CARMELO. Bolivia - 2015 GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DEL COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA EL ADULTO MAYOR



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Transcripción:

GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DEL COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA EL ADULTO MAYOR CARMELO Bolivia - 2015 GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DEL COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA EL ADULTO MAYOR 0

CARMELO 1. INTRODUCCIÓN Las intervenciones necesarias para prevenir la malnutrición en la población, se orientan a establecer la seguridad alimentaria en las familias y en las comunidades, el aumento de la expectativa de vida de la población, constituye sin duda un importante logro social. Las y los adultos mayores constituyen un grupo vulnerable, con una alta probabilidad de malnutrición que se relaciona a la disminuida capacidad funcional de los distintos órganos, reducción del metabolismo basal y menor absorción de nutrientes propios de la tercera edad, siendo necesario mantener un estado de salud y nutrición adecuado para aumentar su longevidad y calidad de vida. En este sentido, y con la finalidad de contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional de las y los adultos mayores bolivianos, el Ministerio de Salud formuló el complemento nutricional denominado CARMELO ; en concordancia con la Constitución Política del Estado que en su Artículo 67, numeral I que señala: todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana, y en el marco de la política de Salud Familiar Comunitaria Intercultural, que promueve la seguridad alimentaria y nutricional de las personas, familias y comunidades. La Resolución Ministerial N 1028 y Decreto Supremo N 1984 incorporan el complemento nutricional para el adulto mayor CARMELO en las prestaciones la Ley N 475 Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia. Este beneficio está garantizado para el 100% de personas adultas mayores del Estado Plurinacional de Bolivia, sean estos beneficiarios de la Seguridad Corto Plazo o no. 2. MARCO LEGAL Constitución Política del Estado: Art. 67, numeral I señala: todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana Ley de protección de los Derechos y Privilegios del Adulto Mayor Ley 1886. Renta Dignidad Ley 3791. Seguro de Vejez para el adulto mayor Ley 2333. Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia. 3. OBJETIVO El objetivo del Complemento Nutricional CARMELO es contribuir a la seguridad alimentaria y nutricional de las y los adultos mayores de Bolivia. 4. NOMBRE GENERICO Complemento Nutricional para el Adulto Mayor 1

5. MARCA CARMELO 6. DESCRIPCION DEL PRODUCTO CARMELO es un producto instantáneo en polvo, compuesto por concentrados proteicos de leche, cereales de cañahua y/o amaranto, arroz y/o maíz, colágeno hidrolizado, almidón hidrolizado, maltodextrinas, vitaminas y minerales, ácido graso omega 3 (DHA y EPA). Por su composición se considera un producto con propiedades farmacológicas, esta formulación incentiva y revaloriza la producción y consumo de cereales andinos. Su preparación es sencilla, no necesita cocción, fácilmente digerible, de consistencia adecuada para suplir la deficiencia de piezas dentarias, inicialmente en sabores a vainilla, plátano y dulce de leche. El complemento nutricional CARMELO viene en una presentación de 900 g con un costo de Bs. 54, las y los adultos mayores deben recibirlo en el establecimiento de salud más cercano a su domicilio. La ración diaria, es de 30 gramos del producto que deberán ser diluidos en 150 mililitros de agua fría o tibia previamente hervida o jugos de frutas naturales. Las especificaciones técnicas del complemento nutricional se resumen en el Anexo 1 del presente documento y se encuentran en el documento Especificaciones Técnicas del Complemento Nutricional para el Adulto Mayor 7. BENEFICIARIOS Todas las y los adultos mayores a partir de los 60 años jubilados de instituciones públicas, privadas y no jubilados en todo el territorio nacional. Los adultos mayores jubilados recibirán el complemento nutricional en establecimientos de la Seguridad Social a corto plazo. Los adultos mayores no jubilados recibirán el complemento nutricional en los establecimientos de salud del sistema público de primer nivel de atención más cercano a su domicilio. 8. BENEFICIOS DEL PRODUCTO Prevención y tratamiento de las carencias nutricionales. Contribución a mantener o mejorar la funcionalidad física y psíquica. Mejoramiento de las funciones cognitivas (falta de concentración y memoria) 2

Incremento de la densidad de la masa de los huesos, especialmente en condiciones de deficiencia de calcio y proteínas. Aumento las defensas del organismo (infecciones). Refuerzan el aporte nutricional de la alimentación brindados a los adultos mayores. 9. FLUJO DE ENTREGA Los Gobiernos Autónomos Municipales (GAM) y la Seguridad Social a Corto Plazo realizarán su entrega a través de sus establecimientos de Salud y/o en las visitas domiciliarias familiares o comunitarias si corresponde. FLUJOGRAMA DE ENTREGA Ingreso del adulto mayor al E.S. Identificación - Abrir hoja de atención para el adulto mayor (Historia Clínica). - Anotar el nombre completo y datos generales (fecha, edad, sexo). Valoración Nutricional - Medición del IMC y determinación del estado nutricional de acuerdo a necesidad y/o normativa Prevención - Recomendar una alimentación y hábitos saludables. - Consejería nutricional de los beneficios y forma de preparación del Carmelo. - Entrega del Complemento (1 bolsa de 900 g) - Planificar visitas de seguimiento. Registro del CARMELO - Sera de acuerdo a los instrumentos establecidos como el Kardex, recibo recetario. Descargo de la prestación - Registrar en los Recibos Recetarios (Anexo 3), para el descargo correspondiente. Las el adulto mayor recibirá el complemento nutricional el mismo día de su atención, registrándose en la historia clínica, kardex de FIM municipal y el recibo recetario. 3

Se realizará la entrega de una bolsa por mes (cada 30 días), debiendo el beneficiario estar asegurado en el establecimiento de salud de su circunscripción de acuerdo a normativa vigente. Los adultos mayores frágiles y/o inmovilizados que no puedan asistir al establecimiento de salud serán visitados por el personal de salud, en este caso es necesario que el personal de salud realice la atención integral en salud en las visitas domiciliarias. 10. RECURSOS ECONOMICOS: Los Gobiernos Autónomos Municipales (GAM) en cumplimiento a la Ley N 475 garantizarán los recursos económicos necesarios para la adquisición del complemento nutricional para el adulto mayor en su municipio en coordinación con el personal de salud. La Seguridad Social a Corto Plazo, de acuerdo a la población afiliada de las y los adultos mayores programará los recursos económicos necesarios. 11. RESPONSABILIDADES TÉCNICO - ADMINISTRATIVAS 11.1 RESPONSABILIDADES DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES Compra del complemento nutricional CARMELO en su municipio, según normativa vigente (Norma básica del sistema de administración de bienes y servicios y Documentación base de contratación de medicamentos). Dotar de infraestructura adecuada para el almacenamiento, de acuerdo al Manual de Evaluación de Acreditación y Evaluación de Establecimientos de Salud de Primer Nivel de Atención y el Manual de la Farmacia Institucional Municipal FIM. Asignar presupuesto a los establecimientos de salud de su jurisdicción para implementar los mecanismos de Promoción de la Salud (educación en la salud) con referencia al Complemento nutricional Carmelo, para socializar esta estrategia a la población. 11.2 RESPONSABILIDADES DE LA COORDINACIÓN DE RED Supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de todos los aspectos técnicos y administrativos que directa o indirectamente incidan en la implementación del CARMELO Supervisión a Establecimientos de Salud de primer nivel. Coordinar las acciones necesarias con la Responsable de Nutrición y Farmacia de los SEDES. 11.3 RESPONSABILIDADES EQUIPO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD 4

Gestionar los recursos económicos y programar el requerimiento del complemento nutricional CARMELO. Evaluar el cumplimiento de las metas de coberturas, realizando las correcciones necesarias al mismo e informando oportunamente a las autoridades municipales y departamentales. Supervisar el proceso de distribución del establecimiento de salud en la entrega a beneficiarios. Realizar sesiones educativas y orientación nutricional al Adulto Mayor. Mantener un registro adecuado de los productos recibidos y distribuidos y del número de personas atendidas. 11.4 RESPONSABILIDADES DE LA FIM EN LA DISTRIBUCIÓN DEL COMPLEMENTO NUTRICIONAL CARMELO Aplicar las Buenas Prácticas de Almacenamiento para el control de la calidad del producto CARMELO a fin de asegurar el cumplimiento de inocuidad. Consolidar la información actualizada sobre la disponibilidad del complemento nutricional en la FIM del establecimiento de salud. Realizar las gestiones técnicos administrativos para la disponibilidad del complemento nutricional en los establecimientos de salud para el abastecimiento y entrega oportunos. 5

Anexo 1 TABLA DE COMPOSICION QUIMICA DEL COMPLEMENTO NUTRICIONAL PARA EL ADULTO MAYOR- CARMELO Información Nutricional Ración: 1 porción diaria de (30 g) en 150 ml de agua Porciones por envase: 30 Nutrientes Unidad Aporte en 100g Aporte en 30g Calorías Kcal 415 125 Proteínas g 17 5 Total Grasa g 12 4 Total Carbohidratos g 62 19 Vitamina A µger 1000 300 Vitamina C mg 150 45 Calcio mg 700 210 Hierro mg 11 3.3 Vitamina D3 µg 35 11 Vitamina E mg 40 12 Vitamina K µg 210 63 Tiamina mg 2,7 0,8 Riboflavina mg 3,5 1,1 Niacina mg 40 12 Vitamina B6 mg 4,5 1,4 Ácido fólico µg 660 198 Vitamina B12 µg 7.2 2,2 Fósforo mg 1350 405 Cromo µg 57 17.1 Selenio µg 75 22.5 Yodo µg 13 3.9 Magnesio mg 168 50.4 Zinc mg 12 3.6 DHA y EPA mg 42.44 14.5 ANEXO N 2 PROCEDIMIENTO DE DESCARGO EN EL SALMI 6

Ley 475 PC- 234 COMPLEMENTO NUTRICIONAL COMPLEMENTO NUTRICIONAL CONSUMIR 30 GRAMOS POR DÍA EN 150 ml DE AGUA HERVIDA TIBIA O FRÍA 1 BOLSA 1 54 54 54 7