Pasos del Proceso de Acreditación La Autoevaluación es un proceso voluntario, analítico y de autocrítica constructiva para la identificación de los mecanismos de autorregulación, fortalezas, áreas de oportunidad y recomendaciones desde la perspectiva de la institución. Además, es un ejercicio de revisión y análisis al interior de la Institución donde se cotejan los criterios e indicadores del Formato de Autoevaluación del Comité de Acreditación del Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología (CA CNEIP) con las actividades realizadas en dicha Institución. Inicia con la decisión institucional de llevar a cabo este proceso de manera colegiada por lo que se forma un equipo de profesores responsables de realizar la Autoevaluación. Una guía rápida del proceso de acreditación del Comité de Acreditación del Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación el Psicología se presenta a continuación: 1
Secuencia del proceso de Acreditación del CA CNEIP El desglose de pasos de la guía del proceso de acreditación del CA CNEIP es el siguiente: I. Elaboración de la Autoevaluación e inicio de proceso de acreditación 1. El Programa de Licenciatura en Psicología realiza su Autoevaluación en base al Formato para este propósito, el Manual de Acreditación del CA CNEIP disponibles en la página del Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología (CNEIP) en la sección del Comité de Acreditación (CA CNEIP) y la orientación cuando sea necesario de la Secretaria Técnica del Comité de Acreditación. El producto es denominado Informe de Autoevaluación. Una vez concluido el informe de la Autoevaluación o El Rector de la Institución o autoridad equivalente de la envía en papel por paqueteria o correo certificado a la Dirección del Comité de Acreditación del Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología Carta de solicitud del proceso de acreditación que incluirá además, el nombre del Responsable del Programa Educativo y del Responsable Institucional del proceso de autoevaluación y sus respectivas direcciones electrónicas y teléfonos Copia de la ficha de pago realizado al CNEIP por el proceso de acreditación Calendario escolar vigente. La dirección postal de la Dirección del CA CNEIP se encuentran en la página electrónica del Consejo Nacional para la Enseñanza e Investigación en Psicología en la liga del Comité de Acreditación. o El Programa de la Institución que solicita la Acreditación realiza el pago de la cuota correspondiente y envía copia de la ficha de depósito bancario a la Secretaria de Finanzas del CNEIP. La dirección electrónica y teléfono se encuentra en la página electrónica del CNEIP. 2
2. El Responsable Institucional del proceso de autoevaluación envía a la Secretaria Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP vía electrónica y por paquetería o correo certificado: En CD o USB, la Autoevaluación completa y los prerrequisitos e indicadores Imprescindibles con las evidencias correspondientes escaneadas en el mismo CD o USB. o IMPORTANTE. - Es indispensable el informe de autoevaluación completo - NO SE ACEPTAN DOCUMENTOS ORGINALES. En caso de que se envíe algún documento original se regresará inmediatamente la totalidad de la documentación y el proceso de Acreditación estará suspendido hasta que se remitan únicamente copias. Calendario escolar del año lectivo. La dirección postal de la Secretaría Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP se encuentra en la página electrónica del CNEIP en la liga del Comité de Acreditación. 3. La Secretaria Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP constata que la información de la Autoevaluación está completa, exista congruencia entre el indicador y las evidencias y cumpla con todos y cada uno de los Prerrequisitos e Indicadores Imprescindibles. 4. Ante la carencia de uno de ellos o contenidos que no correspondan a los indicadores de la Autoevaluación, la Secretaria Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP contacta la Responsable Institucional del proceso de acreditación para que se realicen los ajustes necesarios. 5. Cuando la Autoevaluación esta completa, con congruencia entre entre indicadores y evidencias, el contenido de los prerrequisitos, indicadores y las evidencias sean pertinentes, la Secretaria Técnica del del CA CNEIP informa al Responsable Institucional del proceso de acreditación la continuación al siguiente paso de este proceso. II. Verificación y Evaluación de la información de la Autoevaluación 6. La Coordinación de la Cartera de Evaluadores del CA CNEIP contacta al Responsable Institucional del proceso de Acreditación de la Institución para acordar las fechas para la realización de la Visita de Verficación de la Información de la Autoevaluación in situ. Esta visita deberá ser en periodo lectivo de clases. 3
7. La Coordinación de la Cartera de Evaluadores en acuerdo con la Dirección del CA CNEIP, vigilando normatividad y ética designa a tres Evaluadores y notifica a éstos de su participación en la Visita de Verficación de la Información de la Autoevaluación del Programa Educativo en Psicología de determinada Institución. 8. La Institución solicitante se hace cargo de los viáticos del Equipo de Evaluadores formado por tres integrantes: transportación del lugar de origen de cada Evaluador al de la Institución en que se llevara a cabo la visita de verificación y el respectivo retrono a sus ciudades, del hospedaje y alimentación. 9. El equipo de Evaluadores se presentan en la Institución, desempeña sus funciones de verificación de la información de la autoevaluación en tres días. III. Elaboración del Informe de Evaluación y Dictamen 10. Al concluir el proceso de verificación de dicha información, desde la Institución el Coordinador del equipo de Evaluadores de la visita in situ envía a la Secretaria Técnica Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP: el Informe de Evaluación de la Autoevaluación de la Institución el Acta de Conclusión de la Visita de Verificación de la Información correspondiente para continuar con el proceso de acreditación. 11. La Secretaria Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP revisa la documentación completa de la Institución y el Informe de Autoevaluación y emite un dictamen preliminar. 12. La Secretaria Técnica del Comité de Acreditación del CNEIP presenta ante la Direción del CA CNEIP y el Comité Técnico la documentación completa de la Institución, el Informe de Autoevaluación y el dictamen preliminar para su análisis y emisión del Dictamen definitivo. El Dictamen solo puede ser Acreditado o No acreditado. IV. Reconocimiento Público de la Acreditación de Programas Educativos en Psicología 13. El CA CNEIP informa a Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A. C (COPAES) los Programas acreditados cuya vigencia es por cinco para su publicación en su página. 4
14. El CA CNEIP envía al Rector o autoridad equivalente de la Institución solicitante, el Reporte de Recomendaciones y, en su caso, el Diploma constancia de Acreditación. 15. La difusión de los Programas Educativos en Psicología que logran la acreditación, además será en la Asamblea General del CNEIP posterior a la emisión de un dictamen favorable y en la página WEB de este organismo. V. Mecanismos de revisión de Dicámenes desfavorables 16. En los casos de inconformidad se seguirán los Lineamientos establecidos por COPAES para su reconsideración. De no ser favorable el Dictamen, si el Rector o autoridad equivalente está en desacuerdo con éste, podrá solicitar al CA CNEIP, por escrito y notificándolo al COPAES, el recurso de revisión fundamentando académicamente y anexando la documentación probatoria que considere necesaria. 17. La Dirección y el Comité Técnico del CA CNEIP analizan la documentación que fundamenta el desacuerdo con el Dictamen desafavorable y turnan a la Secretaria Técnica la información pertinente para una nueva verificación de la información in situ. Los costos de traslado, hospedaje y alimentación del Verificador de la información en esta fase del proceso estarán a cargo de la Institución solicitante. 18. La Secretaría Técnica del CA CNEIP elabora un nuevo dictamen que se presenta a la Dirección y al Comité Técnico para su revisión y confirmación o modificación el Dictamen desfavorable. 19. Se emite un nuevo Dictamen y el Reporte de Recomendaciones correspondiente que es enviado al Rector o autoridad equivalente de la Institución solicitante. 20. Si el dictamen revisado es aún desfavorable, el Rector o un representante autorizado por él, podrá acudir al COPAES para promover un nuevo proceso de evaluación pero, ahora, con la presencia de expertos del área designados por el COPAES y CA CNEIP. El dictamen de esta evaluación será inapelable. 5