RETOS Y OBTACULOS PARA EL AVANCE DE LA ECONOMIA SOCIAL SOLIDARIA RETO: MARCO LEGAL Como lo precisa el proyecto de Ley Marco de la Economía Social Solidaria, que se encuentra en la corriente legislativa bajo el expediente número 19.654, tal concepto y movimiento nace en Francia en los años setentas y ochentas, a partir o teniendo como sustento las actividades mutualistas, cooperativas y asociativas, tendiente a constituir un sector diferenciado de la economía en general, pero no excluido del sistema capitalista. Por su parte, la Declaración Final del VII Congreso Europeo de Economía Social celebrado en Suecia, citada en el referido proyecto de ley, enuncia como elementos caracterizadores de la común identidad de las organizaciones de economía social los siguientes: a) La economía social está formada por organizaciones de personas y empresas basadas en la democracia y la solidaridad, y en la valorización de los recursos sociales, culturales y medio ambientales. b) El objetivo de las empresas y organizaciones de la economía social es servir a sus miembros y usuarios, actuar a favor del interés público y ayudar a promover una ciudadanía activa. c) Estos valores cívicos de la economía social trascienden la lógica de los intereses de ánimo de lucro. d) La economía social es independiente del Estado. Es claro entonces que el Sector de Economía Social Solidaria (ESS) tiene un amplio y profundo enraizamiento en el quehacer productivo tanto a nivel individual (emprendedores, empresarios individuales otros.) como colectivo (mutuales, cooperativas, fundaciones, 1
empresas comunales de crédito o bancomunales, asociaciones y sociedades de todo tipo y toda otra forma de organización colectiva que tienda al bien común, como las puntualizadas en el artículo 4 del precitado proyecto de Ley). Continúa puntualizando el proyecto de marras y esto es un punto muy importante porque nos permite hacer el necesario enganche y concatenación con el concepto de banca social que luego comento, que La economía social fortalece la participación de los ciudadanos y su derecho de iniciativa para construir capital social y con ello, la oportunidad de crear y organizar proyectos y empresas de este tipo, en los que pueden tomar parte grupos o sectores marginados para su reintegración a la sociedad. Las iniciativas de economía social ofrecen una escuela de aprendizaje, de experiencia y de ciudadanía; asimismo, fortalecen por sus métodos educativos participativos e interactivos y de construir mercados donde los precios y las relaciones resultan de una matriz social que pretende la integración de todos con esfuerzo y resultados distribuidos de manera igualitaria. RETO: Banca Social, la Banca de Desarrollo y las Micro finanzas La construcción de una ESS lleva necesariamente su implicación con las estructuras bancarias y financieras existentes en el respectivo país de origen. Por ello me referiré brevemente como reto a la urgencia de contar con un sistema bancario financiero que abarque no solo a la banca pública y la privada, sino también a una BANCA SOCIAL. Todo sistema bancario debe contar con varios pilares sobre los cuales se asienta el quehacer financiero tendiente tanto a la consecución de capitales como a su traslado vía financiamiento a los diversos sectores productivos de un país. Estamos hablando de tres pilares bancarios: 2
1. Originalmente apareció la BANCA PRIVADA, con sus dos modalidades que se mantienen hasta nuestros días: banca de inversión, la cual acopia capitales en los diversos mercados o plazas financieras, para el financiamiento a largo plazo que propicia el auténtico crecimiento económico; y la banca comercial. En Costa Rica no existe ninguna disposición de rango legislativo que permita y regule la creación y operación de Bancos de Inversión. Si tenemos bancos comerciales tanto públicos (bancos comerciales del Estado) como privados (bancos y financieras). 2. Luego, en el decurso del tiempo y por las necesidades propias de la evolución económica en los distintos países, apareció la BANCA PÚBLICA, ya sea porque los diferentes Estados tuvieron que tomar el control de bancos fallidos o intervenidos, o por consideraciones políticas, o porque en su momento se consideró necesario y prudente conformar Bancos de Desarrollo y entidades similares. Debemos incluir dentro de este segmento aquellos bancos públicos creados por ley especial que no realizan banca comercial y aquellos que sí la realizan. 3. Pero en Costa Rica es visible la ausencia de legislación y supervisión específicas que permitan establecer, regular y consolidar el tercer pilar, la BANCA SOCIAL, la cual necesariamente debe aglutinar bancos solidaristas, bancos cooperativos, bancos de inversión, cooperativas de ahorro y créditos, bancos mutuales, bancos de microfinanzas, empresas comunales de crédito, fondos de inversión, actividades de microfinanzas y micro crédito, etc. Sí existe un fuerte y consolidado movimiento solidarista bajo un marco legal, a cuya revisión debemos dedicarnos en un futuro muy próximo, para posibilitar su inserción más profunda en el Sector de Economía Social Solidaria. 3
Es notorio y evidente que el ESS no cuenta con entidades y empresas bancarias y financieras propias, adaptadas a sus necesidades, la de sus integrantes corporativos y a las de los usuarios de los servicios brindados por el elenco reseñado en el artículo 4 del proyecto indicado supra. Es notable la ausencia dentro del Sistema Financiero Costarricense de: A. Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; B. Entidades y empresas de Desarrollo para las Micro, Pequeña y Mediana Empresa; C. Cajas Rurales de Ahorro y Crédito. Retos prioritarios 1) Promulgación de la Ley Marco de la Economía Social Solidaria; 2) Constitución de un Banco de Desarrollo como banco de segundo piso que permita canalizar todos los dineros, fondos y fideicomisos existentes, y no el archipiélago de fideicomisos actualmente en operación y regulados por la Ley de Banca de Desarrollo número 9274, hacia la entidades y empresas integrantes del ESS, las que realicen actividades de banca de desarrollo a nivel local, banca de microfinanzas, crédito rural, otros. Actualmente el Banco Popular y de Desarrollo Comunal realiza esfuerzos ingentes para llenar este vacío legislativo. Podríamos pensar en varias opciones: i. Transformación del INFOCOOP en el Instituto de Fomento ii. del Sector de Economía Social Solidaria (IFOSESS); Retomar el proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Banco Nacional de Desarrollo, expediente número 16.054; banco que tiene como objeto principal: 1) Actuar como banca pública de segundo piso para el Sistema Nacional de Banca de Desarrollo y Fomento (SNBDF); 4
2) Fungir como organismo ejecutor de los convenios de préstamos o donaciones para la financiación de proyectos y programas de desarrollo por medio de la actividad de intermediación financiera del Estado, que cuenten con la garantía del Estado costarricense; 3) Constituirse en el canal de préstamos del sector público, organizaciones no gubernamentales y de entidades extranjeras, hacia las entidades del SNBDF. ; iii. Transformación del Banco de Crédito Agrícola de Cartago o del Banco de Costa Rica. 3) Fomentar y proteger el microcrédito, mediante la creación por vía legislativa del Sistema Costarricense de Microfinanzas, cuyo proyecto se tramita en la Asamblea Legislativa bajo el expediente número 17.555, y en el cual se prevé la creación, existencia, operación y supervisión de entidades y empresas específicas en el campo de las microfinanzas, íntimamente vinculadas con el ESS, a saber: a) Bancos de inversión rural y comunal (BIRC); b) Bancos de microfinanzas (BMF); c) Financieras rurales (FR); d) Empresas de capitalización inmobiliaria (ECI); e) Empresas comunales de crédito (ECC) Sus capitales sociales mínimos están adecuados a la capacidad y alcance de los integrantes del ESS, a saber: a) Tres millones de dólares para los BIRC; b) Dos millones de dólares para los BMF; c) Un millón de dólares para las FR; d) Medio millón de dólares para las empresas ECI; e) Cincuenta mil colones para las ECC Se contempla la instauración de un sistema de supervisión diferenciado bajo la égida de un organismo supervisor diferente a la SUGEF-la Intendencia de Fomento y Supervisión de 5
Instituciones Financieras de Microcrédito, vía transformación de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio: Artículo 64.- La Dirección general de apoyo a la pequeña y mediana empresa, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, quedará transformada en la Intendencia de Fomento y Supervisión de Instituciones Financieras de Microcrédito, contemplada en el artículo 4 de esta Ley, manteniendo sus competencias originales y las señaladas en la Ley N. º 7555 para la Superintendencia General de Entidades Financieras. 4) Transformar las sociedades mutuales actualmente en operación (Mutual Cartago y Mutual Alajuela) en bancos mutuales, para que su crecimiento no sea sólo a base de endeudamiento (captación) sino que cuenten con un capital social similar al contemplado para los bancos solidaristas y cooperativos previstos por su orden, en el artículo 141 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y artículo 5 de la Ley número 6894; y profundizar su inserción dentro del ESS. 5) Propiciar e impulsar la promulgación de una normativa de rango legal que le permita al ESS contar no sólo con empresas y entidades de banca de segundo piso, banca de inversión, banca rural, banca de microfinanzas, fondos de inversión, empresas comunales de crédito, otros, sino que movilicen fondos, dineros y activos para hacer llegar el crédito oportuno, barato y a largo plazo tanto a las persona físicas como jurídicas que intervienen en el Sector. 6) Desarrollar y profundizar, una vez que se cuente con la normativa de rango legal y reglamentario, la función social de los servicios financieros y bancarios a lo interno del ESS, contribuyendo al logro de los objetivos de desarrollo integral para el vivir bien, eliminar la pobreza y la exclusión social y económica de la población costarricense. 6
Por todo lo anterior los insto a redoblar esfuerzos para: a. Incorporación al ESS de las asociaciones solidaristas, mutuales, formas asociativas diversas, micro, pequeños y medianos empresarios, mujeres jefas de hogar, otros. b. Lograr autonomía y autosuficiencia en materia bancaria y financiera; para contar con una legislación específica que promueva una supervisión diferenciada para entidades y empresas cuyo objetivo esencial no es el lucro, sino el bienestar de comunidades rurales, el combate de la pobreza extrema, la incorporación a un sistema capitalista justo y remunerador de las iniciativas individuales y colectivas de aquellos que, por su nacimiento, su posición social, su ausencia de educación formal, o incapacidades orgánicas, actualmente no gozan del beneficio de ingresos suficientes para una vida decente y para poder acceder a la economía social de mercado existente en nuestro país; c. Impulsar el establecimiento de entidades y empresas dedicadas a la BANCA SOCIAL. OBSTÁCULOS 1.- Oposición a ultranza del grupo nucleado alrededor de La Nación: ya tenemos las primicias de la férrea oposición por parte de ese rotativo y de los intereses económicos que representa (caña de azúcar, café, banca y finanzas, publicidad, industria cervecera, tratado de libre comercio con USA y con China, industria inmobiliaria de lujo, agricultura de exportación, etc.) a la conformación del Sector de Economía Social Solidaria y más aún, a la aprobación y promulgación de la Ley Marco de la Economía Social Solidaria, la cual contiene los fundamentos y bases programáticas para la implementación y fortalecimiento del Sector. Imaginemos ahora cual será la posición frente a la 7
aprobación legislativa de aquellas leyes que nos permitan contar con nuestra propia Banca de Desarrollo, bancos de inversión, bancos de micro finanzas, otros, contemplados en los dos proyectos antes mencionados que se encuentran en la corriente legislativa. 2.- Conteste con la precitada primera línea de ataque, nos vamos a encontrar con la negativa de la Asociación Bancaria Costarricense, del BCCR, del Conassif y la SUGEF; entidades todas controladas por el grupo neoliberal que se nutre de la filosofía y apoyo del alma Mater del neoliberalismo - la Academia de Centroamérica y la Asociación Nacional de Fomento Económico- elementos unidos para que Costa Rica no cuente con un Sistema de Banca de Desarrollo, de Banca de Micro finanzas, en fin de Banca Social, que promueva la creación de mercados locales de dinero que hagan llegar un financiamiento expedito, barato y a largo plazo a los micro, pequeños y medianos productores, empresarios, emprendedores y comunidades rurales marginadas. 3.- Si no hacemos una labor de convencimiento, podríamos tener una tercera línea de ataque por parte del sector solidarita y eventualmente del sindical, posiblemente por la incomprensión de éstos en cuanto a los profundos alcances y reformas que implicará la existencia del ESS y de su sistema propio de banca y finanzas. 4.- Observo en el horizonte una cuarta línea de oposición por parte de los grupos tecnocráticos encargados de la supervisión bancaria, renuentes a la conformación y existencia tanto, de una normativa de rango legal y reglamentario propias y específicas para la Banca Social (con todos sus componentes), muy diferenciada de la existente para la banca comercial, como a la existencia de una intendencia específica adscrita al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, como órgano supervisor de todos los componentes de la Banca 8
Social, enunciados en el supra citado expediente legislativo número 17.555. 1. 5.- Vamos a encontrar una fuerte oposición a la creación del Banco Nacional de Desarrollo, ya sea por la necesaria transformación del BCAC o del BCR, o por la instauración de una nueva entidad bancaria de desarrollo que aglutine los fideicomisos y fondos actualmente señalados en la Ley de Banca de Desarrollo número 9274, o en su defecto, por la transformación del actual INFOCOOP en el Institución Nacional de Fomento del Sector de Economía Social Solidaria (INFOSESS). 9