MANUAL DE PROCEDIMIENTOS



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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

LA OFICINA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADESPROFESIONALES DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, HA ELABORADO EL SIGUIENTE MANUAL, EN DONDE LA AGENCIA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL, ENCONTRARÁ TODA LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA ACTUAR CORRECTAMENTE EN CASO DE PRODUCIRSE UNA CONTINGENCIA LABORAL DE ALGUNO DE LOS BENEFICIARIOS ALCANZADOS POR TODO TIPO DE PLAN VIGENTE. DENUNCIAS DE SINIESTROS. Las Empresas o Empleadores adherentes al Programa Primer Paso, están obligadas a denunciar por escrito, inmediatamente de conocido, todo Accidente de Trabajo, Accidente In Itinere o Enfermedad Profesional que sufran sus trabajadores. Para realizar la denuncia de un Accidente de Trabajo, las Empresas o Empleadores adherentes, deberán utilizar el Formulario de Denuncia provisto para tal fin. Los Formularios de Denuncia, estarán a disposición en:

Oficina de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Gobierno de la Provincia de Córdoba Avda. Nores Martínez 2.649 - PB A Ba Jardín Edificio EDISUR Córdoba. E-mail: lfalfan@asecor.com.ar( Lucia Falfan). Web: www.asecor.com.ar Link Accidentes de Trabajo Gobierno de Córdoba Las denuncias deben hacerse a dicha Oficina, cumplimentando los dos pasos que se detallan a continuación: 1. Telefónicamente al 0800-888-1848. 2. Formulario de Denuncia (por triplicado). Original: Remitirlo dentro de las 48 Hs. a la Oficina de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Gobierno de la Provincia de Córdoba (Av. Nores Martínez 2.649 PB A Córdoba TEL/FAX 0800-555- 0848). Duplicado: Para el Prestador Medico. Triplicado: Para el Empleador adherente al Programa Primer Paso.

Si el accidente es In Itinere, la denuncia debe estar acompañada por exposición policial donde detalle si hubo automotores involucrados en dicha contingencia. Nota: El Formulario de Denuncia es de alta implicancia para las partes intervinientes, por lo que se recomienda la correcta cumplimentación del mismo. PRESTACIONES MÉDICAS Con el Formulario de Denuncia completo, el accidentado deberá concurrir al Prestador Medico que le corresponda. Si el Accidentado está en la Ciudad de Córdoba, deberá concurrir al Sanatorio Privado Aconcagua (Rondeau 455 Ba Nueva Córdoba). Si el accidentado es del Interior de la Provincia, llamar al 0800-888-1848 para solicitar un Prestador Medico en su Localidad o zona.

El accidentado o el Empleador adherente al Programa Primer Paso, debe enviar los certificados médicos por Fax al 0800-555-0848 hasta que se déla alta médica definitiva. Cuando el accidentado recibe el Alta Médica, debe remitir dicho certificado a esta Oficina (Av. Nores Martínez 2.649 Ba Jardín Córdoba) o enviarlo por Fax al 0800-555-0848. PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS Los medicamentos que los beneficiarios del Programa Primer Paso requieran como consecuencia de un Accidente de Trabajo o una Enfermedad Profesional, se deben solicitar de la siguiente manera: Personas que fueron atendidas en los prestadores médicos de la Ciudad de Córdoba, deben retirar sin cargo la medicaciónprescripta por el médico tratante en la Farmacia TALEB ubicada en Av. HipólitoIrigoyen 398 Córdoba. Personas que fueron atendidas en los prestadores médicos del Interior de la Provincia de Córdoba: Deben abonar la medicaciónprescripta por el médico tratante, y solicitar el reintegro correspondiente, según se indica en la sección Reintegro de Gastos Médicos.

TRASLADOS Los traslados que los beneficiarios del Programa Primer Paso requieran como consecuencia de un Accidente de Trabajo, se deben solicitar de 08:00 a 17:00 Hs. al TE: 0800-555-0848, con 48 Hs. de anticipación, en los siguientes casos: Controles Médicos (programados con turnos). Sesiones de Fisioterapia (programadas con turnos). Nota: En todos los casos, el Médico tratante debe especificar por escrito el tipo de Traslado requerido. Únicamente para los casos de necesidad de realizar traslados espontáneos (no se pueden programar), el accidentado debe guardar los comprobantes de pago que haya realizado (pasajes, ticket, facturas, etc.) y solicitar el reintegro según se indica en la sección Reintegros de Gastos Médicos. REINTEGROS DE GASTOS MEDICOS Cuando el accidentado por razones justificadas y de fuerza mayor, haya incurrido en gastos, sean estos médicos, farmacéuticos o de otra índole, deberáncomunicarse de 08:00 a 17:00Hs. a los TE: (0351) 570-

7046, donde serán informados de la documentación que deberán presentar para solicitar el reintegro correspondiente. SERVICIO DE SEPELIO Cuando a causa o como consecuencia de un Accidente de Trabajo, se produzca la muerte del beneficiario del Programa Primer Paso accidentado, se debe solicitar la cobertura del Servicio de Sepelio de la siguiente manera: La Dependencia del Gobierno de la Provincia de Córdoba donde prestaba servicio el Empleado accidentado, debe denunciar inmediatamente esta contingencia según se especifica en la sección Denuncias de Siniestros. Seguidamente el o los denunciantes deberán proveer a las operadoras del 0800-888-1848 de los siguientes datos a saber: Nombres y númerostelefónicos de los familiares del difunto o de las personas encargadas de gestionar el Servicio de Sepelio. Posteriormente nuestras operadoras, se comunicaran con los familiares del difunto o personas encargadas de gestionar dicho servicio, para comunicarles a que Empresas Fúnebres dirigirse para solicitar el Servicio de Sepelio requerido, teniendo en cuenta La Localidad en donde haya ocurrido el Siniestro.

PROGRAMA DE INFORMACIÓN Y CAPACITACION Con el objetivo de promover conductas seguras, tendientes a la prevención de losaccidentes en el Trabajo, In Itinere y las Enfermedades Profesionales, esta Oficina, ha elaborado el siguiente programa de Información y Capacitación, aplicable a la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional y a todos los beneficiarios del Programa Primer Paso y otros sin cargo por alguno de estos medios: Nota: Av. Nores Martínez 2.649 PB A Córdoba CP 5000. FAX: (0351) 468-0848 / 468-0845 / 0800-555-0848. E-mail: cmilquevich@asecor.com.ar; lfalfan@asecor.com.ar Módulo Nro. 1: Alcances Prácticos de la Ley de Riesgos del Trabajo Objetivos: Brindar Información sobre los alcances de la Ley de Riesgos del Trabajo, y de los procedimientos operativos y administrativos a seguir, ante la ocurrencia de un accidente laboral.

Temario: Contingencias cubiertas. Definición de Accidente Laboral y Enfermedad Profesional. Accidentes InItinere. Prestaciones dinerarias y en especie. Importancia de la prevencion de Accidentes y Enfermedades Profesionales. Como proceder ante la ocurrencia de un accidente en el trabajo. Comisiones Medicas Jurisdiccionales. CONTINGENCIAS CUBIERTAS POR LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO Accidentes de Trabajo: Todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo. Ej.: caídas, cortes, pinchazos, quemaduras, etc. Accidentes in Itinere: Es el accidente ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, siempre y cuando no se hubiese interrumpido o alterado por causas ajenas al trabajo: Ej.: llevar a los hijos al colegio, ir al gimnasio, pasar a realizar compras, etc.

Enfermedad Profesional: Es una patología causada por un agente que se encuentraen el ambiente de trabajo o por especiales condiciones en el mismo, potencialmente lesivas para la salud. NO SON ENFERMEDADES PROFESIONALES: Infartos, ACV, Stress. Nota: En caso de Enfermedad Común o Accidente NO Laboral, el trabajador, deberáconcurrir al médico de cabecera correspondiente a su obra social, ya que la Oficina de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Gob. GDe la Provincia de Córdoba, no tiene potestad para expedir ni justificar una baja laboral por estas contingencias. Avda. 468-0848. Nores Martínez 2.649 PB (CP 5000) TEL / FAX (0351) 468-0845 / Oficina de Accidentes de Trabajo y EnfermedadesProfesionales Del Gobierno de la Provincia de Córdoba A Córdoba Denuncias de Accidentes: 0800-888-1848 Consultas / Asesoramiento: 0800-555-0848