ETAPA JURIDICA: A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión de cobro.
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- Rocío Espinoza Peralta
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1 ETAPA JURIDICA: A partir del día 91 de mora o de acuerdo al nivel de riesgo, se iniciará esta gestión de cobro. HONORARIOS DE GESTIÓN JURÍDICA CONTENIDO ANEXO No 4 S DE HONORARIOS. 2. S HONORARIOS DE CASAS DE COBRANZA JURIDICA O ABOGADOS EXTERNOS VIGENCIA: Las tarifas relacionadas en este numeral tendrán vigencia para aquellos casos pendientes de facturación, cuyos documentos fueron enviados al abogado externo el día hábil anterior al 01/08/2013, fecha de vigencia de la publicación de la nueva reglamentación (Anexo 4) S EN PROCESOS EJECUTIVOS: PLENA BAJO RECAUDO. Estas tarifas serán aplicables para los procesos ejecutivos en los cuales exista recaudo efectivo, a favor de las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados externos, cuya gestión de cobro se considera de resultado. PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIEN MILLONES DE PESOS ($ ) PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A CIEN ($ ) MILLONES DE PESOS E INFERIOR A MIL MILLONES ($ ) PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A MIL MILLONES ($ ) 15% + IVA* 10% + IVA* 5%+ IVA* * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor S DE SUSTITUCION PARA PROCESOS EJECUTIVOS. SUSTITUCIÓN DE PROCESOS Contra presentación del Auto de Reconocimiento de Personería. (Cifra que incluye eventos de pago de desglose o desarchive de documentación). $ IVA Para procesos entregados por JURISCOOP SERVICIOS JURIDICOS S.A, se presentará cuenta de cobro, con el fin de obtener la devolución de los valores que se le han cancelado, o que se generen con ocasión de decretos de desistimientos tácitos, perenciones
2 En caso de encontrarse decretados desistimientos tácitos o perenciones, no se demandaran las obligaciones que presenten saldos inferiores a seis (6) salarios mínimos legales vigentes. La Tarifa señalada anteriormente quedara cargada al Presupuesto del Banco HONORARIOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL BANCO A FAVOR DE ABOGADOS EXTERNOS O CASAS DE COBRANZA JURIDICA EN CASO DE DECRETO DESISTIMIENTO TACITO O PERENCIÓN EN PROCESOS ENTREGADOS PARA SUSTITUCION En los casos de sustitución en donde el abogado al momento de radicar el poder encuentre que se ha decretado por parte de los despachos judiciales desistimiento o perención, se requiere que el Banco inicie de nuevo los procesos jurídicos tendientes a la recuperación de la cartera por esta vía, situación que implica pagar adelantos por pago de honorarios a los abogados externos o casa de cobranza, previa presentación del Auto emitido por el despacho judicial, mediante el cual se decreta tal situación. Estos deberán ser cargados al presupuesto del Banco y se reconocerán conforme a las siguientes tarifas: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA SUPERIOR O IGUAL TRES MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS E INFERIOR A CINCO MILLONES ($ ). Por elaboración de Demanda Ejecutiva y admitida en el Despacho Judicial correspondiente con sus anexos. Por demandas ejecutivas sobre las cuales se libre autos de mandamiento de pago y decreto de medidas cautelares, acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Por sentencias favorables en firme dictadas por el Juzgado de Conocimiento VALOR A PAGAR $ IVA $ IVA $ IVA PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA SUPERIOR A CINCO MILLONES ($ ). Por elaboración de demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente con sus anexos. Por demandas ejecutivas sobre las cuales se libre autos de mandamiento de pago y decreto de medidas cautelares, acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Por sentencias favorables en firme dictadas por el Juzgado de Conocimiento VALOR A PAGAR* $ IVA $ IVA $ IVA En caso de encontrarse decretados desistimientos tácitos o perenciones, no se demandaran las obligaciones que presenten saldos inferiores a seis (6) salarios mínimos legales vigentes. En los casos que sean procesos entregados por JURISCOOP SERVICIOS JURIDICOS S.A, se presentará cuenta de cobro, con el fin de obtener la devolución de los valores que se le han cancelado, o que se generen con ocasión de decretos de desistimientos tácitos, perenciones. Estos valores hacen parte de los honorarios por la prestación del servicio de cobranza jurídica, por lo que serán descontados al momento del pago de los honorarios que se generen con ocasión de un recaudo sobre la obligación, esto incluye los adelantos realizados con anterioridad a favor de otras Casas de Cobranza y/o abogados externos
3 * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL BANCO A FAVOR DE ABOGADOS EXTERNOS O CASAS DE COBRANZA JURIDICA EN CASO DE ENCONTRAR PROCESOS CON DECRETO DESISTIMIENTO TACITO O PERENCIÓN (PAGO DE FOTOCOPIAS PARA LA PRESENTACION DE LA DEMANDA) EN PROCESOS ENTREGADOS PARASUSTITUCION Se reconoce al abogado externo o casa de cobranza con cargo al presupuesto la suma de $ más IVA para gastos de fotocopias para la presentación de la demanda en los casos de entrega de procesos para sustitución y en los cuales se haya decretado desistimiento tácito o perención. PROCESOS CON DECRETO DESISTIMIENTO TÁCITO O PERENCIÓN (PAGO DE FOTOCOPIAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA) EN PROCESOS ENTREGADOS PARA SUSTITUCIÓN Para gastos de fotocopias para la presentación de la demanda en los casos de entrega de procesos para sustitución y en los cuales se haya decretado desistimiento tácito o perención. VALOR A PAGAR $ IVA En los casos que sean procesos entregados por JURISCOOP SERVICIOS JURIDICOS S.A, se presentará cuenta de cobro, con el fin de obtener la devolución de los valores que se le han cancelado, o que se generen con ocasión de decretos de desistimientos tácitos, perenciones INICIACION DE NUEVOS PROCESOS VALORES RECONOCIDOS POR FOTOCOPIAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA Para los nuevos negocios se pagará $ más IVA por el concepto de fotocopias a Cada uno de los abogados externos o casas de cobranza; dicho valor será cargado a las obligaciones de los clientes. FOTOCOPIAS EN PROCESOS NUEVOS Para gastos de fotocopias para la presentación de la demanda en los procesos nuevos que se inicien y con cargo a las obligaciones del cliente. VALOR A PAGAR $ IVA DE HONORARIOS PARA MONTOS O SALDOS DE NORMALIZACION DE CARTERA Para los montos o saldos de obligaciones al cobro jurídico normalizadas en reestructuraciones o refinanciaciones, los honorarios serán calculados con base en los siguientes rangos: PROCESOS EJECUTIVOS EN CREDITOS Microfinanzas y Clientes Calificados como Pequeños Productores % +IVA - 3 -
4 PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIEN MILLONES DE PESOS ($ ) SUPERIOR A CIEN ($ ) MILLONES DE PESOS E INFERIOR A MIL MILLONES ($ ). 7.5% +IVA 5%+ IVA SUPERIOR A MIL MILLONES ($ ). 2.5%+IVA Estos porcentajes se deberán liquidar sobre el total de los valores reestructurados o refinanciados. * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor DACIONES EN PAGO O ADJUDICACIONES DE BIENES. Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, la Dación en Pago o Adjudicaciones de Bienes, propuesta por los clientes y aceptada por la Entidad, se asimilará a una reestructuración o refinanciación de deuda, es decir que el cálculo se hará de acuerdo a las tarifas de reconocimiento de honorarios para montos o saldos reestructurados o refinanciados, y el rango de cuantía objeto de liquidación se calculará sobre el valor recibido por el Banco y su pago se formalizará una vez se efectúe el registro de títulos a favor de la Entidad S RECUPERACION VIA REMATE O ADJUDICACION DE BIENES EN EL PROCESO EJECUTIVO. Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, Remate o Adjudicaciones de Bienes, dentro de procesos ejecutivos, su cálculo se hará de acuerdo a las tarifas de reconocimiento de honorarios plenas, y el rango de cuantía objeto de liquidación se calculará sobre el valor recibido por el Banco y su pago se formalizará una vez se efectúe el registro de títulos a favor de la Entidad. Las anteriores tarifas se reconocerán en cualquier etapa procesal siempre que el Banco cuente con el soporte de la presentación de la demanda ante la Oficina de reparto y/o Despacho Judicial correspondiente. A pesar de existir tarifas de honorarios fijadas por parte del Banco, prevalecerá el valor de las agencias en derecho liquidadas por los Despachos Judiciales
5 2.1.9 S DE HONORARIOS JURIDICOS POR PROCESOS EJECUTIVOS INCORPORADOS DENTRO DE PROCESOS CONCURSALES Cuando se haya iniciado un proceso ejecutivo contra un cliente que posteriormente sea sometido a un proceso concursal, los honorarios por el ejecutivo se calcularan de la siguiente manera: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIEN MILLONES DE PESOS ($ ) Admisión de la demanda Sentencia favorable en firme Remate 3% + IVA 4% + IVA 5%+ IVA PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A CIEN ($ ) MILLONES DE PESOS E INFERIOR A MIL MILLONES ($ ). Admisión de la demanda Sentencia favorable en firme Remate PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A MIL MILLONES ($ ). 2% + IVA 3% + IVA 4%+ IVA 1%+ IVA Los anteriores valores se cargaran contra el presupuesto del Banco. * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor FAVOR DE CASAS DE COBRANZA JURIDICA O ABOGADOS EXTERNOS Se reconocerán adelantos de honorarios jurídicos a la Casa de Cobranza Jurídica o Abogado Externo, por los siguientes conceptos: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA SUPERIOR O IGUAL TRES MILLONES DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS E INFERIOR A CINCO MILLONES ($ ). Por elaboración de Demanda Ejecutiva y admitida en el Despacho Judicial correspondiente con sus anexos. Por demandas ejecutivas sobre las cuales se libre autos de mandamiento de pago y decreto de medidas cautelares, acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Por sentencias favorables en firme dictadas por el Juzgado de Conocimiento VALOR A PAGAR $ IVA $ IVA $ IVA PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA SUPERIOR A CINCO MILLONES ($ ). VALOR A PAGAR* - 5 -
6 Por elaboración de demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente con sus anexos. Por demandas ejecutivas sobre las cuales se libre autos de mandamiento de pago y decreto de medidas cautelares, acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Por sentencias favorables en firme dictadas por el Juzgado de Conocimiento. $ IVA $ IVA $ IVA Estos valores hacen parte de los honorarios por la prestación del servicio de cobranza jurídica, por lo que serán descontados al momento del pago de los honorarios que se generen con ocasión de un recaudo sobre la obligación, esto incluye los adelantos realizados con anterioridad a favor de otras Casas de Cobranza y/o abogados externos. NOTA: TODOS LOS VALORES RECONOCIDOS POR ADELANTO DE HONORARIOS, EN NINGÚN CASO PODRÁN EXCEDER EL 50% DE LAS S QUE CORRESPONDAN, DE ACUERDO A LA CLASIFICACIÓN SEÑALADA CON ANTERIORIDAD Y AL ORDEN DE CAUSACIÓN. * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor HONORARIOS POR DESPACHOS COMISORIOS Para los abogados externos a través de los cuales se realice la gestión de radicación, trámite y seguimiento de los despachos comisorios que deban practicarse en ciudad distinta a la del Juzgado donde se adelanta el proceso judicial se le reconocerá con cargo a la obligación: HONORARIOS DESPACHO COMISORIO Estos valores serán cargados a la obligación como gastos judiciales. $ IVA * A los valores liquidados por este concepto se deberá adicionar el IVA, para los casos en que las Casas de Cobranza Jurídica o Abogados Externos, se encuentren obligados a declarar este concepto, el cual será a cargo del deudor HONORARIOS PARA PROCESOS CONCURSALES PROCESOS CONCURSALES NO LIQUIDATORIOS Los honorarios se pagaran de conformidad a las siguientes reglas: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIEN MILLONES DE PESOS ($ ) Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. SUPERIOR A CIEN ($ ) MILLONES DE PESOS E INFERIOR A MIL MILLONES : CINCO (5) SMMLV 20% + IVA 30% + IVA 50% + IVA : DIEZ (10) SMMLV - 6 -
7 ($ ). Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. 20% + IVA 30% + IVA 50% + IVA SUPERIOR A MIL MILLONES ($ ). Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. : QUINCE (15) SMMLV 20%+ IVA 30% + IVA 50%+ IVA PROCESOS CONCURSALES LIQUIDATORIOS Los honorarios se pagaran de conformidad a las siguientes reglas: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIEN MILLONES DE PESOS ($ ) : CINCO (5) SMMLV Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el auto que decreta la terminación de la liquidación obligatoria. 20% + IVA 30% + IVA 50% + IVA SUPERIOR A CIEN ($ ) MILLONES DE PESOS E INFERIOR A MIL MILLONES ($ ). Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente Con el auto que decreta la terminación de la liquidación obligatoria : DIEZ (10) SMMLV 20% + IVA 30% + IVA 50% + IVA - 7 -
8 SUPERIOR A MIL MILLONES ($ ). : QUINCE (15) SMMLV Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el auto que decreta la terminación de la liquidación obligatoria. 20% + IVA 30% + IVA 50% + IVA Nota: Los valores contenidos en todo el numeral 2.2 HONORARIOS PARA PROCESOS CONCURSALES, se cargarán contra el presupuesto del Banco. 3. S HONORARIOS PROCESOS EJECUTIVOS DE ABOGADOS EXTERNOS VIGENCIA: A partir del 01/08/2013 fecha de vigencia de publicación de la nueva reglamentación, aplicará para los repartos efectuados a los abogados externos desde la fecha de vigencia y a futuro, en ningún caso estas tarifas son retroactivas, es decir, los negocios repartidos antes de la fecha mencionada se pagará conforme a las tarifas y las condiciones del numeral 2 de este anexo. Por ningún motivo, el valor reconocido podrá ser superior al valor de los honorarios a que tiene derecho el abogado externo en caso de recuperación (plena y/o normalización). Para tal fin, los valores cancelados serán descontados del monto total de honorarios a cancelar como consecuencia del pago de la obligación dentro del proceso judicial, los cuales serán liquidados de acuerdo con el esquema de tarifas establecidas en el presente Anexo. En todo caso, el valor a cancelar al abogado por concepto de honorarios corresponderá al porcentaje tasado conforme al anexo, sin perjuicio de que se llegue a un arreglo entre las partes, deudor demandado, Banco y abogado, sin que en ningún caso pueda exceder el límite de las tarifas aquí señaladas. 3.1 S PLENAS EN PROCESOS EJECUTIVOS - SOBRE RECAUDO EFECTIVO. Estas tarifas serán aplicables para los procesos ejecutivos en los cuales exista recaudo efectivo, a favor de los Abogados externos, cuya gestión de cobro se considera de resultado
9 PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV SUPERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV E INFERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV SUPERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV 15% + IVA* 10% + IVA* 5%+ IVA* (*) Solo opera para los abogados externos que se encuentren obligados a declarar SMMLV = Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. 3.2 FAVOR DE ABOGADOS EXTERNOS Se reconocerá a los abogados externos por concepto de honorarios los valores que se describen a continuación, los cuales serán cancelados según avance por etapa procesal determinada, conforme clasificación de tipo de garantía, y deberán cumplir los siguientes requisitos: Estos valores harán parte de los honorarios por la prestación del servicio de cobranza jurídica, serán descontados del pago de los honorarios que se generen con ocasión de un recaudo efectivo y siempre serán a cargo del deudor demandado CON GARANTIAS ESPECIALES CON GARANTIA ESPECIAL Y PERSONAL: Sólo procede el pago si: Entrega de soportes a la Regional (demanda y autos) máximo hasta los 45 días siguientes al recibo de la documentación por parte del Abogado Externo, sin que la(s) obligación(es) judicializada(s) superen 240 días de mora. Sujeto a conformidad de recibo documental por parte del Área de Cobro de Garantías Especiales. PROCESOS EJECUTIVOS SINGULARES CON GARANTIA ESPECIAL ETAPAS PROCESALES Copia de la demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente, con sus anexos, junto con el Auto de Mandamiento de Pago y decreto Medidas Cautelares acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Copia de las sentencias favorables o Auto que ordene seguir adelante con la ejecución en firme. DE HONORARIOS 1/2 SMMLV + IVA* - 9 -
10 PROCESOS EJECUTIVOS SINGULARES CON GARANTIA ESPECIAL ETAPAS PROCESALES DE HONORARIOS Copia de la liquidación de crédito en firme (*) Solo opera para los abogados externos que se encuentren obligados a declarar SMMLV = Salario Mínimo Mensual Legal Vigente CON GARANTIA ESPECIAL Y REAL: Sólo procede el pago si: Entrega de soportes a la Regional (demanda y autos) máximo hasta los 45 días siguientes al recibo de la documentación por parte del Abogado Externo, sin que la(s) obligación(es) judicializadas superen 240 días de mora. Sujeto a conformidad de recibo documental Garantías Especiales. por parte del Área de Cobro de PROCESOS EJECUTIVOS HIPOTECARIOS, PRENDARIOS, MIXTOS ETAPAS PROCESALES Copia de la demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente, con sus anexos, junto con el Auto de Mandamiento de Pago y decreto Medidas Cautelares acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Copia de las sentencias favorables o Auto que ordene seguir adelante con la ejecución en firme. Copia del Auto que señale fecha de diligencia de Remate DE HONORARIOS 1/2 SMMLV + IVA* (*) Solo opera para los abogados externos que se encuentren obligados a declarar SMMLV = Salario Mínimo Mensual Legal Vigente SIN GARANTIA ESPECIAL: GARANTIA PERSONAL: Sólo procede el pago si: Conformidad por parte de la Regional en el recibo documental, máximo hasta los 45 días siguientes al recibo de la documentación por parte del Abogado Externo. PROCESOS EJECUTIVOS SINGULARES CON GARANTIA PERSONAL ETAPAS PROCESALES Copia de la demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente, con sus anexos, junto con el Auto de Mandamiento de Pago y decreto Medidas Cautelares acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. DE HONORARIOS 1/8 SMMLV+IVA*
11 PROCESOS EJECUTIVOS SINGULARES CON GARANTIA PERSONAL ETAPAS PROCESALES Copia de las sentencias favorables o Auto que ordene seguir adelante con la ejecución en firme. Copia de la liquidación de crédito en firme DE HONORARIOS 1/8 SMMLV+IVA* (*) Solo opera para los abogados externos que se encuentren obligados a declarar SMMLV = Salario Mínimo Mensual Legal Vigente CON GARANTIA REAL: Sólo procede el pago si: Entrega de soportes a la Regional (demanda y autos) máximo hasta los 45 días siguientes al recibo de la documentación por parte del Abogado Externo. PROCESOS EJECUTIVOS HIPOTECARIOS, PRENDARIOS, MIXTOS ETAPAS PROCESALES Copia de la demanda ejecutiva y radicada en el Despacho Judicial correspondiente, con sus anexos, junto con el Auto de Mandamiento de Pago y decreto Medidas Cautelares acordes con la demanda y debidamente ejecutoriados. Copia de las sentencias favorables o Auto que ordene seguir adelante con la ejecución en firme. Copia del Auto que señale fecha de diligencia de Remate DE HONORARIOS 1/2 SMMLV + IVA* (*) Solo opera para los abogados externos que se encuentren obligados a declarar SMMLV = Salario Mínimo Mensual Legal Vigente S RECUPERACION VIA REMATE O ADJUDICACION DE BIENES EN EL PROCESO EJECUTIVO. Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, por Remate o Adjudicaciones de Bienes dentro de procesos ejecutivos, su cálculo se hará de acuerdo a las tarifas de reconocimiento de honorarios plenas, y el rango de cuantía objeto de liquidación se calculará sobre el valor recibido por el Banco y su pago se formalizará una vez se efectúe la contabilización del título(s) o el registro del oficio(s) de adjudicación del bien a favor de la Entidad, según corresponda. 3.3 DE HONORARIOS PARA MONTOS O SALDOS POR NORMALIZACIÓN DE CARTERA Para los montos o saldos de obligaciones al cobro jurídico de procesos ejecutivos de obligaciones normalizadas en reestructuraciones y/o refinanciaciones, los honorarios serán calculados tomando como base el saldo Capital de la obligación a reestructurar y/o normalizar
12 PROCESOS DE CRÉDITOS DE MICROFINANZAS Y CLIENTES CLASIFICADOS COMO PEQUEÑOS PRODUCTORES - CUALQUIER CUANTIA. 3.5% +IVA* PROCESOS DIFERENTES A CRÉDITOS DE MICROFINANZAS Y CLIENTES CLASIFICADOS COMO PEQUEÑOS PRODUCTORES -CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV PROCESOS DIFERENTES A CRÉDITOS DE MICROFINANZAS Y CLIENTES CLASIFICADOS COMO PEQUEÑOS PRODUCTORES -CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV E INFERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV 7.5% +IVA* 5%+ IVA* PROCESOS DIFERENTES A CRÉDITOS DE MICROFINANZAS Y CLIENTES CLASIFICADOS COMO PEQUEÑOS PRODUCTORES - CUYA DEUDA TOTAL SEA IGUAL O SUPERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV 2.5%+IVA* (*) Solo opera para a los abogados externos que se encuentren obligados a declarar DACIONES EN PAGO. Para efectos del cálculo de honorarios de cobranza jurídica, la Dación en Pago propuesta por los clientes y aceptada por la Entidad, su pago se asimilará a la tarifa de normalización de cartera, y la base para el cálculo de la tarifa de honorarios se calculará sobre el valor comercial de bien recibido, su pago se formalizará una vez se efectúe la contabilización del registro de la Dación a favor de la Entidad. 3.4 S DE SUSTITUCION PARA PROCESOS EJECUTIVOS. SUSTITUCIÓN DE PROCESOS Contra presentación del Auto de Reconocimiento de Personería que lo acredita como actual apoderado para continuar el proceso. $ IVA* (*) Solo opera para a los abogados externos que se encuentren obligados a declarar En caso de encontrarse decretados desistimientos tácitos o perenciones, no se demandaran nuevamente las obligaciones que presenten saldos inferiores a seis (6) SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes). La tarifa señalada anteriormente quedara cargada al presupuesto del Banco. No son descontables de los honorarios generados por recaudo
13 3.5 HONORARIOS POR DESPACHOS COMISORIOS Para los abogados externos a través de los cuales se realice gestión de radicación, trámite, seguimiento de los despachos comisorios y práctica de la diligencia que se efectúe en ciudad distinta a la del Juzgado donde se adelanta el proceso judicial se le reconocerá con cargo a la obligación: HONORARIOS DESPACHO COMISORIO $ IVA* (*) Solo opera para a los abogados externos que se encuentren obligados a declarar Estos valores serán cargados a la obligación como gastos judiciales. 3.6 PROCESOS CONCURSALES: Los honorarios se pagarán de conformidad a las siguientes reglas: PROCESOS CUYA DEUDA TOTAL SEA INFERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. SUPERIOR A CIENTO SETENTA (170) SMMLV E INFERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. : CINCO (5) SMMLV 20% + IVA* 30% + IVA* 50% + IVA* : DIEZ (10) SMMLV 20% + IVA* 30% + IVA* 50% + IVA* SUPERIOR A MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE (1.697) SMMLV Con el auto que decrete la iniciación del proceso concursal. Con la providencia de reconocimiento de créditos de conformidad al orden de prelación legal correspondiente. Con el fallo definitivo proferido dentro de la audiencia de confirmación del acuerdo. : QUINCE (15) SMMLV 20%+ IVA* 30% + IVA* 50%+ IVA* (*) Solo opera para a los abogados externos que se encuentren obligados a declarar según el régimen tributario Nota: Los valores contenidos en el numeral 3.6 PROCESOS CONCURSALES, se cargarán contra el presupuesto del Banco
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