CAPÍTULO III DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD



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Transcripción:

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 1 de 11 CAPÍTULO III DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD ART.11.- DEL COMITÉ NACIONAL Y SUBCOMITÉS PARITARIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO a) EP PETROECUADOR, conformará un Comité Nacional de Seguridad y Salud de los Trabajadores, integrado en forma paritaria por tres representantes del empleador y tres representantes de los trabajadores de la EP PETROECUADOR, (servidores públicos y obreros), quienes de entre sus miembros designarán un Presidente y un Secretario que durará un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. b) Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa, debiendo existir alternabilidad. Cada miembro del Comité tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste. Concluido el periodo para el que fueron elegidos deberá designarse al Presidente y Secretario. c) La designación de los representantes del Comité Nacional de Seguridad y Salud, por parte del empleador, la realizará el Gerente General de la Empresa y, de los trabajadores, serán elegidos por los trabajadores de la EP PETROECUADOR, o por las organizaciones laborales legalmente reconocidas, existentes en la empresa, en proporción al número de afiliados. Cuando no exista organización laboral en la empresa, la elección se realizará por mayoría simple de los trabajadores, con presencia del Inspector del Trabajo; d) El Comité sesionará bimensualmente de manera ordinaria y extraordinariamente cuando el caso así se lo requiera. e) Los titulares de las Coordinaciones de Seguridad y Salud Ambiental y Biológica de la EP PETROECUADOR, serán parte del Comité Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, actuando con voz y sin voto. 2.- ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SUBCOMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO a) EP PETROECUADOR por disponer de centros de trabajo a nivel nacional (operativos y administrativos), conformará Subcomités de Seguridad y Salud en el Trabajo, siempre que en cada centro laboren más de diez

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 2 de 11 trabajadores, cuyos miembros serán elegidos de manera similar que los representantes al Comité Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa. En caso de no reunir el número de trabajadores para conformar el Subcomité, los trabajadores elegirán un delegado que los representará para el apoyo y vigilancia de los Programas Preventivos de Seguridad y Salud. b) La designación de los representantes de los Subcomités de Seguridad y Salud, por parte del empleador, la realizará el Gerente General de la Empresa o su Delegado y, de los trabajadores, serán elegidos por los Trabajadores de la EP PETROECUADOR, o por las organizaciones laborales legalmente reconocidas, existentes en la Empresa, en proporción al número de afiliados. Cuando no exista organización laboral en la empresa, la elección se realizará por mayoría simple de los trabajadores, con presencia del Inspector del Trabajo; c) Los Subcomités sesionarán mensualmente de manera ordinaria y extraordinariamente cuando el caso así se lo requiera. d) Los delegados de Seguridad y Salud Ambiental y Biológica de cada centro de trabajo de la EP PETROECUADOR, serán parte del Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, actuando con voz y sin voto. Art. 12.- FUNCIONES DEL COMITÉ NACIONAL, SUBCOMITÉS Y DELEGACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. 1.- Son funciones del Comité Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo las siguientes: a) Participar en la elaboración y puesta en práctica de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales; b) Colaborar con la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la EP PETROECUADOR y hacer recomendaciones pertinentes; c) Realizar periódicamente inspecciones de los edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias, las cuales deberán ser discutidas y analizadas conjuntamente con los trabajadores de la EP PETROECUADOR responsables;

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 3 de 11 d) Analizar y hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el ambiente de trabajo, velar por que se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia de acuerdo al avance científico y tecnológico; e) Vigilar el cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (D.E.2393), el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la EP PETROECUADOR, y, demás leyes, disposiciones y reglamentos vigentes sobre seguridad, salud y ambiente; f) Cooperar con las Coordinaciones de Seguridad y Salud Ambiental y Biológica, en la realización de campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores de la EP PETROECUADOR, reciban una formación e información adecuada en dicha materia; g) Vigilar el cumplimiento de los Programas de Seguridad y Vigilancia de la Salud en el Trabajo; h) Analizar y proponer reformas sobre el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la EP PETROECUADOR; y, i) Considerar los Informes de los Subcomités de Seguridad y Salud de cada centro de trabajo y gestionar las recomendaciones emitidas por los mismos. 2.- Serán funciones de los Subcomités y Delegaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo las siguientes: a) Colaborar con la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en su área de competencia; b) Realizar periódicamente inspecciones de los edificios, instalaciones y equipos en el área de su competencia, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias, las cuales deberán ser discutidas y analizadas conjuntamente con los trabajadores de la EP PETROECUADOR responsables; c) Analizar y hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el ambiente de trabajo, velar por que se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia de acuerdo al avance científico y tecnológico; d) Vigilar el cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (D.E.2393), el Reglamento Interno de Seguridad y Salud de la EP PETROECUADOR, y,

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 4 de 11 demás leyes, disposiciones y reglamentos vigentes sobre seguridad, salud y ambiente; e) Cooperar con las Coordinaciones de Seguridad y Salud Ambiental y Biológica, en la realización de campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores de la EP PETROECUADOR, reciban una formación e información adecuada en dicha materia; f) Reportar al Comité Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo las Actas de conformación, reuniones mensuales, gestiones y novedades que se presenten en materia de seguridad y salud. Art. 13.- DE LA GERENCIA DE SEGURIDAD, SALUD Y AMBIENTAL SUBGERENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD La EP PETROECUADOR de conformidad a su estructura organizacional cuenta con la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente, cuyo ámbito de aplicación a través de sus respectivas Subgerencias, está definido por la Gestión Socio Ambiental, así como la Gestión en Seguridad y Salud Ambiental y Biológica de la EP PETROECUADOR, como habilitantes de los procesos de exploración, producción, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos, bajo el estricto cumplimiento de las normativa interna, con sus respectivos procesos, procedimientos e instructivos que fueren aplicables, conforme lo dispone la Legislación de la materia y la normativa interna, con sus respectivos procesos, procedimientos e instructivos que fueren aplicables, para que las actividades empresariales no afecten al ambiente y a quienes habitan en las àreas de influencia y sus trabajadores. Art.14.- DE LAS COORDINACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD AMBIENTAL EP PETROECUADOR, contará con Coordinaciones de Seguridad y Salud Ambiental, en cada Unidad de Negocio basado en las disposiciones establecidas en el Art. 15 del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (D.E.2393), las cuales será dirigidas por profesionales de cuarto nivel, con formación especializada en Seguridad y Prevención de Riesgos, registrado en el Ministerio de Trabajo (A.M.219 R.O 083 de 17 de agosto 2005), quien se reportará a la autoridad inmediata superior, de acuerdo a la estructura orgánica funcional de la empresa EP PETROECUADOR. Art. 15.- FUNCIONES DE LAS COORDINACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD AMBIENTAL Serán funciones de la Unidad de Seguridad y Salud Ambiental de la EP PETROECUADOR las siguientes:

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 5 de 11 a) Establecer objetivos, recursos, responsables y programas en materia de seguridad y salud ambiental, promoviendo una Cultura de Prevención de Riesgos Laborales; b) Realizar la identificación de peligros, medición, evaluación y control de factores de riesgos con el equipo multidisciplinario de las áreas responsables y el profesional médico de la empresa; c) Establecer medios de prevención y control de los riesgos derivados de los procesos de exploración, producción, refinación, transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos, para garantizar operaciones seguras y proteger a los trabajadores, contratistas, clientes, pobladores y el ambiente circundante; d) Revisar los procedimientos, técnicas, equipos y sustancias peligrosas utilizadas en el desarrollo de las actividades y proponer modificaciones para minimizar riesgos; e) Diseñar estrategias para promocionar y adiestrar a los trabajadores de la EP PETROECUADOR, sobre seguridad y salud ocupacional, orientadas a precautelar la integridad física del trabajador; f) Informar a los trabajadores de la EP PETROECUADOR a todo nivel, sobre los riesgos laborales a los que están expuestos y capacitarlos sobre medidas de prevención; g) Establecer los mecanismos necesarios, para garantizar que los trabajadores de la EP PETROECUADOR, que laboran en áreas de alto riesgo, tengan la capacitación adecuada y cumplan con el perfil profesional requerido; h) Asesorar a las Autoridades de la Empresa sobre aspectos relacionados con la actividad de seguridad y prevención de riesgos; i) Asesorar técnicamente a los trabajadores, sobre el control de riesgos presentes en los procesos de exploración, producción, refinación, transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos, identificados en la matriz de riesgos, y el contenido del presente Reglamento, a efectos de proteger a los trabajadores y comunidades vecinas de los riesgos resultantes de posibles accidentes industriales (incendios, explosiones, derrames de sustancias químicas o fugas de gases tóxicos); j) Asesorar a los trabajadores de la EP PETROECUADOR, en materias de control de incendios, almacenamientos adecuados, protección de maquinaria, instalaciones eléctricas, ventilación, protección personal y demás materias contenidas en el presente Reglamento;

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 6 de 11 k) Inspeccionar, vigilar, y controlar las condiciones de trabajo en las diferentes áreas y centros operativos y administrativos de la EP PETROECUADOR; l) Investigar y analizar los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales en coordinación con los servicios de Salud Biológica de la empresa, con el propósito de identificar las causas que los originaron y adoptar acciones correctivas y preventivas tendientes a evitar la ocurrencia de los mismos; m) Comunicar los accidentes y enfermedades profesionales que se produzcan, a la Dirección de Riesgos del Trabajo del IESS, dentro de los plazos establecidos para la respectiva notificación, así como al Comité Nacional de Seguridad y Salud de la EP PETROECUADOR; n) Elaborar las Estadísticas de Accidentalidad y ausentismo de la EP PETROECUADOR, Contratistas y Clientes, realizar la evaluación estadística de los resultados y reportar a la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente de la EP PETROECUADOR; o) Desarrollar programas de evaluación periódica, de acuerdo a la identificación de riesgos y medidas de control propuestas; registro al cual tendrán acceso las autoridades correspondientes; p) Formular, actualizar y aplicar normas técnicas y procedimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo en las instalaciones de la EP PETROECUADOR y vigilar su cumplimiento; q) Preparar, ejecutar programas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales, en coordinación con el Servicio de Salud Biológica de la empresa y supervisar su aplicación; r) Asesorar técnicamente en la compra de los equipos de protección colectiva y personal apropiados y en número suficiente, orientados a la protección integral del trabajador de la EP PETROECUADOR; s) Revisar periódicamente el estado y funcionamiento de los elementos de protección colectiva y personal (EPP), vigilar su utilización correcta, reemplazar los equipos defectuosos y/o caducados y capacitar constantemente a los trabajadores de la EP PETROECUADOR, sobre el uso y mantenimiento de los mismos; y, t) Cumplir con todas las demás funciones establecidas en la Normativa de Gestión Institucional de la EP PETROECUADOR vigente.

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 7 de 11 Art. 16.- DE LAS COORDINACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD BIOLÓGICA La EP PETROECUADOR, contará con Coordinaciones de Seguridad y Salud Biológica en cada Unidad de Negocio, cuyos servicios funcionarán de acuerdo al Art. 430 del Código de Trabajo y el Reglamento de Funcionamiento de Servicios Médicos de la Empresa, A.M. No. 1404, y estará liderado por un profesional médico de cuarto nivel con formación especializada en Salud y Seguridad en el Trabajo, registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales (A.M. 219 R.O. 083 del 17 de agosto 2005), quien se reportará a la autoridad inmediata superior, de acuerdo a la estructura orgánica funcional de la EP PETROECUADOR. En los centros de trabajo con veinticinco y más trabajadores de la EP PETROECUADOR, se dispondrá además de un local destinado a enfermería. En los centro de trabajo con cien y más trabajadores de la EP PETROECUADOR, se establecerá con un servicio médico permanente, el mismo que además de cumplir con lo antes señalado proporcionará a todos los trabajadores medicina laboral y/o preventiva y curativa. Este servicio contará con el personal médico y paramédico necesarios y estará sujeto a la reglamentación dictada por el Ministerio de Relaciones Laborales y supervisado por el Ministerio de salud. Art. 17.- FUNCIONES DE LAS COORDINACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD BIOLÓGICA Serán funciones de la Unidad de Seguridad y Salud Biológica de la EP PETROECUADOR las siguientes: a) Elaborar programas de salud en el trabajo y proponer recursos para el cumplimiento de los mismos, enmarcados en la política empresarial de seguridad y salud en el trabajo; b) Realizar la identificación de procesos peligrosos, medición, evaluación y control de factores de riesgos, en coordinación con la Unidad de Seguridad y Salud Ambiental de la EP PETROECUADOR; c) Desarrollar el programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores de la EP PETROECUADOR; d) Observar las prácticas de trabajo y factores que puedan afectar a la salud de los trabajadores, contratista, clientes, a efectos de prevenir riesgos ocupacionales;

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 8 de 11 e) Realizar exámenes médicos preocupacionales, periódicos, post ocupacionales y de reintegro a los trabajadores y exigir los resultados de los mismos a las empresas contratistas al servicio de la EP PETROECUADOR, orientados a evitar daños a su integridad física; f) Prevenir y controlar la salud de los trabajadores de la EP PETROECUADOR; g) Mantener en todo centro de trabajo (operativo y administrativo) un botiquín con los medicamentos e insumos indispensables para la atención de los trabajadores, en los casos de emergencia, por accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina; h) Mantener programas de vigilancia epidemiológica y/o de enfermedades crónico degenerativas; i) Cooperar en pro de la adopción de medidas de rehabilitación profesional y de reinserción laboral; j) Capacitar y entrenar a las brigadas de primeros auxilios; k) Colaborar en el control y prevención de la contaminación ambiental en coordinación con las Unidades de Seguridad y Salud Ambiental y Gestión Ambiental, basado en la normativa y legislación vigente; l) Participar en los procesos de selección de trabajadores de la EP PETROECUADOR, sobre la base de valoración de los requerimientos psicofisiológicos de las tareas a desempeñarse, y en relación con los riesgos propios de las actividades a desarrollarse en el medio laboral; m) Realizar la apertura de la ficha médica pre-ocupacional previo al ingreso de los trabajadores a la EP PETROECUADOR; n) Supervisar y recomendar que el servicio de alimentación, cumpla con los requerimientos dietéticos, calóricos e higiénicos para los trabajadores de la EP PETROECUADOR, en coordinación con la nutricionista de la empresa contratista; o) Investigar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en coordinación con el supervisor y/o técnico de Seguridad. p) Participar en el análisis de los accidentes y enfermedades profesionales y mantener los registros y estadísticas correspondientes; q) Elaborar el informe de Salud Ocupacional; y,

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 9 de 11 r) Cumplir con todas las demás funciones establecidas en la Normativa de Gestión Institucional de la EP PETROECUADOR vigente. Art. 18.- RESPONSABILIDADES DE LOS LÍDERES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EP PETROECUADOR, considerando que es prioridad precautelar la seguridad y fomentar el bienestar de los trabajadores de la EP PETROECUADOR, impulsa y apoya los planes y programas en materia de seguridad, salud y ambiente, a través de la elaboración de políticas, compromiso, participación, comunicación, asignación de recursos humanos y financieros, en cumplimiento de la normativa legal vigente y una clara definición de responsabilidades, por tanto: 1. Será responsabilidad Gerencia General de la EP PETROECUADOR a) Aprobar y difundir la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la EP PETROECUADOR, y el Reglamento de Seguridad y Salud, orientadas a mantener un ambiente seguro y saludable de trabajo; b) Apoyar y fortalecer la implementación de los programas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo que se hayan diseñado en la empresa; c) Facilitar los recursos técnicos, financieros y humanos que sean necesarios, para lograr un mejoramiento continuo del desempeño en materia de seguridad y salud en el trabajo; d) Evaluar el desempeño y cumplimiento de objetivos enmarcados en seguridad y salud en el trabajo; 2.- Será responsabilidad del Gerente de Seguridad, Salud y Ambiente. a) Coadyuvar al desarrollo y a las productividad de las actividades hidrocarburíferas, propiciando condiciones de trabajo óptimas, garantizando la integridad física mental de los trabajadores de la EP PETROECUADOR, preservando el ambiente con responsabilidad social; estableciendo sistemas de gestión ambiental, social, seguridad y salud; conforme a la normativa que rige en esta materia; b) Presentar a la Gerencia General la Propuesta de Políticas y Estrategias de Seguridad, Salud y Ambiente para la EP PETROECUADOR; c) Mantener una buena comunicación con los trabajadores de la EP PETROECUADOR, en materia de seguridad, salud y ambiente en cumplimiento de la normativa legal vigente;

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 10 de 11 d) Cumplir y hacer cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Reglamento Interno de Seguridad y salud; y e) Cumplir con todas las demás funciones y responsabilidades establecidas en la Normativa de Gestión Institucional de la EP PETROECUADOR vigente. 3.- Será responsabilidad del Subgerente de Seguridad y Salud. a) Presentar a la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente la propuesta de Políticas y Reglamento Interno de Seguridad y Salud para la EP PETROECUADOR; b) Aprobar y presentar a la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente el Plan Operativo Anual de Seguridad y Salud para la EP PETROECUADOR; c) Viabilizar la adopción de medidas preventivas y correctivas en materia de seguridad y salud de los trabajadores de la EP PETROECUADOR, a efectos de garantizar la integridad física de los mismos; d) Cumplir y hacer cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud; y, e) Cumplir con todas las demás funciones y responsabilidades establecidas en la Normativa de Gestión Institucional de la EP PETROECUADOR vigente. 4.- Será responsabilidad de los Coordinadores Senior, Intendentes, Coordinadores y Supervisores de Seguridad y Salud Ambiental. a) Planificar, organizar y controlar el cumplimiento de la normativa de seguridad, salud y salud ambiental, e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud de la EP PETROECUADOR; b) Informar a los trabajadores a su cargo, sobre los riesgos a los que se encuentran expuestos en el desarrollo de las actividades asignadas, las zonas peligrosas, maquinarias, instalaciones, herramientas, etc., y a las medidas preventivas a aplicarse; c) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos generales para la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y propiciar que los ambientales laborales sean adecuados; d) Coordinar los cambios de procesos con las áreas involucradas, productos, materiales y operaciones, para minimizar los riesgos los riesgos en las instalaciones;

APLICABLE PARA CENTROS OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS Página 11 de 11 e) Vigilar el cumplimiento de trabajo seguro, conforme la legislación vigente en materia de seguridad, salud y ambiente; f) Planificar los trabajos de manera oportuna, contar con procedimientos, personal capacitado, equipos y materiales adecuados y mantener reuniones de trabajo con las áreas involucradas, a efectos de garantizar ambientes seguros de trabajo; g) Liderar las situaciones de emergencia dentro de su competencia; h) Reportar a la autoridad inmediata superior, sobre los accidentes de trabajo que ocurran en sus áreas operativas-administrativas inmediatamente ocurrido el evento: i) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y difundir a los trabajadores de la EP PETROECUADOR, dentro de su competencia; j) Cumplir con todas las demás funciones y responsabilidades establecidas en la Normativa de Gestión Institucional de la EP PETROECUADOR vigente.