INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS BENEFICIOS, DERECHOS, Y CONDICIONES DEL SERVICIO FINANCIERO DIRIGIDO A LOS CLIENTES Y USUARIOS DE FINANCIERA EDYFICAR



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INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS BENEFICIOS, DERECHOS, Y CONDICIONES DEL SERVICIO FINANCIERO DIRIGIDO A LOS CLIENTES Y USUARIOS DE FINANCIERA EDYFICAR (Información referida a beneficios, riesgos y condiciones del producto o servicio financiero de conformidad con el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiero Resolución SBS N 8181-2012 Anexo 4) Productos Activos Procedimiento 1. Reclamos, Denuncias Solicitudes Información. y/o de Detalle de procedimiento e información adicional de interés para el cliente y usuarios de Financiera EDYFICAR Todos los clientes y usuarios de Financiera Edyficar tienen derecho a ingresar sus reclamos, quejas o solicitudes de información a través de todos nuestros canales de atención directos puestos a disposición como son: a) A través de nuestra red de Agencias y Oficinas Especiales: El cliente o usuario será atendido por personal de Atención al Cliente, quienes registrarán el reclamo o solicitud de información a través de nuestro Sistema de Atención de Reclamos (Hoja de Reclamación Virtual) entregándole una constancia de la presentación con el que se podrá realizar el seguimiento de la respuesta. En caso de existir alguna contingencia en el sistema virtual para registrar el reclamo o solicitud de información, se procederá a emitir el Formulario de Atención de Reclamos y Quejas, entregándosele al cliente una copia con el Código del Formulario, con el cual que podrá realizar el seguimiento de la respuesta. b) Vía Teléfono: El cliente o usuario podrá registrar su reclamo o solicitud de información a través del EDYFONO (01) 202-8282. Culminado el registro se le otorgará un código para realizar el seguimiento de la respuesta. c) Vía página web: Completando el Formulario de Contacto / Reclamos puesto a disposición a través de nuestra página web, el cliente puede ingresar su reclamo, solicitud de información o incluso una sugerencia, para lo cual deberá llenar obligatoriamente todos los campos. Al culminar y elegir la opción: Aceptar, automáticamente se direccionará la solicitud o reclamo para su atención, luego de lo cual recibirá un correo electrónico de auto-respuesta indicando un código con el que podrá realizar el seguimiento de la respuesta. El plazo de atención de los reclamos y/o solicitudes de información es de 30 días calendario, pudiendo extenderse dicho plazo por la complejidad del caso, lo que se avisará al cliente y/o usuario oportunamente. En caso de no encontrarse conforme con la respuesta recibida, el cliente tiene la opción de solicitar una reconsideración su reclamo adjuntando algún elemento adicional que permita un nuevo análisis y reconsideración para su evaluación y resolución en EDYFICAR. Sin perjuicio de ello, el cliente podrá recurrir a otras instancias tales como el INDECOPI, Aló Banco y la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS. Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 1 de 13

2. Recepción de Notificaciones sobre operación de pago no autorizada o ejecutada en forma incorrecta. Si el cliente y/o usuario advierte una operación no autorizada o ejecutada de forma incorrecta, deberá comunicarlo por escrito tan pronto como toma conocimiento siguiendo el procedimiento siguiente: - Informar a su Asesor de Negocios, al personal de Atención al Usuario y/o al personal de Operaciones ubicado en nuestras agencias u oficinas, suscribiendo la solicitud de rectificación en el que detallará la ocurrencia. - Adjuntar de ser el caso la copia del voucher de abono errado u otro documento relacionado a la operación. Financiera EDYFICAR realizará la verificación del caso y de ser procedente generará las correcciones respectivas dentro del plazo de 15 días calendario, comunicando por escrito al cliente de la respuesta a su solicitud. No obstante, el cliente pueda solicitar en cualquier momento información sobre el estado de su solicitud. 3. Responsabilidad por operaciones no autorizadas o ejecutadas de forma incorrecta 4. Procedimiento para presentación y atención de solicitudes de Resolución de Contratos En caso de verificarse un error de parte del personal de Financiera EDYFICAR respecto a la generación de operaciones no autorizadas o ejecutadas de forma incorrecta, se procederá con el extorno de la operación incorrecta y/o no autorizada, y a la realización de la operación de forma correcta sin desmedro económico para el cliente. En caso dichas operaciones no autorizadas o ejecutadas pudieran afectar operaciones de otro cliente se corregirá el error extornándose en su caso la operación incorrecta informándose al cliente sobre los alcances del mismo, reponiendo la situación al estado anterior al error, buscando no perjudicar a ambos clientes. Todos los clientes y usuarios de Financiera Edyficar tienen derecho a solicitar en cualquier momento la resolución del contrato suscrito con Financiera EDYFICAR, sin que tengan que asumir el pago de comisiones, gastos ni el pago de penalidades, bastando para ello que el cliente cancele todas sus obligaciones derivadas del Contrato que desea resolver conforme a lo siguiente: 1. Tratándose de Contrato de Préstamo: - Si el cliente decide resolver el contrato antes del vencimiento pactado, podrá hacerlo siguiendo el procedimiento de cancelación anticipada de su préstamo (ver punto 12), en cuyo caso podrá acercarse a su Asesor de Negocios o al Personal de Operaciones para solicitar la liquidación total de su deuda y efectuar el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas del préstamo, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar una Constancia de No Adeudo. - En caso el cliente decidiera resolver el Contrato por no estar de acuerdo con alguna modificación unilateral comunicada por Financiera EDYFICAR dentro de los plazos previos de Ley (45 días calendario por modificación de la tasa de interés, comisiones, gastos, cronograma de pagos y otros aspectos comprendidos en los contratos), deberá comunicar su decisión por escrito adjuntando copia de su DNI, en cuyo caso tendrá derecho a que se le liquide el total de su deuda para que efectúe el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas del préstamo, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar la expedición de una Constancia de No Adeudo 2. Tratándose de Contrato de Línea Aprobada: Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 2 de 13

- Si el cliente decide resolver el contrato antes del vencimiento pactado, podrá hacerlo siguiendo el procedimiento de cancelación anticipada de su préstamo (ver punto 12), en cuyo caso podrá acercarse a su Asesor de Negocios o al Personal de Operaciones para solicitar el cierre de su línea, así como la liquidación total de todas los desembolsos realizados con cargo a la línea y efectuar el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los desembolsos realizados, sin existir saldos pendientes de pago con cargo a dicha línea, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar la Constancia de No Adeudo respectiva. - En caso el cliente decidiera resolver el Contrato por no estar de acuerdo con alguna modificación unilateral comunicada por Financiera EDYFICAR dentro de los plazos previos de Ley (45 días calendario por modificación de la tasa de interés, comisiones, gastos, cronograma de pagos y otros aspectos comprendidos en los contratos) deberá comunicar de su decisión por escrito adjuntando copia de su DNI, en cuyo caso tendrá derecho a que se le liquide el total de las disposiciones desembolsadas con cargo a la línea para que efectúe el pago en ventanilla. Una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los desembolsos realizados, sin existir saldos pendientes de pago con cargo a dicha línea, el contrato quedará automáticamente resuelto, pudiendo el cliente solicitar la expedición de una Constancia de No Adeudo. 5. Derechos de los avales o fiadores solidarios de los clientes. 6. Obligaciones de los Avales y/o Fiadores Solidarios de los Clientes Los garantes (avales/fiadores) de operaciones de préstamos o líneas de crédito tienen los siguientes derechos: a) Ser informados antes, durante y después de la firma del Contrato de Préstamo y Hoja de Resumen sobre las condiciones contractuales, las tasas de interés, comisiones y gastos asociados a las operaciones activas del crédito garantizado. b) Solicitar información actualizada con respecto al Estado de Cuenta del préstamo o Línea de crédito aprobada al cliente, en la cual actúa como aval y/o fiador solidario. c) Proponer soluciones y/o alternativas de pago, en caso haya retraso en el pago del préstamo de su garantizado. d) Solicitar que se les otorgue una Constancia de Pago y/o de No Adeudo con respecto a las amortizaciones o cancelación que en su condición de Aval y/o Fiador Solidario realice a favor del crédito de su garantizado. e) Ser parte en el proceso judicial que se haya iniciado contra su garantizado y que se relacione con la obligación garantizada. f) Efectuar las acciones legales que la Ley prevé para efectuar el cobro al deudor garantizado. Los Avales y/o Fiadores Solidarios que han suscrito el Contrato de Préstamo o Línea de crédito aprobada, así como la respectiva Hoja de Resumen en señal de aceptación y conformidad hacen renuncia expresa al beneficio de excusión, no pudiendo exigir el cobro primero al cliente que han garantizado para responder frente al cumplimiento de las obligaciones pendientes y exigibles por parte de Financiera Edyficar. La Fianza Solidaria es de plazo indefinido y quedará vigente hasta el cumplimiento de todas las obligaciones garantizadas. Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 3 de 13

7. Consecuencias en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones La solidaridad faculta a Financiera Edyficar a dirigir las acciones de cobranza contra el Aval y/o Fiador Solidario quien responderá por todos los créditos directos e indirectos otorgados y en su caso, los otorgados con cargo a la Línea Aprobada que el cliente adeude o pueda adeudar a futuro a favor de Edyficar más los intereses compensatorios, moratorios, comisiones, tributos y gastos notariales, registrales, judiciales y demás que se hubieren generado y que se encuentren señalados en el Tarifario vigente y en la Hoja de Resumen. Financiera Edyficar recomienda a sus clientes cuidar su record crediticio, evitando el sobreendeudamiento contratando con diferentes entidades financieras, una buena planificación de sus necesidades financieras y de sus obligaciones contando con la orientación de su Asesor de Negocios, puede ayudarlo a evitar las consecuencias que genera el incumplimiento del pago de sus cuotas a sus respectivos vencimientos, como son: 1. Ser reportado ante las Centrales de Riesgo del sistema financiero (SBS e INFOCORP) con la calificación que corresponda por los días de atraso, según el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. 2. Se cobrará la Tasa de Interés Moratoria Efectiva Anual (TEAM) establecida en la Hoja Resumen por cada día de atraso en el pago y se devengará de manera adicional a la tasa de interés compensatorio pactada calculándose sobre el saldo capital de la(s) cuota(s) vencida(s) desde el día siguiente a la fecha de vencimiento de la obligación hasta el día de su pago total efectivo. 3. Edyficar podrá protestar el Pagaré. 4. Se realizan acciones de cobranza conforme a Ley, cargándose el pago por los tributos y comisiones pactados que se hubieren generado y que se encuentren señalados en el Tarifario vigente y en la Hoja de Resumen. 5. Edyficar podrá iniciar las acciones extrajudiciales o judiciales, exigiéndose el pago de los gastos incurridos como consecuencia de éstas; así mismo, se exigirán los gastos que se hubieren tenido que realizar en procura de la recuperación de la deuda (gastos notariales, registrales, costas y costos del proceso judicial) conforme al Tarifario vigente. 8. Solicitudes de Refinanciamiento La operación de refinanciamiento es aquella que produce la variación del plazo y/o monto del contrato original obedeciendo a la dificultad en la capacidad de pago del deudor, siendo potestad de Edyficar aceptar o rechazar dicha variación de acuerdo a la evaluación crediticia integral del solicitante. Las nuevas condiciones que modifiquen lo establecido para el préstamo inicial, serán pactadas en un nuevo Contrato de Crédito y Pagaré. El cliente deberá efectuar la solicitud por escrito debiendo dirigirse al área de negocios de cada Agencia y/o Oficina originaria del crédito. Los requisitos mínimos que se requieren para su aplicación son los siguientes: - Haber demostrado la voluntad y capacidad de pago del cliente. - Solicitud escrita de parte del cliente explicando su situación actual y voluntad de acogerse al refinanciamiento. - Las garantías deben mantenerse o mejorarse, según la evaluación crediticia de EDYFICAR. - En caso de ser el cónyuge, conviviente, aval o un tercero quien asuma la deuda a refinanciar, deberá demostrar su capacidad de pago. Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 4 de 13

- El aval considerado, de ser el caso, debe estar con calificación 100% normal en el sistema financiero o tener buenas referencias de su entorno. Adicionalmente se podrán considerar periodos de gracia si se evidencia que el cliente ha sufrido daños externos (incendios o inundaciones producto de fenómenos externos) siempre que el cliente se encuentre al día en sus pagos, pudiendo ser absoluto o relativo. En este caso, la vigencia del periodo de gracia será a partir de su habilitación en el sistema. En caso de otorgarse un Refinanciamiento: 9. Procedimiento para el levantamiento de garantías reales 1. El crédito refinanciado sustituirá la obligación de los créditos originales en las condiciones que se acuerden. 2. El refinanciamiento considerará la modificación de plazos y tasas según evaluación crediticia actual del cliente. No implicará desembolso de dinero en efectivo. 3. Se reportará al cliente a la Central de Riesgos con la calificación que corresponda según el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la exigencia de provisiones vigente. Si el cliente tiene calificación NORMAL, al refinanciarse su calificación descenderá a CPP. Esta regla de calificación se aplica también para la persona que asume la deuda del cliente. 4. No se podrá acceder a productos de campaña u otros beneficios destinados a clientes con buen comportamiento de pagos. 5. El cliente no podrá obtener beneficios de cambio de fecha o cuota balón durante el refinanciamiento. En caso el cliente desee el levantamiento de la garantía real que haya constituido a favor de Edyficar, deberá observar lo siguiente: - Si la garantía fue constituida para asegurar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del cliente, en su calidad de Titular, Aval y/o Fiador;(garantía sábana) y éste mantiene créditos vigentes, no se podrá levantar la garantía hasta que haya cancelado todas sus obligaciones. - Si la garantía constituida tiene la condición de específica y el crédito asociado se encuentra cancelado, se procederá a entregar la minuta de levantamiento de garantía sin costo alguno para el cliente. Procedimiento: 1. Una vez recibida la solicitud del cliente, la elaboración y entrega de la minuta de levantamiento de la garantía real estará a cargo de Edyficar, pudiendo el cliente recoger la Minuta en un plazo que no excederá los 7 días útiles. El trámite es gratuito. 2. Una vez entregada la minuta al cliente, corresponde a éste realizar los trámites notariales y registrales del levantamiento en la Notaría de su elección, coordinando con Edyficar la firma de la escritura correspondiente. El costo de estas gestiones debe ser asumido por el cliente. Financiera EDYFICAR dando facilidades a sus clientes, recomienda realizar el trámite de levantamiento de las garantías en las Notarías donde se tiene registrada la firma de sus apoderados, evitando un gasto adicional conforme al Decreto Supremo 006-2013-JUS, que obliga a los Notarios a la verificación de la identidad por comparación biométrica de la huella dactilar. 10. Procedimiento para Para el caso de pago en exceso de una cuota: Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 5 de 13

devoluciones por pagos en exceso - En caso el cliente efectúe un pago en exceso de una cuota de su crédito, deberá escoger la modalidad de pago anticipado parcial que se describe en el punto 13. Para el caso de pago en exceso en una cancelación total de deuda: - Si de la cancelación total de la deuda, el cliente advierte que hay un pago en exceso, deberá solicitar la devolución presentando lo siguiente: - Carta simple solicitando la devolución. - Adjuntar copia del voucher del abono realizado. 11. Remisión periódica de información Después de presentada la solicitud, Financiera EDYFICAR realizara la verificación, análisis y devolución del pago en exceso, en un plazo de hasta 15 días calendario. El cliente deberá comunicarse con su asesor de negocios y/o personal de operaciones al finalizar dicho plazo. El cronograma de pagos es entregado al cliente en el momento del desembolso del crédito. Sin perjuicio de ello, el cliente podrá acercarse a las agencias u oficinas de Edyficar y solicitar la entrega de información referida a los pagos realizados así como el cronograma vigente. Esta información será entregada al cliente en el momento. De acuerdo a lo establecido en la Resolución SBS N 8181-2012, el cliente tiene derecho a solicitar la remisión o no de información periódica relacionada a los pagos efectuados y aquellos que se encuentren pendientes conforme al Cronograma de Pagos; debiendo solicitarlo de forma expresa, dejando constancia de su elección ya sea a través del envío de forma física (al domicilio señalado por el cliente) o electrónica (al correo electrónico proporcionado por el cliente a Edyficar). La información será remitida en un plazo máximo de 30 días posteriores al cierre del mes en el que la información es requerida pudiendo ser remitida mensualmente si así lo requiere el cliente. 12. Cancelación Total Anticipada del crédito La remisión en forma física de la información señalada en el párrafo anterior se encuentra suspendida hasta el 30 de agosto de 2013, de acuerdo a la Resolución SBS N 2668-2013. El cliente directamente o a través de un tercero podrá solicitar y efectuar la cancelación anticipada de su crédito, de acuerdo a lo siguiente: - En las ventanillas de Edyficar: Deberá indicar al personal de operaciones (Recibidor/pagador) que desea cancelar la totalidad del crédito, el R/P informará el importe a cancelar, recepcionará el efectivo y procederá a realizar la operación en Caja. Una vez cancelado el crédito, el cliente podrá solicitar la Constancia de No Adeudo correspondiente a los dos días hábiles de efectuado el pago. La primera constancia no tiene costo. - En las oficinas compartidas del Banco de la Nación: el cliente y/o usuario deberá solicitar la atención del Asesor de Negocios de Financiera Edyficar, quien le informará el saldo deudor actualizado y las indicaciones para el abono en las ventanillas del Banco de la Nación. Una vez cancelado el crédito, el cliente podrá solicitar la Constancia de No Adeudo correspondiente a los dos días hábiles de efectuado el pago. La primera constancia no tiene costo. Financiera EDYFICAR recomienda a sus clientes informarse previamente al pago, verificar el saldo de su préstamo, evitando se registren saldos pendientes de pago que luego pudieran generarle mora. Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 6 de 13

13. Pagos Parciales Anticipados El cliente, usuario y/o tercero ajeno a la relación de consumo pueden efectuar pagos anticipados parciales del crédito. Para ello, nuestro personal luego de mostrar al cliente una pre liquidación de las modalidades de pago anticipado, solicitará al cliente llenar el formato Constancia de Solicitud de Prepago Parcial de Cuotas/ Adelanto de Cuotas, en el que conste la modalidad de pago anticipado elegido por el cliente. Las modalidades de pago anticipado son las siguientes : - Adelanto de Cuotas: A través de ésta se amortiza más de una cuota, cancelándose con el monto imputado el mayor número de cuotas próximas a vencer, sin modificarse el plazo ni el monto de las cuotas restantes del Cronograma de Pagos original. No obstante, se liquidarán los intereses hasta la fecha de pago. Es recomendable el uso de esta modalidad en caso de viajes o periodos prolongados de ausencia, a fin de adelantar el pago de las cuotas próximas a vencer de acuerdo al cronograma, evitando con ello incurrir en mora y/o cargos adicionales. - Ajuste de Cuota: A través de esta modalidad el cliente prepaga su préstamo en forma parcial, el monto pagado se aplica al saldo capital del préstamo, reduciéndose los intereses corridos a la fecha del pago y se genera un nuevo Cronograma de Pagos respecto al nuevo saldo capital del préstamo, reduciéndose sólo el monto de las cuotas pendientes de pago.. - Ajuste de Plazo: A través de esta modalidad el cliente prepaga su préstamo en forma parcial, el monto pagado se aplica al saldo capital del préstamo, reduciéndose los intereses corridos a la fecha del pago y se genera un nuevo Cronograma de Pagos respecto al nuevo saldo capital del préstamo, reduciéndose el plazo o número de cuotas del Cronograma original. En este caso el monto de la cuota puede ser mayor a la cuota original.. Para cualquiera de los casos señalados, Edyficar realizará la liquidación de los intereses a la fecha de pago, deduciéndose las comisiones y gastos de haberse pactado sin el cobro de penalidades ni conceptos similares. Además, en caso de ajuste de plazo o de cuotas, Edyficar emitirá un nuevo Cronograma de Pagos que será entregado al cliente para su lectura y conformidad. En caso el pago parcial sea realizado por un tercero, Edyficar atenderá la solicitud aplicando como modalidad elegida la reducción del monto de la cuota (Ajuste de cuota), salvo que el tercero acredite que el cliente titular ha elegido otra modalidad, debiendo dejar constancia de ello. Culminada la operación, Edyficar entregará el nuevo Cronograma de Pagos al tercero, obligándose el cliente a informarse y cumplir con el pago de las cuotas pendientes de ser el caso. Productos Pasivos Procedimiento 1. Reclamos y/o Solicitudes de Información Información Adicional y procedimiento de atención Todos los clientes y usuarios de Financiera Edyficar tienen derecho a ingresar sus reclamos o solicitudes de información a través de todos nuestros canales de atención directos puestos a disposición como son: a) A través de nuestra red de Agencias y Oficinas Especiales: Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 7 de 13

El cliente o usuario será atendido por personal de Atención al Cliente, quienes registrarán el reclamo o solicitud de información a través de nuestro Sistema de Atención de Reclamos (Hoja de Reclamación Virtual) entregándole una constancia de la presentación con el que se podrá realizar el seguimiento de la respuesta. En caso de existir alguna contingencia en el sistema virtual para registrar el reclamo o solicitud de información, se procederá a emitir el Formulario de Atención de Reclamos y Quejas, entregándosele al cliente una copia con el Código del Formulario, con el cual que podrá realizar el seguimiento de la respuesta. b) Vía Teléfono: El cliente o usuario podrá registrar su reclamo o solicitud de información a través del EDYFONO (01) 202-8282. Culminado el registro se le otorgará un código para realizar el seguimiento de la respuesta. c) Vía página web: Completando el Formulario de Contacto / Reclamos puesto a disposición a través de nuestra página web, el cliente puede ingresar su reclamo, solicitud de información o incluso una sugerencia, para lo cual deberá llenar obligatoriamente todos los campos. Al culminar y elegir la opción: Aceptar, automáticamente se direccionará la solicitud o reclamo para su atención, luego de lo cual recibirá un correo electrónico de auto-respuesta indicando un código con el que podrá realizar el seguimiento de la respuesta. El plazo de atención de los reclamos y/o solicitudes de información es de 30 días calendario, pudiendo extenderse dicho plazo por la complejidad del caso, lo que se avisará al cliente y/o usuario oportunamente. En caso de no encontrarse conforme con la respuesta recibida, el cliente tiene la opción de solicitar una reconsideración su reclamo adjuntando algún elemento adicional que permita un nuevo análisis y reconsideración para su evaluación y resolución en EDYFICAR. 2. Fondo de Seguro de Depósito (FDS) 3. Procedimiento en caso de inactividad de las cuentas de depósitos 4. Procedimiento aplicable en caso de fallecimiento del Sin perjuicio de ello, el cliente podrá recurrir a otras instancias tales como el INDECOPI, Aló Banco y la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS. El FSD es una institución cuyo objetivo es el proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro del FSD donde mantiene su depósito quiebre. Cuando la SBS intervenga a una institución financiera miembro del FSD, éste reembolsará a los depositantes un monto equivalente al importe de su depósito más los intereses generados hasta el Monto Máximo de Cobertura vigente, el mismo que se actualiza trimestralmente de acuerdo a la información contenida en la página web de la SBS: http://www.sbs.gob.pe El monto máximo de cobertura para el periodo Marzo Mayo 2013 es S/.90.471 Nuevos Soles. EDYFICAR notifica a sus clientes en caso de largos periodos de inactividad en cuentas de depósitos, además de enviar un aviso final, antes de que se cumplan los diez (10) años de inactividad en la cuenta, plazo en el que es transferida al Fondo de Seguros de Depósitos. En caso de fallecimiento del titular de la cuenta de depósito a plazo, los herederos deberán comunicarlo de forma inmediata a Edyficar. Para disponer de los saldos de la cuenta, deberán solicitarlo a través de una comunicación por escrito adjuntando la siguiente documentación: Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 8 de 13

titular de la cuenta. - Acta de sucesión intestada o testamento (ejemplar original, más una copia simple). - Inscripción en Registros Públicos de la sucesión intestada o testamento, según corresponda (ejemplar original, más una copia simple). - Copia de los documentos de identidad vigentes de los herederos. Después de presentada la solicitud, Financiera EDYFICAR procederá a verificar la documentación. Si ésta se encontrara conforme, se cancelará la cuenta y de ser el caso, se dispondrá el pago de los saldos existentes a el(s) heredero(s) de el cliente, en un plazo de hasta 15 días calendario. El cliente deberá comunicarse con su asesor de negocios y/o personal de operaciones al finalizar dicho plazo. 5. Procedimiento para la solicitud de resolución de contrato En caso el cliente desee resolver su contrato de depósito podrá solicitarlo en cualquiera de sus Agencias y/o Oficinas a nivel nacional. Si la resolución del contrato de depósito se efectúa antes del vencimiento pactado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: Para Depósito a Plazo Fijo: La cancelación antes del vencimiento (pre-cancelaciones), facultará a EDYFICAR a aplicar como tasa de castigo, la tasa de su Tarifario vigente para Depósitos a Plazo Fijo correspondiente al rango anterior de los días efectivamente transcurridos a la fecha de cancelación. El procedimiento podrá realizarse en cualquier agencia de la financiera. Para depósito a Plazo Fijo - EDYPLAZO GANA +: Si la cancelación anticipada se efectúa antes de los 30 días calendario, no se pagará intereses. En caso se cancele después de los 30 días calendario, se pagará la tasa de interés que corresponde al plazo efectivo de permanencia del depósito según Tarifario vigente para este producto. 6. Remisión periódica de información La información referida a los depósitos se encuentra detallada en la cartilla informativa que se le entrega al cliente en el momento de su apertura. Sin perjuicio de ello, el cliente podrá acercarse a las agencias u oficinas de Edyficar y solicitar la entrega de información referida a los movimientos de su depósito. Esta información será entregada al cliente en el momento. El cliente tiene derecho a solicitar la remisión de la información periódica relacionada a los movimientos producidos en sus depósitos durante el mes; debiendo solicitarlo de forma expresa y dejando constancia de su elección ya sea a través del envío de forma física (al domicilio señalado por el cliente) o electrónica (al correo electrónico proporcionado por el cliente a Edyficar). La información será remitida en un plazo máximo de 30 días posteriores al cierre del mes en el que la información es requerida pudiendo ser remitida mensualmente si así lo requiere el cliente. La remisión en forma física de la información señalada en el párrafo anterior se Fecha de Actualización: 01-07-2013 Página 9 de 13

encuentra suspendida hasta el 30 de agosto de 2013, de acuerdo a la Resolución SBS N 2668-2013. Seguros SEGUROS OBLIGATORIOS 1. Seguro de Desgravamen Información adicional, derechos y procedimiento Este seguro eximirá al cliente y a su familia de pagar la deuda de su crédito en caso se produzca un siniestro y se cumplan las condiciones señaladas en la póliza contratada y siempre que la causa de fallecimiento o invalidez no se encuentre comprendida dentro de las exclusiones de la misma. La compañía de seguros pagará a Financiera EDYFICAR el saldo insoluto adeudado por el cliente al momento de la ocurrencia del siniestro, quedando los familiares y/o garantes liberados de esta responsabilidad, de ser el caso. Requisitos: Cualquier persona natural que obtenga un crédito en Edyficar puede adquirir este seguro de desgravamen. El asegurado deberá tener como máximo 70 años al momento de la contratación del seguro. Caso contrario, el contrato será nulo, de acuerdo a lo establecido en la póliza correspondiente. Costos: La prima de seguro se calcula en función al plazo original del préstamo, multiplicando la tasa correspondiente por el monto original de éste, de acuerdo al tarifario vigente. No obstante, constará detallado en la Hoja Resumen al tiempo de su contratación Procedimiento en caso de siniestro: En caso de siniestro, el Asegurado o sus beneficiarios, podrán acercarse a cualquier oficina de Financiera EDYFICAR y presentar la documentación indicada para cada cobertura en original o copia legalizada, dentro del plazo de prescripción legal establecido, que actualmente es de 10 años. Procedimiento de atención de reclamos Para cualquier reclamo puede comunicarse con la Agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad; a la Central de información y ventas de Pacífico: (01)513-5000 o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830 San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Financiera EDYFICAR. Derecho a contratar una póliza de otra compañía de Seguros Los clientes no están obligados a contratar el seguro ofrecido por Edyficar, siempre que acrediten haber contratado un seguro con cobertura similar o mayor. La póliza externa deberá estar endosada a favor de Edyficar hasta por el monto y plazo del saldo adeudado, debiendo estar totalmente pagada y tener las características mínimas requeridas por Edyficar. Vigencia de la cobertura La cobertura se otorgará por el plazo de duración y vigencia del crédito contratado; y en tanto Fecha de Actualización: 01-07-2013 13 Página 10 de

el asegurado sea menor de 75 años de edad. SEGUROS OPTATIVOS Información adicional, derechos y procedimiento 1. Negocio Protegido Es un seguro destinado a proteger únicamente los bienes del cliente que se encuentran dentro del local o locales que sean de propiedad del asegurado hasta por el monto de su préstamo (suma asegurada). Cubre las existencias tales como: mercadería, muebles, máquinas, equipos de oficina y de comunicación, mobiliario, útiles, enseres, herramientas, instrumentos y maquinaria en general, frente a los daños ocasionados por: - Incendio y/o rayo. - Desastres naturales: lluvias, inundaciones y huaycos. - Huelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo. - Daños ocasionados directamente por agua y/o humo. Requisitos: - Ser cliente de Financiera EDYFICAR. - Tener un negocio propio, cuya actividad no se encuentre fuera de la cobertura de la póliza. Costos: La prima del seguro se calcula en función al monto del préstamo, de acuerdo al tarifario vigente. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado está en la obligación de comunicarlo por escrito de manera inmediata a Financiera EDYFICAR, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la Compañía Aseguradora. Este plazo no es de caducidad. Dicha comunicación tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía. Asimismo, el asegurado podrá presentar la solicitud de reclamo escrita directamente a la Compañía Aseguradora. La comunicación podrá ser efectuada mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro, que el cliente deberá solicitar en las oficinas de Financiera EDYFICAR, y podrá ser presentado a ésta o a la Compañía Aseguradora, debiendo adjuntar, en todos los casos, los siguientes documentos, en original o copia legalizada, según corresponda: 1. Denuncia policial del siniestro. 2. Declaración detallada de la pérdida. Procedimiento de atención de reclamos Para cualquier reclamo puede comunicarse con la Agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad; la Central de información y ventas de Pacífico: (01)513-5000 o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830 San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Financiera EDYFICAR o directamente a la compañía aseguradora. Vigencia de la cobertura La vigencia del seguro será desde la fecha de desembolso del préstamo hasta finalizar el plazo del mismo. En caso de cancelación anticipada, no habrá lugar a devolución de primas. Fecha de Actualización: 01-07-2013 13 Página 11 de

2. Seguro de vida Protección Financiera (PERSONAS NATURALES) En caso de fallecimiento o invalidez total y permanente, se le otorga al cliente o a sus beneficiarios el monto del préstamo desembolsado. Requisitos: - Ser una persona natural que obtenga un crédito en Financiera EDYFICAR. - Tener entre 18 y 70 años de edad. Costos: La prima de seguro se calcula en función al plazo original del préstamo, multiplicando la tasa correspondiente por el monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en el tarifario vigente. Procedimiento en caso de siniestro: En caso de siniestro, el Asegurado o sus beneficiarios, deberán acercarse a cualquier oficina de Financiera Edyficar y presentar la documentación indicada para cada cobertura en original o copia legalizada, dentro del plazo de prescripción establecido, que actualmente es de 10 años. Procedimiento de atención de reclamos Para cualquier reclamo puede comunicarse con la Agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad; la Central de información y ventas de Pacífico: (01)513-5000 o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830 San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Financiera EDYFICAR o directamente a la compañía aseguradora. Vigencia de la cobertura La cobertura se otorgará por el plazo de duración y vigencia del crédito contratado; y en tanto el asegurado tenga 75 años de edad. 3. Microseguro invidivual de accidentes Familia Protegida Este seguro protege al asegurado y/o sus beneficiarios frente a casos de muerte accidental, invalidez total y permanente por accidente y/o desamparo súbito familiar, de acuerdo a las condiciones y exclusiones establecidas en la póliza correspondiente. Requisitos: Ser cliente de Financiera EDYFICAR. Tener entre 18 y 65 años de edad. Procedimiento en caso de siniestro: Ante la ocurrencia del siniestro, el asegurado o su beneficiario, está en la obligación de comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Financiera EDYFICAR, quien tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía, de acuerdo a lo establecido en la póliza correspondiente. Procedimiento de atención de reclamos Para cualquier reclamo puede comunicarse con la Agencia de Financiera EDYFICAR de su localidad; la Central de información y ventas de Pacífico: (01)513-5000 o acercarse a las oficinas ubicadas en la Av. Juan de Arona N 830 San Isidro, Lima. Los reclamos efectuados por los asegurados por falta de pago de la indemnización se realizarán a través de Financiera EDYFICAR o directamente a la compañía aseguradora. Fecha de Actualización: 01-07-2013 13 Página 12 de

Vigencia de la cobertura La vigencia del seguro será desde la fecha de desembolso del préstamo hasta finalizar el plazo del mismo y en tanto el asegurado tenga 70 años de edad. En caso de cancelación anticipada, no habrá lugar a devolución de primas. Fecha de Actualización: 01-07-2013 13 Página 13 de