CASAS DE VALORES EN EL ECUADOR FACULTADES CASAS DE VALORES OTORGADAS CON LA NUEVA LEY 01 Julio 2014
MERCADO DE VALORES
MERCADO DE VALORES IN DUBIO PRO INVERSIONISTA SUPERINTENDENCIA ACTÚA DE OFICIO FALTA NORMATIVA SECUNDARIA
MERCADO DE VALORES MERCADO BURSÁTIL REGISTRO ESPECIAL BURSÁTIL (REB) MERCADO EXTRABURSÁTIL ADMINISTRADORES Bolsas de Valores (Sociedades Anónimas) Bolsas de Valores (Sociedades Anónimas) Entre Inst. Financieras e Inversor ACTORES - Grandes y Medianas empresas - Fondos cotizados - Emisiones Sindicadas - MIPYMES, - Eco. Popular y Solidaria Bancos PRODUCTOS Emisiones de Obligaciones, Titulizaciones, Papel Comercial, Acciones,Facturas Comerciales otros. Valores Inscritos en el Registro Especial Bursátil -Valores emitidos por Inst. Financieras debidamente inscritos.
CASAS DE VALORES
CASAS DE VALORES INTERMEDIARIO DE VALORES (DE ACUERDO A INSTRUCCIONES) ASESORAR, INFORMAR EN MATERIA DE ESTRUCTURACIÓN Y NEGOCIACIÓN DE PORTAFOLIOS DE VALORES ADMINISTRADOR DE PORTAFOLIOS DE TERCEROS (UNO O VARIOS COMITENTES) REFERIDOR DE INVERSIONISTAS
CASAS DE VALORES Quiénes somos? Compañías Anónimas. Autorizadas y controladas por la Superintendencia de Compañías y Valores. Capital mínimo fijado por la Junta de Regulación de Mercado según su objeto social. Los grupos financieros, las instituciones del sistema financiero privado, no podrán establecer casas de valores.
CASAS DE VALORES Qué hacemos? Explotar su tecnología, sus servicios de información y procesamiento de datos y otros relacionados; Dar asesoría, información y prestar servicios de consultoría en materia de negociación y estructuración Operar, de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes. Administrar portafolios de valores o dineros de terceros Realizar operaciones de underwriting. Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art. 58.- De las Facultades de las Casas de Valores, Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Qué hacemos? Otros Celebrar convenios de corresponsalía con intermediarios de valores de otros países; Celebrar convenios de referimiento con intermediarios de valores de otros países; Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art. 58.- De las Facultades de las Casas de Valores, Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Nuestras Obligaciones Llevar los registros que determine la Junta de Regulación del Mercado de Valores; Mantener estándares de seguridad informática; Observar las normas de autorregulación; Facilitar a sus comitentes información actualizada sobre los valores en circulación en el mercado; Determinar el perfil de riesgo del inversor; Entregar el dinero de las ventas y los valores de las compras máximo de cuarenta y ocho horas Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art...- De las Obligaciones de las Casas de Valores Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Nuestras Obligaciones Mantener los activos del portafolio propio y del portafolio de terceros administrados por ésta, separados entre sí y de su propio patrimonio; Responder a los titulares de los portafolios administrados por los perjuicios o pérdidas que ella o cualquiera de sus empleados les causare; y, Las demás que determine la Junta de Regulación del Mercado de Valores. Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art...- De las Obligaciones de las Casas de Valores Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Lo que NO podemos hacer (Prohibiciones) Realizar actividades de intermediación financiera; Recibir por cualquier medio captaciones del público; Realizar negociaciones con valores no inscritos en el Registro del Mercado de Valores; Realizar actos o efectuar operaciones ficticias o que tengan por objeto manipular o fijar artificialmente precios o cotizaciones; Garantizar rendimientos o asumir pérdidas de sus comitentes; Divulgar por cualquier medio, directa o indirectamente información falsa, tendenciosa, imprecisa o privilegiada; Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art...- De las prohibiciones de las Casas de Valores Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Lo que NO podemos hacer (Prohibiciones) Adquirir valores que se les ordenó vender, así como vender de los suyos a quien les ordenó adquirir, sin autorización expresa del cliente; Realizar las actividades asignadas en la presente Ley a las administradoras de fondos y fideicomisos; Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art...- De las Prohibiciones de las Casas de Valores Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
CASAS DE VALORES Lo que NO podemos hacer (Prohibiciones) Realizar operaciones de "market - maker" (hacedor del mercado), con acciones emitidas por empresas vinculadas con la casa de valores ;y, Ser accionista de una administradora de fondos y fideicomisos; y, Poner a nombre de la casa de valores los valores de sus comitentes y de los portafolios administrados de terceros. Otras Fuente: Ley de Mercado de Valores, Título XII, Capítulo I, Art...- De las Prohibiciones de las Casas de Valores Registro Oficial 215, 22 de Febrero 2006
BANCA DE INVERSIÓN LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO Y OPTIMIZACIÓN PARA EL SECTOR SOCIETARIO Y BURSÁTIL
BANCA DE INVERSIÓN ESTRUCTURADOR DE SOLUCIONES FINANCIERAS ASESOR EN FUSIONES, ESCISIONES, ADQUISICIONES, COMPRAS, VENTAS DE EMPRESAS
BANCA DE INVERSIÓN Qué es la Banca de Inversión? Actividad especializada orientada a la búsqueda de opciones de inversión y financiamiento a través del mercado de valores; Solamente podrán realizar actividades de banca de inversión las casas de valores y el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El Capital para ejercer como Banca de Inversión no ha sido establecido aún Casas de Valores que deseen especializarse podrán utilizar adicionalmente la expresión Banca de Inversión; No podrán efectuar las actividades exclusivas de banca de inversión mientras no se encuentren legalmente autorizadas por la Superintendencia de Compañías y Valores Fuente: Ley Orgánica Para El Fortalecimiento y Optimización Para El Sector Societario y
BANCA DE INVERSIÓN Facultades de la Banca de inversión Actuar como estructurador, impulsador y promotor de proyectos de inversión y financiamiento; Estructurar procesos de emisión de valores negociables en el mercado de valores; Dar asesoría e información en materia de finanzas, valores, estructuración de portafolios de valores, fusiones, escisiones, entre otros; Explotar su tecnología, sus servicios de información y procesamiento de datos; Fuente: Ley Orgánica Para El Fortalecimiento y Optimización Para El Sector Societario y Bursátil Título XII, Capítulo II, Art.-Facultades
BANCA DE INVERSIÓN Facultades de la Banca de inversión Realizar actividades de hacedor del mercado (market maker); Realizar operaciones de underwriting o suscripción de una emisión o parte de ella, para su posterior reventa en el mercado; Efectuar valoraciones financieras de empresas o proyectos; Fuente: Ley Orgánica Para El Fortalecimiento y Optimización Para El Sector Societario y Bursátil Título XII, Capítulo II, Art.-Facultades
BANCA DE INVERSIÓN Obligaciones de la Banca de inversión Contar con la debida capacidad técnica y jurídica en la estructuración de procesos de emisión; Las demás que determine la Junta de Regulación del Mercado de Valores. En la estructuración de procesos de Tit., o emisión de Obligaciones, será la responsable de determinar la probabilidad de ocurrencia de los flujos futuros; y, Fuente: Ley Orgánica Para El Fortalecimiento y Optimización Para El Sector Societario y Bursátil, Título XII, Capítulo II, Art.-Obligaciones
BANCA DE INVERSIÓN Prohibiciones de la Banca de inversión Realizar operaciones de hacedor del mercado (market maker), con acciones emitidas por empresas vinculadas a la banca de inversión; Las casas de valores que realicen las actividades de banca de inversión no podrán captar depósitos ni dar préstamos; Otros Fuente: Ley Orgánica Para El Fortalecimiento y Optimización Para El Sector Societario y Bursátil, Título XII, Capítulo II, Art.-Prohibiciones
PRODUCTOS
PRODUCTOS Facturas Comerciales Registro Especial Bursátil (REB) Emisión de Obligaciones Titularización Papel Comercial
ÚNICOS MERCADOS: REGULADOS (BURSÁTIL, REB, EXTRABURSÁTIL) ÚNICO INTERMEDIARIO: CASAS DE VALORES ÚNICO ESTRUCTURADOR: BANCAS DE INVERSIÓN NO HAY COMPENSACIÓN POR FUERA DE LOS MECANISMOS ESTABLECIDOS
REFORMAS A LEYES 2. DE LAS REFORMAS A LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO (Impuesto a la Renta) 3. LEY REFORMATORIA PARA LA EQUIDAD TRIBUTARIA (Impuesto Salida de Divisas) 1. Facturas Comerciales BENEFICIOS PARA EMISOR 4. LEY GENERAL DE SEGUROS (30% en Emisiones de Obligaciones o Titularizaciones
AGREMIADOS