Las diferencias conceptuales entre el anterior y el actual régimen de hidrocarburos

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Transcripción:

Las diferencias conceptuales entre el anterior y el actual régimen de hidrocarburos Roxana Azeñas Alcoba 1 Resumen En los últimos 20 años se han dado cambios importantes en el sector de hidrocarburos en Bolivia. Se ha pasado de un régimen estatista, a un régimen de concesión y de éste a un régimen de prestación de servicios. El paso de un régimen estatista a uno de concesión, ha siginificado la casi destrucción de la empresa estatal de hidrocarburos Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), este régimen de concesión opera a través de los contratos de riesgo compartido. De éstos contratos (que provenían de la capitalización de YPFB), se pasa a contratos de operación, bajo el régimen de prestación de servicios, en el cual la estatal del petróleo recupera el derecho de efectuar todas las actividades petroleras en Bolivia. El concepto de la nacionalización boliviana de hidrocarburos se ha basado fundamentalmente en recuperar la propiedad del recurso natural y su riqueza y con esto, recuperar soberanía para la toma de decisiones respecto de la política energética. Han habido resultados positivos, en comparación con el régimen de conseción, como el fuerte incremento de los ingresos estatales, o la posibilidad de definir, de manera soberana, nuestra politica energética, sin embargo este concepto ha chocado con la visión de desarrollo extractivista existente en el actual gobierno, lo que está alejando la gestión de los hidrocarburos del concepto de la nacionalización. La aplicación de dicho concepto debiera significar la posibilidad de asumir que el objetivo de la explotación de los hidrocarburos es común y debiera consistir en utilizar el recurso natural en beneficio de la sociedad para alcanzar Vivir Bien; pero el Vivir Bien, en armonía con la Naturaleza. Palabras Clave: Regimen Fiscal Nacionalización Hidrocarburo - Recurso Natural 1 Es Licenciada en Economía y actualmente trabaja en LIDEMA como experta local en el programa de Transiciones. 1

Introducción En este artículo se pretende realizar una revisión comparada entre el nuevo régimen vigente en el sector de hidrocarburos y el anterior, que explique el concepto de nacionalización aplicado a partir del año 2006, los nuevos roles que deberían ser asumidos por las autoridades y sociedad civil, pero que también nos de luces sobre los retos a los que debemos hacer frente para dejar esta dependencia extractivista y poder seguir avanzando hacia la meta que LIDEMA se ha trazado respecto de la construcción de alternativas al desarrollo que puedan superar la dependencia extractivista, para evitar la destrucción de la diversidad natural y cultural, en busca del vivir bien. El análisis comparado empieza realizando una pequeña reseña del tipo de nacionalización, mostrando las principales diferencias entre los dos regímenes. En la segunda parte de este análisis se exponen brevemente los tres ejes sobre los cuales se ha basado la nacionalización y el sistema fiscal. Para finalizar, en el tercer acápite se realiza un breve análisis de lo que podría ser un futuro post extractivista, a partir del cual se perfilan en este artículo algunas consideraciones finales que nos pueden ayudar en delinear este proceso post-extractivista. Descripción comparada entre el anterior régimen de hidrocarburos y el vigente. Antecedentes de la recuperación de los hidrocarburos Más de una década después de la implementación de las políticas de estabilización efectuadas el año 1985, se implementan las llamadas políticas de ajuste estructural de segunda generación, dentro de las que se encontraba la capitalización de empresas públicas con características monopólicas (Antelo, 2000: 44), entre ellas, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), la empresa estatal de hidrocarburos. Debido a este cambio, la empresa YPFB que hasta 1996 efectuaba labores de exploración, explotación, refinación, distribución y comercialización de hidrocarburos, generando rentabilidades de alrededor del 20%, sobre su patrimonio (Morales Olivera, 2000: 72), es dividida en cuatro empresas bajo la forma de sociedades anónimas privadas 2. Dos de ellas 2 La empresa Chaco fue capitalizada por la empresa norteamericana Amoco Netherlands Petroleum Company; la empresa Andina fue capitalizada por Andina Corporation, consorcio conformado por empresas argentinas, ambos contratos fueron firmados el 10 de abril de 1997. Y finalmente la empresa Transredes fue capitalizada por TR Holdings Ltda. otro consorcio norteamericano, mediante contrato de 15 de mayo de 1997 (Morales, 2000: 58). 2

encargadas de actividades de exploración, perforación y producción, (Andina y Chaco), una dedicada al transporte (Transredes) y otra denominada YPFB residual, encargada de la refinación, distribución y comercialización. Las empresas recién capitalizadas, para poder operar, firman Contratos de Suscripción de Acciones, con las empresas petroleras capitalizadoras, el Estado aportaba con los activos de las empresas públicas y el inversionista estratégico privado realizaba aportes en recursos frescos para la empresa 3 (Antelo, 2000: 44). Este tipo de contratos, migró a la modalidad de Riesgo Compartido, una vez que fue aprobada la Ley de Hidrocarburos N 1669, modalidad en la que siguen operando hasta el año 2006. Estos nuevos contratos dieron forma al clásico régimen de concesión, régimen que entrega la propiedad 4 de los hidrocarburos a las empresas privadas (Morales, 2004: 9). La capitalización y la implementación del régimen de concesión en general, se divide en dos partes: la entrega de la propiedad del recurso natural a las transnacionales, a título gratuito, a través de la firma de Contratos de Riesgo Compartido y la venta (capitalización) de la empresa estatal, para volverla sociedad anónima (cuatro empresas de tipo sociedad anónima). Después de múltiples manifestaciones populares, finalmente en octubre del 2003 estalla una movilización nacional que deja casi 80 muertos y cientos de heridos y provoca la huida del entonces Presidente Sánchez de Lozada e impone una agenda nacional impostergable con dos objetivos centrales: la nacionalización de los hidrocarburos y la convocatoria a una Asamblea Constituyente. Después de una década de la capitalización de la estatal YPFB y mediante el Decreto Supremo N 28701 del 1º de mayo de 2006, el Estado recupera, en la práctica, la propiedad de los hidrocarburos, esta recuperación En definitiva, era parte esencial de la recuperación del poder y el territorio (Morales M., 2010: 7). Con la firma y aprobación por el parlamento, de los nuevos contratos petroleros Contratos de Operación, entre YPFB y las operadoras que se encontraban en el país hasta ese momento y la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado, el régimen da un giro radical 5 pasando de un régimen de concesión a un régimen de prestación de servicios. 3. Sin embargo llama la atención el hecho de que en la capitalización de YPFB en ningún momento se toman en cuenta como parte del valor de la empresa los campos que estaban ya siendo explotados, pasando éstos campos, a título gratuito, a las nuevas empresas capitalizadas 4 La entrega de propiedad se puede evidenciar en el Anexo del D.S. N 24806, mediante el cual se aprueban los contratos de Riesgo Compartido. La cláusula tercera de estos contratos dice: el Titular adquiere el derecho de propiedad de la producción que obtenga en boca de pozo y de la disposición de la misma. 5 Años después de recuperado el recurso natural y de vigencia de los nuevos contratos petroleros, los actuales ejecutivos de YPFB, proceden a la compra de acciones de las empresas capitalizadas, a esta compra de acciones se la denomina la segunda nacionalización, aunque vale la pena aclarar que no se ha expropiación, 3

Lo cual nos da la posibilidad de definir nuestra política energética y de iniciar el transito real hacia un futuro post extractivista. Esta nacionalización de los hidrocarburos, no se trata de una nacionalización tradicional, se trata de una nacionalización sin expropiación, cuyos conceptos centrales vamos a exponer brevemente a continuación. Tres ejes del nuevo régimen de hidrocarburos. Valor del Recurso Natural La ciencia que se ha encargado de analizar el valor 6 de las cosas ha sido la ciencia económica, desde esta perspectiva, el valor de las mercancías es igual a su precio de mercado, precio que se forma por la interacción de la oferta y la demanda, detrás de las cuales se encuentran seres racionales que toman decisiones óptimas, lo cual lleva a una eficiente asignación de los recursos en la sociedad. Sin embargo, cuando se tratan de recursos naturales, no parecen estar tan claros en que esta misma cadena de acontecimientos funcione o al menos, que la realidad se adecue a ella. En el concepto de la economía neoclásica, el valor del recurso en sí mismo es cero, solo cuando se lo lleva al mercado adquiere un valor, es decir adquiere un valor solo cuando ya ha sido producido (extraído) de la Naturaleza. De ahí que en la época de la capitalización, los recursos naturales eran propiedad del Estado cuando estaban debajo de la tierra y cuando la empresa los extraía era de su propiedad. De hecho era concepto asumido por la sociedad que antes de ser estos recursos extraídos no valía nada, que el valor era adquirido una vez que estaban fuera de la tierra y eran vendidos en el mercado. Sin embargo, el único valor adicional por extraer el recurso de la tierra, se le llama costo de producción y está muy por debajo del precio de mercado. Expliquemos esto para el caso boliviano; dijimos que el valor adicional por extraer el recurso natural es el costo de producción, en este caso dicho costo esta entre los $us. 5 y 6 el barril de petróleo, mientras que su precio se encuentra entre los $us. 70 y 100, a qué se debe tanta diferencia entre su costo de producción y su precio de mercado 7?, para nosotros esta diferencia está mostrando el valor del recurso, el valor intrínseco del recurso. Explicando este concepto con mayor profundidad, para la nacionalización de los hidrocarburos boliviana, está claro que existe un valor del recurso natural, desde este punto ni recuperado recursos naturales, ni de recuperar la empresa a título gratuito, sino que se paga por esta compra el precio de las acciones estipulado en una negociación tradicional. 6 El valor en el sentido de aquello de genera riqueza. 7 Recordemos que este valor, en la economía neoclásica, está reflejado por su precio de mercado. Entonces el valor estaría muy por encima del valor adicional generado por la empresa que lo extrae. 4

de vista, no se acepta el hecho de que el valor se genera cuando el producto llega al mercado y tampoco el hecho de que el precio de mercado es igual al valor. Por el contrario se asume que la llamada producción de hidrocarburos es un proceso de extracción de un recurso natural que tiene dos componentes a la hora de determinar su valor: por un lado los costos de extracción o costos de producción y por otro lado el Valor del Recurso Natural. Este Valor del Recurso Natural resulta expresado de forma monetaria y aproximada por el diferencial entre el costo de producción y el precio internacional del producto. Pero valga la aclaración, una cosa es que el precio nos permita identificar monetariamente el Valor del Recurso Natural y otra cosa es que el precio sea igual al valor del recurso. En este sentido se grafica esta situación a continuación: Gráfico N 1: Valor del Recurso Natural (%) 120 100 80 60 Ganancia extraordinaria o VALOR DEL RECURSO NATURAL 40 20 0 Proceso de "Producción" normal Total - Precio de venta Utilidad promedio de la industria Costo de captial Costo Operativo Fuente: Marco Conceptual de la Nacionalización de los Hidrocarburos en Bolivia, ABDES, 2010 En el Grafico N 1 se muestra la porción que se apropiaba la empresa en el régimen anterior, que corresponde a la franja morada del gráfico, con el nombre de ganancia extraordinaria. Esta franja es en realidad la monetización del Valor del Recurso Natural. De este Valor del Recurso Natural, como ya hemos explicado, los Estados recuperaban una parte bajo la arcaica forma de regalía, porque en realidad todo el excedente era considerado como parte de la ganancia del que extraía el producto. Ahora que se ha recuperado el recurso: Quién se apropia de esta ganancia extraordinaria? 5

Propiedad del Recurso Natural En el régimen anterior, quienes se quedaban con las ganancias de la explotación de los hidrocarburos eran las empresas quienes extraían el recurso y quienes, en definitiva eran generadoras de su valor según la teoría neoclásica. Pues esto es justamente lo que cambia en el régimen actual en los hidrocarburos en Bolivia. Pasemos a revisar este punto. La lógica de la nacionalización en cuanto a la propiedad es la siguiente: Si los hidrocarburos son propiedad de los bolivianos cuando están debajo del suelo, también lo son cuando son extraídos. Por tanto los bolivianos somos dueños de los yacimientos y de su producto. Los bolivianos somos dueños del valor del recurso natural cuando está debajo de la tierra, así como también cuando ha sido extraído y cuando se lo ha puesto en el mercado. Las empresas no producen los hidrocarburos sólo los extraen; por tanto, no tienen porque adueñarse de las ganancias extraordinarias o de la expresión monetaria del Valor del Recurso Natural, no tienen porqué ganar más que el promedio de otras industrias. El anterior gráfico quedaría con una pequeña pero substancial modificación, que radica en la franja morada, la cual representa el valor del recurso, ya no de propiedad de las empresas bajo la forma de ganancia extraordinaria, sino más bien como expresión del valor del recurso natural, de propiedad del Estado. Es decir que el cambio ha sido al mismo tiempo simple pero radical. Las empresas ya no se apropian de ninguna parte del valor del recurso natural, las empresas operadoras han dejado de tener sus ganancias extraordinarias y el Estado se queda con el 100% del valor monetario del recurso natural o excedente. 6

Gráfico N 2: Valor del Recurso Natural, Propiedad del Estado (%) 120 Nuevo régimen 100 80 60 40 20 0 Total - Precio de venta Utilidad promedio de la industria Costo de captial Costo Operativo VALOR DEL RECURSO NATURAL de propiedad del ESTADO Proceso de "Producción" normal Fuente: Marco Conceptual de la Nacionalización de los Hidrocarburos en Bolivia, ABDES, 2010 Pasemos ahora a la explicación del papel que juegan las empresas y los demás actores según el concepto de este nuevo régimen. Los nuevos roles emergentes de la recuperación de los recursos Si las empresas operadoras ya no son propietarias de la producción y ya no se apropian del valor del Recurso Natural, qué rol juegan de acuerdo a la nacionalización de los hidrocarburos en Bolivia? En el actual régimen a las empresas se les reconoce un pago por sus servicios, es decir se les paga un monto que les permite cubrir los costos operativos y tener una ganancia igual a la ganancia promedio de cualquier industria, sin ganancia extraordinaria. En Bolivia se ha pasado de un régimen de concesión, a un régimen de prestación de servicios. Las empresas operadoras ya no reciben una concesión para explotar o producir hidrocarburos, las empresas son contratadas por el Estado para realizar la tarea de extraer los hidrocarburos. El cambio de régimen implica que, las empresas operadoras ya no pagan al Estado una regalía a cambio de la concesión del derecho a la producción de hidrocarburos, ahora es 7

más bien el Estado el que paga a la empresa operadora por los servicios de extracción de hidrocarburos que presta. Es bueno también ejemplificar este nuevo régimen. Cuando una persona construye una casa, contrata por ejemplo a un albañil para que se la construya. Éste construye la casa con sus instrumentos, sus materiales e insumos, para que luego le sean devueltos sus costos más su ganancia cuando el propietario le paga por sus servicios. En este ejemplo al albañil no se le ocurre que por ser el constructor se vuelva dueño de la casa que está construyendo; sabe que simplemente recibirá el pago por su trabajo. Este es el mismo régimen que rige en el sector de hidrocarburos ahora en Bolivia. Pero además debemos tomar en cuenta que para construir la casa se necesita que el dueño defina cómo y qué características tendrá la casa, es menester que dirija la obra, controle los costos y fiscalice el trabajo. Este dueño en el caso de los hidrocarburos en Bolivia es la empresa estatal, como representante del pueblo de Bolivia, empresa que ahora es la encargada de tomar las decisiones y de controlar el cumplimiento de los contratos y de controlar los costos declarados por las empresas. Rol que, debemos decirlo lastimosamente para el país, la empresa estatal, aun no ha podido cumplir adecuadamente hasta la fecha. Pero, cuál es el rol del Estado ahora que se han nacionalizado los hidrocarburos? Cuando se habla del sector de hidrocarburos nos referimos a un sector estratégico para el país y está claro que los intereses de las empresas petroleras privadas muy pocas veces pueden ser coincidentes con los intereses del Estado. El Estado ha tomado el control total y absoluto de los recursos naturales hidrocarburíferos, por tanto el Estado es el que decide, cuánto se va a producir, dónde y bajo qué condiciones operativas, decide el destino de la producción, decide los precios y el mercado de destino. Este nuevo rol del Estado no es nominal ya que de acuerdo al Decreto Supremo de Nacionalización, la nueva Constitución Política del Estado y los nuevos contratos firmados con las empresas operadoras, en Bolivia no se puede mover una gota de petróleo ni una molécula de gas natural, sin la instrucción y decisión del Estado. En cuanto al rol de la sociedad civil podemos decir que, la Nueva Constitución Política del Estado establece que los hidrocarburos son del pueblo de Bolivia, el Estado es tan sólo el administrador de los recursos naturales. Por tanto, esto implica que como todo propietario, el pueblo de Bolivia, es el que debe tomar las decisiones sobre las condiciones de uso, explotación y beneficio de los recursos naturales, y tomadas estas decisiones encomendar al administrador, en este caso el Estado, el cumplimiento de sus mandatos soberanos. Cabe remarcar que, la expresión jurídica de los conceptos económicos aplicados sobre el valor de los recursos naturales, su propiedad, las relaciones de producción y el nuevo régimen de prestación de servicios establecido se encuentran en los nuevos conceptos de 8

propiedad y administración de los recursos naturales, insertados en la Nueva Constitución Política del Estado. Y esto es más claro cuando la Constitución señala taxativamente que quien vulnere directa o indirectamente de forma tácita o expresa la propiedad y los derechos del pueblo boliviano sobre los hidrocarburos, comete delito de traición a la patria con una condena de 30 años de presidio sin derecho a indulto. Hasta aquí los tres ejes sobre los cuales se ha diseñado la última nacionalización boliviana de los hidrocarburos. A continuación presentamos un resumen comparado (con el régimen antiguo) de lo que es el sistema fiscal que acompaña a este nuevo régimen. Sistema fiscal comparado Por lo general, el análisis de régimen fiscal o sistema fiscal, se basa en el cálculo de qué porcentaje de la ganancia puede ser apropiada por el Estado y de sus formas de apropiación. Estas suelen ser vía impuestos, regalías u otros tipos de rentas, dependiendo de cuál es el régimen general y el tipo de contrato que se ha asumido con las empresas operadoras. Como se ha explicado anteriormente, antes de la nacionalización, en Bolivia, en el sector de hidrocarburos regía un sistema diferente, el sistema de concesiones (Johnston, 1994:21). El régimen fiscal posterior a la nacionalización es un régimen de prestación de servicios, o mejor dicho, es un régimen de sistemas contractuales (Johnston, 1994:22). Cuál es la diferencia entre estos dos sistemas fiscales? En la época de la capitalización, el sistema fiscal, fue muy conservador en lo que le tocaría al Estado Boliviano, por decir lo menos. Este sistema se componía de una regalía del 18% para los llamados hidrocarburos nuevos y del 32% para los existentes. La diferencia entre estas dos tasas se debía a la necesidad de incentivar la inversión en nuevas exploraciones, diferencia que, a lo largo del tiempo, tendía a desaparecer para quedar solo la tasa del 18% 8. Con el nuevo régimen (de prestación de servicios) el sistema fiscal se ha modificado radicalmente. Si bien la Ley N 3058 que es el resultado del referéndum vinculante aplicado por el gobierno transitorio del presidente Carlos Mesa, define el pago de una 8 Como es lógico, los campos ya existentes se iban agotando rápidamente y declinando su producción, mientras que los campos nuevos irían en aumento. Pero además la producción de los campos nuevos correspondía más del 80% del total de la producción, debido a que los llamados mega campos fueron clasificados como nuevos, por lo que la tasa impositiva se acercaba más al 18% que al 35% en promedio ponderado. 9

regalía del 50%, (regalías propiamente del 18% y un Impuesto Directo a los Hidrocarburos, IDH, del 32%), este es el inicio de una transformación más profunda posterior. Para explicar este nuevo ordenamiento fiscal en comparación con el régimen anterior, mostramos a continuación los puntos centrales de un sistema fiscal clásico 9, donde el tema de fondo es cómo queda dispuesta la distribución de los ingresos 10 y el sistema fiscal producto sobre todo de la negociación de los nuevos contratos petroleros, en la que el Estado (el pueblo de Bolivia) se apropia del 100% del excedente (lo que hemos llamado valor del Recurso Natural). Para esta comparación nos ayudamos del gráfico siguiente en el que podemos encontrar ambos regímenes. Gráfico Nº 3: Distribución de ingresos, según régimen Régimen de concesión Ganancia apropiada por el Gobierno (regalías, impuestos, patentes) Régimen de prestación de servicios Regalías, IDH, impuestos Ganancia apropiada por la Compañía Ganancia apropiada por YPFB Costos de producción Ganancia apropiada por la Compañía Costos de producción Fuente: Elaboración propia, en base al análisis realizado por Johnston, Daniel, en International petroleum fiscal sistems and production sharin contrats, 1994. En el grafico N 3 se pueden observar las diferencias en la distribución del excedente generado por los hidrocarburos. El excedente, es el área color naranja, esto es, toda la parte del ingreso bruto, que excluye a los costos de producción. En el sistema de concesión ésta era compartida entre el Estado y la empresa privada; en cambio en el régimen de prestación de servicios el 100% del excedente es propiedad del Estado, la ganancia de la empresa en realidad el pago por los servicios pasa a ser un costo de producción más, desde el punto 9 Sistema fiscal clásico, pues es el que se estila en la mayoría de los contratos petroleros. 10 Estos ingresos son con los que se queda el empresario privado y los apropiados por el Estado, esta última parte es la que corresponde al régimen fiscal. 10

1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 de vista del Estado. Este excedente, se distribuye entre regalías, IDH, ganancia de YPFB y otros. Por tanto, la manera de establecer el sistema fiscal ya no se basa en las regalías, impuestos o IDH, es decir ya no se busca negociar con las empresas transnacionales los impuestos o regalías, en definitiva la renta del Estado, sino que éstas son solo una forma de distribución del excedente, lo que cambia conceptualmente el sistema fiscal vigente, de un sistema fiscal basado en regalías o impuestos, a un sistema fiscal que se apropia del excedente o del Valor del Recurso Natural. Esto en términos monetarios representó un sustancial incremento en los ingresos generados para el Estado, lo cual se puede evidenciar en el grafico siguiente: Grafico N 4: Ingresos Gobierno General (MMBs) Ingresos Gobierno General 12,000 10,000 8,000 6,000 4,000 2,000 0 2,321 5,497 5,954 6,644 1,350 1,651 867 1,071 932 1,198 1,414 1,763 2,333 3,148 3,312 1,300 2,698 3,606 Regalías IDH Fuente: Elaboración Propia en base a datos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Bolivia ha logrado superar un superávit crónico, en el que se había sumido desde hace 40 años gracias a los recursos de los hidrocarburos. Sin embargo, este hecho que por un lado es muy importante porque el país cuenta con recursos para financiar proyectos productivos que, vía diversificación de la economía, podrían dirigirnos hacia un futuro no extractivista, ni rentista, es al mismo tiempo perjudicial debido a que nuestra economía se vuelve más dependiente aun de este sector, lo que causa una mayor vulnerabilidad económica ante los precios internacionales, que no se encuentran en nuestras manos y que puede ocasionar serias consecuencias para nuestra economía si hay una bajada de precios. Hasta aquí los temas relacionados con el nuevo régimen, ahora pasamos a revisar un poco las proyecciones al futuro, pues no fue la intención del concepto de la nacionalización, ni es 11

el objetivo del trabajo de LIDEMA, establecer un régimen que solo sirva para intensificar el extractivismo, sino todo lo contrario. Camino hacia el post extractivismo. La nacionalización de los hidrocarburos y el transito al post extractivismo En el modelo de desarrollo capitalista (neoliberal), bajo el régimen de concesión, las empresas que extraen los hidrocarburos y se apropian de sus excedentes, actúan bajo el objetivo de la acumulación de riqueza y por tanto, cualquier erogación de dinero, pequeña o monumental que se haga para no dañar el medio ambiente, es visto como un gasto, como una disminución en la ganancia y acumulación de riqueza. Por eso es que la actividad hidrocarburífera y el medio ambiente aparecen como antagónicos. Sin embargo, si asumimos en el concepto del nuevo régimen adoptado en Bolivia, el objetivo de la explotación de los hidrocarburos ya no es la búsqueda de ganancia individual, sino más bien el objetivo colectivo de utilizar un recurso natural en beneficio de la sociedad, para alcanzar aquello que se ha definido en nuestra Constitución, el Vivir Bien, donde el Vivir Bien sólo se puede alcanzar en armonía con la Naturaleza, en definitiva, el objetivo principal de la nacionalización también ha sido alcanzar el llamado Vivir Bien. De igual manera, si asumimos el concepto de la nacionalización, en el que la preservación del patrimonio natural y cultural, no es un gasto, sino la posibilidad de construir el único futuro viable, en el que la sociedad respete la vida, también éste nos lleva al Vivir Bien en armonía con la Naturaleza. En este sentido, la nacionalización de los hidrocarburos significó, en definitiva, recuperar la posibilidad de definir nuestro destino. Pero lastimosamente, la gestión actual de los hidrocarburos se choca con una visión del desarrollo basada, cada vez más, en el patrón primario exportador, la cual intensifica el extractivismo y al mismo tiempo el nivel de costos socio ambientales, alejando así el concepto de nacionalización de los hidrocarburos, de su gestión. Por tanto, para que efectivamente se pueda definir un destino común, el tema central se encuentra en que la sociedad y el Estado, como propietario y administrador respectivamente, puedan definir conjuntamente, la manera cómo explotar, disponer y utilizar esta riqueza y fuente de energía que proviene de los hidrocarburos; diseñando colectivamente un horizonte extractivo cada vez menos depredador, con menores costos 12

socio ambientales en el corto plazo y que nos acerque, cada vez más, a un futuro post extractivista. Conclusiones Es vital conocer el nuevo régimen y su funcionamiento, en términos de lo que se pensó como modelo conceptual, con miras a la construcción conjunta de un futuro post extractivista. Pero también es vital conocer el manejo, que se aleja de este concepto, que se está efectuando por parte de las autoridades de este sector. Lo cual nos aleja de nuestro objetivo post extractivista. También es muy importante reconocer que si bien la nacionalización de los hidrocarburos, ha traído consecuencias positivas para el país y que es un avance para la posibilidad de desarrollo post extractivista, por ahora está dominando, por una visión de desarrollo que, no solo sigue con un patrón primario exportador, sino que lo profundiza. Lo que está generando fuertes impactos socio ambientales y mayor vulnerabilidad económica, y significa el abandono del modelo conceptual que se ha intentado mostrar en este articulo. Esto es inaceptable, sobre todo si la recuperación de nuestros recursos se la entiende como un proceso de lucha del pueblo de Bolivia y no solo no como un acto de gobierno. Para poder girar hacia una gestión del sector acorde con el concepto de la nacionalización, es necesario poner límites a la actual administración del régimen. Estos límites no pueden ser puestos por otro que no sea el legítimo propietario, quien recuperó estos recursos verdaderamente: El pueblo de Bolivia. Por lo tanto somos nosotros, la sociedad civil quienes debemos, a partir de una posición no negociable, controlar, fiscalizar y exigir participación en la toma de decisiones, justamente para que las metas que se trazaron sobre este proceso sigan su curso, en busca del Vivir Bien. Bibliografía Antelo, E. (2000). Politicas de estabilización y de reformas estructurales en Bolivia a partir de 1985. La Paz. Bolivia: Proyecto: "Crecimiento, empleo y equidad, América Latina en los años 90". 13

Johnston, D. (1994). International petroleum fiscal sistems and production sharin contrats. Okalhoma: Penn Well. Morales Olivera, M. (2000). Al fin de cuentas... Qué es la capitalización? La Paz: UPS. Morales, M. (2010). Marco conceptual de la nacionalización de los Hidrocarburos en Bolivia. La Paz: versión no impresa. Morales, M. (2004). Referndum Quién manda? La Paz: UPS. 14