La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 13 de mayo del 2013 ANUNCIO IMPORTANTE

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1 Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf , sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano, cn=jorge LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: :09:14-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 13 de mayo del ,00 AÑO CXXXV Nº páginas ANUNCIO IMPORTANTE I Que la institución estará migrando hacia la producción de la Gaceta Digital de manera definitiva a partir del 1 de julio del año De esta manera, a partir de esa fecha no habrá Gaceta impresa (incluye Boletín Judicial), por lo que no se estará dando trámite a las solicitudes de suscripción para este año. Lo recomendable es acceder desde ya a la Gaceta Digital y al Boletín Judicial vía internet, los cuales cuentan con firma digital certificada de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos del año 2005 y al pronunciamiento de la Procuraduría General de la República No. C del año 2010, lo que hace que estas versiones electrónicas tengan la misma validez jurídica que las impresas. Jorge Vargas Espinoza Director General

2 Pág 2 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 CONTENIDO Pág PODER LEGISLATIVO Nº Acuerdos... 2 PODER EJECUTIVO Acuerdos... 2 DOCUMENTOS VARIOS TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Resoluciones CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS REMATES INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS RÉGIMEN MUNICIPAL AVISOS NOTIFICACIONES FE DE ERRATAS El Alcance Digital Nº 87 a La Gaceta Nº 88 circuló el jueves 9 de mayo de 2013 y contiene leyes del Poder Legislativo, decretos y acuerdos del Poder Ejecutivo, Documentos Varios, Remates e Instituciones Descentralizadas. PODER LEGISLATIVO ACUERDOS Nº EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA En Sesión Ordinaria número ciento sesenta y tres, celebrada el dieciocho de abril de dos mil trece y con fundamento en los artículos cuarenta y seis y cuarenta y siete de la Ley de Creación de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos Comunica: Que el Plenario Legislativo no cumplió con el plazo de treinta días hábiles para objetar el nombramiento del señor José Pablo Sauma Fiatt se tiene por reelecto, toda vez que este órgano no objetó el nombramiento. Por tanto, se ratifica la reelección de la sesión ordinaria número ciento cuarenta y dos del diecinueve de marzo de dos mil trece del Consejo de Gobierno al señor José Pablo Sauma Fiatt al cargo de miembro propietario ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. Publíquese San José, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil trece. Víctor Emilio Granados Calvo, Presidente. 1 vez. O. C Solicitud L. (IN ). PODER EJECUTIVO ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA N 836-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de Administración Pública, Ley N 6227 del 02 de mayo de Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2013, Ley N 9103 del 4 de diciembre del 2012, y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y sus reformas. Artículo 1 Autorizar a la señora Mayi Antillón Guerrero, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta-quinientos treinta y cinco, Ministra de Economía, Industria y Comercio, para acompañar a la señora Laura Chinchilla Miranda, Presidenta de la República, como parte de la delegación oficial que viajará a Roma, Italia, para participar en la entronización de su Santidad Francisco I. Artículo 2 Los gastos por concepto de transporte aéreo, alojamiento y viáticos le serán financiados a la Ministra Antillón por el programa Actividades Centrales, Subpartida Viáticos en el exterior y Subpartida Transporte en el exterior, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de mil cuarenta y dos dólares ($1.042,00). Artículo 3 En tanto dure la ausencia de la señora Ministra, nombrar como Ministro a. i., al señor Luis Álvarez Soto, portador de la cédula de identidad , Viceministro de Economía, Industria y Comercio, de las dieciocho horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil trece y hasta las veinticuatro horas del día veinte de marzo del mismo año y al señor Roberto Gallardo Núñez, portador de la cédula de identidad , Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, a quien se le encarga la Cartera de Economía, Industria y Comercio, de las cero cero horas con un minuto del veintiuno de marzo de dos mil trece hasta las dieciséis horas con quince minutos del mismo día. Artículo 4 Rige a partir de las dieciocho horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil trece y hasta las dieciséis horas con quince minutos del día veintiuno de marzo del mismo año. Dado en la Presidencia de la República, a los catorce días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 849-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 26 inciso b) de la Ley General de Administración Pública, Ley N 6227 del 02 de mayo de Por tanto: Artículo 1 Modifíquese el artículo 2 del Acuerdo Ejecutivo número 836-P, de los catorce días del mes de marzo del año dos mil trece, correspondiente al viaje de la señora Ministra de Economía, Industria y Comercio a Roma, Italia, para que se lea:

3 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 3 Artículo 2 Los gastos por concepto de transporte aéreo, alojamiento y viáticos le serán financiados a la Ministra Antillón por el programa Actividades Centrales, Subpartida Viáticos en el exterior y Subpartida Transporte en el exterior, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con ochenta centavos de dólar ($1.458,80). Artículo 2 En lo que respecta al resto, el acuerdo 836-P de marras se mantiene incólume. Artículo 3 Rige a partir de las dieciocho horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil trece y hasta las dieciséis horas con quince minutos del día veintiuno de marzo del mismo año. Dado en la Presidencia de la República, a los dos días del mes de abril del año dos mil trece. Publíquese. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 048-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública, No.6227 de 02 de mayo de 1978 y los artículos 1 y 3 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Artículo 1 Designar al señor René Castro Salazar, cédula de identidad número , Ministro de Ambiente y Energía, para que viaje a China, del 21 al 30 de marzo del El propósito del viaje es participar en la visita a la Ciudad de Qinghai, Reunión con el Ministro de Ambiente de China, Reunión con el Eximbak, visita a la Universidad del Petróleo, Reunión con China National Petroleumm, Charla al ILASS CASS y Reunión con Higer-Bus. Artículo 2 Los gastos por concepto de tiquete aéreo, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) Y los costos de transporte de la Ciudad de Pekín a la Ciudad Qinghai, imprevistos como (taxi, internet, lavado de ropa, llamadas telefónicas entre otros) y seguro de viaje serán sufragados por las Sub partidas y del Programa Presupuestario 879-Actividades Centrales, Ministerio de Ambiente y Energía. Si por fuerza mayor el rubro por concepto de imprevistos excede al 8%, se presentarán las facturas, tiquetes o comprobantes de pago correspondientes junto con la liquidación de viáticos, a efectos de que sea reintegrado, según se estipula en el artículos 35, 41 y 42 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos (viáticos) de la Contraloría General de la República. El monto del adelanto es de ,00 (Doscientos mil colones con cero céntimos). Artículo 3 En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministra a. i. a la señora María Guzmán Ortiz, cédula de identidad número de las 08:30 horas del día 21 de marzo del 2013 hasta las 19:00 horas del 30 de marzo del Artículo 4 Rige a partir de las 08:30 horas del día 21 de marzo hasta las 19:00 horas del 30 de marzo del Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de marzo del año dos mil trece. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. 1 vez. O. C. N Solicitud N C. (IN ). Nº 042-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en el artículo 139, inciso 1) de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública, No.6227 de 02 de mayo de 1978 y los artículos 1 y 3 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Artículo 1 Designar al señor René Castro Salazar, cédula de identidad número , Ministro de Ambiente y Energía, para que viaje a Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 al 15 de marzo del El propósito del viaje es participar en la Asamblea del PMR (Partnership for Market Readiness) en el Banco Mundial. Artículo 2 Los costos de tiquete aéreo y viáticos serán cubiertos por el Banco Mundial. Y el seguro de viaje y algunos imprevistos como (taxi, internet, lavado de ropa, llamadas telefónicas, entre otros) serán sufragados por el Ministerio de Ambiente y Energía, Programa Presupuestario 879-Actividades Centrales, Sub partidas y Si por fuerza mayor el rubro por concepto de imprevistos excede al 8% se presentarán las facturas, tiquetes o comprobantes de pago correspondientes junto con la liquidación de viáticos, a efectos de que sea reintegrado, según se estipula en los artículos 35, 41 y 42 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 3 En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. i. al Lic. José Lino Chaves López, cédula de identidad número de las 12:20 horas del día 11 de marzo del 2013 hasta las 16:05 horas del 15 de marzo del Artículo 4 Rige a partir de las 12:20 horas del día 11 de marzo hasta las 16:05 horas del 15 de marzo del Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil trece. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. 1 vez. O. C. N Solicitud N C. (IN ). MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Nº 007-MEIC LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley No del 2 de mayo de Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2013, Ley N 9103 del 04 de diciembre del 2012; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N 6362 del 3 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar, en reuniones varias con cooperantes internaciones; así como en la reunión preparatoria del evento denominado Challenges for Sustainable Development and the International Cooperation in Middle-Income Countries: The Role of Networks for Prosperity, mismo que se desarrollará en nuestro el Territorio Nacional en los meses venideros. II. Que las referidas actividades se llevarán a cabo en la ciudad de Nueva York (en inglés New York City), de Estados Unidos de Norteamérica, del día 05 al 08 de marzo de Por tanto: Artículo 1 Autorizar al señor Jorge Rodríguez Vives, portador de la cédula de identidad número , en su condición de Director de la Dirección de Cooperación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio; para que participe en reuniones varias con cooperantes internaciones; así como en la reunión preparatoria del evento denominado Challenges for Sustainable Development and the International Cooperation in Middle-Income Countries: The Role of Networks for Prosperity. Que las referidas actividades se llevarán a cabo en la ciudad de Nueva York, de Estados Unidos de Norteamérica, del día 05 al 08 de marzo de Artículo 2 Los gastos por concepto de transporte terrestre, hospedaje y alimentación, serán financiados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, subpartida ; Transporte en el Exterior y viáticos por medio de la subpartida Viáticos en el Exterior, correspondiéndole al funcionario la suma de un mil quinientos sesenta y nueve dólares con setenta y dos centavos ($1.569,72). De conformidad con el Artículo 5 de la Resolución N del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

4 Pág 4 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Artículo 3 Rige a partir del día 04 de marzo de 2013 y hasta su regreso el día 09 de marzo del mismo año, devengando el funcionario el 100 % de su salario durante su ausencia. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, 13 de febrero del Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEIC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 140 inciso 20) y artículo 146 de la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; artículos 27 y 28 incisos 1 y 2 b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978; así como lo establecido en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N 6054 del 14 de junio de 1977 y sus Reformas; el Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Decreto Ejecutivo No MEIC del 02 de noviembre del 2012; y, el artículo 11 inciso b) de la Ley Sistema Nacional para la Calidad, Ley N 8279 del 02 de mayo del Considerando: I. Que la Administración Pública tiene la responsabilidad de garantizar el bienestar de los ciudadanos, así como estimular y promover las condiciones de competitividad para el desenvolvimiento de la actividad económica del país. II. Que mediante la Ley N 8279, Ley Sistema Nacional para la Calidad, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 96 del 21 de mayo del 2002, se establece el Sistema Nacional para la Calidad, como marco estructural para las actividades vinculadas al desarrollo y demostración de la calidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de evaluación de la conformidad, que contribuya a mejorar la competitividad de las empresas nacionales y proporcione confianza en la transacción de bienes y servicios. III. Que con la citada Ley, se crea el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) como Órgano de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental para el desempeño de sus funciones, el cual se encuentra adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. IV. Que por disposición legal, el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) está conformado al menos, por una Dirección, la Comisión de Metrología y los demás órganos que requiera para el desempeño de sus funciones. V. Que la Comisión de Metrología, es el máximo Órgano Técnico del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), y está integrado por: a) El director del Laboratorio Costarricense de Metrología, quien la presidirá. b) Tres representantes del Poder Ejecutivo. c) Un representante del Consejo Nacional de Rectores. d) Un representante de los usuarios de los servicios de metrología. e) Un representante del sector privado, propuesto por la Unión Costarricense de Cámaras y Empresas Privadas (UCCAEP). VI. Que el artículo 5 del Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, publicado en el Alcance 3 del Diario Oficial La Gaceta No. 6 del 09 de enero del 2013 y el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública de cita, establecen que el Ministro es el Órgano Jerárquico Superior del Ministerio y como Máxima Autoridad le corresponde preparar y presentar los Acuerdos relativos a cuestiones referentes a la actividad del Ministerio. VII. Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 11 de la Ley 8279 de cita, tres de los miembros de la Comisión de Metrología son representantes del Poder Ejecutivo, y permanecerán en sus cargos por un periodo de seis años. VIII. Que mediante el Acuerdo No. 070 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 238 del 08 de diciembre del 2010 se nombraron a los representantes del Poder Ejecutivo para ante la Comisión de Metrología, entre los que se encuentra el señor Rubén Darío Arjona Brown, mayor, casado una vez, funcionario del Ministerio de Ciencia y Tecnología, portador de la cédula de identidad No IX. Que dicho representante por acogerse a la Pensión por Vejez, presentó formal renuncia al puesto que venía desempeñando ante la Comisión de Metrología. Por tanto: ACUERDAN: Artículo 1º Agradecerle al doctor Rubén Darío Arjona Brown, los servicios prestados durante su gestión. Artículo 2º Nombrar como nuevo representante del Poder Ejecutivo ante la Comisión de Metrología al señor Walter Fernández Rojas, mayor de edad, soltero, Doctor en Física, portador de la cédula de identidad número , vecino de Condominio Las Lilas N 21, cincuenta metros norte de Perimercados La Florida, Tibás, en sustitución del doctor Rubén Darío Arjona Brown. Artículo 3º Dicho nombramiento será extensivo hasta el 30 de abril del Artículo 4º Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de febrero del año dos mil trece. Publíquese. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. La Ministra de Economía, Industria y Comercio, Mayi Antillón Guerrero. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº 018-MEIC LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley No del 2 de mayo de 1978; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 3 de setiembre de 1979, y el Reglamento de Viajes y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I. Que es de interés del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), órgano adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, la participación en la Meeting to discuss scientific topics related to pressure metrology that are of interest to NIST, LACOMET, and the University of Costa Rica, actividad que se llevará a cabo en Gaithersburg, Mayland, entre el 07 de abril al 14 de abril del II. Que de conformidad con la Ley Nº 8279 Ley del Sistema Nacional para la Calidad, le corresponde al LACOMET, promover el uso, la calibración, la verificación y el ajuste de los instrumentos de medición, así como la trazabilidad a patrones del Sistema Internacional de Unidades, y garantizar la trazabilidad de los instrumentos de medida. Por tanto, Artículo 1 Autorizar al Doctor Gerardo José Padilla Víquez, portador de la cédula de identidad número , funcionario del Laboratorio Costarricense de Metrología, para que viaje a la ciudad de Gaithersburg, Mayland; y participe en la Meeting to discuss scientific topics related to pressure metrology that are of interest to NIST, LACOMET, and the University of Costa Rica, que se llevará a cabo del 07 al 14 de abril del Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo, viáticos para hospedaje y alimentación serán asumidos por el National Institute of Standards and Technology (NIST) -Instituto Nacional de Metrología de los Estados Unidos de América. Artículo 3 Rige a partir del día 06 de abril al 14 de abril del 2013, devengando el funcionario el 100% de su salario. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los dos días del mes de abril del dos mil trece. Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N 002. Solicitud N (IN ). N 019-MEIC LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 1, 27 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de Así como lo

5 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 5 establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2013, Ley N 9103 del 04 de diciembre del 2012; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el curso Desarrollo Empresa Sostenible: Competitividad con Equidad para adquirir las practicas sobre políticas del desarrollo empresarial, con el fin de intercambiar conocimientos, experiencias y lecciones aprendidas con individuos de organizaciones con intereses comunes en desarrollo empresarial sostenible y conocer los productos y metodologías de la OIT en desarrollo empresarial sostenible. II. Que dicha actividad se llevará a cabo del día 22 al día 26 de abril de 2013, en la Ciudad de Lima, Perú. III. Que la participación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) reviste especial interés en este evento, ya que podrá compartir y presentar junto con otros expositores internacionales, experiencias en los temas enfocados al país. Por tanto: Artículo 1 Autorizar al señor Andrés Julián Durán Poveda, portador de la cédula de identidad , en su condición de funcionario de la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a la ciudad de Lima, Perú y participe en el curso Desarrollo de Empresa Sostenible: Competitividad con Equidad, que se llevará a cabo del día 22 al día 26 de abril del Artículo 2 Los gastos por concepto de hospedaje, alimentación de desayunos y almuerzos y tiquete aéreo los cubre la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Los gastos por concepto de cenas serán cubiertos por el programa Actividades Centrales, subpartida Viáticos al Exterior del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de $119,40 (Ciento diecinueve dólares con cuarenta centavos de dólar). Artículo 3 Rige a partir del día 21 de abril de 2013 y hasta su regreso el día 27 de abril del mismo año, devengando el funcionario el 100% de su salario. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, en la ciudad de San José, a los tres días del mes de abril de dos mil trece. Mayi Antillón Guerrero, Ministra de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Nº 020-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 y en la Ley del Presupuesto N 9103, publicada en La Gaceta N 242, Alcance N 204 de fecha 14 de diciembre de 2012, para el ejercicio económico del año 2013 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º Que la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA) realizará la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA, en la Ciudad de Managua, Nicaragua, del 28 de febrero y 1 de marzo de 2013, a la cual este Ministerio fue invitado a participar. 2º Que el Señor Hárold Quirós Mora, como chofer del señor Viceministro de Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT, Cap. Luis Carlos Araya Monge; será quien realice el traslado vía terrestre hacia Ciudad de Managua, Nicaragua. Por tanto: Artículo 1º Autorizar al Señor Hárold Quirós Mora, cédula de identidad Nº , funcionario del Despacho de Transporte Aéreo Marítimo Portuario del MOPT, para que realice el traslado del Viceministro a la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA organizado por el COCESNA, a realizarse en la Ciudad de Managua, Nicaragua, del 27 de febrero y 2 de marzo del presente año. Artículo 2º El MOPT le girará por concepto de viáticos en el exterior la suma de $ y por impuestos de salida y entrada la suma de $56.00 para un total de $680, con cargo a la subpartida del Programa 326, Actividad 01. Artículo 3º Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado funcionario para participar en las actividades indicadas en el Artículo 1, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º Rige a partir del 27 de febrero del Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los ocho días del mes de febrero del Dr. Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº 027-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Con fundamento en lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 y en la Ley del Presupuesto N 9103, publicada en La Gaceta N 242, Alcance N 204 de fecha 14 de diciembre de 2012, para el ejercicio económico del año 2013 y el Reglamento de Gastos de Viaje de la Contraloría General de la República. Considerando: 1º Que la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA) realizara la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA, en la Ciudad de Managua, Nicaragua, del 28 de febrero y 1 de marzo de 2013, a la cual este Ministerio fue invitado a participar. 2º Que el Señor Luis Guillermo Guzmán Garro; chofer del señor Viceministro de Transporte Terrestre y Seguridad Vial del MOPT, Lic. Rodrigo Rivera Fournier; será quien realice el traslado vía terrestre hacia Ciudad de Managua, Nicaragua. Por tanto: Artículo 1º Autorizar al Señor Luis Guillermo Guzmán Garro, cédula de identidad Nº , funcionario del Despacho Transporte Terrestre y Seguridad Vial del MOPT, para que realice el traslado del Viceministro a la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del COCESNA organizado por el COCESNA, a realizarse en la Ciudad de Managua, Nicaragua, del 27 de febrero y 02 de marzo del presente año. Artículo 2º El MOPT le girará por concepto de viáticos en el exterior la suma de $ y por impuestos de salida y entrada la suma de $56.00 para un total de $680, con cargo a la subpartida del Programa 326, Actividad 01. Artículo 3º Que durante los días en que se autoriza la ausencia del citado funcionario para participar en las actividades indicadas en el Artículo 1, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º Rige a partir del 27 de febrero del Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los dieciocho días del mes de febrero del Dr. Pedro Castro Fernández, Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). MINISTERIO DE SALUD N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

6 Pág 6 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Considerando: I. Que del 06 al 08 de marzo del 2012, tendrá lugar en la Ciudad de Panamá, Panamá, en el Taller Subregional sobre identificación, diagnóstico y tratamiento de la depresión en el adolescente y este Despacho considera importante la participación de la Lic. Rosibel Méndez Briceño, cedula , funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, en la actividad de cita. Por tanto: Artículo 1 Designar a la Licda. Rosibel Méndez Briceño, cedula , funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista y participe en el Taller Subregional sobre identificación, diagnóstico y tratamiento de la depresión en el adolescente ; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 06 al 08 de marzo del Artículo 2 Los gastos de la Lic. Rosibel Méndez Briceño, cedula , por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Centro Colaborador del Dalhousie, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la Licda. Rosibel Méndez Briceño, estará saliendo el día 05 de marzo y regresando el 09 de marzo del Artículo 5 Rige del 05 al 09 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los dieciséis días del mes de enero del dos mil doce. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza, Viceministro de Salud, con cedula de identidad Nº , para que asista y participe en el Taller de Equidad en Salud ; que se llevará cabo en la Ciudad de Montevideo, Uruguay, del 19 al 21 de noviembre del Artículo 2 Los gastos de viaje del Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por EUROsociAL II, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el Dr. Adolfo Enrique Ortiz Barboza, estará saliendo del país el día 18 de noviembre y regresando el día 22 de noviembre del Artículo 5 Rige del 18 de noviembre al 22 de noviembre del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los doce días del mes de noviembre del dos mil doce. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, cédula de identidad Nº , funcionario de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asista y participe en la Reunión Internacional Multisectorial ; que se llevará a cabo en la Ciudad de Lima, Perú, del 27 al 29 de noviembre del Artículo 2 Los gastos del Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Plataforma Regional de Residuos Eléctricos en conjunto con el Instituto Federal Suizo de Investigación y Prueba de Material EMPA con apoyo del Ministerio de Salud de Perú, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el funcionario estará saliendo el día 26 de noviembre y regresando el día 30 de noviembre del Artículo 5 Rige del 26 de noviembre al 30 de noviembre del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los doce días del mes de noviembre del dos mil doce. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). No. DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1. Designar a la Dra. Ericka Barquero Rojas, Odontóloga, cédula de identidad Nº , funcionaria de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Brunca, para que asista y participe en el Curso Presencial sobre Género, Diversidad Cultural y Derechos Humanos ; que se llevará cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 25 de febrero al 01 de marzo del Artículo 2. Los gastos del viaje de la funcionaria Sra. Ericka Barquero Rojas, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3. Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4. Para efectos de itinerario la Sra. Ericka Barquero Rojas, estará saliendo del país el día 24 de febrero y regresará el día 02 de marzo del Artículo 5. Rige del 24 de febrero al 02 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud.- San José a los seis días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, Msc. Ministra de Salud. 1 vez. OC Sol (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la Licda. Jennifer Lee Alvarado, cédula de identidad Nº , Jefe Unidad de Control de la Dirección de Regulación de la Salud, para que asista y participe en la Reunión del Grupo Consultivo del Proyecto Escuela Regional Virtual de Inspección de Alimentos en América Central y República Dominicana ; que se llevará cabo en la Ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 5 al 6 de febrero del 2013.

7 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 7 Artículo 2 Los gastos del viaje de la funcionaria Licda. Jennifer Lee Alvarado, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el IICA, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario Licda. Jennifer Lee Alvarado, estará saliendo del país el día 4 de febrero y regresará el día 7 de febrero del Artículo 5 Rige del 4 de febrero al 7 de febrero del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los seis días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la Dra. María Ethel Trejos Solórzano, Médica Epidemióloga cédula de identidad Nº , Directora de Vigilancia de la Salud, para que asista y participe en el Taller 3rd wordshop for MICS 4 on Data Dissemination and Further Analysis ; que se llevará cabo en la Ciudad, Parroquia de Christ Church, Barbados, del 4 al 9 de febrero del Artículo 2 Los gastos del viaje de la funcionaria Dra. María Ethel Trejos Solórzano, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario Dra. María Ethel Trejos Solórzano, estará saliendo del país el día 03 de febrero y regresará el día 10 de febrero del Artículo 5 Rige del 03 de febrero al 10 de febrero del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-MG LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD En el uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 1), 20) y 146 de la Constitución Política; 28 Ley N 6227 de 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública y 18, 19 y 20 de la Ley N 5412 de 5 de noviembre de 1973 Ley Orgánica del Ministerio de Salud Decreto Ejecutivo N S del 12 de enero de 2012 Reglamento para el Control de Drogas, Estupefacientes y Psicotrópicas. ACUERDAN: Artículo 1 Designar como representante suplente de la Dirección General de Salud, ante la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes, al Dr. Luis Fernando Sancho Rojas, cédula N Artículo 2 Rige a partir del 13 de diciembre de Dado en la Presidencia de la República. San José, a los quince días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. La Ministra de Salud, Dra. Daisy María Corrales Díaz. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Roberto Arroba Tijerino, Medicina del Trabajo, cédula de residencia N , y la Dra. Hilda Salazar Bolaños, Epidemióloga, cédula de identidad N , funcionarios de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que participen en la Reunión sobre carfa de la enfermedad neumocócica en adultos ; que se llevará cabo en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, los días 05 y 06 de marzo del Artículo 2 Los gastos del Dr. Roberto Arroba Tijerino y la Dra. Hilda Salazar Bolaños por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el Dr. Roberto Arroba Tijerino y la Dra. Hilda Salazar Bolaños, estarán saliendo del país el día 04 de marzo y regresarán el día 07 de marzo del Artículo 5 Rige del 04 de marzo al 07 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la Dra. Sisy Castillo Ramírez, Psiquiatra, cédula N , Viceministra de Salud, para que asista al Taller sobre regulación, empaquetado y etiquetado de productos de tabaco ; que se llevará cabo en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 05 al 07 de marzo del Artículo 2 Los gastos de la Dra. Sisy Castillo Ramírez, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la Dra. Sisy Castillo Ramírez, estará saliendo del país el día 04 de marzo y regresará el 08 de marzo del Artículo 5 Rige del 04 de marzo y regresará el 08 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978.

8 Pág 8 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Artículo 1 Designar a la Bach. Daisy Benítez Rodríguez, cédula de identidad N , funcionaria de la Dirección de Garantía de Acceso a los Servicios de Salud, para que participe en la Reunión de expertos Iberoamericanos sobre Vigilancia Radiológica de la Chatarra y Recuperación de Fuentes Radioactivas ; que se llevará cabo en la ciudad de Veracruz, México, del 11 al 15 de febrero del Artículo 2 Los gastos de la Bach. Daisy Benítez Rodríguez, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la Bach. Daisy Benítez Rodríguez, estará saliendo del país el día 10 de febrero y regresará el 16 de febrero del Artículo 5 Rige del 10 de febrero al 16 de febrero del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los siete días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Roberto Arroba Tijerino, Médico General, cédula de residencia N , funcionario de la Dirección de Vigilancia de la Salud, para que participe en la Reunión de trabajo sobre los resultados de estudios de efectividad de la vacuna de influenza estacional ; que se llevará cabo en la ciudad de Antigua, Guatemala, del 25 al 27 de febrero del Artículo 2 Los gastos del Dr. Roberto Arroba Tijerino, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el Dr. Roberto Arroba Tijerino, estará saliendo del país el día 24 de febrero y regresará el día 28 de febrero del Artículo 5 Rige del 24 de febrero al 28 de febrero de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la MSc. Edda Quirós Rodríguez, cédula de identidad N , funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que participe en el Curso Subregional presencial sobre Género, Diversidad Cultural y Derechos Humanos, que se llevará a cabo en la Ciudad de San Salvador, El Salvador, del 25 de febrero al 01 de marzo del Artículo 2 Los gastos de la MSc. Edda Quirós Rodríguez, por concepto de transporte, alimentación y el hospedaje, serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la funcionaria MSc. Edda Quirós Rodríguez, estará saliendo el día 24 de febrero y regresará el día 02 de marzo del Artículo 5 Rige del 24 de febrero al 02 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, cédula de identidad N , funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que participe en la Reunión SAN ; que se llevará cabo en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el 27 de febrero del Artículo 2 Los gastos de la MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaria General del SICA, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la MSc. Cecilia Gamboa Cerdas, estará saliendo del país el día 26 de febrero y regresará el día 28 de febrero del Artículo 5 Rige del 26 de febrero al 28 de febrero del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Adolfo Ortiz Barboza, con cédula de identidad N , Viceministro de Salud; y el Dr. Luis Tacsan Chen, con cédula de identidad N , Director de Desarrollo Científico y Tecnológico, para que participen en el Taller de Homologación de Metodología 3D CAM ; que se llevará cabo en la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 04 al 05 de marzo del Artículo 2 Los gastos del Dr. Adolfo Ortiz Barboza y el Dr. Luis Tacsan Chen, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de los funcionarios en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

9 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 9 Artículo 4 Para efectos de itinerario los funcionarios Dr. Adolfo Ortiz Barboza y el Dr. Luis Tacsan Chen, estarán saliendo del país el día 03 de marzo y regresarán el día 05 de marzo del Artículo 5 Rige del 03 de marzo al 05 marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los veintiocho días del mes de febrero del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Rafael Salazar Portuguez, Médico Gineco-Obstetra, cédula de identidad N , Asesor del Despacho Ministerial, para que participe en la Reunión Evaluación y desafíos para la Salud Neonatal en las Américas ; que se llevará cabo en la ciudad de Lima, Perú, los días 12 y 13 de marzo del Artículo 2 Los gastos del Dr. Rafael Salazar Portuguez, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el Dr. Rafael Salazar Portuguez, estará saliendo del país el día 11 de marzo y regresará el día 14 de marzo del Artículo 5 Rige del 11 de marzo al 14 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los ocho días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2012; y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República. Artículo 1 Designar a la Lic. Isabel Picado Herrera, cédula de identidad N , funcionaria de la Dirección Regional de Rectoría de la Salud Central Occidente, para que participe como exponente en el VI Congreso Internacional de Universidades Promotoras de la Salud y en la IV Conferencia Puertorriqueña de Salud Pública ; que se llevará cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico, del 19 al 22 de marzo del Artículo 2 Los gastos por concepto de alimentación, hospedaje y taxis de la funcionaria Licda. Isabel Picado Herrera, serán financiados por presupuesto de Fideicomiso 872, Programa , Sub-Partida viáticos al exterior por la suma de ,28 Los gastos de tiquetes aéreos e impuestos de salida serán financiados por medio de Orden de Compra No. 11, partida tiquetes con impuesto de salida incluidos, por la suma de ,00. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la Licda. Isabel Picado Herrera, estará saliendo del país el día 18 de marzo y regresará el día 23 de marzo del Artículo 5 Rige del 18 de marzo al 23 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los once días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 inciso 2 b) de la ley No 6227 de 2 mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública ; 1 y 2 de la Ley N 5395 de 30 de octubre de 1973 Ley General de Salud. Considerando: I. Que del 01 al 05 de abril del 2013, el Ministerio de Salud y la Casa Sollievo Della Sofferenza San Giovanni Rotondo (FG) de Italia, organizarán en nuestro país el Seminario de Radiología Intervencionista. II. Que el objetivo de dicha actividad es capacitar a los funcionarios de los servicios de radiología de la Caja Costarricense del Seguro Social, con el fin de brindar un mejor servicio y de forma consecuente con los requerimientos de calidad necesarios a los pacientes. III. Que el tema y actividades relacionadas a la radiología intervencionista es una prioridad para el país, esto en virtud de los retos pendientes en el tema, particularmente con la escasez de radiólogos a lo interno de la Caja Costarricense del Seguro Social. Por tanto: ACUERDAN: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL EL SEMINARIO DE RADIOLOGIA INTERVENCIONISTA Artículo 1 Se declara de interés público y nacional, el Seminario de Radiología Intervencionista, a celebrarse en nuestro país, del 01 al 05 de abril de Artículo 2 Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas. Artículo 3 Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del mes de marzo de dos mil trece. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. La Ministra de Salud, Dra. Daisy María Corrales Díaz. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, cédula de identidad N , Director de Protección al Ambiente Humano, para que participe en el Taller Centroamericano de Capacitación Ambiental Responsable de Residuos de aparatos Eléctricos (RAEE) ; que se llevará cabo en la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 19 al 21 de marzo del Artículo 2 Los gastos del Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Centro Regional del Convenio de Basilea para Centroamérica y México (CRCB-CAM), la Asociación para la

10 Pág 10 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Acción en Equipos de Computación (PACE), La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), La Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales de El Salvador, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario el Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, estará saliendo del país el día 18 de marzo y regresará el día 22 de marzo del Artículo 5 Rige del 18 de marzo al 22 de marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar a la MSc. Margarita Claramunt Garro, cédula de Identidad N , funcionaria de la Dirección de Planificación Estratégica y Evaluación de las Acciones en Salud, para que asista a la LXIII Reunión del Consejo Directivo del Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP) ; que se llevará cabo en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el 12 de abril del Artículo 2 Los gastos de la MSc. Margarita Claramunt Garro, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá (INCAP), por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario la MSc. Margarita Claramunt Garro, estará saliendo del país el día 11 de abril y regresará el día 13 de abril del Artículo 5 Rige del 11 de abril al 13 de abril del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N DM-FP LA MINISTRA DE SALUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de Artículo 1 Designar al Dr. Cristhoper Ureña Chacón, Médico General, cédula de identidad N , funcionario del Área Rectora de Salud de Esparza, para que participe en el Taller sobre inspección de buques y emisión de certificados de sanidad a bordo ; que se llevará cabo en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 18 al 22 de marzo del Artículo 2 Los gastos del Dr. Cristhoper Ureña Chacón, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por la Cooperación Suiza en América Central, por lo que no existe gasto a cargo del erario público. Artículo 3 Durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Para efectos de itinerario los funcionarios Dr. Cristhoper Ureña Chacón, estará saliendo del país el día 17 de marzo y regresará el día 23 de marzo del Artículo 5 Rige del 17 de marzo al 23 marzo del Dado en el Ministerio de Salud. San José, a los quince días del mes de marzo del dos mil trece. Publíquese. Dra. Daisy María Corrales Díaz, MSc., Ministra de Salud. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N MTSS EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Considerando: I. Que se ha recibido invitación por parte de la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral de la OEA para participar en el Taller RIAL Hacia condiciones más justas de trabajo: promoviendo la inclusión laboral con equidad el día 16 de abril de 2013; Segunda Reunión de los Grupos de Trabajo 1 y 2 de la XVII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), del 17 al 18 de abril de 2013; y Primera Reunión Preparatoria de la XVIII CIMT, el día 19 de abril de Dichas actividades tendrán lugar en la ciudad de Nassau, Bahamas. II. Que las actividades indicadas son de interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivos: 1) Identificar las lecciones aprendidas y recomendaciones de política para promover la inclusión laboral de las poblaciones en situación de vulnerabilidad, que tradicionalmente han sido marginadas o discriminadas en el mercado de trabajo; 2) Examinar con mayor profundidad los temas identificados en el Plan de Acción de San Salvador adoptado en la XVII CIMT en 2011, facilitar el intercambio de experiencias, proporcionar información pertinente y estudios y dar seguimiento a iniciativas hemisféricas relacionadas; y 3) Negociar y definir el Temario de la XVIII CIMT que se realizará entre el día 11 y 12 de noviembre de 2013 en Medellín, Colombia. III. Que la participación del señor Eugenio Solano Calderón, cedula , en estos eventos, responde a las funciones de Viceministro de Trabajo del Área Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto: Artículo 1 Designar al señor Eugenio Solano Calderón, cedula , Viceministro de Trabajo del Área Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para participar en: el Taller RIAL Hacia condiciones más justas de trabajo: promoviendo la inclusión laboral con equidad el día 16 de abril de 2013; la Segunda Reunión de los Grupos de Trabajo 1 y 2 de la XVII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), del 17 al 18 de abril de 2013; y la Primera Reunión Preparatoria de la XVIII CIMT, el día 19 de abril de 2013; actividades que se estarán realizando en la ciudad de Nassau, Bahamas. Artículo 2 Los gastos del señor Eugenio Solano Calderón, Viceministro de Trabajo del Área Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por concepto de tiquete aéreo serán financiados por la OEA y los gastos por concepto de viáticos al exterior serán sufragados a través de la subpartida del Programa 729 por la suma de US $407,00 diarios. Artículo 3 Que durante los días en que se autoriza al señor Eugenio Solano Calderón, Viceministro de Trabajo del Área Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Taller RIAL Hacia condiciones más justas de trabajo: promoviendo la inclusión laboral con equidad el día 16 de abril de 2013; la Segunda Reunión de los Grupos de Trabajo 1 y 2 de la XVII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), del 17 al 18 de abril de 2013; y la Primera Reunión Preparatoria de la

11 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 11 XVIII CIMT, el día 19 de abril de 2013; actividades que se estarán realizando en la ciudad de Nassau, Bahamas, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Rige a partir del 15 y hasta el 20 de abril de Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social a las once horas del día diez de abril de dos mil trece. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. 1 vez. O. C. N Solicitud N AC. (IN ). N MTSS EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Considerando: I. Que se ha recibido invitación por parte del proyecto Reforzar las Capacidades para la elaboración y análisis de los indicadores del trabajo decente (RECAP), para participar en un Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de II. Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivos: i) presentar los principales productos y actividades realizadas en el marco del proyecto, ii) presentar las nuevas herramientas metodológicas de la OIT sobre la recolección y el análisis de los indicadores de trabajo decente y iii) discutir de las necesidades y de las oportunidades para sostener y reforzar las realizaciones del proyecto. III. Que la participación de la señora María Gabriela Romero Valverde, cédula , en este evento, responde a las funciones Oficial Mayor y Directora Administrativa y Financiera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto: Artículo 1 Designar a la señora María Gabriela Romero Valverde, cédula , Oficial Mayor y Directora Administrativa y Financiera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de Artículo 2 Los gastos de la señora María Gabriela Romero Valverde, por concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo, serán asumidos por el Proyecto RECAP. Artículo 3 Que durante los días en que se autoriza la participación de la señora María Gabriela Romero Valverde, Oficial Mayor y Directora Administrativa y Financiera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de 2013, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Rige a partir del 5 y hasta el 10 de mayo de Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social. San José, a los doce días del mes de abril de dos mil trece. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. 1 vez. O. C. N Solicitud N AC. (IN ). N MTSS EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25 inciso 2 y 28 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos 7, 31, 34 y concordantes, del Reglamento de Gastos de Viajes y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Considerando: I. Que se ha recibido invitación por parte del proyecto Reforzar las Capacidades para la elaboración y análisis de los indicadores del trabajo decente (RECAP), para participar en un Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de II. Que dicha actividad es de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que tiene como objetivos: i) presentar los principales productos y actividades realizadas en el marco del proyecto, ii) presentar las nuevas herramientas metodológicas de la OIT sobre la recolección y el análisis de los indicadores de trabajo decente y iii) discutir de las necesidades y de las oportunidades para sostener y reforzar las realizaciones del proyecto. III. Que la participación del señor Eduardo Díaz Alemán, cédula , en este evento, responde a la función de Jefe del Departamento de Desarrollo Organizacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto: Artículo 1 Designar a Eduardo Díaz Alemán, cédula , Jefe del Departamento de Desarrollo Organizacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en el Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de Artículo 2 Los gastos del señor Eduardo Díaz Alemán, por concepto de hospedaje, alimentación y tiquete aéreo, serán asumidos por el Proyecto RECAP. Artículo 3 Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Eduardo Díaz Alemán, Jefe del Departamento de Desarrollo Organizacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el Taller para diseminar los resultados del proyecto RECAP que tendrá lugar en la sede del Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Turín, Italia, del 7 al 9 de mayo de 2013, devengará el 100% de su salario. Artículo 4 Rige a partir del 5 y hasta el 10 de mayo de Dado en el Despacho del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social. San José, a los doce días del mes de abril de dos mil trece. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social. 1 vez. O. C. N Solicitud N AC. (IN ). MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD N 007-C. San José, 15 de enero del 2013 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 140, inciso 20, 146 de la Constitución Política, el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y en el Decreto Ejecutivo N C del 14 de mayo de 1980 (Reglamento del Museo Nacional), y sus reformas. ACUERDAN: Artículo 1. Agradecer los valiosos servicios prestados al señor Rafael Gutiérrez Rojas, cédula de identidad N , como miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. Artículo 2 Reelegir a la señora Hazel Córdoba Soto, cédula de identidad N , como miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. Artículo 3 Rige a partir del 17 de diciembre del LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ).

12 Pág 12 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Nº 017-C. San José, 7 de febrero del 2013 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20, 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, y Considerando: I. Que por Acuerdo Ejecutivo N 007-C del 15 de enero del 2013, se le agradecieron los servicios prestados al señor Rafael Gutiérrez Rojas, cédula de identidad N , como miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica y se reeligió a la señora Hazel Córdoba Soto, cédula de identidad N , como miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. II. Que por un error material en el artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo N 007-C del 15 de enero del 2013, se consignó que rige a partir del 17 de diciembre del III. Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 157, permite la rectificación de errores materiales, siendo lo correcto proceder a rectificar el Acuerdo Ejecutivo N 007-C del 15 de enero del Por tanto: ACUERDAN: Artículo 1º Rectifíquese el artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo N 007-C del 15 de enero del 2013, para que se lea de la siguiente manera: Artículo 3 Rige a partir del 17 de diciembre del 2012, por un período de dos años. Artículo 2º Rige a partir del 15 de enero del LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº 018-C. San José, 7 de febrero del 2013 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 140 inciso 20, 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, y Considerando: I. Que por Acuerdo Ejecutivo N 008-C del 15 de enero del 2013, se nombró al señor Ives de la Goublaye de Menorval Rodríguez, cédula de identidad N , como miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. II. Que por un error material en el artículo 1 del Acuerdo Ejecutivo No. 008-C del 15 de enero del 2013, se consignó el nombre Ives de la Goublaye de Menorval Rodríguez. III. Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 157, permite la rectificación de errores materiales, siendo lo correcto proceder a rectificar el Acuerdo Ejecutivo N 008-C del 15 de enero del Por tanto: ACUERDAN: Artículo 1º Rectifíquese el artículo 1 del Acuerdo Ejecutivo N 008-C del 15 de enero del 2013, para que se lea de la siguiente manera: Artículo 1 Nombrar al señor Yves de la Goublaye de Menorval Rodríguez, cédula de identidad N , miembro de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. Artículo 2º Rige a partir del 15 de enero del LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº 022-C. San José, 12 de febrero del 2013 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en los artículos 140, inciso 20, 146 de la Constitución Política, el artículo 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, y en el Decreto Ejecutivo N C del 14 de mayo de 1980 (Reglamento del Museo Nacional), y sus reformas. ACUERDAN: Artículo 1 Reelegir a las señoras Virginia Chacón Arias, cédula de identidad N y Carolina Mora Chinchilla, cédula de identidad N , como miembros de la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica. Artículo 2 Rige a partir del 12 de febrero del 2013, por un período de dos años. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Cultura y Juventud, Manuel Obregón López. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ Nº 020-MJP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N 5338 del veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo Nº JP del dos de febrero del dos mil once. ACUERDAN: Artículo 1 Nombrar al señor Luis Diego Hidalgo Pereira, cédula de identidad número , como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Trascender, cédula jurídica número , inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Artículo 2 Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para su respectiva inscripción. Artículo 3 Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, el día veintiséis de febrero del dos mil trece. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro. 1 vez. O. C. N Solicitud N OM. (IN ). MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA N MINAE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA En uso de las facultades que les confieren los artículos 11, 140 inciso 3) y 8) de la Constitución Política, y en relación con lo dispuesto en los artículos 11, 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N 7554 del 4 de octubre de Considerando: I. Que mediante la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N 7554, se crea la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), como una entidad de desconcentración máxima del Ministerio de Ambiente y Energía, con competencia exclusiva en la armonización de obras, actividades y proyectos con el ambiente, siendo el ente técnico encargado de analizar las evaluaciones de impacto ambiental y determinar o no la viabilidad de las obras, actividades o proyectos que se sometan a su aprobación. II. Que la SETENA se compone de una Comisión Plenaria deliberante, compuesta por varias instituciones públicas que desarrollan un papel importante en la gestión ambiental de este país, integrada de la siguiente forma: a) Un representante del Ministro de Ambiente y Energía, quien será el Secretario General. b) Un representante del Ministerio de Salud, con especialidad en ingeniería sanitaria. c) Un representante del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, con especialidad en hidrología. d) Un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con especialidad en agronomía. e) Un representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con especialidad en ingeniería civil. f) Un representante del Instituto Costarricense de Electricidad, con especialidad en desarrollo energético. g) Un representante de las universidades estatales, con especialidad en biología.

13 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 13 Se autoriza a las instituciones enumeradas en este artículo, para que puedan destacar permanentemente a su representante en la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. Cuando lo requiera, esta Secretaría podrá solicitar ayuda técnica a otras instituciones del Estado. 3 Que actualmente el Ministerio de Salud, y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, han acreditado ante el MINAE sus respectivas representaciones ante la Comisión Plenaria de la SETENA, razón por la cual debe cumplirse con la formalidad de publicar dichas designaciones para garantizar la publicidad de la misma y a la vez la certeza jurídica de las personas designadas. Por tanto: ACUERDAN: 1 Nombrar con la condición y vigencia con la que se indica, como miembro representante de la respectiva institución o entidad ante la Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, a las siguientes personas: a) En representación del Ministerio de Salud, al señor Jorge Boza Quesada, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, vecino de Guadalupe, y portador de la cédula de identidad número , por un plazo de seis años a partir del veinticinco de febrero del año dos mil trece. b) En representación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, la señora Katherine Miranda Barzallo, mayor de edad, casada, Ingeniero Civil, vecina de San Miguel de Desamparados, y portador de la cédula de identidad número , por un plazo de seis años a partir del veinticinco de febrero del año dos mil trece. 2 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley Orgánica del Ambiente, ambos integrantes serán funcionarios de tiempo completo, con dedicación exclusiva y prohibición para el ejercicio de sus actividades personales, profesionales y particulares. 3 Rige a partir de la publicación en La Gaceta. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de febrero del dos mil trece. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de Ambiente y Energía, Dr. René Castro Salazar. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). DOCUMENTOS VARIOS HACIENDA TESORERÍA NACIONAL ASESORÍA JURÍDICA AVISOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Eric Ramón Chacón Valerio, cédula de identidad número uno-cero setecientos ochenta y ocho-cero novecientos veinticuatro, ha solicitado ante la Tesorería Nacional, la reposición de los siguientes títulos valores: 1 cupón de intereses N 07, por un monto de 6.894,27, tasa básica, vence el 26/12/2011, 1 cupón N 08, por un monto de 7.091,25, tasa básica, vence 26/03/2012, ambos cupones pertenecen al Título Principal Tasa Básica N 1593, que vence el 26/03/2012, por un valor de: ,80, a nombre de: Chacón Valerio Eric Ramón. San José, 8 de abril del Lic. Daniela López Hernández. RP (IN ). Para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Eric Ramón Chacón Valerio, cédula de identidad número uno-cero setecientos ochenta y ocho-cero novecientos veinticuatro, ha solicitado ante la Tesorería Nacional, la reposición de los siguientes títulos valores: 1 cupón de intereses N 07, por un monto de ,69, tasa básica, vence 26/12/2011, 1 cupón N 08, por un monto total de ,91, tasa básica, vence 26/03/2012, ambos cupones pertenecen al Título de Propiedad de Deuda Interna TPTBP N 1514, cuyo vencimiento es: 26/03/2012, por un valor de ,74, a nombre de: Chacón Valerio Eric Ramón. San José, el 8 de abril del Lic. Daniela López Hernández. RP (IN ). ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA RESOLUCIÓN N LACOMET En uso de las facultades y prerrogativas conferidas en la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de mil novecientos setenta y ocho (Ley General de la Administración Pública), artículos 152, 153 siguientes y concordantes; Decreto Ejecutivo Nº MEIC, del 4 de agosto del dos mil ocho (Reglamento para el reconocimiento de unidades de verificación metrológica), artículo 11, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, incisos h) y j) de la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley Nº 8279 del 2 de mayo de 2002; artículo 11 del Decreto Ejecutivo Nº MEIC, Reglamento al Capítulo III de la Ley Nº 8279, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 112 del 9 de junio del 2004; artículo 34 de la Ley de Protección y Defensa del Consumidor, Ley Nº 7472 del 20 de diciembre de 1994; artículo 8 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos de Trámites Administrativos, Ley Nº 8220 del 04 de marzo del 2002; artículo 6 del Decreto Ejecutivo Nº MEIC, Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del Considerando: I. Que con la Ley N 8279, en el numeral 8 se crea el Laboratorio Costarricense de Metrología, -LACOMET- como órgano de desconcentración máxima adscrito al MEIC, con personalidad jurídica instrumental para el desempeño de sus funciones, las cuales están detalladas en el numeral 9, ibídem. II. Que el inciso i) del artículo 9, le atribuye al LACOMET la facultad de: ( ) i) Reconocer a instituciones públicas o privadas, físicas o jurídicas, como Unidades de Verificación Metrológicas, de acuerdo con los requisitos legales y técnicos que el disponga. Cuando la institución no esté acreditada, el laboratorio, justificando debidamente la necesidad del reconocimiento, podrá concederlo y le otorgará el plazo máximo de tres años para que obtenga la acreditación correspondiente. ( ) III. Que en fecha once de enero del dos mil diez se concedió el reconocimiento como Unidad de Verificación Metrológica al amparo del artículo 9, inciso i) de la Ley N 8279, entre otras instituciones públicas o privadas, físicas o jurídicas, a la que se describe en cuadro adjunto: Código UVM Unidad Verificación Metrológica Servicio de comunicaciones y transporte público Fecha venc. Fecha en que se otorgó IV. Que al tenor de las estipulaciones legales del artículo 9, inciso i) de la Ley N 8279, dicho reconocimiento, podrá concederlo el Lacomet a cada Unidad de Verificación Metrológica, por un plazo máximo de tres años. V. Que habiéndose cumplido con el plazo señalado de tres años respecto al otorgamiento de reconocimiento como Unidad de Verificación Metrológica por parte del Lacomet a favor de la Unidad de Verificación Metrológica de cita en el considerando segundo, la Administración se arroga la prerrogativa de retirar en forma definitiva el reconocimiento conferido. VI. Que para la realización de la presente resolución, se han observado todas las disposiciones normativas que rigen la materia. Por tanto: LA DIRECTORA DEL LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA De conformidad con las estipulaciones legales y normas de cita, RESUELVE: Artículo 1 Que habiéndose cumplido el plazo de tres años a partir del reconocimiento como Unidad de Verificación Metrológica en fecha once de enero del dos mil trece, a la empresa Servicio de Comunicaciones y Transporte Público se retira definitivamente el reconocimiento como Unidad de Verificación Metrológica por acaecimiento del plazo según detalle adjunto:

14 Pág 14 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Código UVM Unidad Verificación Metrológica Servicio de comunicaciones y transporte público Artículo 2 Notifíquese y publíquese. Fecha venc. Fecha en que se otorgó San Pedro de Montes de Oca, a las diez horas del dieciocho de abril del Ing. Ileana Hidalgo López, Directora. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO EDICTOS AE-REG-E-102/2013. El señor Gregorio Escalante Penney, cédula N , en calidad de representante legal de la compañía Abonos del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial NutriFeed MagPhos, compuesto a base de fosforo (55%), potasio (18%), magnesio (7%) todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a las 10:18 horas del 12 de abril del Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación. Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe. 1 vez. (IN )..AE-REG-E-101/2013. El señor Gregorio Escalante Penney, cédula N , en calidad de representante legal de la compañía Abonos del Pacífico S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante inorgánico de nombre comercial NutriFeed Pekacid, compuesto a base de fosforo (60%), potasio (20%) todos declarados en peso/peso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a las 10:00 horas del 12 de abril del Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación. Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe. 1 vez. (IN ). OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ La Dirección General de Aviación Civil, avisa sobre la segunda intimación de desalojo del hangar N 16-B del Aeropuerto Tobías Bolaños Palma, asignados a la empresa Next Gen Avionics Ltda., cédula jurídica N , por lo cual se emplaza a los interesados o representantes legales de dicha empresa para que se apersonen a oponerse a dicha gestión en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. Álvaro Vargas Segura, Subdirector General. O. C. N Solicitud N PRO. (IN ). La Dirección General de Aviación Civil, avisa sobre la recuperación de los espacios N 84 y 85 del Aeropuerto Tobías Bolaños Palma asignados a la empresa Rymvel S. A., cédula jurídica N , por lo cual se emplaza a los interesados o representantes legales de dicha empresa para que se apersonen a oponerse a dicha gestión en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. Álvaro Vargas Segura, Subdirector General. O. C. N Solicitud N PRO. (IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 4, Folio 126, Título N 2805, emitido por el Liceo Mauro Fernández Acuña, en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Gómez Montero William Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 6 de noviembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 39, Título N 49, emitido por el Centro Educativo Cristiano Reformado, en el año dos mil siete, a nombre de Hernández Víquez Carol Adriana, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 24 de abril del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 29, título N 164, emitido por el Liceo de Innovación Educativa de Matina, en el año dos mil cinco, a nombre de Sáenz Duarte José Elías, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 24 de abril del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25, título N 116, emitido por el Colegio Ambientalista de Pejibaye, en el año dos mil cinco, a nombre de Martínez Sojo Marcela, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 23 de abril del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 100, título N 1642, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puntarenas, en el año dos mil once, a nombre de Bolaños García Stev Abdul, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 25 de abril del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 95, título N 2796, emitido por el Liceo Regional de Flores, en el año dos mil ocho, a nombre de Chaves Ramírez María Isabel, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 24 de abril del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ).

15 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 15 PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 14, título Nº 837, emitido por el Colegio San Isidro de Heredia, en el año dos mil dos, a nombre de Vargas Guzmán Mónica Andrea, cédula N Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 87, título Nº 1226, emitido por el Instituto Superior Julio Acosta García, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Solís Briceño Heilyn Grisela, cédula N Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintidós días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 251, título Nº 2467, emitido por el Colegio Redentorista San Alfonso, en el año dos mil once, a nombre de Hernández Solórzano David, cédula N Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Área de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 258, título N 93, emitido por el Liceo Pacífico Sur, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Reyes Reyes Arcelia, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 157, título N 1468, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Morales Artavia Jeysel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 31 de enero del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 29, título N 369, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Gutiérrez Salazar Luis Henry, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veinticuatro días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 59, título N 194, emitido por el Colegio Técnico Profesional Guaycará, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de López Cascante Hermes Paulo, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintinueve días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 42, título Nº 106, emitido por el Colegio Sulayöm, en el año dos mil siete, a nombre de Torres Vargas Dannia Rosibeth. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Petterson Vargas Dania Rosibeth. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 09, título Nº 0055, emitido por el Liceo Innovaciones Tecnológicas Venecia, en el año dos mil ocho, a nombre de Rivas Torres Jessica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Torres Torrez Jessica de los Ángeles, cédula N Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los treinta días del mes de abril del dos mil trece. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Asociación de Productores de la Comunidad el Achiotal Cantón de Los Chiles, Alajuela siglas: APROCHIL. Expediente N 943-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 349 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible tomo 2, folio 255, asiento 4720 del 19 de abril del La Junta Directiva se formó de la siguiente manera: Presidente Vicepresidente Secretaria Tesorero Vocal 1 Vocal 2 Fiscal Luisa Barraza Obando Santos Arias Lara Adilia González Durán Carlos Hurtado Hurtado Damaris Dandoval Suárez Gregorio Martínez González Ángela Peña Martínez 19 de abril del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (IN ).

16 Pág 16 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PARA VER EL CAPÍTULO DE MARCAS FAVOR DE HACER CLICK AQUÍ

17 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 39 Patentes de invensión PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ La señora Marianella Arias Chacón, cédula N , en condición de apoderada de ST. Jude Medical, Cardiology División, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DISPOSITIVOS DE IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA Y MÉTODOS PARA EL SUMINISTRO TRANSCATÉTER DE VÁLVULAS DE CORAZÓN. Un dispositivo de suministro para una válvula cardiaca plegable incluye una palanca de operación y un ensamble de catéter. La palanca de operación incluye un bastidor/marco que define un espacio de movimiento en el mismo, un conjunto móvil/de carruaje movible dentro del espacio de movimiento, y un acoplador que tiene una posición bloqueada y una posición desbloqueada, el acoplador está conectado operativamente con el conjunto móvil para moverse en el mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; A61F 2/84; cuyo(s) inventor(es) es(son) Knippel, Bradley, C., Wang, Huisun, Thomas, Ralph, J., Daly, Jacob, J. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 12:24:15 del 10 de abril del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 12 de abril del Lic. José Castro Marín, Registrador. (IN ). La señora Marianella Arias Chacón, cédula N , en condición de apoderado de The Regents of The University of California, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ÁCIDO PAMOICO BLOQUEA LA SEÑALIZACIÓN POR ETILENO. La invención proporciona métodos y composiciones para modular la señalización del etileno y auxina y la producción de etileno en plantas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/36; A01N 31/08; A01N 27/00; A01N 3/02; A01P 21/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Larsen, Paul, Brian. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 11:24:00 del 21 de marzo del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 18 de abril del Lic. José Castro Marín, Registrador. (IN ). La señora Marianella Arias Chacón, cédula N , mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de ST. Jude Medical, Cardiology División, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada RETENEDORES PARA SISTEMAS DE COLOCACIÓN / SUMINISTRO TRANSCATÉTER DE VÁLVULAS DE CORAZÓN. Un dispositivo de colocación/ suministro 10 para una válvula cardiaca prostética plegable incluye un ensamble de catéter 16 que incluye un eje 26 alrededor del cual se define un compartimiento 23, el compartimento 23 está adaptado para recibir la válvula en una condición ensamblada, y un retenedor 30 que incluye un impulsor 32 y un soporte 34 adaptado para retener una porción de la cánula 106 de la válvula. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; cuyo(s) inventor(es) es (son) Wang, Huisun. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 12:23:10 del 10 de abril del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 12 de abril del Lic. Randall Abarca, Registrador. (IN ). La señora Marianella Arias Chacón, cédula N , mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de ST. Jude Medical Cardiology División, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MONTAJE / ENSAMBLAJE Y MÉTODO PARA CARGAR UNA VÁLVULA CARDÍACA PLEGABLE AUTO-EXPANDIBLE. Un ensamble/montaje (200) para plegar una válvula cardiaca prostética incluye un miembro de compresión (202) y un elemento impulsor (204). El miembro de compresión tiene un primerextremo abierto (208) con un primer diámetro, un segundo extremo abierto (210) con un segundo diámetro menor que el primer diámetro, y una pared cónica (206) entre el primer extremo abierto y el segundo extremo abierto. El elemento impulsor (204) tiene una base (232) adaptada para acoplarse a un extremo de la válvula. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61F 2/24; B23P 19/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Johnson, Michael, A., Glazier, Valerie, J., Wang, Huisun. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 12:23:20 del 10 de abril del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 12 de abril del Lic. Randall Abarca, Registrador. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, mayor, abogado, cédula N , vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MANIJA QUE SE SACA PARA DESCONEXIÓN. Aparatos, sistemas, y métodos asociados con una manija que se saca para desconexión para selectivamente conducir potencia entre conectores de quijada son provistos. En una forma de realización, la manija que se saca para desconexión incluye una base de manija moldeada y una cuchilla conductora configurada para vinculación por fricción con los conectores de quijada para proporcionar una trayectoria de corriente entre ellos. La cuchilla conductora es moldeada integralmente hacia el dedo retenedor de cuchilla. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G01R 31/327; cuyo(s) inventor(es) es (son) Ranta, Michael John. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 10:01:10 del 24 de setiembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 9 de enero del Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora. RP (IN ). El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula N , mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Intelligent Coffee Company, LLC., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada BOMBA Y DISPOSITIVOS DE MANTENIMIENTO DE UNA BOMBA. Se proporciona un cartucho para suministrar un líquido concentrado. El cartucho incluye un cuerpo hueco y una bomba. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B67D 7/58; cuyo(s) inventor(es) es (son) Vassaux, Mario E, Van Den Hoonaard, Paul. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 13:29:10 del 20 de junio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 4 de diciembre del Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador. RP (IN ).

18 Pág 40 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula N , mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: HERRAMIENTA Y MÁQUINA DE CALIBRACIÓN PARA CALIBRAR UN APARATO DE DISPARO TÉRMICO DE UN INTERRUPTOR DE CIRCUITO Y MÉTODO MEJORADO. Una máquina de calibración mejorada para calibrar un aparato de disparo térmico de un interruptor de circuito, emplea una herramienta teniendo un mango alargado y un par de elementos de vinculación (20A, 20B). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G01R 31/327; cuyo(s) inventor(es) es (son) Maloney, James Gerard. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 12:26:31 del 27 de setiembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 30 de noviembre del Lic. Randall Abarca, Registrador. RP (IN ). El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula N , mayor de edad, abogado, vecino de San José, apoderado especial de Eaton Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: BARRAS COLECTORAS CONDUCTORAS Y ENSAMBLAJE. Una pluralidad de barras colectoras conductoras mejoradas (4, 104, 204, 304, 404, 504) juntas forman un conjunto mejorado de barras colectoras (16). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G01R 31/327; cuyo(s) inventor(es) es (son) Sommer David Roger, Dinges Ralph James, Mazara Hoyma Joel. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 12:57:22 del 18 de junio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 4 de diciembre del Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador. RP (IN ). El señor Édgar Rohrmoser Zúñiga, cédula N , mayor de edad, vecino de San José, abogado, apoderado especial de Philip Morris Products S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODO Y APARATO PARA DEFINIR ARTÍCULOS FABRICADOS Y ALMACENAR DATOS RELACIONADOS CON LOS ARTÍCULOS FABRICADOS. Se describen un método y aparato para definir artículos fabricados identificados y almacenar datos para un lote de los artículos fabricados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: G06Q 10/00; G06F 17/30; cuyo(s) inventor(es) es(son) Fradet, Erwan, Sager, Alain, Mauroux, Patrick, Chanez, Patrick, Chatelain, Philippe. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 09:37:10 del 23 de julio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 14 de enero del Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador. RP (IN ). El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula N , en condición de apoderado de Strauss Water Ltd., de Israel, solicita el Diseño Industrial denominado: FUENTE DE AGUA POTABLE Y PURIFICADOR DE AGUA. El diseño consiste en la forma y/o patrón y/o configuración de una fuente de agua potable y purificador de agua tal como se muestra y se describe en las representaciones anexas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 6/04; cuyo (s) inventor(es) es(son) Haim Wilder, Michal Gur Shavit, Ram Elazar Ronen. La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 11:14:00 del 16 de noviembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 12 de abril del Lic. José Castro Marín, Registrador. RP (IN ). AMBIENTE Y ENERGÍA DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp A. Centro Agrícola Cantonal de Buenos Aires, solicita concesión de: 2 litros por segundo del Río Cañas, efectuando la captación en finca de Centro Agrícola Cantonal de Buenos Aires en Buenos Aires, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario acuicultura. Coordenadas / hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 22 de marzo de Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp. 9841A. Sociedad de Usuarios de Agua del Cerro La Mina, solicita concesión de: 0,07 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Inversiones Amandu S. A., en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas / hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 20 de marzo del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información,. (IN ). Exp. 8234A. Hacienda Montemar S. A., solicita concesión de: 50 litros por segundo del Río Ahogados, efectuando la captación en finca de su propiedad en Carrizal, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuarioriego-ornamentales. Coordenadas / hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 19 de marzo del Douglas Alvarado Rojas. Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp P. Representaciones Vacasionales GC S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, captado mediante el pozo número RG-922 en finca del mismo en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Boca del Monte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 08 de marzo del Jorge Bonilla Cervantes, Director. (IN ). Exp. 9867A. Félix Gerardo, Álvaro Carranza, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de José Luis Alvarado Carranza en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso agropecuario riego. Coordenadas / hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 15 de marzo del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp P. Villa Mathilde S. A., solicita concesión de: 0,012 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-673 en finca de su propiedad en Colón, Mora, San José, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo

19 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 41 dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 22 de marzo del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp P. Eledija S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-157 en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso turístico. Coordenadas / hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 16 de abril del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (I ). Exp. 7435A. El Guardián de San Ramón S. A., solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jiménez Hidalgo Carmen en San Ramón, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas / hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 04 de abril del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp. 8529A. Inmobiliria Monte Claro S. A., solicita concesión de: 0,50 litros por segundo de la Quebrada Bóveda, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pavones, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario abrevadero y agropecuario riego. Coordenadas / hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 08 de abril del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. (IN ). Exp. 7658A. Guido, Ivankovich Castro solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cot, Oreamuno, Cartago, para uso Agropecuario-Riego-Hortaliza. Coordenadas / hoja ISTARU. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 10 de agosto del Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Director. (IN ). Exp P. Las Hijas de la Playa S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo Artezanal en finca de su propiedad en Pavon, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja PAVON. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 4 de abril del Departamento de Aguas. José Miguel Zeledón Calderón, Director. (IN ). Exp P. Las Hijas de la Playa S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo Artezanal en finca de su propiedad en Pavon, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja PAVON. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 4 de abril del Departamento de Aguas. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Exp A S. A., solicita concesión de: 1,1 litros por segundo de la Quebrada Ojo de Agua, efectuando la captación en finca de Adolfo Villalobos Argüello en Guadalupe, Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso abrevadero, agropecuario riegolechería. Coordenadas / hoja Quesada. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 28 de noviembre del José Miguel Zeledón Calderón, Director. (IN ). Exp. 901-H. Hidroeléctrica Río Lajas S. A., solicita concesión de: 3000 litros por segundo del río Guayabo; 2500 litros por segundo del río Lajas, y 500 litros por segundo del río Torito, efectuando las captaciones en finca de su propiedad en Santa Teresa, Turrialba, Cartago, para uso fuerza hidráulica generación eléctrica privada autoconsumo, venta al Instituto Costarricense de Electricidad y terceros. Coordenadas: / / / y / respectivamente, hoja Tucurrique. Caída bruta (metros) m. Caída bruta (metros) m. Caída bruta (metros) m. Potencia teórica (Kw) 6291,8 kw. Potencia teórica (Kw) 5188,07 kw. Potencia teórica (Kw) kw. Propietarios de terrenos aguas abajo de la toma. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del término de un mes contado a partir de la primera publicación. San José, 12 de abril del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. (IN ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES RESOLUCIONES N 2010-M San José, a las nueve horas quince minutos del diecinueve de abril de dos mil trece. Exp. 129-S Diligencias de cancelación de credenciales de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Sabanilla, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la señora Lusitania Murillo Phillips. Resultando: 1º Mediante oficio número AC recibido en la Secretaría de este Tribunal el 16 de abril de 2013, el señor Mauricio Salas Vargas, secretario del Concejo Municipal de Montes de Oca, puso en conocimiento de este Tribunal el acuerdo adoptado por ese órgano en la sesión ordinaria del 28 de enero de 2013, en el que conoció la renuncia formulada por la señora Lusitania Murillo Phillips (folios 1 a 4). 2º En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley. Redacta el Magistrado Sobrado González; y Considerando: I. Hechos probados: Como tales y de relevancia para la resolución del presente asunto se tienen los siguientes: a) que la señora Lusitania Murillo Phillips, fue designada concejal propietaria del Concejo de Distrito de Sabanilla, cantón Montes de Oca, provincia San José, según resolución N 0258-E de las 9:10 horas del 11 de enero de 2011, que es Declaratoria de elección de síndicos propietarios y suplentes y miembros propietarios y suplentes de los Concejos de Distrito, correspondientes a los distritos del cantón Montes de Oca de la provincia de San José, para el período legal comprendido entre el siete de febrero de dos mil once y el treinta de abril de dos mil dieciséis (folios 7 a 11); b) que la señora Murillo Phillips fue propuesta por el partido Renovación Costarricense (folio 6); c) que el Concejo de Municipal de Montes de Oca, en la sesión celebrada el 28 de enero de 2013, conoció de la renuncia presentada por la señora Murillo Phillips (folios 1 y 2); y d) que el candidato que sigue en la nómina de concejales propietarios del partido Renovación Costarricense que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo en ese Concejo de Distrito, es el señor Jorge Gutiérrez Espeleta, cédula de identidad N (folios 5 y 6). II. Sobre la renuncia formulada por la señora Murillo Phillips: El artículo 56 del Código Municipal estipula que, en cualquier momento, los miembros de los Concejos de Distrito podrán renunciar a sus cargos y que corresponderá a este Tribunal realizar la sustitución. Ante la renuncia de la señora Murillo Phillips a su cargo de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Sabanilla, cantón Montes de Oca, provincia San José, lo que corresponde es, según lo que establece en el artículo 208 del Código Electoral, sustituir el puesto vacante con el candidato que sigue en la lista de propietarios que no resultó electo ni ha sido designado por este Tribunal para ejercer el cargo, que en este caso es el señor Jorge Gutiérrez Espeleta, cédula N , quien deberá ser juramentado por el Concejo Municipal de Montes de Oca a la mayor brevedad. Por tanto,

20 Pág 42 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Se cancela la credencial de concejal propietaria del Concejo de Distrito de Sabanilla, cantón Montes de Oca, provincia San José, que ostenta la señora Lusitania Murillo Phillips. En su lugar se designa al señor Jorge Gutiérrez Espeleta, cédula N Esta designación rige a partir de su juramentación y hasta el treinta de abril de dos mil dieciséis. Publíquese en el Diario Oficial. Notifíquese a la señora Murillo Phillips, al señor Gutiérrez Espeleta y al Concejo Municipal de Montes de Oca. Luis Antonio Sobrado González. Max Alberto Esquivel Faerron. Marisol Castro Dobles. Fernando del Castillo Riggioni. Ovelio Rodríguez Chaverri. 1 vez. (IN ). CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIONES OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Servicio de transporte de asfalto emulsiones asfálticas y diesel La Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 11 de junio de 2013, para la contratación citada anteriormente. El cartel se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema Comprared, en la dirección de Internet. San José, 6 de mayo del 2013 Dirección Proveeduría Institucional. Msc. Heidy Román Ovares, Directora. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Adquisición de artículos de hierro y acero La Dirección de Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 11 de junio del El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita en la dirección: a partir de la presente publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 7 de mayo del Dirección Proveeduría Institucional. Heidy Román Ovares, Directora. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). JUSTICIA Y PAZ PATRONATO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y ADQUISICIÓN DE BIENES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Compra de pollitos para el proceso productivo de pollo La Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia y Paz, ubicada 75 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente a la Escuela Marcelino García Flamenco (Calle Primera Avenidas 12 y 14), comunica a todos los interesados en la presente licitación que se tramitará exclusivamente a través de medios electrónicos, que la hora y fecha de apertura de ofertas-exclusivamente digitales-será a las 9:00 a.m. del 4 de junio del El cartel estará a disposición en el Sistema de Compras Gubernamentales Comprared a partir de esta fecha, en la dirección &TITUTRAM=1414, sitio al cual deberán también dirigirse todas las aclaraciones. San José, 8 de mayo del Lic. Rolando A. Chinchilla Masís, Proveedor Institucional. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº PC. Crédito. (IN ). AMBIENTE Y ENERGÍA SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Servicio de Fangueo A través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 12 de junio del El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección a partir del siguiente día hábil de la presente publicación. Lic. William Dalorzo Chinchilla, Proveedor Institucional a. í. 1 vez. O. C. Nº 001. Solicitud Nº Crédito. (IN ). BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N 2013LN Contratación de empresas que brinden el servicio de mantenimiento en enderezado y pintura para la flotilla vehicular del Banco La Oficina de Proveeduría y Licitaciones, invita a los interesados a participar en la presente licitación, la cual tendrá como fecha límite para la recepción de ofertas hasta las 10:00 horas del día 4 de junio del Los oferentes podrán obtener el pliego de condiciones en nuestras oficinas, situadas 200 metros al sur de la Estación de Servicio Delta, en las instalaciones del Edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, en Barrio La Lima de Cartago con un costo de 1.000,00. Así mismo, podrá solicitarlo por correo electrónico a rebeca.hernandez@bancreditocr.com con copia al correo electrónico rosa.leiton@bancreditocr.com, debiendo en este último caso confirmar la recepción al teléfono , extensiones 4114 // Contratación Administrativa. Lic. Waldo Giutta Alvarado, Ejecutivo. 1 vez. O. C. Nº 10. Solicitud Nº Crédito. (IN ). INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN UL Servicios de alimentación para pacientes hospedados en el albergue y para funcionarios de INS-Salud El Instituto Nacional de Seguros, recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 3 de junio del 2013, para la presente contratación. Los interesados pueden pasar a retirar el pliego de condiciones, sin costo alguno, en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso del Edificio de oficinas centrales o bien pueden ubicarlo en el sitio de Internet o Departamento de Proveeduría. Lic. Carmen Lidia González Ramírez, Subjefa. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Compra de agujas para medula ósea Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada Nº 2013LA , compra de agujas para medula ósea. Fecha máxima de recepción de ofertas 3 de junio del 2013, las 2:00 p.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de 500. Vea detalles en San José, 13 de mayo del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador. 1 vez. (IN ). HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Compra de reactivos para determinación virus Papiloma y Antígeno Chlamydia Se informa a los interesados que está disponible la Licitación Abreviada Nº 2013LA , compra de reactivos para determinación virus Papiloma y Antígeno Chlamydia. Fecha máxima de recepción de ofertas 30 de mayo del 2013, las 2:00 p.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de 500. Vea detalles en San José, 13 de mayo del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador. 1 vez. (IN ). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD LICITACIÓN PÚBLICA N 2013LI PROV Adquisición de Torno con Diámetro de Husillo de 533 mm para el C.S. Recursos Geotérmicos FONDOS BID El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 15 de julio del 2013, en la Ventanilla única en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del Edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

21 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 43 Requerimiento Adquisición de Torno con Diámetro de Husillo de 533 mm para el C.S. Recursos Geotérmicos Avisamos a los interesados en la licitación antes mencionada, que en nuestro sitio WEB se estarán publicando notas aclaratorias, modificaciones, anexos, eventuales prórrogas así como la adjudicación, por lo que les instamos a visitarlo periódicamente accesando nuestra dirección electrónica: PEL en la pestaña Adquisición de Bienes y Servicios, seleccionando la opción en recepción de ofertas. San José, 8 de mayo del Gerencia de Logística y Recursos Institucionales. Luis Fernando Araya Montero, Licitaciones-Proveeduría Institucional. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Compra de terrenos en el cantón de Alajuelita, provincia de San José, para el desarrollo de proyecto(s) de vivienda de interés social El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, avisa a todos los interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2013LN Compra de terrenos en el cantón de Alajuelita, provincia de San José, para el desarrollo de proyecto(s) de vivienda de interés social que recibirá ofertas hasta las diez horas del día 25 de junio del El pliego de condiciones está a la disposición de los interesados en el tercer piso Edificio Jutsini oficinas centrales INVU, Proceso de Proveeduría, previo el pago de 2.000,00 (dos mil colones). San José, 7 de mayo del Proceso de Proveeduría. Lic. Myrna Montejo Merino. 1 vez. (IN ). INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Contratación de servicios de fotocopiado y empaste según demanda de cuantía estimada para la Unidad Regional de Heredia El Proceso de Adquisiciones de Unidad Regional de Heredia del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 3 de junio del Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita 50 metros norte y 50 este de la Clínica de la CCSS en Heredia; o bien ver la página Web del INA, dirección Proceso de Adquisiciones. Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). AVISOS BCR VALORES PUESTO DE BOLSA S. A. LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Contratación de una consultoría para diseñar e implementar un Sistema de Gestión de la Calidad basado en la Norma ISO 9001:08 y para el rediseño de los principales procesos de negocios de BCR Valores S. A. BCR Valores Puesto de Bolsa S. A., recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 27 de mayo del 2013, para la contratación en referencia. Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Compras y Pagos, ubicada en el tercer piso del Edificio de Oficinas Centrales. Oficina de Compras y Pagos. Rodrigo Aguilar Solórzano, Licitaciones. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). BCR SOCIEDAD OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD Contratación de un miembro externo del Comité de Riesgos de BCR Pensiones BCR Sociedad Operadora de Planes de Pensiones Complementarias informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.), del 20 de mayo del 2013, para la contratación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, del Banco de Costa Rica, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales. El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m. Oficina de Compras y Pagos. Rodrigo Aguilar Solórzano, Licitaciones. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). BCR SOCIEDAD OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2013CD Contratación de un miembro externo del Comité de Inversiones de BCR Pensiones BCR Sociedad Operadora de Planes de Pensiones Complementarias informa que recibirá ofertas hasta las once horas con treinta minutos (11:30 a.m.), del 20 de mayo del 2013, para la contratación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Compras y Pagos, del Banco de Costa Rica, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales. El cartel para la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a.m. a 03:00 p.m. Oficina de Compras y Pagos. Rodrigo Aguilar Solórzano, Licitaciones. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). ADJUDICACIONES OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Adquisición de conmutadores de acceso para las oficinas del MOPT en San José Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Adjudicación Nº de las 9:12 horas del día 7 de mayo de 2013, se adjudica de la siguiente manera: Oferta Nº 2: S P C Internacional S. A., Nº cédula jurídica: , la(s) línea(s) Nº 00001, 00002, por un monto total de $ ,880 (trescientos ochenta y un mil ciento cincuenta y nueve dólares con ochenta y ocho céntimos) Todo conforme a la oferta y condiciones cartelarias. Se les aclara a todos los interesados que la presente es solo el resumen final de la adjudicación y que la resolución se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema Comprared, en la dirección de Internet. San José, 7 de mayo del Dirección Proveeduría Institucional. Heidy Román Ovares, Directora. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). AMBIENTE Y ENERGÍA SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LPN /OC-R Compra de equipo de cómputo A través de la Proveeduría Institucional, que se encuentra adjudicado el trámite. El interesado tiene la Resolución de adjudicación a disposición en la Proveeduría Institucional del SINAC ubicadas costado sur de la ULACIT, antiguas instalaciones del Banco HSBC, Barrio Tournón, San José, Costa Rica a partir del siguiente día hábil de la presente publicación. Lic. Marietta Tencio Olivas, Proveedora Institucional. 1 vez. O. C. Nº 001. Solicitud Nº Crédito. (IN ). BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2012LA Contratación de una empresa para que brinde el servicio de remodelación de los sistemas eléctricos de potencia en el edificio del Centro de Negocios San José La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, les comunica a los interesados en este

22 Pág 44 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 evento, que la adjudicación del mismo ha recaído sobre la empresa Corporación Ingeniería Electromecánica Industrial Coriem S. A., por un monto total de $ ,00. Proveeduría y Licitaciones. Marianela Jiménez Solano, Ejecutiva Contratación Administrativa. 1 vez. O. C. Nº 11. Solicitud Nº Crédito. (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL MÉXICO LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Reactivos de reacción de polimerasa en cadena (PCR) Empresa adjudicada: Capris S. A., a los subítems: A, B, C y D. Para los subítems: E, F, G, H, I y J, se declaran desiertos y se recomiendan volver a publicar. Vea detalles y mayor Información en San José, 7 de mayo del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Carmen Rodríguez Castro, Jefa. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA Placas radiográficas para Impresora Codonics Empresa adjudicada: Siemens S. A., vea detalles y mayor información en San José, 8 de mayo del Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora. 1 vez. (IN ). Cantidad Detalle Precio total 1 Ampliación solución de virtualización 6 Dimms de memoria capacidad de cada uno: 8 GB PC R (DDR3-1333) para Poweredge R710 2 Procesadores Intel Xeon Processor X5650 para Poweredge R710 1 Almacenamiento en Red SAN, marca DELL Equualogic PS6100X 1 Almacenamiento en Red, marca DELL, modelo PS4100X *En su oferta Base II Costos de Instalación, configuración y soporte, indican están incluidos en la oferta. $36.857,76 Plazo de entrega: No debe exceder los 30 días naturales Garantía: 3 años Forma pago: Según cartel Todos los demás términos y condiciones según cartel y oferta. 2. Oferta Nº 3 Alfa GPR Tecnologías S. A. Cédula jurídica: Renglón Nº Cantidad 2 1 Detalle Licencia de Microsoft Visual Studio 2012: SKU 77D VSProwMSDN LicSAPk OLP NL Gov Qlfd Precio unitario Precio total $772,50 $772,50 AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA ARESEP Equipo de cómputo y licencias para proyecto La Proveeduría de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº , comunica a los interesados en la Licitación Abreviada de referencia, que mediante oficio 281-GG-2013, la Gerencia acordó adjudicar la presente licitación según el siguiente detalle: 1. Oferta Nº 1 (Base I) Central de Servicios PC S. A. Cédula jurídica: MUNICIPALIDADES 3 2 MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN (ACT SPM) LICITACIÓN ABREVIADA 2013LA SPM Licencias de Microsoft SQL Server 2012: 7JQ SQL SvrEntCore 2012 OLP 2 Lic NL Gov CoreLic Qlfd $9.333,94 $18.667,88 Total adjudicado $19.440,38 Plazo de entrega: No debe exceder los 30 días naturales Forma pago: Según cartel Todos los demás términos y condiciones según cartel y oferta. Lo anterior constituye un resumen de la adjudicación, cuyo detalle completo se encuentra a la vista en el expediente. San José, 6 de mayo del Proveeduría Institucional. Jéssica Delgado L. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). Fabricación, ensamblaje e instalación de un elevador electrohidráulico de cabina cerrada para el Palacio Municipal La Proveeduría de la Municipalidad de Pérez Zeledón, acogiendo el acuerdo tomado por el Concejo Municipal de Pérez Zeledón, en la sesión ordinaria , artículo 9), inciso 12) celebrada el 30 de abril del 2013, dado para la adjudicación del procedimiento, que se señala en el encabezado, procede a contratar de la siguiente manera: A la empresa R. F. Construcción y Diseño S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil doscientos veintiséis, lo siguiente: Línea Cant. Descripción Precio Unit. Precio total 1 1 Fabricación, ensamblaje e instalación de un elevador electrohidráulico de cabina cerrada, modelo Silver Lift. Velocidad 0.15 cerrada, modelo Silver Lift. Velocidad 0.15 m/s. Capacidad: 400 kg 4 personas (1 silla + 2 acompañantes). Paradas 2. Recorrido máximo mm. Cabina: Modelo Silverlift Estándar según catálogo. Medidas: mm ancho x mm fondo, alto mm. Botonera braille. Luz de emergencia. Sintetizador de voz. Puerta de cabina: 01 -automática, telescópica de 2 puertas en acero inoxidable, PL=900mm con fotocelda de infrarojos. Puertas de piso: 02 automáticas telescópicas, 2 puertas en acero inoxidable, PL=900mm. Resistencia al fuego 30 minutos. Maniobra premontada universal, display. Control: botonera de llamadas en cada planta con señalización luminosa de ocupado. Alimentación: 220 volts, 60 Hz, monofásico. Medidas de hueco mm ancho x mm fondo, foso 200mm. Ducto de ascensor: estructura en acero y forro de material liviano, acabado de repello fino y pintura. Foso: Losa deconcreto reforzado, t = 15cm, acabado de repello fino y demás especificaciones técnicas, legales y administrativas establecidas en el cartel de licitación y oferta presentada, el cual será instalado en el Palacio Municipal , ,00 TOTAL ,00

23 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 45 El monto total adjudicado a la empresa R. F. Construcción y Diseño S. A., es de quince millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones con cero céntimos ( ,00) San Isidro de El General, tres de mayo del dos mil trece. Proveeduría. Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO LICITACION ABREVIADA Nº2013LA Señalización Vertical y Horizontal de las calles del Cantón de Montes de Oro y la demarcación lineal de 13 km de la Ciudad de Miramar y sus alrededores El Concejo Municipal de Montes de Oro, mediante el Inciso Nº 2.2, Capítulo Nº 11, de la Sesión Extraordinaria Nº10-13, celebrada el día 3 de mayo del 2013, acordó adjudicar la Licitación Abreviada N 2013LA Señalización Vertical y Horizontal de las calles del Cantón de Montes de Oro y la demarcación lineal de 13 km de la Ciudad de Miramar y sus alrededores a la Empresa: Consorcio de Empresas: Publiseñales de Costa Rica S. A. Cédula Jurídica Nº , Publivías S. A. Cédula Jurídica Nº , J&L Señalización y Arquitectura S. A. Cédula Jurídica Nº y M&P Obras Civiles S. A. Cédula Jurídica Nº ; por un monto de (Veintitrés millones seiscientos sesenta y cuatro mil colones con 00/100). Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN Proyecto Construcción Núcleo Cultural y Educativo El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, comunica que mediante acuerdo número 11 de la sesión ordinaria Nº celebrada el día 22 de abril del 2013, el Concejo Municipal acuerda adjudicar la Licitación Pública Nº 2012LN , denominada Proyecto Construcción Núcleo Cultural y Educativo, a favor de Constructora Joher S. A., cédula jurídica , por un monto de ,00, la cual cumple con los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas establecidas en el Cartel. Proveeduría. Zilenia Venegas Vargas, Proveedora. Gerardo Fuentes González, Alcalde. 1 vez. (IN ). HACIENDA REMATES Nº 2013RE Remate electrónico de propiedades del Ministerio de Hacienda La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda rematará en forma electrónica 5 propiedades. Las pujas se deberán realizar a través del sistema Comprared, a partir de las 9:00 horas del 29 de mayo del 2013, hasta las 9:00 horas del 30 de mayo del mismo año. El cartel y sus anexos se encuentra a disposición gratuita en el sistema Comprared, en la dirección de Internet. La ubicación, características, precios base y fechas para la inspección de las propiedades se indican a continuación: Línea Ubicación y descripción 1 San José, Escazú de la Cruz Roja 50 metros al norte, 300 metros oeste y 300 metros sur, segunda entrada de los Condominios Cerros de Escazú. Folio Real: Nº Avalúo: AV.ADM. SJ Nº del 25 de setiembre del Naturaleza: Terreno para construir (actualmente tiene una casa de habitación). Área según plano: 7.617,35m 2 Gravámenes: Indica servidumbre de paso. Fecha y hora de inspección: 15 de mayo del 2013, 9:00 a.m. 2 San José Curridabat, Tirrases, Urbanización Berroiba, 150 metros norte y 150 metros al este del Salón Comunal. Folio Real: (lote 12). Nº Avalúo: AV.ADM. SJ Nº del 21 de setiembre del Naturaleza: Terreno para construir Área según plano: m 2 Plano: SJ Gravámenes: Indica servidumbre trasladada. Fecha y hora de inspección: 16 de mayo del 2013, 9:00 a.m. Valor / Precio Base , ,00 Línea Ubicación y descripción 3 Guanacaste Santa Lucía de Porosal, carretera al Puente de la Amistad, km 18 del Bar el Burrito 2km al este. Folio Real: Nº Avalúo: AA del 19 se setiembre del Naturaleza: Terreno de repastos. Área según plano: ,42 m 2. Plano: G Gravámenes: No hay. Fecha y hora de inspección: 17 de mayo del 2013, 9:00 a.m. 4 Guanacaste Cañas Dulces de Liberia, 1200 metros llegando al Bar Las Albardas. Folio Real: Nº Avalúos: AA del 19 de setiembre del 2012, AA del 19 de setiembre del 2012 y AA del 19 de setiembre del Naturaleza: Terreno de potrero con una casa. Área según planos: 2, m 2. Plano principal: G Planos segregados: G , G y G Gravámenes: Indica reservas y restricciones. Fecha y hora de inspección: 21 de mayo del 2013, 3:00 p.m. 5 Mojón de Esparza, detrás del antiguo Salón Las Galaxias. Folio Real Nº Avalúo: AA del 14 de setiembre del Naturaleza:Terreno con 1 casa (la casa fue desmantelada). Área según plano: m 2 Plano: P Gravámenes: No hay. Fecha y hora de inspección: 20 de mayo, 1:00 p.m. Valor / Precio Base , , ,00 San José, 6 de mayo del Proveeduría Institucional. Msc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº A. Crédito. (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA Remate Nº Venta de cables, cobre y hierro El Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla, cédula instrumental Nº , invita a participar en el Remate Nº , cuyo objeto lo constituye la Venta de cables, cobre y hierro. El remate se llevará a cabo en el auditorio del Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla, al ser las 10:00 horas del día 31 de mayo del El material a revisar se encuentra ubicado en el Servicio de Mantenimiento y el Cartel en el Área de Gestión de Bienes y Servicios. Contactos con la Lic. Ligia Castrillo Morales o Greivin Blanco Padilla, al teléfono San Isidro de El General, 7 de mayo del Área de Gestión de Bienes y Servicios. Lic. Ligia Castrillo Morales. 1 vez. (IN ). REGISTRO DE PROVEEDORES CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA & TECNOLOGÍAS La Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a toda la Administración Pública, que mediante resolución GIT , del 17 de abril del 2013, acordó aplicar la sanción de inhabilitación por un periodo de 2 años a la empresa A & R Desarrollos y Edificaciones S. A., cédula jurídica , para la participación en todo procedimiento de contratación administrativa que promueva la Caja Costarricense de Seguro Social, de acuerdo a lo establecido en los artículos 100 inciso D) de la Ley de Contratación Administrativa y 215 a 218 de su Reglamento. Dicha resolución quedó en firme el día 2 de mayo del El periodo de 2 años de sanción rige a partir de esta publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 6 de mayo del Arq. Gabriela Murillo Jenkins, M.Sc. Gerente. 1 vez. (IN ). FE DE ERRATAS OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN Compra de unidades de tecnología móvil tipo Hand Held, impresoras, estuches, fajas elásticas, protectores de pantalla antirreflejo y puntero tipo lápiz para Hand Held El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa que la fecha y hora de apertura de la contratación de referencia queda en suspenso hasta nuevo aviso, por haberse presentado ante la Contraloría General de la República Recursos de Objeción al Cartel. San José, 8 de mayo del Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Proveedor Institucional. 1 vez. O. C. Nº 002. Solicitud Nº C-Crédito. (IN ).

24 Pág 46 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 EDUCACIÓN PÚBLICA PROYECTO EQUIDAD Y EFICIENCIA EN LA EDUCACIÓN PRÉSTAMO Nº 7284-CR 2013LPN PROV (LPN Nº 2013PP ) Construcción de obra nueva en la Red de Kekoldi, Escuelas Katuir, Patiño y Alto Margarita - Se prorroga la fecha de apertura y recepción de ofertas, trasladándose para el día 31 de mayo del 2013, a la misma hora. San José, 7 de mayo del Proveeduría. Lic. Marielena Molina Pacheco, Proveedora. 1 vez. (IN ). 2013LPN PROV (LPN Nº 2013PP ) Construcción de obra nueva en la Dirección Regional de Sulá y las Circuitales de Suretka: Gavilán, Sepeque, San Gabriel, Namaldí y Amubri - Se prorroga la fecha de apertura y recepción de ofertas, trasladándose para el día 30 de mayo del 2013, a la misma hora. San José, 7 de mayo del Proveeduría. Lic. Marielena Molina Pacheco, Proveedora. 1 vez. (IN ). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN Servicio de generalización cartográfica con base en la cartografía a escala 1:5.000 y conformación de la base topográfica digital a escala 1: del IGN El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, comunica que se prorroga la apertura de ofertas para la licitación de referencia para el 10 de junio del 2013 hasta las 9:00 horas y la fecha de la visita de oferentes para el 17 de mayo del 2013, a las 9:00 a.m. en las instalaciones de la Dirección Instituto Geográfico Nacional. San José, 6 de mayo del Lic. Hazel Ruiz Morales, Proveedora. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN DCADM (Prórroga Nº 1) Servicio de soporte técnico a la red de telecomunicaciones y mantenimiento preventivo y correctivo con repuestos para equipos de comunicación, (consumo según demanda) Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio, la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso para el día 05 de junio del 2013 a las 14:00 horas. Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables. San José, 7 de mayo del Área Gestión y Análisis de Compras. Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa. 1 vez. (IN ). LICITACIÓN PÚBLICA 2013LN DCADM (Enmienda Nº 3) Contratación de servicios para la confección, distribución y suministro de uniformes institucionales de tipo ejecutivo, para el personal de servicio al cliente del Banco Popular (consumo según demanda) La División de Contratación Administrativa comunica a los interesados en este concurso la Enmienda Nº 3 de oficio: En el Anexo Nº 1, punto 2.e. Composición: debe leerse correctamente: - Composición: 35% de algodón y 65% poliéster. Todas las demás condiciones, requisitos y fecha de apertura de ofertas se mantienen invariables. San José, 8 de mayo del Área Gestión y Análisis de Compras. Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa. 1 vez. (IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2013LN Suministro de sillas de ruedas La Subárea de Contratación Administrativa, les comunica a todos los interesados que el cartel de esta licitación ha sido modificado, por lo que pueden retirar dichas modificaciones en la Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa de este Centro Médico o bien pueden consultar en la página Web Así mismo se comunica que se prorroga la fecha de apertura para el 24 de mayo de 2013, a las 10:30 horas. Subárea de Contratación Administrativa. Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa. 1 vez. (IN ). HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA LICITACIÓN ABREVIADA N 2013LA Compra de jabón líquido para manos Se informa a los interesados que la Licitación Abreviada N 2013LA Compra de jabón líquido para manos. Fecha programada para la recepción de ofertas: 15 de mayo a las 2:00 p. m. Se traslada para el día: 23 de mayo a las 2:00p.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de 500. Vea detalles en San José, 8 de mayo del Lic. Yehudi Céspedes Quirós, Coordinador Sub-Área Contratación Administrativa. 1 vez. (IN ). ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN Aviso Nº 3 Lente intraocular plegable cámara posterior, lente intraocular rígido cámara anterior, lente intraocular rígido cámara posterior, según demanda A los oferentes interesados en participar en esta compra, se les comunica que la fecha para la apertura de ofertas se prorroga para el 4 de junio 2013 a las 9:00 horas, por ser este concurso una licitación pública de adjudicación por Junta Directiva. El resto del cartel permanece invariable. San José, 8 de mayo del Subárea de Carteles. Lic. Maynor Barrantes Castro, Jefe a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA PRI Cambio de aceite y filtros para vehículos de la sede del A y A (Modalidad: Según demanda) El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica Nº , comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 2, en la Dirección Proveeduría del A y A sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A, ubicado en Pavas o accesarla en el Web Link Proveeduría. Expediente Demás condiciones del cartel permanecen invariables. Dirección Proveeduría. Lic. Jeniffer Fernández Guillén. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). MINICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2013LN (Modificación al cartel) Contratación de servicios para atender actividades de la agenda cultural Modalidad de entrega según demanda Se comunica a los potenciales oferentes a participar en el proceso de contratación administrativa Licitación Pública Modalidad de Entrega por Demanda Nº 2013LN , con sustento en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa

25 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 47 y según oficio PCU del Proceso de Cultura con fecha 6 de mayo del 2013, se indica que del pliego de condiciones se elimina el renglón Nº 4 Servicios de apoyo logístico. Todas las demás condiciones permanecen invariables. Proveeduría. Lic. Cira Castro Myrie. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). PROCESO DE PROVEEDURÍA Se comunica a los potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 84, del tres de mayo de dos mil trece, que en acatamiento de lo dispuesto en el Artículo Nº 94 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se prorroga el plazo para la recepción de ofertas para el siguiente procedimiento de contratación administrativa: Licitación Pública Modalidad de Entrega Según Demanda Nº 2013LN Colocación de Mezcla Asfáltica y Señalización Vial Se recibirán ofertas hasta las ocho horas del día viernes, veinticuatro de mayo de dos mil trece. Todas las demás condiciones permanecen invariables. Cira Castro Myrie. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº Crédito. (IN ). MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA LICITACIÓN PÚBLICA N 2013LA Adquisición de un hidrovaciador La Municipalidad del Cantón Central de Alajuela, de conformidad con las facultades concedidas en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, comunica la prórroga a la fecha de apertura de ofertas y modificaciones al cartel de referencia, a saber: en el aparte III Especificaciones Técnicas del Hidrovaciador, corregir los puntos como se indican a continuación: 2. Deposito de Lodos: 2.3 Capacidad de 7500 litros (7,5 metros cúbicos), como mínimo. 2.8 Colador en la descarga de agua, pudiendo utilizarse uno o más elementos de colado, según las especificaciones de diseño de la máquina. La variación en la cantidad de elementos no será objeto de calificación El acero deberá cumplir con la norma correspondiente a su diseño, según las características de la máquina y debe demostrarse con catálogos originales de fábrica que se cumple con toda la información técnica. Estos catálogos deben venir acompañados por una declaración jurada notarial que indique que son auténticos y vigentes. 3. Depósito de Agua: 3.11 El depósito deberá tener todos los elementos que permitan el llenado desde la acera con cualquier hidrante a través de una manguera de 10 metros o superior, la cual debe ser incluida con el equipo. Esta manguera deberá poseer un compartimiento o equipamiento que permita su adecuado almacenamiento. Se prorroga la apertura de ofertas para las 10:00 horas del día 31 de mayo del presente año. Los demás términos cartelarios se mantienen invariables. Sub-Proceso de Proveeduría. Lic. Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDAD DE LIBERIA LICITACION PÚBLICA Nº 2012LN Construcción y Equipamiento del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil en el Cantón de Liberia Se transcribe acuerdo del Concejo Municipal de Liberia, artículo segundo, capítulo segundo de la Sesión Ordinaria N , celebrada el 18 de marzo de 2013, que dice: Informe de la Comisión de Hacienda y Presupuesto Acta Acuerdo N : La Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto le recomienda al Concejo Municipal, declarar desierta la Licitación Pública N 2012LN Construcción y Equipamiento del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil en el Cantón de Liberia, tomando en consideración la respuesta dada por la Contraloría General de la República sobre recurso de apelación interpuesto por la empresa FAIRUZA, según folios 673 al 682 y las recomendaciones dada por la Comisión de Licitaciones de la Municipalidad de Liberia, según folio 684 donde dan sus argumentos (resguardo a la Hacienda Municipal y al cumplimiento de normas presupuestarias) y que de inmediato la Administración procesa con el nuevo procedimiento para que Liberia cuente con un Centro de Cuido y Desarrollo Infantil. Notifíquese. Aprobado por tres votos positivos de los Regidores Elena Sotela, Álvaro Rosales G. y Eugenio Román. Acuerdo. El Concejo Municipal de Liberia Acuerda: aprobar informe de la Comisión de Hacienda y Presupuesto acta Definitivamente aprobado por 7 votos positivos de los regidores Eliécer Robles, Álvaro Rosales, Elena Sotela, Eugenio Román, Mario Baldioceda, Mayela García y Dennis Baltodano. Liberia, 17 de abril del Lic. Juan Pablo Mora Ulloa, Proveedor Municipal a. í.. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2012LN Proyecto Remodelación y Ampliación del Edificio Municipal El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, comunica que mediante acuerdo número 09 de la sesión ordinaria Nº 16-13, celebrada el 22 de abril del 2013, el Concejo Municipal acuerda: realizar la debida aclaración al acuerdo dos, tomado en sesion ordinaria 53-12, celebrada el 20 de diciembre del 2012, el cual corresponde a la adjudicación de la Licitación Pública Nº 2012LN , denominada Proyecto remodelación y ampliación del Edificio Municipal, a favor de Constructora Joher S. A., cédula jurídica , para el que el monto adjudicado se lea correctamente: ,11 libre de impuestos. Proveeduría. Zilenia Venegas Vargas, Proveedora. Gerardo Fuentes González, Alcalde. 1 vez. (IN ). AVISOS CORPORACIÓN GANADERA CORFOGA LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2013LA CG (Prórroga de apertura y cambios en el cartel licitatorio) Capacitaciones a Juntas Directivas de Cámaras de Ganaderos y sus respectivas Federaciones y/o Asociación Se comunica a los potenciales oferentes que el presente cartel de licitación ha sido variado en los siguientes puntos: 1. En el Punto 1 del Objetivo de la contratación, en todos los Punto B de los cinco ítems o talleres, deberán de impartirse en tres fechas en lugar de dos: a. Fecha 1: Primera quincena del mes en Guanacaste. b. Fecha 2: Primera quincena del mes en Guanacaste. c. Fecha 3: Segunda quincena del mes en San José. 2. En el Punto 1 del Objetivo de la contratación, se adiciona que, los talleres a desarrollar en Guanacaste deberán de programarse dos días seguidos, el primero a desarrollarse en el Cantón de Liberia y el segundo en el cantón de Santa Cruz. Lo anterior es aplicable para todos los talleres. 3. En el Punto 1 del Objetivo de la contratación, en el apartado 1.3, se varía que, el costo del lugar donde se imparten los talleres será contemplado por parte de la Administración y no por el oferente. 4. Como consecuencia de lo anterior, se modifica el apartado 1.4, en tanto que el costo del lugar donde se impartirán los talleres no será cubierto por el adjudicatario y el lugar será coordinado por la Administración de la Corporación Ganadera. 5. En el punto 5, Lugar y plazo de entrega de las ofertas, a raíz de los cambios realizados en el cartel licitatorio, se prorrogará la fecha de apertura del mismo para el día viernes 17 de mayo a las 15:00 horas. Le indico lo anterior para que se proceda con los respectivos comunicados. San José, 8 de mayo del Procesos de Apoyo. Paulina Hernández Mora, Coordinadora. 1 vez. (IN ).

26 Pág 48 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 REGLAMENTOS JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL La Auditora Interna de la Junta de Protección Social, de conformidad con las competencias que le otorga el inciso h) del artículo Nº 22 de la Ley Nº 8292, que establece que la Auditoría Interna debe mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna y Considerando: I. Que el artículo Nº 23 de la Ley Nº 8292, establece que la Auditoría Interna se organizará y funcionará conforme lo disponga el auditor interno de conformidad con las disposiciones, normas, políticas y directrices que emita el Órgano Contralor y que cada Auditoría dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento, acorde con la normativa que rige su actividad. II. Que mediante Resolución R-DC del 16 de diciembre de 2009, se derogaron las Directrices generales relativas al reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público (D CO-DFOE- DAGJ, emitidas con resolución R-CO del 17 de noviembre de 2006, publicada en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006). III. Que el apartado Nº 7 Sobre el procedimiento de aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna, y sus modificaciones de los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público 1, se estipuló lo siguiente: 7.3 Modificaciones al reglamento. Para la debida actualización del reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna, el auditor interno debe proponer al máximo jerarca institucional las modificaciones que estime necesarias. Habiendo sido aprobadas éstas por el jerarca, el auditor interno debe presentar a la Contraloría General una certificación de que lo aprobado cumple con la normativa aplicable, para que la Contraloría General otorgue su aprobación con base en esa certificación. Para el trámite de modificaciones debe observarse lo dispuesto en las normas precedentes en cuanto a la resolución de discrepancias y los plazos aplicables. IV. Que de conformidad con la norma Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, la organización y el funcionamiento de la auditoría interna deben formalizarse en un reglamento aprobado por las autoridades competentes, que se mantenga actualizado y que contenga las definiciones atinentes al marco de acción del ejercicio de esa actividad, referidas al menos a lo siguiente: naturaleza, ubicación y estructura organizativa, ámbito de acción, competencias y relaciones y coordinaciones. Por tanto, emite el siguiente: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento regula las actividades, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social, de conformidad con lo que establece el artículo Nº 23 de la Ley General de Control Interno; así como lo contemplado en las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, emitidas por la Contraloría General de la República mediante Resolución R-DC del 16 de diciembre de Adicionado mediante Resolución R-DC del 16 de diciembre de CAPÍTULO II De la organización de la Auditoría Interna Artículo 2 Auditoría Interna. La Ley General de Control Interno define a la Auditoría Interna en su artículo Nº 21 de la siguiente manera: La auditoría interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas. Los objetivos básicos de los estudios de fiscalización de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social son los siguientes: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. b) Exigir confiabilidad y oportunidad en la información. c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones. d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico. Artículo 3 Misión y Visión. La Auditoría Interna establecerá su visión, misión, políticas y procedimientos que regirán el accionar de la dependencia y velará por su actualización. La misión y visión serán incorporadas en el Programa de Trabajo de la Auditoría Interna. Artículo 4 Principios y normas. Los colaboradores de la Auditoría deben observar los principios y reglas de conducta establecidos en el Código de Ética del Instituto de Auditores Internos, sin perjuicio de otros valores que la Contraloría General de la República y la institución promuevan para guiar su actuación; así como las normas que rigen el ejercicio de la profesión. Artículo 5 Independencia. La Auditoría Interna ejecutará sus atribuciones con total independencia funcional y de criterio respecto del Jerarca y demás órganos de la Administración Activa, según lo dispuesto en el artículo Nº 25 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, sus modificaciones y reformas, la normativa técnica emitida por la Contraloría General de la República y el presente Reglamento. Artículo 6 Objetividad. Los colaboradores de la Auditoría Interna deben tener una actitud imparcial y neutral y evitar cualquier conflicto de intereses, que pueda hacerle difícil el cumplimiento imparcial de sus tareas. Artículo 7 Prohibiciones del personal de Auditoría Interna. Los colaboradores de la Auditoría Interna, en el desarrollo de sus competencias, deben respetar el régimen de prohibiciones que les impone el marco jurídico vigente, en especial las contenidas en el artículo Nº 34 de la Ley General de Control Interno. Artículo 8 Medidas atinentes a las limitaciones de la independencia y objetividad. Los colaboradores de la Auditoría Interna deberán comunicar por escrito al Auditor Interno, si la independencia y/u objetividad se viesen comprometidas de hecho o en apariencia. Si tal impedimento corresponde al Auditor Interno, éste deberá comunicarlo por escrito a la Junta Directiva de la Junta de Protección Social. El Auditor(a) Interno(a) y el Subauditor(a) deberán establecer políticas y directrices que permitan prevenir y detectar situaciones internas o externas- que comprometan la independencia y la objetividad del personal de la Auditoría. Asimismo, establecerán los pasos a seguir para administrar las situaciones de impedimento que se llegaren a presentar sobre hechos o actuaciones que pongan en duda o en peligro la objetividad e independencia de la Auditoría. Artículo 9 Participación del auditor en sesiones de Junta Directiva. El Auditor y/o Subauditor Interno asistirán a las sesiones de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, cuando este Órgano Superior lo convoque expresamente para asesorar en materia de su competencia sobre uno o varios asuntos específicos, según la normativa y criterios establecidos por la Contraloría General de la

27 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 49 República al respecto. Asimismo, podrá asistir cuando considere necesario referirse sobre aspectos relevantes de interés común, para brindar asesoramiento y hacer advertencias en la materia de su competencia, para lo cual se coordinará previamente con el Presidente o Secretario de Junta Directiva. Artículo 10. Participación en grupos de trabajo o comisiones. El Auditor Interno, el Subauditor Interno y los demás colaboradores de la Auditoría no deben ser parte de grupos de trabajo, comisiones o sesiones, que ejerzan funciones propias de Administración Activa. Cuando la Junta Directiva solicite su participación en estos grupos o comisiones, ésta deberá ser exclusivamente en función asesora, en asuntos de su competencia, siempre y cuando dicha participación no represente un conflicto de intereses y no podrá tener carácter permanente, todo esto en resguardo de su objetividad e independencia de criterio. La Administración Activa como órgano funcional es la competente para la toma de decisiones en estas comisiones. Artículo 11. Ubicación orgánica. La Auditoría Interna es un órgano asesor de alto nivel dentro de la estructura institucional, que depende orgánicamente de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social. Artículo 12. Estructura organizativa. Corresponderá al Auditor Interno definir la estructura organizativa y funcional que permita garantizar la efectividad en el cumplimiento de sus competencias y una administración eficaz, eficiente y económica de sus recursos, considerando los objetivos y riesgos institucionales, los recursos disponibles, la normativa legal y técnica aplicable. Artículo 13. Áreas funcionales. En función de las competencias del recurso humano y al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, la Auditoría dividirá sus áreas funcionales de trabajo de acuerdo a las siguientes áreas: Financiera-Contable, Producción y Ventas, Operativa y Administrativa y de Sistemas, así como cualquier otra que se requiera a futuro, para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la Auditoría. Artículo 14. La jornada laboral del Auditor y Subauditor Interno. La jornada laboral del Auditor y Subauditor Interno será de tiempo completo, tal como lo establece el artículo Nº 30 de la Ley General de Control Interno, y el nombramiento de ambos es por plazo indefinido. Artículo 15. Recursos. La Auditoría Interna deberá contar con los recursos humanos, materiales, equipo, asesoría técnica y medios de transporte, así como el espacio físico necesario para el adecuado ejercicio de sus funciones. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la norma 2.4 Administración de Recursos de las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, según resolución R-DC , en caso de limitaciones de recursos que afecten la cobertura y alcance de la actividad de auditoría interna, el Auditor Interno, debe presentar al Jerarca un estudio técnico sobre las necesidades de recursos, debidamente fundamentado, señalando entre otros aspectos el riesgo que se asume ante la eventualidad de mantenerse las limitaciones de recursos hacia la Auditoría. Artículo 16. Del Nombramiento del Auditor y Subauditor Interno. El Auditor y el Subauditor Interno dependerán orgánicamente de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, quien los nombrará por tiempo indefinido y establecerá las regulaciones de tipo administrativo que les sean aplicables, tal como lo establecen los artículos N 24 y Nº 31 de la Ley General de Control Interno, los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público 2 según resolución R-CO de la Contraloría General de la República y el artículo Nº 8 inciso c) del Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social. Cuando se trate del nombramiento del Subauditor, el criterio no vinculante del Auditor Interno será considerado para su escogencia ante la Junta Directiva de la institución. Artículo 17. De la suspensión y remoción del Auditor y Subauditor Interno. El Auditor y el Subauditor Interno serán inamovibles y sólo podrán ser suspendidos o destituidos de sus cargos, 2 Título modificado por R-DC del 16 de diciembre de cuando se demuestre que no cumplen debidamente su cometido o que llegare a declararse en contra de ellos alguna responsabilidad legal, en cuyo caso, para su remoción o destitución se procederá con el debido proceso conforme a dictamen previo y vinculante de la Contraloría General de la República, según lo establece el artículo Nº 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428 y el artículo 8, inciso c) del Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social. Artículo 18. Funciones del Auditor Interno. Al Auditor Interno le corresponderá la dirección superior y administración de la Auditoría Interna. Aparte de las funciones citadas en el artículo Nº 15 del Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social, le corresponderá: a) Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas requeridas para el buen desempeño de la Auditoría en el cumplimiento de sus competencias. b) Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas y procedimientos para la administración, acceso y custodia de la documentación de la Auditoría Interna, en especial de la información relativa a los asuntos de carácter confidencial que estipulan los artículos Nº 6 de la Ley General de Control Interno Nº 8292 y el Nº 8 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422, sus reglamentos, modificaciones y reformas. c) Mantener actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social, cumplir y hacer cumplir este Reglamento. d) Establecer la planificación estratégica y operativa de la actividad de la auditoría interna, bajo un método sistemático y considerando la determinación del universo de auditoría, los riesgos institucionales, los factores críticos del éxito y otros criterios relevantes. e) Preparar el programa de trabajo de conformidad con los lineamientos que establece la Contraloría General de la República y presentarlo ante la Junta Directiva de la Junta de Protección Social para su conocimiento. f) Supervisar los distintos trabajos que se realizan con el apoyo del Subauditor y los titulares subordinados de la Auditoría Interna. g) Proponer a la Junta Directiva en forma oportuna y debidamente justificados, los requerimientos de recursos para llevar adelante su plan, incluidas las necesidades administrativas de la Auditoría Interna. h) Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Auditoría Interna con eficiencia, eficacia y legalidad. i) Presentar ante la Junta Directiva el Informe de Labores previsto en la Ley General de Control Interno, en el cual responderá por su gestión de acuerdo con lo que establece el artículo Nº 7 de las Directrices que deben observar las auditorías internas para la verificación del cumplimiento de las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República (D CO-DFOE), así como otros informes relevantes de la Auditoría, cuando ésta lo considere necesario y de rendición de cuentas sobre el uso de los recursos de la fiscalización. j) Establecer y mantener actualizado un sistema de seguimiento sobre el estado de las recomendaciones emitidas en los informes de la Auditoría Interna, las disposiciones de la Contraloría General de la República y los Despachos de Auditores Externos cuando sean de su conocimiento. De ello informará anualmente al jerarca y cuando las circunstancias lo ameriten. k) Delegar sus funciones en el personal a su cargo, utilizando criterios de idoneidad y conforme lo establece la Ley General de la Administración Pública. l) Cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, asimismo vigilar que el personal bajo su cargo actúe de igual manera. m) Establecer y mantener un programa de aseguramiento de la calidad para la Auditoría Interna. n) Las demás funciones y competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable a la función de Auditoría Interna.

28 Pág 50 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Artículo 19. Funciones del Subauditor Interno. Al Subauditor Interno le corresponderá dentro de sus funciones apoyar al Auditor Interno en las labores que éste le encomiende y lo sustituirá en sus ausencias temporales y deberá responder ante él por su gestión. Artículo 20. Del personal de la Auditoría Interna. Los funcionarios de la Auditoría Interna estarán sujetos a las disposiciones administrativas aplicables al resto del personal de la institución. Por su parte, corresponde al Auditor Interno de la Junta de Protección Social: a) Autorizar los movimientos del personal a su cargo de conformidad con lo que establece la Ley General de Control Interno en el artículo Nº 24 (referente a nombramiento, traslado, suspensión, remoción, concesión de licencias y demás) y Nº 28 (concerniente a las plazas vacantes) y demás normas aplicables. b) Gestionar ante la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, la creación de plazas y servicios que considere indispensables para el cumplimiento de su Plan Anual Operativo, el Programa de Trabajo y en general para el buen funcionamiento de la Auditoría Interna. c) Vigilar y tomar las decisiones que correspondan para que los colaboradores de la Auditoría Interna cumplan en el ejercicio de sus competencias, con la normativa jurídica y técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos, prácticas y demás disposiciones administrativas, sean institucionales o propias de la Auditoría Interna, que les sean aplicables. Artículo 21. Ámbito de acción. El ámbito de acción de la Auditoría Interna está conformado por la Junta de Protección Social y por los entes y órganos públicos y privados sujetos a su competencia de conformidad con el artículo Nº 22, inciso a) de la Ley General de Control Interno Nº 8292, sus modificaciones y reformas. Artículo 22. Actualización del universo auditable. El Auditor Interno deberá definir y mantener actualizado en medio idóneo, las unidades y entes sujetos al ámbito de competencia de la Auditoría Interna en concordancia con lo que establece el artículo Nº 22 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, sus modificaciones y reformas y normativa legal y técnica. Artículo 23. Relaciones y coordinaciones. La Auditoría mantendrá relaciones y coordinaciones con: a) Instancias internas, tales como el Jerarca de la institución, el nivel Gerencial, titulares subordinados y otros colaboradores de la Junta de Protección Social. b) Instancias externas, como la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y otras instituciones de control y fiscalización que conforme a la ley correspondan; Comisiones Legislativas, Área Social del Gobierno de la República, Ministerio Público, Tribunales de Justicia y denunciantes, entre otros. c) Asimismo, se coordinará con los auditores externos u otros profesionales que se contraten en la institución para realizar trabajos específicos o en los que la Auditoría Interna tenga inopia. Artículo 24. Intercambio de información. Es facultad del Auditor Interno proveer e intercambiar información con la Contraloría General de la República, u otros entes y órganos de control, según su ámbito de competencia. Lo anterior, sin perjuicio de la coordinación interna que deba aplicarse y sin que ello implique una limitación en la actuación de la Auditoría según lo establece el artículo Nº 32 inciso c) de la Ley General de Control Interno. Artículo 25. Coordinación presupuestaria. El Auditor Interno establecerá la coordinación necesaria con el Departamento de Contabilidad y Presupuesto para que el responsable del control del presupuesto institucional mantenga un registro separado del monto asignado y aprobado a la Auditoría Interna, detallado por objeto del gasto, de manera que se controlen la ejecución y las modificaciones de los recursos presupuestarios de la Auditoría. Artículo 26. Apoyo técnico. La Auditoría podrá incorporar entre sus recursos, el uso de profesionales o técnicos de diferentes disciplinas, colaboradores o no de la institución, para que lleven a cabo labores de su especialidad, en apoyo a las labores de auditoría, que requieran de conocimientos, técnicas u otras competencias adicionales. CAPÍTULO III Funcionamiento de la Auditoría Interna Artículo 27. Normativa que regula el accionar de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna, en el ejercicio de sus funciones se regirá por lo que establece la Constitución Política de la República de Costa Rica, Ley General de la Administración Pública Nº 6227, la Ley General de Control Interno Nº 8292, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428, las Normas de Control Interno para el Sector Público N CO-DFOE, el Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público Nº RCO , las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público R-DC , el presente Reglamento de Organización y Funcionamiento, otras disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por la Contraloría General de la República y en lo que sea aplicable y supletoriamente por las normas y prácticas profesionales y técnicas pertinentes; asimismo, por los manuales de funcionamiento y procedimientos, instrucciones, metodologías y prácticas formalizadas por el Auditor Interno. Artículo 28. Competencias. Aparte de las competencias establecidas en el artículo Nº 22 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, se deberán observar las contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº 7428, el Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social, el presente Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, las Normas de Control Interno para el Sector Público, los lineamientos y directrices que emita la Contraloría General de la República y las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica, con las limitaciones que establece el artículo Nº 34 de la Ley General de Control Interno Nº 8292 y en observancia del Principio de Legalidad. Artículo 29. Deberes. El Auditor Interno, Subauditor Interno y los demás colaboradores de la Auditoría Interna, deberán cumplir con los deberes que se establecen en el artículo Nº 32 de la Ley General de Control Interno, así como aquellos deberes asignados por el marco jurídico y técnico aplicable, para lo cual el Auditor Interno considerará las leyes, reglamentos, directrices y disposiciones referente a su ámbito de acción, incluidos los de la Contraloría General de la República y demás instituciones de control y fiscalización competentes. Artículo 30. Potestades. Serán potestades del Auditor Interno, Subauditor Interno y demás personal de la Auditoría Interna, todas aquellas contenidas en el artículo Nº 33 de la Ley General de Control Interno Nº 8292, sus reformas y modificaciones. Artículo 31. Servicios que brinda la Auditoría Interna. La Auditoría Interna de la Junta de Protección Social en el ámbito de su competencia brindará servicios de auditoría y servicios preventivos, los que deberán ser ejecutados por los colaboradores de la Auditoría Interna con la pericia y el debido cuidado profesional, conforme lo establece este reglamento, las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público y demás normativa técnica aplicable. Artículo 32. Servicios de auditoría. Los servicios de auditoría, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, se clasifican en: financiera, operativa y de carácter especial. a) La Auditoría Financiera comprende la auditoría de estados financieros que tiene por objetivo emitir un dictamen independiente sobre la razonabilidad de los mismos, de conformidad con el marco normativo aplicable. Otros objetivos de las auditorías financieras, con distintos niveles de seguridad y distintos alcances de trabajo, pueden incluir: La presentación de informes especiales para elementos, cuentas o partidas específicas de un estado financiero. La revisión de información financiera. El análisis de otros aspectos específicos relacionados con la información financiera. b) La Auditoría Operativa es el examen objetivo, sistemático y profesional de evidencias, realizado con el fin de evaluar en forma independiente el desempeño de una entidad, programa o

29 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 51 actividad, a efecto de mejorar la eficacia, eficiencia y economía en el manejo de los recursos públicos, para coadyuvar en la toma de decisiones por parte de los responsables de adoptar acciones correctivas. c) La Auditoría de Carácter Especial comprende aquellos estudios independientes encaminados al examen de aspectos específicos, de orden contable, financiero, presupuestario, administrativo, económico, jurídico, y operaciones de otra naturaleza ligadas al manejo de fondos públicos y que son originados, por denuncias; por el estudio de irregularidades determinadas al ejecutar auditorías operativas o financieras; y por aquellos asuntos planificados que no se enmarcan en los propósitos de esas auditorías. Artículo 33. Servicios preventivos. Los servicios preventivos incluyen la asesoría, la advertencia y la autorización de libros, cuyo sustento legal se encuentra en el artículo Nº 22 de la Ley General de Control Interno. Se define: a) Advertencia: Es un servicio dirigido a los órganos sujetos de competencia institucional de la Auditoría Interna y consiste en señalar los posibles riesgos y consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean del conocimiento de la Auditoría Interna. b) Asesoría: Es un servicio que se ofrece solo a solicitud del Jerarca, de preferencia en forma escrita, el cual consiste en el suministro de criterios, observaciones y demás elementos de juicio para la toma de decisiones con respecto a los temas que son competencia de la Auditoría Interna, sin sugerir, recomendar ni manifestar inclinación por una posición determinada, y sin que se menoscabe o comprometa la independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias. c) Autorización de libros: Es una competencia asignada de manera específica a la Auditoría Interna, consiste en el acto de otorgar la razón de apertura y cierre de los libros de contabilidad y actas que deban llevarse en la institución, así como otros libros que, a criterio del Auditor Interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno institucional. Artículo 34. De la información. El Auditor Interno definirá los lineamientos relacionados con la identificación, análisis, evaluación y registro de la información, así como también sobre la custodia y control de acceso a los registros del trabajo, conforme lo dispuesto en las normas Nº 207, 208, 209, 504 y 506 del Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, las Normas de Control Interno para el Sector Público, sus modificaciones y reformas. Artículo 35. De la supervisión. El Auditor Interno será responsable de establecer un adecuado proceso de supervisión del trabajo dentro de la Auditoría, la cual puede ser llevada a cabo por él o por los colaboradores que designe para tal efecto, para asegurar el logro de sus objetivos, la calidad de sus servicios y el desarrollo profesional de sus colaboradores. Artículo 36. De la comunicación de resultados. Las instancias correspondientes serán informadas, verbalmente y por escrito, sobre los principales hallazgos, conclusiones y disposiciones o recomendaciones, producto de la auditoría que se lleve a cabo, lo que constituirá la base para el mejoramiento de los asuntos examinados. a) Los resultados, conclusiones y recomendaciones de los estudios de auditoría, deberán comunicarse oficialmente al jerarca o al titular subordinado de la administración activa con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las recomendaciones, a quien se le solicitará una audiencia para efectuar la comunicación verbal del informe antes de la remisión del documento definitivo. b) La comunicación de resultados de los servicios de auditoría se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV Informes de Auditoría Interna de la Ley General de Control Interno Nº 8292 y demás disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República, así como de conformidad con la norma Nº 205 del Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público. c) Tratándose de estudios de naturaleza confidencial, o las llamadas relaciones de hechos, éstos se regirán con la normativa y directrices establecidas por la Contraloría General de la República. d) Tal y como lo establece el artículo Nº 32, inciso e) de la Ley General de Control Interno, la Auditoría no debe revelar a terceros información sobre las auditorías o estudios especiales que se encuentren en proceso, sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los colaboradores de los entes y órganos sujetos a esta ley. e) En cuanto a los servicios preventivos, el Auditor Interno definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación sobre los resultados de este tipo de servicios conforme a la naturaleza de los estudios y los criterios pertinentes. Artículo 37. Denuncias. La Auditoría Interna recibirá aquellas denuncias que le sean remitidas por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y colaboradores (as) de la Institución, las que serán analizadas con base en el Reglamento para la Atención de Denuncias planteadas ante la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social. Artículo 38. Confidencialidad sobre la identidad de los denunciantes. La Auditoría Interna guardará confidencialidad respecto de la identidad de los denunciantes que, de buena fe, presenten ante sus oficinas denuncias por actos irregulares; ello en acatamiento a lo dispuesto por el artículo Nº 6 de la Ley General de Control Interno, así como por el artículo Nº 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su Reglamento. Artículo 39. Seguimiento a recomendaciones. La Auditoría Interna dispondrá de un sistema de seguimiento de las recomendaciones comunicadas por esta Auditoría Interna, la Contraloría General de la República, los Auditores Externos y otros entes de fiscalización y aceptadas por la Administración Activa, con la finalidad de verificar si efectivamente fueron puestas en práctica, para asegurarse la oportuna, adecuada y eficaz atención por parte de la Administración Activa, sin menoscabo de la responsabilidad que a ésta última le compete en la debida atención de las mismas conforme lo establece la Ley General de Control Interno Nº 8292, en los artículos Nº 12 y Nº 17. La Auditoría Interna elaborará un informe anual del estado de las recomendaciones, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten a la Junta Directiva, cuando a criterio del Auditor Interno las circunstancias lo ameritan. Artículo 40. Seguimiento a servicios preventivos. La Auditoría dará seguimiento a los servicios preventivos de la siguiente manera: a) Servicios de asesoría: Verificar si lo actuado por la Junta Directiva está acorde con el ordenamiento jurídico y técnico, sin perjuicio, según corresponda, a emitir como resultado del seguimiento informes de control interno o de relaciones de hechos. Debe tenerse en cuenta que la asesoría brindada no es vinculante para la Junta Directiva, pero sus actuaciones deben estar ajustadas al ordenamiento jurídico. b) Servicios de advertencia: Verificar lo actuado por la Administración Activa respecto a las advertencias que se hayan formulado, sin perjuicio de que como resultado del seguimiento se emitan informes de control interno o relaciones de hechos. c) Servicios de autorización de libros: Se dará un seguimiento regular respecto a la administración y el control de los libros legales que haya autorizado. Artículo 41. Archivo permanente. La Auditoría Interna mantendrá un archivo permanente de las regulaciones que afecten su competencia institucional, tales como la normativa y directrices que emita la Contraloría General de la República tanto a la Auditoría como a la Administración. Asimismo, se mantendrá un archivo de los estudios generados por la Auditoría Interna por el período que rige la prescripción, según la normativa aplicable. El archivo permanente podrá ser electrónico y/o físico, según la necesidad.

30 Pág 52 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 CAPÍTULO IV Disposiciones finales Artículo 42. Derogatoria. Este Reglamento deroga el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social de San José, aprobado según acuerdo de Junta Directiva JD-080 del Acta Nº de la sesión celebrada el 05 de febrero de 2008 y publicado en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de Artículo 43. Ámbito de aplicación. El presente reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los colaboradores de la Auditoría Interna y para los colaboradores de la Administración Activa de la Junta de Protección Social, en la materia que les resulte aplicable, entendiendo como Administración Activa la definición contenida en las Normas de Control Interno para el Sector Público. Artículo 44. Aprobaciones, modificaciones y reformas al Reglamento. El Auditor Interno será el responsable de someter a aprobación de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, las reformas que puedan ser necesarias para mantener vigente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Junta de Protección Social. Artículo 45. Aprobación. El presente Reglamento fue aprobado por la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, mediante acuerdo JD-070 de la sesión ordinaria Nº celebrada el 05 de febrero de Artículo 46. Vigencia. Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Mary Valverde Vargas. 1 vez. O. C. N Solicitud N P. (IN ). MUNICIPALIDADES MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ El Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria 144, acta 216 del 28 de enero del 2013 adopto el siguiente acuerdo que indica: Acuerdo AC-37-13: Se acuerda: con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, 13 incisos c) y d), y 43 párrafo segundo del Código Municipal; el acuerdo AC y siguiendo las recomendaciones contenidas en el dictamen número C-AJ BIS de la Comisión de Asuntos Jurídicos las cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento para esta decisión, Primero: habiéndose cumplido con la consulta pública no vinculante establecida en el párrafo segundo del artículo 43 del Código Municipal, sin que se recibieran observaciones u objeciones, este Concejo Municipal dispone: aprobar el texto de las Reformas a los artículos 78 y 80 del Reglamento para el nombramiento y funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú y de los Comités Comunales, en los mismos términos en que fuera publicado en el diario oficial La Gaceta N 223 del lunes 3 de diciembre del Segundo: publíquese de manera definitiva dichas reformas a los artículos 78 y 80 del citado reglamento en el diario oficial La Gaceta para todos los efectos legales pertinentes. Artículo 78. Autorización de rótulos. El Comité podrá autorizar la colocación de rótulos, vallas u otro elemento material que publicite alguna marca o frase comercial específica, en las instalaciones deportivas públicas bajo su administración siempre y cuando obtenga algún beneficio por tal autorización. Las organizaciones deportivas o recreativas adscritas al Comité, previo convenio, podrán colocar rótulos que divulguen marcas de sus auspiciadores o patrocinadores en los espacios publicitarios o superficies definidas para tal fin, dentro de las instalaciones deportivas o recreativas administradas por el Comité, durante los eventos específicos organizados por estas agrupaciones o durante los torneos en que participen, siempre que cumplan con el Procedimiento establecido para tal fin y le reconozcan al Comité, del total de los ingresos que se generen por este concepto, el porcentaje que el Comité establezca motivadamente al momento de entrar en vigencia la presente modificación. Este porcentaje, podrá ser revisado y modificado por el Comité cada 12 meses. Tales rótulos no podrán hacer alusión a publicidad para bebidas alcohólicas, anuncio de cigarrillos o aquellos que por su contenido atenten contra los principios éticos y morales de la comunidad. Artículo 80. Cuotas de ingreso. El Comité regulará y aprobará las cuotas de ingreso a las instalaciones deportivas. Las organizaciones deportivas o recreativas adscritas a el Comité, previo convenio, podrán cobrar el ingreso de público a una instalación deportiva o recreativa que este bajo la administración del Comité, durante los eventos específicos organizados por estas agrupaciones o durante los torneos en que participen, siempre que cumplan con el Procedimiento establecido para tal fin y le reconozcan al Comité, del total de los ingresos que se generen por este concepto, el porcentaje que el Comité establezca motivadamente al momento de entrar en vigencia la presente modificación. Este porcentaje, podrá ser revisado y modificado por el Comité cada 12 meses. Lic. Ana Parrini Degl Saavedra, Secretaria Municipal. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO El Concejo Municipal de Paraíso en la sesión número 227 del 21 de marzo del dos mil trece en su artículo 4 aprueba por unanimidad el Reglamento de la Depuración de la Base de Datos el cual dice: REGLAMENTO DE LA DEPURACIÓN DE LA BASE DE DATOS DE LA MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO Procedimiento para la depuración de la base de datos municipal I. Justificación: La Contraloría General de la República mediante las normas de control interno para el sector público establece que se deben contemplar los mecanismos necesarios para asegurar la confiabilidad, calidad, suficiencia, pertinencia y oportunidad de la información que se genere o comunique, asimismo el Manual Sobre Normas Técnica para la Gestión y el Control de las Tecnologías de la Información, establece que las Municipalidades deben implementar las medidas de seguridad relacionadas con la operación de los recursos de tecnologías de la información y las comunicaciones, minimizar el riesgo de fallas y proteger la integridad del software y de la información, siendo para ello la implementación de mecanismos de control que permitan asegurar la no negación, la autenticidad, la integridad y la confidencialidad de las transacciones y de trasferencia o intercambio de información; definir los procedimientos para proteger la información almacenada entre otros. La ausencia de un procedimiento de Depuración de la Base de Datos, es un riesgo que debe ser corregido por la Municipalidad en aras de asegurar la certeza de los productos y procesos que lleva a cabo la Gestión Pública Administrativa de la Municipalidad de Paraíso. La ausencia de medios y procedimientos para dicha depuración debe corregir todas aquellas deficiencias en el uso de las Tecnologías de la Información, ya que un buen programa requiere de una base de datos actualizada sin errores y totalmente depurada. Las inconsistencias en la base de datos se puede dar por razones como: 1) Manipulación de la información o mal uso de la misma. 2) Información antigua que no ha sido verificada, corregida o actualizada. 3) Levantamiento de censos antiguos por ampliación de servicios, sin verificación de propietarios de los inmuebles. 4) Registros duplicados. 5) Incorporación de información proveniente del Impuesto Territorial, sin ser sometida a revisión o depuración en su momento, y por lo tanto se ha mantenido mucha de esa inconsistencia. 6) Ausencia de recurso humano y tecnológico que haya permitido o dado autorización a los procedimientos para la depuración de la base de datos.

31 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 53 7) Falta de personal que se dedique de manera exclusiva a estudiar las bases de datos y determine las inconsistencias que existan tanto en la administración de la información generada por el ISBI, servicios y patentes municipales. 8) Los responsables de procesos que no hayan incluido toda la información en la base de datos, obviando datos requeridos por las casillas del programa, dejando información de periodos anteriores en la base de datos o simplemente dejando pasar la necesidad de incluir de forma correcta y completa la información que demanda el programa y que ha sido suministrada por algún formulario, en algunas ocasiones cuando se agregan datos erróneos, o duplicados, el sistema no permite eliminar esa información, o por lo menos, no directamente desde el sistema. El presente reglamento permite estandarizar y regular las principales actividades, operaciones y trámites internos en cuanto a la depuración de la base de datos municipal, por ende constituye un elemento para la definición de responsabilidades y responsables, constituyéndose en un elemento de gestión uniforme, eficiente y de mayor control en procura de la satisfacción de los objetivos institucionales y de una apropiada tutela de los fondos públicos. II. Objetivos: Objetivo General. Depurar la base de datos municipal mediante la actualización de datos inconsistentes en catastro municipal, bienes inmuebles, patentes, basura, acueducto y cobros. Objetivos Específicos: 1) Identificar, documentar, y subsanar las inconsistencias de la base de datos, mediante el estudio de los registros (números de cédula, números de fincas duplicadas, números de contribuyentes, nombres sin cédula, basura, cobros, GIS, dirección, valores, origen, entre otros). 2) Establecer por proceso un plan de depuración de la base de datos. 3) Reducir las inconsistencias de la base de datos. 4) Efectuar la depuración de manera ordenada por bloques de acuerdo a cada distrito. 5) Cumplir con los procedimientos y normas legales para corregir la información de la base de datos municipal. III. Definiciones: Sistema de Facturación: Software que utiliza la Municipalidad de Paraíso para asentar electrónicamente los estados de cuenta de sus contribuyentes. Registro Contable: Expresiones numéricas correspondientes a las cuentas por cobrar de los contribuyentes municipales que se modifican por medio de asientos contables y que se refleja en los estados financieros. Depuración de la base de datos: Se entenderá por depuración de la base de datos contable, aquellas acciones correspondientes a la conciliación del registro por discrepancia existente entre el monto adeudado o pendiente de pago con respecto a los registros contables y el Sistema de Facturación. Depuración general: Conjunto de acciones a realizar para identificar y corregir inconsistencias entre el registro contable y el sistema de facturación. Depuraciones de rutina: Acciones habituales y permanentes para mantener actualizado y conciliado el registro contable y el sistema de facturación. IV. De la coordinación de la comisión de depuración Artículo 1 A efecto de realizar la depuración general y lograr la conciliación entre registro contable y el sistema de facturación la Alcaldía Municipal nombrará una comisión institucional conformada por funcionarios de los departamentos de Catastro, Bienes Inmuebles, Patentes, Cobro Administrativo y Contabilidad. Artículo 2 A efecto de coordinar las labores de la comisión el Alcalde designará un coordinador, escogido de entre los integrantes de la comisión, quien tendrá las siguientes funciones: a) Coordinará el proceso de conciliación de saldos entre los registros contables y el sistema de facturación. b) Distribuirá las labores para cumplir con las etapas del procedimiento de depuración, conforme las áreas correspondientes a cada miembro de la comisión. c) Ejercerá control sobre la labor que realicen los integrantes de la comisión de depuración. d) Cuantificado el monto de los ajustes resultantes de la depuración general y requeridos para conciliar los registros contables y el sistema de facturación, elaborará la resolución que disponga el ajuste respectivo, la cual será firmada por todos los miembros de comisión y de inmediato la presentará ante el Acalde a efecto de que éste resuelva. V. De la administración del proceso de depuración Artículo 3 La unidad administrativa - financiera solicitara a cada encargado de proceso en el mes de octubre, el plan anual de depuración de la base de datos especifica que administra, el cual debe seguir las indicaciones generales del presente reglamento y las especificaciones que se establezcan por medio de la directriz de la unidad administrativa - financiera. Artículo 4 Los encargados de la oficina de: bienes inmuebles, patentes, servicios públicos o cualquier otra que la Municipalidad llegue a administrar; son los responsables directos de la correcta administración de la base de datos a su cargo y los únicos autorizados para modificarla, previendo siempre una correcta fiscalización de la misma. Solamente mediante orden de la unidad respectiva y debidamente fundamentada mediante resolución, se podrán autorizar a otras personas a la modificación de la base de datos municipal. Artículo 5 El Departamento de Tecnologías de Información es el encargado de la fiscalización técnica del proceso de depuración municipal, revisará los planes de trabajo de depuración de cada oficina/ departamento encargado de un proceso y recomendará a la unidad administrativa-financiera, las directrices y recomendaciones que debe de seguirse para el proceso de depuración de la base de datos municipal. Artículo 6 Las dependencias municipales deberán acatar en todos sus extremos las recomendaciones que emanan de la unidad administrativa - financiera el proceso de depuración de la base de datos y establecerán dentro de plan de trabajo anual, los indicadores de gestión. VI. Del seguimiento y control Artículo 7 La unidad administrativa-financiera establecerá los instrumentos adecuados para administrar y controlar el cumplimiento de los objetivos del presente reglamento y utilizará los planes de trabajo de cada oficina o departamento para el proceso de depuración como documento base, así como las recomendaciones de la Auditoría Interna aprobadas por el Concejo Municipal, de la Contraloría General de la República o alguna otra que técnicamente sea viable, provenientes de programas, proyectos, convenios y contratos que haya asumido el Concejo Municipal o la Alcaldía. Artículo 8 El Departamento de Tecnologías de Información remitirá a la unidad administrativa - financiera cada seis meses, el informe técnico del cumplimiento de planes de trabajo, la metodología aplicada, el cumplimiento de directrices, etc. De cada oficina o departamento que tenga a cargo un proceso de depuración de la base de datos. El informe deberá mostrar el avance en el cumplimiento del indicador y deberá tener valores puntuales y relativos. Artículo 9 La unidad administrativa - financiera a partir de la información suministrada por el Departamento de Tecnologías de Información elaborará y remitirá un informe general del proceso de depuración de la base de datos en forma semestral al Alcalde, y a los departamentos respectivos con copia a la Auditoría Interna. Artículo 10. Los Departamentos involucradas en el proceso, analizaran el informe de la unidad administrativa-financiera, así como aquellos atenuantes que no se identificaron en el informe y en caso de ser necesario solicitaran al Alcalde la aplicación del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Paraíso. Artículo 11. Se entenderá por depuración de la base de datos municipal, aquella acción que conlleve la eliminación o modificación del registro municipal por discrepancia entre lo existente en la base de datos del sistema SIM, y la información real documentada, o provista por el contribuyente. Tratándose de patentes municipales o servicios públicos municipales, se considerarán inconsistentes aquellos casos que se encuentren morosos sin que exista documento formal que respalde la generación de dicho impuesto, o bien porque el titular de la deuda

32 Pág 54 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 haya fallecido y la actividad no se continúe realizando, porque se haya duplicado el cobro o cualquier otras situación o inconsistencia que se pueda documentar. VII. Sobre el procedimiento cuando involucra aumento, disminución o eliminación de la base imponible del impuesto o servicio Artículo 12. Se entenderá el procedimiento de modificación o eliminación de la base imponible, a la acción efectuada por el encargado del proceso (oficina/departamento) de alterar o eliminar la información que da origen a un cobro de un servicio o impuesto administrado por la municipalidad, mediante los procedimientos descritos por este reglamento y las directrices de la unidad administrativa financiera. Artículo 13. Cada encargado del proceso, sea una oficina o un departamento, deberá elaborar un expediente del caso conocido, el cual deberá contener al menos la siguiente información del monto o la cuenta a depurar y estar debidamente foliado y prensado: 1) Estado de cuenta del contribuyente según aparece en el sistema utilizado por la Municipalidad. 2) Copia del hecho imponible que da origen al cobro, según información determinada en el programa de cómputo utilizado. 3) Estudios de registros que demuestren la situación investigada y la relación con hecho imponible. 4) Documentación histórica. 5) Informe de la Oficina de Catastro que detalle la posesión del bien inmueble en caso de no ser una propiedad inscrita ante el Registro Nacional. 6) Informe técnico del inspector de campo que verifique o no la información de la base de datos. 7) Recomendación técnica del encargado del proceso que justifique la respectiva depuración. 8) Visto bueno del Coordinador de Bienes Inmuebles avalando el proceso. 9) Autorización del Departamento de Bienes Inmuebles o el Alcalde según sea el caso autorizando la modificación de la base de datos. Artículo 14. El encargado del proceso u oficina elaborará un informe técnico solicitando la depuración del monto de la base de datos, el traslado del monto a otra cuenta o la disminución o ampliación de la base imponible según fuera el caso. Consistirá en un razonamiento justificado y documentado de la situación encontrada documentación aportada y el resultado de la investigación, así como la imposibilidad de determinar la existencia real del hecho generador del registro según sea el caso. La recomendación técnica junto con el expediente debidamente foliado, será dirigida al Coordinador de Bienes Inmuebles el cual estará en la capacidad de autorizar la modificación o eliminación de registros hasta un monto de trescientos mil colones. Para pendientes mayores a los trescientos mil colones se requerirá la autorización del Alcalde. Artículo 15. El procedimiento constará de 7 fases que se detallan a continuación: 1. Formulación, fiscalización y autorización del plan anual de trabajo para la depuración de la base de datos municipal. 2. Depuración de la Base de datos por parte del encargado del servicio o proceso. 3. Confección de informe técnico y del expediente del registro a depurar. 4. Revisión del expediente por parte del Coordinador de Bienes Inmuebles. 5. Autorización del registro a modificar o eliminar por parte del Coordinador de Bienes Inmuebles tributario o el Alcalde. 6. Modificación del registro en la base de datos a cargo del encargado o dueño del proceso. 7. Custodia y revisión del expediente en la unidad administrativafinanciera mediante el encargado del Departamento de Tecnologías de Información. VIII. Sobre la modificación de la base de datos a partir de información que no relaciona ningún hecho imponible Artículo 16. Se considerará depuración ordinaria, los cambios en los tributos que afectan la finca según la fórmula de declaración de bienes inmuebles, la información eliminada mediante la supresión de un servicio municipal por solicitud del abonado siempre que se encuentre al día, por aspectos de mera constatación y revisión. Rige a partir de su publicación. Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria del Concejo Municipal. Ing. Omar Chavarría Cordero, Proveedor Municipal. 1 vez. (IN ). MUNICIPALIDAD DE BELÉN La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la Sesión Ordinaria No , Artículo 11, celebrada el cinco de marzo del dos mil trece, que literalmente dice: La Secretaria del Concejo Municipal Ana Patricia Murillo, informa que en el Alcance N 33 del lunes 18 de febrero del 2013 se publicó el Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén. Se acuerda por unanimidad: no habiendo conocido objeciones, dentro del plazo de Ley, al Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén, aprobado en la Sesión N , del veintinueve de enero del 2013, queda el mismo definitivamente aprobado y entra en vigencia a partir de ésta publicación. Belén, 13 de marzo del Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria del Concejo. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL REMATES CENTRO DE CRÉDITO SOBRE ALHAJAS AMÓN El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa que a las once horas del día 25 de mayo del 2013, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate Nº 484. Agencia 03 ALHAJAS Operación Descripción Base Remate Operación Descripción Base Remate LOTE ALHAJAS 10 k ps 64 g b ,60 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: ,60 Agencia LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,55

33 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 55 Operación Descripción Base Remate Operación Descripción Base Remate LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALDHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,90 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE ,55 Agencia LOTE PF = , LOTE ALHAJAS = , LOTE ALHAJAS = , LOTE ALHAJAS = , CAD 14K = , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,60 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,70 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,15 Agencia LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , CADENA DIJE , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , CADENA , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , CADENA , LOTE DE ALHAJAS , CADENA DIJE ,20 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 13 8, ,50 Agencia LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,35 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE DE ALHAJA ,10 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 68, Agencia LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS ,50 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE ALHAJA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS ,85 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 3 786, LOTE ALHAJAS ,65 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: ,65 Agencia LOTE ALHAJAS , ANILLOS , PARES ARETES Y ANILLO ,75 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,75 Agencia LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,75 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE DE ALAHAJAS ,90 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,90 Agencia 24 Agencia LOTE DE ALHAJAS , CADE C/DI ANILLO , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , PULSERA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , CADENAS , CADENA , LOTE ALHAJAS , ANILLOS C/ BRILLANTES , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , *NO TIENE DESCRIPCION , LOTE ALHAJAS ,10 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE ALHAJAS ,35 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 307,257.35

34 Pág 56 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Agencia 29 Operación Descripción Base Remate Operación Descripción Base Remate LOTE DE ALHAJAS BOLSA ,60 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 728, CADENA ,75 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: , LOTE ALHAJAS ,05 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE ALHAJAS ,05 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: ,05 Agencia 60 Agencia 63 Agencia LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE PARA FUNDIR , PULSO , LOTE ALHAJAS , ANILLO BRILLANTE , ANILLO BRILLANTES , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 112.7GRS , LOTE ALAHAJAS , LOTE ALHAJAS 10.7GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE LAHAJAS 8.3GRS , LT DE ALHAJAS , CADENA , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 33.1GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 63.9GRS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO BRILLANTES , LT DE ALHAJAS , CADENA 1DIJE , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , CADENA , LOTE , PULSERA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 1, , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 183.8GRS 2, , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , ANILLO , CADENA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , PULSERA , PULSERAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 48.6GES , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , CADENA PULSERA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS 39.3GRS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS 1, , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLOS , PULSERA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , COLLARES , ANILLO , LOTE ALHAJAS 118.6GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , ANILLO , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 50.5GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ARETES DIJE , LT DE ALHAJAS , CADENA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJA 5.7GRS , LOTE ALHAJAS 20.9GRS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 72.5GRS , LOTE ALHAJAS , ANILLO ,95

35 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 57 Operación Descripción Base Remate Operación Descripción Base Remate LOTE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 21.4GRS , ANILLO , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 18.6GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 12.1GRS , PULSERAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , P. ARGOLLAS, PULSERAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , RELOJ , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , CADENA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 46.0GRS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 16.1GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO BRILLANTE , LOTE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE DE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE ALHAJAS 23.1GRS , LOTE ALHAJAS , CADENAS 2PULSERAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO P. ARETES , ANILLO , LOTE DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , ANILLOS DIJE , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 41.2GRS , LOTE ALHAJA 7.9GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , RELOJ CARTULA , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO BRILLANTES , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE ALHAJAS 24.2GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 12.4GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 35.3GRS , PULSERA , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 24.2grs , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , ANILLOS, CADENA , LOTE ALHAJAS 12.2GRS , CADENAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ANILLOS , PULSERA , LOTE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , ANILLOS , CADENA C DIJE , LOTE DE ALHAJAS , CADENAS PULSERAS , CADENAS 1DIJE , LOTE ALHAJAS 99.4GRS , LT DE ALHAJAS , ANILLOS BRILLANTES , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 6.2GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 11.4GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS 15.1GRS , LOTE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , *NO TIENE DESCRIPCION , *NO TIENE DESCRIPCION , LOTE ALHAJAS 8.8GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 21.2GRS , LOTE ALHAJAS 20.1GRS , LOTE ALHAJAS , LOTE ANILLOS , LOTE ALHAJAS 20.2GRS ,30 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: ,10

36 Pág 58 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Operación Descripción Base Remate Operación Descripción Base Remate LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS 75.4GRS , LOTE ALHAJAS 95.1grs , LOTE ALHAJAS , ANILLO , LOTE ALHAJAS 134.6GRS , LOTE ALHAJAS 21.1grs , ARETES, PULSERA , LOTE DE ALHAJAS , ANILLOS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , ANILLO , LT DE ALHAJAS , LT DE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE AHAJAS 35.9GRS , PULSERAS 471, TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: , LOTE ALHAJAS ,90 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,90 Agencia LOTE ALHAJAS , CADENA ,95 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2 978, Agencia LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS , LOTE DE ALHAJAS ,90 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LOTE DE ALHAJAS ,45 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,45 Agencia LT ALHAJAS , LT ALHAJAS , LT ALHAJAS ,35 TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: , LT ALHAJAS ,45 TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: ,45 División Pignoración. Martha Ulloa Zamora, Jefa. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C-Crédito. (IN ). INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS BANCO CENTRAL DE COSTA RICA El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el artículo 15 del acta de la sesión , celebrada el 9 de abril del 2013, considerando que: 1. De conformidad con el inciso b), del artículo 171, de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, Ley 7732, son funciones del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (en adelante CONASSIF) aprobar las normas atinentes a la autorización, regulación, supervisión, fiscalización y vigilancia que, conforme a la ley, debe ejecutar la Superintendencia General de Entidades Financieras (en adelante SUGEF). 2. El CONASSIF en la sesión , celebrada el 30 de mayo del 2008, aprobó el Acuerdo SUGEF 8-08, Reglamento sobre Autorizaciones de Entidades Supervisadas por la SUGEF, y sobre Autorizaciones y Funcionamiento de Grupos y Conglomerados Financieros. 3. El artículo 142 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (Ley 1644), establece que la autorización expresa otorgada por la SUGEF para el funcionamiento como intermediario financiero, es intransferible, no puede venderse, ni puede cederse, debido a que ésta es otorgada, en razón de las características particulares de la persona jurídica que realiza la solicitud y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos. Por esta razón, frente a un proceso de fusión de intermediarios financieros, la entidad que cese su actividad de intermediación financiera debe solicitar expresamente a la SUGEF la cancelación de la autorización para operar como intermediario financiero y su exclusión de los libros de registros que, al efecto, mantiene la SUGEF. 4. El anexo 3 del Acuerdo SUGEF 8-08 es omiso en solicitar expresamente el nombre de la(s) entidad (es) supervisada(s) que cesan en sus actividades de intermediación financiera como producto de un proceso de fusión, así como la iniciación del correspondiente trámite de cese de actividades y la exclusión de los registros de SUGEF de las entidades que corresponda. 5. El anexo 9 del Reglamento de marras es omiso en solicitar expresamente el nombre de la(s) sociedad(es) controladora(s) y, por ende, del (los) grupo(s) financiero(s) que cesan su funcionamiento como producto de un proceso de fusión, así como la iniciación del correspondiente trámite de cese de funcionamiento y la exclusión de los libros de registros que al efecto mantiene la SUGEF. Además, es omiso en solicitar expresamente el nombre de la(s) empresa(s) que procede separar de alguno de los grupos financieros participantes en un proceso de fusión, así como la iniciación del correspondiente trámite de separación del grupo y la exclusión de los libros de registros que al efecto mantiene la SUGEF de las empresas que corresponda. 6. Mediante oficio C.N.S. 1026/07, el CONASSIF dio cumplimiento al numeral 2, del artículo 361, de la Ley General de la Administración Pública (Ley 6227), al remitir en consulta el proyecto de modificación arriba mencionado. dispuso: 1.- Modificar el numeral 1 de la Sección A. INFORMACIÓN GENERAL, de la Sección II, DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE FUSIÓN DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, del Anexo 3, BANCOS PRIVADOS, EMPRESAS FINANCIERAS NO BANCARIAS, COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO, MUTUALES DE AHORRO Y PRÉSTAMO, de conformidad con el siguiente texto:

37 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 Pág 59 II DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE FUSIÓN DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO A. INFORMACIÓN GENERAL Carta de solicitud de autorización para fusionar uno o más intermediarios financieros con otras personas jurídicas, firmada por los representantes legales de las empresas de que se trate. La carta debe indicar el nombre propuesto para la entidad resultante, el tipo de fusión, la entidad prevaleciente en dicho proceso de fusión, una dirección electrónica de correo, número de fax y domicilio legal para notificaciones. En esta carta se debe solicitar la cancelación de la autorización para operar como intermediario financiero, indicar expresamente el nombre de la(s) entidad (es) que cesa(n) sus actividades financieras y sociales, así como la exclusión de los libros de registro de SUGEF para aquella(s) entidad(es) supervisada(s) que corresponda. 2.- Modificar el numeral 1 de la Sección A. INFORMACIÓN GENERAL, de la Sección II, DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE FUSIÓN DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO, del Anexo 9, GRUPOS Y CONGLOMERADOS FINANCIEROS, de conformidad con el siguiente texto: II.DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE FUSIÓN A. INFORMACIÓN GENERAL Carta de solicitud de autorización para fusionar una o más sociedad controladora o de una o más empresas de un grupo financiero, firmada por los representantes legales de la controladora. La carta debe indicar el nombre propuesto para las entidades resultantes o prevalecientes del proceso de fusión, el tipo de fusión, una dirección electrónica de correo, número de fax y domicilio legal para notificaciones. En esta carta, cuando corresponda, se debe solicitar e indicar expresamente el nombre de la(s) empresa(s) controladora(s) y, en consecuencia, del grupo (o grupos) financiero(s) que cesará(n) su funcionamiento, así como solicitar expresamente la cancelación de la correspondiente inscripción en los libros de registro de SUGEF. En caso de que producto de la fusión de grupos financieros se realice la fusión de intermediarios financieros supervisados, debe presentar la documentación que se establece en el Anexo 3 de este Acuerdo. En caso de que producto del proceso de fusión se requiera la separación de alguna(s) empresa(s) de los grupos o conglomerados financieros participantes, en esta carta se debe solicitar la separación de la(s) empresa(s) que corresponda, para lo cual se debe indicar expresamente el nombre de la(s) empresa(s), así como la exclusión de los libros de registros de SUGEF. La solicitud para la separación de empresas debe presentar los requerimientos establecidos en el Anexo 11 de este Acuerdo. 3.- Las modificaciones antes citadas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General. 1 vez. O.C. N Solicitud N (IN ). El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el artículo 16 del acta de la sesión , celebrada el 9 de abril del 2013, considerando que: A. Mediante artículo 10, del acta de la sesión , celebrada el 23 de julio del 2010, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó el Acuerdo SUGEF 15-10, Reglamento para la calificación de deudores con operaciones otorgadas con recursos del Sistema de Banca para el Desarrollo, Ley Dicho Reglamento estableció el marco metodológico para el cálculo de estimaciones por riesgo de crédito aplicable a los deudores con operaciones del Sistema de Banca para el Desarrollo. B. El Artículo 11. Políticas, procedimientos y documentación mínima en el expediente de crédito, del Acuerdo SUGEF 15-10, exige que la entidad cuente, entre otros aspectos, con políticas y procedimientos aprobados por la Junta Directiva u órgano equivalente para el manejo y seguimiento de estas operaciones crediticias y la evaluación de la capacidad de pago. Además, dispone que la entidad debe mantener en el expediente de crédito de cada deudor la información que justifica la calificación del deudor y el monto de la estimación de cada una de sus operaciones, así como los documentos y registros que evidencian el cumplimiento de las políticas y procedimientos. C. El marco regulatorio citado debe ser más claro en reconocer que el diseño de los productos crediticios y el perfil de los clientes de microcrédito tiene características particulares que, para la adecuada gestión del riesgo crediticio, exige algunas prácticas diferentes de las utilizadas en el crédito convencional. D. La Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional establece principios generales de buen gobierno corporativo en el contexto de la actividad crediticia. Por ejemplo, el artículo 63 dispone que La Junta Directiva de cada banco comercial del Estado establecerá las disposiciones reglamentarias y normas de operación que considere más convenientes para la concesión de créditos. ( ). El artículo 65 establece que Antes de conceder un crédito, los bancos procurarán cerciorarse de que las personas responsables de sus rembolsos están en capacidad financiera de cumplir su obligación dentro del plazo respectivo. ( ). El Artículo 66 dispone que Los créditos que concedan los bancos comerciales deberán ser asegurados con garantías que a juicio suyo sean satisfactorias. ( ). En ese contexto y conforme a las sanas prácticas de gobierno corporativo, es responsabilidad de cada entidad financiera establecer las políticas y procedimientos que regirán las actividades microcrediticias, incluyendo, su propia determinación de la documentación mínima que estima pertinente solicitar a esos clientes. E. Generalmente, los deudores beneficiarios del microcrédito carecen de información financiera formal sobre sus negocios. En consecuencia, la forma en que se documenten esos créditos debe ser flexible e innovadora, por ejemplo, estableciendo mecanismos para la recopilación desde un inicio y de buena fe, de la información sobre las actividades comerciales y el entorno familiar del cliente. Por esa razón, la documentación de esos créditos se sustenta a partir de información obtenida mediante entrevistas, visitas oculares, uso de referencias de acreedores y vecinos, y de la limitada documentación que es entregada por el cliente potencial, tanto de su negocio como de su hogar o unidad familiar. En muchos casos, la información financiera debe ser confeccionada por el mismo oficial de crédito, a partir de esas fuentes de información. Por consiguiente, esos créditos son otorgados utilizando metodologías crediticias especializadas de intenso contacto personal para, entre otros, evaluar y determinar la voluntad y capacidad de pago del cliente potencial. F. En lo concerniente específicamente al microcrédito el Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, en su documento de agosto de 2010 denominado Actividades de Microfinanzas y los Principios Básicos para una Efectiva Supervisión Bancaria, desarrolló una serie de orientaciones para aplicar los Principios Básicos a las actividades de microcrédito. El Comité reconoce que la gestión del riesgo de crédito para esas actividades es diferente, debido a las características propias de esos productos, el perfil de su clientela y la metodología para la concesión de préstamos. De manera consecuente, menciona que la eficiencia de la supervisión también pasa por la especialización en el ámbito de los microcréditos y por un grado adecuado de flexibilidad por parte de los supervisores. El marco de regulación debe exigir a las entidades que conceden microcréditos la utilización de manuales y políticas documentadas por escrito en materia de evaluación, aprobación, seguimiento y recobro de esos préstamos, así como ofrecer suficiente flexibilidad para que las entidades logren acomodar sus metodologías crediticias a las singulares características del microcrédito. Los reguladores y supervisores deben fijar normas eficientes y de fácil cumplimiento sobre la documentación

38 Pág 60 La Gaceta Nº 90 Lunes 13 de mayo del 2013 de los créditos, en función de la naturaleza de los clientes y sus negocios, que podrían diferir de las actividades de crédito minorista tradicionales. La documentación formal debe centrarse en información que atestigüe la identidad y el lugar de residencia del cliente, acompañada de los datos recogidos, analizados y elaborados por el agente responsable de la concesión del crédito. G. Compete al ente supervisor, en el ejercicio de sus funciones, comprobar el apego de la entidad a sus propias políticas para la evaluación y documentación de los créditos, y confirmar que la información mínima exigible es aquella que la misma entidad consideró necesaria para determinar la capacidad de pago y solvencia económica de estos deudores potenciales. Este enfoque coloca la responsabilidad final en las estructuras de gobierno corporativo de la entidad y delimita claramente el papel del supervisor. H. El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero mediante artículo 7 del acta de la sesión celebrada el 8 de enero del 2013, remitió en consulta, en acatamiento de lo estipulado en el artículo 361, numeral 2, de la Ley General de la Administración Pública, la propuesta de modificación al Reglamento para la calificación de deudores con operaciones otorgadas con recursos del Sistema de Banca para el Desarrollo, Ley dispuso: 1. Eliminar los párrafos segundo y tercero del artículo 4 del Acuerdo SUGEF 15-10, de manera que su texto se lea así: Artículo 4. Análisis de Deudores Es responsabilidad de la Junta Directiva u órgano equivalente de cada entidad financiera aprobar las políticas, los procesos y controles que se utilizarán para identificar, medir y gestionar los riesgos asociados a las operaciones de crédito otorgadas con recursos del Sistema de Banca para el Desarrollo, Ley 8634 y sus reformas. Tales políticas, procesos y controles deben considerar, como mínimo, las características propias de esa línea de negocio, en cuanto al acceso de potenciales deudores a dicho financiamiento y los mitigadores de riesgo que se consideren necesarios, conforme el apetito de riesgo definido por la propia entidad en esa actividad. La Superintendencia General de Entidades Financieras verificará la suficiencia de esas políticas, procesos y controles dentro de sus programas de supervisión. 2. Modificar el Artículo 11, del Acuerdo SUGEF 15-10, de conformidad con el siguiente texto: Artículo 11. Políticas, procedimientos y documentación mínima en el expediente de crédito La entidad debe contar con políticas y procedimientos aprobadas por la Junta Directiva u órgano equivalente para el manejo y seguimiento de las operaciones crediticias que contemple la documentación que exigirá y mantendrá de cada deudor en ese tipo de créditos, la evaluación de la capacidad de pago, el cobro administrativo, el cobro judicial, la valoración de garantías, si las hubiere, liquidación de operaciones por aplicación de la estimación correspondiente, entre otros aspectos. La entidad debe mantener en el expediente de crédito de cada deudor, la información establecida en sus propias políticas y procedimientos crediticios, así como los documentos y registros que evidencian su apego a éstos. La información contenida en el expediente debe ajustarse, como mínimo, a los requerimientos de identificación y conocimiento del cliente, establecidos en la Ley 8204, Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas y su reglamentación conexa. 3. Las modificaciones reglamentarias antes consignadas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General. 1 vez. O.C. N Solicitud N (IN ). La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 6 del acta de la sesión , celebrada el 3 de abril del 2013, considerando que: A. La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, en el artículo 8 del acta de la sesión , celebrada el 16 de mayo del 2012, ordenó la apertura de un procedimiento administrativo ordinario a Casa de Cambio Soluciones Monetarias S. A., motivada en una aparente infracción del artículo 17 del Reglamento de Operaciones Cambiarias de Contado al existir evidencia de que pudo haber excedido el límite diario permitido de la posición autorizada en divisas con respecto al patrimonio dolarizado durante el período comprendido entre el 27 de diciembre del 2011 al 13 de enero del En lo que interesa, el referido numeral 17 señala: Artículo 17: Posición Propia Autorizada en Divisas ( ) la posición propia efectiva en divisas de las Casas de Cambio, deberá mantenerse al final de cada día hábil entre el más y el menos ciento por ciento (± 100%) del monto que resulte mayor entre el Patrimonio total más reciente reportado por la SUGEF al Banco Central de Costa Rica, o el de la garantía rendida ante el Banco Central, expresados en dólares de los Estados Unidos de América con base en el Tipo de Cambio de referencia para la compra que compute el Banco Central para el día hábil anterior. ( ) B. De importancia para la resolución de este asunto, la instrucción del procedimiento administrativo tiene por probado el único hecho investigado, cuyo detalle es que: Durante el período comprendido entre el 27 de diciembre de 2011 al 13 de enero del 2012 excedió el límite diario permitido de la posición autorizada en divisas con respecto al patrimonio dolarizado según el siguiente detalle:

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