Bogotá, D.C. 03 de Julio de 2014 INVITACIÓN PÚBLICA No. 10262951 ACLARACIONES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA OBJETO Prestación del Servicio de transporte especializado a todo costo para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y correctivo de los semáforos y redes eléctricas del sistema de semaforización de Bogotá D.C. PREGUNTA No. 1 La presente tiene como finalidad solicitar aclaración, sobre la invitación antes referenciada, en el sentido de si en el caso de unión temporal las empresas todos sus participantes deben estar habilitados por el ministerio en la modalidad de carga o solamente con que uno de sus miembros se encuentre habilitado es suficiente. ETB aclara que tal como lo establece el segundo párrafo del numeral 3.14. Si el oferente opta por presentar oferta en unión temporal, consorcio o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley uno de ellos deberá cumplir con el requisito de habilitación expedido por el Ministerio de Transporte. PREGUNTA No. 2 De igual manera saber si la inscripción como la deben hacer todos los miembros de la ut por separado o si existe un formato para este tipo de asociación. Se aclara que para las ofertas presentadas en asociación, el oferente debe cumplir con los requisitos exigidos en el numeral 1.8.2. de los términos de referencia de la invitación pública No. 10262951. PREGUNTA No. 3 La apertura de las ofertas será de manera pública ante los oferentes o privada por la ETB.
Se aclara que la apertura de las ofertas no será de manera pública ante los oferentes, por cuanto de conformidad con el numeral 1.11 de los términos de referencia, ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los 10 días hábiles siguientes a su recibo y en los casos en que la oferta no esté acompañada de todos los documentos exigidos necesarios para la evaluación jurídica, técnica o financiera, o deba corregirse o aclararse alguno de los aportados, se requerirá por escrito al oferente para que en el plazo que se indique, lo allegue o corrija. PREGUNTA No. 4 En la evaluación de ofertas ítem 1.11. en ningún caso podrá el oferente mejorar la oferta, notamos que en el ítem 1.16, se omitirá lo anterior con el tema de contraoferta; como se regularía esto? Se aclara que el requisito exigido en el numeral 1.11 de los términos de referencia sobre en ningún caso podrá el oferente mejorar la oferta es requisito de la etapa de EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS diferente a los requisitos exigidos en la etapa NEGOCIACIÓN (numeral 1.16), los cuales no se contraponen. PREGUNTA No. 5 Para la facturación se podrá facturar como transporte o como alquiler, teniendo claro que se trata de una actividad de transporte. Teniendo en cuenta el objeto de la oferta se debe facturar como servicio de transporte especializado PREGUNTA No. 6 Existe algún diseño tipo proyectado por ETB sobre la plataforma y gabinetes ítem 3.5.1. y 3.5.7, requerimientos técnicos. El numeral 3.5.7. a la letra reza: ETB REQUIERE que los vehículos dispongan de gabinetes metálicos adheridos firmemente a su estructura con capacidad para guardar herramientas, dotación personal y bombillas de semáforos. Los gabinetes deberán garantizar que no ingrese agua, polvo u otros que deterioren los elementos que se encuentren alojados en ellos y disponer de cerraduras que ofrezcan seguridad. ETB aclara que no hay un diseño especial para la plataforma y gabinetes. En los numerales 6.5 y 6.5.2 del Anexo Técnico N 1 están los listados con las herramientas, equipos y elementos de protección personal que deberán alojarse en los gabinetes.
PREGUNTA No. 7 Para el ítem 3.5.4. mitigación del impacto urbano, se tendrá en cuenta algún largo de carrocería del vehículo aceptado. ETB aclara que para los vehículos se aceptará una longitud máxima total de 8 metros, incluidas cabina, carrocería y canasta PREGUNTA No. 8 En el ítem 3.5.5, se habla de un sistema de ascenso y descenso de la plataforma; podrá ser el sistema de gancho con que cuenta el equipo de elevación tipo grúa?. ETB aclara que el ascenso y descenso del equipo motosoldador a que hace referencia el numeral 3.5.5. Deberá realizarse con un sistema independiente al de elevación de personas. PREGUNTA No. 9 Existe algún modelo y/o diseño tipo proyectado por ETB sobre el ítem 3.5.10, canasta. ETB aclara que no tiene establecido algún modelo especial para la canasta, se debe garantizar aislamiento eléctrico y que los semáforos, herramientas y personas no salgan de la canasta accidentalmente. No obstante lo anterior, se ratifica que se debe dar cabal cumplimiento con lo establecido en el numeral 3.5.10. PREGUNTA No. 10 Existen muchas canastas que son diseñadas y certificadas por el fabricante de acuerdo con lineamientos de calidad y seguridad, que posiblemente no cumplan con la proyección ETB; es necesario hacer modificaciones no contempladas por el fabricante y por ende perder su garantía?. ETB aclara que las canastas son requeridas para la ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y correctivo de los semáforos y redes eléctricas del sistema de semaforización de Bogotá D.C. y ratifica que se deberá dar cabal cumplimiento con lo establecido en el numeral 3.5.10.
PREGUNTA No. 11 En varios ítems técnicos se habla del cumplimiento del anexo técnico No. 2, el cual no está publicado en la página de la invitación, ni viene anexo a los pliegos. (Ítem 3.5.6/3.5.13, 3.10.10 etc) Se publica en la página web de ETB www.etb.com.co, el Anexo Técnico N 2 Manual de grúas con brazo articulado de ETB. PREGUNTA No. 12 En el ítem 3.7.7 aclaran que las pruebas realizadas a las canastas de los vehículos deben ser ejecutadas por un laboratorio reconocido por la ONAC, quisiéramos conocer el listado de las entidades reconocidas por dicha institución, ya que a la fecha no se reconoce ninguna entidad que este adscrita a la ONAC en Colombia. Se modifica mediante adenda No. I PREGUNTA No. 13 El ítem 3.11 relaciona que en el Anexo Técnico 1 se encontraran las especificaciones y diseños establecidos para la señalización requerida, sin embargo en ese anexo no aparecen dichos diseños lo que nos dificulta saber con claridad sus especificaciones y dimensiones. ETB aclara que el ítem 3.11. Establece los elementos y cantidades que como mínimo deberán disponer cada uno de los vehículos. En el Anexo Técnico 1, numeral 7.10 - Señalización y dispositivos de control del tránsito, se especifica que los elementos serán según las especificaciones de la resolución 1050 de 2004 del Ministerio de Transporte. En el mismo numeral se menciona que la valla informativa será según lo dispuesto en la Guía de Manejo Ambiental del Instituto de Desarrollo Urbano IDU. PREGUNTA No. 14 Que garantía hay frente al proceso de licitación y posterior contratación, si desde los pliegos cualquier oferente podrá obtener el máximo puntaje y ganar, sin tener ningún vehículo y equipo, ya que se podrá presentar supuestos con catálogos y carta de compromiso del representante legal. (3.17.4/3.17.5/3.17.6). ETB aclara que las obligaciones técnicas están claramente indicadas en los términos de referencia y no acepta el juicio hipotético planteado en la pregunta.
PREGUNTA No. 15 Se puede ofertar sin tener un mínimo de vehículos o solo supuestos?. ETB aclara que si el oferente ya tiene los vehículos puede presentarlos en su oferta y en caso de que opte por ofrecer vehículos nuevos, podrá adjuntar el catálogo correspondiente y carta de compromiso suscrita por el representante legal del oferente, tal como se establece en los numerales 3.17.4, 3.17.5 y 3.17.6 de los términos de referencia, modificados mediante adenda No. 1 PREGUNTA No. 16 Cómo se calificaría al que realmente acredita la tenencia de vehículos y al que no los tiene?. ETB aclara que no evaluará tenencia de vehículos y ratifica que la evaluación se realizará de acuerdo con lo establecido en capítulo III de los términos de referencia. PREGUNTA No. 17 Qué pasa si después de tres meses no se cumple con la totalidad de los vehículos, cuando se oferta en su totalidad con supuestos o catálogos? Ítem 3.18. ETB aclara que las obligaciones técnicas están claramente indicadas en los términos de referencia y no acepta el juicio hipotético planteado en la pregunta. FIN DEL DOCUMENTO DE ACLARACIONES DE LA INVITACION PUBLICA No. 10262951