridos de producido el fallecimiento. FALLECIMIENTO DEL TITULAR El monto del subsidio asciende a $1.500 (pesos mil quinientos) y lo podrá cobrar la persona que haya designado por escrito el Titular, o en su defecto los herederos legales. Para acceder al beneficio se deberá: Tener una antigüedad mínima de 12 meses como asociado titular. Estar al día con las cuotas sociales al momento de producirse el hecho. El beneficiario por DDJJ deberá completar el formulario de solicitud de beneficio y entregar fotocopia del Certificado de Defunción dentro de los 90 días corridos de producido el fallecimiento. El beneficiario por DDJJ deberá acreditar identidad. 13

14 CARTILLA DE BENEFICIOS Vedia 3892 C.A.B.A. Tel. (54 11) l info@ampar.org

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