LA FISCALIDAD COMO ELEMENTO DE AYUDA AL



Documentos relacionados
Actualizado a fecha de: 17/12/2013

"Normativa vigente a 31/12/2009"

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica

Kirolarekin lotura duten mezenazgoaren lehentasunezko jardueretarako zerga onurak gaia aztertzeko saio teknikoa.

"Última modificación normativa: 01/01/2010"

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

Amable Corcuera Torres Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Burgos CREER-FEDER ESCUELA DE FORMACIÓN BURGOS, 3 DE

Reforma incentivos fiscales al mecenazgo

MEMORIA DEL ANTEPROYECTO DE LEY FORAL REGULADORA DEL MECENAZGO CULTURAL Y DE LOS INCENTIVOS FISCALES EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS

Definición. Posibilidad de realizar actividades económicas

LAS ASOCIACIONES Y LA REFORMA FISCAL 2015

DECRETO FORAL 356/2000, de 13 de noviembre, por el que se regula la declaración de interés social de determinadas actividades deportivas.

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS

DECRETO FORAL /2007, de 28 de diciembre, por el que se declaran prioritarias determinadas actividades para el ejercicio 2008.

NORMA FORAL 1/2004, de 24 de febrero, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOB 11 Marzo)

26 de junio de Reforma del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo

Cuadro de beneficios tributarios aplicables a las donaciones recibidas por. Fundación Ayuda a la Iglesia que Sufre

FISCALIDAD DE LAS ACTIVIDADES DE MECENAZGO (CUESTIONES PRÁCTICAS) 21 de septiembre de 2010

ENTIDADES NO LUCRATIVAS

Los depósitos bancarios

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

"Última modificación normativa: 21/12/2011"

Los depósitos bancarios

ÍNDICE. Sumario Abreviaturas Prólogo Presentación... 17

CONTRAPRESTACIONES: Aparición como PATROCINADOR en:

NORMA FORAL 7/2014, de 11 de junio, del impuesto sobre actividades de juego (BOB 17 Junio)

FISCALES EN EL IRPF. asociación de personas con discapacidad física de álava. arabako gutxitasun fisikoa duten pertsonen elkartea

1 Qué es el mecenazgo? Cómo puedo participar en la actividad científica que desarrolla el CIPF?... 2

BENEFICIOS FISCALES DE LA RIOJA POR COLECTIVOS

Fundación Vencer el Cáncer (VEC)

BREVES COMENTARIOS A LA LEY 48/2015 DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016

INCENTIVOS FISCALES EN LA COLABORACIÓN DE LA EMPRESA PRIVADA EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA

BOLETÍN LEGAL Nº 22. Leyes complementarias a la Franquicia Tributaria, con beneficios fiscales distintos a la Capacitación

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

RÉGIMEN FISCAL DE LAS DONACIONES Y APORTACIONES TRAS LA REFORMA FISCAL

GUÍA DE INCENTIVOS FISCALES A LA INVERSIÓN EN STARTUPS

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

ANÁLISIS DE LOS INCENTIVOS FISCALES A LAS EMPRESAS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD UNIVERSITARIA.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

CIRCULAR FISCAL III. El Gravamen Especial y el IRPF

Última modificación normativa: 03/03/2010

DECRETO FORAL NORMATIVO 11/2012, de 18 de diciembre, de actualización de balances (BOB 28 Diciembre)

Guía Fiscal

RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES CON PLAZO DE VENCIMIENTO PRÓXIMO

1.- Aspectos principales de la Cesión del IVA a las Comunidades Autónomas de régimen común (1 punto)

Sumario de contenidos INTRODUCCIÓN

Fiscalidad Operaciones Financieras. Fernando Marcos Gómez

MODELO 182 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE DONACIONES QUE DEN DERECHO A DEDUCCIÓN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA.

18 de junio de 2015 ACTUALIDAD NORMATIVA

LEY DE DONACIONES CULTURALES ( LEY VALDES )

6. PLAN ECONOMICO Y FINANCIERO

AGUA DE COCO GUÍA DE COLABORACIÓN PARA EMPRESAS 1. La educación como motor de desarrollo GUÍA DE COLABORACIÓN PARA EMPRESAS

Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015

OBLIGACIONES FISCALES DE UNA FUNDACIÓN

NOVEDADES FISCALES Y EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Los depósitos bancarios

Artículo 3. Modalidades de mecenazgo cultural, científico o de desarrollo tecnológico

Claves del Impuesto sobre el Patrimonio

Impuesto sobre el Valor Añadido

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 1º TRIMESTRE 2014

LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN RÉGIMEN DE FRANQUICIA. Se puede definir la FRANQUICIA como un acuerdo contractual mediante

FISCALIDAD DE FUNDACIONES Y ASOCIACIONES E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

A. Cuota devengada (repercutida) por operaciones corrientes. (Con datos a 1 enero del ejercicio que declaramos)

Kulturgintzan. 9:15 hs - 10:00 hs: Presentación desde el punto de vista de la fiscalidad.

OBLIGACIONES FISCALES AÑO Declaraciones y pagos a realizar

GUÍA TRIBUTARIA BÁSICA

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX

Documento para el empleado

ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012.

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS

TRAMITES NECESARIOS PARA LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA

12 de febrero de Comunidad Valenciana: Ley de Mecenazgo.

Circular nº 11 Área Tributaria, Febrero de 2012 Estimados Señores,

Sección I - Comunidad Autónoma Illes Balears

DEDUCCIONES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR GASTOS EDUCATIVOS REALIZADOS EN 2014

DESGRAVACIONES FISCALES 2015

Consulta Vinculante: Vivienda Uso Turístico

Sánchez ASESORIA FISCAL Y FINANCIERA CENTRO DE GESTION DE DOCUMENTOS NOTARIALES

Consulta Vinculante V , de 08 de septiembre de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas

COMENTARIO A LA NUEVA NORMA FORAL 2/ 2014 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Comunidad Autónoma de Aragón

SOCIEDAD CIVIL PRIVADA (S.C.P)

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CROWDFUNDING

Donaciones a entidades sin ánimo de lucro

NOVEDADES TRIBUTARIAS DEL RD - LEY 20/2011 DE MEDIDAS URGENTES

RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN

15 MEDIDAS PARA AHORRAR IMPUESTOS ANTES DE LA REFORMA FISCAL PARA EL PRÓXIMO AÑO!!!!!!!

La entidad consultante es una fundación que tiene entre otros fines:

PRESENTACION... 7 INTRODUCCIÓN.- EL PATROCINIO DEPORTIVO... 9

QUIENES ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DEL I.R.P.F. 2013?

IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA E IMPUESTO TERRITORIAL PAGADO EN EL AÑO 2008 (CÓDIGO 165) QUIÉNES PUEDEN ANOTAR ALGÚN MONTO POR ESTE CONCEPTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR

NORMATIVA DE APLICACIÓN: Art. 5.1 Ley 20/1991. Impuesto General Indirecto Canario

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)...

INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N Movimientos de partidas financieras del activo y el pasivo del fondo de inversión.

OBLIGACIÓN DE FACTURAR

Transcripción:

LA FISCALIDAD COMO ELEMENTO DE AYUDA AL PATROCINIO EN BIZKAIA Bilbao, 12de diciembre de 2012

NORMATIVA BÁSICA MARCO JURÍDICO: CONCIERTO ECONÓMICO. Ley 12/2002.Ámbito Impuesto sobre Sociedades. NORMA FORAL 1/2004, de 24 de febrero, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Artículo 29. Actividades prioritarias de mecenazgo. 1. La Diputación Foral de Bizkaia podrá establecer para cada ejercicio una relación de actividades prioritarias de mecenazgo en el ámbito de los fines de interés general, así como las entidades beneficiarias y los requisitos y condiciones que dichas actividades deben cumplir, a los que serán de aplicación los siguientes beneficios fiscales ( ) DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2012, de 4 de diciembre, por el que se declaran prioritarias determinadas actividades para el ejercicio 2013. (BOB n.º 236 de 11 de Diciembre de 2012). MARCO ECONÓMICO.

ANALISIS DECRETO FORAL 162/2012 Artículo 2. Actividades prioritarias. a) En el ámbito deportivo, las relativas a: Las actividades organizadas o en el ámbito del deporte escolar. Las actividades de los clubes deportivos y acontecimientos o manifestaciones deportivas, de acuerdo con los requisitos contenidos en el artículo 3 del presente Decreto Foral. La ejecución de nuevas instalaciones deportivas y la ejecución de obras de conservación, cuando se trate de instalaciones de titularidad dmunicipal o foral. Las asociaciones o uniones de clubes deportivos supongan la desaparición de los clubes asociados. b) En el ámbito juvenil, las relativas a: Las actividades iidd realizadas por las Escuelas de Formación de Educadores d en el Tiempo Libre Infantil y Juvenil, reconocidas oficialmente en virtud del Decreto 419/1994, del Gobierno Vasco. Las actividades realizadas por las asociaciones juveniles, legalmente reconocidas. c) En el ámbito patrimonial i cultural, l la ejecución de obras de conservación, restauración y mejora sobre Bienes Culturales Calificados, de carácter inmueble, en virtud de lo establecido en el Capítulo I del Título II de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, ubicados en Bizkaia. d) En el ámbito del euskara, las actividades iidd que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de este Decreto Foral, se declaren prioritarias durante el ejercicio 2013. e) En el ámbito de la difusión cultural, las actividades que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de este Decreto Foral, se declaren prioritarias it i para 2013.

ANALISIS DECRETO FORAL 162/2012 Artículo 8. Procedimiento. A los efectos de lo establecido en el presente Decreto Foral, las personas, físicas o jurídicas, interesadas en que sus actividades sean declaradas prioritarias en los ámbitos deportivo, juvenil, patrimonial, de promoción del euskara y de difusión cultural para el ejercicio 2013 en Bizkaia, deberán solicitarlo antes del 1 de diciembre de 2013 y presentar la siguiente documentación: Artículo 9. Competencia. La declaración de prioritarias i i en el Territorio i Histórico i de Bizkaia i en el ejercicio i 2013 de aquellas actividades idd en los ámbitos juvenil, deportivo, patrimonial cultural, de promoción del euskara y de difusión cultural que lo soliciten de acuerdo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto Foral, se realizará por medio de Orden Foral de la Diputada Foral de Cultura.

ACTIVIDADES PRIORITARIAS 2013 Artículo 10. Declaración de actividades dd prioritarias en el 2013. Se declaran actividades prioritarias, sin necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en este Decreto Foral, para el ejercicio 2013, las siguientes actividades: a) En el ámbito del patrimonial cultural: Fundación del Guggenheim Bilbao Museoa. Fundación Museo de La Paz de Gernika. Fundación Boinas La Encartada Kultur Ingurunea. Museo de Arte e Historia de Durango. Intervenciones arquitectónicas y sobre retablos en iglesias,. Los proyectos de difusión desarrollados a través de la entidad pública empresarial foral BizkaiKOA b) En el ámbito de la difusión cultural: Temporada de Ópera de Bilbao organizada por la A.B.A.O. Temporada escénica del Barakaldo Antzokia Teatro Barakaldo. Festival Internacional de Jazz del Aula de Cultura de Getxo. c) En el ámbito de la cooperación: Fundación Bilbao Bizkaia Kutxa, Alboan e Itaka d) En el ámbito de la promoción del euskara: La edición correspondiente al año 2013 del Ibilaldia. 2013.ko Durangoko Azoka. e) En el ámbito del deporte: Fundación Bizkaia Bizkaialde Bizkaialde. Fundación Athletic Club, Fundación Ciclista de Euskadi, Fundación Bizkaia Basket. f) En el ámbito de la juventud: La actividad Euskal Encounter organizada por la Fundación Euskaltel Fundazioa.

OBLIGACIONES FORMALES Obligaciones formales: ORDEN FORAL de la diputada foral de Cultura XXXXX/2012, de 5 de diciembre, por la que se establece el procedimiento para cumplimentar la obligación de informar sobre la ejecución de actividades declaradas prioritarias en el ejercicio 2013. Las personas y/o entidades beneficiarias que reciban aportaciones para desarrollar actividades declaradas prioritarias deberán cumplimentar las siguientes obligaciones: 1. Ante eldepartamento Foral de Hacienda y Finanzas. Con anterioridad al31 de Enero del año siguiente presentar una declaración informativa de donaciones en el modelo 182. 2. Ante el Departamento Foral de Cultura. Con anterioridad al 28 de Febrero del año siguiente presentar una memoria de las actividades financiadas en el ejercicio con cargo a dichas aportaciones, así como las aportaciones recibidas indicando la actividad a la que la citada aportación se ha dirigido, la cuantía de cada una de ellas, las fechas en las que se han realizado y los datos identificativos de las entidades aportantes. Copia del modelo 182 presentado en el Departamento Foral de Hacienda y Finanzas.

INCENTIVOS IMPUESTO SOCIEDADES En el Impuesto sobre Sociedades: Las cantidades destinadas a las actividades declaradas prioritarias tendrán la consideración de partida deducible en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades podrán deducir de la cuota líquida el 18 por 100 de las cantidades destinadas a actividades declaradas prioritarias. it i En el Impuesto sobre la Renta de no Residentes: Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente domiciliado en Bizkaia tendrán el mismo tratamiento que los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.

INCENTIVOS IRPF En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Dentro de este impuesto hay que distinguir dos tipos de contribuyentes: A) Contribuyentes que desarrollen actividades empresariales o empresariales en régimen de estimación directa (similar a sociedades). Las cantidades destinadas a las actividades declaradas prioritarias tendrán la consideración de partida deducible en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Los sujetos pasivos de este Impuesto que desarrollen actividades empresariales o profesionales en régimen de estimación directa, podrán deducir de la cuota íntegra el 18 por 100 de las cantidades destinadas a actividades declaradas prioritarias. B) Resto de contribuyentes por este Impuesto. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no incluidos en la letra anterior podrán deducir de la cuota íntegra el 30 por 100 de las cantidades destinadas a las actividades declaradas prioritarias.

EJEMPLO 1 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES: TIPO GRAVAMEN 28% (gran empresa) La sociedad AMBOTO, domiciliada en Getxo, ha destinado en el ejercicio 2013 la cantidad de 60.000 euros una actividad prioritaria. En la declaración del Impuesto sobre Sociedades presenta la siguiente cuenta de explotación: INGRESOS: Ventas o facturación 340.000.000 Otros ingresos 10.000.000 350.000.000 euros GASTOS: Compras 70.000.000 Sueldos y salarios 50.000.000 Gastos diversos 20.000.000 Contrato de patrocinio 60.000 (al tener la consideración de gasto deducible no paga el 28%) 140.060.000 euros Base imponible 209.940.000 (350.000.000 140.060.000) Tipo de gravamen 28% Cuota íntegra (al 28%) 58.783.200 Deducción de la cuota (18% del patrocinio) 10.800 CUOTA A PAGAR 58.772.400 euros AHORRO FISCAL POR LA APORTACIÓN DE 60.000 EUROS: 27.600 euros (28% + 18% de la aportación) 60.000 x 28% + 60.000 x 18% = 16.800 + 10.800 = 27.600 euros

EJEMPLO 2 IMPUESTO SOBRES SOCIEDADES: TIPO GRAVAMEN 24% (pequeña empresa) La empresa OIZ, domiciliada en Durango, ha patrocinado durante el año 2013 una actividad prioritaria con la cantidad de 12.000 euros. En la declaración del Impuesto sobre Sociedades presenta la siguiente cuenta de explotación: INGRESOS: Ventas o facturación 330.000000 Otros ingresos 30.000 360.000 euros. GASTOS: Compras 72.000 Sueldos y salarios 90.000 Gastos diversos 6.000 Contratodepatrocinio 12.000 (altener la consideración degastodeducible deducible nopagael 24%) 180.000 euros. Base imponible 180.000 (360.000 180.000) Tipo de gravamen 24% Cuota íntegra (al 24%) 43.200 Deducción de la cuota (18% del patrocinio) 2.160 CUOTA A PAGAR 41.040 euros. AHORRO FISCAL POR 12.000 EUROS: 5.040 euros (24% + 18% de la aportación) 12.000 x 24% + 12.000 x 18%. = 2.880 +2.160 = 5.040 euros

EJEMPLO 3 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (empresario individual) KOLITZA, empresario con un comercio de ropa, está acogido a la modalidad de estimación directa de la base imponible en e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el ejercicio 2013 destina 10.000 euros a una actividad declarada prioritaria. Los datos de su declaración del IRPF son los siguientes: INGRESOS: Ventas o facturación 240.000 Ingresos financieros 9.000 249.000 euros GASTOS: Compras 90.000 Sueldos y salarios 30.000 Gastos diversos 15.000 Donación o patrocinio 10.000 (al tener la consideración de gasto deducible no paga el tipo máximo/marginal 45%) 145.000 euros Base imponible 104.000 (249.000 145.000) Tipo medio de gravamen 37,54% Tipo máximo 45,00% Cuota íntegra 39.041,60 Deducción de la cuota (18% de la donación o patrocinio) 1.800 CUOTA A PAGAR 37.241,40 euros. AHORRO FISCAL POR APORTACIÓN DE 10.000 EUROS: 6.300 EUROS = 10.000 x 45% + 10.000 x 18% = 4.500 + 1.800 = 6.300 euros.

EJEMPLO 4 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (asalariado) RAMON SOLLUBE, trabaja como funcionario en el GOVA con un sueldo de 45.000. En el ejercicio 2013 destina 1.000 euros a una actividad declarada prioritaria. Los datos de su declaración del IRPF son los siguientes: INGRESOS: Nómina 44.000 Otros ingresos 44.000 euros GASTOS: Gastos diversos 3.000 Donación o patrocinio 1.000 3.000 euros Base imponible 41.000 Cuota íntegra 11.526,60 Tipo medio de gravamen 28,11% Tipo máximo 35,00% Deducción de la cuota (30% de la donación o patrocinio) 300 CUOTA A PAGAR 11.226,60 euros. AHORRO FISCAL POR APORTACIÓN DE 10.000 EUROS: 300 EUROS AHORRO FISCAL POR APORTACIÓN DE 10.000 EUROS: 300 EUROS 300 = 1.000 x 30%.

DONACIONES NO DINERARIAS Valoración de las deducciones por donativos (art. 20 NF): f) En los donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio CulturalVasco Vasco, Histórico Español/Comunidades Autónomas, la valoración efectuada por los órganos competentes. g) Enlos donativos o donaciones de obrasde calidad garantizada, la valoración efectuada por el Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, que también procederá a la determinación de la valoración de los bienes que sean objeto de cesión temporal gratuita, en cuyo caso la base de la dd deducción se determinará mediante la aplicación a aquélla del porcentaje del 2 por 100 por cada periodo de un año completo. h) En las prestaciones gratuitas de servicios, el coste de la prestación de los servicios, incluida en su caso, la amortización de los bienes cedidos.

OTRAS CUESTIONES Ámbito de aplicación normativa. Condición de reciprocidad. Amigos del Museo: IVA e IRPF. Convenios de colaboración lb empresarial (art.26). Contrato patrocinio. Fundaciones: Fundadores/patronos/colaboradores (Museo Maritimo). Tipos de Asociaciones, Fundaciones y otras sociedades. Modelo: Fundación Bizkaia Alde. Alquiler espacios.