A N E X O D E A C T U A L I Z A C I Ó N - A B R I L 2 0 1 4 ACTUALIZ ACIONES ANTERIORES: MARZO 2012 / AG O S TO 2012 / OCTUBRE 2012 / MARZO 2013 Colección Práctica Ac t u a c i ó n Pro fesional Guía prác tica para el Contador Mario Rapisarda Marcelo Zangaro APORTES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. INCREMENTO A PARTIR DEL DEVENGADO MARZO 2014 LA AFIP ESTABLECIÓ LOS NUEVOS IMPORTES DE LOS APORTES PREVISIONALES DE LOS TRA- BAJADORES AUTÓNOMOS QUE REGIRÁN A PARTIR DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO MENSUAL CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEVENGADO MARZO DE 2014 -CON VENCIMIENTO EN EL MES DE ABRIL DE 2014- Y SIGUIENTES. FUENTE: AFIP PARA UN USO ÓPTIMO DE LA OBRA, PROCEDER COMO SE INDICA A CONTINUACIÓN:
Mario Rapisarda Marcelo Zangaro Actuación Profesional Guía práctica para el Contador Página 1 REEMPLAZAR LOS CUADRO DE LAS PÁGINAS 218, 219, 220 Y 221, BAJO EL TÍTULO "APORTES MEN- SUALES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS", POR LOS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN: Aportes mensuales de los trabajadores autónomos Categorías mínimas de revista devengado marzo 2014 Concepto Porcentaje Vigencia: desde el 1/3/2014 al 31/8/2014 I I'(*) II II'(*) III III'(*) IV IV'(*) V V'(*) Renta imponible 1.598,33 2.237,65 3.196,67 5.114,66 7.032,65 Aporte 16 255,73 255,73 358,02 358,02 511,47 511,47 818,35 818,35 1.125,22 1.125,22 personal 11/14 175,82 223,77 246,14 313,27 351,63 447,53 562,61 716,05 773,59 984,57 jubilación INSSJP (1) 5 79,92 79,92 111,88 111,88 159,83 159,83 255,73 255,73 351,63 351,63 Total aporte (2) 511,47 559,42 716,04 783,17 1.022,93 1.118,83 1.636,69 1.790,13 2.250,45 2.461,43 (*) Trabajadores autónomos con tareas diferenciadas Actividades de los trabajadores autónomos Grupos de actividades Ingresos brutos obtenidos en el Tablas Categorías Importe último año mensual (2) Dirección, administración o conducción de socie- Mayores a $ 30.000 V $ 2.250,45 dades comerciales o civiles, regulares o irregulares, Mayores a $ 15.000 y menores o iguales I IV $ 1.636,69 y socios de sociedades de cualquier tipo a $ 30.000 Menores o iguales a $ 15.000 III $ 1.022,93 Actividades no incluidas en el punto anterior que Mayores a $ 20.000 II II $ 716,04 constituyan locaciones o prestaciones de servicios Menores o iguales a $ 20.000 I $ 511,47 Resto de las actividades no comprendidas en los Mayores a $ 25.000 III II $ 716,04 puntos anteriores Menores o iguales a $ 25.000 I $ 511,47 Afiliaciones voluntarias Sin limitación I $ 511,47 Menores de 18 años hasta 21 años Sin limitación $ 511,47 Jubilados por la L. 24241 Sin limitación IV $ 431,55 Amas de casa y ex agentes de la Administración Pública Sin limitación $ 175,82 1 Se lleva a cabo esta apertura a los fines de poder liquidar accesorios en los casos que correspondan. El aporte personal del trabajador autónomo se encuentra constituido por un 16% que deberá considerarse contribución, a los fines de liquidar intereses (Código 358) para el F. 801 E, y 11% o 14% (para tareas diferenciales) como aporte (Código 308) 2 Fuente: AFIP
Página 2 Anexo de Actualización - Abril 2014 Concepto Porcentaje Trabajadores Menores de Afiliaciones Amas de jubilados 1 21 años voluntarias casa 2 I I I I Renta imponible 1.598,33 1.598,33 1.598,33 1.598,33 Aporte personal 16 255,73 255,73 255,73 - Jubilación nov-14 175,82 175,82 175,82 175,82 INSSJP 5-79,92 79,92 - Total aporte 32/35 431,55 511,47 511,47 175,82 Categorización de directores, administradores y socios Diferentes situaciones que se pueden presentar en función del tipo de organización Sociedades anónimas Directores (*) Pagan todos Hasta 15.000 III $ 1.022,93 Directores suplentes No pagan Accionistas Rentistas: no pagan Otros: si tienen actividad y su partici- Hasta 15.000 III $ 1.022,93 pación es igual o mayor al resto de los accionistas, o si todos éstos se encuentran unidos por un vínculo de Padres, abuelos, hijos, parentesco hasta el 2º grado de nietos, hermanos, sueconsanguinidad y/o afinidad gros, yernos, nueras y cuñados Síndicos Abonan por la profesión (contador o abogado). Pueden incorporarse en forma voluntaria Integrantes del Sólo si perciben retribución Hasta 15.000 III $ 1.022,93 consejo de vigilancia Sociedades Socios Pagan todos de hecho o Hasta 15.000 III $ 1.022,93 irregulares * El mismo tratamiento tendrán los gerentes de SA con funciones ejecutivas (art. 270, L. 19550). 1 Corresponde a los aportes mensuales de beneficiarios de prestaciones previsionales de la L. 24241 que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma 2 Por L. 24828 y R. (SAFJP) 399/1997, a partir del período agosto de 1997, inclusive, las amas de casa podrán optar por ingresar al SIPA una alícuota diferencial del 11% con destino a cuentas individuales del régimen de capitalización, calculada sobre la renta imponible mensual de la categoría más baja, pudiendo optar por una categoría superior
Mario Rapisarda Marcelo Zangaro Actuación Profesional Guía práctica para el Contador Página 3 Sociedades Administradores Pagan todos colectivas (socio/tercero) Hasta 15.000 III $ 1.022,93 Socio/socios Incorporación obligatoria sólo para los que Si no tienen administrador designado, ídem tienen actividad "sociedades de hecho". Si tienen administrador de- Incorporación voluntaria de los rentistas signado, sólo se incorporan en forma obligatoria cuando el contrato designa un si todos los socios se encuentran unidos por administrador vínculo familiar, o si poseen una participación igualitaria o mayoritaria Sociedades Socio capitalista Ídem socios de sociedades colectivas de capital Socio industrial Incorporación obligatoria cuando su e industria participación es igual o mayor al resto de Hasta 15.000 III $ 1.022,93 los socios Ambos socios Cuando el total de integrantes esté ligado por vínculo de parentesco Hasta 15.000 III $ 1.022,93 Sociedades en Comanditado Paga comandita único Hasta 15.000 III $ 1.022,93 simple o por acciones Más de un Pagan los que posean participación igualicomanditado taria o mayor al resto de los socios, en fun- ción del capital comanditado exclusiva- Hasta 15.000 III $ 1.022,93 mente (siempre que tengan actividad y que no haya un administrador designado) Comanditados Cuando estos socios se encuentren unidos por vínculo de parentesco, deben pagar todos Hasta 15.000 III $ 1.022,93 Comanditarios UTE/ACE Administradores Pagan autónomos Consorcios de Hasta 15.000 III $ 1.022,93 cooperación Partícipes No pagan. Pueden incorporarse en forma voluntaria [art. 3, inc. b), pto. 2, L. 24241] Sociedades Administradores Socios o terceros que ejerzan la administra- civiles ción (incorporación obligatoria) Hasta 15.000 III $ 1.022,93 Socios Incorporación obligatoria: cuando presten algún servicio o actividad para la sociedad
Página 4 Anexo de Actualización - Abril 2014 Asociaciones Órgano de civiles, fun- administración Sólo abonarán cuando perciban honorarios II daciones y por sus tareas (independientemente del Hasta 25.000 I $ 716,04 Comisión directiva mutuales carácter honorario del cargo) (*) Más de 25.000 II $ 511,47 Consejo de administración Cooperativas Miembros del Incorporación obligatoria: quienes perciban retribución por sus funciones consejo de administración Incorporación voluntaria: quienes no perciban retribuciones Socios de coope- Incorporación obligatoria de todos los I rativas de trabajo socios Hasta 20.000 I $ 716,04 Más de 20.000 II $ 511,47 II Hasta 25.000 I $ 716,04 Más de 25.000 II $ 511,47 (*) Art. 20, L. 19836