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Transcripción:

Los colombianos af iliados a los fondos de pensiones privados tienen la posibilidad de escoger tres nuevas modalidades pensionales adicionales a las ya existentes, es decir, los pensionados en el Régimen de Ahorro Individual podrán seleccionar entre 6 formas de pensionarse de acuerdo a sus necesidades. Cuáles son las nuevas modalidades de pensión? De acuerdo a lo establecido en la Circular 013 de 2013, emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, las nuevas modalidades de pensión son: Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con y Retiro Programado sin Negociación del Bono Pensional. Renta Temporal Variable con El pensionado recibe dos pagos simultáneos, una renta temporal a cargo del fondo de pensiones y la mesada pensional a cargo de la aseguradora con la cual se haya contratado el pago de la Renta Vitalicia Inmediata. Se reconocerán los dos pagos durante un tiempo pactado, entre uno y diez años, posterior a ello empezará a recibir únicamente la mesada correspondiente a la. Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida En esta modalidad el pensionado podrá escoger entre una pensión más alta o más baja al inicio o al final del disfrute. El pensionado inicia con el pago de una Renta Temporal otorgado por el Fondo de Pensiones y una vez termine el tiempo pactado (entre uno y diez años), iniciará el pago de la Renta Vitalicia Diferida a cargo de una aseguradora. Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional pensional hará parte del cálculo de pensión sin tener la negociación del bono, quiere decir, que el pensionado tendrá una pensión mayor a la que tendría negociando el bono pensional. El saldo de la cuenta individual de pensiones obligatorias (sin tener en cuenta el bono pensional), debe alcanzar para pagar la Mesada Pensional desde la fecha de otorgamiento de la pensión hasta la fecha de redención normal del bono pensional y 30 pagos adicionales. Una vez el bono pensional esté redimido y depositado en la cuenta, el pensionado podrá seleccionar la modalidad de pensión definitiva entre las 5 restantes.

A quién beneficia las nuevas modalidades de pensión? A todos los afiliados que se pensionen con los fondos privados de pensiones, ya sea por vejez anticipada o normal. Las modalidades Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida y Renta temporal Variable con, aplican también para los pensionados que se encuentren en retiro programado. En conclusión, estas nuevas modalidades de pensión permiten que los pensionados tomen decisiones de acuerdo con las expectativas individuales, permitiendo flexibilidad en el pago de su mesada pensional. Ahora veamos con un ejemplo la explicación de cada modalidad de pensión. Renta Temporal Variable con El pensionado recibe dos pagos de manera simultánea, Renta Temporal Variable, la cual está a cargo de la Administradora de Fondos de Pensiones, y a cargo de la Aseguradora. Una vez termine el tiempo pactado por el pensionado, recibirá únicamente el pago de la mesada a través de la modalidad Renta Vitalicia Inmediata. Recuerda, el tiempo de la Renta Temporal Variable no puede ser inferior a 1 año ni mayor a 10 años. El señor Jairo Restrepo seleccionó la modalidad Renta Temporal Variable con, esto quiere decir que inicia a recibir dos pagos simultáneos durante 8 años (tiempo pactado), uno a cargo de la Administradora y el otro por parte de la Aseguradora. Al f inalizar este tiempo, el pensionado solo recibirá la mesada pagada por la Aseguradora. Pensionado Jairo Restrepo Valor mesada $2,500,000 por los próximos 8 años Renta Temporal Variable Durante estos 8 años recibe una mesada de $1,500,000 Durante estos 8 años recibe una mesada de $1,000,000 8 años, tiempo pactado Recibe una mesada de $1,000,000 Vitalicio

El Señor Restrepo puede escoger entre una pensión más alta o más baja al inicio o al final del disfrute en ningún momento la Renta Temporal Variable o podrá ser menor a 1 SMMLV. Diferencias Renta Temporal Variable: Se contrata con Porvenir. Se recalcula año a año hasta el plazo pactado. : Se contrata con una aseguradora. Se incrementa año a año con IPC. Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida El pensionado inicia con el pago de la Renta Temporal Variable, la cual está a cargo de la Administradora de Fondos de Pensiones, una vez termine el tiempo pactado por el pensionado, inicia el pago de la mesada a través de la modalidad Renta Vitalicia Diferida, la cual está a cargo de una aseguradora. Recuerda, el tiempo de la Renta Temporal Variable no puede ser inferior a 1 año ni mayor a 10 años. La señora Mónica Guerrero seleccionó la modalidad Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, esto quiere decir que inicia el pago de la Renta Temporal Variable, la cual seleccionó por 5 años, al finalizar este tiempo, la señora Mónica empezará a recibir la mesada por la modalidad de Renta Vitalicia Diferida.

5 años, tiempo pactado Pensionada Mónica Guerrero Renta Temporal Variable Durante estos 5 años recibe una mesada de $800,000 Renta Vitalicia Diferida Al f inalizar los 5 años, empieza a recibir una mesada de $2,000,000 Vitalicia La pensionada, decidió disfrutar de una pensión menor al inicio. La señora Mónica puede escoger entre una pensión más alta o más baja al inicio o al final del disfrute en ningún momento la Renta Temporal Variable o Renta Vitalicia Diferida podrá ser menor a 1 SMMLV. Diferencias Renta Temporal Variable: Se contrata con Porvenir. Se recalcula año a año hasta el plazo pactado. Renta Vitalicia Diferida: Se contrata con una aseguradora. Se incrementa año a año con IPC. Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional El pensionado accede a la pensión sin negociar el bono pensional, es decir, dentro del cálculo de la mesada pensional se asume que el valor del bono está redimido en la cuenta individual. Una vez el bono pensional se redima, se efectuará el recálculo de la mesada pensional y el pensionado podrá elegir la modalidad de pensión def initiva. Señora: Ángela Martínez. Fecha de nacimiento: 29/10/1956. Edad: 57 años (edad de pensión para las mujeres). Fecha de redención del bono pensional: 29/10/2016. La señora Ángela MartÍnez seleccionó la modalidad Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional, esto quiere decir que inicia a recibir su mesada sin haber redimido su bono pensional, (aunque el valor de este se tuvo en cuenta para el cálculo de la mesada). Cuando la señora Ángela cumpla 60 años (29/10/2016), el bono pensional estará redimido en la cuenta y de esa forma completa el capital para su pensión vitalicia.

Modalidades de Pension Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional Fecha de redención del bono: 29/10/2016 Pensionada Ángela Martínez Se cálcula la mesada con el bono pensional sin redimir. Recibe una mesada de $2,000,000 Se redime el bono y recibe una mesada de $2,000,000 Vitalicia Mientras se redime el bono pensional, la señora Ángela se encuentra en la modalidad de Retiro Programado, al redimir su bono podrá escoger la modalidad que más se ajuste a sus necesidades. En ninguna de las modalidades la mesada podrá ser menor a 1 SMMLV. Gerencia de Mercadeo julio 13/v:1.0 Qué es el bono pensional? Son todos los aportes que hizo el afiliado al Régimen de Prima Media representando en un título valor que se vuelve efectivo a las edades de 62 años hombres, 60 años mujeres. Para acceder a bono pensional, se requiere haber cotizado por lo menos 150 semanas (3 años) al Régimen de Prima Media. Su propósito es contribuir a financiar, conjuntamente con los ahorros del afiliado, el pago de su prestación.