Sociedades en derecho Mercantil



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Transcripción:

Sociedades en derecho Mercantil

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 1 Lectura No. 4 Nombre: Acto de Comercio Contextualización Los conceptos del acto mercantil, sus sujetos y auxiliares, como materia especial del derecho, tienen una naturaleza jurídica distinta, lo que es determinante para la validez de los actos de comercio y del Derecho Mercantil. Es indispensable comprenderlos para el entendimiento de éste último, toda vez que las figuras son similares con el civil. Es importante conocer el origen de los conceptos, su naturaleza jurídica, las personas que intervienen en el Derecho Mercantil y sus auxiliares. Las sociedades mercantiles se basan en estos tres conceptos que resultan esenciales para su conformación y ámbito de operación, por eso las sociedades están reguladas de forma singular y tienen conceptos distintos que los del Derecho Civil. Los estudiantes identificarán los Derechos Subjetivos y Obligaciones para comprender los elementos de la negociación mercantil y los conceptos generales de la empresa.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 2 Introducción al Tema Derechos y Obligaciones de los comerciantes. El Código de Comercio establece que todos los comerciantes, por el solo hecho de tener tal calidad, adquieren obligaciones, aunque en este apartado nos enfocaremos e las que le da la legislación mexicana, excluyendo las que también están reguladas por otras materias; es decir, no únicamente las obligaciones del Código de Comercio son exclusivas para seguir los sujetos del comercio. El Código de Comercio establece las obligaciones a las que está sometido el comerciante de manera general, enunciativa y no limitativa; pero las que derivan en responsabilidad mercantil, en sanciones judiciales e incluso en la existencia de un cuerpo mercantil.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 3 Explicación Derechos y Obligaciones de los comerciantes. Cuáles son las obligaciones centrales de los comerciantes? Se pueden intercambiar? Están reguladas correctamente? La primera obligación de los comerciantes es el deber de participar en la apertura del establecimiento mercantil, con domicilio fiscal u oficina en donde se encuentren físicamente. Esta información dará a conocer el nombre del establecimiento, su ubicación y su razón social; elementos fundamentales para el ejercicio de sus actos de comercio, toda vez que únicamente podrán desarrollar esas actividades para las cuales fueron constituidas. Los comerciantes deberán inscribir en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio aquellos documentos que den certeza jurídica a su personalidad y conformación jurídica, tales como: las escrituras constitutivas de las sociedades mercantiles, la disolución de las sociedades mercantiles, el nombramiento de los liquidadores de las sociedades mercantiles, los acuerdos de fusión, transformación y escisión de las sociedades mercantiles, entre otras. Los comerciantes deberán inscribir en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio los documentos que den certeza jurídica a su personalidad y conformación jurídica de las sociedades mercantiles, como: las escrituras constitutivas, de disolución, el nombramiento de los liquidadores, los acuerdos de fusión, de transformación y escisión, entre otras. La inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio es opcional para las personas físicas y, por el contrario, es obligatoria para las sociedades mercantiles.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 4 Existen otros tipos de registro regulados por nuestra legislación, que son especiales y relativos a determinados actos o documentos de carácter mercantil o que se relacionan con la materia. Todos los comerciantes están obligados a mantener un sistema de contabilidad de acuerdo con las disposiciones del propio Código de Comercio. El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado, tanto en libros T como en el sistema de comercio. Éste podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se adecuen a las características particulares de la sociedad mercantil, no obstante lo anterior deberá satisfacer los siguientes requisitos: a) Permitirá identificar las operaciones con claridad. b) Permitirá el registro de sus operaciones hasta las cifras finales de los cinco ejercicios fiscales anteriores. c) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio. El comerciante deberá conservar debidamente archivados los comprobantes originales de sus operaciones. Están obligados a conservar los libros, registros y documentos de su negocio por un plazo mínimo de cinco años. La negociación mercantil y la empresa. A qué nos referimos con negociación mercantil? Los títulos de crédito son documentos privados, de naturaleza ejecutiva: son documentos ejecutivos porque son suficientes para comprobar a favor de su titular legítimo la existencia de los derechos contenidos dentro del texto del mismo documento. Por esto, los títulos de crédito constituyen una prueba pre-constituida de la acción que se ejercita en juicio, es decir, se reconoce a priori la existencia de la

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 5 deuda consignada en el documento, de ahí que según la naturaleza especial del juicio ejecutivo mercantil, la acción cambiaria contra el signatario del título de crédito es ejecutiva por el importe de ésta y por el de los intereses y gastos accesorios, sin necesidad de que el demandado reconozca previamente su firma. La excepción a esta regla serían los títulos de crédito emitidos por el Gobierno Federal, tales como certificados de tesorería o petrobonos, ya que éstos no tienen naturaleza ejecutiva que permita despachar ejecución sin prueba previa, en virtud de que el patrimonio nacional es inembargable. Aunque debido a esto, dentro de la doctrina hay opiniones encontradas sobre si estos documentos son en realidad o no títulos de crédito. El artículo primero de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito nos menciona cuáles documentos son considerados como títulos de crédito, así mismo establece cuáles son los actos de comercio que se derivan de los títulos de crédito: ARTÍCULO 1o.- Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o trasmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el artículo 2o., cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del título y por la ley que corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos en los demás casos. Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio. Es importante mencionar que el artículo 3 habla sobre la capacidad legal para contratar, salvo algunas operaciones que requieran concesión o autorización especial.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 6 Conclusión El origen de la sociedad mercantil está íntimamente ligado a sus obligaciones y derechos entre más se adecuen a las obligaciones, se reputarán sociedades mercantil; por lo que es necesario entender las obligaciones, el registro público, los libros de registro y los archivos son fundamentales para dar certeza jurídica de su actuar. Asimismo, el artículo segundo de la misma Ley aclara que los actos de comercio y las operaciones de crédito se rigen bajo una ley aplicable, que no es la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, misma que es la que nos interesa, sin embargo devienen algunos actos de comercio de los títulos de crédito. Los títulos de crédito determinarán los negocios en materia de comercio y desde luego su actividad comercial.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 7 Para aprender más Derechos Los Derechos de los comerciantes están establecidos en el Código de Comercio y no se encuentran sujetos a ninguna regulación especial, salvo en dos supuestos: a) Fundamento de la regulación, existen sociedades que por el giro social, de la actividad a la cual se dedican, es decir, objetos tales como seguros, banca, telecomunicaciones, etc. están sujetos a un régimen especial de regulación. Regulación que se basa en el interés público que tiene un servicio que afecta a la colectividad. Estas se llaman sociedades reguladas, a aquellas que además del Régimen Ordinario normal, aplicable a todas las sociedades se sujetan a un Régimen de Regulación Especial. b) Actividades no Reguladas: Fundamento, cuando una actividad comercial no se encuentra bajo ninguna regulación especial, por efecto de su giro o del campo de su ejercicio, se entiende que no tiene obligaciones distintas a las establecidas por el Código de Comercio. Tal es el caso de la Industria, salvo que esta produzca o fabrique productos que necesitan regulación como el Acido Sulfúrico.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 8 Actividad de Aprendizaje Instrucciones: Con el objetivo de fortalecer los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, realizarás un mapa conceptual donde expliques con ideas claras el derechos y obligaciones de los comerciantes Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo como PDF, con la finalidad de subirlo a la plataforma de la asignatura. Recuerda que esta actividad te ayudará a registrar el avance de la lectura, así como las ideas centrales para que te sea más sencillo su entendimiento.

SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 9 Referencias Bibliografía Araujo, V. (1989). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa Borja, M. (2010). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa Villoro, M. (2009). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa Cibergrafía Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Código Civil para el Distrito Federal. Consultado el 4 de septiembre de 2012: http://mucd.org.mx/assets/files/pdf/leyes-codigos/codigos/codigocivildf.pdf