UNASUR/CMRE/RESOLUCIÓN Nº 01/2015 El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas: Visto: Que de conformidad con los Artículos 34, 35 y 31 Literal d) del Reglamento General de UNASUR, se establecen las reglas generales de los funcionarios y funcionarias de la Secretaría General y se faculta a esta última para la designación de los Directores. Considerando: Que de acuerdo a la estructura organizativa interna de UNASUR, se requieren para la Secretaría General, cinco (5) Directores internacionales. Que están previstas las asignaciones presupuestales para los cargos de funcionarios de directores para el año 2015. Que el artículo 10 del Tratado Constitutivo determina que ningún Estado Miembro podrá tener nacionales ocupando más de una Dirección de la Secretaría General. Que la designación de los Directores será por un período de tres años, el cual podrá ser renovado por una sola vez, de conformidad con el artículo 35 del Tratado Constitutivo. RESUELVE: Artículo 1º- Autorizar la provisión de los empleos internacionales de cinco directores de la Secretaría General de la UNASUR, a saber: 1. Director de asuntos políticos y de defensa 2. Director de asuntos económicos 3. Director de asuntos sociales 4. Director de cooperación internacional y de agenda técnica
5. Director de seguridad ciudadana y justicia Artículo 2º-Son condiciones para la provisión de estos cargos: 1. Ser nacional de alguno de los Estados Miembros de UNASUR, excepto la nacionalidad del Secretario General. 2. Ser mayor de edad, de acuerdo a las normas del Estado Miembro de la nacionalidad del postulante. 3. Presentar comprobante de no tener causal de inhabilitación por sentencia penal condenatoria ejecutoriada. 4. Poseer como requisito mínimo título de bachillerato y cinco años de experiencia, y acreditar un apropiado conocimiento de los dos idiomas de trabajo de la UNASUR. 5. Haber presentado los soportes académicos debidamente legalizados. 6. Los candidatos (hasta cinco por cargo y por país) deben ser presentados por la Cancillería que corresponda al país de la nacionalidad del postulante, de acuerdo a los mecanismos de selección a ser definidos por cada Estado miembro. 7. Ser seleccionados por un proceso objetivo según las reglas y en las condiciones de la convocatoria establecidas por el Secretario General que será considerada Ley para las partes. Los Directores elegidos deben ser de nacionalidades diferentes entre sí, además de representar equitativamente las subregiones de América del Sur. Artículo 3º- Se autoriza el pago de sueldo y beneficios laborales a los Directores designados, de acuerdo al detalle que figura como Anexo 1. Artículo 4º- Se confiere mandato y facultad al Secretario General para que disponga lo pertinente a la convocatoria y a garantizar la apropiada verificación de la idoneidad por los medios más apropiados que corresponda. Artículo 5º- La presente Resolución será aplicada con carácter excepcional solamente para la designación de los cinco Directores aquí referidos. 5 de enero de 2015.
MANUAL DE CLASIFICACIÓN DE CARGOS DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNASUR PERFILES DE CARGOS DE DIRECTORES
CÓDIGO INSTITUCIONAL CARGO CÓDIGO PRESUPUESTARIO DIRECTOR DE ASUNTOS SOCIALES 2.01.01 A. RESUMEN DEL TRABAJO Conduce la Dirección de Asuntos Sociales, bajo las directrices del Secretario General. B. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO 1. Establece los lineamientos de trabajo interno en materia de cultura; Desarrollo Social; Educación; y Salud; en correspondencia con las instrucciones del Secretario(a) General y las prioridades de los Consejos Ministeriales Sectoriales respectivos. 2. Formula estrategias para el mejor logro de la Misión de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales y las presenta a la consideración y aprobación del Secretario(a) General. 3. Elabora la programación anual de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales, con base en las actividades de los Consejos Ministeriales Sectoriales de su ámbito de acción y la remite oportunamente al Secretario(a) General, con copia a la Oficina de Planificación. 4. Elabora el Cronograma Mensual de Actividades de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales y vela por su efectivo cumplimiento. 5. Brinda oportunamente la información requerida para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de UNASUR. 6. Formula, en los temas que le corresponden iniciativas que contribuyan a afianzar y robustecer la integración suramericana en las áreas de su competencia. 7. Hace el seguimiento de los aspectos sociales y culturales de los Estados Miembros, así como de la cooperación y las relaciones con terceros y sugiere cursos de acción al Secretario(a) General, ante eventuales situaciones que puedan afectar la integración suramericana y/o la estabilidad democrática en la región.
8. Responde las solicitudes de los Estados Miembros en los temas de cultura, desarrollo social, educación, y salud, y las remite al Secretario(a) General. 9. Mantiene comunicación de manera continua con las demás Direcciones para el intercambio de información y de opiniones. 10. Asiste a las reuniones de los Consejos Sectoriales y de los Grupos de Trabajo relacionados con los temas de la Dirección, y/o designa al funcionario que deba asistir. 11. Elabora informes de las actividades que realiza en representación de la Secretaría General, y se los presenta al Secretario(a) General en cumplimiento del Artículo 37 del Reglamento General. 12. Examina los proyectos de instrumentos normativos con fines interpretativos, en las materias de su competencia, y de ser necesario, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los comentarios que estime pertinentes. 13. Recaba de los funcionarios de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales, que hayan representado a la Secretaría General en las reuniones de los Consejos Ministeriales Sectoriales, Grupos de Trabajo e instancias varias, el informe de cada reunión y los documentos que lo respalden. 14. Se comunica en forma continua con las instancias sectoriales en las áreas de su competencia, para cooperar en la implementación de sus respectivos planes de acción. 15. Elabora propuestas de agenda para las reuniones de los Órganos de UNASUR relacionadas con las materias inherentes a cultura, desarrollo social, educación y salud y las presenta a la consideración del Secretario(a) General para su entrega a la Presidencia Pro Tempore. 16. Contribuye a la realización de los estudios técnicos que los demás Órganos de UNASUR le encomienden a la Secretaría General, en materias del ámbito de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales, en el marco de las limitaciones presupuestarias existentes. (Ref: Artículo 22 del Reglamento General)
17. Coopera con el Secretario(a) General en todo lo que sea necesario, cuando a éste(a) le corresponda asesorar en las materias de su competencia, a los demás Órganos de UNASUR. 18. Explora e identifica oportunidades de diálogo y cooperación con terceros, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR, para las Relaciones con Terceros y presenta al Secretario(a) General, propuestas al respecto. 19. Realiza todas las coordinaciones que sean necesarias para la elaboración de eventuales proyectos de convenios de cooperación entre la Unión de Naciones Suramericanas y otros Organismos Internacionales en su ámbito de acción, así como entre la Secretaria General y otras Entidades, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR para las Relaciones con Terceros. 20. Estudia y recomienda el otorgamiento de la categoría de instancia consultiva a organismos regionales e internacionales técnicos y presenta al Secretario(a) General su fundamentación. 21. Estudia la posible participación de UNASUR, en organizaciones regionales e internacionales vinculadas a las materias de su competencia, y presenta su fundamentación por escrito a la revisión del Secretario General, para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y posterior ratificación del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 22. Propone acciones que promuevan la convergencia de las Organizaciones Subregionales para fortalecer la integración suramericana en los ámbitos de su competencia. 23. Lleva un registro consolidado de las actividades cumplidas mensualmente por la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales y entrega la información correspondiente, al Secretario(a) General, para la elaboración de la Memoria Anual de su gestión. 24. Actualiza periódicamente la agenda de eventos oficiales en su ámbito de acción, a los cuales debe concurrir el Secretario General y/o los funcionarios de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales que se designen.
25. Revisa y remite a la Coordinación de Iniciativas Comunes, los proyectos formulados por los Consejos Ministeriales Sectoriales en su ámbito de acción y monitorea su desarrollo. 26. Apoya en representación de la Secretaría General, a la Presidencia Pro Tempore entrante, en la elaboración del Programa Anual de Actividades. 27. Lleva a cabo las acciones que el Secretario(a) General le señale para el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de coordinación y apoyo institucional a los Órganos de UNASUR. 28. Revisa oportunamente la correspondencia que recibe del Despacho del Secretario(a) General. 29. Fomenta el intercambio de ideas e información en general, entre las Coordinaciones de su ámbito de acción, para posibilitar el trabajo en equipo. 30. Realiza el monitoreo de la transmisión oportuna al CCI, de toda la información de carácter relevante concerniente a la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales. 31. Coordina con el Director de la Oficina de Administración y Talento Humano, la entrega del Reglamento Interno de la Secretaría General, del Reglamento Interno de Personal, del Acuerdo de Sede, y de otros documentos de carácter normativo, ya sea en forma física o digital, a todos los funcionarios de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales. 32. Evalúa el desempeño de los funcionarios de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el Procedimiento de Evaluación del Desempeño, de la Secretaría General. 33. Vela por la confidencialidad en el manejo de la información y por el mantenimiento de la ética, la probidad y la efectividad en el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales. 34. Motiva permanentemente a los funcionarios de la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales, en función del oportuno cumplimiento de los mandatos de los Órganos de UNASUR, para la consolidación del proceso de integración entre las Naciones Suramericanas.
35. Vela por el cuidado de los bienes muebles asignados a la Dirección de Asuntos Sociales y Culturales y reporta oportunamente al Director(a) de la Oficina de Administración y Talento Humano, cualquier necesidad de mantenimiento tanto preventivo como correctivo. 36. Informa al Secretario(a) General de cualquier eventualidad de carácter relevante y le presenta, mensualmente, el Informe de Actividades realizadas, incluyendo los avances de las instancias sectoriales que le corresponden. 37. Las demás tareas que el Secretario(a) General le asigne. A. NATURALEZA DE LAS TAREAS Tareas de carácter estratégico y gerencial. B. REQUISITOS MÍNIMOS POR CADA CRITERIO DE EVALUACIÓN 1 EXPERIENCIA LABORAL PREVIA Cinco (5) años de experiencia profesional en áreas de competencia de la Dirección de Asuntos Sociales. 2 EDUCACIÓN FORMAL NECESARIA Título universitario de Licenciatura y de Maestría en disciplinas del ámbito de la Dirección de Asuntos Sociales. 3 EDUCACIÓN NO FORMAL NECESARIA a. Manejo de Herramientas Ofimáticas. b. Conducción de reuniones. c. Técnica de Redacción de Informes. 4 CONOCIMIENTOS NECESARIOS a. Conocimientos sobre mecanismos y procesos de integración. b. Conocimientos sobre problemáticas sociales para el desarrollo de los pueblos de Suramérica. c. Conocimientos sobre el rol de la cultura como herramienta transformadora para la construcción de un modelo social, cultural, económico. d. Conocimientos sobre las problemáticas Suramericanas de Educación. e. Conocimientos sobre las problemáticas Suramericanas de Salud.
5 CONDICIONES PERSONALES (Solo para ser evaluadas en el período de prueba) a. Capacidad para trabajar bajo presión. b. Capacidad para trabajar en equipo. c. Capacidad de análisis y solución de problemas. d. Capacidad para la toma de decisiones. e. Habilidad para la comunicación interpersonal. f. Habilidad para negociar y manejar situaciones de conflicto. g. Buen carácter, calma y paciencia. h. Sentido de las prioridades. i. Juicio imparcial y tacto. j. Claro sentido de la realidad. 6 IDIOMAS (Requiere la presentación de la certificación sobre nivel de dominio de idioma(s) distinto de la lengua materna, de parte de un Instituto de Idiomas reconocido). Dominio de: a. Uno de los dos (2) idiomas de trabajo de UNASUR y de b. Uno de los tres (3) idiomas oficiales restantes. 7 ASPECTOS CUANTITATIVOS DESEABLES Edad: Mayor de 30 años.
CÓDIGO INSTITUCIONAL CARGO CÓDIGO PRESUPUESTARIO DIRECTOR DE ASUNTOS ECONÓMICOS 2.01.01 A. RESUMEN DEL TRABAJO Conduce la Dirección de Asuntos Económicos, bajo las directrices del Secretario General. B. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO 1. Establece los lineamientos del trabajo interno en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación; Economía y Finanzas; Energía; Infraestructura y Planeamiento; Recursos Naturales; y Turismo, en correspondencia con las instrucciones del Secretario(a) General y las prioridades de los Consejos Ministeriales Sectoriales respectivos. 2. Formula estrategias para el mejor logro de la Misión de la Dirección de Asuntos Económicos y las presenta a la consideración y aprobación del Secretario(a) General. 3. Elabora la programación anual de la Dirección de Asuntos Económicos, con base en las actividades de los Consejos Ministeriales Sectoriales de su ámbito de acción y la remite oportunamente al Secretario(a) General, con copia a la Oficina de Planeación. 4. Elabora el Cronograma Mensual de Actividades de la Dirección de Asuntos Económicos y vela por su efectivo cumplimiento. 5. Brinda oportunamente la información requerida para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de UNASUR. 6. Formula, en los temas que le corresponden iniciativas que contribuyan a afianzar y robustecer la integración suramericana en las áreas de su competencia. 7. Hace el seguimiento de los aspectos macro económicos de los Estados Miembros y sugiere cursos de acción al Secretario(a) General, ante eventuales situaciones que puedan afectar la integración suramericana y/o la estabilidad democrática en la región.
8. Responde las solicitudes de los Estados Miembros en los temas de Ciencia, Tecnología e Innovación, Economía y Finanzas, Energía, Infraestructura y Planeamiento, Recursos Naturales, y Turismo, y las remite al Secretario(a) General. 9. Mantiene comunicación de manera continua con las demás Direcciones para el intercambio de información y de opiniones. 10. Asiste a las reuniones de los Consejos Sectoriales y de los Grupos de Trabajo relacionados con los temas de la Dirección, y/o designa al funcionario que deba asistir. 11. Elabora informes de las actividades que realiza en representación de la Secretaría General, y se los presenta al Secretario(a) General en cumplimiento del Artículo 37 del Reglamento General. 12. Examina los proyectos de instrumentos normativos con fines interpretativos, en las materias de su competencia, y de ser necesario, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los comentarios que estime pertinentes. 13. Recaba de los funcionarios de la Dirección de Asuntos Económicos que hayan representado a la Secretaría General en las reuniones de los Consejos Ministeriales Sectoriales, Grupos de Trabajo e instancias varias, el informe de cada reunión y los documentos que lo respalden. 14. Se comunica en forma continua con la Secretaría Técnica COSIPLAN- IIRSA para cooperar en la implementación del Plan Estratégico 2012-2022, así como con las demás instancias en las áreas de su competencia, en función del seguimiento de sus respectivos planes de acción. 15. Sugiere temas de agenda para las reuniones de los Órganos de UNASUR relacionadas con las materias inherentes a Ciencia, Tecnología e Innovación, Economía y Finanzas, Energía, Infraestructura y Planeamiento, Recursos Naturales, y Turismo y las presenta a la consideración del Secretario(a) General para su entrega a la Presidencia Pro Tempore. 16. Contribuye a la realización de los estudios técnicos que los demás Órganos de UNASUR le encomienden a la Secretaría General, en materias del ámbito de la Dirección de Asuntos Económicos, en el marco de las limitaciones presupuestarias existentes. (Ref: Artículo 22 del Reglamento General)
17. Coopera con el Secretario(a) General en todo lo que sea necesario, cuando a éste(a) le corresponda asesorar en las materias de su competencia, a los demás Órganos de UNASUR. 18. Explora e identifica oportunidades de cooperación con otros organismos internacionales, regionales y subregionales. 19. Realiza todas las coordinaciones que sean necesarias para la elaboración de eventuales proyectos de convenios de cooperación entre la Unión de Naciones Suramericanas y otros Organismos Internacionales en su ámbito de acción, así como entre la Secretaria General y otras Entidades, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR para las Relaciones con Terceros. 20. Estudia y recomienda el otorgamiento de la categoría de instancia consultiva a organismos regionales e internacionales técnicos y presenta al Secretario(a) General su fundamentación. 21. Estudia la posible participación de UNASUR, en organizaciones regionales e internacionales vinculadas a las materias de su competencia, y presenta su fundamentación por escrito a la revisión del Secretario General, para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y posterior ratificación del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 22. Propone acciones que promuevan la convergencia de las Organizaciones Subregionales para fortalecer la integración suramericana en los ámbitos de su competencia. 23. Lleva un registro consolidado de las actividades cumplidas mensualmente por la Dirección de Asuntos Económicos y entrega la información correspondiente, al Secretario(a) General, para la elaboración de la Memoria Anual de su gestión. 24. Actualiza periódicamente la agenda de eventos oficiales en su ámbito de acción, a los cuales debe concurrir el Secretario General y/o los funcionarios de la Dirección de Asuntos Económicos que se designen. 25. Revisa y remite a la Coordinación de Iniciativas Comunes, los proyectos formulados por los Consejos Ministeriales Sectoriales en el ámbito de la Dirección de Asuntos Económicos y monitorea su desarrollo.
26. Apoya en representación de la Secretaría General, a la Presidencia Pro Tempore entrante, en la elaboración del Programa Anual de Actividades. 27. Lleva a cabo las acciones que el Secretario(a) General le señale para el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de coordinación y apoyo institucional a los Órganos de UNASUR. 28. Revisa oportunamente la correspondencia que recibe del Despacho del Secretario(a) General. 29. Fomenta el intercambio de ideas e información en general, entre las Coordinaciones de su ámbito de acción, para posibilitar el trabajo en equipo. 30. Transmite debidamente al personal de las Coordinaciones que le están adscritas, las decisiones que le haya comunicado el Secretario(a) General, circunstancias varias o eventualidades de la Secretaría General. 31. Realiza el monitoreo de la transmisión oportuna al CCI, de toda la información de carácter relevante concerniente a la Dirección de Asuntos Económicos. 32. Coordina con el Director de la Oficina de Administración y Talento Humano, la entrega del Reglamento Interno de la Secretaría General, del Reglamento Interno de Personal, del Acuerdo de Sede, y de otros documentos de carácter normativo, ya sea en forma física o digital, a todos los funcionarios de la Dirección de Asuntos Económicos. 33. Evalúa el desempeño de los funcionarios de la Dirección de Asuntos Económicos, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el Procedimiento de Evaluación del Desempeño, de la Secretaría General. 34. Vela por la confidencialidad en el manejo de la información y por el mantenimiento de la ética, la probidad y la efectividad en el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Asuntos Económicos. 35. Motiva permanentemente a los funcionarios de la Dirección de Asuntos Económicos, en función del oportuno cumplimiento de los mandatos de los Órganos de UNASUR, para la consolidación del proceso de integración entre las Naciones Suramericanas.
36. Vela por el cuidado de los bienes muebles asignados a la Dirección de Asuntos Económicos y reporta oportunamente al Director(a) de la Oficina de Administración y Talento Humano, cualquier necesidad de mantenimiento tanto preventivo como correctivo. 37. Informa al Secretario(a) General de cualquier eventualidad de carácter relevante y le presenta, mensualmente, el Informe de Actividades realizadas, incluyendo los avances de las instancias sectoriales que le corresponden. 38. Las demás tareas que el Secretario(a) General le asigne. C. NATURALEZA DE LAS TAREAS Tareas de carácter gerencial. D. REQUISITOS MÍINIMOS POR CADA CRITERIO DE EVALUACIÓN 1 EXPERIENCIA LABORAL PREVIA Cinco (5) años de experiencia profesional en el campo de la economía o en alguna de las demás áreas de competencia de la Dirección de Asuntos Económicos. 2 EDUCACIÓN FORMAL NECESARIA Título universitario de Economía o carrera afín, con Maestría en disciplina del ámbito de la Dirección de Asuntos Económicos. 3 EDUCACIÓN NO FORMAL NECESARIA a. Manejo de Herramientas Ofimáticas. b. Conducción de reuniones. c. Técnica de Redacción de Informes. 4 CONOCIMIENTOS NECESARIOS a. Conocimientos sobre mecanismos y procesos de integración. b. Conocimientos sobre problemáticas económicos y financieros para el desarrollo de los pueblos de Suramérica. c. Conocimientos sobre perspectivas de la economía suramericana d. Conocimientos sobre mecanismos financieros suramericanos. e. Conocimientos generales sobre ciencia, tecnología e innovación, energía, conectividad regional, recursos naturales y turismo.
5 CONDICIONES PERSONALES (Solo para ser evaluadas en el período de prueba) a. Capacidad para trabajar bajo presión. b. Capacidad para trabajar en equipo. c. Capacidad de análisis y solución de problemas. d. Capacidad para la toma de decisiones. e. Habilidad para la comunicación interpersonal. f. Habilidad para negociar y manejar situaciones de conflicto. g. Buen carácter, calma y paciencia. h. Sentido de las prioridades. i. Juicio imparcial y tacto. j. Claro sentido de la realidad. 6 IDIOMAS (Requiere la presentación de la certificación sobre nivel de dominio de idioma(s) distinto de la lengua materna, de parte de un Instituto de Idiomas reconocido). Dominio de: a. Uno de los dos (2) idiomas de trabajo de UNASUR y de b. Uno de los tres (3) idiomas oficiales restantes. 7 ASPECTOS CUANTITATIVOS DESEABLES Edad: Mayor de 30 años.
CÓDIGO INSTITUCIONAL CARGO DIRECTOR DE ASUNTOS POLÍTICOS Y DE DEFENSA CÓDIGO PRESUPUESTARIO 2.01.01 A. RESUMEN DEL TRABAJO Conduce la Dirección de Asuntos Políticos, Cooperación y Relaciones con Terceros, bajo las directrices del Secretario General. B. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO 1. Establece los lineamientos de trabajo respecto de: Ciudadanía Suramericana; Derechos Humanos; Electoral; Participación Ciudadana; Consejo de Defensa Suramericana, en correspondencia con las instrucciones del Secretario(a) General y las prioridades de los Consejos Ministeriales Sectoriales respectivos. 2. Formula estrategias para el mejor logro de la Misión de la Dirección de Asuntos Políticos y las presenta a la consideración y aprobación del Secretario(a) General. 3. Elabora, en conjunto la programación anual de la Dirección de Asuntos Políticos con base en las actividades de los Consejos Ministeriales Sectoriales de su ámbito de acción y la remite oportunamente al Secretario(a) General, con copia a la Oficina de Planeación. 4. Elabora el Cronograma Mensual de Actividades de la Dirección de Asuntos Políticos y vela por su efectivo cumplimiento. 5. Brinda oportunamente la información requerida para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de UNASUR. 6. Formula, en los temas que le corresponden iniciativas que contribuyan a afianzar y robustecer la integración suramericana en las áreas de su competencia. 7. Hace el seguimiento de los aspectos políticos de los Estados Miembros, así como de la cooperación y las relaciones con terceros y sugiere cursos de acción al Secretario(a) General, ante eventuales situaciones que puedan afectar la integración suramericana y/o la estabilidad democrática en la región.
8. Responde las solicitudes de los Estados Miembros en los temas de ciudadanía suramericana, derechos humanos, asuntos electorales y participación ciudadana, y las remite al Secretario(a) General cuando ello sea pertinente. 9. Mantiene comunicación de manera continua con las demás Direcciones para el intercambio de información y de opiniones. 10. Asiste a las reuniones de los Consejos Sectoriales y de los Grupos de Trabajo relacionados con los temas de la Dirección, y/o designa al funcionario que deba asistir. 11. Elabora informes de las actividades que realiza en representación de la Secretaría General, y se los presenta al Secretario(a) General en cumplimiento del Artículo 37 del Reglamento General. 12. Examina los proyectos de instrumentos normativos con fines interpretativos, en las materias de su competencia, y de ser necesario, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los comentarios que estime pertinentes. 13. Recaba de los funcionarios de la Dirección de Asuntos Políticos, que hayan representado a la Secretaría General en las reuniones de los Consejos Ministeriales Sectoriales, Grupos de Trabajo e instancias varias, el informe de cada reunión y los documentos que lo respalden. 14. Se comunica en forma continua con las instancias sectoriales en las áreas de su competencia, para cooperar en la implementación de sus respectivos planes de acción. 15. Elabora propuestas de agenda para las reuniones de los Órganos de UNASUR relacionadas con las materias inherentes a ciudadanía suramericana, derechos humanos, asuntos electorales y participación ciudadana y las presenta a la consideración del Secretario(a) General para su entrega a la Presidencia Pro Tempore. 16. Contribuye a la realización de los estudios técnicos que los demás Órganos de UNASUR le encomienden a la Secretaría General, en materias del ámbito de la Dirección de Asuntos Políticos en el marco de las limitaciones presupuestarias existentes. (Ref: Artículo 22 del Reglamento General)
17. Coopera con el Secretario(a) General en todo lo que sea necesario, cuando a éste(a) le corresponda asesorar en las materias de su competencia, a los demás Órganos de UNASUR. 18. Estudia y recomienda el otorgamiento de la categoría de instancia consultiva a organismos regionales e internacionales técnicos y presenta al Secretario(a) General su fundamentación. 19. Estudia la posible participación de UNASUR, en organizaciones regionales e internacionales vinculadas a las materias de su competencia, y presenta su fundamentación por escrito a la revisión del Secretario General, para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y posterior ratificación del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 20. Propone acciones que promuevan la convergencia de las Organizaciones Subregionales para fortalecer la integración suramericana en los ámbitos de su competencia. 21. Lleva un registro consolidado de las actividades cumplidas mensualmente por la Dirección de Asuntos Políticos y entrega la información correspondiente, al Secretario(a) General, para la elaboración de la Memoria Anual de su gestión. 22. Actualiza periódicamente la agenda de eventos oficiales en su ámbito de acción, a los cuales debe concurrir el Secretario General y/o los funcionarios de la Dirección de Asuntos Políticos que se designen 23. Revisa los proyectos formulados por los Consejos Ministeriales Sectoriales en su ámbito de acción y monitorea su desarrollo. 24. Apoya en representación de la Secretaría General, a la Presidencia Pro Tempore entrante, en la elaboración del Programa Anual de Actividades. 25. Lleva a cabo las acciones que el Secretario(a) General le señale para el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de coordinación y apoyo institucional a los Órganos de UNASUR. 26. Revisa oportunamente la correspondencia que recibe del Despacho del Secretario(a) General.
27. Fomenta el intercambio de ideas e información en general, entre las Coordinaciones de su ámbito de acción, para posibilitar el trabajo en equipo. 28. Transmite debidamente al personal de las Coordinaciones que le están adscritas, las decisiones que le haya comunicado el Secretario(a) General, circunstancias varias o eventualidades de la Secretaría General. 29. Realiza el monitoreo de la transmisión oportuna al CCI, de toda la información de carácter relevante concerniente a la Dirección de Asuntos Políticos. 30. Coordina con el Director de la Oficina de Administración y Talento Humano, la entrega del Reglamento Interno de la Secretaría General, del Reglamento Interno de Personal, del Acuerdo de Sede, y de otros documentos de carácter normativo, ya sea en forma física o digital, a todos los funcionarios de la Dirección de Asuntos Políticos. 31. Evalúa el desempeño de los funcionarios de la Dirección Asuntos Políticos, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el Procedimiento de Evaluación del Desempeño, de la Secretaría General. 32. Vela por la confidencialidad en el manejo de la información y por el mantenimiento de la ética, la probidad y la efectividad en el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Asuntos Políticos. 33. Motiva permanentemente a los funcionarios de la Dirección de Asuntos Políticos, en función del oportuno cumplimiento de los mandatos de los Órganos de UNASUR, para la consolidación del proceso de integración entre las Naciones Suramericanas. 34. Vela por el cuidado de los bienes muebles asignados a la Dirección de Asuntos Políticos y reporta oportunamente al Director(a) de la Oficina de Administración y Talento Humano, cualquier necesidad de mantenimiento tanto preventivo como correctivo. 35. Informa al Secretario(a) General de cualquier eventualidad de carácter relevante y le presenta, mensualmente, el Informe de Actividades realizadas, incluyendo los avances de las instancias sectoriales que le corresponden.
36. Las demás tareas que el Secretario(a) General le asigne. C. NATURALEZA DE LAS TAREAS Tareas de carácter estratégico y gerencial. D. REQUISITOS MÍNIMOS POR CADA CRITERIO DE EVALUACIÓN 1 EXPERIENCIA LABORAL PREVIA Cinco (5) años de experiencia profesional en áreas de competencia de la Dirección de Asuntos Políticos y de Defensa. 2 EDUCACIÓN FORMAL NECESARIA Título universitario de Licenciatura en Ciencias Políticas, Derecho, Relaciones Internacionales o afín, con Maestría en disciplina del ámbito de la Dirección de Asuntos Políticos y de Defensa. 3 EDUCACIÓN NO FORMAL NECESARIA a. Manejo de Herramientas Ofimáticas. b. Conducción de reuniones. c. Técnica de Redacción de Informes. 4 CONOCIMIENTOS NECESARIOS a. Conocimientos sobre los principales temas políticos de la agenda regional e internacional. b. Conocimientos generales sobre ciudadanía suramericana, derechos humanos, asuntos electorales y participación ciudadana. 5 CONDICIONES PERSONALES (Solo para ser evaluadas en el período de prueba) a. Capacidad para trabajar bajo presión. b. Capacidad para trabajar en equipo. c. Capacidad de análisis y solución de problemas. d. Capacidad para la toma de decisiones. e. Habilidad para la comunicación interpersonal. f. Habilidad para negociar y manejar situaciones de conflicto. g. Buen carácter, calma y paciencia. h. Sentido de las prioridades. i. Juicio imparcial y tacto. j. Claro sentido de la realidad.
6 IDIOMAS (Requiere la presentación de la certificación sobre nivel de dominio de idioma(s) distinto de la lengua materna, de parte de un Instituto de Idiomas reconocido). Dominio de: a. Uno de los dos (2) idiomas de trabajo de UNASUR y de b. Uno de los tres (3) idiomas oficiales restantes. 7 ASPECTOS CUANTITATIVOS DESEABLES Edad: Mayor de 30 años.
CÓDIGO INSTITUCIONAL CARGO DIRECTOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y DE AGENDA TÉCNICA CÓDIGO PRESUPUESTARIO 2.01.01 C. RESUMEN DEL TRABAJO Conduce la Dirección de Cooperación Internacional, bajo las directrices del Secretario General. D. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO 1. Establece los lineamientos de trabajo interno para Cooperación y Relaciones con Terceros; Iniciativas Comunes; en correspondencia con las instrucciones del Secretario(a) General y las prioridades de los Consejos Ministeriales Sectoriales respectivos. 2. Formula estrategias para el mejor logro de la Misión de la Dirección de Cooperación Internacional y las presenta a la consideración y aprobación del Secretario(a) General. 3. Elabora la programación anual de la Dirección de Cooperación Internacional, con base en las actividades de los Consejos Ministeriales Sectoriales de su ámbito de acción y la remite oportunamente al Secretario(a) General, con copia a la Oficina de Planeación. 4. Elabora el Cronograma Mensual de Actividades de la Dirección de Cooperación Internacional y vela por su efectivo cumplimiento. 5. Brinda oportunamente la información requerida para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de UNASUR. 6. Formula, en los temas que le corresponden y en conjunto con las Coordinaciones que le están adscritas, iniciativas que contribuyan a afianzar y robustecer la integración suramericana en las áreas de su competencia. 7. Hace el seguimiento de los aspectos políticos de los Estados Miembros, así como de la cooperación y las relaciones con terceros y sugiere cursos de acción al Secretario(a) General, ante eventuales situaciones que puedan afectar la integración suramericana y/o la estabilidad democrática en la región.
8. Responde las solicitudes de los Estados Miembros en los temas de ciudadanía suramericana, cooperación y relaciones con terceros, derechos humanos, asuntos electorales, iniciativas comunes, participación ciudadana, y problema mundial de drogas y las remite al Secretario(a) General cuando ello sea pertinente. 9. Mantiene comunicación de manera continua con las demás Direcciones para el intercambio de información y de opiniones. 10. Asiste a las reuniones de los Consejos Sectoriales y de los Grupos de Trabajo relacionados con los temas de la Dirección, y/o designa al funcionario que deba asistir. 11. Elabora informes de las actividades que realiza en representación de la Secretaría General, y se los presenta al Secretario(a) General en cumplimiento del Artículo 37 del Reglamento General. 12. Examina los proyectos de instrumentos normativos con fines interpretativos, en las materias de su competencia, y de ser necesario, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los comentarios que estime pertinentes. 13. Recaba de los funcionarios de la Dirección de Cooperación Internacional, que hayan representado a la Secretaría General en las reuniones de los Consejos Ministeriales Sectoriales, Grupos de Trabajo e instancias varias, el informe de cada reunión y los documentos que lo respalden. 14. Se comunica en forma continua con las instancias sectoriales en las áreas de su competencia, para cooperar en la implementación de sus respectivos planes de acción. 15. Elabora propuestas de agenda para las reuniones de los Órganos de UNASUR relacionadas con las materias inherentes a cooperación y relaciones con terceros, iniciativas comunes y las presenta a la consideración del Secretario(a) General para su entrega a la Presidencia Pro Tempore. 16. Contribuye a la realización de los estudios técnicos que los demás Órganos de UNASUR le encomienden a la Secretaría General, en materias del ámbito de la Dirección de Cooperación Internacional, en el marco de las
limitaciones presupuestarias existentes. (Ref: Artículo 22 del Reglamento General) 17. Coopera con el Secretario(a) General en todo lo que sea necesario, cuando a éste(a) le corresponda asesorar en las materias de su competencia, a los demás Órganos de UNASUR. 18. Explora e identifica oportunidades de diálogo y cooperación con terceros, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR, para las Relaciones con Terceros y presenta al Secretario(a) General, propuestas al respecto. 19. Realiza todas las coordinaciones que sean necesarias para la elaboración de eventuales proyectos de convenios de cooperación entre la Unión de Naciones Suramericanas y otros Organismos Internacionales en su ámbito de acción, así como entre la Secretaria General y otras Entidades, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR para las Relaciones con Terceros. 20. Estudia y recomienda el otorgamiento de la categoría de instancia consultiva a organismos regionales e internacionales técnicos y presenta al Secretario(a) General su fundamentación. 21. Estudia la posible participación de UNASUR, en organizaciones regionales e internacionales vinculadas a las materias de su competencia, y presenta su fundamentación por escrito a la revisión del Secretario General, para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y posterior ratificación del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 22. Propone acciones que promuevan la convergencia de las Organizaciones Subregionales para fortalecer la integración suramericana en los ámbitos de su competencia. 23. Lleva un registro consolidado de las actividades cumplidas mensualmente por la Dirección de Cooperación Internacional y entrega la información correspondiente, al Secretario(a) General, para la elaboración de la Memoria Anual de su gestión. 24. Actualiza periódicamente la agenda de eventos oficiales en su ámbito de acción, a los cuales debe concurrir el Secretario General y/o los funcionarios de la Dirección de Cooperación Internacional que se designen
25. Revisa y remite a la Coordinación de Iniciativas Comunes, los proyectos formulados por los Consejos Ministeriales Sectoriales en su ámbito de acción y monitorea su desarrollo. 26. Apoya en representación de la Secretaría General, a la Presidencia Pro Tempore entrante, en la elaboración del Programa Anual de Actividades. 27. Lleva a cabo las acciones que el Secretario(a) General le señale para el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de coordinación y apoyo institucional a los Órganos de UNASUR. 28. Revisa oportunamente la correspondencia que recibe del Despacho del Secretario(a) General. 29. Fomenta el intercambio de ideas e información en general, entre las Coordinaciones de su ámbito de acción, para posibilitar el trabajo en equipo. 30. Transmite debidamente al personal que le está adscrito, las decisiones que le haya comunicado el Secretario(a) General, circunstancias varias o eventualidades de la Secretaría General. 31. Realiza el monitoreo de la transmisión oportuna al CCI, de toda la información de carácter relevante concerniente a la Dirección de Cooperación Internacional. 32. Coordina con el Director de la Oficina de Administración y Talento Humano, la entrega del Reglamento Interno de la Secretaría General, del Reglamento Interno de Personal, del Acuerdo de Sede, y de otros documentos de carácter normativo, ya sea en forma física o digital, a todos los funcionarios de la Dirección de Cooperación Internacional. 33. Evalúa el desempeño de los funcionarios de la Dirección de Cooperación Internacional, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el Procedimiento de Evaluación del Desempeño, de la Secretaría General. 34. Vela por la confidencialidad en el manejo de la información y por el mantenimiento de la ética, la probidad y la efectividad en el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Cooperación Internacional.
35. Motiva permanentemente a los funcionarios de la Dirección de Cooperación Internacional, en función del oportuno cumplimiento de los mandatos de los Órganos de UNASUR, para la consolidación del proceso de integración entre las Naciones Suramericanas. 36. Vela por el cuidado de los bienes muebles asignados a la Dirección de Asuntos Políticos, Cooperación y Relaciones con Terceros y reporta oportunamente al Director(a) de la Oficina de Administración y Talento Humano, cualquier necesidad de mantenimiento tanto preventivo como correctivo. 37. Informa al Secretario(a) General de cualquier eventualidad de carácter relevante y le presenta, mensualmente, el Informe de Actividades realizadas, incluyendo los avances de las instancias sectoriales que le corresponden. 38. Las demás tareas que el Secretario(a) General le asigne. E. NATURALEZA DE LAS TAREAS Tareas de carácter estratégico y gerencial. F. REQUISITOS MÍNIMOS POR CADA CRITERIO DE EVALUACIÓN 1 EXPERIENCIA LABORAL PREVIA Cinco (5) años de experiencia profesional en áreas de competencia de la Dirección de Cooperación Internacional y Relaciones con Terceros. 2 EDUCACIÓN FORMAL NECESARIA Título universitario de Licenciatura en Ciencias Políticas o en Relaciones Internacionales o afín, con Maestría en disciplina del ámbito de la Dirección de Cooperación y Relaciones con Terceros. 3 EDUCACIÓN NO FORMAL NECESARIA d. Manejo de Herramientas Ofimáticas. e. Conducción de reuniones. f. Técnica de Redacción de Informes. 4 CONOCIMIENTOS NECESARIOS a. Conocimientos sobre mecanismos y procesos de integración. b. Conocimientos sobre el estado y las perspectivas de las relaciones entre: UNASUR y la Liga de Países Árabes. UNASUR y la Unión Africana.
UNASUR y la Unión Europea. c. Conocimientos generales sobre cooperación y relaciones con terceros, e iniciativas comunes. 5 CONDICIONES PERSONALES (Solo para ser evaluadas en el período de prueba) a. Capacidad para trabajar bajo presión. b. Capacidad para trabajar en equipo. c. Capacidad de análisis y solución de problemas. d. Capacidad para la toma de decisiones. e. Habilidad para la comunicación interpersonal. f. Habilidad para negociar y manejar situaciones de conflicto. g. Buen carácter, calma y paciencia. h. Sentido de las prioridades. i. Juicio imparcial y tacto. j. Claro sentido de la realidad. 6 IDIOMAS (Requiere la presentación de la certificación sobre nivel de dominio de idioma(s) distinto de la lengua materna, de parte de un Instituto de Idiomas reconocido). Dominio de: c. Uno de los dos (2) idiomas de trabajo de UNASUR y de d. Uno de los tres (3) idiomas oficiales restantes. 7 ASPECTOS CUANTITATIVOS DESEABLES Edad: Mayor de 30 años.
CÓDIGO INSTITUCIONAL CARGO DIRECTOR DE SEGURIDAD CIUDADANA Y JUSTICIA CÓDIGO PRESUPUESTARIO 2.01.01 A. RESUMEN DEL TRABAJO Conduce la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia, bajo las directrices del Secretario General. B. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO 1. Establece los lineamientos de: Gestión del Riesgo de Desastres y Medio Ambiente; Seguridad Ciudadana, y Problema Mundial de las Drogas en correspondencia con las instrucciones del Secretario(a) General y las prioridades de los Consejos Ministeriales Sectoriales respectivos. 2. Formula estrategias para el mejor logro de la Misión de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia y las presenta a la consideración y aprobación del Secretario(a) General. 3. Elabora la programación anual de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia, con base en las actividades de los Consejos Ministeriales Sectoriales de su ámbito de acción y la remite oportunamente al Secretario(a) General, con copia a la Oficina de Planeación. 4. Elabora el Cronograma Mensual de Actividades de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia y vela por su efectivo cumplimiento. 5. Brinda oportunamente la información requerida para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de UNASUR. 6. Formula, en los temas que le corresponden iniciativas que contribuyan a afianzar y robustecer la integración suramericana en las áreas de su competencia. 7. Hace el seguimiento de los aspectos de seguridad y justicia de los Estados Miembros, así como de la cooperación y las relaciones con terceros y sugiere cursos de acción al Secretario(a) General, ante eventuales situaciones que puedan afectar la integración suramericana y/o la estabilidad democrática en la región.
8. Responde las solicitudes de los Estados Miembros en los temas de seguridad, gestión del riesgo de desastres y medio ambiente, justicia, y seguridad ciudadana y las remite al Secretario(a) General. 9. Mantiene comunicación de manera continua con las demás Direcciones para el intercambio de información y de opiniones. 10. Asiste a las reuniones de los Consejos Sectoriales y de los Grupos de Trabajo relacionados con los temas de la Dirección, y/o designa al funcionario que deba asistir. 11. Elabora informes de las actividades que realiza en representación de la Secretaría General, y se los presenta al Secretario(a) General en cumplimiento del Artículo 37 del Reglamento General. 12. Examina los proyectos de instrumentos normativos con fines interpretativos, en las materias de su competencia, y de ser necesario, remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los comentarios que estime pertinentes. 13. Recaba de los funcionarios de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia, que hayan representado a la Secretaría General en las reuniones de los Consejos Ministeriales Sectoriales, Grupos de Trabajo e instancias varias, el informe de cada reunión y los documentos que lo respalden. 14. Se comunica en forma continua con las instancias sectoriales en las áreas de su competencia, para cooperar en la implementación de sus respectivos planes de acción. 15. Elabora propuestas de agenda para las reuniones de los Órganos de UNASUR relacionadas con las materias inherentes a justicia, gestión del riesgo de desastres y medio ambiente, y seguridad ciudadana y las presenta a la consideración del Secretario(a) General para su entrega a la Presidencia Pro Tempore. 16. Contribuye a la realización de los estudios técnicos que los demás Órganos de UNASUR le encomienden a la Secretaría General, en materias del ámbito de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Justicia en el marco de las limitaciones presupuestarias existentes. (Ref: Artículo 22 del Reglamento General)
17. Coopera con el Secretario(a) General en todo lo que sea necesario, cuando a éste(a) le corresponda asesorar en las materias de su competencia, a los demás Órganos de UNASUR. 18. Explora e identifica oportunidades de diálogo y cooperación con terceros, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR, para las Relaciones con Terceros y presenta al Secretario(a) General, propuestas al respecto. 19. Realiza todas las coordinaciones que sean necesarias para la elaboración de eventuales proyectos de convenios de cooperación entre la Unión de Naciones Suramericanas y otros Organismos Internacionales en su ámbito de acción, así como entre la Secretaria General y otras Entidades, en el marco de los Lineamientos Políticos de UNASUR para las Relaciones con Terceros. 20. Estudia y recomienda el otorgamiento de la categoría de instancia consultiva a organismos regionales e internacionales técnicos y presenta al Secretario(a) General su fundamentación. 21. Estudia la posible participación de UNASUR, en organizaciones regionales e internacionales vinculadas a las materias de su competencia, y presenta su fundamentación por escrito a la revisión del Secretario General, para la consideración del Consejo de Delegadas y Delegados y posterior ratificación del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 22. Propone acciones que promuevan la convergencia de las Organizaciones Subregionales para fortalecer la integración suramericana en los ámbitos de su competencia. 23. Lleva un registro consolidado de las actividades cumplidas mensualmente por la Dirección de Seguridad y Justicia y entrega la información correspondiente, al Secretario(a) General, para la elaboración de la Memoria Anual de su gestión. 24. Actualiza periódicamente la agenda de eventos oficiales en su ámbito de acción, a los cuales debe concurrir el Secretario General y/o los funcionarios de la Dirección de Seguridad y Justicia que se designen. 25. Revisa los proyectos formulados por los Consejos Ministeriales Sectoriales en su ámbito de acción y monitorea su desarrollo.
26. Apoya en representación de la Secretaría General, a la Presidencia Pro Tempore entrante, en la elaboración del Programa Anual de Actividades. 27. Lleva a cabo las acciones que el Secretario(a) General le señale para el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de coordinación y apoyo institucional a los Órganos de UNASUR. 28. Revisa oportunamente la correspondencia que recibe del Despacho del Secretario(a) General. 29. Fomenta el intercambio de ideas e información en general, entre las Coordinaciones de su ámbito de acción, para posibilitar el trabajo en equipo. 30. Realiza el monitoreo de la transmisión oportuna al CCI, de toda la información de carácter relevante concerniente a la Dirección de Seguridad y Defensa. 31. Coordina con el Director de la Oficina de Administración y Talento Humano, la entrega del Reglamento Interno de la Secretaría General, del Reglamento Interno de Personal, del Acuerdo de Sede, y de otros documentos de carácter normativo, ya sea en forma física o digital, a todos los funcionarios de la Dirección de Seguridad y Defensa. 32. Evalúa el desempeño de los funcionarios de la Dirección de Seguridad y Justicia, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el Procedimiento de Evaluación del Desempeño, de la Secretaría General. 33. Vela por la confidencialidad en el manejo de la información y por el mantenimiento de la ética, la probidad y la efectividad en el cumplimiento de las funciones de la Dirección de Seguridad y Justicia. 34. Motiva permanentemente a los funcionarios de la Dirección de Seguridad y Justicia, en función del oportuno cumplimiento de los mandatos de los Órganos de UNASUR, para la consolidación del proceso de integración entre las Naciones Suramericanas. 35. Vela por el cuidado de los bienes muebles asignados a la Dirección de Seguridad y Justicia y reporta oportunamente al Director(a) de la Oficina de