LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y LA GARANTIA DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

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1 LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y LA GARANTIA DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. EDWAR EDINZO HERNANDEZ ORTIZ Personero Delegación Expresa de Funciones Subdirección de Menor y Familia

2 OBJETIVO Brindar a los participantes elementos que les permitan atender y prevenir situaciones que puedan llegar a tipificarse como vulneradoras de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

3 TEMAS Elementos Básicos normativos que orientan la actualización o modificación de los manuales de convivencia para la Garantía de Derechos en la Escuela. Principios básicos para la Garantía de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Obligaciones para la Garantía de Derechos en la Escuela. Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Aspectos básicos para su implementación. Las rutas y protocolos para la Garantía y Protección de los derechos en la Escuela.

4 MARCO NORMATIVO CONVENCION DERECHOS DE LOS NIÑOS CONSTITUCION POLITICA LEY 115 DE 1994 DEC /94 LEY 1257 DE 2008 LEY 599 DE 2000 LEY 1620 DE 2013 DR- 1965/2013 LEY 1098 DE 2006 LEY 1453 DE 2011 GARANTIA DE DERECHOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SENTENCIA T478/2015 Y OTRAS

5 LEY 1098 DE 2006 CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA PRINCIPIOS BASICOS PARA LA GARANTIA DE DERECHOS DE NNA

6 LEY 1098 DE 2006 PROTECCION INTEGRAL Garantía y cumplimiento de los derechos, prevención de su amenaza o vulneración, seguridad de su restablecimiento inmediato. PRINCIPIOS DE LA LEY DE INFANCIA INTERES SUPERIOR Garantía a la satisfacción integral y simultanea de todos sus derechos que son universales, prevalentes e interdependientes. PREVALENCIA DE LOS DERECHOS Prevalencia de los derechos de los NNA en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona.

7 LEY 1098 DE 2006 PRINCIPIOS DE LA LEY DE INFANCIA CORRESPONSABILIDAD EXIGIBILIDAD Responsabilidad compartida de la Familia, la Sociedad y el Estado de asistir y proteger a NNA, garantizando su desarrollo armónico e integral y ejercicio pleno de sus derechos. Exigencia por parte de cualquier persona a la autoridad competente para el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de los NNA PERSPECTIVA DE GENERO Igualdad y equidad entre las personas, respecto de las diferencias sociales, biológicas, psicológicas y ambientales (sexo, edad, grupo social)

8 Cuáles son los Derechos que se garantizan en la escuela? DERECHOS EN LA ESCUELA

9 Vida, calidad de vida y un ambiente sano. Integridad personal. Protección. Libertad y seguridad personal. Tener una familia y no se separado de ella. Identidad. Debido Proceso. Salud. Educación. Desarrollo integral en la primera infancia. DERECHOS

10 Recreación, participación en la vida cultural y en las artes. Asociación y reunión. Intimidad. Información. Protección laboral de los adolescentes con autorización para trabajar. Derechos de los niños y niñas con discapacidad. Libertades fundamentales (libres desarrollo de la personalidad, autonomía personal, libertad de conciencias y creencias, libertad de culto, libertad de pensamientos, libertad de locomoción, libertad de escoger profesión u oficio) DERECHOS

11 Quién tiene la obligación de garantizar los derechos de los NNA? OBLIGACIONES PARA LA GARANTIA DE DERECHOSQ

12 GARANTIA DE DERECHOS Y PREVENCION LA FAMILIA OBLIGACIONES LA SOCIEDAD EL ESTADO

13 La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA

14 En cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comercio organizado, los gremios económicos y demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la obligación y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las niñas y los adolescentes OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD

15 El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes OBLIGACIONES DEL ESTADO

16 Tienen obligaciones las Instituciones Educativas para garantizar los derechos de los NNA? OBLIGACIONES DEL SISTEMA EDUCATIVO

17 Artículo 42. Obligaciones especiales de las instituciones educativas 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 3. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 4. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 5. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 6. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 7. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 8. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

18 Artículo 43. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales

19 Artículo 44. Obligaciones complementarias de las instituciones educativas. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.

20 LEY 1620 DE 2013 SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCION Y MITIGACION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR

21 OBJETO Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación Ley 115 de El Sistema debe promover y fortalecer la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativo de preescolar, básica y media y prevenir y mitigar la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia

22 PRINCIPIOS PARTICIPACION. CORRESPONSABILIDAD. AUTONOMIA. DIVERSIDAD. INTEGRALIDAD.

23 DIVERSIDAD RECONOCIMIENTO, RESPETO Y VALORACION DE LA DIGNIDAD PROPIA Y AJENA, SIN DISCRIMINACION POR RAZONES DE GENERO,ORIENTACION O IDENTIDAD SEXUAL, ETNIA O CONDICION FISICA, SOCIAL O CULTURAL. LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES TIENEN DERECHO A RECIBIR UNA EDUCACION Y FORMACION QUE SE FUNDAMENTE EN UNA CONCEPCION INTEGRAL DE LA PERSONA Y LA DIGINIDAD HUMANA, AN AMBIENTES PACIFICOS, DEMOCRATICOS E INCLUYENTES.

24 INTEGRALIDAD LA FILOSOFIA SERA INTEGRAL, Y ESTARA ORIENTADA HACIA LA PROMOCION DE LA EDUCACION PARA LA AUTORREGULACION DEL INDIVIDUO, DE LA EDUCACION PARA LA SANCION SOCIAL Y DE LA EDUCACION EN EL RESPETO A LA CONSTITUCION Y LAS LEYES.

25 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA RECTOR PERSONERO ESTUDIANTIL DOCENTE (ORIENTACION) COORDINADOR PRESIDENTE CONSEJO DE PADRES PRESIDENTE CONSEJO ESTUDIANTES UN DOCENTE LIDER PROCESOS DE CONVIVENCIA

26 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ARTíCULO 13. Funciones del comité escolar de convivencia. Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

27 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

28 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

29 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

30 RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

31 Decreto 1965 de 2013 Artículo 35. Garantía de Derechos y aplicación de Principios. En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

32 LINEAMIENTOS PARA ACTUALIZACION DE MANUALES. Decreto 1965 de 2013 Situaciones más comunes que afectan la convivencia. Pautas y acuerdos entre los integrantes de la comunidad educativa para mantener la convivencia. Clasificación de las situaciones de acuerdo al Decreto. Protocolos de atención integral. Medidas pedagógicas y acciones que contribuyan a la promoción, prevención de las situaciones, reconciliación, reparación y restablecimiento. Estrategias pedagógicas que garanticen la socialización del manual de convivencia.

33 COMPONENTE RUTAS DE ATENCION INTEGRAL. Decreto 1965 de 2013 ACCIONES COMPONENTE PROMOCION. ACCIONES COMPONENTE PREVENCION. ACCIONES COMPONENTE ATENCION.

34 CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES Decreto 1965 de 2013 Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

35 CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES Decreto 1965 de 2013 Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

36 Cómo se activa la ruta de atención escolar? ACTIVACION RUTA DE ATENCION INTEGRAL

37 ANALISIS DE CASO Carlos Augusto es un estudiante de 16 años, se encuentra cursando el grado 11. Desde que ingreso a su último año sus profesores han notado cambios en su comportamiento. Se muestra retraído, depresivo, en algunos momentos es agresivo con sus compañeros y maestros, su desempeño escolar ha disminuido considerablemente. Debido a sus salidas constantes del aula de clases, sus profesores han decidido seguirlo, encontrándolo en el baño consumiendo marihuana. Al requisar su maletín, encontraron mas sustancias psicoactivas, fue llevado a la Coordinación, donde después de ser interrogado acepto que esas sustancias eran de su propiedad.

38 ANALISIS DE CASO PROTOCOLOS INTERNOS AULA DE CLASE: Docente atento a cambios de comportamiento o a aquellos que nos sean comunes en el estudiante. Reportes en la agenda o diario del estudiante. El docente o coordinador de grupo, deben revisar con la familia del estudiante, si estos comportamientos son repetitivos en el hogar. Remisión a Psicología o EPS. INSTITUCIONAL Estudiante es portador consumidor. Estudiante Presuntamente vende.

39 ANALISIS DE CASO ACTIVAR PROTOCOLO PARA LA ATENCION EN SITUACIONES DE CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN NNA Quién la activa? Cómo se activa? Cuáles son los riesgos? Cuáles son los cuidados a tener? En todos los casos se puede activar de la misma forma? Qué dice el Manual de Convivencia?

40 COMPONENTE PROMOCION El colegio se debe integrar con otras entidades y toda la comunidad educativa campañas informativas y actividades participativas, en las que se pueden determinar las condiciones de convivencia y los comportamientos que se deben tener en el Colegio.

41 COMPONENTE PREVENCION El Colegio debe tener un plan de sensibilización, información y detección de este tipo de situaciones, a fin de actuar a tiempo en el caso que se llegaren a presentar. Esto debe estar integrado al PEI. Las familias deben hacer parte de todo el proceso. Para ello, puede hacerse acompañar de las entidades que integran el Sistema Nacional de Bienestar Familiar (Salud, ICBF, Comisaría de Familia, Policía Nacional, Fiscalía y otras)

42 COMPONENTE ATENCION En el caso que se detecte o presuma una situación de consumo de sustancias psicoactivas, el estudiante debe ser remitido al sistema de salud, a fin de que se tomen las acciones correspondientes para su atención médica o posible rehabilitación de ser necesario. El colegio debe adelantar el plan académico que permita al estudiante continuar con su proceso educativo.

43 CONTACTENOS Facebook: personería cali CAM-PISO 13. TELEFONO PERMANENCIA 24 HORAS PERSONAL:

44 GRACIAS!

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