AUTOS: JITERMAN DAVID JORGE S/ QUIEBRA. EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 7 ACREEDOR: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.) REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Carlos Pellegrini 53, piso 1 Cap. Fed.. DOMICILIO CONSTITUIDO: Carlos Pellegrini 53, piso 1 Cap. Fed. SOLICITA VERIFICACION POR: $ 20.919,87 CON CARÁCTER: Privilegio General Art. 246 inc. 2 y 4 ( $ 7.055,30) y Quirografario ( $ 13.814,57). CAUSA INVOCADA: Obligaciones impositivas impagas. ELEMENTOS PRESENTADOS: Designación de apoderado. Anexo detalle de deuda. Boletas de Deuda. Liquidación de intereses resarcitorios. Padrón de contribuyentes. Listado de Declaraciones Juradas. Listado de pagos. RESERVAS EFECTUADAS: a) Por créditos que surgieren como consecuencia de la tarea de fiscalización y/o cualquier otro crédito en materia aduanera, tributaria y previsional no reclamada. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: a) Demanda de la insinuante: Persigue la verificación de créditos de tipo impositivo a los que, por su actividad, estaba obligada la deudora y que quedaron impagas a la fecha de apertura de la quiebra. Presenta la documentación detallada antes para justificar su pretensión, en la que detalla los conceptos de capital impagos y el cálculo de intereses resarcitorios de tales conceptos reclamados de acuerdo a las normas fiscales vigentes. En todos los casos el cálculo se realiza hasta la fecha de apertura de la quiebra. Los conceptos reclamados comprenden: Gananacias DDJJ 1999; Emergencias Altas rentas DDJJ 1999 y Bs. Personales DDJJ 1999 y anticipos año 2000. El resumen de la pretensión es el siguiente: CONCEPTO PRIVILEG. QUIROGRAQ TOTAL 1
GRAL ($) QUIROFARIO TOTAL($) ($) CREDITOS IMPOSITIVOS 7.055,30 13.814,57 20.869,87. c) Análisis de la Sindicatura: del estudio de las actuaciones surgen las siguientes conclusiones: Esta Sindicatura conoce y comparte La doctrina y jurisprudencia que ataca por insuficiente la presentación de los Organismos Fiscales en base, solamente, de actas de deuda y presunciones de oficio. Pero este no es el caso. El acreedor no ha acompañado copia de las declaraciones juradas que reclama, pero sí se ha hecho un pormenorizado detalle de las mismas y, en ningún caso, ha determinado la deuda sobre base presunta, sino a partir de las propias declaraciones juradas que la fallida presentó y no pagó. En lo que hace a los conceptos de capital reclamados surge que los mismos son anteriores al decreto de quiebra. Finalmente, respecto a los intereses que calcula y reclama la insinuante, esta Sindicatura comparte el concepto que es atribución de V.S. la de morigerar los mismos cuando se consideran excesivos y afectan la paridad entre los acreedores. De esta manera aplicando la tasa activa para operaciones de descuento para el Banco de la Nación Argentina surge que, el total de intereses solicitados por el Fisco resulta superior al que arroja el cálculo en la forma descripta en $ 3.990,20. En consecuencia, esta Sindicatura aconsejará a V.S. la admisión de los intereses hasta el monto calculado como tope. En resumen, los montos y grados aconsejados surgen del presente esquema: CONCEPTO PRIVILEG. QUIROGRA TOTAL ($) GRAL ($) FARIO ($) CREDITOS IMPOSITIVOS 7.055,30 9.824,37 16.879,67 CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita en forma parcial la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV.GRAL.($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 7.055,30 13.814,57 20.869,87 ACONSEJADO VERIFICAR 7.055,30 9.824,37 16.879,67 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 3.990,20 3.990,20 2
DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO CON 30/100 ($ 7.055,30) CON EL PRIVILEGIO PREVISTO EN EL ART. 246 INC. 2 Y 4 LCQ; POR UN IMPORTE DE PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON 37/100 ($ 9.824,37) CON CARÁCTER QUIROGRAFARIO; INADMISIBLE POR UN IMPORTE DE PESOS TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 20/100 ($ 3.990,20); Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 1 ACREEDOR: ABN AMRO BANK REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: No informa DOMICILIO CONSTITUIDO: Paraguay 580 Piso 1º. B SOLICITA VERIFICACION POR: $ 22.679,92.- CON CARÁCTER: Quirografario CAUSA INVOCADA: Dos son las causas en la que basa su pretensión: a) saldo impago de una tarjeta de crédito VISA N 29927409; b) saldo deudor de cuenta corriente bancaria N 0470-01372-2. ELEMENTOS PRESENTADOS: Solicitud de contrato de tarjeta de crédito de fecha 18 de Mayo de 2001, Liquidaciones de la tarjeta de crédito desde el mes de marzo de 2001 al mes de noviembre de 2001, solicitudes de aperturas y adhesión de cuenta corriente, Condiciones Generales establecidas para los productos solicitados y conformidad para el débito de comisiones y gastos, Resumen del último movimiento de la cuenta corriente, copia de sentencia del 10/8//2004. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. 3
ANALISIS DE LA INSINUACION: 1) Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos. A efectos de una mayor claridad metodológica dividirá la pretensión, tal como ha sido presentada, en dos rubros. El primero de ellos responde al saldo impago de la tarjeta de crédito VISA N 29927409 por un importe de $ 7.054,01 de capital; $ 10.047,14 de intereses y $ 2.109,90 de IVA sobre los intereses. Se informa como fecha de mora el 20/11/2001 al no haberse abonado el monto mínimo de la suma adeudada. En las razones expuestas funda el solicitante su pretensión, con el carácter de quirografario. El segundo se origina en el saldo deudor de una cuenta corriente bancaria la cual fue cerrada el día 10 de enero de 2002 con un saldo deudor de $ 1.625,98. La insinuante inició acción judicial que tramita por ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N 16 Secretaría 160, en la cual se dictó sentencia con fecha 10-8-2004 condenándosela al pago del capital reclamado de $ 1.625,98 con mas sus intereses a partir de la fecha de mora establecida (30/11/2001).- En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 8.679,99 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 22.679,92 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) Y GASTOS($) Tarjeta VISA 7.054,01 12.157,04 19.211,05 Cuenta Corriente 1.625,98 1.792,88 3.418,87 2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: El insinuante ABN AMRO BANK Bank NV se presenta como fiduciario del Fideicomiso Laverc cuyos bienes fideicomitidos formaban parte de los activos del Scotiabank Quilmes SA. Ahora bien, respecto de la tarjeta de crédito que la fallida solicitó oportunamente al Scotiabank Quilmes SA, no se aporta documentación alguna que avale que este crédito del Scotiabank Quilmes SA forme parte del Fideicomiso Laverc. En tanto que, respecto del saldo deudor de la cuenta corriente, acompaña copia de la sentencia por la cual se condena a la fallida a pagarle a ABN AMRO BANK el importe adeudado. Respecto de la tasa de justicia no aporta comprobante de la misma no pudiendo validar fecha de deposito y monto. En cuanto al cálculo de intereses respecto del saldo deudor de la cuenta corriente se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa de Banco Nación surgiendo que el importe de intereses es de $ 1.664,30.- Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 1.625,98 e concepto de capital; $ 1.664,30 en concepto de intereses; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 3.340,28. 4
CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita en forma parcial la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 22.629,92 22.679,92 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 3.290,28 3.290,28 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 19.289,64 19.289,64 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 28/100 ($ 3.290,28) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; INADMISIBLE POR UN IMPORTE DE PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 64/100 ($ 19.289,64); Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 6 ACREEDOR: AMERICAN EXPRESS ARGENTINA S.A. REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Arenales 707 Cap. Fed. DOMICILIO CONSTITUIDO: Viamonte 1328 piso 6 Of. 23 Cap. Fed. SOLICITA VERIFICACION POR: $ 27.530,85.- CON CARÁCTER: Quirografario CAUSA INVOCADA: Tres son las causas en la que basa su pretensión: a) Saldo deudor tarjetas de crédito AMERICAN EXPRESS N 3764-096664-23008; b) Saldo deudor tarjetas de crédito AMERICAN EXPRESS N 3766-116714-04008; c) Gastos proceso judicial. 5
ELEMENTOS PRESENTADOS: Poder General para juicios, estados de cuenta de la tarjetas, solicitud y aceptación de condiciones, facturas de gastos, constancia de pago mediación y copia pago tasa de justicia. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos. A efectos de una mayor claridad metodológica se dividirá la pretensión, tal como ha sido presentada, en tres rubros: El primero de ellos responde al saldo deudor de la tarjeta de crédito AMERICAN EXPRESS N 3764-096664-23008 con un saldo impago de $ 11.414,78, estableciendo como fecha de mora el 18 de febrero de 2002.. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 11.349,71. Todo con el carácter de quirografario. El segundo rubro corresponde al saldo deudor de la tarjeta de crédito AMERICAN EXPRESS N 3766-116714-04007 con un saldo impago de $ 1.899,92, estableciendo como fecha de mora el 18 de febrero de 2002. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 1.889,09. Todo con el carácter de quirografario. El tercer rubro corresponde a los gastos del proceso judicial en la causa AMERICAN EXPRESS ARGENTINA SA C/ JITERMAN DAVID S/ORDINARIO por un total de $ 977,35.- En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 14.292,05 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 27.530,85 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) ($) T. Amex 23008 11.414,78 11.349,71 22.764,49 Corriente T, Amex 04007 1.899,92 1.889,09 3.789,01 Gastos Judiciales 977,35 977,35 2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: Cada uno de los rubros solicitados surgen de la documentación aportada y detallada en los puntos precedentes. 6
En cuanto al cálculo de intereses respecto del saldo deudor de las tarjetas de crédito se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa de Banco Nación para operaciones de descuento surgiendo que el importe de intereses solicitado es correcto.- Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 14.292,05 en concepto de capital; $ 13.238,80 en concepto de intereses;; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 27.580,85. CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 27.530,85 27.530,85 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 27.530,85 27.530,85 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 0,00 0,00 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA CON 85/100 ($ 27.530,85) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 5 ACREEDOR: BANCO BBVA BANCO FRANCES S.A. REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Reconquista 199 Cap. Fed. DOMICILIO CONSTITUIDO: 25 de mayo 168 5 Of. 33 Cap. Fed. SOLICITA VERIFICACION POR: $ 50.405,51 CON CARÁCTER: Quirografario 7
CAUSA INVOCADA: Tres son las causas en la que basa su pretensión: a) saldo deudor de préstamo personal N 017-0026-6-5-9600003043 b) saldo deudor de la cuenta corriente 3866-5 c) Tasa de Justicia abonada en autos: BANCO FRANCES S.A. c/ JITERMAN DAVID JORGE. ELEMENTOS PRESENTADOS: Poder, certificado de saldo deudor, pagaré, carta documento, escrito de demanda, constancia de pago del tributo de justicia, sentencia, desarrollo analítico del préstamo personal, solicitud de vinculación del cliente, solicitud del crédito, condiciones generales de vinculación y carta enviada por el deudor. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: 1) Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos. A efectos de una mayor claridad metodológica dividirá la pretensión, tal como ha sido presentada, en tres rubros: El primero de ellos responde al saldo deudor del préstamo personal N 017-0026-6-5- 9600003043 de fecha 22 de septiembre de 2000 por un importe original de $ 30.000y un saldo impago de capital de $ 21.894,78 al 25/9/2001. Asimismo aplica intereses a la tasa del 23% anual en concepto de compensatorios y del 11,5% en concepto de punitorios hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 26.117,17. Todo con el carácter de quirografario. El segundo se origina en el saldo deudor de la cuenta corriente N 3866-5 la cual al 25/9/2001 (fecha de su cierre definitiva) arroja un saldo de $ 392,67. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 408,67. Todo con el carácter de quirografario. El tercer rubro corresponde a la tasa de justicia abonada en autos BANCO FRANCES SA C/ JITERMAN DAVID JORGE S/ EJECUTIVO por un importe de $ 896,72 con fecha 30/7/2002. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 695,49. Todo con el carácter de quirografario. En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 23.184,17 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 50.405,50 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) E IVA($) Préstamo Personal 21.894,78 26.117,18 48.011,96 Cuenta Cte. 392,67 408,67 801,34 Tasa de Justicia 896,72 695,49 1.592,21 8
2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: Cada uno de los rubros solicitados surgen de la documentación aportada y detallada en los puntos precedentes. Asimismo, respecto a los intereses que calcula y reclama la insinuante, esta Sindicatura comparte el criterio de que es atribución de V. S. morigerar los mismos cuando se consideran excesivos y afectan la paridad entre los acreedores. Por tal motivo se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa del Banco Nación para operaciones de descuento, surgiendo que no se exceden los parámetros de la misma. Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 23.184,17 en concepto de capital; $ 27.221,34 en concepto de intereses; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 50.455,51. CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 50.405,51 50.405,51 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 50405,51 50.405,51 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 0,00 0,00 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCO CON 51/100 ($ 50.405,51) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 2 ACREEDOR: CITIBANK N.A. REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Carlos Pellegrini 1023 piso 10 Cap. Fed. DOMICILIO CONSTITUIDO: Pasaje del Carmen 716 piso 6 B Cap. Fed. 9
SOLICITA VERIFICACION POR: $ 56.612,15.- CON CARÁCTER: Quirografario CAUSA INVOCADA: Cuatro son las causas en la que basa su pretensión: a) saldo deudor de la cuenta corriente bancaria N 0/309488/016; b) saldo deudor de un préstamo personal N 7003540140; c) saldo deudor de la tarjeta de crédito MASTERCARD MC 2223798; d) saldo deudor de la tarjeta de crédito VISA CLASSIC VC 28897387. ELEMENTOS PRESENTADOS: Certificado de cierre de Cuenta Corriente N 0/309488/016, solicitud de otorgamiento y extractos de la referida cuenta; pagaré a la vista y sin protesto por U$s 8.300, solicitud de otorgamiento del préstamo personal y resúmenes; solicitud de otorgamiento de tarjeta de crédito MASTERCARD y resúmenes de cuenta de la referida tarjeta; solicitud de otorgamiento de tarjeta de crédito VISA CLASSIC y resúmenes de cuenta de la referida tarjeta. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: 1) Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos. A efectos de una mayor claridad metodológica dividirá la pretensión, tal como ha sido presentada, en cuatro rubros: El primero de ellos responde al saldo deudor de la cuenta corriente bancaria N 0/309488/016 cerrada el 31/10/2001 arrojando a esa fecha una deuda de $ 8.124,21. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 8.549,67. Todo con el carácter de quirografario. El segundo se origina en el saldo deudor del préstamo personal N 7003540140. Denuncia como fecha de mora desde el 19 de julio de 2001 en que el deudor se rehusó a abonar el saldo debido de $ 6.618,75. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 7.296,24. Todo con el carácter de quirografario. El tercer rubro se origina en el saldo deudor de la tarjeta de crédito MASTERCARD MC 2223798 la cual fue anulada el 29 de octubre de 2002 ante los incumplimientos del deudor arrojando a esa fecha una deuda de $ 6.977,13. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 4.340,81. Todo con el carácter de quirografario. El cuarto rubro se origina en el saldo deudor de la tarjeta de crédito VISA CLASSIC VC 28897387 la cual fue anulada el 24 de octubre de 2001 ante los incumplimientos del deudor arrojando a esa fecha una deuda de $ 7.128,86. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra 10
(10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 7.526,48. Todo con el carácter de quirografario. En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 28.848,95 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 56.562,15 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) Y GASTOS($) Cuenta Corriente 8.124,21 8.549,67 16.673,88 Préstamo Personal 6.618,75 7.296,24 13.914,99 Tarj. Mastercard 6.977,13 4.340,81 11.317,94 Tarjeta VISA 7.128,86 7.526,48 14.655,34 2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: Cada uno de los rubros solicitados surgen de la documentación aportada y detallada en los puntos precedentes. En cuanto al cálculo de intereses respecto del saldo deudor de la cuenta corriente se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa de Banco Nación para operaciones de descuento surgiendo que el importe de intereses solicitado es correcto.- Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 28.848,95 en concepto de capital; $ 27.713,20 en concepto de intereses; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 56.612,15. CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 56.562,15 56.562,15 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 56.562,15 56.562,15 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 0,00 0,00 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 15/100 ($ 56.562,15) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ 11
AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 4 ACREEDOR: DINERS CLUB ARGENTINA SA REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Carlos Pellegrini 1023 piso 10 Cap. Fed. DOMICILIO CONSTITUIDO: Pasaje del Carmen 716 piso 6 B Cap. Fed. SOLICITA VERIFICACION POR: $ 10.006,27.- CON CARÁCTER: Quirografario CAUSA INVOCADA: Saldo deudor de la tarjeta de crédito DINERS CLUB N 3646-491968.- ELEMENTOS PRESENTADOS: Solicitud de tarjeta de crédito N 3646-491968 y resúmenes de cuenta de la referida tarjeta. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: 1) Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos, a saber: Saldo deudor de la tarjeta de crédito DINERS CLUB N 3646-491968 cerrada el 31 de octubre de 2001 ante los incumplimientos del deudor, arrojando a esa fecha un saldo de $ 4.851,11. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 5.105,16. Todo con el carácter de quirografario. En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 4851,11 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 9.956,27 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) Y GASTOS($) Tarj. DINERS 4.851,11 5105,16 9.956,27 12
2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: El credito por el cual se solicita verificar surge de la documentación aportada y detallada en los puntos precedentes. En cuanto al cálculo de intereses respecto del saldo deudor de la tarjeta de crédito se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa de Banco Nación para operaciones de descuento surgiendo que el importe de intereses solicitado es correcto.- Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 4.851,11 en concepto de capital; $ 5.105,16 en concepto de intereses; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 10.006,27. CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 9.956,27 9.956,27 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 9.956,27 9.956,27 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 0,00 0,00 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 27/100 ($ 9.956,27) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ AUTOS: JITERMAN, DAVID JORGE S/ QUIEBRA EXPTE.: 60.877 LEGAJO DE VERIFICACIÓN Nº: 3 ACREEDOR: BANCO MACRO BANSUD S.A. REPRESENTACIÓN: Por apoderado. DOMICILIO REAL: Sarmiento 447 Cap. Fed. DOMICILIO CONSTITUIDO: Paraná 754 piso 8 Cap. Fed. SOLICITA VERIFICACION POR: $ 33.191,74.- 13
CON CARÁCTER: Quirografario CAUSA INVOCADA: Tres son las causas en la que basa su pretensión: a) saldo deudor de la cuenta corriente bancaria N 03-358419-1-01; b) saldo deudor de la tarjeta de crédito VISA GOLD N 0039545158; c) Créditos varios por $ 2.768,86. ELEMENTOS PRESENTADOS: Solicitud de apertura de cuenta corriente; certificado de saldo deudor en cuenta corriente; extractos de la cuenta corriente desde el mes de febrero de 1998 y hasta el mes de noviembre de 2001; Solicitud de tarjeta de crédito Visa Gold; resúmenes de tarjeta de crédito VISA Gold desde julio de 2000 hasta enero de 2003. RESERVAS EFECTUADAS: Ninguna. OBSERVACION O IMPUGNACION A LA SOLICITUD: No. ANALISIS DE LA INSINUACION: 1) Demanda de la insinuante: persigue la verificación de un crédito originado en los motivos expuestos ut- supra, para cuya justificación acompaña la documentación que ya ha sido detallada y un relato de los hechos. A efectos de una mayor claridad metodológica dividirá la pretensión, tal como ha sido presentada, en tres rubros: El primero de ellos responde al saldo deudor de la cuenta corriente bancaria N 03-358419-1-01 cerrada el 22/11/2001 arrojando a esa fecha una deuda de $ 12.407,88. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 12.947,10 mas el IVA sobre los intereses por $ 1359,44. Todo con el carácter de quirografario. El segundo se origina en el saldo deudor de la tarjeta de crédito VISA Gold N 0039545158. Denuncia como fecha de mora desde el 13 de febrero de 20003 con un saldo a abonar de $ 977,99. Asimismo aplica intereses utilizando la Tasa Activa Banco Nación hasta la fecha de apertura de la quiebra (10/3/2005) determinando por este concepto la suma de $ 466,48 mas el IVA sobre los intereses $ 48.,98. Todo con el carácter de quirografario. El tercer rubro reclamado corresponde a un supuesto pago efectuado por el banco para cubrir el saldo de la tarjeta de crédito por un importe de $ 2.768,86. En resumen el pretenso acreedor reclama un capital de $ 16.154,73 mas intereses, con lo que totaliza su pretensión de $ 33.191,74 y todo con el carácter de quirografario. El resumen de su pretensión es el siguiente: CONCEPTO CAPITAL ($) INTERESES TOTAL ($) E IVA($) Cuenta Corriente 12.407,88 14.306,54 26.714,42 Tarjeta VISA 977,99 515,46 1.493,45 Creditos Varios 2.768,86 2.215,01 4.983,87 14
2) Análisis de la Sindicatura: del detenido estudio de la presentación del pretenso acreedor surgen las siguientes conclusiones: Con respecto al saldo deudor de la cuenta corriente N 03-358419-1-01 y de la tarjeta de crédito VISA Gold N 0039545158 solicitados surgen de la documentación aportada y detallada en los puntos precedentes. En cuanto al rubro de créditos varios correspondiente a un supuesto pago efectuado por el banco Macro bansud SA para cancelar el saldo de tarjeta de crédito con fecha 30/8/2002 por un importe de $ 2.768,86, la insinuante solo adjunta un resumen de tarjeta de crédito en el cual figura un concepto de créditos vs. en pesos por dicho importe. A criterio de esta sindicatura, esta documentación resulta insuficiente para avalar que tal acreditación corresponde a un pago efectuado por la insinuante. En cuanto al cálculo de intereses respecto del saldo deudor de la cuenta corriente se procedió a revisar los mismos aplicando la tasa activa de Banco Nación para operaciones de descuento surgiendo que el importe de intereses solicitado es correcto.- Conforme a lo expuesto precedentemente esta Sindicatura aconseja verificar $ 13.385,87 en concepto de capital; $ 13.413,58 en concepto de intereses; $ 1.408,42 en concepto de IVA sobre intereses; $ 50 en concepto de arancel art 32 LCQ, totalizando $ 28.257,87 y rechazar $ 2.768,86 en concepto de capital; $ 2004,54 en concepto de intereses; $ 210,47 en concepto de IVA sobre intereses. CONCLUSIÓN: La documentación acompañada acredita en forma parcial la existencia y legitimidad de la acreencia pretendida, de acuerdo al siguiente detalle: GRADO E IMPORTE PRIV. ESP($) QUIROG. ($) TOTAL ($) SOLICITADO VERIFICAR 0,00 33.191,74 33.191,74 ACONSEJADO VERIFICAR 0,00 28.207,87 28.207,87 ACONSEJADO ADMITIR 0,00 0,00 0,00 ACONSEJADO RECHAZAR 0,00 4.983,87 4.983,87 DICTAMEN DE LA SINDICATURA: SE ACONSEJA VERIFICAR EL CREDITO SOLICITADO POR UN IMPORTE DE PESOS VEITIOCHO MIL DOSCIENTOS SIETE CON 87/100 ($ 28.207,87) CON EL CARÁCTER DE QUIROGRAFARIO; INADMISIBLE POR UN IMPORTE DE PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 87/100 ($ 4.983,87); Y RECONOCER UN IMPORTE DE PESOS CINCUENTA ($ 50,00) EN CONCEPTO DE REINTEGRO ARANCEL ART. 32 LCQ CON LA PREFERENCIA DEL ART. 240 LCQ 15
SINDICO PRESENTA INFORME ART. 35 L.C. Señor Juez: Angel Vello Vazquez, Contador Público, en mi carácter de síndico, manteniendo el domicilio constituido en Paraná 275, Piso 4 7, en autos caratulados: JITERMAN DAVID JORGE S/QUIEBRA, EXPTE. N 60.877 a V.S. con todo respeto digo: Que vengo a presentar el informe individual de créditos previsto por el art. 35 de la Ley Concursal. Se adjuntan los dictámenes correspondientes a las solicitudes de verificación presentadas por los acreedores que a continuación se detallan: 1. ABN AMRO BANK 2. CITIBANK NA.- 3. BANCO MACRO BANSUD S.A. 4. DINERS CLUB ARGENTINA S.A. 5. BBVA BANCO FRANCES S.A. 6. AMERICAN EXPRESS ARGENTINA S.A. 7. AFIP.- a disposición de los interesados.- Se agregue el presente informe a los autos respectivo y se ponga SERA JUSTICIA 16