Subsidio de Incapacidad Laboral: los distintos tipos y los requisitos para su acreditación 1
|
|
- Carmen Espejo Henríquez
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Subsidio de Incapacidad Laboral: los distintos tipos y los requisitos para su acreditación 1 Los subsidios de incapacidad laboral temporal afectan las relaciones laborales, por cuanto, en la mayoría de los casos el empleador no puede anticiparse a este evento. Por ello es que en esta minuta se entregan definiciones breves pero completas respectos de que se entiende por cada una de las licencias médicas que dan origen a subsidios por incapacidad laboral, centrándose especialmente en aquellas de carácter temporal, es decir, en las que luego de uno o varios días de reposo justificado médicamente, el trabajador puede volver a sus funciones habituales, con ello no se han considerado las licencias que originan subsidios permanentes tales como aquellos que redundan en pensiones de invalidez parcial o total. Una vez definidos los tipos de subsidios de incapacidad laboral temporal, se señalan los requisitos que acreditan el derecho a licencia. Por último se muestra brevemente en que consiste la licencia médica electrónica señalando las ventajas de esta sobre el formulario en papel de más amplio uso actualmente. 1 Irina Aguayo O Área Políticas Sociales, Asesoría parlamentaria BCN. Anexo 3908, iaguayo@bcn.cl,
2 2 Tabla de Contenido I. Antecedentes generales... 3 II. Tipos de subsidios por incapacidad laboral existentes... 3 III. Acreditación del derecho a licencia... 5 IV. Licencia Médica Electrónica...6
3 3 I. Antecedentes generales La incapacidad laboral corresponde a un periodo en que el trabajador se ve imposibilitado a prestar sus servicios ya sea a causa de reposo prescrito por un profesional médico como consecuencia de una enfermedad común o profesional o bien por efecto de un accidente del trabajo. En todas estas situaciones se ve afectada la relación laboral y por ello son reguladas tanto en el Código del Trabajo como en otros cuerpos legales y reglamentos. En este contexto, el Decreto Nº 3 de 1984 modificado en 1989 y 2006 que aprueba reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional señala en su artículo 1 que se entiende por licencia médica el derecho que tiene el trabajador de ausentarse o reducir su jornada de trabajo, durante un determinado lapso de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona 2. Por otra parte, para que una licencia médica de derecho al subsidio por incapacidad laboral (SIL) se requiere que sea reconocida por el empleador y autorizada por la Contraloría Médica de las ISAPRE o por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) según corresponda. Se tramita a través del sistema público (FONASA) o a través del sistema privado (ISAPRE). II. Tipos de subsidios por incapacidad laboral existentes Las licencias médicas que dan origen a un subsidio por incapacidad laboral temporal permiten al trabajador recibir el pago en dinero del total o parte de su remuneración, según la duración de dicho permiso. Este pago se realiza con cargo a la entidad previsional en la que se encuentra cotizando el trabajador o con cargo a la remuneración regular de su trabajo o bien con cargo a ambas en la proporción que corresponda según sea el caso. En lo que sigue se enumerarán y explicarán los distintos subsidios de incapacidad laboral (SIL). a. Enfermedad común: Consiste en la mantención de la remuneración en un 100% con un tope de 60 UF mensuales. Está sujeto a un mecanismo de carencia condicional; el pago se devenga a partir del 4 día si la licencia dura menos de 10 días, pero si esta dura más de 10 días el pago se realiza desde el primer día 3. 2 Decreto Nº 3 de 1984 modificado en 1989 y 2006 correspondiente al reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional. Disponible en del 24 de abril de Disponible en del 27 de abril de 2009
4 4 b. Prórroga medicina preventiva Ley N 6.174: Da origen a una licencia médica Tipo 2, por reposo total o parcial. Esta ley estuvo vigente hasta Diciembre de 1985 y entregaba tratamiento gratuito y reembolso de todos los gastos médicos derivados de la enfermedad que ocasionó el reposo, en la actualidad perciben este beneficio un grupo muy reducido de enfermos que estaban acogidos a dicha Ley a diciembre de 1985 y corresponden a pacientes afectados de insuficiencia renal, transplantados y/o sometidos a hemodiálisis. c. Descanso maternal: Se extiende una licencia Tipo 3. Este tipo de licencias es de carácter irrenunciable y puede ser otorgada además de los profesionales médicos señalados en el Decreto Nº 3 por una matrona. Contempla una licencia de 42 días por pre natal otorgada a las 34 semanas y media de gestación. A contar de la fecha del parto, la licencia post natal se otorga por 84 días. Si a la fecha del término del pre natal el parto no se ha producido, se extiende una prolongación de la licencia de pre natal por la diferencia entre el término de la licencia pre natal y el día anterior a ocurrido el parto 4. d. Patología del embarazo: Corresponde a las licencias Tipo 7 que se extienden como consecuencia de síntomas de aborto o parto prematuro 5. e. Por enfermedad grave del hijo menor de un año: Se extiende una licencia Tipo 4 que corresponde a una licencia por reposo total otorgada a la madre del hijo menor de un año, que se extiende por 7 días prorrogables y continuos de 7 en 7 hasta completar un total de 30 días. En caso de que el médico estime que se requieren días adicionales a los 30 días de licencias ya otorgados podrá extender una licencia por los días que estime conveniente adjuntando un informe médico complementario. Sin embargo, si el menor se encuentra hospitalizado, la madre no tendrá derecho a licencia 6. f. Incapacidad temporal por accidente del trabajo o enfermedad profesional: Este tipo de licencias médicas se rigen por la Ley N y son de cargo exclusivo del empleador. Se otorga por 52 semanas prorrogable por 52 semanas más. Protege a los trabajadores dependientes e independientes incorporados al seguro, a los funcionarios públicos y a los estudiantes. Considera como accidente del trabajo, todas aquellas lesiones sufridas por un trabajador en el desempeño de sus funciones, asimismo considera accidente laboral al sufrido por los dirigentes sindicales en el desempeño de las actividades que son propias a su actividad sindical. Del mismo modo, este seguro cubre los denominados accidentes de trayecto que son aquellos ocurridos en el 4 Disponible en del 23 abril de Disponible en del 27 de abril de Disponible en y en del 23 de abril de 2009
5 5 trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo, o entre dos lugares distintos de trabajo, independiente de si estos corresponden a distintos empleadores. En cuanto a las enfermedades profesionales, estas corresponden a las producidas como consecuencia directa del trabajo o profesión que se desempeña. Estas últimas se encuentran normadas en el Decreto Supremo N 109 de 1968, actualizado mediante DS N 73 de Entre las prestaciones que se otorgan se encuentran la atención médica, quirúrgica y dental, la hospitalización si fuese necesario, medicamentos y productos farmacéuticos, prótesis y aparatos ortopédicos y rehabilitación física y reeducación profesional, además contempla el gasto de traslado en caso de ser necesario 7. III. Acreditación del derecho a licencia En general, los distintos subsidios de incapacidad laboral temporal está dirigido a trabajadores dependientes que coticen en un sistema previsional y que por motivo de una enfermedad recuperable obtienen su certificado de Licencia Médica, también son extensibles a los trabajadores independientes que cotizan en algún sistema previsional. Los requisitos que acreditan el derecho a licencia en el caso de los trabajadores dependientes son los siguientes 8 : 1. Tener contrato de trabajo vigente al inicio de la licencia médica. 2. Tener 6 meses de afiliación previsional. 3. Tener 3 meses de cotizaciones continuas o discontinuas en los 6 meses anteriores a la licencia médica. 4. Tener Licencia médica extendida por un médico-cirujano, cirujano- dentista o matrona. 5. Tener Licencia Médica autorizada por el Servicio de Salud, COMPIN o ISAPRE, debidamente reconocida por el empleador Los trabajadores independientes acreditan el derecho a licencia dando cumplimiento a los siguientes requisitos 9 : 1. Tener 12 meses de afiliación previsional anteriores a la Licencia Médica 2. Tener al menos 6 meses de cotizaciones continuas o discontinuas en los últimos meses anteriores a la licencia médica. 3. Tener una Licencia Médica extendida por médico o dentista autorizada por un Servicio de Salud, COMPIN o ISAPRE, según corresponda. 4. Cotizaciones al día, hasta un mes antes de la Licencia Médica. 5. El plazo de presentación de la Licencia Médica al empleador es de 2 días hábiles para trabajadores del sector privado y 3 días hábiles para 7 Régimen del Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Ley N Pedro Contador. Subsecretaria de Previsión Social. 8 Disponible en 9 Idem 8
6 6 trabajadores del sector público, en ambos casos contados desde el inicio del reposo correspondiente. 6. El empleador tiene un plazo de 3 días hábiles siguientes a la recepción de la Licencia Médica por parte del trabajador, para presentar la Licencia ante el organismo previsional. El trabajador independiente tiene dos días hábiles contados desde la emisión de la Licencia Médica para tramitarla. En ambos casos, los subsidios son pagados según sea el caso por el empleador, la Caja de Compensación a la cual está afiliado el empleador, la ISAPRE a la cual está afiliado el trabajador, el Instituto de Normalización Previsional (INP), los Servicios de Salud a través del COMPIN y/o las Mutuales de empleadores. IV. Licencia Médica Electrónica De acuerdo al DS N 3, Reglamento de Autorización de Licencia Médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional modificado por el DS N 168, publicado el 16 de marzo de 2006, las licencias médicas son un acto médico administrativo que puede ser extendido en papel o en algún otro medio electrónico 10. No obstante lo anterior, existen otras normas legales que regulan las licencias médicas electrónicas, entre ellas se puede señalar la Resolución 608 Exenta 11 del Ministerio de Salud publicada el 6 de octubre de 2006 que establece normas para el otorgamiento y tramitación de licencias médicas electrónicas. Además, en circular conjunta entre la Superintendencia de Seguridad Social y la Superintendencia de Salud N 2338 y 32 respectivamente se entregan instrucciones para el otorgamiento y tramitación de la licencia médica electrónica 12, además de los requerimientos tecnológicos 13 y las condiciones generales y uniformes de contratación 14. De acuerdo a las disposiciones vigentes, la licencia médica electrónica tiene carácter de voluntaria, pudiendo optar el profesional por ésta o por el formulario de papel. El uso de licencias electrónicas requiere utilizar un sistema de información en Internet. Una de las ventajas sobre la licencia extendida en papel es que los empleadores podrán ser notificados en línea y del mismo modo podrán remitirlas a las distintas contralorías médicas, esto es ISAPRE y COMPIN quienes podrán obtenerlas y pronunciarse sobre ellas vía Internet. Los trabajadores podrán conocer el estado de 10 Idem 2 11 Disponible en 12 Disponible en 3v88hEROXznAqy%2Bq&argModo=inline&argOrigen=BD&argFlagYaGrabados=&argArchivoId=5252, del 28 de abril de Disponible en 3v88hBqeKd9%2B1%2BU6&argModo=inline&argOrigen=BD&argFlagYaGrabados=&argArchivoId=5253 del 28 de abril de Disponible en 3v88hM%2B%2BYncYnsrp&argModo=inline&argOrigen=BD&argFlagYaGrabados=&argArchivoId=5254 del 28 de abril de 2009
7 7 su tramitación a través de la Web. Otra ventaje es que las contralorías médicas (de ISAPRE y COMPIN) dispondrán de información más oportuna, lo cual permitirá mejorar el desempeño de sus sistemas de fiscalización, facilitando de este modo el control del gasto en subsidios por incapacidad laboral. También experimentarán ahorros operacionales debido a la sustitución del procesamiento de licencias en papel Disponible en =374&argTreeNodoActual=374&argTreeNodoSel=374&argTreeNodosAbiertos=(374)&argRegistroId=101 6 del 28 de abril de 2009
(Previamente debes leer el protocolo de licencias médicas) Qué es una licencia maternal?
Si estás embarazada es importante que revises el siguiente texto. Hay datos importantes referidos a tu licencia maternal y a tus beneficios maternales que debes saber! (Previamente debes leer el protocolo
Más detallesCIRCULAR Nº 35. ANT.: No hay. MAT.: Instruye sobre procedimiento en caso de accidentes y enfermedades profesionales. Santiago, 28 de noviembre de 2008
CIRCULAR Nº 35 ANT.: No hay. MAT.: Instruye sobre procedimiento en caso de accidentes y enfermedades profesionales. Santiago, 28 de noviembre de 2008 DE : DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE LAS PERSONAS PARA :
Más detallesLEGISLACION LABORAL EN CHILE
LEGISLACION LABORAL EN CHILE INTRODUCCION La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir con diversos requerimientos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales. El cumplimiento de cada
Más detallesSUBSIDIOS MATERNALES. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N 2.777
SUBSIDIOS MATERNALES. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N 2.777 En relación con la extensión del descanso postnatal y el subsidio derivado del permiso postnatal parental
Más detallesGOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133. SANTIAGO, 18 de mayo de 2004
GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL AU08-2002-10397 CIRCULAR N 2133 SANTIAGO, 18 de mayo de 2004 SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE COTIZACIONES PARA EL SEGURO
Más detallesSeguro Escolar. EXTRACTO DE UN DOCUMENTO ELABORADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CON RELACIÓN AL DECRETO Nº 313172 (Difundido por Secreduc RM)
Seguro Escolar EXTRACTO DE UN DOCUMENTO ELABORADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CON RELACIÓN AL DECRETO Nº 313172 (Difundido por Secreduc RM) ARTÍCULO 1 : A quién protege el Seguro Escolar? A todos
Más detallesDerechos de maternidad y paternidad para personas que trabajan
Derechos de maternidad y paternidad para personas que trabajan Fuero Maternal Protección que se otorga a la embarazada. Su objetivo es que la mujer pueda mantener su trabajo y así asegurar la obtención
Más detallesGuía 600 MINEDUC Seguro Escolar. 1. Protección 2. 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3. 3. Beneficios 3. 4. Denuncia del accidente 4
SEGURO ESCOLAR Última actualización Abril 2010 1. Protección 2 2. Actividades extraescolares y giras de estudio 3 3. Beneficios 3 4. Denuncia del accidente 4 5. Educación en caso de invalidez 4 6. Administración
Más detallesEl decreto supremo n 313 del 12 de mayo de 1972 del ministerio del trabajo y previsión social establece lo siguiente:
SEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades
Más detallesAFILIADO INDEPENDIENTE
AFILIADO INDEPENDIENTE Definición Toda persona natural que sin estar subordinada a un empleador, ejerza individualmente una actividad mediante la cual obtiene rentas de trabajo. La ley 20.255 estableció
Más detallesDECÁLOGO PARA EL BUEN USO DE LA LICENCIA MÉDICA
DECÁLOGO PARA EL BUEN USO DE LA LICENCIA MÉDICA Inmune es una organización que combate el fraude en el sistema de salud a través del mal uso de licencias médicas, enfrentando las fórmulas de robo que afectan
Más detallesEL DECRETO SUPREMO N 313 DEL 12 DE MAYO DE 1972 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ESTABLECE LO SIGUIENTE:
Todo sobre el Seguro Escolar: Todos los alumnos y alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades
Más detallesSEGURO ESCOLAR D. S. 313 ISL
SEGURO ESCOLAR D. S. 313 ISL Quién Administra este Seguro? El Sistema Nacional de Servicio de Salud (SNSS) Otorgan las prestaciones médicas Instituto de Seguridad Laboral (ISL) Otorga las prestaciones
Más detallesGuía útil para mamás y papás Scotiabank
Guía útil para mamás y papás Scotiabank Vas a tener un hijo? Queremos ser los primeros en felicitarte por esta linda aventura que emprendes, la cual estará llena de alegría y emociones. Esta guía busca
Más detallesLa Discapacidad y Seguridad Social en Chile
La Discapacidad y Seguridad Social en Chile En nuestro país, de acuerdo al Primer Estudio Nacional de la Discapacidad realizada por FONADIS (2004), la población con discapacidad representa el 12,9%, esto
Más detalleswww.pwc.cl Nueva Ley de Postnatal Parental N 20.545 Michel Laurie Cerda Servicios Laborales PwC
www.pwc.cl Nueva Ley de Postnatal Parental N 20.545 Michel Laurie Cerda Servicios Laborales Contenidos 1. Síntesis de antecedentes de la Ley N 20.545 2. Análisis y comentario de los contenidos de la Nueva
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744
DECRETO SUPREMO Nº 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 (APLICABLE A ALUMNOS QUE REALIZAN PRÁCTICA PROFESIONAL EN EMPRESAS) Publicado el 12 de Mayo de 1973 Santiago,
Más detalles123S. administración de las licencias médicas por incapacidad laboral temporal, RAPO
RAPO Secretaría Municipal DECRETO N 123S MAT.: APRUEBA MANUAL DE PROCEDIMIENTO REFERENTE A ADMINISTRACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS Y COBRANZA DE REEMBOLSOS POR SUBSIDIOS DE INCAPACIDAD LABORAL. LO PRADO,,13JUN2011
Más detallesBeneficios no Financiados por El Sistema D.L. 3500
Beneficios no Financiados por El Sistema D.L. 3500 Asignaciones Familiares Los trabajadores dependientes afiliados a una AFP están afectos al régimen del Sistema Único de Prestaciones Familiares, establecido
Más detallesEN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL LA LEY TE ASEGURA
EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL LA LEY TE ASEGURA TODO SOBRE LAS COBERTURAS Y PRESTACIONES DEL SEGURO DE LA LEY Nº16.744 QUÉ ES EL SEGURO DE LA LEY N 16.744? Es un seguro social que otorga
Más detalles1.5 El auxilio monetario por enfermedad no profesional no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. (Sentencia C-543/07)
NORMATIVIDAD VIGENTE 1. INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL 1.1 Para acceder a las prestaciones económicas generadas por incapacidad por enfermedad general, los trabajadores dependientes e independientes
Más detallesLo que usted debe saber de su Seguro Colectivo
Lo que usted debe saber de su Seguro Colectivo Seguros Colectivos (Vida - Salud) SEGURO COLECTIVO DE VIDA Definición del Producto Requisitos de Incorporación Procedimientos de Incorporación Plazos de Cobertura
Más detallesParte I DERECHOS, LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTOS. Trabajadores
Parte I DERECHOS, LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTOS Trabajadores OBJETIVOS DEL APRENDIZAJE Conocer las contingencias cubiertas por el Seguro Social de Salud y por el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes
Más detallesLEY N 16.744 RESUMEN DE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
LEY N 16.744 DE: FUENTESMAILLET ABOGADOS Y ASOCIADOS ENRIQUE FUENTES, ABOGADO-LLM, Máster en Derecho PARA: ASOCIACIÓN DE PILOTOS DE CHILE RESUMEN DE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Más detallesBeneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias y acceso a la Modalidad de Libre Elección de Fonasa
Beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias y acceso a la Modalidad de Libre Elección de Fonasa En relación con el acceso a la modalidad de libre elección de Fondo Nacional de Salud (Fonasa) por los
Más detallesREGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO MATERNIDAD Y SUBSIDIO POR LACTANCIA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL
REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO MATERNIDAD Y SUBSIDIO POR LACTANCIA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL 1 REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO POR MATERNIDAD Y EL SUBSIDIO POR LACTANCIA CAPITULO I GENERALIDADES
Más detallesCUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO
CUENTA DE AHORRO VOLUNTARIO Qué es una Cuenta de Ahorro Voluntario (CAV)? Es una cuenta independiente y distinta de las Cuentas de Capitalización Individual, que el afiliado puede abrir en forma voluntaria
Más detallesDIFUSIÓN Y EDUCACIÓN
DIFUSIÓN Y EDUCACIÓN Los Sistemas de Salud Sistema de Salud Público Privado Fonasa Isapres Cubre a quienes cotizan el 7% y a personas carentes de recursos Cubre a quienes cotizan el 7% o más según contrato.
Más detallesCONCEPTOS Y DEFINICIONES
CONCEPTOS Y DEFINICIONES ACCIDENTE DE TRABAJO: Es toda lesión corporal o perturbación funcional que el trabajador sufra, sea en la ejecución, con ocasión o por consecuencia del trabajo, y que dicha perturbación
Más detallesINFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL
INFORMACIÓN PARA EL TRABAJADOR ACCIDENTE DE TRABAJO Y/O ENFERMEDAD PROFESIONAL Accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales Qué son? Accidente de trabajo: accidente sufrido por un trabajador en el
Más detallesQUE ES LA ASIGNACION FAMILIAR?
BOLETIN JURIDICO ANAFF 2013 www.hazbunymunoz.cl E-mail: contacto@hazbunymunoz.cl Fonos de contacto: 7-9893789 / 7-5684664. BOLETIN JURIDICO OCTUBRE 2013 QUE ES LA ASIGNACION FAMILIAR? Qué es la asignación
Más detallesDocumentos requeridos:
En primer lugar se debe obtener el aporte correspondiente a la Isapre, Fonasa o cualquier otro que se tenga. Después de la emisión de los documentos contables por parte de Fonasa/Isapre, existe un plazo
Más detallesSitio Web: www.transtecnia.cl / Tel: 715 72 00 / e-mail: venta@transtecnia.cl
LA LEY 20.255 ESTABLECIÓ QUE LOS TRABAJADORES A HONORARIOS ESTARÁN OBLIGADOS A REALIZAR COTIZACIONES PREVISIONALES PARA PENSIONES, ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, Y SALUD Se entiende
Más detallesBENEFICIOS CAJA LOS ANDES BONOS Y ASIGNACIONES
BENEFICIOS CAJA LOS ANDES 1. Bonos Profamilia 2. Asignación Familiar 3. Beneficio de Cesantía 4. Mi 1era Caja 2 1 Bonos Profamilia Los Bonos Pro Familia son asignaciones en dinero establecidas en el Reglamento
Más detallesINSTRUCTIVO LICENCIAS MÉDICAS SML SERVICIO MÉDICO LEGAL. Subdirección Administrativa Servicio Médico Legal
INSTRUCTIVO LICENCIAS MÉDICAS SML SERVICIO MÉDICO LEGAL Subdirección Administrativa Servicio Médico Legal SERVICIO MÉDICO LEGAL PROCEDIMIENTO INTERNO LICENCIAS MÉDICAS ABRIL 2012 RECORDATORIO Y PROCEDIMIENTO
Más detallesPROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES DEPENDIENTES
PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES DEPENDIENTES Seguridad Social. Campo del bienestar social relacionado con la protección social
Más detallesSUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN
SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMUN 1/ 9 SUBSIDIOS ENFERMEDAD COMÚN Qué es el Subsidio Por Enfermedad Común? Es la prestación en dinero que se otorga a través de la institución al empleado afectado por una Discapacidad
Más detallesCONCEPTOS Y DEFINICIONES
CONCEPTOS Y DEFINICIONES 1. POBLACIÓN PROTEGIDA: Total de personas que tienen acceso a los beneficios del Seguro Social, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos a tal fin. Comprende
Más detallesHay que puro informarse
EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Garantiza el derecho a la protección social de todas las personas que desarrollan su vida laboral en Chile. Provee de apoyo en casos como enfermedad, accidente laboral, cesantía
Más detallesPensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744
Pensiones de Invalidez y Sobrevivencia Originadas por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Ley 16.744 Es un beneficio, al que tienen derecho los trabajadores que padezcan una enfermedad
Más detallesBoletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones (SNP)
Boletín informativo acerca de las características del sistema privado de pensiones (SPP) y del sistema nacional de pensiones () Base legal: R.M. 044-2013-TR Publicado : 02/03/2013 Vigencia : 03/03/2013
Más detallesCIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS
Julio 2014 CIRCULAR DPTO. JURÍDICO-LABORAL NOVEDADES EN LA GESTION Y CONTROL DE LA ILT EN LOS PRIMEROS 365 DIAS En el BOE del 21 de julio de 2014 se ha publicado el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio,
Más detallesPROCEDIMIENTO INTERNO EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE LOS ESTUDIANTES
PROCEDIMIENTO INTERNO EN CASO DE ACCIDENTES O ENFERMEDAD DE LOS ESTUDIANTES Con el propósito de dar cumplimiento a todas las normativas que se deben tener presente en un accidente escolar, en la atención
Más detallesPROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Edición: 1 Fecha: Página 1 de 8 Elaborado y revisado por : Oficina de Prevención de Riesgos Laborales Fecha: 25 de noviembre de 2014 Aprobado por : Comité de Seguridad y Salud Fecha: Procedimiento PROCEDIMIENTO
Más detalles1Asistencia sanitaria. 3Servicios sociales. 4Prestación económica. Guía para la autodefensa frente a las mutuas laborales
Guía para la autodefensa frente a las mutuas laborales Las Mutuas Laborales se crearon inicialmente como entidades gestoras de las prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, debiendo
Más detallesRENUNCIA A LAS COTIZACIONES PREVISIONALES TRABAJADOR INDEPENDIENTE
Página 1 de 5 RENUNCIA A LAS COTIZACIONES PREVISIONALES TRABAJADOR INDEPENDIENTE 1.- Qué aspectos se deben considerar para efectuar Cotizaciones Previsionales sobre las Boletas de Honorarios? Los aspectos
Más detallesSECCION la. N 10/ 704 /
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBDIRECCION DE RECURSOS HUMANOS UNICIPALIDAO SECCION la. N 10/ 704 / VITACURA, Marzo 12 de 2012 VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: La personería del Sr. Alcalde para representar
Más detallesInformativo Legal. Pensión de Sobrevivencia. Quiénes tienen derecho a percibirla?
3 Pensión de Sobrevivencia La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio previsional establecido en el Decreto Ley N 3.500 de 1980, a la cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado
Más detallesGeneralidades sobre la Ley N 16.744. Lily Alcaíno G. Abogado SUSESO
Generalidades sobre la Ley N 16.744 Lily Alcaíno G. Abogado SUSESO TEMAS Estadísticas Seguro Social de Salud Fiscalización SUSESO Ley N 16.744 ESTADÍSTICAS LABORALES FUENTE DE LA INFORMACIÓN Boletín Estadístico
Más detallesINFORMATIVO JURÍDICO DE LA CONSTRUCCIÓN Nº 12
INFORMATIVO JURÍDICO DE LA CONSTRUCCIÓN Nº 12 Santiago, 17 de Septiembre de 2002 LEY Nº 19.728 QUE ESTABLECE UN SEGURO DE DESEMPLEO La ley Nº 19.728, establece un seguro de cesantía, a favor de los trabajadores
Más detallesPROCEDIMIE TOS PARA EL I GRESO DE TRABAJADORES MIGRA TES A CHILE
PROCEDIMIE TOS PARA EL I GRESO DE TRABAJADORES MIGRA TES A CHILE Los tipos de Visados Disponibles por motivos de trabajo para Chile a. Visa Temporaria Este tipo de visa tiene como vigencia máxima de un
Más detallesLEY 16.744 Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sebastián Villagra Aguilar Prevención de Riesgos ISL Santa Cruz
LEY 16.744 Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Sebastián Villagra Aguilar Prevención de Riesgos ISL Santa Cruz INTRODUCCIÓN La normativa legal vigente exige a las empresas cumplir con diversos
Más detallesTITULO PRIMERO Disposiciones generales
ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y SUIZA DE 13 DE OCTUBRE DE 1969 Y EL PROTOCOLO ADICIONAL DE 11 DE JUNIO DE 1982, FIRMADO EN BERNA EL 19 DE ABRIL
Más detallesCapítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario
Más detallesNOTA INFORMATIVA REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL
REFORMA DE LAS MUTUAS COLABORADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Un Proyecto de Ley define la naturaleza jurídica y el funcionamiento de estas entidades que se denominarán
Más detallesPRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN
PRESTACIONES SOCIALES EN CASO DE JUBILACIÓN En Suiza existen dos seguros que pueden ofrecer prestaciones de jubilación: el Seguro de Vejez y Supervivencia y el Sistema de Fondos de Pensiones o Previsión
Más detallesALCALDIA DE POPAYAN RECONOCIMIENTO DE INCAPACIDADES
Página 1 de 8 1. OBJETIVO Establecer la metodología para el reconocimiento de que presentan los servidores públicos cuando sufren una enfermedad o accidente de origen común o de trabajo, o goza de una
Más detallesPRINCIPIOS PERSONAS PROTEGIDAS PERSONAS PROTEGIDAS
SEGUROS SOCIALES DE SALUD SEGURO SOCIAL DE SALUD COMUN SEGURO SOCIAL DE SALUD LABORAL Prestaciones preventivas Prestaciones médicas Prestaciones económicas PRINCIPIOS SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO
Más detallesIdentificación Norma: LEY-19345 Fecha Publicación: Fecha Promulgación: Organismo: Ultima Modificación:
Identificación Norma: LEY-19345 Fecha Publicación: 07.11.1994 Fecha Promulgación: 26.10.1994 Organismo: MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Ultima Modificación: DS 168 S PREVISION SOC Fecha Ultima
Más detallesFonasa. Isapres. FONASA o ISAPRE? Tipo de institución... Se consideran beneficiarios del seguro de salud... Afiliación... Tu contrato...
Antes de tomar una decisión infórmese FONASA o ISAPRE? Todos los trabajadores dependientes tienen la obligación de destinar el 7% de su sueldo bruto a una aseguradora de salud. En el siguiente cuadro te
Más detallesGuillermo Vidal Giordano Subjefe de la División de Toma de Razón y Registro
PROBLEMAS QUE SUSCITAN LOS RECONOCIMIENTOS DE TIEMPO, AFILIACIONES Y DESAFILIACIONES DE LOS SISTEMAS DE PREVISIÓN DE FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN EN RELACIÓN AL SISTEMA DEL DECRETO LEY 3.500, DE 1980 Guillermo
Más detallesTema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones.
Tema 5: Seguridad Social Derecho a las prestaciones. La Seguridad Social es el sistema público por el que el Estado se encarga de proteger a los ciudadanos en determinadas situaciones que precisan asistencia
Más detallesREGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MEDICAS POR LAS COMPIN E INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL
REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURÍDICA Mmh. REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MEDICAS POR LAS COMPIN E INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL DTO. N 3 DE 1984 Publicado en el
Más detallesINCORPORACIÓN DE TRABAJADORES (AS) INDEPENDIENTES AL SEGURO LEY Nº 16.744. Instituto de Seguridad Laboral Ministerio del Trabajo y Previsión Social
INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES (AS) INDEPENDIENTES AL SEGURO LEY Nº 16.744 Instituto de Seguridad Laboral Ministerio del Trabajo y Previsión Social Instituto de Seguridad Laboral El Instituto de Seguridad
Más detallesLa Lactancia Materna en Brasil en el marco de la normativa sobre licencias maternales 1
La Lactancia Materna en Brasil en el marco de la normativa sobre licencias maternales 1 En Brasil existe una preocupación particular respecto de la lactancia materna que se traduce en la creación de un
Más detallesVICERRECTORÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Departamento de Personal; Materias: Ley Nº 20.305. Ley Nº 20.255.
VICERRECTORÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Departamento de Personal; Materias: Ley Nº 20.305. Ley Nº 20.255. Proyecto: Incentivo al Retiro (Ley Nº 20.374) Exposición Auditorio Facultad
Más detallesLEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS TITULO VI PROTECCION DE LA FAMILIA EN EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS TITULO VI PROTECCION DE LA FAMILIA EN EL PROCESO SOCIAL DE TRABAJO Descanso pre y post natal Artículo 336. La trabajadora en estado de gravidez
Más detallesSeguro de Salud Vida Security
Seguro de Salud Vida Security En qué consiste este beneficio corporativo? Red Educacional GEC ha querido apoyar a sus colaboradores y sus familias a través de un beneficio corporativo en un área tan importante
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 PENSIONES. Previsión Social Pública 1o Seguridad Social
PENSIONES Previsión Social Pública 1o Seguridad Social Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos
Más detallesDeben cotizar respecto al 40% de su renta imponible anual, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario
En atención a la información solicitada, en relación a los cambios que se introducen en la Ley 20.255 (Reforma Previsional) del año 2008, donde se estableció que los trabajadores independientes que emiten
Más detallesARTICULO 1º Conceptos Los términos utilizados en las siguientes disposiciones tendrán el significado establecido en el Convenio.
ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Y LA REPUBLICA DE CHILE SOBRE PENSIONES PARA LA EJECUCION DEL CONVENIO DE FECHA 05 DE MARZO DE 1993 Las Oficinas de Enlace y los Organismos
Más detallesEL PORTAL DE LOS EXPERTOS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS DE CHILE INSTRUCTIVO PARA EL EXPOSITOR LEY Nº 16.744
EL PORTAL DE LOS EXPERTOS EN INSTRUCTIVO PARA EL EXPOSITOR LEY Nº 16.744 info@sigweb.cl LEY N 16.744 OBJETIVO Explicar que Ley empezó a regir el 01 05 1968 (40 años), y obliga a la empresa a proteger eficazmente
Más detallesCONSULTAS SOBRE COTIZACIONES PREVISIONALES CONTRATOS A HONORARIOS
CONSULTAS SOBRE COTIZACIONES PREVISIONALES CONTRATOS A HONORARIOS 1.- Consulta: La ley N 20.255 indica como obligatoria la cotización de AFP a contar del 2015 y la cotización de salud a contar del año
Más detallesSANTIAGO, 4 de enero de 1984
SANTIAGO, 4 de enero de 1984 Decreto Supremo N 3, de Salud, de 1984 1 REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMPIN E INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL Publicado en el Diario Oficial
Más detallesGUIA DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
GUIA DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO Queremos ayudarte Con el ánimo de guiar a empresas y trabajadores en el caso de Accidente de Trabajo, Mutua Montañesa pone a tu disposición esta guía de
Más detallesSistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas
1 Sistema de Seguridad Social Régimen de Clases Pasivas LA JUBILACIÓN A PARTIR DE 2013 A c t u a l i z a d o a 4 d e a b r i l d e 2 0 1 3 Información previa El régimen de clases pasivas se halla en una
Más detalles2.- En las empresas que tengan contratados menos de 100 empleados sigue tal como hoy, es decir, el SIS es de CARGO DEL EMPLEADO.
Fecha: 10 de Julio 2009 Autor: Proyecto - Soporte Departamento: Soporte Softland Distribución: Pública REFORMA PREVISIONAL Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) A contar de las remuneraciones devengadas
Más detallesINFORME DE GESTIÓN PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2013
INFORME DE GESTIÓN APELACIONES EFECTUADAS POR TRABAJADORES EN CONTRA DE RESOLUCIONES DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N 16.744, SOBRE CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO, INCLUIDOS LOS DE
Más detallesfiub^02-/] f,ep/ MEDICAS, A LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E Santiago, 3 - j jl 2003 LA FORMA EN QUE DEBEN EMITIR LAS RESOLUCIONES QUE
GOBIERNO DE CHILE SUPERINTENDENCIA DE ISAPRES SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL fiub^02-/] f,ep/ CIRCULAR N 71 circularn0 2 u o 7 Santiago, 3 - j jl 2003 IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS UNIDADES DE LICENCIAS
Más detallesPENSIÓN, APORTES VOLUNTARIOS, RETIROS POR TRASLADO DE RÉGIMEN Concepto 2006057510-001 del 24 de enero de 2007.
PENSIÓN, APORTES VOLUNTARIOS, RETIROS POR TRASLADO DE RÉGIMEN Concepto 2006057510-001 del 24 de enero de 2007. Síntesis: Cuando el afiliado decida trasladarse de régimen pensional el legislador señala
Más detallesDECRETO N 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 Y RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES.
FICHA TÉCNICA Nº 02 JUNIO - 2005 Programas Preventivos Educación Sector TEMA: DECRETO N 313 INCLUYE A ESCOLARES EN SEGURO DE ACCIDENTES DE ACUERDO CON LA LEY Nº 16.744 Y RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES.
Más detallesGuía sobre la contratación de Trabajadores(as) de Casa Particular
Guía sobre la contratación de Trabajadores(as) de Casa Particular Quiénes son trabajadores(as) de casa particular? De acuerdo con lo establecido en el Art. 146 del Código del Trabajo son trabajadores de
Más detallesCuenta de indemnización
Cuenta de indemnización Indemnización Obligatoria Trabajador Casa Particular Se entiende por indemnización de trabajador de casa particular, a la que tienen derecho estos trabajadores, pagada al término
Más detallesGuía de la Previsión Social 2014
Guía de la Previsión Social 2014 Sistema Previsional Chileno Garantiza el derecho a la protección social de todas las personas que desarrollan su vida laboral en Chile. Provee de apoyo en casos como enfermedad,
Más detallesNUEVO PROCEDIMIENTO EN LA GESTIÓN DE LAS BAJAS DE ENFERMEDAD PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO AFILIADO A MUFACE
NUEVO PROCEDIMIENTO EN LA GESTIÓN DE LAS BAJAS DE ENFERMEDAD PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO AFILIADO A MUFACE 1 En el caso de enfermedad, accidente o riesgo durante el embarazo, el funcionario/a se quedará
Más detallesLa norma entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el día 1 de septiembre de 2014.
Núm. 29/2014 Gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Barcelona, miércoles, 30 de julio de 2014 Se ha publicado en el
Más detallesPROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
PROPUESTA PRESENTACIÓN. PROYECTOS FONDO PARA LA EDUCACIÓN PREVISIONAL FEP 2014 PUBLICO OBJETIVO: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Seguridad Social. La seguridad social es la protección que una sociedad proporciona
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0600/2009
Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad
Más detallesInformativo Legal. Ahorro Previsional Voluntario. Qué alternativas de ahorro previsional existen? de ahorro previsional?
24 Ahorro Previsional Voluntario Qué alternativas de ahorro previsional existen? Existen tres alternativas de ahorro previsional: Cotizaciones Voluntarias: son las sumas de dinero que los trabajadores
Más detallesLA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 1. INTRODUCCIÓN
NOTAS LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MAGISTERIO DE EMPLEO Y CONTRATADO * 35.088.36(46) Por MANUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ Sumario: 1. Introducción. 2. Maestros interinos y Maestros sustitutos. 3. Configuración,
Más detallesBoletín Informativo acerca de las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones (SNP)
Boletín Informativo acerca de las características del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y del Sistema Nacional de Pensiones () 1.- Por qué es importante informarse adecuadamente respecto de los sistemas
Más detallesEn este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que:
Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos. I La Ley
Más detallesINFORMA E IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE NUEVO LIMITE MAXIMO IMPONIBLE REAJUSTADO
CIRCULAR IF/ N 111* Santiago, 27 ene 2010 INFORMA E IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE NUEVO LIMITE MAXIMO IMPONIBLE REAJUSTADO Esta Intendencia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley, en especial,
Más detallesPROTOCOLO DE ACCIÓN ACCIDENTES ESCOLARES 2013
PROTOCOLO DE ACCIÓN ACCIDENTES ESCOLARES 2013 INTRODUCCIÓN En 12 de mayo de 1972 el Estado de Chile, mediante el decreto supremo 313, estableció que todos los estudiantes del país tienen derecho a un seguro
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL HISTORIAL DE CAMBIOS. Página 1 de 5 NUMERO DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA VERSIÓN
HISTORIAL DE CAMBIOS 1.0 Resolución Reglamentaria No. 023 de noviembre 23 de 2007. Se modificó el objetivo así: Garantizar a través de las actividades establecidas, el correcto proceso de afiliación y/o
Más detallesCapitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo
Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL REPORTE DE ENFERMEDAD PROFESIONAL 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. RESPONSABILIDAD
PAGINA: 1 de 8 1. OBJETIVO Este instructivo tiene por objetivo orientar a todos los funcionarios y contratistas de prestación de servicios sobre la forma de tramitar medica y administrativamente las enfermedades
Más detallesINSTRUCTIVO No SAP 06/2003 INSTRUCTIVO SOBRE EL ESTADO DE CUENTA INDIVIDUAL DE AHORRO PARA PENSIONES Y DE LA LIBRETA DE AHORRO PARA PENSIONES
El Superintendente de Pensiones: en el ejercicio de las facultades legales contempladas en el artículo 13 literal b) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones, EMITE el siguiente Instructivo:
Más detallesREQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ESTABLECIDOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES Y EL REGLAMENTO 522-06
REQUERIMIENTOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ESTABLECIDOS EN EL SEGURO DE RIESGOS LABORALES Y EL REGLAMENTO 522-06 SEGURO DE RIESGOS LABORALES (SRL) Finalidad del SRL Beneficiarios del SRL Cobertura del
Más detalles