EQUIPO 3 LEGISLACIÓN DE ESPAÑA

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1 EQUIPO 3 Arellano Arellano Chris Stephany. Cruz García María del Rocío. Eslava Pacheco Ana Rosa. Gutiérrez Espinosa Adriana. Mejía Rangel Blanca Tsitsiki. Sosa Núñez Iris Gabriela. LEGISLACIÓN DE ESPAÑA

2 ANTECEDENTES Problema de salud pública Orden público o económico Surgen las primeras leyes siglo XVII Primero prohibiendo Fomentando y regulando: producción, comercialización y consumo.

3 ANTECEDENTES 1999 Siglo XVII Regular campañas de abastecimiento Siglo XIX Calidad y su elaboración Real Orden 1890 Siglo XX Comercio exterior Real Decreto estableciendo estaciones enotécnicas Regulación completa del sector con el Estatuto del vino Reglamento CE, por el que se establece la OCM vitivinícola, aplicación en todos los estados a partir de Agosto del 2000

4 LEY DE LA VIÑA Y EL VINO UNION EUROPEA Reglamento CE OCM vitivinícola CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978 Comunidades Autónomas Administración General del Estado LEY 24/2003, de Julio, de La Viña y el Vino

5 LEY DE LA VIÑA Y EL VINO TÍTULO I Ámbito de aplicación y aspectos generales de la vitivinicultura TÍTULO II Sistema de protección del origen y la calidad de los vinos TÍTULO lll Régimen sancionador TÍTULO IV El Consejo Español de Vitivinicultura

6 CONTENIDO DE LA LEY TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III TÍTULO IV Indicaciones relativas a las características del vino Promoción viñedo, vino y mostos de uva. Plantaciones y derechos de replantación Variedades Arranque del viñedo Riego de la vid Aumento artificial del la graduación alcohólica. Mezclas de tipos de vinos Principios, niveles, caracterización generales del sistema Normativa para cada nivel Vinos de mesa con el derecho a la mención tradicional vino de tierra. Vinos de calidad producidos en determinadas regiones. Vinos con denominación de origen Control y certificación Obligaciones y facultades de los inspectores Infracciones y sanciones Consejo Español de Vitivinicultura Funciones Asesorar, informar y dictaminar, sobre cualquier disposición legal o reglamentaria Formular propuestas Informe sobre los planes estratégicos Informar a las mesas sectoriales. actuaciones necesarias para la promoción y el fomento de la vitivinicultura.

7 Objetivos El objeto de esta ley es la ordenación básica, en el marco de la normativa de la unión europea, de la viña y el vino, así como su designación, presentación, promoción y publicidad.

8 Así mismo se regulan en esta ley los niveles diferenciados del origen y la calidad de los vinos, así como el sistema de protección en defensa de productores y consumidores, de las denominaciones y menciones que legalmente les están reservados frente a su uso indebido.

9 También se incluye en el ámbito de esta ley el régimen sancionador de las infracciones administrativas en las materias en las que se refieren los apartados anteriores.

10 TÍTULO l Ámbito de aplicación y aspectos generales de la vitivinicultura 1. Objetivo Marco de la normativa de la viña y el vino. Regulación de origen y calidad de los vinos. Régimen sancionador 2.Definiciones 3.Indicaciones: características de los vinos Nueva plantación, replantación, reposición de cepas operadores. Vinos, vinos tranquilos de calidad producidos en regiones determinadas (v.t.c.p.r.d.). Vinos de mesa: noble, añejo y viejo. Indicaciones propias de los v.t.c.p.r.d.: Crianza, reserva, gran reserva. Vinos espumosos de calidad: Premium y gran reserva.

11 4.Promociones Financiar campañas de información, difusión y promoción del viñedo, del vino y de los mostos de uva, y en particular con la normativa que prohíbe a los menores de edad el consumo de bebidas alcohólicas. Criterios orientativos: Consumo moderado - responsable, beneficios en alimentación, fomentar el desarrollo del cultivo de la vid, Impulsar el conocimiento de los vinos. Fomento de proyectos y programas de investigación y desarrollo en el sector vitivinícola. 5. Plantaciones y derechos replantación. 6. Transferencia de derechos de replantación 7. Variedades 8.Arranque de viñedos Propuesta del Ministro de Agricultura Pesca y Alimentación y consultadas a las Comunidades Autónomas Autorizaciones por la Unión Europea. Las variedades destinadas a uva de vinificación deberán pertenecer a la especie «vitis vinífera» L.

12 9. Riego de la vid Mantener el equilibrio del potencial vegetativo de la planta con el ecosistema clima-suelo, a fin de obtener productos de alta calidad. 10. Aumento artificial de la graduación alcohólica natural Queda prohibida la adición de sacarosa y de otros azúcares no procedentes de uva de vinificación para aumentar la graduación alcohólica natural de mostos y vinos. 11. Mezclas de tipos de vino En el marco de la normativa comunitaria, queda prohibida la mezcla de vinos tintos con vinos blancos

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14 Vinos de Pago: Es la mayor categoría que puede alcanzar un vino, que incluyen características climáticas y edafológicas distintivas de un paraje o sitio rural determinado, cumple mínimo, requisitos aplicados a las Denominaciones de Origen y habrá de ser elaborado y embotellado en la bodega del pago o en el término municipal en que éste se encuentre.

15 Vinos con Denominación de Origen Calificada (DOCa): Reservada a aquel vino que haya alcanzado altas cuotas de calidad durante período de tiempo. Entre los requisitos necesarios para este status incluyen: que hayan pasado al menos 10 años desde el reconocimiento como DO, los productos se comercialicen embotellados desde bodegas de la zona de producción.

16 Vinos con Denominación de Origen (DO): Los vinos con DO son vinos españoles de prestigio que proceden de un área de producción delimitada y son elaborados en función de unos parámetros de calidad y tipicidad, por un Consejo Regulador se encarga de aspectos tan importantes como variedades de uvas autorizadas, rendimientos por hectáreas, las formas de elaboración o los tiempos de crianza.

17 Vinos de Calidad con Indicación Geográfica: Son vinos elaborados en una región determinada, con uvas procedentes de la misma y cuya calidad, reputación o características se deben al medio geográfico, al factor humano o ambos.

18 Vinos de Mesa (VDM): Son vinos que están fuera del ámbito de VCPRD (Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas), cuya calidad se ha situado en parámetros similares o en ocasiones superiores a los de aquellas regiones. Dentro de este apartado se establecen dos categorías:

19 Vinos de la Tierra: Proceden de determinadas zonas de España en las que se elabora un vino perfectamente identificable y con marcadas características locales, siguiendo una normativa vinícola y enológica no tan exigente como la de las DO. Incluye como requisito, además del contar con indicación geográfica, una graduación alcohólica mínima e indicación de las características organolépticas. Vinos de Mesa: Se recoge aquí el resto de los vinos.

20 CLASIFICACIÓN DEL VINO POR CARACTERÍSTICAS DE ENVEJECIMIENTO Vino noble Esta expresión podrá utilizarse por los vinos sometidos a un período mínimo de envejecimiento de 18 meses en total en recipientes de madera de roble de una capacidad máxima de 600 litros o en botella.

21 Vino añejo Serán los sometidos a un período mínimo de envejecimiento de 24 meses en total en recipiente de madera de roble con una capacidad máxima de 600 litros o en botella. Vino viejo Son aquellos sometidos a un período mínimo de envejecimiento de 36 meses cuando éste envejecimiento haya tenido marcado carácter oxidativo debido a la acción de la luz, del oxígeno, del calor o del conjunto de éstos factores.

22 Los VCPRD tranquilos podrán utilizar además de las indicaciones anteriores, las siguientes: Vino de crianza: Serán los vinos tintos con un período de envejecimiento mínimo de 24 meses de los que al menos 6 serán en madera de roble de 330 litros de capacidad máxima; y para los blancos y rosados con un período mínimo de 18 meses.

23 Reserva: Son los tintos con un período mínimo de envejecimiento de 36 meses con al menos 12 en madera y el resto en botella; y los blancos y rosados con un período de 18 meses, 6 de ellos en madera. Gran reserva Vinos tintos: Período mínimo 60 meses; 18 en madera. Blancos y rosados: 48 meses; 6 en madera Vinos espumosos: 30 meses

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25 INFRACCIONES LEVES Falta de algunas indicaciones obligatorias del etiquetado. Falta de identificación de los recipientes de almacenamiento. SANCIONES Multa desde euros hasta alcanzar el valor de la mercancía, productos o superficies. Suministro incompleto de información o documentación.

26 INFRACCIONES GRAVES Falta de libros-registro, documentos de acompañamiento o declaraciones relativas a uvas, vinos y mostos. Omisión en la etiqueta de la razón social o la falta de etiqueta o rotulación. SANCIONES Multa comprendida entre y euros hasta alcanzar el 5% del volumen de ventas del producto. Fraudes en la naturaleza, composición, calidad peso o volumen entre las características reales del producto.

27 INFRACCIONES MUY GRAVES Elaboración, transformación o comercialización de los productos regulados por esta ley mediante tratamientos, prácticas o procesos no autorizados. Falsificación de productos o la venta de productos falsificados. SANCIONES Multa comprendida entre y euros pudiendo rebasarse esta cantidad hasta alcanzar el 10% de ventas del producto. Cuando se utilizan las menciones reservadas de vinos de calidad producidos en región determinada y no se tenga derecho a ello.

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30 ARTÍCULO Se crea un órgano de carácter consultivo que se denominará Consejo Español de Vitivinicultura.

31 2. Integrado por representantes de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas y de las organizaciones económicas y sociales que operan en el sector vitivinícola.

32 ARTÍCULO 47. Funciones del Consejo Español de Vitivinicultura: Asesorar. Informar. Dictaminar. Formular propuestas. Sobre cualquier disposición legal o reglamentaria que afecte a la vitivinicultura española.

33 Debe: Emitir informes sobre los planes estratégicos de actuación y sobre la memoria anual sectorial. Informar a las mesas sectoriales.

34 Promover y fomentar de la vitivinicultura, realizando los estudios precisos al efecto. Proponer Reformas Administrativas para la mejora del sector vitivinícola.

35 contenttypes/common/records/viewdocu ment/0,,,00.bin?doc=

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