COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REVISTA NOTARIAL Nro. 64

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REVISTA NOTARIAL Nro. 64"

Transcripción

1 JURISPRUDENCIA EMBARGO: Transferencia de Inmueble. Embargo no informado por el Registro de la Propiedad. Responsabilidad del Estado Provincial. Daño Causado. Actualización del Embargo desde el momento en que se produjo el daño. 1. La responsabilidad del Estado Provincial deviene de lo preceptuado por el art del Código Civil, en concordancia con lo normado por el art del mismo cuerpo legal. 2. La obligación de indemnizar, por la omisión de informar acerca del embargo trabado, resulta de la culpa del funcionario público en el cumplimiento de sus funciones y se extiende a la Provincia conforme lo que dispone el art primera parte- del mismo ordenamiento. 3. Lo atinente a la reparación del perjuicio ocasionado, está regulado por las disposiciones relativas a los delitos del derecho civil las que mandan reponer las cosas a su estado anterior, excepto si fuera imposible, en cuyo caso la indemnización se fijará en dinero. 4. Para establecer la procedencia de la acción y el resarcimiento que corresponde ordenar, conviene analizar lo relativo a los presupuestos de la responsabilidad civil. 5. La irregularidad culposa -no se puede, en el caso, determinar que sea intencional o dolosa- debida a la negligencia o inobservancia de los deberes a su cargo, del dependiente estatal, que provocara la información errónea, acarrea para la Provincia la imputación objetiva de la responsabilidad derivada del hecho de aquel. 6. El Estado responde por daños causados culposamente por los agentes públicos. La conducta de estos hace nacer, al menos, dos tipos de acciones: una de carácter administrativo (para ser juzgada la responsabilidad en esta sede) y otra de carácter civil (la recursoria). [1]

2 7. En cuanto al presupuesto de la causalidad adecuada entre la omisión registral y el daño causado, los preceptos legales que la regulan se encuentran en el art. 901 del Código de Vélez. 8. Con la inscripción registral del embargo, el acreedor lo único que se garantiza es el cobro de lo que ha embargado, de ahí entonces, que lo que sobrepasa esa cifra carece de garantía alguna de satisfacción. 9. Ese daño se produce en el momento mismo en que el Registro de la Propiedad da a conocer una información equivocada, anunciando que el inmueble embargado estaba libre de todo gravámen. 10. La Provincia tiene la obligación de mantener indemne al embargante y por tal razón debe resarcir al perjudicado abonándole la suma actualizada por la que tenía una garantía que se le frustró. C 10 CC.Cba. 14/06/90. Trib. de origen: luz. 24º CC. Cba. "Banco del Acuerdo S.A. (en liquidación) C/Superior Gobierno de la Provincia -Ordinario" 2 Instancia - Córdoba, 14 de junio de Y CONSIDERANDO: I. La responsabilidad del Estado Provincial deviene de lo preceptuado por el art del Código Civil, en concordancia con lo normado por el art del mismo cuerpo legal. La obligación de indemnizar, por la omisión de informar acerca del embargo trabado, resulta de la culpa del funcionario público en el cumplimiento de sus funciones y se extiende a la Provincia conforme lo dispone el art , primera parte del mismo ordenamiento. Lo atinente a la reparación del perjuicio ocasionado, está regulado por las disposiciones relativas a los delitos del derecho civil las que mandan reponer las cosas a su estado anterior, excepto si fuera imposible, en cuyo caso la indemnización se fijará en dinero. [2]

3 En el presente caso nos encontramos en la hipótesis de no poder reponer las cosas en el estado en que se encontraban antes de producirse el perjuicio, habida cuenta de la transferencia operada. II. Para establecer la procedencia de la acción y el resarcimiento que corresponde ordenar, conviene analizar lo relativo a los presupuestos de la responsabilidad civil. III.a. En primer lugar, la antijuricidad, el obrar contrario a derecho, manifestado en la omisión de informar, ha sido admitido por la demandada (fs. 66, punto V, quinto renglón) en cuanto a su materialidad. Las leyes y (provincial), ordenan que la información que se proporciona, se compadezca con la realidad de la situación jurídica del bien. III.b. La irregularidad culposa no puede, en el caso, determinar que sea intencional o dolosa - debida a la negligencia o inobservancia de los deberes a su cargo, del dependiente estatal, que provocara la información errónea, acarrea para la Provincia la imputación objetiva de la responsabilidad derivada del hecho de aquel. El Estado responde por daños causados culposamente por los agentes públicos. La conducta de estos hace nacer, al menos, dos tipos de acciones: una de carácter administrativo (para ser juzgada la responsabilidad en esa sede) y otra de carácter civil (la recursoria) que se relacionan íntimamente con el tema en estudio, a los fines de fijar los límites de la repetición en su caso, pero que no corresponde que sean tratados ahora ya que la atención está dirigida a la responsabilidad estatal. III.c. En cuanto al presupuesto de causalidad adecuada entre la omisión registral y el daño causado, los preceptos legales que la regulan se encuentran en el art. 901 del Código de Vélez. No cabe duda alguna que ante la errónea información proporcionada por el Registro de la Propiedad, en cuanto a la inexistencia de gravámenes, que permitió la transferencia sin la retención correspondiente, opera lo dispuesto respecto a las consecuencias inmediatas y a la imputación al autor del hecho y [3]

4 al Estado por la responsabilidad refleja. Al no consignarse la existencia del embargo, el propietario pudo disponer libremente del inmueble. Se advierte claramente la relación de causalidad entre la omisión y la libre disponibilidad. Dejo de lado, por ahora, la distinción que necesariamente debe hacerse en cuanto a las consecuencias mediatas y su imputación en orden a la previsibilidad, para referirme al daño. III.d. Se entiende por daño aquello que representa una lesión, menoscabo o privación de una situación amparada por el derecho. La actora reclama el resarcimiento del daño causado por la omisión, el que fija en una suma de dinero superior al monto de la cautelar. Para establecer la magnitud de la reparación que se ordene, es imprescindible dar por sentado que el daño tiene que ser cierto, admitiéndose que puede ser actual o futuro, más nunca eventual o hipotético. La omisión ya referida, causó un daño cierto, ya sufrido, al impedir que el acreedor obtuviera el pago de su crédito, total o parcialmente, de la garantía que había logrado al trabar embargo por la suma de australes ciento ochenta (A 180). El propietario del bien embargado o un tercero, conociendo la real situación jurídica del bien podría desinteresar al embargante abonando la suma que satisfaga el monto del embargo, por lo que al obviarse la puesta en conocimiento de la cautelar, el embargante se ha visto perjudicado al no recibir o contar con ese dinero. Concluyó en este punto, sosteniendo que el Estado Provincial debe resarcir el daño provocado hasta el momento de la medida preventiva. III.e. Lo relativo al mayor capital reclamado como indemnización merece tratamiento especial. Tengo que tratar aquí lo que postergué anteriormente, ya que es imprescindible hacer precisiones sobre el nexo adecuado de causalidad y el daño [4]

5 proveniente del hecho del dependiente. Estas cuestiones, huelga decido, se encuentran íntimamente relacionadas. Tengo para mí que con la inscripción registral del embargo, el acreedor lo único que se garantiza es el cobro de lo que ha embargado, de ahí entonces, que lo que lo sobrepase esa cifra carece de garantía alguna de satisfacción. En ese orden de ideas que no se puede encontrar un nexo adecuado de causalidad entre lo que se afirma que existió de daño y el que efectivamente se pueda haber provocado. La indemnización que se reclama, monto superior al embargado, no tiene relación alguna con la omisión informativa del Registro. El crédito de la actora se encontraba garantizado hasta cierto límite. Este es, repito, el dado por el monto del embargo. A lo sumo, el perjuicio que se invoca, podría resultar de la pérdida de la posibilidad de subastar el inmueble oportunamente embargado, pero ese perjuicio tampoco tiene que ver con el crédito insoluto. El daño, tal como se lo presenta, es a mi juicio, eventual e hipotético, habida cuenta de que no se puede relacionar la omisión de informar, con la imposibilidad de rematar o en el caso de que este acto judicial se hubiera producido, con el pago total de la deuda. A mi criterio, la consecuencia que relaciona la imposibilidad del remate con el no pago de la deuda es mediata y, además imprevisible. En efecto, no se puede preveer que todo bien sobre el que se traba una medida cautelar, deba ser vendido en subasta judicial. La misma normativa legal que regula la actuación del Registro, establece los recaudos que han de tomarse entre los que se encuentra la llamada "anotación preventiva de subasta". En pocas palabras, no existe nexo adecuado de causalidad entre la omisión de informar y el remate frustrado ya que, razonablemente, no puede sostenerse que según lo regular, lo normal, lo que ocurre según el curso natural y ordinario de las cosas, el informe erróneo sea el efecto que produce esa causa, [5]

6 aún representándoselo como de posible factibilidad. En este sentido, soy de opinión que le asiste razón al apelante en este aspecto. IV. Me encargo ahora del segundo agravio. He dicho que el daño cierto producido, está configurado por la "desaparición" de la garantía que había logrado el embargante y su magnitud asciende al monto de lo embargado, esto es Australes ciento ochenta (A 180). Ese daño se produce en el momento mismo en que el Registro de la Propiedad da a conocer una información equivocada, anunciando que el inmueble embargado estaba libre de todo gravamen. Conforme lo hace constar la Escribana que labró el acta de la escritura traslativa de dominio en el mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, Sra. Lucía A. de Tina, Titular del registro N 717, "con el certificado número setenta y un mil ochocientos cuarenta y ocho expedido a mi solicitud por el Registro General con fecha diecinueve del mes en curso, se acredita que no aparecen inhibiciones y que los dominios constan en las inscripciones relacionadas libre de gravámenes. El diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, con la información errónea se produce el hecho ilícito del que emerge la obligación de reparar, puesto que ese día queda sin efecto la garantía del embargante. En mi opinión, es irrelevante que el informe fuera o no utilizado posteriormente, en esta segunda hipótesis no se hubieran causado el perjuicio. En cambio, el daño se ocasiona con motivo, con fundamento, en base al actuar culposo del dependiente estatal que no informa debidamente. Reitero, es en esa fecha cuando la actora pierde la garantía de su crédito. El Estado Provincial, mediante la inscripción efectuada en el Registro General de la Propiedad, garantizaba a la institución embargante una suma de dinero de la que se ha visto privada de obtener, a raíz de un actuar negligente. La Provincia tiene la obligación de mantener indemne al embargante y por [6]

7 tal razón debe resarcir al perjudicado abonándole la suma actualizada por la que tenía una garantía que se le frustró. Corresponde, entonces, actualizar el monto original (australes ciento ochenta), desde el momento en que se ocasionó el perjuicio (l9-xi-86) hasta el día del efectivo pago, de vengando la cantidad ya ajustada, un interés anual del ocho por ciento (8%) Para recalcular el capital, debe utilizarse el índice de variación del costo de vida en nuestra Capital, según las pautas que proporciona el INDEC. Por lo dicho y por mayoría, SE RESUELVE: 1 ) Tener por desistido el recurso de nulidad. 2 ) Acoger parcialmente el recurso de apelación. 3 ) Revocar parcialmente la sentencia impugnada y m odificarla en cuanto al monto de la condena la que se fija en la suma de australes ciento ochenta (A 180) con más su actualización monetaria e intereses conforme los sostengo al tratar la cuestión anterior. 4 ) Imponer las costas de esta instancia a la actor a en un noventa por ciento (90%) Mario Sarsfield Novillo. Vocal Jorge R. Rampini. Vocal Beatriz Alvarez de Varas. Vocal [7]

EXPROPIACION: Expropiación irregular. Abandono de la expropiación.

EXPROPIACION: Expropiación irregular. Abandono de la expropiación. JURISPRUDENCIA EXPROPIACION: Expropiación irregular. Abandono de la expropiación. 1 - "El efecto principal del abandono de la expropiación es la imposibilidad de que el sujeto expropiante, una vez transcurridos

Más detalles

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REVISTA NOTARIAL Nro. 73

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REVISTA NOTARIAL Nro. 73 JURISPRUDENCIA EMBARGO: Inscripción Registral. Cancelación. Extensión a otros inmuebles. Normativa registral. Certificación Notarial. Ampliación de Embargo. Ley 17.801. Ley 5771. 1. El embargo y su monto,

Más detalles

TERCERIA DE MEJOR DERECHO

TERCERIA DE MEJOR DERECHO JURISPRUDENCIA TERCERIA DE MEJOR DERECHO SENTENCIA NÚMERO: 132. En la ciudad de Córdoba, a los diez del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, reuniéronse en Acuerdo Público los Sres. Vocales

Más detalles

NULIDAD CONTRATO DE LOCACION

NULIDAD CONTRATO DE LOCACION JURISPRUDENCIA NULIDAD CONTRATO DE LOCACION SENTENCIA NÚMERO: 118 En la ciudad de Córdoba, a los veintitrés días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, reuniéronse en Acuerdo Público

Más detalles

9/3/2018 M.Sc. Viviana Vega 2

9/3/2018 M.Sc. Viviana Vega 2 FORO 2 9/3/2018 M.Sc. Viviana Vega 2 RESPONSABILIDA D CIVIL RELACIÓN OBLIGATOR IA DERECHO DE CRÉDITO DEBER DE REPARACIÓN PERJUDICADO PERSONA LEGALMENTE OBLIGADA DEBER DE INDEMNIZAR 9/3/2018 M.Sc. Viviana

Más detalles

GOMEZ ALBERTO ANTONIO Y OTRO c/ SAMA EXPLOTACIONES AGRICOLAS S.R.L. Y OTRO s/ejecutivo Expediente N 21893/2013 sd

GOMEZ ALBERTO ANTONIO Y OTRO c/ SAMA EXPLOTACIONES AGRICOLAS S.R.L. Y OTRO s/ejecutivo Expediente N 21893/2013 sd GOMEZ ALBERTO ANTONIO Y OTRO c/ SAMA EXPLOTACIONES AGRICOLAS S.R.L. Y OTRO s/ejecutivo Expediente N 21893/2013 sd Buenos Aires, 15 de septiembre de 2016. Y Vistos: 1. Apeló el actor la decisión de fs.

Más detalles

Seguros. Condiciones Generales. Póliza de Cumplimiento Judicial

Seguros. Condiciones Generales. Póliza de Cumplimiento Judicial Seguros Condiciones Generales Póliza de Cumplimiento Judicial 01/03/2006-1306 - P-5 - P1400B PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO JUDICIAL CONDICIONES GENERALES CAPÍTULO I AMPAROS Y EXCLUSIONES AXA COLPATRIA SEGUROS

Más detalles

En la Ciudad de Córdoba, a las. Sres. Vocales de esta Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en

En la Ciudad de Córdoba, a las. Sres. Vocales de esta Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en SENTENCIA NUMERO: En la Ciudad de Córdoba, a las de horas del día de dos mil seis, se reunieron en Audiencia Pública los Sres. Vocales de esta Excma. Cámara ----- de Apelaciones en lo Civil y Comercial,

Más detalles

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 5265/2014 AFIP - DGI c/ CASTRO HERMANOS SA s/ejecucion

Más detalles

BIEN DE FAMILIA: Ley Nacional , arts. 38 y 49. Decreto Provincial Desafectación del mismo. Procedencia.

BIEN DE FAMILIA: Ley Nacional , arts. 38 y 49. Decreto Provincial Desafectación del mismo. Procedencia. JURISPRUDENCIA BIEN DE FAMILIA: Ley Nacional 14.394, arts. 38 y 49. Decreto Provincial 6.687. Desafectación del mismo. Procedencia. 1. La incidencia de la afectaciónde un inmueble al régimen de familia

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ FPA 12333/2015/CA1 ///raná, 07 de septiembre de 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: FONTANETTO, IRIS LAURA Y OTROS CONTRA AFIP SOBRE ACCIÓN MERAMENTE

Más detalles

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EL AMPARO. Conclusiones foro 13

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EL AMPARO. Conclusiones foro 13 MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EL AMPARO Conclusiones foro 13 CASO A) Blanca Lidia Leonardo viuda de Fassler alega que la quinta, sexta y séptima inscripciones de dominio (últimas hechas a favor de otras personas

Más detalles

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA X

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA X SENT. DEF. EXPTE. Nº 45164/2011/CA1 (34737) JUZGADO Nº: 74 SALA X DESPIDO AUTOS: CORIMAYO LUIS ALBERTO C/PERTENECER S.R.L. S/ Buenos Aires, 13-02-15 El Dr. GREGORIO CORACH dijo: I- Llegan los autos a conocimiento

Más detalles

Í n d i c e. Propósitos a la segunda edición... 15

Í n d i c e. Propósitos a la segunda edición... 15 Í n d i c e Propósitos a la segunda edición.... 15 I. Generalidades.... 17 1. Ámbito de aplicación... 19 2. Un sistema mixto.... 21 3. Los pactos permitidos en materia hipotecaria por el Código Civil y

Más detalles

Información Registral expedida por JESUS NICOLAS JUEZ ALVAREZ

Información Registral expedida por JESUS NICOLAS JUEZ ALVAREZ Información Registral expedida por JESUS NICOLAS JUEZ ALVAREZ Registrador de la Propiedad de LLEIDA 2 Pasaje Pompeyo,4 7º A - LLEIDA tlfno: 0034 973 273309 correspondiente a la solicitud formulada por

Más detalles

PROGRAMA DE REFLEXIÓN SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

PROGRAMA DE REFLEXIÓN SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES PROGRAMA DE REFLEXIÓN SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Mertxe Leránoz Goñi Ponente: Carmen Ruiz Marisa Soleto Repullo Ávila Directora Gerente VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y REPARACION DEL DAÑO 31

Más detalles

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, uno de agosto de dos mil dieciséis.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza, uno de agosto de dos mil dieciséis. [ ] Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; se tiene a la actora por presentada, haciendo las manifestaciones a que se refiere en el de cuenta, y como lo solicita gírense atentos oficios

Más detalles

DIGESTO PRACTICO LA LEY - HIPOTECA

DIGESTO PRACTICO LA LEY - HIPOTECA DIGESTO PRACTICO LA LEY - HIPOTECA A. NORMATIVA SUBSTANCIAL I - NORMAS NACIONALES 1 Ley 340 2 Ley 15.283 3 Ley 17.285 4 Ley 17.801 5 Ley 18.307 6 Ley 19.724 7 Ley 20.094 8 Ley 20.276 9 Ley 21.309 10 Ley

Más detalles

LEY XXII º 4 (Antes Ley 509)

LEY XXII º 4 (Antes Ley 509) LEY XXII º 4 (Antes Ley 509) ARTÍCULO 1.- Fíjase en el setenta por ciento (70%) del costo total de las obras, la Contribución que, en concepto de mejoras, abonarán los propietarios cuyos inmuebles se encuentren

Más detalles

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS

DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS DE LA PRELACIÓN ENTRE EMBARGOS Por el Escribano Jorge Machado Se trata de determinar la prelación entre embargos y en particular entre el embargo genérico y el de un crédito; establecer cuál es el criterio

Más detalles

Medidas Cautelares. Son medidas tomadas por los jueces con el objetivo de impedir la disposición de los bienes del deudor.

Medidas Cautelares. Son medidas tomadas por los jueces con el objetivo de impedir la disposición de los bienes del deudor. Medidas Cautelares Son aquellas que tienen como fin asegurar el ejercicio de un derecho. Lo que se pretende tutelar es la posibilidad de hacer efectivo el derecho que se está invocando y que será resuelto

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación LABORAL. DIFERENCIAS SALARIALES. RECHAZO DE RECONVENCIÓN. CAUSA PENAL. PROCEDIMIENTO. ART. 75 DE LA LEY 18.345. CARÁCTER AUTÁRQUICO DE LA ACCIONADA. INAPLICABILIDAD DE LAS NORMAS

Más detalles

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA CON RESIDENCIA EN GUADALCAZAR, S.L.P JUEZ LIC. MOISES GERARDO GARCIA MORAN

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA CON RESIDENCIA EN GUADALCAZAR, S.L.P JUEZ LIC. MOISES GERARDO GARCIA MORAN Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA CON RESIDENCIA EN GUADALCAZAR, S.L.P JUEZ LIC. MOISES GERARDO GARCIA MORAN ORDINARIO CIVIL,

Más detalles

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VIII 18829/2012 JUZGADO 70 AUTOS: VELAZQUEZ PAREDES, FAUSTINO c. MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s. ACCIDENTE LEY ESPECIAL En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de octubre de 2018, se reúnen

Más detalles

CONSIDERANDO: República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.

CONSIDERANDO: República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional. República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: S/ EXP-S05: 0069346/2015 POA SALTA

Más detalles

Información Registral expedida por AURORA DEL MONTE ARRIETA

Información Registral expedida por AURORA DEL MONTE ARRIETA Información Registral expedida por AURORA DEL MONTE ARRIETA Registrador de la Propiedad de FUENLABRADA 4 Plaza de la Constitución, 2 y 3, pl. 1ª, ofic. 4 - FUENLABRADA tlfno: 0034 91 6155295 correspondiente

Más detalles

Procedimiento Laboral

Procedimiento Laboral JULIO A. GRISOLIA ALEJANDRO H. PERUGINI Procedimiento Laboral Tomo II El proceso de conocimiento Tercera edición 41011AbeledoPerrot /COLEGIO DE ABOGADOS! DE SAN ISIDRO /BIBLIOTECA( CAPÍTULO 10 LOS TRÁMITES

Más detalles

Manuel Jesús Marín López Catedrático de Derecho Civil Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La Mancha

Manuel Jesús Marín López Catedrático de Derecho Civil Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La Mancha DESESTIMADA LA ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL INSTADA POR UNA ASOCIACIÓN DE HEMOFÍLICOS CONTRA LABORATORIOS FARMACÉUTICOS (STS, SALA 1ª, DE 21.5.2014) 1 Manuel Jesús Marín López Catedrático de Derecho

Más detalles

EXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece.

EXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece. EXPEDIENTE NÚMERO 781/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.- Pachuca de Soto, Hidalgo, 24 veinticuatro de octubre del 2013 dos mil trece. V I S T O S, los presentes autos para dictar SENTENCIA

Más detalles

VISTAS: Estas actuaciones que llevan el Nro de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción,

VISTAS: Estas actuaciones que llevan el Nro de la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción, Resolución OA/DI Nro. 78/03 Buenos Aires, 20 de febrero de 2003 VISTAS: Estas actuaciones que llevan el Nro. 2171 de la Dirección de Investigaciones de la, Y Considerando: I. Que se ha dictado la Resolución

Más detalles

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON LISTA DE ES QUE SE FIJA A LAS OCHO HORAS DEL DIA 30/09/16 EN EL JUZGADO 0199/2004 Auto De Fecha: Veintiocho De Septiembre Del Dos Mil ACTUACION En Virtud De Que Los Autos Originales Del Expediente 199/2004

Más detalles

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de octubre de 2001. Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por Eduardo Emilio Sosa en la causa inconstitucionalidad@, para decidir sobre su procedencia. Considerando: 1 ) Que esta

Más detalles

MÓDULO 7 PROCESO ADMINISTRATIVO UNIDAD 2 EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD Y EL SISTEMA NACIONAL DE ANTICORRUPCIÓN SESIÓN 4

MÓDULO 7 PROCESO ADMINISTRATIVO UNIDAD 2 EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD Y EL SISTEMA NACIONAL DE ANTICORRUPCIÓN SESIÓN 4 LICENCIATURA EN DERECHO MÓDULO 7 PROCESO ADMINISTRATIVO UNIDAD 2 EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD Y EL SISTEMA NACIONAL DE ANTICORRUPCIÓN SESIÓN 4 RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y LA PATRIMONIAL

Más detalles

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 9

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 9 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 9 EL PAGO DE LUCRO CESANTE POR DISCAPACIDAD DERIVADA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO, ÚNICAMENTE PROCEDERA CUANDOEL PATRONO HAYA COMETIDO UN HECHO ILÍCITO En fecha treinta (30) de abril

Más detalles

Información Registral expedida por MANUEL TAMAYO CERVIGON

Información Registral expedida por MANUEL TAMAYO CERVIGON Información Registral expedida por MANUEL TAMAYO CERVIGON Registrador de la Propiedad de SAN SEBASTIAN - DONOSTIA 5 Plaza Julio Caro Baroja, 1-1º - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN tlfno: 0034 943 316705 correspondiente

Más detalles

Registrador de la Propiedad de BILBAO 8

Registrador de la Propiedad de BILBAO 8 expedida por MANUEL GARAIZABAL FONTENLA Registrador de la Propiedad de BILBAO 8 correspondiente a la solicitud formulada por FEDERICO JESUS FERNANDEZ PIPAON con DNI/CIF: 14895488K Interés legítimo alegado:

Más detalles

PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias;

PRIMERO.- Este juzgado fue competente para conocer de las presentes Diligencias; 1 Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Civil, Familiar y Mercantil. ÓRGANO JURISDICCIONAL TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL 36/2007 JURISDICCION VOLUNTARIA DE INFORMACION TESTIMONIAL EXTRAVIO

Más detalles

La responsabilidad contable derivada de delitos contra la Administración Pública

La responsabilidad contable derivada de delitos contra la Administración Pública La responsabilidad contable derivada de delitos contra la Administración Pública Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal Director Técnico del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento

Más detalles

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO PAR

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO PAR EXP. 0186/2017 Resolucion De Fecha: Veintiseis De Noviembre De Dos Mil Dieciocho. Segundo.- La Parte Actora Probo Su Accion, El Demandado No Contesto La Demanda Interpuesta En Su Contra. Tercero.- Se Declara

Más detalles

Derecho Bancario y Mercados Financieros - Newsletter Mensual IJ Editores. 11 de Marzo de 2015

Derecho Bancario y Mercados Financieros - Newsletter Mensual IJ Editores. 11 de Marzo de 2015 Derecho Bancario y Mercados Financieros - Newsletter Mensual IJ Editores. 11 de Marzo de 2015 Jurisprudencia Ley Nacional - Ley Provincial - Impuestos Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación Autos:

Más detalles

"La Responsabilidad Civil por Hechos Ilícitos" (3ª Edición actualizada de la doctrina, legislación y jurisprudencia) Autor: José Mélich-Orsini

La Responsabilidad Civil por Hechos Ilícitos (3ª Edición actualizada de la doctrina, legislación y jurisprudencia) Autor: José Mélich-Orsini "La Responsabilidad Civil por Hechos Ilícitos" (3ª Edición actualizada de la doctrina, legislación y jurisprudencia) Autor: José Mélich-Orsini Prólogo ÍNDICE GENERAL PARTE PRIMERA LOS ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD

Más detalles

CONCEPTO DE HIPOTECA

CONCEPTO DE HIPOTECA ACCIÓN HIPOTECARIA CONCEPTO DE HIPOTECA Derecho real que se constituye sobre bienes determinados, generalmente inmuebles, enajenables, para garantizar el cumplimiento de una obligación, sin desposeer al

Más detalles

D I S P O S I C I O N N 746/06.-

D I S P O S I C I O N N 746/06.- D.P.C.e I.T. PROVINCIA DEL NEUQUEN MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS SUBSECRETARIA DE FINANZAS PUBLICOS DIRECCION PROVINCIAL DE CATASTRO E INFORMACION TERRITORIAL NEUQUÉN, 18 de Octubre de 2006.- D I S

Más detalles

CUARTA PARTE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

CUARTA PARTE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES CUARTA PARTE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES CONCLUSIONES: PRIMERA.- El embargo, el Secuestro y la notación de demanda son las medidas cautelares postuladas por los demandante tal como lo demuestra el cuadro

Más detalles

FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO AUTOMOTRIZ CON GARANTIA ANEXO A LA CLAUSULA DE DISPOSICION NORMATIVAS

FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO AUTOMOTRIZ CON GARANTIA ANEXO A LA CLAUSULA DE DISPOSICION NORMATIVAS FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO AUTOMOTRIZ CON GARANTIA ANEXO A LA CLAUSULA DE DISPOSICION NORMATIVAS DISPOSICIONES LEGALES MENCIONADAS EN EL CONTRATO DE CREDITO 1.- CIRCULAR

Más detalles

GLOSARIO DE SEGUROS PARA JÓVENES

GLOSARIO DE SEGUROS PARA JÓVENES GLOSARIO DE SEGUROS PARA JÓVENES Asegurado Persona expuesta al riesgo en sí misma o en sus bienes. Por ejemplo: En el seguro de incendios, el asegurado es el titular del inmueble o bien cubierto en la

Más detalles

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS DOCENTES. Hoy veremos:

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS DOCENTES. Hoy veremos: RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS DOCENTES Hoy veremos: 1. RESPONSABILIDAD. 2. RESPONSABILIDAD DEL DOCENTE: PENAL. ADMINISTRATIVA. CIVIL. 3. LEGISLACIÓN ANTES DE LA SANCION DEL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

Más detalles

s U P r e m a C o r t e

s U P r e m a C o r t e s U P r e m a C o r t e ELENA MARGARITA ARANDA Y OTRO el LUIS ANGEL FERREYRA Y lo BATALLON DE INGENIEROS DE COMBATE 141 E.A. si beneficio de lit-igar sin gastos - indem. por daños y perjuicios - -I- A

Más detalles

Índice. Introducción. 1. Las nociones de jurisprudencia Los criterios de solución de casos Contenido de la obra...

Índice. Introducción. 1. Las nociones de jurisprudencia Los criterios de solución de casos Contenido de la obra... Jurisprudencia del Título Ejecutivo Índice Introducción 1. Las nociones de jurisprudencia... 1 2. Los criterios de solución de casos... 3 3. Contenido de la obra... 5 Capítulo I Autonomía del título ejecutivo

Más detalles

A continuación se tratan los siguientes asuntos: Nº 0047

A continuación se tratan los siguientes asuntos: Nº 0047 ACTA Nº 14.476 SESIÓN DEL JUEVES 12 DE FEBRERO DE 2015 En Montevideo a los doce días del mes de febrero de dos mil quince, a la hora quince, en el despacho de la Presidencia, se reúne el Directorio del

Más detalles

ARTÍCULO 1 (Pago de arrendamientos, subarrendamientos y créditos de uso).-

ARTÍCULO 1 (Pago de arrendamientos, subarrendamientos y créditos de uso).- VISTO: el artículo 39 de la Ley Nº 19.210 de 29 de abril de 2014 RESULTANDO: que el referido artículo establece el modo en que deberá pagarse el precio en dinero de todo arrendamiento, subarrendamiento

Más detalles

LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES Y ADMINISTRACIONES. Gijón, 20 de Marzo de 2014

LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES Y ADMINISTRACIONES. Gijón, 20 de Marzo de 2014 LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES Y ADMINISTRACIONES DEPORTIVAS Gijón, 20 de Marzo de 2014 OBJETIVO Dar a conocer los seguros de Responsabilidad Civil para Asociaciones, Clubs y Entidades

Más detalles

ASUNTO: BIENES Obligación de pago por parte del Ayuntamiento de diferencia de cuota de IRPF satisfecho por permutante de solar en base a la cláusula cuarta de contrato de enajenación por permuta 322/12

Más detalles

NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS

NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS Qué significa que un bien esté hipotecado o prendado? Cuando hipotecas tu propiedad, entregas al Banco o entidad financiera el derecho para que, en caso de

Más detalles

NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS. Dejo de ser dueño cuando mi casa está hipotecada, o mi auto está afecto a una prenda?

NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS. Dejo de ser dueño cuando mi casa está hipotecada, o mi auto está afecto a una prenda? NUEVA LEY DE ALZAMIENTO DE HIPOTECAS Y PRENDAS Qué significa que un bien esté hipotecado o prendado? Cuando hipotecas tu propiedad, entregas al Banco o entidad financiera el derecho para que, en caso de

Más detalles

JUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL

JUZGADO OCTAVO DEL RAMO CIVIL Número de Expediente: 355/2014 Martes, 10 de Febrero de 2015 Fecha en que causó ejecutoria: Lunes, 02 de Marzo de 2015 SEGUNDO.- La actora ***, compareció por procuración Licenciada *** y la demandada

Más detalles

ÍNDICE SISTEMÁTICO. Nómina de autores Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil Objetivos del Capítulo...

ÍNDICE SISTEMÁTICO. Nómina de autores Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil Objetivos del Capítulo... ÍNDICE SISTEMÁTICO PÁGINA Nómina de autores... 7 Sumario... 9 Introducción... 11 Capítulo 1. Delimitación de la responsabilidad civil... 13 Objetivos del Capítulo... 14 1. Derecho de daños y responsabilidad

Más detalles

Neuquén, 16 de junio de SRA. JUEZ:

Neuquén, 16 de junio de SRA. JUEZ: Neuquén, 16 de junio de 2010.- SRA. JUEZ: Que vienen las presentes actuaciones conforme lo establecido por el artículo 9, inciso 5) del Reglamento de la Subsecretaría Legal y Técnica del Tribunal Superior

Más detalles

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N 3.354/15/CA1 P.N.A. c/ Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación s/ amparo de salud Buenos Aires, 28 de junio de 2016. VISTOS: los recursos de apelación interpuestos

Más detalles

Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres.

Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres. En la ciudad de Santa Fe, a los 27 días de julio del año dos mil ocho, se reúnen en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral, Dres. José Daniel Machado,

Más detalles

CATEGORÍA JEFE DE DESPACHO JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

CATEGORÍA JEFE DE DESPACHO JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ HERENCIA VACANTE MEDIDAS CAUTELARES Denuncia de vacancia. Curador Provisional. Reputación de vacancia.

Más detalles

A N T E C E D E N T E S:

A N T E C E D E N T E S: PRIMER TRIBUNAL DISTRITAL DEL ESTADO MAGISTRADO: JOSÉ AMADOR GARCÍA OJEDA SECRETARIO: RAÚL VÁZQUEZ HERNÁNDEZ TOCA CIVIL 241/2015 (SENTENCIA 187/2015) mil quince. Saltillo, Coahuila de Zaragoza, veinte

Más detalles

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. *

DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * DICTAMEN 240 DICTAMEN Nº. 240/2006, de 27 de diciembre. * Expediente relativo a reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública a instancia de D. X, como consecuencia de las lesiones

Más detalles

PROPIETARIO VRS TERCERO REGISTRAL DE BUENA FE. 12/08/2014 M,Sc. Viviana Vega

PROPIETARIO VRS TERCERO REGISTRAL DE BUENA FE. 12/08/2014 M,Sc. Viviana Vega PROPIETARIO VRS TERCERO REGISTRAL DE BUENA FE 1 12/08/2014 M,Sc. Viviana Vega PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL AL DERECHO DE PROPIEDAD El derecho de propiedad está constitucionalmente protegido, a tal grado que

Más detalles

MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO CIVIL CHILENO IVAN HUNTER AMPUERO 2012

MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO CIVIL CHILENO IVAN HUNTER AMPUERO 2012 MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO CIVIL CHILENO IVAN HUNTER AMPUERO 2012 FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Debido proceso Tutela judicial efectiva PRESUPUESTOS GENERALES DE LAS MEDIDAS CAUTELARES Peligro en

Más detalles

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO.

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO. 3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 DE ALGECIRAS, EN P.A. Nº 382/14 INTERPUESTO POR DON ALBERTO LLAVES ENRÍQUEZ CONTRA ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO. Jurídicos del Excmo.

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL SALA B //doba, 8 de noviembre del 2017. Y VISTOS: Estos autos caratulados: JUÁREZ, CANDIDA AURORA C/ ANSES MORA ADMINISTRATIVA (/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación articulado

Más detalles

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD Art. 6 Ley Requisito de Procedibilidad.- El acta de conciliación se constituye en un requisito de procedibilidad para la interposición de la demanda

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL SALA II Causa n 8418/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: BALESTRA, RICARDO RAMON DEMANDADO: GOOGLE INC Y OTRO s/incidente

Más detalles

DEUDA TRIBUTARIA. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. REEMBOLSO DEL PAGO

DEUDA TRIBUTARIA. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. REEMBOLSO DEL PAGO JURISPRUDENCIA DEUDA TRIBUTARIA. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. REEMBOLSO DEL PAGO SENTENCIA NUMERO: Veintiuno En la ciudad de Córdoba a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve,

Más detalles

LA RESPONSABILIDAD CIVIL FORO 1

LA RESPONSABILIDAD CIVIL FORO 1 LA RESPONSABILIDAD CIVIL FORO 1 Analizar y comparar el art. 1902 del Código Civil español estudiado por los autores con el art. 1645 de nuestro Código Civil e indique, qué diferencias conceptuales encuentra

Más detalles

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: viernes, 21 septiembre, 2018

Votos del Día. DESPACHO : 0005 Sala Segunda PODER JUDICIAL. Fecha de Votación: viernes, 21 septiembre, 2018 PODER JUDICIAL Votos del Día DESPACHO : 0005 Sala Segunda Fecha de Votación: viernes, 21 septiembre, 2018 10-000904-0641-LA Ordinario Laboral 2018/ 001583 9:00 am En lo que fue objeto de recurso, se confirma

Más detalles

JUZGADO SEPTIMO DEL RAMO CIVIL LIC. FELIPE DE JESUS MARTINEZ CASTILLO VENCIMIENTO ANTICIPADO

JUZGADO SEPTIMO DEL RAMO CIVIL LIC. FELIPE DE JESUS MARTINEZ CASTILLO VENCIMIENTO ANTICIPADO 1240/2007 EXTRAORDINARIO CIVIL HIPOTECARIO JUZGADO SEPTIMO DEL RAMO CIVIL LIC. FELIPE DE JESUS MARTINEZ CASTILLO VENCIMIENTO ANTICIPADO 15/12/2008 09/02/2009 SEGUNDO.- Procedió la Vía Extraordinaria Civil

Más detalles

JUZGADO SEXTO DEL RAMO PENAL

JUZGADO SEXTO DEL RAMO PENAL Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Penal. JUZGADO SEXTO DEL RAMO PENAL Número de la causa Delito por el que se procesa 1 sentencia 80/ USO DE DOCUMENTO FALSO O ALTERADO 08 DE NOVIEMBRE DE

Más detalles

Página 1 de 8 3. CARACTERES DE SU REGULACIÓN LEGAL. DIFERENCIAS CON LA REGULACIÓN ANTERIOR A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000

Página 1 de 8 3. CARACTERES DE SU REGULACIÓN LEGAL. DIFERENCIAS CON LA REGULACIÓN ANTERIOR A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000 Página 1 de 8 PRIMERA PARTE ESTUDIO prólogo PRESENTACIÓN 1. PRECEDENTES 1.1. El Reglamento Hipotecario de 1915 1.2. La Ley Hipotecaria de 1.944-1946 y su Reglamento de 14 de febrero de 1947 1.3. La modificación

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE CONSTRURIEL, S.L. Autos 148/2010 PLAN DE LIQUIDACIÓN

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE CONSTRURIEL, S.L. Autos 148/2010 PLAN DE LIQUIDACIÓN PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACION CONCURSAL DE CONSTRURIEL, S.L. EN AUTOS DEL CONCURSO VOLUNTARIO NUMERO 148/2010 SEGUIDOS ANTE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL PRIMERO.- DESCRIPCIÓN

Más detalles

Córdoba, treinta de agosto de dos mil dieciséis. VISTOS: Los autos caratulados: "R. N. B. C/ F. M. A. -RÉGIMEN DE VISITA/ALIMENTOS - CONTENCIOSO

Córdoba, treinta de agosto de dos mil dieciséis. VISTOS: Los autos caratulados: R. N. B. C/ F. M. A. -RÉGIMEN DE VISITA/ALIMENTOS - CONTENCIOSO Córdoba, treinta de agosto de dos mil dieciséis. VISTOS: Los autos caratulados: "R. N. B. C/ F. M. A. -RÉGIMEN DE VISITA/ALIMENTOS - CONTENCIOSO (EXPTE. ), de los que resulta que I) a fs. comparece la

Más detalles

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE CREACIÓN DEL REGISTRO DEL AGENTE INMOBILIARIO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN

Más detalles

Fernández Leonor Isabel c/ Expreso Merlo Norte S.A. s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I-

Fernández Leonor Isabel c/ Expreso Merlo Norte S.A. s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I- DAÑOS Y PERJUICIOS Acreditación del hecho Elementos constitutivos Relación de causalidad Fernández Leonor Isabel c/ Expreso Merlo Norte S.A. s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil

Más detalles

2. FUNDAMENTOS POR LOS CUALES SE HA DECLARADO PROCEDENTE EL RECURSO:

2. FUNDAMENTOS POR LOS CUALES SE HA DECLARADO PROCEDENTE EL RECURSO: Lima, diecisiete de diciembre del dos mil nueve. LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; vista la causa número mil novecientos noventa y cinco dos mil nueve, con el acompañado,

Más detalles

Dirección de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA. PARTE 2 TRANSFERENCIA DE DERECHOS - Marcas - Modelos y Diseños Industriales

Dirección de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA. PARTE 2 TRANSFERENCIA DE DERECHOS - Marcas - Modelos y Diseños Industriales Dirección de TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA PARTE 2 TRANSFERENCIA DE DERECHOS - Marcas - Modelos y Diseños Industriales DIRECCIÓN TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA MISIÓN Entender en todo lo atinente al estudio

Más detalles

INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO I ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LUIS ENRIQUE BARBOSA MEDINA

INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO I ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LUIS ENRIQUE BARBOSA MEDINA INSTITUTO DE FORMACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO I ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LUIS ENRIQUE BARBOSA MEDINA GUANAJUATO, GTO. AGOSTO 09 DE 2008. REPARACION DEL DAÑO

Más detalles

Nª de Finca: 25819, al folio 200 del tomo 5806 del archivo, libro 542 de Andratx. IDUFIR:

Nª de Finca: 25819, al folio 200 del tomo 5806 del archivo, libro 542 de Andratx. IDUFIR: REGISTRO DE LA PROPIEDAD PALMA DE MALLORCA Nº DIEZ Fecha: 30/5/2018 Hora: 12:16 NOTA SIMPLE INFORMATIVA DESCRIPCION DE LA FINCA: URBANA: FINCA OCHO.- VIVIENDA en PLANTA ALTA PRIMERA, EN CONSTRUCCIÓN, con

Más detalles

ANOTACIÓN. Conclusiones foro 9

ANOTACIÓN. Conclusiones foro 9 ANOTACIÓN Conclusiones foro 9 PREGUNTAS DEL FORO 1. En qué consiste la anotación. 2. Indique las clases de anotación, sus requisitos, la forma de la anotación (cómo se hace constar), efectos frente a terceros

Más detalles

PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO

PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO PODER JUDICIAL DEL ESTADO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA TERCERA SALA SENTENCIAS QUE CAUSARON ESTADO NÚMERO DE TOCA FECHA EN QUE SE DICTÓ LA SENTENCIA 27-2010 08 ocho de febrero de 2011 dos mil once. Por

Más detalles

SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. DETENCIÓN O ARRESTO

SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. DETENCIÓN O ARRESTO SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. DETENCIÓN O ARRESTO Cuando el trabajador es impuesto de una medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad, que incluye la prohibición de acercase

Más detalles

Información Registral expedida por NURIA ROSA SERNA GOMEZ. Registrador de la Propiedad de SEGOVIA 2 Los Almendros, 3 - SEGOVIA tlfno:

Información Registral expedida por NURIA ROSA SERNA GOMEZ. Registrador de la Propiedad de SEGOVIA 2 Los Almendros, 3 - SEGOVIA tlfno: Información Registral expedida por NURIA ROSA SERNA GOMEZ Registrador de la Propiedad de SEGOVIA 2 Los Almendros, 3 - SEGOVIA tlfno: 0034 921 433507 correspondiente a la solicitud formulada por LONTANA

Más detalles

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O

R E S U L T A N D O C O N S I D E R A N D O EXPEDIENTE NÚMERO: 1165/2013 ESPECIAL HIPOTECARIO SENTENCIA DEFINITIVA.-Tizayuca, Hidalgo, Septiembre 22 veintidós del 2014 dos mil catorce. V I S T O S para dictar SENTENCIA DEFINITIVA, en los autos del

Más detalles

Pereira, veintiséis de marzo de dos mil quince

Pereira, veintiséis de marzo de dos mil quince Providencia: Auto de 26 de marzo de 2014 Radicación Nro. 66001-31-05-003-2010-01254-01 Proceso: Ejecutivo Laboral Demandante: Francisco Javier Zapata Cuartas Demandado: Colpensiones Juzgado de origen:

Más detalles

C J F FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA I. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA

C J F FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA I. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA La Secretaría Técnica cuenta actualmente con una plantilla autorizada de 9 servidores públicos, incluida la plaza de la Secretaria

Más detalles

2. Naturaleza jurídica y finalidad del procedimiento monitorio. La rápida obtención por el acreedor de un título ejecutivo in audita parte

2. Naturaleza jurídica y finalidad del procedimiento monitorio. La rápida obtención por el acreedor de un título ejecutivo in audita parte I. GENERALIDADES DE LA PROTECCIÓN JURISDICCIONAL DEL CRÉDITO. NATURALEZA JURÍDICA Y CLASES DE PROCEDIMIENTOS MONITORIOS 1. Aspectos generales del procedimiento monitorio como instrumento procesal de lucha

Más detalles

remoción de la obra que se comienza a hacer; tiene efecto de cosa juzgada material en todo cuanto se refiera a la posesión o a la tenencia.

remoción de la obra que se comienza a hacer; tiene efecto de cosa juzgada material en todo cuanto se refiera a la posesión o a la tenencia. LAS ACCIONES POSESORIAS EN EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (en adelante CCyCN) Fuente: http://fundesiblog.blogspot.com.ar/2015/05/lasacciones-posesorias-en-el-nuevo.html El CCyCN legisla

Más detalles

XVII. CONSAGRACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LA FIGURA DE LOS SALARIOS CAÍDOS COMO INDEMNIZACIÓN A RETIROS ILEGALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

XVII. CONSAGRACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LA FIGURA DE LOS SALARIOS CAÍDOS COMO INDEMNIZACIÓN A RETIROS ILEGALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 255 año 2007 propuesta por el Presidente de la República, sino se trata que la materia allí sometida a modificación se exponga en otra oportunidad durante el mismo periodo presidencial, es decir, que el

Más detalles

DAÑOS OCASIONADOS POR SUBIDAS DE TENSIÓN EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO

DAÑOS OCASIONADOS POR SUBIDAS DE TENSIÓN EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO DAÑOS OCASIONADOS POR SUBIDAS DE TENSIÓN EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO En general, en todas las reclamaciones por daños causados por oscilaciones o subidas de la tensión en el suministro eléctrico, es necesario

Más detalles

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS 1 INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 Y 2015 ACTIVO ACTIVO CIRCULANTE

Más detalles

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS 1 INSTITUCIONES PÚBLICAS DE SEGURIDAD SOCIAL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 Y 2014 ACTIVO 2015 2014

Más detalles

Sentencia dictada por la Corte de Aplicaciones de Concepción el 27 de mayo de 196

Sentencia dictada por la Corte de Aplicaciones de Concepción el 27 de mayo de 196 Abreviaturas usadas 9 Prólogo 11 Presentación 15 CAPITULO I DEL DAÑO EXTRACONTRACTUAL EN GENERAL 1. Concepto 17 1.1. Situación en el código Civil 17 1.2. Tendencias sobre la materia 18 1.3. Doctrina nacional

Más detalles

Acciones de cesación de actividad y de reclamación de indemnización por perjuicios en vivienda arrendada.

Acciones de cesación de actividad y de reclamación de indemnización por perjuicios en vivienda arrendada. Acciones de cesación de actividad y de reclamación de indemnización por perjuicios en vivienda arrendada. Acción de cesación Demanda. Juicio ordinario AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECANO DE LOS DE...

Más detalles

INFORMACIÓN FISCAL SOBRE TARIFAS

INFORMACIÓN FISCAL SOBRE TARIFAS INFORMACIÓN FISCAL SOBRE TARIFAS DE LAS CONTRIBUCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE HACIENDA PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, APLICABLES DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2017. ING. ISMAEL EUGENIO RAMOS

Más detalles