REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES (RNC)



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Cuaderno Práctico de Estudio sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) Versión 0.3 Enero 2013 REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES (RNC) Cuaderno Práctico de Estudio República Dominicana Enero 2013

REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES (RNC) Cuaderno Práctico de Estudio

Esta es una publicación del Departamento de Educación Tributaria de la Dirección General de Impuestos Internos. Derecho de Reserva: Está permitido copiar, distribuir o comunicar el contenido de esta publicación, siempre y cuando se cumpla con las siguientes condiciones: Hacer las menciones de lugar de la autoría de esta publicación No uso comercial de la misma No modificar las informaciones para elaborar, transformar o generar otras publicaciones Título: Cuaderno Práctico de Estudio sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) Año: 2013 3ra. Edición Publicación: Idea: coordinación: Colaboradores (as): Validación Técnica: Validación Pedagógica: Subdirección de Planificación y Desarrollo Francisco Vásquez Araujo Laura Thöner Rossy Rojas Raymer Mella Lidia Ureña Natalia Pichardo Laura Acosta Pedro Henríquez Gerencia de Gestión de Registro y Cobranza Sección Registro de Contribuyentes Sección Reorganización de Sociedades y Regímenes Especiales Leonardo Díaz Elaboración: Andrea Ventura Diseño y Diagramación: Michel A. Pantaleón de Diseño y Diagramación

PRESENTACION Convencida de que la educación es el proceso fundamental sobre el cual se basa el desarrollo de la cultura y la conciencia ciudadana, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha elaborado la serie Cuadernos Prácticos de Estudio, concebidos con la finalidad de informar y capacitar a las y los contribuyentes y a la sociedad en general sobre temas tributarios de interés. Estos materiales son elaborados partiendo de la idea de que la relación entre los contribuyentes y la Administración Tributaria está basada en leyes y normas y es necesario contar con informaciones y herramientas específicas para interpretarlas y aplicarlas adecuadamente. Las personas que utilicen estos cuadernos encontrarán actividades que les ayudarán a conocer, comprender y aplicar las leyes, normas y procedimientos tributarios mediante la definición de conceptos y planteamientos teóricos, intercalados con ejercicios prácticos. Además, estos cuadernos forman parte de las estrategias que desarrolla la DGII para promover la cultura del cumplimiento y el acercamiento con la ciudadanía de manera abierta y transparente. Con gran satisfacción ponemos a su disposición los Cuadernos Prácticos de Estudio, con la certeza de que su contenido será de provecho y utilidad para las personas interesadas. Guarocuya Félix Director General

CONTENIDO Listado de Siglas Introducción Pautas para utilizar el Cuaderno práctico de estudio sobre el RNC Competencias a desarrollar en las unidades 1 era UNIDAD CONTENIDO Aspectos Generales del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) 1.1 Concepto 1.2 Estructura del código del RNC 1.3 Importancia del RNC 1.4 Deberes y Derechos del Contribuyente Práctica 1.5 Obligaciones tributarias Práctica 1.6 El Código Internacional Industrial Uniforme (CIIU) 1.7 Base Legal y sus modificaciones 1.8 Ejercicios y pruebas de conceptualización 1.9 Resumen de lectura 1.10 Ejercicio de Reflexión 1.11 Autoevaluación I 1.12 Escala de calificación da UNIDAD 2Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes 2.1 Quiénes deben inscribirse en el RNC? Personas Físicas Personas Jurídicas 2.2 Diferentes Tipos de Personas Jurídicas a inscribirse en el RNC Lucrativas (Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada) No lucrativas (Entidades sin fines de lucro) - Estatales (Dependencias del Gobierno) - Privadas (ONGs) Práctica 2.3 Requisitos para la inscripción al RNC 2.4 Pasos previos a la incorporación del RNC Práctica 2.5 Proceso de solicitud para incorporarse en el RNC 2.6 Instrucciones para completar los formularios de solicitud de RNC de Personas Físicas y Sociedades Práctica Práctica 2.7 Solicitud del Registro Nacional de Contribuyentes a través de la Oficina Virtual (OFV) 07 07 08 08 09 11 14 15 18 19 20 21 22 24 27 27 28 29 30 30 30 30 32 33 37 40 41 43 45 54 60

2.8 Consulta RNC a través de la Oficina Virtual 2.9 Resumen de Lectura 2.10 Ejercicios de Reflexión 2.11 Autoevaluación II 2.12 Escala de calificación 65 72 73 74 76 CONTENIDO 3 UNIDAD Modificaciones al Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) 3.1 Modificaciones al registro 3.2 Reorganización de Sociedades 3.3 Tipos de reorganización de sociedades Fusión Escisión Por ventas y transferencias 3.4 Cesación de Negocio Temporal Definitiva 3.5 Ejercicios y pruebas de conceptualización 3.6 Resumen de lectura 3.7 Autoevaluación III 3.8 Escala de calificación Anexos era Glosario Norma General No. 05-2009 sobre Registro Nacional de Contribuyentes e implementación de la Ley de Sociedades Norma General 02-2011 que modifica la Norma 05-2009 Regímenes Especiales de Tributación. Respuestas de Evaluaciones por unidades 79 83 84 85 85 87 88 88 89 91 92 93 96 95 101 110 112 116

Listado de Siglas CIAT: Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIIU: Código Internacional Industrial Uniforme DGII: Dirección General de Impuestos Internos IPI/VSS: Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados ITBIS: Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios ONAPI: Oficina Nacional de la Propiedad Industrial OFV: Oficina Virtual CONTRASEÑA O CLAVE: Clave de Acceso RNC: Registro Nacional de Contribuyentes SIT: Sistema de Información Tributario TIT: Tarjeta de Identificación Tributaria

Introducción La creciente necesidad de conocimientos cada vez más especializados, sobre temas técnicos tributarios y procedimientos que afectan las operaciones, sistemas y gestión impositiva, ha impulsado a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a elaborar materiales didácticos que permitan conocer y profundizar sobre el quehacer tributario. De ahí que hemos iniciado la publicación de una serie de Cuadernos Prácticos para ofrecer una herramienta de autoaprendizaje, donde se podrá conocer la forma de aplicación de la normativa tributaria y sus procesos. Como parte de las funciones básicas de las Administraciones Tributarias modernas se encuentra la de información y asistencia al contribuyente. Para la Dirección General de Impuestos Internos esta función ha trascendido al ámbito de la educación tributaria, entendida como un proceso de re-aprender nuestros deberes y derechos ciudadanos desde la óptica de los impuestos. A continuación, presentamos el Cuaderno Práctico de Estudio sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), el cual ofrece conceptos y ejercicios para el uso, características, composición en las actividades de compra y venta de bienes o servicios del contribuyente así como aplicar los procedimientos de los mismos, la referencia de la base legal, el análisis de los deberes y obligaciones correspondientes, entre otros temas de interés.

Pautas para utilizar el Cuaderno Práctico sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) Un Cuaderno Práctico de Estudio es un material didáctico creado para que sirva de apoyo en los cursos para estudiar y autoaprender con facilidad lo referente a un tema tributario determinado. En el cuaderno práctico sobre el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) se informa todo lo relativo a la base legal y describe y explica los tipos de contribuyentes que deben inscribirse en el RNC, procedimientos de solicitud para el registro de contribuyentes, así como para las modificaciones al RNC, entre otros aspectos de interés. La descripción y explicación está orientada a que se adquieran las competencias referidas al como ejecutar cada fase del proceso en cada unidad. Para un mejor empleo y aprovechar al máximo este material, sugerimos los siguientes pasos que servirán de guía para su uso: 1. Lea detenidamente el contenido de cada una de las unidades. 2. Complete los ejercicios que aparecen en cada tema antes de pasar a la siguiente unidad. 3. Lea el resumen de la unidad, donde se destacan las ideas y conceptos relevantes de la misma, con la finalidad de reforzar lo aprendido. 4. Al final de cada unidad, complete el cuestionario de autoevaluación, donde pondrá a prueba los conocimientos y competencias adquiridas. 5. Después de cada evaluación encontrara una escala de calificación, con la cual podrá medir sus resultados. Cómo utilizar los Anexos? Al término del estudio de este cuaderno, encontrará elementos que complementarán lo aprendido durante todo el proceso de lectura y realización de prácticas, a esta información le llamamos anexos, los cuales podrá utilizar como fuente y referencia de los temas de cada unidad. Cómo utilizar el Glosario? En el proceso de lectura y aprendizaje del cuaderno aparecen términos que han sido agrupados y aclarados en un catálogo de palabras para ayudar a comprender mejor el significado de algunos conceptos, es lo que denominamos glosario y está ubicado al final del cuaderno. Asimismo, sugerimos que durante la lectura del Cuaderno Práctico, el/la participante vaya anotando aquellos términos o conceptos que considere necesario profundizar en su conocimiento.

Competencias a desarrollar (aprendizaje esperado) Al término del estudio de este cuaderno práctico sobre Registro Nacional de Contribuyentes, el o la lector/a podrá desarrollar las siguientes competencias: 1. Identificar la importancia del RNC 2. Distinguir deberes y derechos de los contribuyentes 3. Reconocer las obligaciones que originan la incorporación al RNC 4. Identificar las leyes que regulan el RNC 5. Distinguir los tipos de contribuyentes que deben inscribirse en el RNC 6. Identificar los diferentes tipos de sociedades a inscribirse en el RNC 7. Conocer y aplicar los procedimientos para el registro de contribuyentes 8. Manejar los formularios para la incorporación al RNC 9. Identificar los datos que pueden ser modificados en el RNC y sus consecuencias 10. Identificar los requisitos para las modificaciones de sociedades 11. Reconocer los diferentes casos de reorganización de sociedades Propósito General del Cuaderno: Al finalizar la lectura de este Cuaderno el contribuyente estará capacitado para comprender, mediante la identificación de conceptos y la resolución de ejercicios prácticos, los procedimientos tributarios y la gestión impositiva relacionados con el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC)..

era. 1 TEMA: Aspectos Generales del Registro Nacional de Contribuyentes Objetivo Educativo: Al finalizar la, los participantes serán capaces de describir los deberes y responsabilidades de los contribuyentes, identificando las leyes que regulan el sistema tributario dominicano y reconociendo sus obligaciones con el sistema. Competencias del Participante: Identificar la importancia del RNC Distinguir deberes y derechos de los contribuyentes Reconocer las obligaciones que originan la incorporación al RNC Identificar las leyes que regulan el RNC Contenido Temático 1.1 Concepto 1.2 Importancia del RNC 1.3 Deberes y Derechos del Contribuyente 1.4 Obligaciones tributarias Ejercicio práctico 1.5 Obligaciones que se originan al incorporarse en el RNC Ejercicio práctico 1.6 Catálogo Internacional Industrial Uniforme (CIIU) 1.7 Base Legal y sus modificaciones 1.8 Ejercicios y pruebas de conceptualización 1.9 Resumen de Lectura 1.10 Ejercicio de Reflexión 1.11 Autoevaluación 1.12 Escala de calificación

1ra 1.1 Concepto El Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) es un número de identificación tributaria del contribuyente, creado mediante la Ley 53 del 13 de noviembre del 1970 y establecido como uno de los deberes formales del contribuyente en el Código Tributario. El mismo es administrado y asignado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y sirve como código de identificación de los contribuyentes en sus actividades tributarias y como control de la administración para dar seguimiento al cumplimiento de los deberes y derechos de éstos. 1.2 Estructura del Código del RNC El RNC se compone de 9 dígitos, dependiendo de si una persona realizará sus actividades económicas como Persona Física o como una Persona Jurídica, la DGII le asigna un código diferente por el tipo de persona o contribuyente, ya que la Ley establece obligaciones distintas para cada una, y por ende, requisitos diferenciados para la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes. Código 1 4 5 Tipo de Contribuyente Personas Jurídicas (con fines de lucro) Personas Jurídicas (sin fines de lucro) Personas Físicas Ejemplo RNC: RNC: 130-99999-1 Este número identifica el tipo de persona o contribuyente Es un número secuencial generado por el sistema Es un dígito verificador CODIGO 1- Personas Jurídicas (lucrativas) 4- Personas Jurídicas (no lucrativas) 5- Peronas Físicas Es una secuencia generada de acuerdo a la cantidad de números de RNC emitidos 7

1.3 Importancia del RNC 1ra La importancia del Registro Nacional de Contribuyentes es que debe hacerse constar en todas las facturas, cotizaciones, al igual que en todos los documentos que emitan los contribuyentes. El RNC es imprescindible para: Operar como negocio o ejercer una profesión liberal Obtención de comprobantes fiscales Declaración y pago de impuestos Obtención de la clave de acceso (pin) a la Oficina Virtual de la DGII Participar de todas las transacciónes de la DGII 1.4 Deberes y Derechos del Contribuyente 1.4. a. Deberes del Contribuyente: Los literales c, d, y e, del artículo 50 del código tributario, establecen: a. La obligatoriedad de inscribirse en el RNC para la realización de actividades susceptibles de generar obligaciones tributarias. b. La obligación de informar a la DGII sobre modificaciones a los datos contenidos en su RNC, tales como: Datos del domicilio fiscal: calle, número, sector, provincia Datos del (los) No. (s) de teléfono (s), correo electrónico Cambio de la denominación social y/o nombre comercial Cambio, inclusión o modificación de la actividad económica Cambio o modificación a los datos de los accionistas y/o miembros del Consejo de Administración (sólo aplica en caso de sociedades) Cese temporal o definitivo de operaciones La notificación de estos cambios deberá realizarse en la DGII dentro de los 10 días posteriores a la fecha en que se realicen los mismos. 1.4. b. Derechos del contribuyente: Los contribuyentes tienen derecho a: Exigir a sus suplidores la identificación del RNC en las facturas o documentos contractuales Consultar la validez del RNC en los medios disponibles por la DGII Solicitar a la DGII la certificación de que está registrado como contribuyente Modificar los datos contenidos en el RNC, con la debida notificación a la DGII Que todos sus pagos o declaraciones sean asociadas a su RNC 8

1ra Práctica Según el tipo de situación o caso marque con una X si es un deber o un derecho Situación o caso Deberes Derechos Por qué Solicitar a la DGII la certificación de que está registrado como contribuyente Informar a la DGII sobre modificaciones a los datos del domicilio fiscal Inscribirse en el RNC para la realización de actividades Informar a la DGII sobre el cambio de la denominación social y/o nombre comercial Modificar los datos contenidos en el RNC, con la debida notificación a la DGII Informar a la DGII sobre cese definitivo de operaciones Exigir a los suplidores la identificación del RNC en las facturas o documentos contractuales Consultar la validez del RNC en los medios disponibles por la DGII Informar a la DGII sobre el cambio, inclusión o modificación de la actividad económica Notificar a la DGII los cambios del (los) No. (s) de teléfono (s), correo electrónico 9

Obligaciones Tributarias (Mapa Conceptual) 1ra Impuesto Sobre la Renta (ISR) Rentas, ingresos utilidades o beneficios Obligaciones que se originan según la actividad económica Otros impuestos Impuesto a los Activos Bienes del contribuyente - ITBIS - Selectivo al Consumo - Propiedad Inmobiliaria - Viviendas y Solares Urbanos no Edificados - Otras retenciones y Otras Rentas - Retenciones de Asalariados Otros compromisos - Solicitud NCF - Remisión informaciones (compra bienes y servicios) - Impuestos retenidos 10

1.5 Obligaciones Tributarias 1ra Las obligaciones tributarias son los impuestos que le corresponden a cada contribuyente declarar y pagar, atendiendo a los tipos de operaciones que realice, así como las actuaciones tributarias que de éstas se deriven. Nacimiento de la obligación: una obligación tributaria nace en el momento en que se verifica el hecho generador (son los hechos que dice la Ley, una vez producidos hacen surgir la obligación del impuesto), lo cual crea el deber de cumplir con el tributo que corresponde al contribuyente. Por ejemplo en el caso del Impuesto Sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS); genera las distintas formas que se expresan a continuación: a. Transferencia de bienes: en el momento que se emita el documento que ampare la transferencia, o desde que se entregue o retire el bien, si dicho documento no existiese. b. Importación: en el momento en que los bienes estén a disposición del importador, de acuerdo con la Ley que instituye el régimen de las aduanas. c. Servicios: en la prestación y locación de servicios, desde la emisión de la factura o desde el momento en que se termina la prestación o desde la percepción total o parcial del precio. d. Alquiler: en el momento de la firma del contrato de alquiler o en el momento de la entrega de la casa alquilada al arrendatario. Asimismo, la Norma General 05-2009 de fecha 31 de marzo del año 2009, señala los tipos de actividades que dan lugar a obligaciones tributarias, así como el plazo de 30 días máximos, contando a partir de la fecha de inicio de operaciones, para la inscripción al Registro Nacional de Contribuyentes. Actividades económicas que generan obligaciones tributarias Compra y venta de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles Importación y exportación de bienes, directamente o por medio a terceros Transacciones bancarias o financieras Prestación o adquisición de servicios, alquileres o arrendamientos, sujetos o no al pago de ITBIS Realización de contratos del cual deriven derechos u obligaciones Obtención de rentas de cualquier naturaleza u origen Inversiones en otras empresas generadoras de renta de fuente dominicana Representación de terceros nacionales o extranjeros, que realicen cualquiera de las actividades anteriores Cualquier actividad de comercio o servicio Es importante destacar Al momento de un contribuyente registrarse, debe declarar la fecha de inicio de la actividad económica o de operaciones, lo cual determinará la fecha de la declaración de impuestos. De lo contrario la DGII presumirá como inicio de operaciones al momento de su registro. Si la administración tributaria determinase que anterior a su registro el contribuyente ha realizado operaciones generadoras de impuestos, puede requerir el cumplimiento de dichas obligaciones. 11

Para una correcta determinación de las obligaciones tributarias es necesario conocer aspectos básicos que son relevantes al momento de definir, clasificar y reconocer las fuentes de las mismas y los vínculos que se manifiestan con los diferentes sectores económicos de la sociedad. De acuerdo a la actividad económica a la que se dedique el contribuyente, registrada en la DGII, las leyes tributarias establecen los impuestos que le corresponden, tal y como se detalla a continuación: Impuesto Sobre la Renta: es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Su base legal es el Título II de la Ley 11-92, de fecha 16 de mayo del 1992, y sus modificaciones posteriores. Impuesto a los activos: es un impuesto anual aplicable sobre los bienes en poder del contribuyente, sean estos personas jurídicas (con operaciones o no), Negocios de Unico Dueño y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. La obligatoriedad de pagar estos impuestos se origina desde el momento en que se inicia el plazo hábil para presentar el impuesto correspondiente, atendiendo a su fecha de inicio de operaciones y el cierre de ejercicio fiscal establecido en sus documentos societarios, de conformidad con el artículo 300 del Código Tributario. En el cuadro siguiente se presenta un ejercicio de fechas de cierre y las fechas de presentación. 1ra Tabla de fechas de cierre y presentación Fecha de Cierre 31 de marzo 30 de junio 30 de septiembre 31 de diciembre Fecha de Presentación 29 de julio 28 de octubre 28 de enero 30 de abril Otros Impuestos: se crea la obligación de declarar cuando el contribuyente realiza actividades que dan origen a esta, como son: ü ü ü ü ü Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IPI/VSS) Declaración jurada y/o pago de otras retenciones y otras rentas Declaración y/o pagos de retenciones de asalariados 12

Existen otros compromisos que se originan al incorporarse en el RNC, y que igualmente constituyen deberes formales de los contribuyentes, hablamos de obligaciones establecidas en normas, reglamentos o leyes especiales, tales como: Solicitud de Números de Comprobantes Fiscales Remisión de Informaciones sobre compra de bienes y servicios Pago de Impuestos Retenidos - Agentes de Retención - Percepción 1ra Es importante destacar Las Personas Físicas y Jurídicas inscritas en la DGII que no se encuentren operando en un tiempo determinado, al momento de reiniciar sus operaciones deben presentar las declaraciones juradas correspondientes del ISR, ITBIS (si aplica), retenciones (si aplica), así como estar al día con el pago de los demás impuestos y multas aplicadas por incumplimiento de los deberes formales. 13

1ra Práctica De acuerdo a las siguientes actividades económicas señale el tipo de impuesto que debe declarar y pagar según la siguiente leyenda: 1. Impuesto Sobre la Renta (ISR) 2. Impuestos a los Activos 3. Impuestos a las Transferencias de Bienes y Servicios (ITBIS) 4. Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IPI/VSS) 5. Retenciones de Asalariados 6. Otras Retenciones y Otras Rentas Actividad económica Impuesto Beneficios obtenidos por la compra y venta de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles La prestación o adquisición de servicios, alquileres o arrendamientos Los bienes en poder de los contribuyentes sean estos Personas Jurídicas (con operaciones o no), o Personas Físicas con Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. Las deducciones efectuadas mensualmente por los Agentes de Retención a los pagos a las Personas Físicas en relación de dependencia La Propiedad Inmobiliaria de Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados Las deducciones efectuadas por los Agentes de Retención a otros ingresos que no sean salarios recibidos en relación de dependencia 14

1.6.- EL Código Internacional Industrial Uniforme (CIIU) 1ra La DGII como administradora tributaria adscrita al Centro Interamericano de Administración Tributaria (CIAT), utiliza el Código Internacional Industrial Uniforme (CIIU) para etiquetar las actividades económicas que puedan realizar los contribuyentes y que a su vez es utilizado para el manejo estadístico de las actividades productivas del país. El CIIU es la clasificación industrial uniforme de todas las actividades económicas, que tiene como propósito agrupar las actividades similares por categorías para facilitar el manejo de información y el análisis estadístico y económico del sector productivo y empresarial. Las actividades económicas principales que desempeñan los sectores de la sociedad se clasifican y subclasifican en actividades económicas más específicas. Esta gran gama de actividades económicas hace necesario que se cuente con un sistema organizado que las tipifique para que se puedan registrar en el Sistema de Información Tributaria (SIT) al momento de la asignación del RNC y para que esta permita identificar las obligaciones tributarias que se derivan de ellas. La clasificación internacional industrial uniforme de todas las actividades económicas surge ante la necesidad de hacer comparables, a nivel internacional, las estadísticas de los países miembros de las Naciones Unidas. La CIIU ha sido utilizada internacionalmente para clasificar datos según el tipo de actividad económica en las esferas de la población, la producción, el empleo, el ingreso nacional y otras estadísticas económicas. La experiencia en el uso de la CIIU ha demostrado la necesidad de revisar periódicamente la estructura y definición de sus categorías y principios básicos, debido a que la organización de las actividades económicas evoluciona y nuevos tipos de actividades pasan a ser importantes. En ese sentido la CIIU cuenta con diferentes categorías de tabulación. Cada categoría consta de divisiones, estas a su vez se clasifican en grupos de actividades y finalmente, cada grupo se divide en clases de actividades. A continuación vamos a definir como están clasificadas las actividades económicas de acuerdo al CIIU. Las actividades económicas de estos grandes grupos tienen su origen en el quehacer de los sectores económicos de la sociedad. Estos sectores son: a. Sector productivo: formado por las actividades económicas relacionadas con la trasformación de los recursos naturales en productos primarios. Por lo general los productos primarios son utilizados como materia prima en las producciones industriales. Las principales actividades del sector productivo son la agricultura, la minería, la ganadería, la silvicultura y la pesca. b. Sector industrial: constituido por el conjunto de actividades que implican transformación de alimentos y materias primas a través de los más variados procesos productivos. Normalmente se incluyen en este sector: La siderurgia Las industrias mecánicas La química La textil La producción de bienes de consumo El hardware informático La industrias eléctricas 15

c. Sector construcción: está formado por el conjunto de actividades económicas que comprenden las técnicas, materiales de construcción, procesos, artes y oficios aplicados y necesarios para llevar a cabo la obras de construcción, para lo cual se tienen en cuenta las propiedades y/o condicionantes de los diferentes procesos y técnicas aplicadas a la obra así como las acciones a que está sometida la obra a lo largo de su construcción como son: los materiales, el peso derivado del uso de la obra misma o las acciones de los accionistas, el riesgo de pérdidas por casos naturales o accidente. d. Sector servicios: es el sector económico que engloba a todas aquellas actividades económicas que no producen bienes materiales de forma directa, sino servicios que se ofrecen para satisfacer las necesidades de la población. Incluye subsectores como transporte, finanzas, turismo y hotelería, ocio, cultura, informática, espectáculos, administración pública y los denominados servicios públicos, los preste el Estado o la iniciativa privada. e. Sector comercial: es aquel formado por la actividad socioeconómica consistente en la compra y venta de bienes, sea para su uso, para su venta o para su transformación. Es el cambio de transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor. 1ra 16

Sectores Económicos según el CIIU (Mapa Conceptual ) 1ra Sector Servicios (Transporte, finanzas, turismo, hotelería, cultura) Sector Industrial (manufactura, química, textil, mecánicas) Sectores económicos Sector Productivo (Agricultura, minería, ganadería, pesca) Sector Construcción (materiales, construcción obras) Sector Comercial (Comercio, compra y venta de bienes) 17

1ra Sintetizando: La DGII como administración tributaria adscrita al Centro Interamericano de Administración Tributaria (CIAT), utiliza el Código Internacional Industrial Uniforme (CIIU) para etiquetar las actividades económicas que puedan realizar los contribuyentes y que a su vez es utilizado para el manejo estadístico de las actividades productivas del país. Con esta clasificación se garantiza la correcta asignación de una actividad económica determinada con las obligaciones tributarias establecidas en las leyes y las normas jurídicas dominicanas. 1.7. Base Legal y sus modificaciones Las siguientes leyes establecen aspectos legales que se relacionan con el RNC. Ley 53, del 13 de noviembre del 1970, sobre el Registro Nacional de Contribuyentes Ley 11-92, de fecha 16 de mayo del 1992 (Código Tributario), que establece en su artículo 50 la obligatoriedad de inscribirse como contribuyente para las actividades comerciales. Ley 20-00, del 11 de agosto del 2000, sobre Propiedad Industrial y Registro de Marcas (ONAPI). Ley 3-02 del 2002 sobre Registro Mercantil Ley 1041, de fecha 21 de noviembre del 1935, sobre constitución de compañías, modificada por la Ley 288-04 y 173-07 de eficiencia recaudatoria. Ley 122-05 de fecha 8 de abril sobre regulación y fomento de las asociaciones sin fines de lucro. Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. Ley No.31-11 que introduce nuevas modificaciones a la Ley No.479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, del 10 de febrero de 2011. Normas Generales:- Norma General 05-2009 sobre RNC e implementación de la Ley de Sociedades que deroga las normas: - Norma General No. 01-99 sobre Sociedades constituídas e Inactivas. - Norma General No. 03-02, sobre Registro de Sociedades y otros deberes formales. - Norma General No. 01-05 sobre el RNC. Norma General 02-2011 que modifica la Norma 05-2009 sobre RNC e implemetación de la Ley de Sociedades. 18

1.8. Ejercicios y pruebas de conceptualización 1ra PRUEBA DE CONCEPTUALIZACIÓN: Explique con sus palabras que es el Registro Nacional de Contribuyentes. Describa dos derechos y dos deberes de los contribuyentes. EXPLORACIÓN: IDEAS A INVESTIGAR: Consulte la Norma 05-2009 y 02-2011 y haga un resumen de los puntos principales que establece. 19

1ra 1.9 Resumen de Lectura El RNC es un número de identificación tributaria del contribuyente, el mismo es administrado y asignado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y sirve como código de identificación de los contribuyentes en sus actividades tributarias y como control de la administración para dar seguimiento al cumplimiento de los deberes y derechos de éstos. EL RNC debe hacerse constar en: Todas las factura; Cotizaciones; Al igual que en todos los documentos que emiten los contribuyentes El RNC es importante para: Operar como negocio o ejercer una profesión liberal Obtener comprobantes fiscales Declarar y pagar impuestos Solicitar la clave de acceso (pin) a la oficina virtual de la DGII Participar de todas las transacciones de la DGII. Los literales c, d, y e, del artículo 50 del código tributario, establecen: a. La obligatoriedad de inscribirse en el RNC para la realización de actividades susceptibles de generar obligaciones tributarias. b.la obligación de informar a la DGII sobre modificaciones a los datos contenidos en su RNC. Ley No.31-11: Introduce nuevas modificaciones a la Ley No.479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, del 10 de febrero de 2011. Norma General 05-2009 sobre RNC e implementación de la Ley de Sociedades Norma General 02-2011 que modifica la Norma 05-2009 sobre RNC e implemetación de la Ley de Sociedades. 20

1.10 Ejercicio de reflexión 1ra Le invitamos a reflexionar sobre estas preguntas 1.- Cuáles beneficios obtienen los contribuyentes al estar registrados en el RNC? 2.- Cómo se vinculan los deberes y derechos de un contribuyente? 3.- Deberían estar todos los negocios registrados en el RNC? 21

1.10 Autoevaluación I 1ra I. Seleccione la letra que responda correctamente encerrándola en un círculo y luego verifique sus aciertos en las evaluaciones completadas en los anexos. 1. El Registro Nacional de Contribuyentes fue establecido mediante: a) Ley 53 del 13 de noviembre de 1970 b) Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992 c) Norma 3-02 del 27 de agosto del 2002 d) Ley 5911 del 22 de mayo de 1962 2. El Registro Nacional de Contribuyentes se considera como: a) Un número de identificación fiscal b) Uno de los deberes formales de los contribuyentes c) Una secuencia logarítmica para poder realizar operaciones comerciales d) Un registro formal que otorga vida jurídica a las personas físicas y jurídicas e) a y b son correctas 3. El contribuyente tiene como deber: a) Inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyente (RNC) b) Informar a la DGII sobre modificaciones a los datos contenidos en la Declaración Jurada de Incorporación al RNC c) Informar a la DGII sobre modificaciones de Cese temporal o definitivo de operaciones d) La a y b son correctas e) Todas son correctas 4. El Registro Nacional de Contribuyentes es imprescindible para: a) Declaración y pago de impuestos b) Solicitud de Comprobantes Fiscales c) Operar como negocio o ejercer una profesión liberal d) Todas las actividades ante la DGII e) Todas son correctas 5. La Norma 3-02 del 27 de agosto del 2002, trata sobre: a) Requisitos para la Declaración Jurada de Sociedades y Personas Físicas con Negocios de Único Dueño (aplicación del IR- 2) b) Procedimientos para contribuyentes de Regímenes Especiales de Tributación c) Registro de Sociedades y otros deberes formales d) Zonas Francas 22

II. En los siguientes enunciados coloque F si es falso o V si es verdadero: 1ra 6.- El Registro Nacional de Contribuyentes debe hacerse constar sólo en las facturas 7.- La incorporación al RNC formaliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias 8.- Las obligaciones tributarias son los impuestos y deberes de los contribuyentes, atendiendo a los tipos de operaciones que realice y las actuaciones tributarias que de ellas se deriven 9.- De acuerdo a la actividad económica a la que se dedique la Persona Jurídica (sociedad) o Persona Física, se establecen los impuestos que aplican para cada caso 10.- Los contribuyentes tienen derecho a exigir a sus suplidores la identificación del RNC en las facturas o documentos contractuales 23

1ra 1.11 Escala de Calificación 10 correctas Excelente! Ha logrado los objetivos de esta unidad. Puedes pasar a la siguiente unidad. 8-9 Correctas Bien! Ha tenido buen logro de los objetivos de esta unidad, sin embargo le recomendamos corregir los errores, antes de iniciar el estudio de la próxima unidad. 6-7 Correctas Aceptable Hay aspectos que aún no domina. Revise los temas en los que haya errado en la respuesta y resuelva nuevamente la autoevaluación. Luego puede pasar a la siguiente unidad. Menos de 6 Correctas Volver a estudiar Realice nuevamente el estudio de esta unidad y resuelva la autoevaluación, y a partir de la nueva evaluación que obtenga proceda conforme a lo que le recomienda este recuadro. 24

da. 2 Tema: Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes Objetivo Educativo: Al finalizar la unidad los/as participantes serán capaces de identificar los tipos de contribuyentes y los procesos para el registro en el sistema según el tipo de entidad, a través de la Oficina Virtual. Competencias del Participante: Distinguir los tipos de contribuyentes que deben inscribirse en el RNC Identificar los diferentes tipos de sociedades a inscribirse en el RNC Conocer y aplicar los procedimientos para el registro de contribuyentes Manejar los formularios para la incorporación al RNC Contenido Temático 2.1 Quiénes deben inscribirse en el RNC? Personas Físicas Personas Jurídicas 2.2 Diferentes Tipos de Personas Jurídicas a inscribirse en el RNC Lucrativas (Sociedades Comerciales) No lucrativos (Entidades sin fines de lucro) - Estatales (Dependencias del Gobierno) - Privadas (ONGs) 2.3 Requisitos para la inscripción al RNC 2.4 Pasos previos a la incorporación del RNC Ejercicio Práctico 2.5 Proceso de solicitud para incorporarse en el RNC 2.6 Instrucciones para completar los formularios de solicitud de RNC de Personas Físicas y Sociedades. Ejercicio práctico 2.7 Solicitud del Registro Nacional de Contribuyentes a través de la Oficina Virtual (OFV) 2.8 Consulta RNC a través de la Oficina Virtual 2.9 Resumen de lectura 2.10 Autoevaluación 2.11 Escala de calificación

2da 2.1 Quiénes deben inscribirse en el RNC? Deberán inscribirse, en calidad de contribuyentes, las Personas Físicas y Jurídicas que realicen operaciones generadoras de obligaciones o responsabilidades tributarias en el territorio dominicano, para poder dar inicio a sus actividades comerciales. Personas Físicas Son los entes a los cuales se les reconocen capacidades para ser sujetos de derechos y obligaciones, entre las cuales se describen: a) Profesional Liberal Se refiere a las personas físicas o naturales que generen obligaciones tributarias al ejercer una profesión o actividad independiente como medio de producción. Ej. Consultores (as) Médicos (as) Abogados (as) Contadores (as) Artistas Entre otros b) Oficios Independientes Se refiere a las personas físicas o naturales que generen obligaciones tributarias cuando prestan servicios que requieren esfuerzo técnico o habilidad manual. Ej. Pintor (a) Mecánicos (as) Ebanista Entre otros c) Negocio de Único Dueño Todo establecimiento comercial o industrial que se dedique a la venta o producción de bienes y servicios, exceptuando las actividades profesionales y de oficios, propiedad de una persona física. Ej. Colmados Tienda de repuestos Salones de belleza Entre otros Nota: No se consideran Negocios de Unico Dueño, las oficinas de profesionales liberales dedicadas a la prestación de sus servicios profesionales. 27

2da Es importante tener presente La Norma General 05-2009 sobre Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) e Implementación de la Ley de Sociedades establece en el Párrafo del Artículo 15 que los Negocios de Único Dueño registrados en la DGII les será otorgado un RNC distinto del que posee como Persona Física el propietario del negocio, a los fines del cumplimiento de sus obligaciones de forma separada, es decir, que la persona propietaria del negocio de Único Dueño deberá declarar sus ingresos personales de forma independiente al de las obligaciones tributarias generadas por su negocio. Los negocios de Único Dueño, según la referida Norma General recibirán el tratamiento fiscal de una persona moral, en cuanto a las aplicaciones del Código Tributario, es decir que deberán cumplir las obligaciones correspondientes a las personas moral. La DGII provee de RNC a personas que no posean Cédula de Identidad y que generen obligaciones tributarias en territorio dominicano, éstos son: Extranjeros no residentes o sin Cédula de Identidad Menores de edad, bajo la tutela de adultos, que formen parte de empresas comerciales Dominicanos (a) residentes en el exterior, sin Cédula de Identidad El RNC de una persona física dominicana será el mismo número de su Cédula de Identidad. Personas Jurídicas Las Personas Jurídicas o Morales son las entidades identificadas con una denominación social que se constituyen de acuerdo a las disposiciones de la Ley No. 479-08 Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (Modificada por la Ley 31-11), a las que se les reconocen como sujeto de derecho y facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales. Es importante tener presente El registro como contribuyente de toda persona jurídica o moral (sociedad) está condicionado a la adquisición de la personería jurídica de dicha entidad, es decir al proceso de constitución, ya que este registro marca las pautas de inicio de sus actividades. En ese sentido, todas las sociedades deberán cumplir con los requerimientos establecidos por las leyes que rigen el sector al que pertenezcan. En este aspecto nos referimos por ejemplo a la Ley No. 122-05 que Regula el Fomento de las Entidades Sin Fines de Lucro o cuando hablamos de la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. 28

2da 2.2 Diferentes Tipos de Personas Jurídicas a Inscribirse en el RNC Sociedades Anónimas (SA) Lucrativas Sociedades Comerciales Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS) Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) Tipos de Personas Jurídicas a inscribirse en el RNC Sociedades Accidental o en Participación Sociedades Extranjeras Estatales (Dependientes del Gobierno) No lucrativas (Sin fines de lucro) Privadas (ONG s) 29

2da Lucrativas (Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada) Una entidad es lucrativa cuando una o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en la Ley 479-08 (sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada) se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas. -Tipos más frecuentes Sociedades Anónimas (SA) Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS) Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) Sociedades Accidentales o en Participación Sociedades Extranjeras Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) No lucrativas (Entidades sin fines de lucro) Las entidades no lucrativas igualmente tienen la obligación de registrarse como contribuyentes, aunque sus actividades no se encuentran alcanzadas por el pago de impuestos. Existen entidades no lucrativas regidas por leyes especiales que igualmente deben registrarse como contribuyentes, para poder realizar cualquier actividad o transacción comercial, entre éstas podemos citar: sindicatos, cooperativas, partidos políticos, instituciones católicas y juntas de vecinos. Estatales (Dependencias del Gobierno) Las entidades gubernamentales como parte del Estado, aunque no son contribuyentes directas de impuestos, tienen la obligación de fungir como agentes de retención y/o percepción y, por ende, de declarar y pagar dichas retenciones. Su registro siempre deberá estar avalado por una Ley, decreto o resolución administrativa que dé lugar a su creación. Privadas (ONGs) Las instituciones sin fines de lucro privadas (ONGs) tienen una ley que regula su formación y funcionamiento, Ley 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro de la República Dominicana, en la cual se establece la exención del pago de impuestos, en el entendido de que realizan actividades de carácter social o comunitario, más no del cumplimiento del deber formal de presentar la Declaración Jurada Informativa para entidades sin fines de lucro. Anteriormente a la entrada en vigencia de la ley indicada en el párrafo anterior, las instituciones sin fines de lucro se formaban al amparo de la Orden Ejecutiva 520, que en la actualidad todavía debe tomarse en consideración para registrar las ONGs que no han cumplido con el deber formal de registrarse como contribuyentes. 30

Las ONGs son agentes de retención o percepción, por lo que deben presentar las declaraciones correspondientes, de las retenciones efectuadas a sus asalariados o prestadores de servicios. Además de presentar anualmente la Declaración Jurada sin fines de lucro, sobre los aportes y donaciones que recibe. (Art. 8 Código Tributario de la República Dominicana y Reglamento 40-08 Ley 122-05). 2da Sintetizando - Las entidades no lucrativas están exceptuadas del pago de impuestos por constitución de compañías. - La exención de pago de impuestos no las exime del cumplimiento de deberes formales como declarar, aunque no resulte valor a pagar, es decir, que deben realizar la presentación de una declaración jurada informativa de Impuesto Sobre la Renta (ISR) (Según la fecha de cierre correspondiente). - Igualmente deben presentar y pagar el ITBIS retenido a terceros, así como las retenciones efectuadas a sus empleados con salarios sujetos al ISR. Nota: Existen formas jurídicas producto de la asociación o convención entre dos o más personas que la ley no les reconoce personalidad jurídica, entre estas podemos señalar las siguientes: - Sociedades Accidentales o en Participación - Sociedades Creadas de Hecho Para este tipo de sociedades, su tratamiento se hará de conformidad con el artículo 297 del Código Tributario de la República Dominicana. Es importante destacar Hay sociedades que por su naturaleza o las actividades que realizan están acogidas a un Régimen Especial de Tributación (ver Normas Generales 5-06 y 3-07). Para ser calificados en el Régimen Especial de cada una de las leyes, es requisito que la empresa tenga registrada la actividad a que refiere la Ley en cuestión. Los contribuyentes que se acojan a estos regímenes deben cumplir con los requisitos ordinarios que establecen las leyes para la constitución de las compañías en nuestro país, luego de cumplir con los referidos requisitos legales, para acogerse a dichos regímenes, también deben cumplir con lo establecido en leyes especiales que las regulan. 31

Práctica Con relación a lo que hemos visto en el punto 2.1 marque con una X, según la actividad que realice a qué tipo de persona física o jurídica pertenece cada uno. PERSONAS FÍSICAS Profesional Liberal Oficios Independientes Negocio de Único Dueño ENTIDADES NO LUCRATIVAS ENTIDADES LUCRATIVAS Contador Artista Pintor Consultores Mecánicos Ebanistas Colmados Salones de belleza Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) Sociedades Anónimas Privadas (ONG s) Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) Sociedades Extranjeras Estatales (Dependientes del Gobierno) 32

2da 2.3 Requisitos para la inscripción al RNC Personas Físicas y Personas Jurídicas Personas Físicas (1) Sociedades Comerciales (2) Requisitos - Formulario RC-01 (Declaración Jurada de Registro de Personas Físicas) - Copia de la Cédula de Identidad (o pasaporte en caso de extranjeros) - Copia del Registro del Nombre Comercial (si aplica) - Formulario RC-02 (Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades) y anexos, según el caso que se requiera: Anexo A: Para accionistas extranjeros y/o menores de edad. Anexo B: Para sociedades extranjeras que figuren como accionistas Anexo C: Para aportes en naturaleza * Para Sociedades Comerciales con Aporte en (3) Naturaleza de Bienes Sujeto a Registro debe anexarse el Informe del Comisario de Aportes. Se debe anexar copia de Certificado de Título (inmueble) o copia matrícula (vehículo), copia del informe comisario (inmuebles). Solicitud RNC para Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) - Formulario RC-02 - Copia de Acto Constitutivo o Copia de Certificación de depósito bancario Solicitud RNC de Sociedades Accidentales o en Participación Solicitud RNC de Sociedades Comerciales Extranjeras Solicitud RNC de Sociedades Comerciales acogidas a un Régimen Especial de Tributación - Formulario RC-02 - Anexos A y B - Copia del contrato registrado por el Registro Civil correspondiente - Formulario RC-02 - Anexos A y B - Copia de Registro Mercantil - Formulario RC-02 - Copia de Resolución emitida por el organismo competente - Copia de Registro Mercantil 1 El depósito de estos documentos no aplica, si la solicitud es a través de la Oficina Virtual. 2 Estos requisitos se aplican para todos los demás tipos de sociedades comerciales no especificados en este cuadro. 3 En los casos de la solicitud de RNC con Aporte en Naturaleza de Bienes no sujeto a registro, se especificará el tipo de bien aportado en el anverso del formulario RC-02, bajo el apartado TIPO DE BIEN APORTADO. 33

2da Solicitud RNC de Sociedades Comerciales Extranjeras cuando únicamente desean adquirir Inmuebles - Formulario RC-02 - Anexos A y B - Copia del Registro Mercantil - Copia del contrato del inmueble Solicitud RNC de Entidades Estatales Solicitud RNC de Entidades Privadas (ONGs): Solicitud RNC de instituciones sujetas a requisitos especiales: - Formulario RC-02 - Anexar copia de la Ley o Decreto que incorpora o instituye la entidad - Depositar carta timbrada del organismo del cual depende la institución solicitando el RNC para la entidad de la cual se trata. Para los casos en que la institución no haya sido creada por una ley o decreto, podrá depositar la carta timbrada de su organismo rector a) Formulario RC-02 b) En caso de: Incorporada mediante Ley 520 del año 1920 Copia del Decreto de Incorporación Copia de la publicación del Decreto de Incorporación en un periódico de circulación nacional Incorporada mediante Ley 122 del año 2005 Copia del Certificado de Registro expedido por la Procuraduría General de la República (4) Dominicana Partidos Políticos Formulario RC-02 Copia del Certificado de Inscripción emitido por la Junta Central Electoral Sindicatos Formulario RC-02 Certificado de Inscripción emitido por el Ministerio de Trabajo Condominios Formulario RC-02 Copia de la Resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierra para la autorización de condominios de acuerdo a la antigua Ley No.1542. Sobre tierra, (11/10/1947) Resolución emitida por Dirección General de Mensura Catastral, para los condominios constituidos a partir de la Ley No. 108-05 sobre Registro Inmobiliario 4 En caso de que la resolución emitida por la Procuraduria sea provisional, deberá depositar copia de la publicación de la constitución de su ONG en un periódico de circulación nacional. 34

2da Cooperativas Formulario RC-02 Copia del Certificado de Inscripción emitido por el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) Instituciones de la Iglesia Católica Formulario RC-02 Carta Timbrada del Arzobispado o del Obispado correspondiente, solicitando el RNC a la institución religiosa Organismos Internacionales, Embajadas y Consulados Formulario RC-02 Carta de solicitud, vía el Ministerio de Relaciones Exteriores 35

Formulario según tipo de Contribuyente (Esquema Conceptual) 2da Personas Jurídicas TIPO DE CONTRIBUYENTE Personas Físicas Formulario (RC-02) Formulario (RC-01) Anexo A Accionistas extranjeros y/o menores de edad Anexo C Para aportes en naturaleza Anexo B Sociedades extranjeras como accionistas 36