DAEM: PROGRAMA RESIDENCIA FAMILIAR ESTUDIANTIL (PRFE)



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Transcripción:

DAEM: PROGRAMA RESIDENCIA FAMILIAR ESTUDIANTIL (PRFE) Orientaciones generales: El programa Residencia Familiar Estudiantil es un programa reconocido por el Estado que opera bajo la ley orgánica de JUNAEB N 15.720 del año 1964, que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. El programa cuenta con asignación presupuestaria exclusiva para su ejecución dentro del Programa del Departamento de Becas, según la Ley de Presupuesto. Este programa se ejecuta en las 15 regiones del país. Su objetivo: Contribuir a la igualdad de oportunidades en educación a través del soporte de alojamiento estudiantil que incorpora además la entrega de alimentación, apoyo afectivo y apoyo pedagógico en las casas de las Familias Tutoras a estudiantes en condiciones de vulnerabilidad, preferentemente de sectores rurales, que no disponen de establecimientos educacionales cercanos a sus domicilios y que deben trasladarse a otras localidades o ciudades que cuentan con liceos o escuelas para continuar sus estudios. El programa funciona en forma descentralizada, atendiendo a alumnos de todas las comunas que carecen de oferta educacional completa, a través de la celebración de convenios que otorgan el financiamiento y la normativa destinados a atender alumnos del programa, identificando acciones de selección de familias, control y seguimiento del programa. Requisitos para postular al programa: El alumno deberá cumplir a lo menos uno o más de los siguientes requisitos: Vivir en sectores rurales o aislados. Ser estudiante de 7 o 8 básico año de enseñanza básica, educación media científico humanista o técnico profesional de establecimientos municipales o particular subvencionados, primer año de enseñanza superior, siempre que provengan de este programa. Condición de vulnerabilidad.

Necesidad de trasladarse desde otra localidad para continuar estudios, ya sean porque no existe establecimiento en su lugar de residencia o porque la oferta educacional es limitada y no responde a los intereses de los estudiantes. Pertenecer preferentemente a familias registradas en el Programa de Protección Social Chile Solidario y/o que cuenten con Ficha de Protección Social. Una edad mínima de 12 años considerando la capacidad de adaptación del estudiante y la responsabilidad y trabajo que le signifique a la Familia Tutora (en situaciones de excepción se permitirá el ingreso de estudiantes menores 12 años que sean calificados por un trabajador social y aprobados por la Dirección Nacional). Documentación solicitada: Fotocopia de Cédula de Identidad. Certificado de salud, según formato extendido por un profesional del área salud y si ello no es posible, por el profesor del alumno y/o apoderado donde señala que no presenta impedimentos de salud o indicación de tratamiento farmacológico. Informe socioeconómico simple de un profesional acreditado, si el postulante no cuenta con Ficha de Protección Social. Certificado de notas si la región lo requiere. Certificado de matrícula. Certificado de personalidad. Procedimiento: Los estudiantes Interesados deberán llenar un formulario de postulación y renovación a través de la página web www.junaeb.cl. El periodo de selección de residencias estudiantiles es entre el 21 de octubre hasta el 31 de diciembre de cada año. Al momento de terminar el ingreso a la web, debe imprimirse un certificado que le indica al estudiante la dirección a la cual debe dirigirse para presentar sus antecedentes, según al lugar que haya postulado. La Entidad Ejecutora hará la recepción y evaluación de la documentación presentada por los estudiantes y validará la ficha en el sistema informático SINAB. El encargado regional realiza seguimiento y valida técnicamente la ficha del postulante o renovante en el SINAB.

Estos antecedentes ingresan al sistema informático de postulación que JUNAEB ha diseñado para estos efectos obteniendo como resultado de su aplicación una lista priorizada asignando un puntaje de vulnerabilidad socioeducativa de los alumnos postulantes al programa. Los antecedentes se detallan en el Manual de Asignación de Residencias Estudiantiles de JUNAEB. Requisitos que debe cumplir la Familia Tutora: Matrimonio o persona natural de sexo femenino entre 28 a 65 años de edad. Las personas que excedan el máximo de edad podrán permanecer previo informe de un asistente social o sicológo que certifique su idoneidad para desempeñar la función de tutora, informe que debe ser validado por el encargado técnico de los programas de Residencias Estudiantiles en JUNAEB Regional. La persona que se desempeña como dueña de casa deberá saber leer y escribir, de preferencia no desempeñar trabajos fuera del hogar y tener un buen estado de salud. Personalidad adecuada y experiencia con niños y jóvenes. La familia deberá contar con ingresos económicos estables y permanentes, provenientes del desempeño de una actividad remunerada, o por otros como pensiones o rentas, que cubran sus necesidades básicas de alimentación, vestuario, salud y vivienda. El aporte económico que se otorgue por la residencia no deberá constituir fuente principal de ingresos de la Familia Tutora. Deben ser familias en que exista armonía conyugal y familiar además de afectividad y calidez en las relaciones interpersonales. Ninguno de sus miembros podrán presentar patologías psiquiátricas, dependencias de drogas, alcohol o enfermedades infectocontagiosas. La Familia Tutora deberá contar con el consentimiento de los hijos mayores de 7 años que vivan en el hogar respecto de su ingreso al programa, el cual debe estar acreditado en carta de consentimiento. Se considera deseable que a lo menos uno de los hijos de la familia tenga edad y nivel académico similar a la del alumno en residencia. Se dará preferencia a las familias que tengan hijos en el mismo establecimiento educacional en que se encuentra del usuario del programa. Podrán incorporarse al programa sólo familias postulantes que no participen en programas de similares características de otras instituciones. No podrán ser familias tutoras los hermanos o abuelos del usuario.

Los usuarios no podrán residir con familiares directos en viviendas particulares o propias de la familia de origen en zonas urbanas. Los antecedentes de la familia postulante serán registrados en el informe denominado Pauta de Observación de Familias Tutoras del Programa Residencia Familiar Estudiantil. Las familias interesadas en participar en el programa como Familia Tutora deberán concurrir a la Entidad Ejecutora correspondiente y presentar los antecedentes requeridos por el programa para ser evaluadas por el encargado técnico. A CADA FAMILIA TUTORA SE LE ASIGNA UN SUBSIDIO O APORTE QUE EN EL CASO DE LA COMUNA DE HUALAIHUÉ ES DE $51.000 PESOS POR CADA ALUMNO RESIDENTE, PAGO QUE ES REALIZADO EN FORMA MENSUAL. Obligaciones de la Familia Tutora: Proporcionar al alumno alimentación adecuada en cantidad y calidad resguardando las condiciones higiénicas básicas. En el caso que el alumno asista a Jornada Escolar Completa éste podrá hacer uso del Programa de Alimentación Escolar no afectando el aporte financiero realizado a la Familia Tutora, sin desmedro de ello la familia entregará alimentación complementaria. Proporcionar al alumno alojamiento adecuado tanto en espacio, iluminación, higiene y equipamiento (cama individual, mueble, o lugar propio para guardar vestuario). En caso de habitación compartida ésta deberá ser con niños del mismo sexo y similar edad. Otorgar cuidados y protección normal al estudiante integrándolos a actividades habituales del grupo familiar. Entregar formación ética moral y educar en comportamientos sociales, hábitos de higiene y estudios tradicionalmente aceptados por la comunidad. Atender las necesidades emocionales del alumno (aceptación seguridad, etc.), mediante un trato cálido y afectuoso en un ambiente de respeto y armonía. Obligaciones de la Entidad Ejecutora: Elaboración de un plan de trabajo anual que deberá contener a lo menos las siguientes actividades: Actividades de apoyo pedagógico, recreación y cultura, orientación y formación a estudiantes para fortalecer su mantención en el sistema escolar y su integración en el medio social urbano.

Capacitación, apoyo y supervisión a las familias tutoras y familias de origen, las que deberán dirigirse a la entrega de información y conocimientos y desarrollo de habilidades para el adecuado cumplimiento de su rol. Reuniones con familias tutoras, familias de origen y usuarios (as) a objeto de integrar a estos tres grupos al proceso formativo de los estudiantes. Visitas periódicas y contacto con los establecimientos educacionales a objeto de informarse sobre el rendimiento escolar, necesidades de apoyo pedagógico, conducta, integración a actividades, relación con el apoderado etc. Difundir el Programa de Residencia Familiar Estudiantil a nivel local, para informar respecto de él a potenciales usuarias y usuarios. Participar de la Comisión Regional de Selección de Estudiantes Postulantes y Renovantes. Visitar para verificar en terreno los antecedentes del 100% de los nuevos becados al término del primer semestre. Velar por la adecuada rendición de gastos y pago de aporte a las familias tutoras en los tiempos y modalidad previamente establecida. Realizar visitas domiciliaras a las familias tutoras. Mantener una carpeta de cada familia con al menos los siguientes documentos: Pauta de Observación Familia Tutora, Fotocopia Cédula de Identidad, Certificado de Antecedentes de todos los integrantes del hogar. Obligaciones de la familia de origen: La familia de origen está obligada a conocer el lugar y la familia que acoge a su hijo. Autorizar a la JUNAEB y a la Entidad Ejecutora para que en cualquier momento y sin aviso previo verifiquen las condiciones socioeconómicas de su hogar. Mantener comunicación permanente con la Familia Tutora a cargo del hijo, con el propósito de no dejarlo sin respaldo y no perder el vínculo afectivo y de apoyo para velar por su adecuado desarrollo personal y rendimiento escolar. Proporcionar al hijo dinero suficiente para cancelar gastos de traslados personales y gastos propios de la educación formal.

Asistir a todas las reuniones de apoderados del curso del establecimiento educacional donde se encuentra matriculado el hijo. Informar a la asistente social encargada del programa sobre cualquier problema o contratiempo que se presente con el estudiante al interior del hogar de la Familia Tutora. Firmar carta de compromiso con la Familia Tutora con las obligaciones y responsabilidades que le competen. Cubrir costos de todo tipo de medicamentos y gastos que deriven de enfermedades producidas mientras se encuentren bajo la protección de la Familia Tutora. Obligaciones de los estudiantes becados por el PRFE: Es obligación de cada estudiante becado consultar e informarse con la Entidad Ejecutora sobre sus obligaciones y cumplimiento de plazos. Realizar directa o con la ayuda de un profesional su postulación o renovación a través de la pagina web habilitada para tal efecto durante el mes de octubre y diciembre de cada año. Presentar los antecedentes requeridos para el proceso de validación documental en la Entidad Ejecutora en los plazos indicados. Autorizar a la JUNAEB y a la Entidad Ejecutora para que verifiquen la situación socioeconómica y académica presentada en el correspondiente proceso. Indicar a la JUNAEB Regional de los cambios producidos en la situación socioeconómica, social o educacional que dieron origen al beneficio. Mantener una conducta intachable dentro y fuera del hogar de la Familia Tutora y establecimiento educacional, según corresponda. Mantener un buen rendimiento académico Respetar las normas de la Familia Tutora, en relación a horarios de alimentación, televisión, uso y aseo del baño, aseo del dormitorio, salidas, entre otros. Mantener relaciones cordiales con todos los miembros de la Familia Tutora que lo acoge. Firmar carta de compromiso que detalla las responsabilidades asumidas al momento de ser renovado o becado por la JUNAEB.