Estar preparado para las nuevas normas NIIF Diciembre 2014

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Temas relevantes para los directores y alta gerencia Edición verano 2014 Antes de cada cierre trimestral o anual las compañías deben asegurarse de estar en conocimiento de las nuevas normas vigentes o próximas a aplicarse. En esta edición cubriremos las principales normas que son de aplicación para los estados financieros con fecha de cierre 31 de diciembre de 2014 y posteriores, incluyendo períodos intermedios dentro de esos ejercicios económicos. Estar preparado para las nuevas normas NIIF Diciembre 2014 Las compañías con cierre 31 de diciembre 2014 tienen que tener en cuenta las normas NIIF que entran en vigencia o están próximo a hacerlo. Entre otras, ahora las entidades de inversión aplicarán las modificaciones sobre las entidades de inversión efectuadas a NIIF 10, NIIF 12 y NIC 27, y se beneficiarán de la dispensa de la consolidación. También deben considerar las enmiendas a la NIIF 2 Pagos basados en acciones y a la NIIF 3 Combinaciones de Negocios incluidas en las mejoras anuales de 2010-2012, dado que estos cambios son efectivos para fechas de concesión o adquisición, respectivamente, posteriores al 1 de julio de 2014. En esta edición, presentamos los siguientes tópicos: Estar preparado para las nuevas normas NIIF - Diciembre 2014. Información financiera e inflación - Responsabilidades del Comité de Auditoría de sociedades bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores. Pasando a las novedades para este trimestre, destacamos las enmiendas al conjunto de normas sobre consolidación (modificaciones a NIIF 10 y NIC 28) que abordan un conflicto de larga data entre el uso de la consolidación y el método de la participación cuando una controlante pierde el control de una subsidiaria en una transacción con una asociada o negocio conjunto. Además, las mejoras para el ciclo 2012-2014 incluyen, por ejemplo, enmiendas que clarifican los requisitos para cambios en el método de eliminación de un activo o un grupo enajenable bajo NIIF 5, así como enmiendas en las normas sobre beneficios a los empleados respecto de la tasa de descuento aplicable en un mercado regional compartiendo la misma moneda - por ejemplo, la zona del Euro. Mirando hacia el futuro, la NIIF 15 Reconocimiento de contratos con clientes se emitió el 28 de mayo de 2014. Para muchas compañías la nueva norma no va solo a modificar los importes y las fechas del reconocimiento del ingreso, sino que adicionalmente va a requerir cambios en los sistemas y procesos. Esta norma será de aplicación efectiva para cierres contables al o posteriores al 31 de diciembre de 2017 y es factible su aplicación anticipada. También ha sido emitida la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Esta nueva norma contiene la revisión de las guías para medir y clasificar los activos financieros, incluyendo un nuevo modelo de pérdidas crediticias esperadas para calcular el deterioro y nuevos requerimientos para la contabilización de coberturas en general. Esta norma es efectiva para cierres anuales al 31 de diciembre de 2018 o posteriores, estando disponible su aplicación anticipada.

2 Verano 2014 Qué normas son obligatorias para mi cierre anual? Cúal es su cierre anual? 2014 2015 31 Dic 31 Mar 30 Jun 30 Sep Entidades de inversión Compensación de activos y pasivos Revelación del valor recuperable Gravámenes Derivados y cobertura Contribuciones a empleados Mejoras anuales 2010-2012 y 2011-2013 Nuevas normas de aplicación efectiva Las nuevas normas de aplicación efectiva a considerarse para los cierres contables al 31 de diciembre de 2014 y posteriores se enumeran a continuación: Cómo leer el gráfico Identifique su cierre anual en la línea de tiempo. Cada una de las barras contiene una norma e indica si ya es de aplicación efectiva o no y si se factible su aplicación en forma anticipada. Por ejemplo, si su cierre del ejercicio es el 31 de diciembre de 2014, entonces todas las normas desde Entidades de inversión hasta Derivados y cobertura son obligatorias por primera vez en los estados financieros anuales que cubren el período iniciado el 1 de enero de 2014 y finalizado el 31 de diciembre de 2014.

3 Verano 2014 Normas aún no efectivas, pero disponibles para su aplicación anticipada Las normas detalladas más abajo no son obligatorias, pero se encuentran disponibles para aplicar de forma anticipada. Dónde consultar Para mayor información acerca de la vigencia de las nuevas normas, no dude en consultarnos en ica@kpmg.com.ar

4 Verano 2014 Información financiera e inflación - Responsabilidades del Comité de Auditoría de sociedades bajo la supervision de la Comisión Nacional de Valores Desde un punto de vista estrictamente de preparación de información financiera de acuerdo con las normas contables profesionales aplicables (Resolución Técnica 26 de la FACPCE y complementarias), los estados financieros son ajustados para reflejar los efectos de la inflación solo cuando se verifica un contexto hiperinflacionario, que es definido por la Norma Internacional de Contabilidad n 29 (NIC29), como aquel donde: a b c d e La población prefiere atesorar sus ahorros en activos no monetarios o en activos en una moneda extranjera estable; desprendiéndose rápidamente de la moneda local. La población mide a los activos monetarios no en moneda local sino en relación con una moneda estable. Los precios pueden establecerse en esta otra moneda. Las compras y ventas a crédito se hacen a precios que tienden a compensar por la pérdida esperado en el poder adquisitivo de la moneda, aun cuando el plazo sea corto. Las tasas de interés, los salarios y los precios están vinculados a un índice de precios. La inflación acumulada de los últimos tres años se aproxima, o excede, el 100% En la práctica, la definición de que economía del mundo califica como hiperinflacionaria viene dada por el análisis que periódicamente hace la International Practices Task Force. 1 En su reunión de mayo de 2014, este grupo había concluido que para 2013 no existía información confiable que indicara que Argentina era una economía hiperinflacionaria y recomendó seguir la evolución del nuevo índice de precios al consumidor y analizar nuevamente la situación de Argentina en noviembre de 2014. Si bien a la fecha de preparación de este artículo no está publicada a qué conclusión ha llegado este grupo, todo hace presumir que Argentina no sería considerada una economía hiperinflacionaria para los cierres de diciembre de 2014 bajo los términos de la NIC 29, ya que la variación de los precios al consumidor 2 (combinando el índice minorista del INDEC anterior y el nuevo) estaría cercana al 60% (incluso la variación de precios mayoristas sería del 67%) en los últimos tres años. Tampoco se estaría verificando de manera rotunda las demás características cualitativas de una economía hiperinflacionaria. Por lo que no parecen estar dadas las condiciones para la preparación de estados financieros ajustados por inflación bajo la NIC 29 al 31 de diciembre de 2014. Pero existen normas regulatorias que afectan la preparación de estados financieros, siendo el Directorio en general y la Comisión de Auditoría en particular responsables de su cumplimiento. 1 La International Practices Task Force (IPTF) es un grupo de tareas dentro del Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA, por sus siglas en inglés) que periódicamente se reúne con staff de la Comisión de Valores de EE.UU. (SEC, por sus siglas en inglés) para analizar cuestiones de aplicación de las normas de reporte financiero y regulatorias de dicha Comisión 2 El IPTF utiliza los índices de precios al consumidor publicados por el Fondo Monetario Internacional (IMF, por sus siglas en inglés) a los efectos de analizar la inflación acumulada. En el caso de Argentina, el IMF no ha efectuado publicación alguna relacionada con el año 2014. En este sentido, las principales firmas de auditoría de Argentina tienen consenso respecto de que para Argentina debiera usarse el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) que ha sido históricamente utilizado en Argentina para los efectos del ajuste por inflación de estados financieros por reflejar de manera más apropiada la variación de los precios internos.

5 Verano 2014 Las normas de la Comisión Nacional de Valores de Argentina (CNV) requieren que los estados financieros se preparen de acuerdo con los artículos 62 a 65 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19550) y conforme a las disposiciones del capítulo III del título IV de dichas normas. El artículo 62 de la ley 19550 establece la obligatoriedad de que los estados financieros se emitan en moneda constante. El apartado 1 del artículo 3 del mencionado capítulo de las normas de la CNV, establece que las entidades sujetas a la fiscalización de la Comisión no podrán aplicar el método de reexpresión de estados financieros en moneda homogénea. Esta prohibición es consistente con lo dispuesto por el Decreto 664/03 del Poder Ejecutivo, que obligó a los organismos reguladores a no aceptar estados financieros ajustados por inflación. Entre los considerandos de este decreto se mencionaba que la inflación del último semestre de 2002 era cercana al 5%, y que ese guarismo ya no justificaba la indexación de estados financieros. Por otro lado, la CNV requiere que en el contenido de un Prospecto de emisión de títulos valores, en relación con el resultado operativo de la emisora, se describa el impacto de la inflación si es significativa y se informe la existencia de dicha inflación, la tasa anual de inflación histórica de los últimos cinco (5) años y el impacto de la inflación en los negocios de la emisora. No existe una definición en las normas de la CNV de qué se considera inflación significativa. Asimismo, la ley 19550 establece que los administradores deben actuar con la diligencia de un buen hombre de negocios siendo responsables por faltar a este deber. La información a presentar mínima podría ser: totales de los estados financieros básicos ajustados por inflación. Por ejemplo, para el estado de situación patrimonial: a. Total del activo corriente b. Total del activo no corriente c. Total del pasivo corriente d. Total del pasivo no corriente e. Total del patrimonio neto f. Resultado del período g. Resultados no asignados Y una descripción de las causas de los principales impactos en el patrimonio y en los resultados, incluyendo la metodología y el índice de precios utilizado. El impacto de la inflación en la información financiera es materia de preocupación en la profesión, como ha sido remarcado en el congreso en Salta de fines de 2014, y en el empresariado. Es relevante que los inversores y otras partes de interés tengan acceso a información que permita entender el impacto de la inflación en la situación patrimonial, en el desempeño y en el flujo de efectivo de las emisoras. El Directorio es responsable de evaluar si el impacto de la inflación es significativo y presentar la información que permita dimensionar dicho impacto. Teniendo en consideración que la variación de los índices de precios arriba indicados parece indicar que el potencial impacto de la inflación podría ser significativo (solo en el 2014 la inflación oficial ronda el 24%), cabe preguntarse si el Comité de Auditoría como órgano responsable de supervisión de la emisión de información financiera y atendiendo a la debida diligencia, no debería evaluar la presentación de información que permita a las partes interesadas conocer el potencial impacto de la inflación sobre la información financiera de la emisora. Las alternativas de presentación a considerar son: a. En nota a los estados financieros, o b. En la reseña informativa o en la Memoria c. En ambos documentos

6 El desafío de la Seguridad Cibernética Acerca de los Institutos del Comité de Auditoría de KPMG Patrocinado por más de 30 firmas miembro en todo el mundo, los Institutos del Comité de Auditoría de KPMG (ACI por sus siglas en inglés) brindan a los miembros de los comités de auditoría y a los directores conocimientos prácticos, recursos y oportunidades de intercambio entre pares con foco en el fortalecimiento de la supervisión de la emisión de información financiera y de la calidad de la auditoría, así como la variedad de desafíos que enfrentan los Directorios de las empresas de hoy desde la problemática de la gestión del riesgo y de las nuevas tecnologías hasta las cuestiones relacionadas con la estrategia y el cumplimiento. Para conocer más sobre los programas del ACI, póngase en contacto con nosotros en: ica@kpmg.com.ar

kpmg.com.ar Contactos: Néstor García Socio a cargo de Auditoría +54 11 4316 5870 nrgarcia@kpmg.com.ar Guillermo Calciati Socio +54 11 4316 5802 grcalciati@kpmg.com.ar Viviana Picco Socia +54 11 4316 5802 vpicco@kpmg.com.ar La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. No se deben tomar medidas en base a dicha información sin el debido asesoramiento profesional después de un estudio detallado de la situación en particular. 2015 KPMG, una sociedad civil argentina y firma miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative ( KPMG International ), una entidad suiza. Tanto KPMG, el logotipo de KPMG como cutting through complexity son marcas comerciales registradas de KPMG International Cooperative ( KPMG International ). Derechos reservados. Diseñado por el equipo de Servicios Creativos - Marketing y Comunicaciones - Argentina.