Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7 Plan de calidad de control escolar de los centros de educación media superior a distancia (EMSAD) y del nivel medio superior y superior con RVOE estatal Elaboró Lic. Alondra Silvia Ruiz Lino/Lic. Martha Alejandra Rocha Aguirre Responsable de control escolar de educación media superior/ Responsable de control escolar de educación superior Revisó D. en C. Irma Yolanda Flores Larios Directora de Educación Media Superior y Superior Aprobó Mtro. José Guillermo Rangel Lozano Secretario de Educación y Director General de la Coordinación de los Servicios Educativos del Estado de Colima
Página 2 de 7 1. OBJETIVO Dirigir y controlar, en la Plataforma Integral de Información, la ejecución de las actividades de autorización de inscripción, acreditación, promoción y certificación para los Centros de Educación Media Superior a Distancia y planteles del nivel medio superior y superior con RVOE. 2. ALCANCE Aplica al área de control escolar del nivel medio superior y superior de la Dirección de Educación Media Superior y Superior, Centros de Educación Media Superior a Distancia y planteles del nivel medio superior y superior con RVOE otorgado por esta Secretaría. 3. POLÍTICAS 3.1 Para que un alumno pueda ser inscrito a la Educación Media Superior o Superior, debe haber acreditado la totalidad del plan de estudios del nivel inmediato anterior. 3.2 Para ingresar a Educación Media Superior se requiere la siguiente documentación: Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Secundaria. CURP. 3.3 Para ingresar a Educación Superior (Técnico Superior Universitario, Licenciatura, Especialidad, Maestría o Doctorado) se requiere la siguiente documentación: Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios que acredite los estudios inmediatos anteriores. CURP 3.4 En caso de que el aspirante haya realizando sus estudios en el extranjero, debe presentar la Resolución de Revalidación de Estudios. 3.5 Los planteles educativos son los responsables de realizar el alta y/o inscripción del alumno, capturar los periodos escolares y calificaciones de los grupos, así como la impresión de los Certificados de Terminación de Estudios en la PII. 3.6 Al realizar el registro en la PII, el nombre del alumno debe de transcribirse fielmente del Acta de Nacimiento o del documento legal equivalente, aún en el caso de faltas de ortografía, abreviaturas, guiones, etc. 3.7 Una vez que el plantel educativo haya concluido con la captura de la inscripción de los alumnos en la PII, debe hacer cita con el responsable de control escolar del nivel educativo correspondiente de la DEMSyS, para llevar a cabo la autorización de dicha inscripción. 3.8 Para autorizar la inscripción de alumnos que realizan los planteles en la PII, el área de control escolar de la DEMSYS necesita cotejar esa información con los expedientes de cada uno de los alumnos, los cuales deben de contener la documentación mencionada en el numeral 3.2 y 3.3 de este apartado, según corresponda. El nombre del alumno debe ser exacto en los tres documentos requeridos. 3.9 Tanto la autorización de inscripción como el concentrado de calificaciones puede ser firmado por el encargado de control escolar del plantel por ausencia del director del mismo. 3.10 Tanto el certificado de terminación de estudios de educación media superior y de educación superior expedidos en los Estados por instituciones de educación particulares y universidades
Página 3 de 7 particulares y estatales (excepto SEP Federal) invariablemente deberán estar legalizados y el trámite se realiza en la Secretaría General de Gobierno del Estado donde se realizaron los estudios cursados. (Artículo 20, numeral XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima). 3.11 Los alumnos provenientes de otra escuela que deseen ingresar a un grado escolar avanzado de educación media superior o superior deben presentar la siguiente documentación: Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Resolución de Equivalencia de Estudios. CURP 3.12 Los alumnos provenientes del extranjero que deseen ingresar a un grado escolar avanzado de educación media superior o superior deben presentar: Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Resolución de Revalidación de Estudios. CURP 3.13 La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10. 3.14 La calificación final mínima aprobatoria es 6. 3.15 La calificación final de cada asignatura será expresada con un número entero, sin decimales. 3.16 El Certificado de Terminación de Estudios se expide por única vez a aquellos estudiantes que acrediten totalmente el plan de estudios cursado. 3.17 El Certificado de Terminación de Estudios solamente puede ser firmado por el director del plantel. 3.18 La fotografía del alumno para el certificado de terminación de estudios debe ser reciente, de frente con el rostro descubierto, a blanco y negro o color, con ropa de tonalidad clara, tamaño infantil, de preferencia en papel mate. 3.19 El promedio general de aprovechamiento se registra con un número entero y una cifra decimal. 4. MARCO NORMATIVO 4.1 Ley General de Educación, Capítulo IV. 4.2 Ley de Educación del Estado de Colima, Capítulo I. 4.3 Acuerdo número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior. 4.4 Normas de control escolar para los Centros de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD). 4.5 Normas de Control Escolar de la Dirección General del Bachillerato. 4.6 Acuerdo número 450 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo medio superior. 4.7 Acuerdo No. 1/SPC por el que se suprime el trámite de violación de ciclo, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 17 de diciembre de 1997. 4.8 Acuerdo número 17, que establece las normas a que deberán sujetarse los procedimientos de evaluación del aprendizaje en los distintos tipos y modalidades de la educación. 4.9 Norma ISO 9001:2008/NMX-CC-9001-IMNC-2008
Página 4 de 7 5. TÉRMINOS/ DEFINICIONES Acreditación: Reconocimiento oficial de la aprobación de una asignatura, grado o nivel escolar. Acta de calificación final: Documento en el cual se registra la calificación obtenida en periodos ordinarios, la cual debe ser firmada por el docente que impartió la asignatura. Actas de regularización: Documento en el cual se registra la calificación obtenida en un examen de periodo de regularización. Base de Datos: Conjunto de datos pertenecientes aún mismo contexto almacenado sistemáticamente para su posterior uso. Centros de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD): Modelo educativo que surge ante la necesidad de contar con una opción del tipo medio superior, dirigido a la población que por diferentes circunstancias no pueden tener acceso a formas convencionales de educación, atendiendo a comunidades rurales en las que existe baja densidad de población, por lo que no cuentan con otra opción de este tipo educativo. Certificación de Estudios: Documento que se expide cuando el alumno solicita un duplicado del Certificado de Terminación de Estudios. Certificado de Terminación de Estudios: Documento que se expide por única vez cuando el alumno cursa y acredita la totalidad de las asignaturas que integran el plan de estudios. Cotejar: Acción de comparar la información capturada en la PII contra la documentación física que presenta el plantel educativo (expedientes de alumnos, actas de calificaciones finales y actas de regularización). CURA: Clave Única de Registro del Alumno, generada automáticamente al dar de alta al alumno en la PII. CURP: Constancia de la Clave Única de Registro de Población. DEMSyS:. Documento legal equivalente: Documento de un alumno extranjero que equivale al acta de nacimiento. Doctorado: Opción educativa dirigida a la formación de individuos capacitados para la docencia y la investigación, con dominio de temas particulares de un área. Especialidad: Opción educativa dirigida a la formación de individuos capacitados para el estudio y tratamiento de problemas específicos de un área particular de una profesión. Inscripción: Regular el ingreso de los aspirantes al servicio educativo, con el propósito de iniciar o continuar su historial académico. Legalización: Trámite de declaración de autenticidad de las firmas que figuran en un documento oficial, así como de la calidad jurídica de la(s) persona(s) cuya(s) firma(s) aparece(n) en dicho documento. Licenciatura: Opción educativa posterior al bachillerato, su objetivo fundamental es el desarrollo de conocimientos, actitudes, aptitudes, habilidades y métodos de trabajo para el ejercicio de una profesión. Maestría: Opción educativa dirigida a la formación de individuos capacitados para participar en el análisis, adaptación e incorporación a la práctica de los avances de un área específica de una profesión o disciplina. PII: Plataforma Integral de Información. Promoción en la PII: Avance de grado escolar de los alumnos en la Plataforma Integral de Información. Regularización: Proceso mediante el cual el alumno podrá acreditar fuera del periodo ordinario, las asignaturas que adeude del o de los periodos anteriores.
Página 5 de 7 Resolución de Equivalencia de Estudios: Acto administrativo a través del cual la autoridad educativa declara equiparables entre sí estudios realizados dentro del sistema educativo nacional. Resolución de Revalidación de Estudios: Acto administrativo a través del cual la autoridad educativa otorga validez oficial a aquellos estudios realizados fuera del sistema educativo nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema. RVOE: Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Técnico Superior Universitario: Opción educativa posterior al bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una licenciatura. 6. DIAGRAMA DEL PLAN DE CALIDAD
Página 6 de 7 7. INDICADORES Formula Frecuencia Responsable Tiempo promedio de validación de certificado de terminación de estudios. Número de días usados en la validación de cada certificado de terminación de estudios a partir de la fecha de recepción/número de certificados de terminación de estudios recibidos. Semestral Área de control escolar de Educación Media Superior y de Educación Superior 8. REGISTROS DE CALIDAD Clave Registros Tiempo de retención Responsable de conservarlo N/A Autorización de inscripción Permanente Subdirección de educación media superior y Subdirección de educación superior N/A N/A Concentrado de calificaciones Certificado de Terminación de Estudios Permanente Permanente Subdirección de educación media superior y Subdirección de educación superior Subdirección de educación media superior y Subdirección de educación superior 9. TRÁMITES Y/O SERVICIOS Clave (RETyS) Nombre del trámite y/o servicio Línea y/o ventanilla N/A N/A N/A
Página 7 de 7 10. SECCIÓN DE CAMBIOS No. de versión Fecha de actualización Descripción del cambio 2 20/11/2013 1 23/11/2011 Se agregaron los nombres de las subdirecciones de Educación Media Superior y Educación Superior. Se modificaron los nombres y firmas de quien elabora, revisa y aprueba. En el diagrama de flujo en los renglones 1, 2 y 3 de la columna de Salida (Registros, indicadores) se especificó que los documentos se conservan en archivo electrónico. En el punto 7 de Indicadores se modificaron los responsables. En el punto 8 de Registros de Calidad se modificaron las áreas responsables de conservar los registros. Se agregó el punto 9 de Trámites y/o Servicios. Se plasmo en el apartado de políticas las actividades que le corresponden realizar a los planteles educativos. Se agregó en el apartado Términos/Definiciones, el término Centros de Educación Media Superior a Distancia. Se agregó un flujo al Diagrama. Se cambió el indicador, ya que el indicador anterior implicaba el trabajo que realizan los planteles educativos. 0 31/08/2011 Inicia su uso.