COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL DIRECTORIO DE PETROPERÚ S.A.

Documentos relacionados
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

Reglamento del Comité de Auditoria:

Reglamento Comité de Desarrollo de la Organización, Talento Humano y Remuneración

Reglamento Comité de Auditoría y Gestión de Riesgos

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

ANEXO NO. 8 BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ FINANCIERO Y DE INVERSIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ S.A.

ANEXO NO. 7 REGLAMENTO COMITÉ DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ INTEGRAL DE RIESGOS RG-006 VERSIÓN 002

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. CONTENIDO

REGLAMENTO COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS CAJA RURAL DE TERUEL

GUÍA DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DE LA COMISIÓN DE INFORMÁTICA DEL FONDO DE CULTURA ECONÓMICA

Informe de actividades ejercicio 2015

REGLAMENTO INTERNO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO

M A N D A T O COMITE DE GOBIERNO CORPORATIVO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN. DE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, S.A. DE C.V.

INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EJERCICIO 2015

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ EJECUTIVO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA PROFUTURO AFP

Informe sobre las funciones y actividades 2012 del Comité de Auditoria de Almirall, S.A.

MANDATO. SERVICIOS CORPORATIVOS CREDITO FAMILIAR, S.A. DE C.V. (Servicios CF)

REGLAMENTO COMITÉ DE SOSTENIBILIDAD Y GOBIERNO CORPORATIVO GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ

REGLAMENTO DE COMITÉ DE AUDITORÍA Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTENIDO

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA S.A. CRCC S.A.

Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Interno del Sistema de Manejo Ambiental

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA. Código: REG División de Organización y Métodos. Área de Desarrollo Área Legal

REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM.

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE BANCO CAIXA GERAL S.A

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE MEDICINA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN DE BIOSEGURIDAD

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS Y AUDITORÍA DE CAJA RURAL DE SALAMANCA

ESTATUTOS DEL COMITÉ DE ÉTICA DE LA ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA DE SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. Enero 2016

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL FEDERACION ESPAÑOLA DE SURF

Reglamento Interior del Consejo Veracruzano de Armonización Contable

Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes

DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA

BMC Bolsa Mercantil de Colombia SA REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO

REGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE PUBLICACIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

REGLAMENTO DEL COMITÉ CONSULTIVO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE INMUNIZACIONES

COMITÉS AUXILIARES. El Consejo de Administración de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. cuenta con los siguientes comités auxiliares:

CAPÍTULO 1-15 COMITÉS DE AUDITORÍA. 1. Consideraciones Generales.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO.

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A. CAF

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA DE BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A.

ANEXO NO. 6 REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CAPÍTULO I DE LA GESTIÓN DE RIESGOS EN EL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

Holcim (Costa Rica), S.A. y Subsidiarias (Compañía Costarricense)

Sociedad Nacional de Crédito. Institución de Banca de Desarrollo

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE RIESGOS DE SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. Julio 2015

CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DE YUCATAN, A. C.

DATOS DE ASISTENCIA Y RESULTADO DE LAS VOTACIONES EN LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE MAPFRE, S.A. CELEBRADA EL DATOS DE ASISTENCIA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GERENCIA GENERAL

Reglas de organización y funcionamiento, así como responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las Comisiones del Consejo.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE BANCÓLDEX

VALÓREM S.A. REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA CAPÍTULO PRIMERO OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, COMPOSICIÓN

REGLAMENTO DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO I DE SU NATURALEZA Y COMPOSICION

ESTATUTO DE AUDITORÍA INTERNA DE BANCA MARCH

ANEXO NO. 5 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PORTAFOLIO DE INVERSIONES CAPÍTULO I DE LAS INVERSIONES EN EL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

E S T A T U T O S.=========================================================

QUE ES EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL - COPASO?

CRÉDITO FAMILIAR S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT.

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DE EDP RENOVÁVEIS, S.A.

En ese sentido, se aprobó la modificación de los artículos 5, 6 y 11 del Reglamento del Directorio de Refinería La Pampilla S.A.A.

COMITÉ DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS - REGLAMENTO - GERENCIA DE RIESGOS - REGLAMENTO DEL CGIR

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA

CONVOCATORIA CONSEJO DIRECTIVO CENTRO DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA QUÍMICA.

Reglamento del Comité de Ética en Investigación Hospital San José Callao JUNIO

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PRENSA Y PROPAGANDA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

CAPÍTULO I GENERALIDADES.

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORIA OLD MUTUAL SEGUROS DE VIDA S.A.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA BANCO CORPBANCA COLOMBIA S.A.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD

REGLAMENTO NACIONAL DE COPASOS SALUD OCUPACIONAL ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO P. Jose Fernando Ospina Gomez Vicepresidente de Talento Humano

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA COMISIÓN DE ASESORAMIENTO Y AYUDA AL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA DE BBVASEGUROS, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS

Transcripción:

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL DIRECTORIO DE PETROPERÚ S.A. A/D Nº 078-2013-PP 19 de agosto de 2013

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL DIRECTORIO DE PETRÓLEOS DEL PERÚ PETROPERÚ S.A. ARTÍCULO 1.- Objetivo del Comité de Auditoría y Control El Comité de Auditoría y Control del Directorio de PETROPERÚ S.A., en adelante denominado Comité de Auditoría y Control, es de carácter permanente y se rige por el presente Reglamento Interno y por la legislación que le resulte aplicable. Al Comité de Auditoría y Control le corresponde supervisar los temas relacionados con gestión de riesgos y control interno; el proceso de elaboración de la información económica financiera relevante; así como revisión y seguimiento de los resultados obtenidos de la ejecución de las labores de auditoría externa, interna y de la Contraloría General de la República. ARTÍCULO 2.- Ámbito de Aplicación El presente Reglamento es de aplicación general y obligatoria para los integrantes del Comité de Auditoría y Control. Los miembros del Comité de Auditoría y Control, tienen la obligación de conocer y cumplir las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. ARTÍCULO 3.- Composición del Comité de Auditoría y Control (modificado por Acuerdo de Directorio Nº 102-2014-PP, del 27 de noviembre de 2014) El Comité de Auditoría y Control está integrado por tres (3) miembros del Directorio, dos (2) de los cuales deben ser Directores Independientes y son designados por el propio Directorio para periodos de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos por un plazo igual o inferior. En caso que quedara vacante el cargo de miembro del Comité de Auditoría y Control, el Directorio elegirá a un nuevo miembro por el plazo faltante para completar el período. Una vez concluido el período de su designación, los miembros del Comité de Auditoría y Control continuarán ejerciendo el cargo hasta la designación de sus sucesores, siempre y cuando mantengan su condición de miembros del Directorio. Los Directores Independientes integrantes del Comité de Auditoría y Control se comprometen por escrito a aceptar su designación y a mantener su condición de independiente durante el ejercicio de sus funciones, así como informar cualquier situación que afecte tal calidad. Al momento de designar a los miembros del Comité de Auditoría y Control, el Directorio, designará al menos a un Director que cuente con formación y experiencia en temas financieros y contables. Se entenderá por formación y experiencia en temas financieros y contables a aquella referida a: i. Entendimiento y manejo de estados financieros y de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Perú y de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Estados Unidos; y la aplicación de dichos principios contables para la realización de estimativos, causaciones y reservas. Pag. 2

ii. Experiencia en preparación, auditoría, análisis o evaluación de estados financieros, o experiencia en supervisión de quienes realicen y/o participen en estas actividades. iii. Experiencia en controles y procedimientos contables internos para la publicación de información financiera. La designación de un miembro con una formación y experiencia diferentes a las señaladas únicamente podrá ser efectuada en caso el Directorio no cuente con un Director con tales características. En este supuesto, se preferirá a aquel Director con conocimientos, formación y experiencia, más próximos a lo requerido. ARTÍCULO 4.- Funciones del Comité de Auditoría y Control Sin perjuicio de otras funciones que le asigne la Ley, el Estatuto Social y normas aplicables, el Comité de Auditoría y Control tendrá las siguientes funciones principales: 1. Recomendar al Directorio los lineamientos, políticas, principios y metodologías a ser aplicadas para fortalecer el sistema de control interno. 2. Supervisar la implementación del sistema de control interno y las recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República, auditores externos e internos. 3. Solicitar a la Secretaría Técnica del Comité de Auditoría y Control el informe ejecutivo sobre las comunicaciones de auditoría interna al Presidente del Directorio, incluyendo los resultados obtenidos por la Gerencia General. 4. Recomendar mejoras al sistema de control interno al Directorio y a la Gerencia General, con base en los resultados (informes, reportes u otros documentos) emitidos por la Contraloría General de la República, auditoría externa y demás entes de control externo y de fiscalización. 5. Mantener comunicación con los auditores externos e internos para recibir información sobre situaciones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el desempeño de sus funciones al interior de PETROPERÚ S.A. 6. Conocer los asuntos relacionados con el cumplimiento efectivo del Código de Integridad, así como del proceso de información financiera de PETROPERÚ S.A. 7. Conocer y hacer seguimiento a las denuncias de corrupción y fraude contable y financiero que impacten los estados financieros de PETROPERÚ S.A., así como de aquellas denuncias en asuntos relacionados con la ética y conflictos de interés. 8. Velar por mantener los canales de comunicación abiertos y directos entre el Directorio, el Comité de Auditoría y Control, la Gerencia General, los auditores internos y externos, en los asuntos de su competencia. 9. Revisar y emitir recomendaciones a los términos de referencia elaborados por el órgano competente de la empresa para la designación de los auditores externos independientes, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Pag. 3

10. Supervisar la integridad de las políticas financieras y contables de la empresa, el cumplimiento regulatorio, controles internos, reportes financieros, prácticas de presentación de informes financieros, asuntos financieros determinados tales como: estructura de capital de la empresa, transacciones financieras complejas, administración del riesgo financiero, planes de retiro y planeamiento tributario, en relación a asuntos de su competencia. 11. Vigilar el establecimiento de un sistema de gestión de riesgos para la empresa, que comprenda la identificación, valoración, definición de responsabilidades y planes de manejo y mecanismos de monitoreo. 12. Revisar los informes de niveles de exposición de riesgos elaborados por el/los órgano(s) competentes de la empresa, a efectos de determinar los más significativos y reportar al Directorio para disponer las acciones inmediatas, con el fin de minimizar su impacto. 13. Mantenerse informado de todos los servicios contratados con el auditor externo que dictaminó los estados financieros de PETROPERÚ S.A., distintos a los de auditoría financiera. 14. Revisar y proponer al Directorio, las modificaciones al Reglamento Interno del Comité de Auditoría Control. 15. Cualquier otra que le encomiende expresamente el Directorio de PETROPERÚ S.A. El Comité de Auditoría y Control no sustituye las funciones del Directorio ni de la Gerencia General sobre la supervisión y ejecución del sistema de control interno y gestión de riesgos de PETROPERÚ S.A., respectivamente. ARTÍCULO 5.- Presidente del Comité de Auditoría y Control El Presidente del Comité de Auditoría y Control es un director independiente elegido por el Directorio y tiene la función de presidir y dirigir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Auditoría y Control. El Presidente actúa como representante del Comité de Auditoría y Control ante el Directorio y por lo tanto, tendrá la misión de presentar e informar al Directorio sobre los acuerdos tomados en dicho Comité. ARTÍCULO 6.- Secretaría Técnica del Comité de Auditoría y Control El Comité de Auditoría y Control cuenta con una Secretaría Técnica a fin de que preste apoyo administrativo y asesoría al Comité. El Secretario Técnico es designado por el Comité de Auditoría y Control, el cual puede ser trabajador de PETROPERÚ S.A. o un asesor externo. El Secretario Técnico tiene entre sus principales funciones: 1. Asesorar y apoyar al Comité de Auditoría y Control en la implementación del sistema de control interno e implementación de recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República, auditoría externa y auditoría interna, dentro del ámbito de su competencia. Pag. 4

2. Llevar un registro de los acuerdos y pedidos que realicen los miembros del Comité de Auditoría y Control en cada sesión. 3. Coordinar con las Gerencias de la Estructura Básica de PETROPERÚ S.A. la atención de los pedidos y el cumplimiento de los Acuerdos adoptados por el Comité de Auditoría y Control, así como efectuar el seguimiento para su efectiva atención. 4. Elaborar los informes ejecutivos para el Comité de Auditoría y Control sobre las comunicaciones emitidas por la Contraloría General de la República, auditores externos y auditores internos al Presidente del Directorio, incluyendo los resultados obtenidos por parte de la Gerencia General. 5. Coordinar con la Gerencia General la capacitación al personal de dirección de PETROPERÚ S.A. sobre temas de control de gestión y riesgos, con el fin de fortalecer el sistema de control interno. 6. Cursar las citaciones y preparar la documentación de las sesiones del Comité de Auditoría y Control. 7. Redactar las actas de las sesiones del Comité de Auditoría y Control y conservar el archivo de las actas, acuerdos y demás documentación del Comité de Auditoría y Control. En caso de vacancia en el cargo, el Secretario Técnico debe entregar la documentación del Comité de Auditoría y Control a la Secretaría General de PETROPERÚ S.A. ARTÍCULO 7.- Participantes del Comité de Auditoría y Control Son miembros permanentes del Comité de Auditoría y Control los tres (3) miembros del Directorio y la Secretaría Técnica, esta último tendrá voz pero no voto. Además, pueden asistir, con carácter de invitados, los Auditores Externos, el Gerente de Auditoría Interna, el personal de la empresa o colaboradores externos a quienes el Comité de Auditoría y Control considere para realizar tareas específicas, tengan responsabilidades en los temas a tratar y cuya asistencia sea necesaria y oportuna para el desarrollo de la reunión. ARTÍCULO 8.- Reuniones del Comité de Auditoría y Control Para el cabal cumplimiento de sus funciones, el Comité de Auditoría y Control se reunirá ordinariamente, cada tres (3) meses. El Presidente del Comité de Auditoría y Control efectúa las convocatorias, así como, cuando lo acuerdan por unanimidad sus miembros, en cuyo caso, no se requiere convocatoria. El Comité de Auditoría y Control pueden realizar sesiones no presenciales, a través de video conferencias, medios electrónicos, o de otra naturaleza que permitan la comunicación y garanticen la autenticidad del acuerdo. Cualquier director puede oponerse a que se utilice este procedimiento y exigir la realización de una sesión presencial. ARTÍCULO 9.- Cronograma de Reuniones Los miembros del Comité de Auditoría y Control deben aprobar anualmente el cronograma de las reuniones ordinarias. Pag. 5

ARTÍCULO 10.- Medios de Convocatoria La convocatoria a reuniones se efectúa mediante comunicación escrita remitida a cada uno de los miembros, con una antelación no inferior a tres (3) días útiles a la fecha de celebración de la reunión. La comunicación puede ser enviada mediante esquelas con cargo de recepción o a través de cualquier medio idóneo, como correo, fax o correo electrónico con acuse de recibo. Estas deberán expresar también claramente el lugar, día, hora y agenda de la reunión. La comunicación es remitida por el Presidente del Comité de Auditoría y Control o por la Secretaría Técnica por encargo del Presidente. ARTÍCULO 11.- Quórum de las sesiones y adopción de acuerdos El Comité de Auditoría y Control puede deliberar siempre que concurran a la reunión como mínimo dos (2) de sus miembros. Las decisiones se toman por mayoría de los votos de los miembros presentes. En caso de empate en las votaciones, el asunto se someterá a consideración del Directorio. ARTÍCULO 12.- Estructura de las sesiones del Comité de Auditoría y Control Las sesiones del Comité de Auditoría y Control tiene la siguiente estructura como mínimo: 1. Informes 2. Pedidos 3. Orden del Día ARTÍCULO 13.- Informes presentados al Comité de Auditoría y Control El Comité de Auditoría y Control solicitará a las Gerencias que correspondan, los informes que requiera, de acuerdo al ámbito de su competencia. ARTÍCULO 14.- Finalización de la Reunión Una vez agotada la agenda de la sesión se dará por finalizada la reunión del Comité de Auditoría y Control. ARTÍCULO 15.- Actas Las actas de sesiones son llevadas en libros de actas legalizados y con hojas foliadas correlativamente. Corresponde al Secretario Técnico del Comité de Auditoría y Control la redacción de las actas de las sesiones en las que constarán los temas y asuntos tratados y/o debatidos, así como los acuerdos adoptados. Las actas deberán ser suscritas por el Presidente del Comité de Auditoría y Control y por la Secretaría Técnica. Cualquiera de los miembros del Comité de Auditoría y Control podrá suscribir las actas si lo considera conveniente. Pag. 6

ARTÍCULO 16.- Deberes y Responsabilidades de los Miembros del Comité de Auditoría y Control Para el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades, los miembros del Comité de Auditoría y Control estarán sujetos a los principios de actuación establecidos en el Reglamento de Régimen Interno de Organización y Funcionamiento del Directorio. ARTÍCULO 17.- Criterios para evitar conflictos de interés Los miembros del Comité de Auditoría y Control al momento de su incorporación deben suscribir un compromiso en donde se señale que tienen la firme convicción de que sus actividades profesionales y/o comerciales actuales no son incompatibles o contradictorias con las que ejerce como miembro del Comité de Auditoría y Control permanentemente. Asimismo, deben dejar constancia en actas su abstención de la participación de decisiones concernientes a temas que estuvieran sujetos a posibles conflictos de interés. ARTÍCULO 18.- Modificación del Reglamento del Comité de Auditoría y Control Cada vez que se efectúe una modificación al Reglamento Interno del Comité de Auditoría y Control, el Directorio, por intermedio de la Secretaría Técnica del Comité Auditoría y Control en coordinación con la Gerencia General, garantizará que el texto de la misma sea dado a conocer a los accionistas y al público en general a través de la página web de PETROPERÚ S.A. o la que haga sus veces. ARTÍCULO 19.- Interpretación y Prelación El Estatuto Social de PETROPERÚ S.A., el Reglamento de la Junta General de Accionistas y el Reglamento de Régimen Interno de Organización y Funcionamiento del Directorio primarán sobre el presente Reglamento en el evento de cualquier vacío, inconsistencia o conflicto. ARTÍCULO 20.- Inducción y Capacitación Los miembros del Comité de Auditoría y Control deben contar con un proceso de inducción, previo a la iniciación de sus funciones en el respectivo Comité. Asimismo, la Secretaría Técnica del Comité de Auditoría y Control brindará a los directores capacitación en los aspectos técnicos de los temas que son materia de las sesiones del Comité de Auditoría y Control, cada vez que éstos lo soliciten. Pag. 7