El alcance de la AUDITORÍA LEGAL (I).

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FICHA TÉCNICA AUTOR: ALEGRE NUENO, Manuel. TÍTULO: El alcance de la auditoría legal (I). FUENTE: Riesgos Laborales, nº 18, pág. 40, Julio-Agosto 2005. RESUMEN: De acuerdo con el artículo 30 del RSP, la auditoría constituye un instrumento de evaluación de la eficacia del sistema de prevención que tiene como objetivos: comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos, analizar sus resultados y verificarlos, en caso de duda; comprobar que el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a lo dispuesto en la normativa general, así como a la normativa sobre riesgos específicos que sea de aplicación, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación y analizar la adecuación entre los procedimientos y medios requeridos para realizar las actividades preventivas mencionadas en el párrafo anterior y los recursos de que dispone el empresario, propios o concertados, teniendo en cuenta, además, el modo en que están organizados o coordinados, en su caso. DESCRIPTORES: Sistema de Gestión de PRL. Auditoría. El alcance de la AUDITORÍA LEGAL (I). La auditoría que denominamos legal, tiene un doble objetivo: por una lado, verificar que el sistema de gestión de la prevención implantado en la empresa cumple con los requisitos legales exigidos, y, por otro, evaluar su eficacia. Manuel Alegre Nueno, Auditor de Nasarre Auditores, S.L. Prof. de Florida Universitaria. Riesgos Laborales 40

www.riesgos-laborales.com I. Introducción. De acuerdo con el artículo 30 del RSP, la auditoría constituye un instrumento de evaluación de la eficacia del sistema de prevención que tiene como objetivos: a) Comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos, analizar sus resultados y verificarlos, en caso de duda. b) Comprobar que el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a lo dispuesto en la normativa general, así como a la normativa sobre riesgos específicos que sea de aplicación, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación. c) Analizar la adecuación entre los procedimientos y medios requeridos para realizar las actividades preventivas mencionadas en el párrafo anterior y los recursos de que dispone el empresario, propios o concertados, teniendo en cuenta, además, el modo en que están organizados o coordinados, en su caso. Así pues, la auditoría que denominamos legal, tiene un doble objetivo: por una lado, verificar que el sistema de gestión de la prevención implantado en la empresa cumple con los requisitos legales exigidos, y, por otro, evaluar su eficacia. Sin embargo, el alcance de la auditoría es distinto si se trata de una auditoría de certificación, al que puede someterse voluntariamente la empresa porque ha decidido implantar un sistema de gestión que se ajuste a los requisitos establecidos en una determinada norma u otra especificación técnica de referencia. En este tipo de auditorías, el auditor no sólo comprobará el cumplimiento de los requisitos legales del sistema, sino que evaluará también la conformidad del sistema a dicha norma o especificación técnica. En este supuesto, las conclusiones de la auditoría deben distinguir claramente entre el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos legales, y el de aquellos otros requisitos que se derivan de la norma técnica a la que la empresa, voluntariamente, se somete en la implantación de su sistema de gestión. II. Requisitos del sistema de prevención de la empresa que deben ser auditados. No existe actualmente ninguna norma que concrete los requisitos del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales que deben ser verificados por el auditor en una auditoría legal. Sin embargo, el INSHT si ha elaborado una guía que enumera los elementos del SGPRL que deben ser auditados. De acuerdo con esta guía, los requisitos del sistema de gestión que deben ser examinados por el auditor son los siguientes: 1. Evaluación de los riesgos: Extensión y procedimiento. Revisión y registro. Medidas y actividades preventivas. Medidas/actividades para reducir los riesgos. Actividades para controlar los riesgos. Actuaciones frente a sucesos previsibles. Actuaciones frente a cambios previsibles. Planificación de las actividades preventivas. Procedimientos y registros. Prioridades y programas. Organización de la prevención. Organización preventiva específica. Organización general. Partiendo del contenido de la citada guía, y teniendo en cuenta las obligaciones que incumben a los empresarios en materia de prevención, podemos elaborar el siguiente cuestionario como documento de trabajo para la realización de una auditoría legal: 1. EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS SÍ NO La evaluación de riesgos se ha realizado por un técnico cuyo nivel de cualificación adecuado? Está documentada? La evaluación de riesgos inicial ha sido revisada y actualizada? Contempla todos los puestos de trabajo de la empresa? Se ha realizado teniendo en cuenta las condiciones del puesto de trabajo y las condiciones del trabajador que pueda ocuparlo considerando, en su caso, que puede tratarse de una persona especialmente sensible a determinados riesgos? Se registran, para cada puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar alguna medida preventiva, los datos especificados en el artículo 7 del RSP? Contempla las posibles situaciones de emergencia y riesgo grave e inminente razonablemente previsibles? Se ha realizado siguiendo un procedimiento adecuado? Se ha consultado a los representantes de los trabajadores o, en su defecto, a los propios trabajadores a cerca del procedimiento de evaluación? 41 Riesgos Laborales

2. MEDIDAS Y ACTIVIDADES PREVENTIVAS 2.1. Medidas de protección colectiva y equipos de protección individual SÍ NO Para la selección de estas medidas, se han aplicado los principios de la acción preventiva establecidos en la LPRL y se ha tenido en cuenta, en particular, el carácter subsidiario que tienen? Se han determinado los puestos de trabajo en los que es necesario el uso de equipos de protección individual? Se han elegido los equipos de protección individual adecuados a los riesgos identificados? Los equipos de protección individual entregados a los trabajadores disponen del marcado CE? Se formado e informado a los trabajadores sobre el modo correcto de usar y mantener los equipos de protección individual? Y sobre los riesgos derivados de su utilización? Se controla el uso y mantenimiento correcto de los equipos? Se reponen cuando es necesario? 2.2. Formación de los trabajadores SÍ NO Existe un plan de formación anual en materia preventiva? Los trabajadores han recibido una formación teórico-práctica suficiente y adaptada a las características, funciones y riesgos identificados en la evaluación de riesgos? Está prevista la repetición periódica de la formación? Los delegados de prevención han recibido formación? Existe un registro de la formación impartida que incluya los siguientes datos: contenido; duración; asistentes; personas que lo impartieron? Existen puesto de trabajo que requieran una determinada formación impuesta por alguna norma específica? se imparte esa formación? su contenido se ajusta a lo exigido por esa norma? 2.3. Información a los trabajadores SÍ NO Cada trabajador ha recibido información sobre: Los riesgos que afectan a la empresa en su conjunto y sobre los específicos que afectan a su puesto de trabajo. Las medidas de prevención o protección establecidas, incluidas, en su caso, las relativas al uso de equipos de protección individual. Las actuaciones frente a emergencias y riesgos graves e inminentes. Los resultados de la vigilancia de su salud. Presencia de agentes de riesgos especialmente peligrosos. Los trabajos que, por razones de seguridad, sólo pueden ser efectuados por trabajadores con conocimientos especializados. La información proporcionada a los trabajadores se ajusta, en su caso, a lo dispuesto en la normativa específica que sea de aplicación? La información sobre la utilización de un equipo de trabajo o producto se ha elaborado teniendo en cuenta, en su caso, la información proporcionada por el fabricante, importador o suministrador del mismo? La información se ha proporcionado antes de la incorporación del trabajador a su puesto de trabajo? y se ha suministrado de forma periódica? Se informa, en su caso, a los padres o tutores de los trabajadores menores de edad? Riesgos Laborales 42

www.riesgos-laborales.com 3. ACTIVIDADES PARA CONTROLAR LOS RIESGOS 3.1. Controles periódicos de los riesgos y de la actividad de los trabajadores SÍ NO Existen en la empresa controles periódicos de los riesgos? Existen normas de seguridad?; están actualizadas?; se cumplen? Existen permisos de trabajo para aquellas actividades que entrañen un riesgo grave o muy grave?; son revisados periódicamente?; se cumplen? La señalización de los lugares de trabajo se ajusta a lo exigido por el RD 485/1997? Se realiza un control y mantenimiento periódico de las instalaciones, de los equipos de trabajo y de los equipos de protección colectiva o individual? Se realizan controles periódicos de las actividades más peligrosas desarrolladas por los trabajadores? La empresa cuenta con un programa de inspecciones periódicas de seguridad? 3.2. Controles periódicos de las condiciones de trabajo SÍ NO Cuando el resultado de la evaluación de riesgos así lo exija, se realizan periódicamente mediciones de la exposición de los trabajadores a agentes físicos, químicos o biológicos de conformidad con lo establecido por la normativa específica? Las mediciones se efectúan conforme a la normativa y a los criterios legalmente establecidos y por personal competente? Se han adoptado las medidas correctoras y/o preventivas necesarias en función de los resultados obtenidos en los controles períodicos? Se informa a los trabajadores de los resultados de estos controles? Si en la evaluación de riesgos se indica la necesidad de realizar controles periódicos sobre los factores de riesgo de naturaleza psicosocial derivados de los puestos de trabajo, se efectúan controles técnicamente adecuados?; se adoptan medidas correctoras acordes con los resultados de los citados controles? Existe una adaptación ergonómica de los puestos de trabajo en aquellos casos que sean necesarios? 3.3. Vigilancia de la salud de los trabajadores SÍ NO Existe un programa en la empresa para la vigilancia de la salud de los trabajadores, acorde con los riesgos existentes en los distintos puestos de trabajo? Los controles de la salud se ajustan a las exigencias legales y a los protocolos médicos existentes? Se han realizado pruebas de vigilancia periódica de la salud de los trabajadores cuando estos resulten obligatoria porque así lo exija la normativa específica aplicable o resulte imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre el trabajador o para verificar si su estado de salud puede constituir un peligro para sí mismo o para terceros? Se han realizado las evaluaciones de salud ocasionales necesarias (por ejemplo, tras la incorporación al trabajo o reincorporación después de una ausencia prolongada por motivos de salud). Se ofrecen los reconocimientos médicos a los trabajadores? 43 Riesgos Laborales

3.3. Vigilancia de la salud de los trabajadores (continuación) SÍ NO El análisis, en especial, de los riesgos que pueden afectar a las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o lactancia, a los menores y a cualquier otro trabajador que sea especialmente sensible a determinados riesgos. Se garantiza la confidencialidad y el derecho a la intimidad de los trabajadores? Si la empresa cuenta con un servicio médico propio: Los recursos materiales de que dispone son suficientes? El personal médico cuenta con la acreditación necesaria? Las instalaciones cuentan con la autorización pertinente? Si la empresa ha concertado la vigilancia de la salud con un servicio de prevención ajeno: Ésta cuenta con la acreditación necesaria? BIBLIOGRAFÍA > Nieto Gómez de Salazar, J. Mª. Manual de auditoría de sistemas de prevención. Valencia: Ciss-Praxis, 2003. > González García, A y otros: Auditoría de los sistemas de prevención de riesgos laborales. Madrid: Fundación Confemetal, 2000. A la auditoría de certificación puede someterse voluntariamente la empresa para implantar un sistema de gestión. La auditoría legal verifica que el sistema de gestión de la prevención implantado cumple con los requisitos legales exigidos y evalúa su eficiacia. Riesgos Laborales 44