POLITICA DE SEGURIDAD VIAL: Es compromiso de la Gerencia de la empresa G.A Transportes SAS, implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial, el cual permita promover en los trabajadores tanto administrativos como conductores, la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía, y en consecuencia la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública. Este plan busca: Mejorar la competencia del personal, en los temas de seguridad vial. Manejar los riesgos inherentes a la conducción. Generar en el individuo, calidad de vida Divulgación: Junio de 2016
POLITICA DE ALCOHOL, DROGA Y TABAQUISMO Las personas que se encuentren laborando en la Empresa G.A Transporte SAS no podrán consumir, ni llevar a cabo sus funciones bajo los efectos de sustancias como el alcohol, las drogas u otras que pongan en riesgo la vida propia y la de otros, así como el normal desempeño de las operaciones. Dentro de las instalaciones propias, de los clientes y en los vehículos de la empresa no se podrá fumar. La empresa realizará campañas sobre el no uso de estas sustancias en los lugares y horarios de trabajo, con el fin de crear una conciencia de responsabilidad en sus colaboradores, además se reserva el derecho a realizar controles a dichas sustancias en el momento que se requiera. El no cumplimiento de esta política conllevara a sanciones disciplinarias. Todos los empleados de la empresa deben velar por el cumplimiento de esta política con el fin de asegurar la salud y el bienestar de todos.
POLITICA DEL SGI G.A Transportes SAS se compromete con la protección y promoción de la salud de los trabajadores, procurando su integridad física mediante el control de los riesgos, el mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente. Nos comprometemos a satisfacer las necesidades de los clientes mediante una adecuada logística, vehículos seguros y un equipo humano calificado y motivado que proporcione calidez, eficiencia en el servicio y mejoramiento continuo. Todos los niveles de la organización asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo sano y seguro, cumpliendo los requisitos legales aplicables, vinculando a las partes interesadas en el Sistema de Gestión Integral, destinando los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para la gestión. Para lograr nuestra planeación estratégica nos comprometemos con: Cumplir con el marco legal aplicable a la organización Disminuir los impactos ambientales generados por nuestra operación, Disminuir los riesgos y enfermedades laborales aplicables a nuestra organización, tales como Públicos, Psicolabórales y ergonómicos Generar sostenibilidad de la organización Motivar de manera permanente a nuestros empleados y transportadores.
POLITICA DE REGULACIÓN DE HORAS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO G.A Transportes SAS, bajo los lineamientos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y el Plan Estratégico de Seguridad Vial, Implementará y mantendrá programas para el control, eliminación y mitigación de todos los factores causantes de accidentes de tránsito. Mediante la adopción de esta política la empresa busca garantizar un óptimo desempeño de sus operaciones dentro del marco de la seguridad vial; igualmente dentro de estas políticas se implementara la práctica de pausas activas como una medida obligatoria para promover y regular el adecuado descanso de los conductores. En consecuencia los programas que se implementarán bajo esta política deberán: Establecer tiempos de reposo y descanso para prevenir la fatiga Establecer pausa activas. ( Ejercicios de estiramiento) Los empleados que conduzcan vehículos afiliados al servicio de la empresa sin excepción alguna, podrán conducir ocho horas al día. Todos los empleados que conduzcan vehículos afiliados a la empresa deberán contar con día de descanso semanal sin excepción alguna. Incluir temas de capacitación sobre hábitos de sueño, descanso, nutrición y ejercicio, los cuales pueden prevenir la fatiga de los trabajadores Evaluar en caso de accidente o incidente de trabajo la probabilidad de causalidad por la fatiga
POLITICA DE NO USO DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN MOVILES MIENTRAS SE CONDUCE Tal como lo establece el código de tránsito en Colombia, mientras se conduce un vehículo motorizado, Se debe evitar toda conversación u otras distracciones cuando se está al volante ; aprueba el uso de móviles con fines laborales, pero prohíbe que los conductores los utilicen mientras conducen. Si es necesario realizar o recibir una llamada del teléfono móvil en cualquier momento mientras se conduce el vehículo, el conductor deberá detener el vehículo en un lugar seguro donde pueda realizar o recibir la llamada, tal como está establecido en el Código Nacional de Tránsito en el Cap.2 Art.131 Literal C. y si es el caso buscar un sitio adecuado donde estacionar tomando las precauciones necesarias, sin obstaculizar la vía y de esta manera atender la llamada o el mensaje. Queda TOTALMENTE PROHIBIDO para todos los empleados sin excepción alguna chatear o mandar mensajes mientras se conduce el vehículo. Los sistemas del GPS se programaran antes de iniciar el viaje y no durante el trascurso de la operación del vehículo
POLITICA DE REGULACIÓN DE LA VELOCIDAD En G.A Transportes SAS los límites de velocidad deben ser respetados; sin excepción, todos los conductores deben cumplir con los límites de velocidad establecidos en la normatividad vigente (Código Nacional de Tránsito), legislación colombiana y el PESV con el fin de lograr un equilibrio en el entorno social, con nuestros clientes y con el medio ambiente garantizando seguridad y tranquilidad para todos. Para dar cumplimiento la empresa se compromete a: Respetar las normas de tránsito atendiendo con especial atención las relacionadas con los límites de velocidad. Los límites de velocidad máxima permitida son: Carretera nacional: 80km/h Carretera municipal o zona urbana: 60km/h Vía veredal sin pavimentar: 30km/h Zona escolar o residencial: 30km/h Parqueaderos: 10km/h Los límites de velocidad se deberán reducir cuando: Se encuentra vías en mal estado - Ascenso o descensos pronunciados - Poca visibilidad (lluvia, neblina, humo, polvo)- Curvas peligrosas -Alto tráfico vehicular La violación de esta política se considera una falta grave y por esto la empresa podrá tomar las medidas disciplinarias necesarias. Esta política hace parte del contrato de trabajo y es de cumplimiento estricto y obligatorio por parte de todos los empleados de la empresa La empresa se compromete con la implementación de una serie de actividades de formación, orientación y vigilancia enfocadas en la regulación de la velocidad máxima definida por la empresa. ()
POLITICA DE USO DEL CINTURON DE SEGURIDAD Todo empleado y/o conductor de G.A Transportes SAS, debe usar el cinturón de seguridad siempre que conduzca un vehículo, por corto que sea el trayecto además es responsable que cada uno de los ocupantes del vehículo lo usen de manera apropiada y segura. Es obligatorio el uso del cinturón de seguridad por parte del conductor y de los pasajeros ubicados en el asiento delanteros, en todas las vías del territorio nacional. Con el fin de alcanzar el propósito de la empresa se fijan las siguientes medidas: El cinturón de seguridad debe ser de tres puntos, y estar correctamente colocado: encima del hombro, a través del pecho y la cadera, bien ajustado y abrochado con el anclaje de seguridad. Cumplir con la reglamentación establecida en la Ley 769 Cap. 3 Art. 82