Preguntas y respuestas sobre el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias

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d) Acreditar la condición de agricultor activo. Los titulares de explotaciones agrarias prioritarias quedan exentos de acreditar tal condición.

Transcripción:

Preguntas y respuestas sobre el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias

Qué es una Entidad Asociativa Prioritaria? Una entidad asociativa agroalimentaria de ámbito supra-autonómico que cumple unos determinados requisitos establecidos en la Ley 13/2013 y el Real Decreto 550/2014, siendo reconocida como tal por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Qué beneficios supone su reconocimiento? El acceso preferente a determinadas ayudas y subvenciones del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y de algunas comunidades autónomas, tanto para la entidad asociativa, como para sus entidades asociadas y los productores primarios en ellas asociados. Quién puede ser Entidad Asociativa Prioritaria? Cooperativas y Sociedades Cooperativas Agroalimentarias. Grupos cooperativos. Sociedades Agrarias de Transformación. Entidades civiles o mercantiles, siempre que más del 50 por ciento de su capital pertenezca a sociedades cooperativas, a organizaciones de productores o a sociedades agrarias de transformación. Organizaciones de productores. Qué plazo tengo para reconocerme como Entidad Asociativa Prioritaria? No existe un plazo limitado. La ventanilla de acceso al reconocimiento está siempre abierta para la presentación de solicitudes de reconocimiento.

Cuál es el objetivo del apoyo a las Entidades Asociativas Prioritarias? Incrementar la dimensión de las estructuras asociativas agroalimentarias para fortalecerlas y favorecer su competitividad, modernización e internacionalización. La Ley 13/2103 que crea esta figura tiene como fines: a) Fomentar la agrupación de los primeros eslabones que conforman la cadena alimentaria, mediante la fusión o integración de las entidades asociativas, con el objeto de favorecer su redimensionamiento, mejorar su competitividad y contribuir a la valorización de sus producciones. b) Mejorar la formación de los responsables en la gobernanza y gestión de dichas entidades, en especial en las nuevas herramientas e instrumentos de gestión. c) Contribuir a la mejora de la renta de los productores agrarios integrados en las entidades asociativas. d) Favorecer la integración de los productores en entidades asociativas prioritarias, así como en cualquiera de las entidades asociativas que se indican en el artículo 1.3, a fin de mejorar su posición en el mercado y su participación en el proceso de valorización y comercialización de sus productos. Es necesario crear una nueva forma jurídica? No es imprescindible crear una nueva estructura jurídica. Podrán solicitar y obtener el reconocimiento como Entidad Asociativa Prioritaria tanto entidades ya existentes, como aquellas que pretendan constituirse, que cumplan con el conjunto de requisitos establecidos para dicho reconocimiento.

Qué requisitos se exigen? Implantación y ámbito de actuación económico de carácter supraautonómico. Comercialización conjunta de la totalidad de la producción. Entrega de la totalidad de la producción por parte de los productores. Un volumen anual mínimo de facturación (montantes recogidos en el anexo a este documento). Control democrático en su funcionamiento y en la toma de decisiones. Quién otorga el reconocimiento? La Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, previa consulta a las Comunidades Autónomas. Qué líneas de ayudas hay a día de hoy por parte del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente? Las incluidas dentro de las medidas de integración asociativa del Programa Nacional de Desarrollo Rural. Hay cinco tipos de ayudas diferentes: Acciones de formación profesional para dirigentes y directivos. Actividades de demostración e información destinadas a productores primarios. Inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas. Proyectos de cooperación medioambiental en materia de eficiencia energética y para el uso de energías renovables. Proyectos de cooperación en suministro de biomasa.

Reconocerse como Entidad Asociativa Prioritaria, excluye de otras ayudas? No, el ser Entidad Asociativa Prioritaria no limita que puedan solicitarse ayudas ante distintas administraciones, siempre y cuando no se destinen a la misma finalidad y objeto. Por ejemplo, no se puede solicitar a través de dos líneas de ayuda distintas, subvención para construir la misma instalación. Cuál es la validez del reconocimiento? El reconocimiento es indefinido y se revisa anualmente en base en la información que ha de suministrar la Entidad Asociativa Prioritaria. Qué obligaciones tengo una vez reconocida? Para la revisión anual del reconocimiento es necesario presentar: - Relación de productores que formen parte de la Entidad Asociativa Prioritaria y de las entidades que la integran. - Memoria económica y social anual e informe auditor correspondiente en caso de que dispongan del mismo. Además, se debe comunicar toda modificación que afecte al reconocimiento como Entidad Asociativa Prioritaria. Cuánto se tarda en reconocer una Entidad Asociativa Prioritaria? El ministerio dispone de un plazo de seis meses para pronunciarse sobre el reconocimiento.

Cuesta dinero? No, no es necesario devengar ninguna tasa por los trámites administrativos. Cómo puedo informarme más sobre este tema? - En la web del ministerio: http://www.mapama.gob.es/es/alimentacion/temas/ley-de-fomento-dela-integracion-cooperativa/entidades-asociativas-prioritarias/ - O contactando con la Subdirección General de Fomento Industrial e Innovación (91 347 53 46, sgfi@magrama.es)

VOLÚMENES MÍNIMOS DE FACTURACIÓN REQUERIDOS PARA EL RECONOCIMIENTO POR PRODUCTO (Los valores de facturación se reducirán un 30% cuando la entidad solicitante será una cooperativa agroalimentaria de primer grado.) PRODUCTOS AGRÍCOLAS FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD 1 (Millones de euros) ACEITE DE OLIVA 500 ACEITUNA DE MESA (elaborada) 150 CULTIVOS HERBACEOS (excepto arroz) 300 ARROZ 60 ALGODÓN 20 FORRAJES DESHIDRATADOS 50 REMOLACHA (azucarera) TABACO 40 FLORES Y PLANTAS DE VIVERO 25 FRUTAS Y HORTALIZAS FRESCAS Y TRANSFORMADAS (excepto patata y tomate transformado) 30 500 CITRICOS 300 FRUTAS DE HUESO 125 FRUTAS DE PEPITA 80 FRUTAS TROPICALES Y SUPTROPICALES Y PLATANOS 100 HORTALIZAS (excepto patata) 400 PATATA 40 TOMATE TRANSFORMADO 90 TRANSFORMADOS HORTOFRUTÍCOLAS (EXCEPTO TOMATE) FRUTOS SECOS 40 MOSTOS, VINOS Y ALCHOLES 100 70 1 Facturación total de la entidad y de sus entidades participadas (importe neto cifra de negocios).

PRODUCTOS GANADEROS FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD 2 (Millones de euros) ALIMENTACION ANIMAL 225 APÍCOLA 20 AVICULTURA DE CARNE 350 AVICULTURA DE PUESTA 70 CARNE DE CONEJO 35 LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS 650 OVINO Y CAPRINO DE CARNE 100 OVINO DE LECHE Y CARNE 75 CAPRINO DE LECHE Y CARNE 40 PORCINO BLANCO 150 PORCINO IBERICO 50 VACUNO DE CARNE 70 OTRAS CATEGORÍAS FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD 2 (Millones de euros) PRODUCCIÓN FORESTAL 20 SUMINISTROS Y SERVICIOS 350 RECONOCIMIENTO GENÉRICO RECONOCIMIENTO GENÉRICO FACTURACIÓN TOTAL DE LA ENTIDAD 2 (Millones de euros) CONJUNTO DE PRODUCTOS COMERCIALIZADOS POR LA ENTIDAD 750 2 Facturación total de la entidad y de sus entidades participadas (importe neto cifra de negocios).