Guía 600 MINEDUC Seguro Escolar. 1. Protección 2. 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3. 3. Beneficios 3. 4. Denuncia del accidente 4



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Transcripción:

SEGURO ESCOLAR Última actualización Abril 2010 1. Protección 2 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3 3. Beneficios 3 4. Denuncia del accidente 4 5. Educación en caso de invalidez 4 6. Administración del seguro 5 1

1. Protección 1. A quién protege el Seguro Escolar? A todos los alumnos regulares de establecimientos reconocidos por el Estado pertenecientes a la educación parvularia, básica, media, Científico Humanista o técnico profesional, de institutos profesionales, de centros de formación técnica y universitaria. 2. Desde cuándo los alumnos están afectos a los Beneficios del Seguro? Desde el instante en que se matriculen en alguno de los establecimientos señalados anteriormente. 3. De qué los protege? De los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su Práctica Profesional, o en el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional, o el lugar donde realice su práctica. 4. Qué se entiende por Accidente Escolar? Es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte. Se consideran también los accidentes de trayecto que sufran los alumnos. 5. Qué tipos de accidentes se exceptúan? Los producidos intencionalmente por la víctima. Los ocurridos por fuerza mayor extraña que no tengan relación alguna con los estudios o práctica profesional. 6. Casos Especiales que cubre el Seguro Estudiantes con régimen de internado Estudiantes que deben pernoctar fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de autoridades educacionales con motivo de la realización de su práctica profesional. Estudiantes en visita a bibliotecas, museos, centros culturales, etc., siempre y cuando estén incorporados en la programación del colegio y cuenten con la autorización respectiva. Actividades extra escolares que estén reconocidas por el Mineduc. 7. Cuándo se suspende el Seguro? Cuando no realicen sus estudios o su práctica educacional o profesional (vacaciones o egreso). 2

2. Actividades Extraescolares y Giras de Estudio 1. Qué ocurre con aquellas actividades extraescolares realizadas en período de vacaciones? Los alumnos que participan de los proyectos educativo - recreativos durante los períodos de vacaciones, que son organizados, financiados y ejecutados por el Departamento de Educación Extraescolar del Ministerio de Educación, se encuentran protegidos por el seguro escolar que establece el D.S. Nº 313, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 2. Qué ocurre si hay un accidente en gira de estudios? En primer lugar hay que aclarar qué es una Gira de Estudios reconocida por el Ministerio de Educación. Se entenderá por viaje de estudios el conjunto de actividades educativas extra escolares que planifiquen, organicen y realicen, dentro del territorio nacional o fuera de él, grupos de alumnos de un establecimiento educacional, con el objeto de adquirir experiencias en los aspectos económicos, sociales, culturales y cívicos de la vida de la región que visiten, que contribuyan a su formación y orientación integrales. En casos calificados el Mineduc podrá conceder patrocinio oficial en calidad de viaje de estudios a giras de grupos de estudiantes fuera del territorio nacional, cuando por su naturaleza estén destinadas a representar a Chile en actividades de orden cultural o científico que tengan lugar en otros países. 3. Quién tiene la facultad de otorgar patrocinio a los viajes o giras de estudio? Los Jefes de los Departamentos Provinciales de Educación tienen la facultad de otorgar patrocinio a los viajes o giras de estudio que realicen los estudiantes de los establecimientos educacionales de su respectiva jurisdicción, dentro del país o al extranjero, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto supremo de Educación Nº 2.822, de 1970. 3. Beneficios 1. Deben cancelar los gastos médicos los alumnos que se accidenten? No, el seguro cubre los gastos en un 100% 2. Cuáles son los beneficios médicos gratuitos del Seguro Escolar? Atención Médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio. Hospitalización si fuese necesario, a juicio del facultativo tratante. Medicamentos y productos farmacéuticos. Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. 3

Rehabilitación física y reeducación profesional; y Los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones. 3. Cuánto tiempo duran estos beneficios? Hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente. 4. Denuncia del Accidente 1. Quién debe hacer la denuncia del accidente escolar? El Director del establecimiento respectivo, tan pronto como tome conocimiento de su ocurrencia. Todo médico a quien corresponda conocer y tratar un accidente escolar, en el mismo acto en que preste atención al accidentado. El propio accidentado o quién lo represente, si el establecimiento educacional no efectuase la denuncia antes de las 24 horas. Cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. 2. Dónde se denuncia un accidente escolar? En cualquier posta de urgencia u hospital dependiente del Sistema Nacional de Servicios de Salud. Las clínicas y Hospitales particulares no otorgan los beneficios del Seguro Escolar de Accidente según decreto Nº313/72, solo si por razones calificadas los servicios de salud se encuentren en la imposibilidad de otorgar las prestaciones médicas que procedan, y los interesados se ven obligados a obtener en forma particular, corresponde a dichos servicios reembolsar los gastos en que se incurrió por tal concepto. Procederá el reembolso, siempre y cuando, la atención médica particular haya sido imprescindible por su urgencia o por otro motivo derivado de la naturaleza de las lesiones sufridas. Por el contrario, si dicha atención particular ha sido requerida por decisión de los padres o apoderados, sin mediar las circunstancias mencionadas, no procederá el reembolso. 5. Educación en Caso de Invalidez 1. Quién se preocupa de la educación de los estudiantes invalidados a causa de un accidente? El Estado y gratuitamente. + 4

2. Cómo se ejerce este derecho? Concurriendo directamente la víctima, o su representante legal, a Direcciones Provinciales y/o Secretaría Ministerial de Educación, el que se hará responsable de dar cumplimiento a los beneficios establecidos en la Ley. 3. Dónde se otorga la educación? En establecimientos comunes o especiales, de acuerdo con la naturaleza de la invalidez y las condiciones residuales de estudio de la víctima. 6. Administración del Seguro 1. Quiénes son los administradores de este seguro? El Sistema Nacional de Servicios de Salud (Ex. SNS) es el que otorga las prestaciones médicas gratuitas. El Instituto de Previsión Social (Ex. INP), es el que otorga las prestaciones pecuniarias por invalidez o muerte. 2. Dónde dirigirse en caso de dudas o consultas con respecto al Seguro escolar? A la Dirección Provincial correspondiente o a la Secretaría Ministerial de Educación. 3. Más información: http://www.mineduc.cl/index0.php?id_portal=27 5