INSTRUCTIVO: RECLAMACION DESCUENTOS CAJANAL FOSYGA (Descuento de salud del 12%) Apreciado docente: A continuación encontrará las instrucciones para diligenciar los documentos a fin de obtener la devolución de las sumas de dinero que ha descontado la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal de las mesadas pensionales de la pensión gracia con destino al Fosyga (descuento de salud del 12.5%). La forma F-C1 Contrato de servicios profesionales, que debe firmarlo ante dos testigos, no requiere presentación personal alguna. La forma F-P2 poder dirigido a la Caja Nacional de Previsión Social, la forma F-P3, F- P4 F-P5 poder al Juez Administrativo, la forma F-P6 poder para presentar acción de tutela, si es el caso, F-P7 poder al Procurador Judicial. DEBE HACERLES PRESENTACIÓN PERSONAL ANTE NOTARIO O ANTE JUEZ Y SU SECRETARIO. La forma F-D8 Cuadro de datos, debe diligenciarlo en su totalidad a maquina o letra imprenta legible. Debe anexar los siguientes documentos: 1. Copia autentica de la resolución por la cual Cajanal le reconoció la pensión gracia y de las resoluciones si hubo correcciones y/o reliquidaciones de la pensión. 2. Copia de los desprendibles de pago de la mesada pensional de los últimos tres (3) años (basta un comprobante por año). 3. Copia autentica de la cédula de ciudadanía. Entregue o envíe la documentación con el recibo de consignación efectuada en la cuenta de Corriente No. 074004433 del Banco BBVA a nombre de JORGE H. VALERO RODRIGUEZ por valor de CINCUENTA MIL PESOS ($50.000) para los respectivos gastos de trámite, si se encuentra en Antioquia a la Calle 57 No. 42 60 Local 101 de Medellín, en Tolima a la Avenida 37 Carrera 4 G Casa del Maestro de Ibagué, en el Valle del Cauca a la Carrera 8ª No. 6 38 de Cali, en La Guajira a la Calle 9 No. 10 107 de Riohacha, resto del país a la Calle 19 No. 4 88 Of. 1403 de Bogotá. JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ
F-C1 CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Entre los suscritos a saber JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor de edad, residente en la ciudad de Bogotá D. C., identificado como aparece al pie de mi firma, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL APODERADO, por una parte, y por otra, mayor, residente en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de su firma, quien en adelante se denominará EL PODERDANTE, por el presente manifestamos que hemos celebrado CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL APODERADO se compromete a adelantar todas las gestiones legales necesarias ante las autoridades competentes tendentes a obtener para EL PODERDANTE la devolución de las sumas de dinero que la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN ha descontado de las mesadas pensionales de la pensión gracia con destino al Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga, hasta cuando efectivamente se produzca el pago y sea incluido en forma regular en nómina de pensionados. SEGUNDA: EL PODERDANTE se obliga a suministrar oportunamente todos los datos y documentos que sean necesarios a fin de obtener la efectividad del derecho pretendido. PARAGRAFO: EL PODERDANTE se hace único responsable de la veracidad de la información y documentos aportados. TERCERA: EL PODERDANTE se compromete a cancelar en calidad de Honorarios Profesionales a EL APODERADO por los servicios de que trata la cláusula primera: un TREINTA POR CIENTO (30%), de las sumas que le correspondan o puedan corresponder AL PODERDANTE en el evento de que el resultado fuere favorable, al inicio, en el desarrollo o al finalizar la gestión profesional, más el IVA sobre honorarios. CUARTA: Es obligación del PODERDANTE entregar a EL APODERADO la documentación requerida en el evento de proceso contencioso administrativo, por lo tanto ésta obligación se constituye en presupuesto para que el apoderado inicie la acción encomendada por EL PODERDANTE. QUINTA: En el caso que sea necesario acudir a demanda ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, los gastos que imponga el respectivo Juez y/o Tribunal al momento de admisión de la demanda serán a cargo de EL PODERDANTE, quien se compromete a consignarlos a nombre de la autoridad judicial correspondiente. SEXTA: EL PODERDANTE autoriza desde ahora a EL APODERADO a deducir directamente y con prelación a cualquier otro compromiso, el valor total de los honorarios de que trata la cláusula tercera de este contrato, cualquiera que sea la forma de reclamo y pago en vía gubernativa o judicial, utilizada directa o indirectamente, desde la fecha de celebración del contrato y hasta cuando sea incluido en nómina de forma regular. PARAGRAFO: El desarrollo de esta cláusula EL APODERADO podrá pedir la deducción privilegiada de los Honorarios Profesionales, sobre cualquier compromiso a la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN, FOPEP, Consorcio Buen Futuro, Fiduciaria la Fiduprevisora, Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social UGPP o ante la oficina que llegare a realizar el pago. SEPTIMA: El presente contrato solo podrá rescindirse por mutuo acuerdo entre las partes y por parte de EL PODERDANTE en caso de negligencia comprobada de EL APODERADO. La revocatoria del poder sin causa justificada dará lugar a EL APODERADO a cobrar los honorarios pactados. OCTAVA: En caso de desistimiento de la demanda por parte del PODERDANTE dará lugar para que el abogado cobre la totalidad de los honorarios pactados. OCTAVA: Las partes convienen y aceptan que para efectos legales el presente contrato presta mérito ejecutivo y el domicilio será cualquier lugar del país por el valor equivalente a los honorarios pactados. Se firma en la ciudad de a los días del mes de de 200 y ante testigos. EL PODERDANTE EL APODERADO JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ Dirección: TP 44.498 del C.S. de la J. TESTIGOS: CC de CC de Dirección: Dirección: Teléfono: Teléfono:
F-P2 LIQUIDADOR CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN Bogotá D.C. Yo,, mayor, residente en identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, con tarjeta profesional No. 44.498 del Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación todas las gestiones legales tendentes a HACERSE PARTE EN EL PROCESO LIQUIDATORIO DE ESTA ENTIDAD y OBTENER LA DEVOLUCIÓN DE LAS SUMAS DE DINERO QUE ESTA ENTIDAD ME HA DESCONTADO DE LA MESADA PENSIONAL DE LA PENSIÓN GRACIA CON DESTINO AL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA FOSYGA, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 114 de 1913, Ley 116 de 1928, Ley 37 de 1933, Ley 4 de 1966, Ley 5 de 19689, Ley 4 de 1976, Ley 33 de 1985, Ley 71 de 1988, Ley 91 de 1989, Ley 4 de 1992, Ley 60 de 1993, Decretos 1743 de 1966, 435 de 1971, 446 de 1973,1221 de 1975 y demás disposiciones legales pertinentes. Mi apoderado especial, queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si fuere necesario, cotizaciones y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. Acepto: JORGE H. VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C. S. de la J.
F-P3 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARACTER LABORAL, contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL CAJANAL EICIE EN LIQUIDACIÓN representada legalmente por el Liquidador doctor JAIRO CORTÉS ARIAS, mayor, residente en Bogotá D.C. por quien sea o hagan sus veces o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad del acto administrativo No., de fecha, por el cual se resuelve la reclamación en vía gubernativa sobre la devolución de las sumas de dinero descontadas por la Caja Nacional de Previsión Social CAJANAL EICE de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga; y/o la nulidad del acto administrativo No., de fecha, por el cual se resuelve el recurso interpuesto contra el acto administrativo No., de fecha. A titulo de restablecimiento del derecho, el apoderado solicitará se ordene a la entidad demandada la devolución o reintegro de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga; así mismo el reconocimiento y pago del ajuste al valor con sus respectivos intereses comerciales y moratorios. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.
F-P4 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARACTER LABORAL, contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN representada legalmente por el Liquidador doctor JAIRO CORTÉS ARIAS, mayor, residente en Bogotá D.C., por quien sea o hagan sus veces o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad del acto administrativo ficto o presunto configurado por el silencio administrativo relacionado con la petición presentada el día respecto de la devolución de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga. A titulo de restablecimiento del derecho, el apoderado solicitará se ordene a la entidad demandada la devolución o reintegro de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga; así mismo el reconocimiento y pago del ajuste al valor con sus respectivos intereses comerciales y moratorios. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.
F-P5 JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No. 44.498 otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARACTER LABORAL, contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN representada legalmente por el Liquidador doctor JAIRO CORTÉS ARIAS, mayor, residente en Bogotá D.C., por quien sea o hagan sus veces o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad del acto administrativo No. de fecha, por el cual se resuelve la reclamación en vía gubernativa sobre la devolución de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga; y la nulidad del acto administrativo ficto o presunto configurado del silencio administrativo negativo en relación con el recurso de reposición y/o en subsidio apelación interpuesto en contra del acto administrativo No. de fecha, el cual fue presentado el día. A titulo de restablecimiento del derecho, el apoderado solicitará se ordene a la entidad demandada la devolución o reintegro de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga; así mismo el reconocimiento y pago del ajuste al valor con sus respectivos intereses comerciales y moratorios. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.
F-P6 JUEZ PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ (Reparto) Yo,, mayor, residente en identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.222.339 de Ibagué, abogado en ejercicio, con tarjeta profesional No. 44.498 del Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE TUTELA, contra la CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN, representada legalmente por el Liquidador doctor JAIRO CORTÉS ARIAS, mayor, residente en la ciudad de Bogotá D.C., por quien sea o haga sus veces o por el apoderado especial que para tal efecto se designe en el momento de la notificación de la demanda, por violación del derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política. Mi apoderado queda facultado especialmente para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir sustituciones, renunciar, interponer recursos, notificarse, firmar cuentas, solicitar la intervención de peritos si a ello hubiere lugar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena y en fin adelantar todo lo que este conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP 44.498 del C.S. de la J.
F-P7 PROCURADOR PARA ASUNTOS JUDICIAL ANTE LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DEL CIRCUITO DE Yo,, mayor, residente en, identificado como aparece al pie de mi firma, a usted me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado como aparece al pie de su firma, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional 44.498 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta terminación conciliación extrajudicial contra la CAJA NACIONAL PREVISIÓN SOCIAL CAJANAL EICE EN LIQUIDACIÓN, representada legalmente por el Liquidador doctor JAIRO CORTÉS ARIAS, mayor, residente en Bogotá D.C., para conciliar las pretensiones relacionadas en el escrito de petición en interés particular y agotamiento de vía gubernativa que reposa en la entidad citada, relacionada con la devolución de las sumas de dinero descontadas de las mesadas pensionales de la pensión gracia, por concepto de aportes a salud con destino al Fosyga. Mi apoderado queda ampliamente facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir sustituciones, solicitar la intervención de peritos si fuere necesario, cotizaciones, firmar cuentas, retirar cheques y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. Acepto: JORGE HUMBERTO VALERO R. TP 44.498 del C. S. de la J.
F-D8 DATOS DEL RECLAMANTE (Diligenciar a maquina o letra legible) FECHA: APELLIDOS: NOMBRES: (Como aparece en la cédula) CC No. Expedida en DIR. RESIDENCIA: TELÉFONO: MUNICIPIO: CELULAR: E-MAIL: DIR TRABAJO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: TELÉFONO: MUNICIPIO: AÑO VALOR MESADA PENSIONAL VALOR DESCONTADO (12% SALUD) 2006 $ $ 2007 $ $ 2008 $ $ 2009 $ $ FIRMA :