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REQUISITOS Y RECAUDOS PARA AFILIACIONES, PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES ANTE EL IVSS El IVSS, en la sección informativa de su sitio web oficial (www.ivss.gov.ve), publicó información relativa a los requisitos, recaudos y condiciones para diversos trámites que pueden efectuarse ante este organismo. Tales son: AFILIACIONES AFILIACIÓN DE UNA EMPRESA Toda empresa no inscrita en el IVSS debe afiliarse a través del Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, y todo empleador debe estar registrado en el sistema TIUNA, independientemente de que sea empleador SANE o tradicional. Para inscribir la empresa y estar al día con la seguridad social, se consulta el siguiente enlace: http://registro.ivss.gov.ve/home.htm (INSTRUCTIVO. SISTEMA DE GESTIÓN...). AFILIACIÓN DE ASOCIACIONES Y COOPERATIVAS Planilla Cédula del Patrono o Empresa [forma 14-01]. Acta de Asamblea en la cual se especifiquen las cooperativas que desean afiliarse al IVSS (copia y original). Constancia de Registro en Sunacoop (copia y original). Registro de Información Fiscal (RIF) o Número de Identificación Tributaria (NIT) [*] (copia y original). Recibo de algún Servicio Público (p.ej. luz, agua, CANTV, etc.) (copia y original). Registro del Asegurado por cada trabajador [forma 14-02] (copia y original). Cédula de Identidad de cada asegurado (copia y original). AFILIACIÓN DE TRANSPORTISTAS Planilla Cédula del Patrono o Empresa [forma 14-01]. Título de propiedad del vehículo y/o Contrato de Arrendamiento (copia y original). DT9 y/o relación de agremiado en una línea de transporte (No limitativo) (copia y original).

Registro del Asegurado por cada trabajador [forma 14-02] (copia y original). Cédula de Identidad del Transportista (copia y original). AFILIACIÓN DEL SERVICIO DOMÉSTICO Planilla Cédula del Patrono o Empresa [14-01]. Contrato de Servicio Notariado (copia y original). Recibos de servicios públicos (p.ej. luz, agua, CANTV) (copia y original). Registro del Asegurado por cada trabajador [forma 14-02] (copia y original). Cédula de Identidad del Patrono (copia y original). Cédula de Identidad del Asegurado (copia y original). AFILIACIÓN DE CONSERJES Acta de Asamblea o Acta Constitutiva (copia y original). Registro de Información Fiscal (RIF) o Número de Identificación Tributaria (NIT) [*] (copia y original). Cédula de Identidad del Representante, el cual debe estar en el Acta de Asamblea (copia y original). Estado de Cuenta de la Empresa. Todos los Recibos de Pago Cancelados o la Solvencia. TRÁMITES CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL Registro de Información Fiscal (RIF) (copia y original). Solvencia si posee. Planilla Cédula de Patrono o Empresa [Forma 14-01] (original con dos (02) copias). Documentos Constitutivos y sus modificaciones (copia y original). Estado de Cuenta de la Empresa. Todos los recibos de pago de servicios públicos (copia y original).

CAMBIO DE DIRECCIÓN DE HABITACIÓN Cédula de Identidad (copia y original). Registro de Asegurado [Forma 14-02] (original con dos [02] copias), Solicitando: Cambio de Dirección Personal. Cuenta Individual Actualizada. Recibos de servicios públicos (p.ej. luz, agua, CANTV) (copia y original). CAMBIO DE NACIONALIDAD Datos Filiatorios (copia y original). Gaceta de Nacionalización. Cédula de Identidad (Extranjero y Venezolano) (copia y original). Registro de Asegurado [Forma 14-02] (original con dos [02] copias), Solicitando: Cambio de Nacionalidad. Cuenta Individual Actualizada. CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA CUENTA INDIVIDUAL EN NOMBRES, APELLIDO O FECHA DE NACIMIENTO Cédula de Identidad (copia y original). Registro de Asegurado [Forma 14-02] (original con dos [02] copias). Cuenta Individual Actualizada. CONTINUACIÓN FACULTATIVA Es definida como el sistema de afiliación directa al IVSS con el objetivo de seguir cotizando en el régimen del Seguro Social voluntariamente. Requisitos: Realizar la solicitud de afiliación. Solicitud de Continuación Facultativa [Forma 14-93] (por triplicado). Constancia de Trabajo para el IVSS de cada empresa donde prestó sus servicios [Forma 14-100] (por triplicado).

Fotocopia de la Participación de Retiro del Trabajador [Forma 14-03]. Fotocopia de la Cédula de Identidad. Atraso en el pago: Estas cotizaciones las deberá pagar mensualmente y si se atrasa en el pago, podrá retomar la cotización cumpliendo con la obligación. Cambio de condición: Si el asegurado retorna a la condición de trabajador dependiente, sólo deberá pagar la porción correspondiente al trabajador, debiendo el nuevo empleador costear la cuota parte correspondiente de la cotización. AUTORIZACIÓN PARA PENSIONADOS QUE VIVEN EN EL EXTERIOR O ESTÁN EN EL EXTRANJERO Fe de vida legalizada en el Consulado Venezolano o con el Sello de Apostilla (Convenio de La Haya). Poder notariado y legalizado con el nombre, apellido y cédula de identidad del pensionado y del autorizado (debe ser autorizado por el pensionado, igualmente en el caso de sucesiones). Copia de cédula de identidad del pensionado y del autorizado (ampliada y sin recortar). Libreta del banco del pensionado que refleje los datos y últimos movimientos (original y copia). Número de Resolución del pensionado (documento entregado por la Caja Regional cuando consigne los requisitos mencionados anteriormente). Para retirar la Autorización, la cual es entregada dos (02) días después de haberse hecho la solicitud, es indispensable presentar el desprendible donde aparece el número de expediente y fecha de elaboración. PENSIÓN POR VEJEZ Requisitos: La mujer debe tener una edad cumplida de 55 años y el hombre de 60 años. Poseer un mínimo de 750 cotizaciones ante este organismo. Partida de Nacimiento o Datos Filiatorios (original y una [01] copia). Copia de la Cédula de Identidad (ampliada y sin cortar). Solicitud de Prestaciones en Dinero [forma 14-04] (original y triplicado).

Constancia de trabajo para el IVSS de los últimos 6 años trabajados [forma 14-100] (original y triplicado). De no poseerla, debe presentar uno (1) de los documentos mencionados a continuación si es organismo público y dos (2) en caso de empresa privada: > Tarjetas de Servicios donde refleje 750 cotizaciones como mínimo (original). > Constancia de Ley de Política Habitacional. > Recibos de Pago. > Constancia(s) de Trabajo firmada(s) y sellada(s) por la(s) empresa(s). > Carta de Liquidación. > Antecedentes de Servicio en caso de ser Administración Pública. NOTA: En caso de empresa desaparecida, debe consignar un documento probatorio de cualquiera de los descritos anteriormente. (CMISS/2009, OISS. Art. 3º a CMISS/2009, OISS. Art. 21 ). Requisitos para optar por una Indemnización Única por Concepto de Vejez: El asegurado que no tenga acreditadas el mínimo de setecientas cincuenta (750) cotizaciones semanales, para tener derecho a una pensión por vejez, podrá optar a una indemnización única equivalente al 10% de la suma de los salarios correspondientes a las cotizaciones que tenga acreditadas; cuyo derecho a exigir el pago caducará al término de un (01) año (Art. 31 LSS, 6389). PRESTACIÓN DINERARIA POR PÉRDIDA INVOLUNTARIA DE EMPLEO Es una indemnización dineraria mensual de carácter personal e intransferible que se le otorga al trabajador por la pérdida de la ocupación productiva, que cotizó al régimen prestacional de empleo y se encuentren bajo la situación de desempleo. Consiste en una indemnización por un período de cinco (05) meses equivalente al sesenta por ciento (60%) del monto restante de promediar el salario mensual utilizado para calcular las cotizaciones, durante los últimos (12) meses. Requisitos: Hacer la solicitud dentro de los sesenta (60) días continuos siguientes a la terminación de la relación de trabajo o a la pérdida involuntaria de la fuente de ingreso. Indicar en el Formulario Participación de Retiro del Trabajador [Forma 14-03], las siguientes causas de despido: > Despido, retiro justificado o reducción de personal por motivos económicos o tecnológicos. > Reestructuración o reorganización administrativa.

> Terminación del contrato de trabajo a tiempo determinado o por una obra determinada. > Sustitución de patrono no aceptada por el trabajador. > Quiebra o cierre de las actividades económicas del empleador. Cédula de Identidad (original y copia). Participación de Retiro del Trabajador debidamente firmada y sellada por la empresa [Forma 14-03] (original y copia). Certificación de Búsqueda de Empleo [SNE 004] (original y copia). Liquidación de Prestaciones Sociales (original y copia). Libelo de Demanda, cuando el trabajador cesante ha introducido demanda contra el patrono o empresa que lo despidió (copia certificada). Carta de Despido o de Culminación de Pasantías (original y copia). PENSIÓN POR SOBREVIVIENTE La pensión por sobreviviente se causa por fallecimiento de un pensionado por vejez o invalidez y por fallecimiento de un asegurado con no menos de 750 semanas cotizadas. Recaudos por Muerte de un Asegurado : Planillas de Solicitud [Forma 14-04]. Constancia de Trabajo para el IVSS [Forma 14-100]. Acta de Matrimonio. Acta de Defunción. Copia de la Cédula de Identidad de ambos. Partida de nacimiento si hay hijos menores de 14 años, mayores de esta edad si son inválidos y hasta 18 años si cursan estudios regulares. Constancia de estudio de hijos menores de 18 años. Informe médico de hijos incapacitados [Forma 14-08]. Recaudos por Muerte de un Pensionado : Planilla de Solicitud [Forma 14-04]. Libreta de Pago. Acta de Matrimonio. Acta de Defunción. Copia de la Cédula de Identidad de ambos. (CMISS/2009, OISS. Art. 3º a CMISS/2009, OISS. Art. 21).

PENSIÓN POR INVALIDEZ El beneficio sólo se otorga a los asegurados que a causa de una enfermedad o accidente queden con un 67% de incapacidad física para trabajar (el grado de incapacidad será determinado por la reglamentación especial del IVSS). Solicitud de Prestaciones en Dinero [Forma 14-04] (original y dos [02] copias). Constancia de Trabajo para el IVSS [Forma 14-100] (original y dos [02] copias). Evaluación de Incapacidad Residual [Forma 14-08] (original y dos [02] copias). Copia de la Cédula de Identidad (original y tres [03] copias, ampliadas y sin cortar). Declaración de Accidente [Forma 14-123] (original y dos [02] copias). Copia de la Cédula de Identidad (ampliada y sin cortar). (CMISS/2009, OISS. Art. 3º a CMISS/2009, OISS. Art. 21 ). CONVENIOS INTERNACIONALES Contiene información general para los ciudadanos cuyos países de origen tienen firmados convenios de Seguridad Social con Venezuela. No es necesaria la emisión de Cuentas Individuales para el trámite de Pensión en el Exterior (Italia, Portugal, Grecia y Uruguay); en consecuencia, deben dirigirse a la Oficina de Convenios Internacionales del IVSS. Para tramitar Pago Obrero por España: No se necesita la Cuenta Individual. Se debe consignar ante la Consejería Laboral de España y en las Cajas Regionales u Oficinas Administrativas del IVSS, a nivel nacional (Venezuela): Las seis (06) últimas Tarjetas de Servicio o copia de las seis (06) últimas facturas canceladas, donde aparece el nombre del interesado. Copia del Registro Mercantil. Constancia de Trabajo (firmada y sellada por la Empresa). NOTA: [*] El Seniat, a través de la Prov. Nº 0073 del 06-02-2006, publicada en G.O. Nº 38.389 del 02-03-2006, informó que desde el 01-08-2005 no se está expidiendo el Número de Identificación Tributaria (NIT), en virtud de la creación del Registro Único de Información Fiscal (RIF); por tanto, exhortó a los organismos públicos para que se abstengan de solicitar entre sus requisitos para cualquier trámite el certificado del NIT.