Plan de difusión de Contraloría Social 2016
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- Marcos Paz San Martín
- hace 6 años
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1 Plan de difusión de Contraloría Social 2016 Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Instituciones Educativas (PROFOCIE) Ejercicio Fiscal
2 Plan de Difusión Características generales de los apoyos que contempla el programa federal, así como su costo, periodo de ejecución y fecha de entrega. Los recursos federales que se transfieren para la implementación del Programa son considerados subsidios, debiendo sujetarse al artículo 75 de la LFPyRH y demás disposiciones aplicables en la materia, pudiendo constituirse en apoyos técnicos o financieros. Estos serán de carácter no regularizable y se entregarán a los beneficiarios por una sola ocasión. De acuerdo al presupuesto autorizado al Programa, para el ejercicio fiscal 2015, la Subsecretaría de Educación Superior (SES) podrá otorgar para la realización de los proyectos de las IES, que resulten dictaminados favorablemente, hasta 90 millones de pesos en una o varias ministraciones a ocurrir en los meses de octubre y noviembre. Una vez que la CGUTyP emita el oficio de autorización para el ejercicio de la propuesta de Reprogramación de los recursos asignados, las Instituciones de Educación Superior que resulten apoyadas con recursos de este Programa, deberán ejercer y comprobar en un plazo máximo de un año (hasta el 30 de noviembre de 2016) los recursos asignados en el marco del Programa. 2. Tipo y monto de los apoyos económicos que ofrece el programa federal a los beneficiarios. Tipo de apoyo. La SEP, en apego a la disponibilidad presupuestaria, asignará un monto de apoyo financiero concursable no regularizable para la realización de proyectos: ProGES, ProDES o ProFOE enmarcados entre el objetivo general y específico del Programa de acuerdo a las Reglas de Operación vigentes. Fomentar la cultura de la perspectiva de género. 2
3 Monto del apoyo La SES podrá otorgar para la realización de los proyectos de las IES, que resulten dictaminados favorablemente, hasta 90 millones de pesos, en una o varias ministraciones, en el marco del PROFOCIE, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria. 3. Requisitos para elegir a los beneficiarios. Podrán ser beneficiarios del Programa las Universidades Tecnológicas (UUTT) y las Universidades Politécnicas (UUPP), que aparecen listadas en las Reglas de Operación vigentes. Tener registradas las IES en el PRODEP, donde están adscritos las profesoras y profesores integrantes de los CAEC y CAC; los PE de PA, TSU y licenciatura que requieren fortalecerse para lograr su clasificación en el nivel 1 del Padrón de Programas Evaluados por los CIEES o la acreditación por los organismos reconocidos por el COPAES; las y los estudiantes que en ellos se encuentran inscritos; los PE de posgrado inscritos en el PNPC y que cuenten con procesos de gestión académico-administrativa que estén en vías de certificación o recertificación por normas internacionales tipo ISO-9001:2008. Ofrecer PE de nivel TSU, ingeniería, licenciatura y posgrado en las modalidades presencial, mixta y a distancia. Promover y contribuir a la mejora y al aseguramiento de una educación superior de buena calidad que forme profesionistas, especialistas y profesores/asinvestigadores/as capaces de aplicar, innovar y transmitir conocimientos actuales, académicamente pertinentes y socialmente relevantes en las distintas áreas y disciplinas. Consolidar procesos de planeación estratégica participativa que den lugar a esquemas de mejora continua y aseguramiento de la calidad de sus PE y de sus más importantes procesos de gestión. Fortalecer que la actividad educativa esté centrada en el aprendizaje efectivo de las y los estudiantes y en el desarrollo de su capacidad de aprender a lo largo de la vida. Consolidar los procesos de autoevaluación institucional, de evaluación externa y de mejora continua de la calidad. Fomentar la perspectiva de género entre profesoras/es, las y los estudiantes y personal administrativo. Formular proyectos integrales asociados a los documentos ProGES y ProFOE con una duración máxima bienal. 4. Derechos y obligaciones de los beneficiarios. Derechos. 3
4 Es derecho de las instancias beneficiarias o de la beneficiaria recibir los apoyos cuando se dé cumplimiento con la normatividad aplicable, conforme a lo establecido en el apartado 3.4. Características de los apoyos (tipo y monto), de las presentes RO, salvo que por causas de incumplimiento el mismo le haya sido retenido, suspendido, reducido o cancelado. Además, las IES participantes, a través de sus titulares, tendrán el derecho a: I. Conocer el monto asignado del ejercicio fiscal 2016 para el desarrollo de los proyectos integrales que sean dictaminados favorablemente por los Comités de Evaluación, en apego al resultado de la evaluación integral de los documentos indicados en la guía metodológica de planeación, según corresponda. II. Solicitar transferencias por productos financieros y remanentes (Anexo 4B), con respecto a los recursos otorgados en el ejercicio fiscal 2016, en apego a las obligaciones de las IES establecidas en el presente apartado. Obligaciones. Son obligaciones de las IES participantes en el programa: a) Aceptar las disposiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación, en la convocatoria 2015 y en la Guía PROFOCIE , que para tal efecto emitió y publicó oportunamente la CGUTyP, en su página de internet: b) Finiquitar el saldo generado por productos financieros del fideicomiso 2013 o de la cuenta de cheques productiva; para lo cual deberán solicitar por escrito, a más tardar el 28 de febrero de 2015, a través del formato de solicitud de transferencia de recursos proporcionado por la CGUTyP o, según corresponda, observando los criterios establecidos en el Anexo 4 de las presentes reglas de operación. En el caso de las instituciones que no presentaron la solicitud en tiempo y forma, el recurso de productos financieros del mismo ejercicio fiscal deberá reintegrarse a la TESOFE en un periodo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la conclusión de la fecha establecida para presentar este tipo de solicitud. c) Ejercer antes del último día hábil del mes de noviembre de 2015, la totalidad de los recursos asignados en el ejercicio fiscal 2014 a través del programa. d) Los recursos no aplicados de productos financieros del ejercicio anteriormente referido, deberá solicitarse por escrito la autorización a la CGUTyP para ejercerlos en proyectos PROFOCIE apoyados en el 2015, a más tardar el último día hábil del mes de noviembre de Las IES deberán transferir los recursos de productos financieros a la subcuenta del FIDEICOMISO del siguiente año, una vez que la CGUTyP emitan el oficio de autorización del ejercicio de dicho monto 4
5 e) Abrir una subcuenta para el ejercicio fiscal 2016 en su fideicomiso o en caso de no tener constituido dicho fideicomiso, constituir ante institución bancaria legalmente autorizada un fideicomiso bajo la denominación fideicomiso PROFOCIE y en los casos en donde el monto asignado sea menor a siete millones de pesos, previa autorización expresa de la CGUTyP o, según corresponda, abrir una cuenta de cheques productiva específica para el depósito y administración de los recursos que aporte la SEP en el marco del programa y entregar fotocopia del documento que avale la apertura de la subcuenta o de la cuenta de cheques productiva a la CGUTyP, dentro de un periodo de veinte días hábiles posteriores a la celebración del mismo. f) Designar el comité técnico del fideicomiso formado por al menos cuatro personas de LA INSTITUCION : una nombrada por su titular; otra cuya función esté directamente relacionada con la operación y administración del fideicomiso; una tercera con la responsabilidad específica de vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso, y la cuarta persona que será el titular de LA INSTITUCIÓN quien presidirá el comité técnico, el cual será responsable de: 1. Entregar a la CGUTyP copia del contrato del fideicomiso y de la apertura de la subcuenta correspondiente; así como cargar en el módulo de comprobación financiera todos los estados de cuenta que mensualmente expida la institución bancaria respectiva, únicamente en versión electrónica, bajo la misma temporalidad, hasta el finiquito de dicho fideicomiso o cuenta de cheques productiva. 2. Entregar a la CGUTyP, la carta de cancelación de la subcuenta, conjuntamente con el reporte del fideicomiso en ceros, una vez que concluya el periodo de ejecución de los recursos. 3. Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del fideicomiso. 4. Autorizar el ejercicio de recursos para llevar a cabo los fines del fideicomiso, de acuerdo con los programas y las instrucciones que el mismo establezca y en cumplimiento de lo convenido entre la SEP y las IES en el marco de la aplicación de los recursos extraordinarios concursables no regularizables recibidos a través del programa. 5. Autorizar la celebración de actos jurídicos de los cuales se deriven derechos y obligaciones con cargo al patrimonio del fideicomiso. 6. Instruir a la institución fiduciaria respecto a la política de inversión del patrimonio del fideicomiso. 7. Atender en el marco de sus atribuciones y facultades, todo lo relacionado con el fin para el que fue constituido el fideicomiso o cuenta de cheques productiva y cualesquiera otras obligaciones derivadas de las disposiciones jurídicas aplicables. 8. Considerar que en apego al anexo 4 de las presentes RO correspondiente al ejercicio fiscal 2016 del programa, las IES que atiende la CGUTyP, podrán solicitar, a partir del mes de marzo de 2017, la autorización para: I. Transferencia de productos financieros generados por el fideicomiso 2016, a proyectos apoyados en el ejercicio fiscal 2016, que hayan sido evaluados favorablemente y que los montos a transferir no sean mayores a los sugeridos en el dictamen de los proyectos o en su caso, de ser necesario a lo solicitado originalmente. 5
6 II. Transferencia de remanentes generados por ahorros en la optimización del gasto. Únicamente se autorizarán siempre y cuando se haya cumplido la meta programática establecida en la(s) acción(es) de(los) proyectos que origina(n) el remanente y que el monto a transferir a otra acción no sea mayor a lo sugerido en el dictamen emitido por los comités de evaluación, o en su caso, de ser necesario a lo solicitado originalmente. III. Transferencia por reprogramación de recursos al interior de una misma acción en los rubros de gasto solicitados originalmente y autorizados por el comité de evaluación, siempre y cuando no se modifique el alcance de las metas académicas y metas compromiso. Las solicitudes de transferencia podrán ser autorizadas por una sola ocasión a partir del dictamen académico favorable que emita la Dirección de Planeación, Evaluación e Informática de la CGUTyP, con base en la justificación académica apegada al proceso de planeación realizado por las IES y los dictámenes programático-financieros. Las transferencias que sean autorizadas, en cualquiera de sus opciones (productos financieros, remanentes y/o reprogramaciones) deberán ejercerse y comprobarse en el periodo que se indique en el oficio de autorización, contados a partir de la fecha de autorización emitida por la CGUTyP, con el propósito de finiquitar en su totalidad los recursos del ejercicio en cuestión. Al término de dicho periodo y en caso de presentarse algún remanente, no se podrá solicitar otra transferencia sobre el mismo u otro concepto y el recurso no ejercido deberá reintegrarse a la TESOFE, entregando la IES el comprobante de dicho reintegro a la CGUTyP según corresponda, en un periodo no mayor a veinte días hábiles, posterior a la conclusión del ejercicio y comprobación del recursos autorizado por transferencia. Las solicitudes de transferencias deberán cumplir los criterios establecidos en el anexo 4 de las presentes RO y presentarse en el formato que se indica en el anexo antes referido. g) Demostrar, para el caso de las transferencias, haber cumplido con las metas académicas, así como los compromisos programáticos y financieros de los proyectos integrales y sus objetivos particulares asociados (ver anexo 2). h) Entregar a la CGUTyP los informes trimestrales de avance académico y financieroprogramático respecto de los proyectos integrales que asumen las IES (anexos 2), atendiendo a lo que al efecto señala el numeral de las presentes RO, donde se incorpore: 1. El periodo respectivo; 2. El avance en el cumplimiento del fin y propósito conforme a lo dispuesto en las presentes RO; 3. Los ingresos, rendimientos financieros, los egresos y su destino, y las disponibilidades o saldos; y 4. El incumplimiento con respecto a la presentación de estos informes o el retraso en la entrega de los mismos, implicará la suspensión o la devolución parcial o total de los recursos asignados a la IES. i) Poner a disposición de la sociedad la información sobre la aplicación y uso de los recursos recibidos a través del PEF En el marco de la Ley Federal de 6
7 Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y, en su caso, la Ley local respectiva, las IES incorporarán en su página de Internet la información relacionada con los proyectos y los montos autorizados. En particular, el registro, la asignación, los avances técnicos y/o académicos y el seguimiento del ejercicio de recursos, manteniendo la información autorizada con periodicidad trimestral. j) En ningún caso podrán existir nóminas o partidas confidenciales. Los recursos públicos otorgados a las instituciones educativas que sean usados para el pago de nóminas deberán ejercerse en el marco de la transparencia y rendición de cuentas, por lo que los beneficiarios de dichos programas deberán reportar a la SEP los montos pagados a cada trabajador. k) La persona que designe LA INSTITUCIÓN para vigilar la aplicación y el ejercicio del patrimonio del fideicomiso será responsable de: 1. Realizar las acciones de seguimiento, control y auditoría interna sobre el ejercicio de recursos, la ejecución y el desarrollo de los proyectos aprobados. Estos podrán ser auditados externamente por la H. Cámara de Diputados a través de su Órgano de Fiscalización y Control, así como por la SEP utilizando los medios que considere más adecuados. 2. Vigilar y verificar el estricto cumplimiento del objeto del convenio de apoyo. 3. Informar trimestralmente a la SEP (anexo 2), a través de la CGUTyP y al término de cada ejercicio fiscal, con copia a la H. Cámara de Diputados y a la SFP o instancia correspondiente que para tal efecto se determine, el cumplimiento académico, financiero-programático y el avance de los indicadores y proyectos integrales, y de las observaciones que surjan. El informe deberá contar con el aval del titular de la IES. 5. Padrón de beneficiarios de la localidad. Está conformado por aquellas instituciones de Educación Superior que cumplan con los siguientes puntos: Formen parte de la población objetivo definida en el Anexo 1 de las Reglas de Operación correspondientes al ejercicio fiscal del año Cumplan con los requisitos de participación estipulados en la normativa vigente. Los proyectos presentados en el marco del programa reciban una evaluación favorable por parte del Comité de Evaluación externo a la SES. 6. Instancia(s) normativa(s) y ejecutora(s) del programa federal, así como sus respectivos canales de comunicación. Instancia(s) Normativa(s) La CGUTyP, fungirá como la instancia normativa del PROFOCIE. 7
8 Instancia(s) Ejecutora(s) Las IES participantes fungirán como las instancias ejecutoras del PROFOCIE en el ámbito de sus respectivas competencias, quienes serán responsables de presentar los informes de avance que del mismo correspondan en el marco de las Reglas de Operación 2015 del PROFOCIE. 7. Procedimientos para realizar las actividades de contraloría social. Ver la Guía Operativa 2016 del Programa. 8. Medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en la aplicación del programa federal. La participación en el PROFOCIE es a través de una convocatoria abierta, dirigida a las IES registradas en las Reglas de Operación vigentes. Para el ejercicio fiscal 2015, los montos se asignaron de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para que las IES presentaran proyectos transversales en materia de perspectiva de género, con el propósito de que fomenten y garanticen la igualdad entre mujeres y hombres. 9. Medios institucionales para presentar quejas y denuncias. EL Órgano Estatal de Control (OEC) es la instancia que se encarga de captar, canalizar y dar seguimiento a las quejas o denuncias junto con la Instancia Normativa, de acuerdo con el ámbito de competencia de la IES. Los responsables de Contraloría Social de cada Instancia Ejecutora son los encargados de captar las quejas, denuncias y/o sugerencias que los beneficiarios tengan sobre el PROFOCIE y canalizarlas al OEC y a la Instancia Normativa. 8
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